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Políticas y beneficios del personal de una organización




Enviado por Delia Mendoza



  1. Resumen
  2. Introducción
  3. Políticas y beneficios del personal de
    una organización
  4. De las
    ayudas económicas
  5. Otros
    beneficios y políticas
  6. Conclusión
  7. Referencias

Resumen

El factor humano dentro de cualquier tipo de
organización pública o privada, constituye el
capital intelectual y productivo de valiosa
importancia.

Es por ello, que la presente publicación tiene
como propósito establecer los lineamientos, en materia de
personal que permitan lograr que el equipo humano se sienta
motivado y comprometido con la organización a la cual
pertenezca, tanto los obreros que es el sector productivo de una
determinada

empresa como los profesionales, y sean capaces de
contribuir tanto individualmente como en equipo de trabajo a los
resultados generales de una determinada
organización.

Queda entendido, que en caso de que el trabajador
pretenda beneficiarse del contenido del presente beneficio,
deberá consignar ante la Gerencia de Recursos Humanos, al
día hábil siguiente del permiso de constancia
escrita, mediante la cual justifique la gestión realizada
o en su defecto un comprobante de tramitación, emanado del
organismo competente.

Abstract Summary

The human factor inside any type of public or private
organization, constitutes the intellectual and productive capital
of valuable importance.

It is for it, that the present publication has as
intention establish the limits, as for personnel that they allow
to achieve that the human equipment feels motivated and
compromised with the organization to which it belongs, so much
the workers that it is the productive sector of a certain company
as the professionals, and be capable of contributing so much
individually like in equipment of work to the general results of
a certain organization.

It can only understood, that in case the worker tries to
benefit from the content of the present benefit, it will have to
record before the Management of Human Resources, to the following
working day of the permission of written witness, by means of
which it justifies the realized management or in his fault a
voucher of processing, come from the competent
organism.

Introducción

El factor humano dentro de cualquier tipo de
organización pública o privada, constituye el
capital intelectual y productivo de valiosa
importancia.

Es por ello, que las mayorías de las
instituciones tanto públicas o privadas luchan cada
día más en implementar políticas,
estrategias o lineamientos tendentes a brindar el mayor nivel de
bienestar y satisfacción social a los trabajadores, a fin
de poder contar con un buen personal, fructuoso, calificado,
capaz de saber aprovechar al máximo las oportunidades y
elementos dentro de cualquier organización.

Así mismo, cualquier organización
está dispuesta a impulsar el desarrollo integral de sus
trabajadores, el cual se presenta un instrumento normativo como
modelo, para que establezcan las políticas generales de la
administración del recurso humano, presente en todos sus
niveles que conforman su estructura organizativa.

POLÍTICAS
Y BENEFICIOS DEL PERSONAL DE UNA
ORGANIZACIÓN

Como ya sabemos, el factor humano dentro de cualquier
tipo de organización pública o privada, constituye
el capital intelectual y productivo de valiosa importancia, y es
por esta razón que se debe implementar mejoras, como un
incentivo a los trabajadores de una organización
determinada, considerando que cada trabajador se le deben
respetar los permisos, ya que en muchas ocasiones los realizan
por diligencia personales, medicas, asistencia a reuniones en las
escuelas, liceo o colegio de sus hijos, actividades
académicas en caso de que el trabajador estudien, tal que
se descuenta el día de su salario, al igual que el bono de
alimentación, así justifiquen su falta, en vista de
la inflación económica que atraviesa el país
en la actualidad, los trabajadores se ven en aprieto puesto a que
en la mayoría de los casos devengan es el salario
mínimo.

Gracias a las políticas del presidente
Chávez, que estipuló el decreto número
8.189, publicado en Gaceta Oficial número 39.666,
(reforma), y entra en vigencia a partir del 04 de mayo de
2011.

