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Las normas de informacion financiera como elemento para determinar la razonabilidad en la auditoria financiera



Partes: 1, 2, 3

  1. Planteamiento del
    problema
  2. Marco
    teórico
  3. Metodología
  4. Programación
    y presupuesto
  5. Bibliografía
  6. Anexos

CAPITULO I:

El problema está centrado en la
determinación de la razonabilidad en la auditoria
financiera aplicada a las empresas. Es decir se debe determinar
que instrumento facilita la determinación de la
razonabilidad. Cuando los Auditores y los propios Contadores
pueden decir la información es razonable.

Las empresas realizan su giro o actividad como empresas
unipersonales, empresas individuales de responsabilidad limitada,
sociedades comerciales de responsabilidad limitada, sociedades
anónimas, sociedades civiles y otras.

Se ha determinado que la mayoría de estas
entidades formulan su información financiera y
económica preponderantemente tomando como base las normas
tributarias antes que las normas contables. Este hecho le resta
razonabilidad a la información financiera y
económica (estados financieros).

Por otro lado, la mayoría de estas empresas
debido a que no cotizan en la bolsa, no están obligadas a
presentar información financiera auditada a la
Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores
(CONASEV), lo cual es otro aspecto para que no se apliquen las
normas contables y por tanto se afecte la razonabilidad de la
información.

La no aplicación correcta de las normas
contables, incide directamente en la razonabilidad de la
información contenida en los estados financieros: balance
general, estado de ganancias y pérdidas, estado de cambios
en el patrimonio neto y estado de flujos de efectivo; lo que
conlleva a deteriorar la relación con los clientes,
proveedores, inversionistas, acreedores y el Estado; porque sin
las normas contables, los resultados obtenidos serán
incorrectos, lo que afecta la credibilidad del ente
empresarial.

El artículo 6° de la Resolución
CONASEV No. 103-99-EF/94.10, establece que "las políticas
contables comprenden los principios, bases, convenciones, reglas
y prácticas específicas adoptadas por una empresa
para la preparación y presentación de sus estados
financieros". El numeral 5.102 y el numeral 5.103, establecen que
"se debe revelar que la empresa ha observado el cumplimiento de
las Normas Internacionales de Contabilidad (NICS) y/o Normas
Internacionales de Información Financiera (NIIFS), "se
deben revelar las políticas contables importantes que
sigue la empresa en la preparación de sus estados
financieros, relacionadas con los distintos rubros financieros,
económicos y patrimoniales". El hecho de no cumplir con
estas normas contables afecta la razonabilidad de la
información.

La experiencia, ha llevado a determinar que las empresas
no obligadas a auditar su información financiera y
económica generalmente no formulan notas a los estados
financieros y aquellas que formulan dichas notas, hacen
referencia del cumplimiento de las Normas Internacionales de
Contabilidad y/o Normas Internacionales de Información
Financiera por cuestiones de formalidad, sin embargo en la
práctica no aplican las indicadas normas, lo que
compromete la responsabilidad de la Gerencia, Directivos y
Contadores Públicos responsables de la formulación
y presentación de la información financiera y
económica. Siendo así, es difícil lograr la
razonabilidad en la auditoria financiera.

En forma específica se ha determinado que las
mayores incidencias de falta de aplicación de las normas
contables, se manifiesta en la norma relacionada con la
Uniformidad en la Presentación, Valuación de
existencias y Valuación de inmovilizado material (activos
fijos); todo lo cual incide en los resultados de las
empresas.

Todo este panorama se mantiene año tras
año por la falta de supervisión y control del
cumplimiento de las normas contables por parte de la misma
empresa y por los organismos responsables como CONASEV y la
propia Dirección Nacional de Contabilidad Pública
(DNCP).

En tanto y en cuanto, la información financiera
(estados financieros), no esté formulada en estricta
observancia de las normas contables, los estados financieros de
las empresas no van a conducir a obtener la seguridad razonable
de la información financiera y económica, todo lo
cual no facilita el trabajo de la auditoria
financiera.

En referencia a esta parte de la problemática, se
debe agregar que algunos auditores, que evalúan la
información financiera y económica para usos
internos de las empresas; vienen faltando a su profesionalismo
cuando pasan por alto la aplicación de importantes normas
contables, emitiendo opiniones limpias, lo que es motivo de
reparo por los directorios, asamblea general de accionistas,
asamblea general de socios, consejos de vigilancia y otros
órganos según el tipo de empresa; lo que origina
denuncias por parte de las empresas, contra los Contadores
Públicos y los Auditores Independientes en los Colegios
Profesionales.

