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Exposicion Teoria General de Obligaciones (Costa Rica)




Enviado por carlos melendez



    MARCO
    METODOLOGICO

    Las obligaciones son un fenómeno
    social en donde se estudian los factores individuales, sociales y
    económicos que llevan a una persona a efectuar un
    compromiso.

    En este trabajo vamos a estudiar la
    conducta del hombre como sujeto de obligación así
    como el análisis detallado de donde y porque nacen las
    obligaciones, cuales son sus fuentes y cuales son los elementos
    de la relación obligacional.

    La metodología es
    bibliográfica documental ósea libros,
    artículos, diccionarios y sitios Web.

    Es una investigación explicativa
    para dar una visión de los orígenes y causas de los
    hechos con los que convivimos día a día.

    Descriptiva porque describe sus
    características, elementos y fuentes que se establecieron
    desde la época romana hasta la actualidad.

    Aplicada porque apartir de los conceptos y
    aplicaciones romanas ha ido evolucionando hasta la actualidad y
    se ha tipificado en nuestras leyes revistiendo de mucha
    importancia el ordenamiento jurídico con el que nos
    regimos.

    Utilizamos este método para estudiar
    la percepción del individuo ante las relaciones
    obligacionales dentro del esquema social.

    INTRODUCCION

    El Derecho es un conjunto de normas que
    regulan las relaciones que existen o surgen entre las personas,
    con el propósito de buscar justicia para todos. Es
    entonces donde encontramos reglas de conducta que deberán
    ser cumplidas por todos. Además sabemos que existen
    sanciones.

    Al dividir el Derecho según los
    intereses que regulan, lo podemos clasificar en Derecho Publico
    y Derecho Privado.

    El Derecho Civil corresponde a la rama del
    Derecho Privado, a la que le corresponde estudiar las relaciones
    jurídicas entre las personas. En estas relaciones
    jurídicas se incluyen los derechos personales
    además de los atributos de las personas
    físicas.

    Nos referiremos a aquellos deberes
    impuestos por el derecho, que consisten en dar, hacer o no hacer
    algo, de una persona a favor de otra.

    Esta investigación se basa en el
    estudio de un fenómeno social determinado: los efectos que
    se generan a partir de las obligaciones. Además, se
    propone lograr la comprensión de dicho
    fenómeno.

    Para llegar a ello, se recurre a los
    escritos doctrinales ligados directamente con la materia
    obligacional. De este modo, se trata de una investigación
    meramente bibliográfica.

    OBJETIVOS

    Objetivo General

    Desarrollar el tema del Derecho de las Obligaciones,
    exponiendo ampliamente los diferentes efectos obligacionales, y
    ejemplificando las diversas formas en que se muestran tales,
    así como sus fuentes y confrontando la adecuada
    etimología romana, quienes desde sus inicios nos dejan
    como patrimonio nuestro Código Civil, abarcando desde su
    analisis histórico, hasta sus elementos y fuentes.
    Realizaremos una síntesis del trabajo con el fin de
    evidenciar el aprendizaje sobre las obligaciones. Además
    fortaleceremos términos y normas del derecho romano que
    son utilizadas en la actualidad en nuestra legislación
    vigente.

    Objetivos Específicos

    – Reconocer el concepto de
    obligación, su clasificación y los métodos
    probatorios utilizados para las obligaciones.

    – Identificar los diferentes tipos de
    Obligaciones así como los elementos de la
    relación Obligacional.

    – Identificar, e investigar los diferentes
    tipos de Contratos

    – Mencionar y explicar las Fuentes de las
    Obligaciones.

    TEORIA GENERAL DE
    LAS OBLIGACIONES

    Las obligaciones son el estudio de los
    derechos personales, y estas nacen antes que el derecho personal
    debido a que solo se puede exigir a una persona en virtud de una
    obligación. Según la Teoría
    General de las Obligaciones es ?Conjunto de principios y reglas
    que sirven para determinar el concepto de
    obligación, sus diferentes elementos, sus
    características, sus fuentes, sus diferentes
    clases, sus modos de extinción y sus medios de
    prueba?

    a) Elementos de la definición de
    obligación

    a) Debito-deber de cumplir la
    obligación (es un elemento objetivo)

    b) Responsabilidad– sujeción que se
    deriva del incumplimiento (es 1 elemento subjetivo)

    En toda obligación debe haber una
    relación jurídica en la que se da un sujeto
    acreedor, sujeto deudor ligado mediante una cosa.

    b) Rasgos esenciales de la
    obligación.

    • Bipolaridad, por la existencia de
    dos polos opuestos, el crédito y la deuda.

    • Alteridad, ya que la relación
    obligatoria ha de aparecer constituida entre acreedor y
    deudor.

    • Coercibilidad, por cuanto si el
    deudor no cumple, se cuenta con la posibilidad jurídica de
    requerir a los poderes estatales para que le obliguen a
    cumplir.