Esta Ley tiene por objeto regular el beneficio de
alimentación para proteger y mejorar el estado nutricional
de los trabajadores, a fin de fortalecer su salud, prevenir las
enfermedades ocupacionales y propender a una mayor productividad
laboral, a todos los empleadores del sector público y del
sector privado, sin excepción, que devenguen un salario
normal que no exceda de tres (3) salarios mínimos urbanos
decretados por el Ejecutivo Nacional.

Sin embargo, el beneficio previsto en esta Ley
podrá ser concedido, concertada o voluntariamente, por los
empleadores a los trabajadores que devenguen una
remuneración superior al límite
estipulado.

De la misma manera, se le propone a las organizaciones
impulsar la siguiente propuesta, para conceder permisos
remunerados a los trabajadores en los siguientes
casos:

Las trabajadoras embarazadas en estado de
gravidez
: tendrán derecho a un reposo durante seis
semanas (06) antes del parto y doce (12) semanas después
del parto, o por un tiempo mayor a causa de enfermedad,
según informe médico que la incapacite para el
trabajo.

Las trabajadoras en periodo de lactancia:
tendrán derecho a dos (02) descansos de una hora cada uno,
a los fines de que amamanten a su hijo, previa
coordinación del trabajo con su superior inmediato, siendo
que ambas horas podrían ser tomadas de forma continua en
el mismo día.

Por nacimiento de hijos: el padre disfrutara de
una licencia de paternidad de catorce (14) días continuos,
de conformidad con lo estipulado por la ley para
protección de las familias, la maternidad y la paternidad,
los cuales serán remunerados, tanto del pago de su salario
como el pago del bono de alimentación.

Por matrimonio: se concederán nueve (09)
días hábiles, los cuales serán remunerados,
tanto del pago de su salario como el pago del bono de

alimentación, para la celebración del
matrimonio civil, siempre y cuando haya sido solicitado con
antelación por el trabajador y previa aprobación
por el presidente o Director de la organización, y el
trabajador podrá disfrutar de este permiso en días
diferentes a los días a los días subsiguientes a la
fecha de la celebración del acto nupcial.

Por fallecimiento de familiares: se
concederá nueve (09) días de permiso los cuales
serán remunerados, tanto del pago de su salario como el
pago del bono de alimentación, por fallecimiento del
conyugue, padres, abuelos, hijos, hermanos cuya filiación
este comprobada, y concubino con quien haya vida
marital.

La organización o empresa:
concederá cinco (05) días de permisos, los cuales
serán remunerados, tanto del pago de su salario como el
pago del bono de alimentación, el cual no podrán
ser continuos, en los casos que a continuación se
describen: consulta médica, renovación de la
cédula de identidad, carnet militar, licencia para
conducir, certificados, citaciones y otras diligencias ante
organismos administrativos, legislativos y judiciales, las cuales
son de obligatoria asistencia requerida por la autoridad
competente.

La organización o empresa: conviene en
conceder a los trabajadores que se encuentren en proceso de
inscripción de estudio, horas académicas, o trabajo
de grado, trabajo especial de grado o tesis, dos (02) días
hábiles remunerados, y para optar a dicho beneficio, el
trabajador, y para optar a dicho beneficio el trabajador
deberá solicitarlo por escrito, a los fines de su
aprobación.

Así mismo, se conviene a conceder cinco (05)
días hábiles de permiso remunerado, para la
realización en su conjunto de la elaboración,
entrega presentación y defensa del trabajo de grado,
trabajo especial de grado o tesis, para todos los trabajadores
que estén realizando estudios formales de pre grado, post
grado, doctorado.

Queda entendido, que el trabajador
deberá consignar ante la Gerencia de Recursos Humanos,
constancia escrita, debidamente avalada por la casa de estudios
de que se trate, por la gestión realizada durante la fecha
del permiso otorgado.