Por otro lado estas malas practicas profesionales no
sólo se aplican en el territorio nacional, si no con mayor
incidencia y repercusión a nivel mundial. Los grandes
debacles financieros de empresas como WORLCOM, XEROX CORP.,
ENRON, TYCO, PARMALAC y otras se han debido a la inadecuada
aplicación de las normas contables por parte de los
Contadores y a la mala evaluación de la razonabilidad por
parte de los auditores externos. Esta situación ha tenido
efectos negativos en transnacionales de auditoría
americanas (Arthur Andersen, Deloitte & Touche Llp, KPMG,
etc.) y en la profesión de auditor externo en
general.

  • DELIMITACIONES DE LA INVESTIGACION

DELIMITACIÓN ESPACIAL:

Este trabajo se aplicará tomando en cuenta las
empresas industriales de Lima Metropolitana, en el entendido que
estas empresas necesitan disponer de información razonable
para sus diversas transacciones.

DELIMITACIÓN TEMPORAL:

Este trabajo se desarrollará tomando en cuenta el
año 2000 hacia adelante, considerando que a partir de este
periodo se ha llevado a cabo muchos cambios en la normatividad
contable internacional que incide en la razonabilidad que busca
determinar la auditoria financiera.

DELIMITACIÓN SOCIAl:

Se tomará en cuenta al personal contable y de
auditoría de algunas empresas industriales. Además
dada la trascendencia técnica del trabajo se
considerará la participación de Contadores
Públicos Colegiados Certificados y Auditores
Independientes Certificados para que aporten sus conocimientos y
experiencias.

  • PROBLEMAS DE LA INVESTIGACION

  • PROBLEMA PRINCIPAL

¿De que forma las Normas Internacionales de
Información Financiera pueden contribuir a determinar la
razonabilidad en la auditoria financiera?

  • PROBLEMAS SECUNDARIOS

  • 1. ¿De que manera el proceso contable
    puede facilitar la razonabilidad en la auditoria
    financiera?

  • 2. ¿De que modo los procedimientos
    contables pueden facilitar que el dictamen de auditoria
    financiera exprese la razonabilidad de la información
    financiera y económica?

  • OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION

  • OBJETIVO GENERAL

Determinar la forma en que las Normas Internacionales
de Información Financiera contribuyen a determinar la
razonabilidad en la auditoria financiera

  • OBJETIVOS ESPECIFICOS

  • 1. Definir la manera en que el proceso contable
    facilita la razonabilidad en la auditoria
    financiera.

  • 2. Determinar el modo en que los procedimientos
    contables facilitan que el dictamen de la auditoria
    financiera exprese la razonabilidad de la información
    financiera y económica.

  • JUSTIFICACION E IMPORTANCIA DE LA
    INVESTIGACION

  • JUSTIFICACION

JUSTIFICACION METODOLOGICA:

En este trabajo se aplicará el proceso de
investigación científica, que consiste en la
determinación del problema, formulación de
soluciones, identificación de objetivos y
aplicación de la metodología generalmente
aceptada.

JUSTIFICACION TEORICA:

En este trabajo se tiene dos variables que tienen mucha
riqueza teórica, como son las Normas Internacionales de
Información Financiera (NIIF); y, la razonabilidad en la
auditoria financiera.

El trabajo busca demostrar en que medida las NIIF
inciden en la razonabilidad de la información financiera y
económica (estados financieros) que examina la auditoria
financiera.

En contabilidad se ha ido trasuntando de una norma a
otra, todo para otorgar razonabilidad a la información
contenida en los estados financieros. Inicialmente fueron los
Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA); luego
estos pasaron a llamarse Normas Internacionales de Contabilidad
(NIC) y ahora todo ha desembocado en las Normas Internacionales
de Información Financiera (NIIF). Actualmente la
Dirección Nacional de Contabilidad Pública a las
propias NIC vigentes ya las denomina NIIF.

Las NIIF contienen el proceso, procedimientos y
técnicas contables que deben aplicarse para formular
estados financieros razonables. En tanto tengan todo lo que
establecen las NIIF, la auditoria financiera los
dictaminará como razonable y por tanto serán de
mucha utilidad interna y externa de las empresas.

La razonabilidad determinada por la auditoria financiera
otorga credibilidad a la información financiera y
contable.

JUSTIFICACION PRÁCTICA:

La información financiera y económica
formulada en base a las Normas Internacionales de
Información financiera permitirá que en primer
lugar esta información tenga un dictamen limpio en la
auditoria financiera; en segundo lugar, con dicha
información las empresas generan confianza en sus
directivos, trabajadores, clientes, proveedores, acreedores;
porque dicha información tendrá la total
certidumbre de que los bienes y derechos, deudas y obligaciones,
ingresos, gastos; y otros elementos de la empresa están
expresados en forma correcta.

