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¿Qué pasó el 19 de Abril de 1810? (página 2)




Enviado por Carla Santaella



Partes: 1, 2

Entre tanto, se había ido congregando mucha gente
en los alrededores de la plaza mayor; al lado de Salias se
encontraban José Félix Ribas, Juan Germán
Roscio, Francisco Javier Yánez, Tomás y Mariano
Montilla, entre otros. Poco a poco, llamados por Emparan bajo la
presión de los cabildantes, fueron conducidos allí
otros funcionarios españoles: el intendente Vicente
Basadre, el brigadier de artillería Agustín
García y los oidores y fiscales de la Real Audiencia;
también fueron llamados a participar los prelados de los
tres principales conventos existentes en Caracas, así como
el padre Juan Antonio Rojas Queipo, rector del Seminario
Arquidiocesano. Igualmente asistieron el presbítero
José Cortés de Madariaga y Francisco José
Ribas, como diputados del clero, y Juan Germán Roscio y
José Félix Sosa como diputados del pueblo, a
quienes se unieron José Félix Ribas y Francisco
Javier Ustáriz, de la Junta Conservadora.

El acta redactada en Caracas el 19 de abril de 1810,
manifiesta un lenguaje que como mencionamos anteriormente,
atendió a dos argumentos fundamentales: el de la orfandad
y acefalia del reino y en consecuencia, al desconocimiento de la
Regencia, y por la otra, y como resultado de esa acefalia, la
restitución de la soberanía para sí. En este
documento el ayuntamiento capitalino explica las razones de esa
sesión extraordinaria: "atender a la salud pública
de este pueblo que se halla en total orfandad, no sólo por
el cautiverio del señor don Fernando VII, sino
también por haberse disuelto la junta que suplía su
ausencia".

Los miembros del cabildo reconocieron que las
últimas noticias confirmaban el establecimiento de la
Regencia pero "sea lo que fuese de la certeza o incertidumbre de
este hecho, y de la nulidad de su formación, no puede
ejercer ningún mando ni jurisdicción sobre estos
países" porque, a diferencia de lo ocurrido con la
convocatoria de la Junta Central a los americanos, no
había sido "constituido por el voto de estos fieles
habitantes".

Ante la incompetencia de las autoridades
españolas –señalan los firmantes– de
"atender a la seguridad y prosperidad de estos territorios" como
consecuencia de la guerra con Francia, el derecho
natural
dicta la necesidad de "procurar los medios de su
conservación y defensa, y de erigir en el seno mismo de
estos países un sistema de gobierno que supla las
enunciadas faltas, ejerciendo los derechos de la soberanía
que por el mismo hecho ha recaído en el
pueblo".

Plantea el ayuntamiento en el acta de ese día
que, ante la situación presentada tuvo que convocarse con
carácter de urgencia una sesión extraordinaria
"porque ya pretendía la fermentación peligrosa en
que se hallaba el pueblo con las novedades esparcidas", en
consecuencia se debía evitar que con las noticias
contradictorias se reconociera un gobierno
ilegítimo
como la Regencia.

El cabildo invitó al capitán general
Vicente Emparan, y luego de varias conversaciones que
establecieron con él, "cuyas resultas eran pocas o nada
satisfactoria al bien público", una gran cantidad de
personas congregadas en las cercanías "levantó el
grito aclamando con su acostumbrada fidelidad al señor
Fernando VII, y a la soberanía interina del mismo pueblo".
Ante la insistencia de los asistentes, el capitán general
regresó al ayuntamiento para tratar "la seguridad y
tranquilidad pública".

Ante los últimos acontecimientos y la
presión ejercida por los caraqueños y algunos
importantes e influyentes oficiales, el capitán general
Emparan expresó "que no quería ningún mando"
y de esa manera, el poder político de la provincia quedaba
en manos del gobierno local. Inmediatamente se destituyó a
Vicente Basadre como fiscal de la Real Hacienda, así como
el brigadier Agustín García y a Vicente de Anca,
auditor de guerra, asesor general de gobierno y teniente
gobernador.

