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Democracia y poliarquía en Robert A. Dahl (página 2)




Enviado por Mirian padilla blas



Partes: 1, 2

Para ello, pese a que la perspectiva participativa no
ocupa el centro de sus reflexiones, Dahl subraya de modo
reiterado la necesidad perentoria de potenciar las capacidades de
los ciudadanos para una mayor y cualificada implicación en
la vida política. En este sentido, señala que
cambios de escala (derivados de la creciente
internacionalización del escenario político),
complejidad (en la evaluación del impacto de las
políticas) y comunicación (con el
crecimiento exponencial de la información disponible),
requieren una transformación profunda del concepto de
ciudadanía. Esta necesidad supondría un nuevo paso,
calificado como Poliarquía III, en el que
aprovechando las posibilidades que brindan las telecomunicaciones
se debería avanzar en:

– garantizar la información pública sobre
la agenda

– creación institucional de
oportunidades de influencia accesible para los ciudadanos en la
fijación de temas

– incentivar la participación en el debate
político

Manteniendo en todo momento la conexión entre los
momentos normativo y empírico de su obra Dahl postula
soluciones que permiten mejorar la calidad de los procesos
vigentes articulando cuatro dimensiones fundamentales:

1. educación cívica

2. participación política

3. información

4. deliberación

En este sentido, llama la atención, por ejemplo,
recuperando el concepto de "público atento" de Almond,
sobre la necesidad de una masa crítica de ciudadanos
informados "lo bastante activa para estabilizar y afianzar el
proceso" (Dahl, 1997: 407), para lo cual el desarrollo de las
telecomunicaciones constituiría un buen soporte
técnico. En este orden de cosas Dahl, avanza en
Democracy and its critics, la posibilidad de
institucionalizar un minipopulus de alrededor de 1000
ciudadanos elegidos al azar con tareas de deliberación
permanente mediante internet sobre diversos temas y que
aportarían a la opinión pública más
amplia razones y argumentos sobre los grandes problemas en
juego.

En lo que atañe, en segundo lugar, a la
igualdad de votos en la etapa decisoria, Dahl postula
que, para garantizar la protección de los principios de la
Igualdad intrínseca de los ciudadanos y la
presunción de la autonomía personal, todos los
ciudadanos deben de disponer de iguales oportunidades para
expresar una opción. Ahora bien, en contra de lo que suele
entenderse, este criterio no exige, en rigor, que en democracia
se adopten todas las decisiones mediante voto mayoritario. De
hecho, el criterio de la igualdad de votos sólo requiere
que el gobierno por mayoría sea evaluado desde las tres
premisas y los cinco criterios citados del proceso
democrático. Ahora bien, existen, sin embargo,
sólidas razones que justifican la adopción del
principio de mayoría como norma de adopción
de decisiones. Las más importantes, a juicio de Dahl,
serían:

1. Argumento de Rae: la regla de la
mayoría maximiza el número de ciudadanos que
disponen de autodeterminación, esto es, de capacidad de
participar en las leyes que ellos mismos deben obedecer. Pues si
para aprobar una ley fuera necesario una mayoría superior
a la mayoría absoluta, una minoría de bloqueo
impediría a la mayoría adoptar la decisión
deseada, con lo que el criterio de la minoría se
impondría a la mayoría.

2. Argumento de May: la norma de mayoría
es la consecuencia lógica de los requisitos de: a)
resultar concluyente respecto a las alternativas sometidas a
votación; b) no favorecer a ningún votante en
detrimento de otro; c) no favorecer a ninguna de las opciones
sometidas a votación en detrimento de otras; y c)
favorecer las preferencias positivas sobre un tema, aun cuando
fueran minoritarias, frente a la indiferencia de la
mayoría.