Las empresas industriales podrán hacer uso de la
información razonable para sus distintas transacciones,
con lo cual aseguran su continuidad en el mercado.

  • IMPORTANCIA

En la gestión privada y pública del siglo
XXI la clave, entre otras, es la transparencia financiera y
económica, lo cual se logra con el conocimiento,
comprensión, aplicación y evaluación
correcta de las normas contables. Es aquí donde se hace
necesaria la participación profesional del Contador
Público con todo su profesionalismo y sus normas
éticas y morales; con el objeto de formular y presentar la
información financiera y económica de las empresas
para que ésta sea verdaderamente útil para la
planeación, toma de decisiones y control y no tienda al
engaño e incluso al fraude financiero, contra los
clientes, proveedores, inversionistas, acreedores y el Estado,
tal tomo ha sucedido en otros países.

La Contabilidad responde al crecimiento y
diversificación de las operaciones financieras que
realizan las empresas; asimismo, a la variedad y cuantía
de bienes y servicios de todo orden que se manejan en los
diferentes sub-sectores, lo que se concreta mediante la
aplicación correcta de las normas contables. La
aplicación correcta de dichas normas contables, permite
demostrar, la situación financiera y económica a
través de los estados contables que muestran los datos
valuados y/o clasificados con criterios profesionales
homogéneos, lo cual incide en la razonabilidad de la
información, los resultados y la credibilidad de las
empresas.

La contabilidad no puede contribuir eficazmente a una
buena gestión financiera y económica si el problema
esta en su base, es decir, en la aplicación de las normas
contables; de allí la importancia que tiene el
conocimiento, comprensión y aplicación correcta de
las normas contables para la ciencia contable y para la auditoria
financiera, porque constituyen la evidencia del adecuado uso de
estas importantes instrumentos profesionales. La
aplicación de las normas contables, asegura la
obtención de información financiera,
económica y patrimonial concordante con las Normas
Internacionales de Información Financiera, la misma que
puede ser utilizada por los agentes económicos sin
inducirlos a tomar decisiones equivocadas.

  • LIMITACIONES

  • Renuencia en facilitar información real, lo
    cual es comprensible de alguna forma.

  • Falta de Bibliografía nacional relacionada
    directamente con el tema en estudio

  • El tiempo que se dispone para investigar, por cuanto
    por la situación económica se tiene que
    trabajar, estudiar e investigar.

CAPITULO II:

Los antecedentes bibliográficos de la
investigación están dados por las siguientes
referencias:

Santiago (2006)[1], indica que la
razonabilidad debe entenderse como el grado de credibilidad o
confianza que obtiene la información de una empresa. La
confianza es obtenida cuando la información financiera y
económica ha sido preparada y presentada de acuerdo con
normas contables establecidas por los organismos de
supervisión y control. También indica que la
información financiera, está referida a la
información contenida en el Balance General, así
como en el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y Estado de
Flujos de Efectivo; y la información económica,
está referida a la información contenida en el
Estado de Ganancias y Pérdidas.

Hernández (2000)[2]; hace
referencia al proceso contable integral, asimismo se refiere a la
auditoría financiera que es dispuesta por estas entidades,
no por imposición legal si no por disposición
interna de sus estatutos, que defienden los derechos de los
socios de este tipo de entidades. Releva la trascendencia de la
aplicación de las normas contables como base para disponer
de información razonable y por tanto no tener problemas en
el dictamen de los auditores independientes.

CONASEV[3]formuló primero
el Plan Contable General (PCG), luego el Plan Contable General
Revisado (PCGR), normas contables que sientan las bases de las
normas contables empresariales en nuestro país.
También esta entidad, formuló el Reglamento de
Auditoría y Certificación de Balances (RACB), el
Reglamento para la preparación de información
financiera (RIF); y, el vigente Reglamento de Información
Financiera (RIF) y el Manual de preparación de
información financiera (MAPIF). Estas son las normas
contables que deben aplicar los entes empresariales

El Concejo Normativo de Contabilidad de la
Contaduría Pública de la Nación, ha aprobado
las Normas Internacionales de Contabilidad (NICs) y Normas
Internacionales de Información Financiera (NIIFs)
aplicables en el Perú. Estas normas contienen las
políticas, procedimientos y todos los aspectos
relacionados con la presentación de la información
financiera y económica de las empresas.

  • RESEÑA HISTORICA

  • 1) Plan Contable General (PCG).
    Según Paredes & Villacorta
    (2001)[4], hasta la década de los
    70´ en el Perú, cada empresa aplicaba las normas
    contables que creía conveniente; elaboraba su propio
    plan de cuentas, lo que originaba la diversidad de
    términos, algunos con abundantes cuentas
    analíticas y otras con solo genéricas. En
    respuesta a esta situación, entró en vigencia
    en el año 1974 el Plan Contable General instituido por
    el D. L. 20172 "Sistema Uniforme de Contabilidad para
    Empresas", el mismo que debió ser modificado para dar
    paso al Plan Contable General Revisado.