La instalación de la Junta Suprema de Venezuela
el 19 de abril de 1810, implicó una serie de medidas de
seguridad y conservación que condujeron a la
reestructuración del poder: en primer lugar, la
destitución del capitán general quien
ejercía la dirección de la capitanía
general, de la gobernación, presidía las sesiones
de la Real Audiencia y además, las del ayuntamiento
capitalino. Con el cese de ese cargo, esa concentración de
funciones desaparece. Los otros funcionarios depuestos fueron los
ministros oidores de la Real Audiencia, el intendente del
ejército y Real Hacienda y el auditor de guerra y teniente
del gobernador. Esta medida se repitió en la
constitución de las junta superiores de las provincias de
la capitanía general que se sumaron a la causa de Caracas.
En segundo lugar, la deposición o cese de algunas
autoridades significó la creación de una nueva
instancia de gobierno provisional, el Supremo de Venezuela y los
Superiores de las provincias del interior, todos llamados Juntas
Supremas Conservadoras de los Derechos de Fernando
VII.

Al día siguiente, Martín Tovar Ponte y
José de las Llamozas, en nombre de la Junta Suprema
recién instaurada, redactaron una Proclama a los
habitantes de las provincias de Venezuela en la que reiteran las
condiciones adversas en que s e encontraba España, la
disolución de la Junta Suprema Central, y el
establecimiento del Consejo de Regencia sin contar esta
última con el apoyo de los americanos porque "ni
reúne en sí el voto general de la Nación, ni
mucho menos el de estos habitantes que tienen el legítimo
e indispensable derecho de velar sobre su conservación y
seguridad como partes integrantes que son de la monarquía
española".

Ante este escenario, los caraqueños decidieron
"constituir una soberanía provisional", y consciente de la
necesidad de legitimidad "os convidamos a la unión y
fraternidad con que nos llaman unos mismos deberes e intereses".
En esta comunicación a los habitantes de las diferentes
provincias, justifican que si la soberanía "se ha
establecido provisionalmente en pocos individuos no es para
dilatar sobre nosotros una usurpación insultante
(…) sino porque la urgencia y grandeza de los objetos
así lo han exigido para la seguridad común".
Caracas posteriormente los convocaría oportunamente para
"tomar en el ejercicio de la Suprema Autoridad con
proporción al mayor número de individuos de cada
provincia". Esta fue la promesa de llamar a elecciones para
lograr una representación que le diera legitimidad a la
nueva instancia de poder político, lo que se
llamaría Junta General de Diputación de las
Provincias de Venezuela, conocido como el primer
congreso.

La Junta Suprema quedó constituida
definitivamente el 24 de abril , y estuvo conformada de la
siguiente manera: en sus inicios por 23 vocales con voz y voto, y
entre ellos se obtendrían un presidente y vicepresidente,
quienes se rotarían semanalmente las funciones; cuatro
secretarías: una de la relaciones exteriores, otra de
gracia y justicia, una de hacienda y una de guerra y marina,
además de un canciller y los secretarios de despachos. A
saber, vocales: José de las Llamozas, Martín Tovar
Ponte, Feliciano Palacios, Nicolás de Castro, Juan Pablo
Ayala, José Hilario Mora, Isidoro Antonio López
Méndez, Rafael González, Valentín de Ribas,
Juan de Ascanio, Pablo Nicolás González, Silvestre
Tovar Liendo, Nicolás Anzola, Fernando Key Muñoz,
Lino de Clemente, José María Blanco, Dionisio
Palacios, José Félix Ribas (representante de los
pardos), José Cortés de Madariaga y Francisco
José Ribas (representantes del clero), José
Félix Sosa, Juan Germán Roscio y Francisco Javier
de Ustáriz (representantes del pueblo). Como secretarios
de la junta fueron nombrados José Tomás Santana y
Casiano Bezares. Ese mismo día la junta designó los
encargados de los distintos despachos: Juan Germán Roscio
para Relaciones Exteriores, Nicolás Anzola en Gracia y
Justicia, Hacienda a Fernando Key Muñoz y para Guerra y
Marina a Lino de Clemente. Igualmente se constituyó un
Tribunal Superior de Apelaciones presidido por Antonio
Fernández de León, marqués de Casa
León, y los ministros José Bernabé
Díaz, José María Ramírez,
Bartolomé Ascanio y Felipe Fermín
Paúl.