3. Argumento de Condorcet – Black: la
regla de la mayoría maximiza las posibilidades de producir
decisiones correctas, pues la probabilidad de que la
mayoría esté en lo cierto aumenta progresivamente
con su tamaño. Ahora bien, si aumentamos la exigencia a
una mayoría cualificada, una minoría, que
sería tanto mas pequeña cuanto mayor fuera la
exigencia de la mayoría requerida – y por la tanto menor
probabilidad de tener razón – podría bloquearla e
imponer su criterio.

4. Argumento de Brian Barry: la regla de la
mayoría maximiza la utilidad global, pues si cada miembro
de la mayoría obtuviera, de aprobarse la propuesta o ley,
una utilidad igual a la utilidad que pierde cada miembro de la
minoría, el beneficio promedio que implican las leyes para
los ciudadanos resulta maximizado, pues ninguna otra regla de
decisión está en condiciones de generar mayor
satisfacción global de las preferencias.

Estos argumentos, sin embargo, no resuelven
definitivamente, a juicio de Dahl, los problemas técnicos
(existencia de muchas opciones, mayorías cíclicas
etc.), ni los políticos (tiranía de la
mayoría y necesidad de respeto de las minorías,
pluripartidismo y sistema electoral proporcional, pluralidad de
demos en el seno de un mismo Estado y democracia consociativa
etc.), que relativizan la evidencia universal y desaconsejan la
adopción de la norma de la mayoría como regla
única de decisión coherente con el proceso
democrático. De hecho, en la medida en que 1) el
demos de un país esté integrado por varios
demoi o nacionalidades, 2) no existan altas expectativas
de que la minoría pueda en un plazo razonable devenir
mayoría, o 3) las decisiones de la mayoría puedan
afectar a los principios de la forma de vida propia de alguna
minoría, la regla de la mayoría ve erosianada su
legitimidad. En consecuencia, fórmulas alternativas como
la democracia consociativa (basada en gobiernos de gran
coalición con representantes de los diferentes grupos,
veto mutuo, proporcionalidad en el reclutamiento de elites y alto
grado de autonomía para cada grupo en materias de su
interés) pasan a primer plano. Todo ello inserto en una
problamática que se abre paso en la obra de Dahl, de la
mano de un patente influjo de M. Walzer: la reformulación
de la democracia ante las demandas de reconocimiento de la
diversad cultural de las sociedades contemporáneas (Dahl,
1998). En suma, para Dahl, no es cierto que la democracia, el
proceso democrático, exija la norma de la mayoría,
pues en ocasiones los principios y valores democráticos
pueden realizarse de forma mas adecuada mediante otra regla
decisoria. La regla de decisión a adoptar en cada caso
depende del contexto específico y de la estructura de la
situación a la que se aplica la regla
decisoria.

Pasemos al tercer criterio, la posibilidad de
formación de juicio propio de todos los
ciudadanos. Esto es, la exigencia procedimental de que los
ciudadanos deben disponer de iguales y sustantivas oportunidades
para comprender sus intereses, los medios y los fines,
conjuntamente con el bien común que está en juego
en cada decisión. Esto pone en primer plano la
discusión en torno a la relación entre los
intereses individuales y el bien común y, en definitiva,
el problema de los resultados del proceso democrático. O,
lo que es lo mismo, el debate entre un modelo
procedimental de democracia y un modelo sustantivo,
que valga no por la adecuación en la forma de la toma de
decisiones, sino porque consiga, de hecho, la realización
del bien común.

La posición de Dahl al respecto es, como puede
colegirse de cuanto estamos viendo, partidaria de una
concepción procedimental de la democracia. Las razones
fundamentales residen en que, para nuestro autor, por un lado,
los medios forman parte del fin, esto es, los procedimientos no
están desprovistos de significación política
y moral sustantiva; y que, por otro, los requerimientos
sustantivos de la justicia no están reñidos con los
procedimientos democráticos formales. De hecho,
señala nuestro autor, si el procedimiento
democrático cumple los cinco requisitos que estamos
examinando, es un proceso justo o, dicho de otra manera:
es, en si mismo, una forma de justicia (Dahl: 1997:
198). De este modo, frente a la pretensión de separar los
procedimientos democráticos como una supuesta "forma"
desconectada del "fondo" de los resultados respecto al bien
común, Dahl entiende que, a todos los efectos, los medios
son parte del fin y el proceso democrático está
íntimamente imbricado con los valores sustantivos de una
sociedad democrática.