  • 2) Plan Contable General Revisado
    (PCGR),
    se da a través de la Resolución
    CONASEV No. 006-84-EFC/94.10 que aprueba el Plan Contable
    General Revisado, como herramienta de armonización del
    lenguaje contable, políticas de registro de
    transacciones, políticas de preparación y
    formulación de estados financieros.

  • 3) Resolución CNC No.
    041-2008-EF/94
    publicada el 25/10/2008, aprueba el uso
    obligatorio del Plan Contable General Empresarial a partir
    del 01.01.2010. El Consejo Normativo de Contabilidad es el
    órgano del Sistema Nacional de Contabilidad que tiene
    como parte de sus atribuciones, el estudio, análisis y
    opinión sobre las propuestas de normas relativas a la
    contabilidad de los sectores público y privado,
    así como la aprobación de las normas de
    contabilidad para las entidades del sector privado. Dentro de
    esas atribuciones, es que emite este Plan Contable General
    para Empresas (PCGE), que contempla los aspectos normativos
    establecidos por las Normas Internacionales de
    Información Financiera (NIIF). El plan contable que se
    sustituye con este PCGE, corresponde a la versión
    emitida en el año 1984, vigente a partir del
    año 1985, por la Comisión Nacional Supervisora
    de Empresas y Valores – CONASEV-, y sus posteriores
    modificatorias o ampliatorias. Dicha versión
    correspondía a su vez a la revisión del Plan
    Contable General que entró en vigencia en el
    año 1974. Para la elaboración de este PCGE se
    ha conservado, hasta donde ha sido posible y conveniente, la
    nomenclatura de las cuentas y subcuentas, así como la
    estructura de códigos contables del plan emitido por
    la CONASEV, con la finalidad de facilitar el tránsito
    hacia la aplicación completa de este nuevo PCGE. Este
    Plan Contable General para Empresas no tiene como
    propósito establecer medidas de control ni
    políticas contables. En el caso de los controles,
    éstos obedecen a la identificación de riesgos
    por parte de la empresa, considerando la probabilidad de
    ocurrencia y el impacto que puedan causar. Las
    políticas contables, que deben estar alineadas con las
    NIIF, son seleccionadas y aplicadas por las entidades para el
    registro de sus operaciones y la preparación de sus
    estados financieros. Ambos, controles y políticas
    contables, deben ser seleccionados de acuerdo a las
    transacciones que realizan las empresas y a las
    características que le son propias. El PCGE ha sido
    homogenizado con las NIIF, contemplando aspectos relacionados
    con la presentación y revelación de
    información. En la parte final de la
    descripción y dinámica contable de cada cuenta,
    se ha incluido referencias a las NIIF, las que corresponden
    al modelo contable vigente en el Perú, a partir del
    cual las empresas seleccionan y aplican políticas
    contables. También se ha contemplado en este PCGE lo
    que ha establecido la CONASEV en su Manual para la
    Preparación de Información Financiera, de tal
    manera de hacerlo compatible. Dicho Manual tiene como
    objetivo facilitar la preparación y
    presentación de información financiera, en
    armonía con las NIIF. Si bien es cierto, la CONASEV
    tiene como ámbito de supervisión a las empresas
    que cotizan valores en mercados públicos, es una
    referencia para la generalidad de las empresas que deben
    presentar información financiera a distintos
    usuarios.