El 27 de abril la Junta de Caracas dirigió otra
proclama, pero esta vez a los cabildos de las principales
ciudades de la América española informando de los
últimos acontecimientos ocurridos en la capital, y alertar
a los americanos sobre la ilegitimidad de la Regencia y la
desigualdad en la representación manifestada en la
convocatoria a las Cortes Generales y Extraordinarias. Exhortaron
a los pueblos de América a seguir el ejemplo de Caracas,
porque "una es nuestra causa, una debe ser nuestra divisa:
fidelidad a nuestro desgraciado monarca, guerra a su tirano
opresor, fraternidad y constancia". Estos y muchos más
planteamientos justificando la decisión de Caracas, fueron
divulgados en los meses siguientes y fueron comunicados a las
diferentes instituciones peninsulares y americanas.

En resumen, si el primer intento de establecimiento de
juntas en la Caracas de 1808, se dio como consecuencia del miedo
a la usurpación, dos años más tarde, la
instalación de juntas en algunas ciudades de la
Capitanía General de Venezuela obedece a una premisa muy
concreta: la convicción de que la España peninsular
estaba perdida. A diferencia de lo ocurrido anteriormente, donde
se había reconocido la Junta Suprema Central como
institución soberana y se había participado en un
proceso de elección para seleccionar el diputado que
representaría estas provincias en la Junta Suprema
Central, al quedar ésta disuelta a principios de 1810, el
debate en torno al tema de la soberanía regresa a la
palestra. Además, en esta oportunidad se discute tanto la
ilegitimidad del Consejo de Regencia como la desigual
representación americana en las Cortes Generales y
Extraordinaria próximas a reunirse en la ciudad de
Cádiz.

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JUNTISMO
PROVINCIAL EN LA CAPITANÍA GENERAL DE
VENEZUELA

Una vez instalada la Junta Conservadora de los Derechos
de Fernando VII en Caracas, ésta envió emisarios a
las principales ciudades que componían la Capitanía
General de Venezuela para invitarlas a adherirse al movimiento de
la capital. Como veremos, la mayor parte de las provincias, con
excepción de Guayana, Maracaibo y la ciudad de Coro,
siguieron el ejemplo de Caracas, manifestando su adhesión
a la junta capitalina y celebraron lo ocurrido de diferentes
maneras, ya sea a través de comunicados públicos,
donativos patrióticos o celebraciones de carácter
civil o religioso.

El gobernador de Cumaná, Eusebio Escudero,
llamó el 26 de abril de 1810 a las principales autoridades
de la provincia para comunicarles las novedades ocurridas en
Caracas y consultarles sobre las medidas a tomar. Se
decidió convocar una reunión extraordinaria del
cabildo al día siguiente cuando llegaban a la ciudad los
comisionados de la junta capitalina. Al día siguiente, los
miembros del ayuntamiento y representantes de diversas
órdenes y clase, clero, nobleza, pardos, militares,
agricultores y comerciantes, se reunieron a discutir los
últimos acontecimientos.

En este acto todos juraron fidelidad y obediencia al rey
Fernando VII y discutieron lo conveniente al establecimiento de
un gobierno que garantizara la tranquilidad pública. Para
el final del día, el ayuntamiento y el pueblo
cumanés conformaron la Suprema Junta Provisional de
Cumaná. Este gobierno quedó constituido de la
siguiente manera: presidente Francisco Javier Mayz;
vicepresidente Francisco Illas Ferrer; vocales: José
Ramírez Guerra, Gerónimo Martínez, Francisco
Sánchez, José Jesús de Alcalá,
Mariano Millán, Domingo Mayz y José Santos. Como
representantes del clero: Andrés Antonio Callejón;
de la nobleza Mariano de La Cova; de los pardos y morenos Pedro
Mejías; de los militares Juan José Flores; de los
agricultores Juan Bermúdez de Castro; de los comerciantes
Juan Manuel Tejada. Asesor Juan Martínez y secretario
Diego Vallenilla. Intendente de hacienda José Miguel de
Alcalá y comandante del ejército a Juan Manuel de
Cagigal.