De las ayudas
económicas

La organización o empresa, conviene a conceder a
cada trabajador, de cuya unión matrimonial o concubina
nazca un hijo (a), un bono de (8 U.T.); previa
presentación de copia simple del acta de nacimiento,
igualmente, al trabajador (a) que contraiga matrimonio, previa
presentación de copia simple del acta de
matrimonio.

También, se les garantizara a todos los
trabajadores a tiempo indeterminado/determinado una ayuda de (8
U.T.), con ocasión al fallecimiento del conyugue,
concubino, con quien haga vida marital y los familiares dentro
del primer grado de consanguinidad (padres e hijos), cuya
filiación este debidamente comprobada, previa
presentación de la copia simple del Acta de
defunción.

De la misma manera, la organización o empresa, se
compromete con sus trabajadores con el aporte de (3,26 U.T.) para
sufragar gastos de útiles escolares al comienzo de cada
año escolar, por cada hijo menor de 18 años, hasta
un máximo de tres hijos, previa presentación de la
constancia de estudio vigente en original.

Así mismo, la organización o empresa, se
compromete con sus trabajadores con el aporte de (3,26 U.T.) para
sufragar gastos de juguetes al

30 de noviembre de cada ejercicio fiscal,
por cada hijo menor de 12 años, hasta un máximo de
tres hijos.

Igualmente, el pago del bono de alimentación a
los trabajadores que se encuentran de vacaciones, reposo medico,
reposo pre y post natal, permisos por nacimiento de hijo,
matrimonio, y permisos por fallecimiento de familiares, a quienes
presenten justificativos.

Otros beneficios
y políticas

Dadas las condiciones anteriores, se concederá
mensualmente una prima de compensación por títulos
obtenidos, a los técnicos superior universitarios un
aporte de 1,73 U.T. y a los profesionales universitarios el
aporte será de 2,82 U.T., por profesional universitario
con títulos de especialista es de 3,91 U.T. por
profesionales con títulos de magister la tarifa es de 4,78
U.T, y a los profesionales universitarios con Doctorado
percibirán adicionalmente 5,87 U.T. igualmente, se le
otorgará mensualmente a sus trabajadores una prima de 0,30
U.T. por años de servicios en la organización o
empresa desde su creación.

En referencia a la clasificación, y con el
propósito de valorar la responsabilidad de aquellos
trabajadores profesionales o administrativos, que asistan la
ausencia de del superior inmediato o realice actividades
superiores al cargo que desempeña, cuyas funciones
involucren firmas de documentos que de alguna manera comprometan
responsabilidades administrativas y financieras, se le
otorgará el pago por diferencia de sueldo, y un bono
adicional de 4 U.T. según sea el caso.

Cabe agregar, que con el fin de brindar un nivel de
seguridad y bienestar a los trabajadores, la organización
acordará los servicios de una póliza colectiva de:
Hospitalización, Cirugía, Maternidad y de Vida, que
cubra a cada uno de estos casos de enfermedad,
hospitalización, maternidad o accidentes de acuerdo a las
disposiciones legales vigente.

De los anteriores planteamientos se deduce mencionar,
que existe deficiencia debido a la crisis económica que
atraviesa el país, y es por esta razón que en
algunas organizaciones privadas no se incentiva al trabajador
ningún beneficio propuesto en este artículo, solo
perciben el salario mínimo y el pago del bono de
alimentación con el índice más bajo del
0,25% de la unidad tributaria por jornada de trabajo, y esto trae
descontento al personal, generando incertidumbre y baja
productiva, ya que no se valora el recurso humano.

También existen, muchas organizaciones en se
encuentran con problemas de hacinamiento total y mobiliarios de
oficinas en malas condiciones, por lo que se dificulta el trabajo
y se realice con muchas incomodidades, por lo cual se debe
ampliar las oficinas y adaptarla ergonómicamente a los
trabajadores, para así lograr que los mismos tengan
comodidad a la hora de realizar sus labores.