  • 4) Normas Internacionales de
    Contabilidad
    . Estas normas han sido producto de grandes
    estudios y esfuerzos de diferentes entidades educativas,
    financieras y profesionales del área contable a nivel
    mundial, para estandarizar la información financiera
    presentada en los estados financieros. Las NIC, como se le
    conoce popularmente, son un conjunto de normas o leyes que
    establecen la información que deben presentarse en los
    estados financieros y la forma en que esa información
    debe aparecer, en dichos estados. Las NIC no son leyes
    físicas o naturales que esperaban su descubrimiento,
    sino más bien normas que el hombre, de acuerdo sus
    experiencias comerciales, ha considerado de importancias en
    la presentación de la información financiera.
    Son normas de alta calidad, orientadas al inversor, cuyo
    objetivo es reflejar la esencia económica de las
    operaciones del negocio, y presentar una imagen fiel de la
    situación financiera de una empresa. Las NIC, son
    emitidas por el International Accounting Standards Board
    (anterior International Accounting Standards Committee).
    Hasta la fecha, se han emitido 41 normas, de las que 34
    están en vigor en la actualidad, junto con 30
    interpretaciones. Todo empieza en los estados unidos de
    América, cuando nace el APB-Accounting Principles
    Board (consejo de principios de contabilidad), este consejo
    emitió los primeros enunciados que guiaron la forma de
    presentar la información financiera. Pero fue
    desplazado porque estaba formado por profesionales que
    trabajaban en bancos, industrias, compañías
    públicas y privadas, por lo que su
    participación en la elaboración de las normas
    era una forma de beneficiar su entidades donde laboraban.
    Luego surge el fasb-financial accounting Standard board
    (consejo de normas de contabilidad financiera), este
    comité logro (aun esta en vigencia en EE.UU., donde se
    fundó) gran incidencia en la profesión
    contable. Emitió unos sinnúmeros de normas que
    transformaron la forma de ver y presentar las informaciones.
    A sus integrantes se les prohibía trabajan en
    organizaciones con fines de lucro y si así lo
    decidían tenia que abandonar el comité fasb.
    Solo podían laborar en instituciones educativas como
    maestros. Conjuntamente con los cambios que introdujo el
    fasb, se crearon varios organismos, comité y
    publicaciones de difusión de la profesión
    contable: aaa-american accounting association
    (asociación americana de contabilidad), arb-accounting
    research bulletin (boletín de estudios contable,
    asb-auditing Standard board (consejo de normas de auditoria,
    aicpa-american institute of certified public accountants
    (instituto americano de contadores públicos), entre
    otros. Al paso de los años las actividades comerciales
    se fueron internacionalizando y así mismo la
    información contable. Es decir un empresario con su
    negocio en América, estaba haciendo negocios con un
    colega japonés. Esta situación empezó a
    repercutir en la forma en que las personas de diferentes
    países veían los estados financieros, es con
    esta problemática que surgen las normas
    internacionales de contabilidad, siendo su principal objetivo
    "la uniformidad en la presentación de las
    informaciones en los estados financieros", sin importar la
    nacionalidad de quien los estuvieres leyendo interpretando.
    Es en 1973 cuando nace el IASC-International Accounting
    Standard Committee (comité de normas internacionales
    de contabilidad) por convenio de organismos profesionales de
    diferentes países: Australia, Canadá, estados
    unidos, México, Holanda, Japón y otros, cuyos
    organismos es el responsable de emitir las NIC. Este
    comité tiene su sede en Londres, Europa y se
    aceptación es cada día mayor en todo los
    países del mundo. El éxito de las NIC esta dado
    porque las normas se han adaptado a las necesidades de los
    países, sin intervenir en las normas internas de cada
    uno de ellos. Esto así por las normas del FASB
    respondía a las actividades de su país, Estados
    Unidos, por lo que era en muchas ocasiones difícil de
    aplicar en países sub.-desarrollados como el nuestro.
    En ese sentido el instituto de contadores de la
    república Dominicana en fecha 14 del mes septiembre de
    1999 emite una resolución donde indica que la
    Republica Dominicana se incorpora a las normas
    internacionales de contabilidad y auditoria a partir del 1 de
    enero y 30 de junio del 2000 respectivamente. Insertando a
    nuestro país en el Isaac. El comité de normas
    internacionales de contabilidad esta consiente que debe
    seguir trabajando para que se incorporen los demás
    países a las NIC. Porque a parte de su
    aceptación en país más poderoso del
    mundo, no ha acogido las NIC como sus normas de
    presentación de la información financiera, sino
    que sigue utilizando los Principios de Contabilidad
    Generalmente Aceptado o PCGA. Esta situación provoca
    que en muchos países, se utilicen tanto las NIC, como
    los PCGA. Por la siguiente razón, por ejemplo un
    país se acogió a las NIC, pero cuenta con un
    gran número de empresas estadounidenses, por lo tanto
    deben preparar esos estados financieros de acuerdo a los PCGA
    y no como NIC. Situación que se espera que termine en
    lo próximos años, ya que como son muchos los
    países que están bajo las NIC (la Unión
    Europea se incorporo recientemente) y cada día
    serán menos los que sigan utilizando los PCGA.
    Conjuntamente con los cambios que introdujo el Fasb, se
    crearon varios organismos, comités y publicaciones de
    difusión de la profesión contable: AAA:
    American Accounting Association (Asociación Americana
    de Contabilidad), ARB: Accounting Research Bulletin
    (boletín de estudios contables), ASB: Auditing
    Standard Board (consejo de normas de auditoria), AICPA:
    American Institute of Certified Public Accountants (instituto
    americano de contadores públicos). Al paso de los
    años las actividades comerciales se fueron
    internacionalizando y así mismo la información
    contable. Es decir un empresario con su negocio en
    América, estaba haciendo negocios con un colega
    japonés. Esta situación empezó a
    repercutir en la forma en que las personas de diferentes
    países veían los estados financieros, es con
    esta problemática que surgen las Normas
    Internacionales de Contabilidad (NIC), siendo su principal
    objetivo: "la uniformidad en la presentación de las
    informaciones en los estados financieros", sin importar la
    nacionalidad de quien los estuvieres leyendo
    interpretando".