En la ciudad de Barcelona, que antes de 1810 formaba
parte de la provincia de la Nueva Andalucía, se sucedieron
varias juntas en ese año. La primera se formó el 27
de abril de 1810 al llegar a esta población Francisco
Policarpo Ortiz, enviado desde Caracas. La presidió el
teniente coronel Gaspar de Cagigal, quien era teniente justicia
mayor y comandante de armas de Barcelona. Las nuevas autoridades
erigieron a Barcelona en provincia autónoma, separada de
Cumaná pero reconociendo provisionalmente la autoridad de
Caracas hasta que llegaran nuevas noticias de España. Poco
tiempo después decidieron acatar al Consejo de Regencia y
se apartaron de la junta caraqueña, disolviendo de esta
manera la junta.

El 12 de octubre de ese año, fallecido Cagigal,
se constituyó una nueva junta que presidió el
mariscal de campo José Antonio Freitas Guevara, la cual
retiró el reconocimiento a la Regencia ya que
existían dudas de la legitimidad de esta instancia. En
esta reunión del cabildo de Barcelona, a solicitud de los
oficiales del cuerpo veterano y milicias y la nobleza,
participaron José Antonio Anzoátegui como
representante del cuerpo veterano, Josef Godoy de las milicias
disciplinadas, de las caballerías de blancos José
María Sucre, por el cuerpo de milicias de pardos Juan
Antonio Filipino, por el de caballería de pardos Manuel
Guevara y por la nobleza Manuel Hernández. La junta
quedó conformada de la siguiente manera: José
Antonio Freytes Guevara como presidente, Francisco Manuel Luces
de Guevara como vicepresidente, y los vocales: presbítero
Manuel Antonio Pérez Carvajal, Pedro Ramón Godoy,
Pedro José Trías, Sebastián Bleza,
Agustín Arrioja Guevara, Esteban Drós, Pedro
María Freytes y Pedro Hernández.

La tercera junta se conformó dos días
más tarde, el 14 de octubre de 1810. Los convocantes de
esta reunión resolvieron la extinción de la Junta
Provincial y en su lugar crearon una Capitanía General de
Provincia como representante de la soberanía de Fernando
VII a cargo de José Antonio Freytes Guevara.

La junta de la provincia de Margarita se
constituyó el 4 de mayo de 1810. Allí la noticia de
Caracas fue llevada por Manuel Plácido Maneiro. Ante l a
presión del pueblo, el capitán Joaquín
Puelles, gobernador interino de la provincia, hizo entrega aquel
día del poder a la junta de gobierno, cuya presidencia
recayó en el teniente coronel Cristóbal
Anés, y quedó compuesta por los siguientes
miembros: Francisco Olivier como vicepresidente y los vocales:
Simón de Irala, Francisco Aguado, Juan de Aguirre, Vicente
Totesán, Domingo Merchán, Ignacio Ruata, Ignacio
Zárraga, Andrés Narváez, Francisco Maneyro.
Juan Bautista Arismendi fue designado comandante general de armas
y Joaquín de Guevara como gobernador de la
isla.

En la ciudad de Barinas, capital de la provincia del
mismo nombre, se conoció lo sucedido en Caracas por cartas
llegadas el 5 de mayo de 1810, una de las cuales contenía
el bando de la junta capitalina anunciando el cambio
político. Reunido el ayuntamiento barinés ese mismo
día, convocó de inmediato un cabildo abierto que
duró hasta altas horas de la noche.

Ante las noticias más recientes de la
invasión napoleónica y la disolución de la
Junta Suprema Central, los miembros del cabildo como
representante del pueblo acordaron realizar un cabildo abierto
donde se expuso los "inminentes riesgos a que se halla expuesta
la Patria y los sagrados e imprescindibles derechos de la santa
religión que profesamos, y del monarca desgraciado que nos
destinó la Providencia".

Luego de discutir la causa de la convocatoria, y
consultando la opinión de los habitantes de Barinas,
decidieron constituirse en junta "así como el Pueblo de
Caracas, a imitación de lo que hicieron todas las
provincias de España". Ésta quedó integrada
de la siguiente manera: Pedro Briceño, Pedro Espejo, Diego
López, el capitán Juan Gabriel Liendo, el vicario
Ignacio Fernández, el doctor Cristóbal Hurtado de
Mendoza, el alcalde Miguel María del Pumar, Domingo
González y Manuel Antonio Pulido.