En esta perspectiva, los derechos fundamentales no
poseen un estatuto moral, ni mucho menos una naturaleza
ontológica autónoma, desgajada respecto al proceso
democrático. Es más, el derecho al autogobierno, a
la autodeterminación mediante un proceso
democrático constituye un derecho fundamental del que se
derivan, a su vez, toda una serie de decisivos derechos
políticos básicos (libertad de expresión,
reunión, asociación, manifestación etc.). De
esta forma se supera el falso dilema de la utilización con
fines antidemocráticos, con el objetivo incluso de
liquidación del sistema democrático, de los
procedimientos de la democracia, toda vez que la sustantividad
del autogobierno, del procedimiento como fin y como medio, priva
de toda legitimidad a esa eventual instrumentalización de
los procedimientos.

Pero, por otra parte, la consolidación del
sistema democrático depende de que en la cultura y valores
políticos de la ciudadanía se instale la
convicción de su conveniencia, sin cuyo apoyo poco futuro
para la democracia cabe esperar. Ello ubica asimismo la
deliberación en el núcleo mismo de e la
democracia, habida cuenta que los criterios del proceso
democrático sólo podrán satisfacerse si los
ciudadanos disponen de oportunidades reales para participar en un
debate libre y público que los determine.

El cuarto criterio del proceso democrático es el
control final de la agenda. Esto es, los ciudadanos deben contar
con la oportunidad de resolver cómo se ordenarán
los temas objeto de las decisiones colectivas y obligatorias. El
problema que se abre al respecto es el de los criterios de la
participación y la representación: qué temas
se debe reservar para sí la ciudadanía y cuales
otros puede delegar.

Pues bien, el problema de la
participación/representación es abordado
singularmente por Dahl desde la perspectiva de la escala, las
dimensiones del sistema político poliárquico. Este
tema tratado por vez primera en el libro escrito conjuntamente
con Edward R. Tufte, Size and Democracy (Dahl and Tufte,
1974), y será reelaborado en profundidad como uno de los
temas centrales de Democracy and Its Critics
(Dahl,

1997). La reflexión e Dahl parte, como ya se ha
visto, de una consideración escéptica del mito del
Ágora y la democracia participativa griega, apuntando no
solamente al hecho de que la vida política real de la
polis distara mucho de sus proclamados ideales, sino a las
limitaciones inherentes a la teoría y práctica de
la democracia ateniense como modelo. En síntesis, la
democracia griega se veía limitada intrínsecamente
a la regulación de sistemas políticos
pequeños (en constante conflicto entre sí) en
razón de su concepto de ciudadanía netamente
excluyente, que asumía de partida el alejamiento de la
mayoría de la población de implicación en la
política, y la negación de toda pretensión
universal de libertad, igualdad y garantía de los derechos
humanos y políticos, restringidos a una minoría de
una polis específica.

La llegada del Estado Nacional, siglos después,
con el cambio de escala trajo consigo el Gobierno representativo
y con ello consecuencias fundamentales para la
democracia:

1. la democracia deviene democracia
representativa a partir de la reformulación de
instituciones (parlamentos) ya existentes, lo que
alteraría la naturaleza de la ciudadanía y el
proceso democrático previstos en las teorías
clásicas y republicanas.

2. aparece la limitación teórica
de la democracia participativa, pues la participación
efectiva de los ciudadanos disminuye de modo inevitable con el
aumento de escala.