  • 5) Normas Internacionales de
    Información Financieras (NIIF).
    La
    globalización e integración de los mercados
    hace necesaria una armonización en la
    información financiera que las entidades de los
    diferentes países proporcionan a sus inversores,
    analistas y a cualquier tercero interesado. Por tanto, el
    objetivo perseguido con la aplicación de un
    único grupo de normas para todas las entidades que
    coticen en un mercado, es la obtención de un grado
    apropiado de comparabilidad de los estados financieros,
    así como un aumento de la transparencia de la
    información. Con este propósito, en 1995 se
    firmó un acuerdo entre el IASC (International
    Accounting Standards Committee), actual IASB, y la IOSCO
    (Organización Internacional de los Organismos Rectores
    de las Bolsas), por el que se comprometían a revisar
    todas las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), al
    objeto de que se pudieran utilizar por las entidades que
    cotizan en las bolsas. Consecuentemente, en el Consejo
    Europeo de Lisboa celebrado en el año 2000, se puso de
    relieve la necesidad de acelerar la potenciación del
    mercado interior de servicios financieros y se fijó la
    fecha del 2005 para la implantación de las NIC,
    actualmente denominadas Normas Internacionales de
    Información Financiera. Con esta finalidad, el 19 de
    julio de 2002 se aprobó el Reglamento de la UE
    relativo a la aplicación de las Normas Internacionales
    de Contabilidad. El citado Reglamento exige que, a partir del
    1 de enero de 2005 a más tardar, todas las entidades
    que coticen en un mercado regulado de la UE, así como
    aquéllas que estén preparando su
    admisión a cotización en esos mercados,
    elaboren sus cuentas consolidadas basándose en las
    NIC. Las Normas Internacionales de Contabilidad han tomado
    cada vez mayor aceptación en todo el mundo, un caso
    particular es lo sucedido con la UE quien adopto las NIIF,
    las cuales satisfacen las necesidades expuestas, cuyo
    objetivo fundamental es el poseer una estrategia contable
    centrada. Dicha armonización tiene como eje principal
    el IASC actualmente el IASB, quien ha venido desarrollando un
    proceso de estandarización de las normas
    internacionales de contabilidad en mejoramiento continuo,
    depurando inconsistencias y buscando coherencia entre las
    normas y su estructura. En la actualidad es común
    escuchar sobre las normas internacionales de contabilidad, ya
    que la internacionalización de los negocios exige
    disponer de información financiera comparable, en
    donde las empresas amplíen las miras de sus negocios
    mas allá de las fronteras, generando así una
    interrelación con otras entidades de los demás
    países y esto causa la necesidad de adquisición
    de conocimientos de un lenguaje contable común, el
    cual permita comparar los resultados y valorar la
    gestión. De acuerdo a esto, en el año 1973 se
    creó un Comité llamado el IASC (International
    Accounting Standards Committee), este Comité fue
    creado como un organismo de carácter profesional, es
    decir privado y de ámbito mundial, mediante "Un
    acuerdo realizado por organizaciones profesionales de nueve
    países. Una de sus objetivos fundamentales,
    expresamente señalados en su constitución, era
    "formular y publicar buscando el interés publico,
    normas contables que sean observadas en la
    presentación de los Estados Financieros, así
    como promover su aceptación y observancia en todo el
    mundo". Este Comité fue el encargado de emitir las IAS
    (International Accounting Standards) conocidos
    comúnmente como las NIC (Normas internacionales de
    Contabilidad) las cuales han desarrollado un papel muy
    importante puesto que son aceptadas cada vez y con mayor
    frecuencia por las Empresas, Organizaciones, mercados de
    valores y países.

  • 6) Reglamento de Auditoría y
    Certificación de Balances (RACB).
    Esta norma fue
    aprobada por la Resolución CNSEV 001-73-EFC/94, con el
    objeto de proteger los intereses de los accionistas y
    acreedores, para contribuir en forma eficaz al desarrollo del
    mercado interno de capitales y al mantenimiento de la paz
    laboral, fomentó la tecnificación del
    crédito bancario. Esta norma establece las
    políticas contables que deben formular los estados
    financieros y para llevar a cabo la auditoría
    financiera. Fue reemplazada por el Reglamento para la
    preparación de información financiera.