Ese mismo día realizaron las elecciones para los
diferentes cargos de la junta. El escrutinio fue realizado por
los diputados Domingo González, Pedro Espejo y Juan
Gabriel Liendo. Para el cargo de presidente fue elegido Miguel
María del Pumar, como vicepresidente quedó Ignacio
Fernández. Unos días más tarde la junta
barinesa convocó a todas las ciudades y pueblos de la
provincia a formar parte de ella. Medida que fue acatada por la
población en general.

El movimiento de Caracas fue conocido en Angostura,
capital de la provincia de Guayana, el 11 de mayo de ese
año. Ese mismo día, los alcaldes José de
Heres y Juan Crisóstomo Roscio promovieron la
formación de una junta que depuso del mando al gobernador
José Felipe de Inciarte. Pocos días después
una reacción de algunos sectores de la ciudad
disolvió la junta y reconoció al Consejo de
Regencia.

Unos días más tarde, el 30 de mayo de
1810, el cabildo de San Felipe, población de la provincia
de Caracas, instaló una junta de cabildo y
reconoció a la Junta Suprema de la capital. En esa ciudad
se juntaron en la sede del ayuntamiento José de Berroeta,
teniente de justicia mayor, los alcaldes José de Torres y
Pedro Leal, junto al síndico procurador general Antonio
Mollet y procedieron a discutir los últimos
acontecimientos. Formaron una junta integrada por ocho diputados:
José de Montañez, Diego Núñez,
José Antonio Freitas, Juan José de Maya, Miguel de
Amiana, Rafael Leal, Bartolomé Álvarez y Pablo
María Freitas, quienes prestaron juramento de fidelidad al
Rey, a la Patria y a los derechos del Pueblo.

Los emisarios enviados desde Caracas a Coro, Maracaibo y
Mérida fueron Vicente Tejera, Diego Jugo y Andrés
Moreno. Los tres fueron arrestados a comienzos de mayo en Coro y
enviados a Maracaibo, de donde se remitió a Puerto Rico.
Como mencionamos anteriormente, tanto la ciudad de Coro (que
pertenecía a la provincia de Caracas) como la de
Maracaibo, capital de la provincia del mismo nombre que
incluía la población de Mérida y Trujillo,
permanecieron fieles al Consejo de Regencia y no crearon juntas
superiores provinciales. Posteriormente, el merideño Luis
María Rivas Dávila fue enviado desde Caracas a su
ciudad natal para lograr formar allí una junta de gobierno
que se separase de la provincia de Maracaibo.

En la ciudad de Mérida el 16 de septiembre de
1810, se congregó todo el pueblo por citación del
ayuntamiento quien le informó de la situación de la
España peninsular y notificó las decisiones de
reasumir la soberanía las ciudades de Santa Fe, Caracas y
Barinas. Luego de escuchar las comunicaciones resolvieron que era
voluntad de los merideños adherirse a la causa. Esta
decisión fue seguida de gritos y aclamaciones en favor de
Fernando VII, y de las diferentes juntas supremas.

En esa reunión declararon la conformación
de una junta integrada por 12 vocales e inmediatamente se
procedió a realizar la elección resultando electos:
Antonio Rodríguez Picón (presidente), Mariano
Talavera (vicepresidente), Francisco Antonio Uzcátegui,
Buenaventura Arias, Juan Antonio Paredes, Vicente Campo
Elías, Antonio María Briceño, Blas Ignacio
Dávila, Fermín Ruiz Valero, Lorenzo Aranguren,
presbítero Enrique Manzaneda y Salas y el padre fray
Agustín Ortiz, como vocales. Todos ellos juraron defender
la religión y los derechos del legítimo soberano
Fernando VII. A los pocos días la junta merideña
informó a los pueblos de su jurisdicción y de
América sus razones y propósitos al establecer un
gobierno con esas características, recibiendo el apoyo de
buena parte de las poblaciones cercanas.