    • Temporalidad, pues la
    relación jurídica obligacional se forma para
    cumplirse o extinguirse. Como desarrollo de estos rasgos
    esenciales los amplíaremos de la siguiente
    forma:

    ? Bipolaridad: En las relaciones que nacen
    de la obligación, entendida como un conjunto, vamos a
    encontrar un crédito que va hacer el lado activo de la
    relación obligatoria, y el deber (debito) del deudor que
    va hacer el lado pasivo de la relación obligatoria. Estos
    lados son conexos entre sí, en el sentido de que son
    interdependientes, el uno no existe sin el otro.

    ? Alteridad: Por obligación o
    relación obligatoria tiene que entenderse, en efecto, una
    relación entre dos sujetos, en el que uno de ellos el
    deudor queda obligado, es decir, sometido a un deber frente a
    otro acreedor, a cumplir una prestación.

    ? Coercibilidad: El concepto de
    obligación mostraría su verdadera faz en la fase de
    la ejecución forzada, o sea, cuando el deudor,
    sometiéndose al poder del órgano ejecutivo,
    (coerción), deja tomar, del propio patrimonio, el objeto
    de la obligación, permaneciendo del todo
    inerte.

    ? Temporalidad: La extinción de la
    obligación (haga cumplir o no la prestación del
    acreedor) tiene lugar, ipso iure, cuando concurran los
    presupuestos de ella y cuando se cumpla su objetivo.

    ANALISIS
    HISTORICO DE LAS OBLIGACIONES

    a) Conceptos de obligaciones

    La palabra obligación viene del
    latín obligatio y que por su parte deriva del verbo
    obligare, de ob (alrededor) y ligare (atar), lo que
    expresa, en la etimología más aceptada, atar,
    vincular, unir.

    Se puede afirmar que ob ligare se refiere a
    unir una cosa con otra de un modo estable. Y es este el sentido
    que podemos encontrar en el artículo 629 del Código
    Civil1, al establecerse que ?toda obligación tiene por
    objeto dar, hacer o dejar de hacer alguna cosa…?, aclarando que
    la idea es equivalente a sujetar una persona a otra,
    quedando la actividad de alguien subordinada a otro para fines
    privados.

    Es decir, podemos afirmar que con el
    término obligación vamos constantemente a tratar
    sobre una clase de derechos subjetivos denominados derechos de
    crédito, derechos de cambio, derechos personales o
    derechos de obligación que, como todos los derechos
    subjetivos, «suponen una relación entre dos o
    más personas, de las cuales una de ellas puede exigir de
    otra el cumplimiento de una determinada prestación
    consistente en dar, hacer o no hacer una cosa», como pone
    de manifiesto MONTERO PIÑA.2

    Por ello, se definine la obligación
    «diciendo que es la necesidad jurídica de cumplir
    una prestación, concepto que puede amplificarse de un modo
    más claro, cambiándolo por el de: vínculo de
    Derecho que nos determina a dar, hacer o no hacer alguna
    cosa», coincidente en sus términos contenidos en
    el ya citado artículo 629 del Código
    Civil.

    b) Historia

    Se dice que la forma más
    básica de obligación tuvo su origen en los pueblos
    primitivos en donde quien había cometido un delito,
    podía pagar un precio para "compensar" el daño que
    había generado al agraviado. La palabra
    "obligación" se viene utilizando desde el siglo XII, pero
    etimológicamente viene de la voz latina ob ligare (atar a,
    ligar con).

    En el derecho romano, en un inicio, la
    vinculación jurídica era personal, es decir, el
    deudor comprometía su persona (y no su patrimonio) para
    asegurar el pago. No es sino hasta la Lex Poetelia Papiria
    (algunos autores sitúan fecha en que fue expedida en el
    457 a.C y otros en el 428 e incluso en el 326 a. C.) que cambia
    la naturaleza de la misma, ya que la sujeción dejó
    de ser personal y pasó a vincular al patrimonio del deudor
    (pudiendo el acreedor cobrarse ante el incumplimiento del
    deudor). Los romanos definieron la obligación como:
    "Obligatio est iuris vinculum quo nesessitate
    adstringimur alicuius solvendae rei secundum nostrae
    civitatis iura" que se puede traducir como: Una obligación
    es el vínculo jurídico que nos constriñe en
    la necesidad de pagar algo según el derecho de nuestra
    ciudad.

    Luego, la doctrina pandectística
    alemana del siglo XIX introdujo la expresión
    "Schuldverhältniss", luego transmitida a Italia como
    "rapporto obbligatorio", y de ahí a España, que
    ofició, en ésta como en tantas otras
    áreas, de vehículo cultural para el derecho
    latinoamericano, donde se habla, desde hace años, de
    "relación obligatoria".

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