3. ello se traduce , a su vez, en el aumento de
la dimensión territorial de los Estados mediante la
reestructuración de las instituciones representativas
históricas

4. con la nueva escala se produce el aumento de
la diversidad cultural y política interna de las
poliarquías, que requiere abordar el problema de la
definición monista o plural del pueblo del
Estado

5. se produce asimismo un aumento del
conflicto, producto de las divisiones políticas y
sociales, así como de la complejidad creciente de la
poliarquía

6. todo ello conduce al desarrollo de un complejo
conjunto de instituciones que configuran la democracia
representativa como poliarquía y devienen necesarias para
el funcionamiento de democracias en gran escala

7. ello urge la universalización de
los derechos y garantías de los ciudadanos

8. y se produce un acelerado desarrollo del pluralismo
social y organizativo con la multiplicación de grupos
autónomos.

Veremos mas adelante los requisitos de la
poliarquía, pero hemos de centrarnos ahora, por más
que sea brevemente, en la posición de Dahl sobre el
binomio representación/ participación. El punto de
partida es, como se ha visto, el tamaño del territorio y
el número de ciudadanos: su aumento multiplica
exponencialmente el coste de la participación. Los
cálculos mas elementales revelan, a su entender, las
"inexorables consecuencias del tiempo y el número de
personas" para la democracia de asamblea (Dahl, 1998: 126). En
efecto:

– Las oportunidades de participación disminuyen
crecientemente en la medida en que aumenta el tamaño del
cuerpo de ciudadanos

– En cualquier caso el número de
participantes activos será muy reducido

– Estos participantes activos tienden a convertirse, de
hecho, en representantes de los demás, excepto en las
votaciones

– Lo que implica que, por razones técnicas
inexorables, la democracia de asamblea tienda transformarse de
hecho en una suerte de democracia representativa

– Esta última, sin embargo, carece de los
controles propios de la democracia representativa
formal.

Ahora bien, Dahl entiende, sin embargo, que las
restricciones impuestas por el tiempo necesario para las
intervenciones y el numero de participantes potenciales en la
discusión, operan, asimismo, como límites
democráticos del gobierno representativo, reforzando la
distancia entre el representante y sus electores.
¿Cómo escapar al dilema de que cuánto mayor
sea un sistema político tanto menor será la
posibilidad de participar directamente de los ciudadanos?. La
respuesta de Dahl es la potenciación de sub –
unidades más pequeñas en el seno de los Estados
mediante federalismo, gobierno municipal sustantivo y una
sociedad civil pluralista, con una gran dotación de
capital social de organizaciones autónomas. Ahora bien, a
su entender, mientras en los diferentes niveles del Estado, la
democracia (esto es, los criterios del proceso democrático
que estamos analizando) debe servir de criterio normativo para
evaluar el funcionamiento y aun las estructura de las
instituciones, este no es el caso de la sociedad civil, donde
importantes diferencias en la competencia respectiva de las
organizaciones pueden imponer limites legítimos a la
extensión de la democracia interna y, en todo caso,
ninguna forma especifica de democracia puede postularse como
modelo único (Dahl 1998: 136).

Finalmente el quinto criterio del proceso
democrático es, para Dahl, la inclusión.
Esto es, la argumentación del Principio categórico
de la Igualdad apunta a un criterio muy exigente a la hora de
delimitar el demos; a saber: el pueblo debe incluir a
todos los adultos sujetos a las decisiones colectivas
obligatorias del Estado democrático. Ahora bien, es
necesario someter a escrutinio las dos soluciones
históricas dadas al problema de la
inclusión:

1. Principio contingente de inclusión
(Schumpeter): por el que cada pueblo se define a si mismo en su
grado de inclusión

2. Principio categórico de
inclusión
(Rousseau): toda persona sujeta a un
gobierno y sus leyes tiene el derecho absoluto a ser miembro del
demos