En la ciudad de Nuestra Señora de la Paz de
Trujillo se congregó en el ayuntamiento el 9 de octubre de
1810, todos los cuerpos, secular y regular, administradores, y
resto del pueblo para discutir las más recientes noticias.
El padre doctor fray Ignacio Álvarez instó a los
trujillanos a "que instalase una Junta Superior conservadora de
nuestra Santa Religión, de los derechos de nuestro
amadísimo legítimo soberano don Fernando VII y su
dinastía y de los derechos de la patria"; el ayuntamiento
permitió la entrada de los electores de los vocales:
Jacobo Antonio Roth y Pedro Fermín Briceño; por el
clero el vicario José Ignacio Briceño Pacheco y el
presbítero José de Segovia; por el pueblo Emigdio
Briceño; por los pardos Francisco Javier Briceño y
por el cuerpo de hacendados Manuel Felipe Pimentel. Quedaron
electos para conformar la Junta de Trujillo: Jacobo Antonio Roth
como presidente; José Ignacio Uzcátegui como
vicepresidente, y los vocales: José de Segovia,
Bartolomé Monsant, Ignacio Álvarez, José
Antonio Rendón; Pedro Fermín Briceño, Juan
Pablo Briceño Pacheco, Francisco Javier Briceño,
Emigdio Briceño, Manuel Felipe Pimentel y Ángel
Francisco Mendoza.

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CUERPO
CONSERVADOR DE LOS DERECHOS DE FERNANDO VII. DE LA FIDELIDAD A UN
REY A LA
INDEPENDENCIA ABSOLUTA

Como hemos examinado hasta ahora, las primeras muestras
de lealtad y patriotismo que se había manifestado en la
América española entre 1808 y principios de 1810,
fueron remplazadas por juntas provisorias de gobierno
en

1810, herederas de una poder deslegitimado en la
península, las cuales buscaron establecer desde el mismo
momento de su conformación mecanismos necesarios para la
elección de sus nuevas autoridades como la única
manera de obtener la legitimidad y apoyo necesario.

La importancia de las elecciones para elegir diputados
al Cuerpo Conservador de los Derechos de Fernando VII en
Venezuela, radica en que si bien el reglamento emanado de la
Junta Suprema de Caracas retomaba algunos mecanismos y elementos
de la tradición política y de las experiencias de
los últimos dos años (Junta de Bayona de 1808,
Junta Central de 1809 y la convocatoria a Cortes Generales de
1810), el contexto en el que fueron emitidos, la complejidad y
alcance del proceso y los efectos que rápidamente
produjeron, se revelan completamente nuevos. Ya no se trataba de
designar, por el clásico procedimiento a los miembros del
cabildo de la ciudad, ni a diputados con derecho a voto de una
Junta Suprema Central que, con todo y haber reconocido los
territorios americanos como parte integrante de la
monarquía, no dejaba de presentarse, en opinión de
los americanos, como un órgano capaz de imponer reglas
desiguales para el ejercicio de la
representación.

Las elecciones celebradas durante la
segunda mitad de 1810 y principios de 1811 en los territorios que
siguieron el ejemplo caraqueño se hicieron en un contexto
de profunda ruptura con la metrópoli, produciendo efectos
devastadores para el antiguo orden provincial.
Retroversión de la soberanía, soberanía del
pueblo, libertad e igualdad, y una justa representación en
las instancias de poder constituidas fueron alguno de los
argumentos invocados para legitimar los nuevos acontecimientos y
avalar la reglamentación de procedimientos electorales
capaces de reemplazar la ausencia de la autoridad. El aprendizaje
logrado de esta nueva experiencia electoral –hombres
habituados a jurar fidelidad a un rey muy lejano–
constituye un punto de ruptura fundamental en la historia de
Venezuela.

El establecimiento de la Junta Suprema Conservadora de
los Derechos de Fernando VII el 19 de abril de 1810 en Caracas,
como depositaria de la soberanía, y la invitación a
los pueblos a seguir su ejemplo, desencadenó la
instalación de juntas provinciales y pronunciamientos de
adhesión y lealtad; apoyo que también se
evidenció a través de donativos patrióticos
y celebraciones de carácter civil y religioso de buena
parte de la Capitanía General de Venezuela.