  • 7) Reglamento para la preparación de
    información financiera (RIF).
    Este Reglamento fue
    aprobado por la Resolución CONASEV No.
    236-81-EFC/94.10 de fecha 04 de Enero de 1982. Luego se
    actualizó mediante la Resolución CONASEV No.
    182-92-EF/94.10 del 29 de Enero de 1992.Ambas normas a la
    fecha han sido derogadas.

  • 8) Reglamento para la Información
    financiera Auditada.
    Aprobado por Resolución
    CONASEV No. 014-82-EFC/94.10. Según esta norma la
    información financiera obtenida luego del cierre de
    los libros oficiales deberá ser dictaminada cuando se
    trate de cierto tipo de empresas.

  • 9) Reglamento de Información
    Financiera (RIF) y el Manual de Preparación de
    Información Financiera (MAPIF).
    Aprobado por
    Resolución CONASEV No. 103-99-EF/94.10 del 24.11.1999.
    Esta norma reemplaza al Reglamento para la Preparación
    de la Información Financiera aprobado por
    Resolución CONASEV No. 182-92-EF/94.10 y al Reglamento
    para la Información Financiera Auditada aprobado por
    Resolución CONASEV No. 014-82-EFC/94.10. El Reglamento
    de Información financiera (RIF), varios aspectos a los
    cuales se refiere, en el artículo 6° se refiere a
    las políticas Contables. El Manual de
    Preparación de Información Financiera, en el
    numeral en la Sección referida a las Notas a los
    Estados Financieros, numeral 5.103 y siguientes se refiere
    ampliamente a las políticas contables que deben
    aplicar las empresas para revelar diversos aspectos de sus
    transacciones.

  • BASE LEGAL

La Ley 26887- Ley General de Sociedades, establece que
finalizado el ejercicio el directorio debe formular la memoria,
los estados financieros y la propuesta de aplicación de
las utilidades en caso de haberlas. De estos documentos debe
resultar, con claridad y precisión, la situación
económica y financiera de la sociedad, el estado de sus
negocios y los resultados obtenidos en el ejercicio vencido. Los
estados financieros deben ser puestos a disposición de los
accionistas con la antelación necesaria para ser
sometidos, conforme a ley, a consideración de la junta
obligatoria anual. En la memoria el directorio da cuenta a la
junta general de la marcha y estado de los negocios, los
proyectos desarrollados y los principales acontecimientos
ocurridos durante el ejercicio, así como de la
situación de la sociedad y los resultados obtenidos. La
memoria debe contener cuando menos: La indicación de las
inversiones de importancia realizadas durante el ejercicio; la
existencia de contingencias significativas; los hechos de
importancia ocurridos luego del cierre del ejercicio; cualquier
otra información relevante que la junta general deba
conocer; y, los demás informes y requisitos que
señale la ley.

También se establece que los estados financieros
se preparan y presentan de conformidad con las disposiciones
legales sobre la materia y con principios de contabilidad
generalmente aceptados en el país.

Asimismo se considera que el pacto social, el estatuto o
el acuerdo de junta general, adoptado por el diez por ciento de
las acciones suscritas con derecho de voto, pueden disponer que
la sociedad anónima tenga auditoría externa anual.
Las sociedades que conforme a ley o a lo indicado en el
párrafo anterior están sometidas a auditoría
externa anual, nombrarán a sus auditores externos
anualmente. El informe de los auditores se presentará a la
junta general conjuntamente con los estados
financieros.

  • MARCO CONCEPTUAL

  • NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA
    (NIIF)

Según Rincón, Lasso y Parrado
(2009)[5], la globalización e
integración de los mercados hace necesaria una
armonización en la información financiera que las
entidades de los diferentes países proporcionan a sus
inversores, analistas y a cualquier tercero interesado. Por
tanto, el objetivo perseguido con la aplicación de un
único grupo de normas para todas las entidades que coticen
en un mercado, es la obtención de un grado apropiado de
comparabilidad de los estados financieros, así como un
aumento de la transparencia de la información. Con este
propósito, en 1995 se firmó un acuerdo entre el
IASC (International Accounting Standards Committee), actual IASB,
y la IOSCO (Organización Internacional de los Organismos
Rectores de las Bolsas), por el que se comprometían a
revisar todas las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC),
al objeto de que se pudieran utilizar por las entidades que
cotizan en las bolsas. Consecuentemente, en el Consejo Europeo de
Lisboa celebrado en el año 2000, se puso de relieve la
necesidad de acelerar la potenciación del mercado interior
de servicios financieros y se fijó la fecha del 2005 para
la implantación de las NIC, actualmente denominadas Normas
Internacionales de Información Financiera. Con esta
finalidad, el 19 de julio de 2002 se aprobó el Reglamento
de la UE relativo a la aplicación de las Normas
Internacionales de Contabilidad. El citado Reglamento exige que,
a partir del 1 de enero de 2005 a más tardar, todas las
entidades que coticen en un mercado regulado de la UE, así
como aquéllas que estén preparando su
admisión a cotización en esos mercados, elaboren
sus cuentas consolidadas basándose en las NIC.