Pues bien, ninguna de ellas resulta satisfactoria su
entender: la primera, por carecer de criterio normativo y diluir
la diferencia entre un régimen democrático y un
régimen autoritario; la segunda, por ser excesivamente
amplio y no incluir ningún control de idoneidad respecto a
los menores, los disminuidos psíquicos etc. Frente a
ellos, Dahl, habida cuenta que cualquier grupo de adultos
excluido del demos (mujeres, minorías étnicas,
etc.) quedaría en precario respecto a la defensa de sus
intereses y, en virtud del antevisto Principio categórico
de igualdad, propone un:

3. Principio categórico modificado de
inclusión
: el demos estará integrado por todos
los miembros adultos del Estado, excepto los residentes
transitorios en el país y los disminuidos
psíquicos.

Examinados los cinco criterios que debe revestir un
proceso democrático, debemos pasar al análisis de
los requisitos de la democracia real o poliarquía y las
condiciones de su democratización.

5.- Democracia y
Poliarquía.

La estrecha relación entre la teoría
política normativa y la teoría de
orientación empírica, una de las
características fundamentales de la obra de Dahl, se
muestra sobre todo en la distinción y articulación
entre los conceptos de Poliarquía y
Democracia. En este orden de cosas, el concepto de
"Poliarquía" es introducido por Dahl y Lindblom en
Politics, Economics, and Welfare (1953) para referirse a
los sistemas políticos democráticos que
reúnen varios criterios:

1. Derecho a voto

2. Igualdad de voto

3. Subordinación de los funcionarios
no elegidos a los elegidos

4. Posibilidad de alternativa en el
Gobierno

5. Pluralidad de fuentes de
información

6. Oportunidad de políticas y
candidatos alternativos

Ahora bien, estas características muestran con
claridad que la poliarquía es un sistema
político en el que las instituciones necesarias para el
funcionamiento de un proceso democrático con los
requisitos antevistos, existen por encima de un umbral
determinado. Es decir, las poliarquías constituyen
actualizaciones del proceso democrático más o menos
próximas al ideal, y en cualquier caso, según Dahl,
son su realización histórica más adecuada en
el marco de la escala ampliada de los Estados.

Pero existe, en contra de lo sostenido por alguno de sus
críticos menos afortunados (Lee, 1991: 101), una
importante distancia, y por ello una tensión inevitable,
entre las poliarquías del mundo real, y el ideal normativo
de la democracia expresado en los cinco requisitos, examinados en
el apartado anterior, del proceso democrático y sus
principios inspiradores. Las poliarquías son, pues
"democracias imperfectas", no llegan a cumplir con las exigencias
normativas de la democracia, pues si bien todas y cada una de las
instituciones de la poliarquía son indispensables,
resultan empero insuficientes, para la instauración del
proceso democrático en un país.

¿Cuáles son las instituciones que
configuran una poliarquía?. Desde su inicial
formulación sistemática en Poliarchy:
Participation and Opposition
(Dahl, 1971) hasta
Democracia and its Critics (Dahl, 1989), Dahl reelabora
las instituciones básicas de la poliarquía, siempre
sobre la base ya expuesta en la obra de 1953, en torno a dos ejes
básicos: inclusión, esto es el derecho, de
todos los ciudadanos mayores de edad a participar en
política, como se ha visto enunciado en la
reelaboración del principio categórico corregido; y
contestación, esto es, competición
política que permita la alternancia real en el gobierno.
Precisamente, la centralidad de este segundo orden de queda
atestiguada en el hecho de que Dahl dedica dos obras a vincular
la competición política y el control del gobierno
("accountability"): Political Oppositions in Western
Democracies
(Dahl, 1966) y Regimes and Oppositions
(Dahl, 1973).