Esta coyuntura de receptividad y entusiasmo, así
como la exigencia de algunas juntas superiores provinciales
(Barinas, Cumana y Margarita) por obtener mayor
participación en el poder emanado de Caracas,
obligó a la máxima autoridad caraqueña a
buscar un mecanismo efectivo y justo que permitiera mejorar y
obtener una representación proporcional de los territorios
que siguieron la causa caraqueña. Como veremos, la
propuesta para resolver este problema la proporcionó Juan
Germán Roscio dos meses después (11 de junio de
1810) del establecimiento de la Junta de Caracas, siendo la
innovación más importante la convocatoria a un
proceso electoral de segundo grado para el que fueron llamados a
ejercer el voto los varones libres, mayores de 25 años (o
mayores de 21 si estaban casados), que tuviesen domicilio fijo o
fuera, por lo menos, propietarios de 2.000 pesos en bienes
muebles o raíces. Esto, además de la
exclusión de los dementes, vagos, presos, deudores,
sordomudos, esclavos, mujeres, peones, conuqueros y asalariados.
De este modo se dejaba de lado la convocatoria por corporaciones,
cabezas de partido o de las ciudades con derecho a voto en las
Cortes, que se habían realizado con
anterioridad.

El 13 de junio de 1810, salió publicado en la
Gazeta de Caracas el Reglamento para la elección
de diputados que asistirían al congreso próximo a
reunirse en Caracas. Este estatuto estructuraba el evento
eleccionario alrededor de un proceso de segundo grado: primero se
realizaba el nombramiento de los electores parroquiales quienes
posteriormente se reunían para elegir a los diputados en
una segunda fase. De esta manera se incluía a todas las
poblaciones de las provincias.

Luego de la publicación del Reglamento más
de un centenar de pueblos, villas y ciudades que integraban la
provincia de Caracas, se movilizaron durante los meses de agosto
y septiembre para realizar la elección y nombramiento de
los electores parroquiales que posteriormente
seleccionarían los diputados que la representarían
en el Cuerpo Conservador de los Derechos de Fernando VII que se
reuniría en Caracas en marzo de 1811.

Al tiempo que se realizaban las elecciones parroquiales
en todos los rincones de la provincia, la Gazeta de
Caracas
fue informando a los habitantes de Venezuela la
marcha del proceso eleccionario y los seleccionados que
representarían a sus territorios como electores
parroquiales en la segunda etapa del proceso.

En Caracas, los 230 electores parroquiales
correspondientes a su partido capitular se reunieron en el
convento de San Francisco, el 1º de noviembre de 1810, y
procedieron a la elección de segundo grado, que
favoreció a Lino de Clemente, Fernando Rodríguez
del Toro, Nicolás de Castro, Luis de Rivas y Tovar,
Gabriel de Ponte e Isidoro Antonio López Méndez. El
20 de octubre anterior, en San Sebastián de los Reyes, se
había realizado un acto similar, en el cual fueron electos
como diputados Felipe Fermín Paúl, Martín
Tovar Ponte y Francisco Javier Ustáriz. Lo mismo se hizo
en los otros partidos capitulares de la provincia de Caracas y de
las de Cumaná, Barinas, Mérida, Margarita, Trujillo
y Barcelona. No se celebraron elecciones en Maracaibo, Coro ni en
Guayana, cuyas autoridades habían permanecido fieles a la
Regencia de España, y estaban en abierta pugna con la
Junta Suprema de Caracas.

El 10 de febrero de 1811, una Proclama a los
caraqueños
anunció con júbilo que se
acercaba el feliz momento en que se reuniría la
representación general de Venezuela, encargada de
sancionar "la felicidad" de las generaciones futuras: "Día
glorioso que formará época en la historia del suelo
Colombiano".

En la Gazeta de Caracas del 19 de febrero de
1811, se publicó una estimación de los "diputados
que corresponden a cada una de las provincias de Venezuela
conforme a su población", a saber: por Caracas 24, Barinas
9, Cumaná 4, Barcelona 3 y Mérida 2 y Trujillo y
Margarita 1 cada una.