El IASB (International Accounting Standards
Board)

Según Rincón, Lasso y Parrado
(2009)[6], las Normas Internacionales de
Contabilidad han tomado cada vez mayor aceptación en todo
el mundo, un caso particular es lo sucedido con la UE quien
adopto las NIIF, las cuales satisfacen las necesidades expuestas,
cuyo objetivo fundamental es el poseer una estrategia contable
centrada. Dicha armonización tiene como eje principal el
IASC actualmente el IASB, quien ha venido desarrollando un
proceso de estandarización de las normas internacionales
de contabilidad en mejoramiento continuo, depurando
inconsistencias y buscando coherencia entre las normas y su
estructura. En la actualidad es común escuchar sobre las
normas internacionales de contabilidad, ya que la
internacionalización de los negocios exige disponer de
información financiera comparable, en donde las empresas
amplíen las miras de sus negocios mas allá de las
fronteras, generando así una interrelación con
otras entidades de los demás países y esto causa la
necesidad de adquisición de conocimientos de un lenguaje
contable común, el cual permita comparar los resultados y
valorar la gestión. De acuerdo a esto, en el año
1973 se creó un Comité llamado el IASC
(International Accounting Standards Committee), este
Comité fue creado como un organismo de carácter
profesional, es decir privado y de ámbito mundial,
mediante "Un acuerdo realizado por organizaciones profesionales
de nueve países. Una de sus objetivos fundamentales,
expresamente señalados en su constitución, era
"formular y publicar buscando el interés publico, normas
contables que sean observadas en la presentación de los
Estados Financieros, así como promover su
aceptación y observancia en todo el mundo". Este
Comité fue el encargado de emitir las IAS (International
Accounting Standards) conocidos comúnmente como las NIC
(Normas internacionales de Contabilidad) las cuales han
desarrollado un papel muy importante puesto que son aceptadas
cada vez y con mayor frecuencia por las Empresas, Organizaciones,
mercados de valores y países.

El IASC tiene que garantizar que sus normas son usadas
correctamente, puesto que, no solo es necesario contar con unas
buenas normas, si no que sean rigurosamente aplicadas. La
declaración del IASC del año 2000, hace un
replanteamiento de los objetivos de este organismo,
orientándose al privilegio de la información para
los participantes en el mercado de capitales, en la
búsqueda de una información financiera clara,
transparente y comparable, permitiendo la toma de decisiones a
los diferentes agentes involucrados. De acuerdo a este
replanteamiento en abril 1 del 2001 nace el IASB, esta es una
organización privada con sede en Londres, que depende de
(Internacional Accounting Committee Foundation). En el transcurso
de la transformación del IASC por el IASB surgieron
cambios en su estructura donde el IASB dispuso adoptar como
normas las emitidas por el IASC (NIC), hasta tanto las mismas se
modifiquen o reformulen. Las NIC cambian su denominación
por International Financial Reporting Standards (IFRS), en
castellano se denominan Normas internacionales de
Información Financiera (NIIF). El cambio más
importante está en que se pasa de un esquema de
preparación y presentación de estados financieros
(apalancado en el mantenimiento del capital y en el
reconocimiento de ingresos) a otro esquema, completamente
diferente, de medición y presentación de reportes
sobre el desempeño financiero (centrado en la utilidad o
ingresos provenientes de diversos tipos de
transacciones).

Objetivos del IASB

  • Desarrollar estándares contables de calidad,
    comprensibles y de cumplimiento forzoso, que requieran
    información de alta calidad, transparente y comparable
    dentro de los estados financieros para ayudar a los
    participantes en los mercados globales de capital y otros
    usuarios de la información contable en la toma de
    decisiones económicas.

  • Cooperar activamente con los emisores locales de
    estándares de contabilidad con el fin de lograr la
    convergencia definitiva de normas contables en todo el
    mundo.

Funciones del IASB

  • Emitir IFRS, para lo cual debe publicar un borrador
    para exposición pública, análisis y
    comentarios de sus proyectos principales, sometidos a una
    audiencia pública.

  • Realizar pruebas de campo en economías
    desarrolladas y emergentes para el aseguramiento de que los
    estándares sean prácticos y aplicables en todos
    los ambientes.

  • Discreción total en la agenda técnica
    y sus proyectos.

Partes: 1, 2, 3

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