De esta suerte tendríamos un
conjunto de instituciones efectivas:

1. Funcionarios electos

2. Elecciones libres y limpias

3. Sufragio universal

4. Derecho a ocupar cargos
públicos

5. Libertad de expresión

6. Pluralidad de fuentes de
información

7. Libertad de asociación

Ahora bien: ¿cuál es la relación
entre democracia y poliarquía?, esto es,
¿qué instituciones de la poliarquía son
necesarias para cumplir con cada uno de los criterios de un
proceso democrático? Al respecto Dahl postula, en
síntesis, la siguiente correspondencia (Dahl, 1971: 15,
209; 1989: 268):

INSTITUCIONES CRITERIOS

1.Funcionarios Electos I. IGUALDAD DE
VOTO

2.Elecciones libres y limpias

1.Funcionarios electos II.
PARTICIPACION

2.Sufragio universal

3.Derecho a ocupar cargos
públicos

4.Libertad de expresión

5.Pluralidad de fuentes
información

6.Libertad de asociación

5.Libertad de expresión III.
AUTONOMIA

6.Pluralidad fuentes
información

7.Libertad de asociación

1.Funcionarios electos IV. CONTROL DE
LA

2.Elecciones libres e imparciales
AGENDA

3.Sufragio Universal

4.Derecho a ocupar cargos
públicos

5.Libertad de expresión

6.Pluralidad fuentes
información

7.Libertad de asociación

3.Sufragio Universal V.
INCLUSION

4.Derecho a ocupar cargos
públicos

5.Libertad de expresión

6.Pluralidad fuentes
información

7.Libertad de asociación

Vistas las relaciones entre los principios del proceso
democrático y las instituciones de la poliarquía
que los implementan, surge una nueva pregunta:
¿cuáles son las condiciones que favorecen la
institucionalización de la poliarquía?. Dahl dedica
a ello una de sus obras más conocidas Poliarchy.
Participation and opposition
(Dahl, 1971) y vuelve sobre
ello en On Democracy (Dahl, 1998). En síntesis
tendríamos cinco condiciones mínimas

1. Control del poder militar y de la
policía por medio de cargos civiles electos

2. Economía de mercado y cierto nivel de
desarrollo económico en el seno de una sociedad moderna y
pluralista. Esto es, una sociedad con poder económico y
político distribuido y que promueve actitudes y valores
favorables a la democracia.

3. Bajos índices de desigualdad económica
o bien igualdades y desigualdades dispersas, no extremas ni
acumulativas

4. Cultura política, especialmente entre los
activistas políticos, basada en la confianza en los otros
y en las instituciones, en una síntesis de compromiso y la
competición

5. Homogeneidad subcultural o acuerdos consociativos que
controlen el pluralismo cultural o nacional en el interior del
Estado

6. No estar sometida la poliarquía a
la intervención de una potencia extranjera .

Ahora bien, y una vez más, si estas
precondiciones son necesarias para la poliarquía, resultan
sin embargo insuficientes. Insuficiencia que se agranda respecto
a la democracia, pues las sociedades modernas y pluralistas no
generan de forma espontánea las condiciones necesarias
para una mayor democratización de la poliarquía.
Ello nos conduce al problema de la igualdad política y,
detrás de ella, la igualdad económica de los
ciudadanos.

6.- Democracia e
igualdad

La democracia, en la teoría de Dahl, cimenta su
valor normativo, su superioridad frente a otras posibles formas
de gobierno en que institucionaliza mejor que ellos los valores
de la libertad, la autonomía y autodeterminación
moral y la promoción de los intereses humanos compartidos.
Y lo hace porque se sustenta sobre tres clases de
igualdad:

1. La igualdad moral intrínseca de
todos los ciudadanos

2. La igualdad de acceso a la
autonomía y la autodeterminación
personal

3. La igualdad política definida
según los 5 criterios del proceso
democrático

Todo esto implica, a su vez, que las oportunidades para
alcanzar tales bienes tienen que ser equitativas para todos los
ciudadanos. O lo que es lo mismo, la democracia, el proceso
democrático, reclama y constituye un prerrequisito de la
justicia distributiva. La igualdad política es un medio
indispensable para alcanzar una distribución equitativa de
la libertad de oportunidades, así como oportunidades
iguales para todos para la autonomía y la
autodeterminación. Por ello, más allá de la
poliarquía, las exigencias normativas de la democracia
empujan hacia el logro de una sociedad democrática
avanzada centrada en la reducción de las desigualdades
políticas.