Igualmente, en el proceso administrativo se debe innovar
y mantenerse a la vanguardia en cuanto a las nuevas
metodologías tecnológicas, ya que debido a las
dificultades que presentan los equipos de computación que
conforman el hardware en las organizaciones tanto pública
como privada, trae como consecuencias pérdidas en los
archivos y algunas informaciones, y graves daños a los
equipos computación, y produce estrés laboral y
retraso en los procedimientos administrativos.

Así mismo, al personal se le debe garantizar la
salud laboral, y se construye en un medio ambiente de
trabajo adecuado, con condiciones de trabajo justas, donde los
trabajadores y trabajadoras puedan desarrollar una actividad con
dignidad y donde sea posible su participación para la
mejora de las condiciones de salud y seguridad.

Por lo tanto, el trabajo
puede considerarse una fuente de salud porque con el
mismo las personas conseguimos una serie de aspectos positivos y
favorables para la misma.

Puesto que, con el salario que se percibe
se pueden adquirir los bienes necesarios para la
manutención y bienestar general de la familia. Sin
embargo, en el trabajo las personas desarrollan una actividad
física y mental que revitaliza el organismo al mantenerlo
activo y despierto, el aumento de la autoestima porque le permite
a las personas sentirse útiles a la sociedad.

Para culminar, el trabajo también puede causar
diferentes daños a la salud de tipo psíquico,
físico o emocional, según sean las condiciones
sociales y materiales donde se realice el trabajo, debido a la
carga laboral bajo presión y el acoso en muchas
oportunidades.

Conclusión

El factor humano dentro de cualquier tipo de
organización pública o privada, constituye el
capital intelectual y productivo de valiosa
importancia.

Es por ello, que la presente publicación tiene
como propósito establecer los lineamientos, en materia de
personal que permitan lograr que el equipo humano se sienta
motivado y comprometido con la organización a la cual
pertenezca, tanto los obreros que es el sector productivo de una
determinada empresa como los profesionales, y sean capaces de
contribuir tanto individualmente como en equipo de trabajo a los
resultados generales de una determinada
organización.

De la misma manera, con la aplicación de este
instrumento, está orientado hacia los trabajadores en
condiciones de tiempo determinados e indeterminados, que laboran
en las instalaciones de una empresa determinada, desde el nivel
Directivo hasta el nivel Operativo.

En consecuencia, el modelo este manual entrara en
vigencia en cualquier organización pública o
privada, una vez sea aprobado por la junta directiva o consejo
directivo, en una fecha que estipulen, quedando asentada en
actas, de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias para
cada ejercicio fiscal en curso.

Posteriormente a ello, se reúnen con el Gerente
de Recursos Humanos y el Gerente de Administración y
Finanzas, para hacer cumplir dichas normativas, así como
velar por la ejecución y actualización.

Para concluir, se le informa a todo el personal de los
beneficios contenidos, como una motivación e incentivos de
valorar la labor que desempeñan cada uno de
ellos.

Referencias

Decreto presidencial número
8.189
, publicado en Gaceta Oficial número 39.666,
(reforma) caracas 04/05/2011.

Gaceta Oficial número 38.773,
Ley Para Protección de las Familias, la Maternidad y la
Paternidad caracas 20/09/2007.

Abgda. Aliettys Caridad
Marín
: Gerente General de Fundaescolar asesoría
02/06/2011.

Lcda. Rosmery Ramones: Gerente de
Recursos Humanos de Fundaescolar. Entrevista personal
03/06/2011.

Lcdo. Fernando Barbará:
Facilitador UNESR – asesoría 21/06/2011.

 

 

Autor:

Delia Mendoza

C.I. V-10.849.357

República Bolivariana de
Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la
Educación Superior

Universidad Nacional Experimental
"Simón Rodríguez"

Barquisimeto, 24 de Junio de 2011.
Facilitador: Lcdo. Fernando Bárbara

Curso: Métodos y
Técnicas

Lapso: 2011-I Sección "D"

Monografias.com

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