El congreso electo, una vez finalizado el largo proceso
eleccionario que duró desde julio de 1810 hasta los
primeros meses de 1811, se instaló el 2 de marzo de 1811,
acto para el que estuvieron presentes 30 de los 45 diputados
elegidos en las siete provincias venezolanas que no reconocieron
el Consejo de Regencia ni la convocatoria de las Cortes Generales
del reino. Ese día, en la catedral de Caracas, juraron los
diputados conservar y defender los derechos de la patria "y los
del Señor Don Fernando VII, sin la menor relación o
influjo de la Francia, independientes de toda forma de gobierno
de la península de España, y otra
representación que la que reside en el Congreso General de
Venezuela", también juraron oponerse "a toda
dominación que pretendiera ejercer soberanía en
estos países, o impedir su absoluta y legítima
independencia cuando la confederación de sus provincias la
juzgue conveniente".

La composición del Congreso, producto de las
elecciones provinciales, fue expresión del
propósito que se planteó en el Reglamento: era
más amplia que la de la Junta Suprema de Venezuela, no
sólo en el número de diputados, sino respecto a la
representación de otras regiones y a la presencia de
intereses y posiciones distintas pero homogéneas respecto
a muchos aspectos que se evidenciará en el transcurso de
los debates del Congreso.

A continuación presentamos un cuadro
detallado de los diputados que fueron electos ante el
congreso:

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El manifiesto que anunció la reunión
describió el suceso con las siguientes
palabras:

…el día 2 de marzo ha sido el que ha
sancionado irrevocablemente los destinos de Venezuela. Bajo los
auspicios de la paz, de la unanimidad de sentimientos y de la
tranquilidad pública, se han instalado las primeras Cortes
que ha visto la América, más libres, más
legítimos y más populares que las que han fraguado
en el otro hemisferio para alucinar y seguir encadenado la
América…

Ese mismo congreso que juró fidelidad a Fernando
VII como rey de España e Indias, cuatro meses más
tarde asumirá su plena soberanía al declarar la
independencia absoluta de España.

En las sesiones del 3 y 4 de julio de 1811, casi todos
los diputados participaron en el debate; entre tanto, en la
Sociedad Patriótica, donde se agitaba igualmente la
cuestión, Simón Bolívar, como muchos otros
revolucionarios allí congregados, se pronunció por
la independencia absoluta e hizo la pregunta "¿trescientos
años de calma no bastan?". El 5 de julio de 1811, en el
Congreso, los diputados Francisco de Miranda, Roscio,
Peñalver, Palacio Fajardo, Tovar, los Toro, los
Briceño y otros más, presentaron sus razones a
favor de la declaración de la independencia y rebatieron
las dudas de algunos diputados que, como Manuel Vicente de Maya,
consideraban que el Congreso no tenía facultades para
hacerlo, o como Ramón Ignacio Méndez, que
creían que aún no había llegado al momento
oportuno. Agotados los argumentos, se pasó a la
votación y triunfaron, con un solo voto en contra, los
partidarios de la independencia. A las 3 de la tarde, el
presidente del Congreso, Juan Antonio Rodríguez
Domínguez, pronunció un breve discurso en el cual
expresó que estaba declarada solemnemente la independencia
absoluta de Venezuela.

El mismo día, el Triunvirato Ejecutivo
expidió una proclama en la cual aplaudía y
ratificaba la declaración; al atardecer de ese día,
el Congreso celebró una segunda sesión, en la cual
se comisionó al diputado Roscio y al secretario Isnardi
para redactar el Acta de la Independencia; y a los diputados
Miranda, Clemente y Sata y Bussy para diseñar la bandera y
la escarapela del juramento que tenían que prestar todos
los ciudadanos del nuevo régimen.

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FUENTES
CONSULTADAS

FUENTES PRIMARIAS

Documentales

Archivo General de la
Nación.

Archivo de la Academia Nacional de la
Historia. Archivo del Ayuntamiento de Caracas (1808-1812).
Archivo del Ayuntamiento de Valencia (1808-1812).

Documentales Impresas

Actas de formación de juntas y declaraciones
de independencia (1809 -1822), Reales Audiencias de Quito,
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Autor:

Angel Almarza

Rosangel Vargas

Enviado por:

Carla Santaella

CARACAS, 26 DE ENERO DE 2010

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