Ahora bien, las causas de desigualdad
política son fundamentalmente:

1. diferencias de recursos
económicos

2. diferencias de recursos de
poder

3. diferencias de información,
formación y capacidad cognitiva

La democracia, esto es, la democracia avanzada y no
meramente poliárquica, requiere para Dahl la lucha
sistemática contra estos tres tipos de desigualdad.
Especial atención merece, en este orden de cosas, la
igualdad en la distribución de recursos, posiciones y
oportunidades económicas de los ciudadanos. Sin embargo,
esta exigencia implica redefinir de modo profundo las relaciones
entre economía y política, tema del que Dahl se ha
venido ocupando desde su articulo "On the Theory of
Democratic socialism"
(Dahl, 1940) y desarrollado
posteriormente en Dilemmas of Pluralist Democracy (Dahl,
1982) y, sobre todo, en A Preface to Economic Democracy
(Dahl, 1985).

El argumento de Dahl es que, a diferencia de la
contraposición entre la igualdad "real" y la "formal", la
diferencia en recursos económicos origina desigualdad
política entre los ciudadanos, con lo que se revela, en
sí misma, como una violación de los criterios del
proceso democrático: sin igualdad no hay democracia
posible (Dahl, 1956:60; 1989: 391). Luego la igualdad
política constituye una forma de justicia distributiva,
pues las pretensiones de la justicia van más allá
de la configuración de la autoridad, alcanzando derechos,
beneficios, oportunidades, y la distribución de los
recursos económicos, en definitiva, la equidad
económica.

Ahora bien, el problema radica en que las sociedades
modernas generan algunas de las condiciones indispensables para
la poliarquía, pero sin embargo no producen de
forma espontánea las condiciones necesarias para su
democratización. En efecto, por una parte, el
capitalismo de mercado favorece la poliarquía en la medida
en que numerosas decisiones económicas se toman por una
multitud competitiva de actores autónomos y ello, a su
vez, resulta eficaz y favorecedor del crecimiento
económico. Pero no solo es que el crecimiento
económico favorezca la democracia, sino que el mercado es
favorable a la democracia por sus efectos políticos y
sociales, generando, por ejemplo, una clase media que desea
libertad y un marco normativo de seguridad y garantías, o
impidiendo la concentración de poder en las manos de un
gobierno central.

Sin embargo, Dahl subraya que el mercado no solo
necesita regulación e intervención estatal
continuada para evitar los fallos reiterados y los graves
daños que ocasiona a grupos o ciudadanos, sino que al
generar sistemáticamente desigualdad económica,
produce simultáneamente elevadas dosis de desigualdad
política y, así, limita severamente la
transformación de la poliarquía en democracia
(Dahl, 1998: 199).

Por todo ello, en un país democrático
avanzado, a diferencia de lo que ocurre en la poliarquía,
el sistema económico debe entenderse no sólo como
un mecanismo de producción y distribución de bienes
y servicios, sino que debe estar orientado a una mas amplia gama
de valores humanos y democráticos. Esto se traduce en dos
planos diferenciados del proceso de democratización: en el
nivel del Estado y en las Empresas.

En el nivel del Estado, las diferencias injustificables
de ingresos y riqueza deberán ser eliminadas por un
sistema progresivo de impuestos y transferencias (Dahl,
1982:

117). Esto constituye desde, al menos 1976, el prefacio
al Politics, Economics and Welfare, un tema central de
la obra de Dahl. Puesto que la distribución de ventajas y
desventajas es a menudo arbitraria, injusta e intolerable por mas
tiempo, la igualdad política y la justicia distributiva
requiere, además del Estado de Bienestar, que en muchas
ocasiones solo alcanza a paliar algunos efectos y no las causas
de la desigualdad, la alteración de la inicial
distribución de recursos generados por el mercado mediante
la reforma fiscal (Dahl, 1985: 198). Así, frente a la
defensa absoluta de la propiedad de neoliberales como Nozick,
Dahl entiende que, habida cuenta que la propiedad privada de las
empresas es un elemento instrumental, a diferencia del
autogobierno que constituye un derecho inalienable,
aquélla debe de estar subordinada al los requerimientos
del proceso democrático, invocando para ello una
tradición de pensamiento americano que se remonta a
Jefferson.

La única solución consistente con el
gobierno republicano es obvia: la igualación de recursos.
Dahl, constata, por el contrario, que en los USA el derecho de
propiedad ha jugado sistemáticamente contra el proceso
democrático con el apoyo del Tribunal Supremo, permitiendo
a las grandes corporaciones inmunidad frente a las regulaciones
de los Estados y la federación. De esta suerte, un sistema
económico que produce espontáneamente desigualdad
en la distribución de los recursos económicos y
políticos, ha adquirido legitimidad de la mano de una
ideología que justifica la propiedad de las grandes
corporaciones como supuesta fuente de riqueza e igualdad
política generalizadas. De este modo, el pluralismo y el
consenso, muestran sus patentes limitaciones ante las fuerzas que
operan en contra de la democratización de la sociedad
americana. Y así, como quiera que la poliarquía no
genera por si misma mecanismos de democratización, se
requieren reformas estructurales inaplazables ( (Dahl 1976,
1985). Por el contrario, para Dahl, el factor mas importante de
democratización y reducción de desigualdades es la
medida en que partidos laboristas o socialdemócratas han
desempeñado un papel significativo en el gobierno
implementando políticas publicas de provisión de
sanidad, enseñanza y empleo, así como progresividad
fiscal (Dahl, 1982: 175).

En segundo lugar, y si bien, como ya se apuntó,
la justificación del proceso democrático no se
traduce necesariamente en que toda institución tenga que
gobernarse de modo democrático, en el caso de las
empresas, sostiene Dahl, esto debe ser necesariamente así.
Y ello tanto desde el punto de vista de los ciudadanos como
trabajadores, cuanto desde la perspectiva de la
democratización general del sistema, por la
contribución que ello haría a los valores de la
justicia y la democracia. En efecto, desde el articulo de 1973
"Governing the Giant Coporation" en un volumen compilado por
Ralph Nader (Dahl: 1973, 1997:629), hasta Democracy and Its
Critics
(Dahl, 1989:

394), pasando por A Preface to democratic
Theory
(Dahl 1985), la democratización de las
empresas constituye una constante del argumento normativo de
Dahl.

El argumento básico es que si la igualdad
política constituye un prerrequisito de la democracia, el
sistema de empresas privadas orientadas al mercado y gestionadas
autoritariamente debe ser profundamente reformado. Toda vez que
la descentralización de la toma de decisiones del mercado
genera ámbitos autónomos de decisión en las
empresas, y que del conjunto de relaciones de autoridad y control
en las que se ven implicados los ciudadanos en su vida cotidiana,
ninguna resulta tan importante como las empresas, es necesario
plantear, de modo inexcusable, su democratización
interna.

La solución de Dahl apunta a un "sistema de
empresas en propiedad colectiva y democráticamente
gobernado por los trabajadores" (Dahl, 1985: 91). Se trata de un
modelo de cooperativas ("self governing entreprises") que
constituiría, en todo caso, una medida complementaria de
las reformas estructurales del sistema fiscal y la igualdad, toda
vez que un sistema de empresas autogobernadas no podría
ser un orden igualitario autorregulado. Así, sobre la base
de experiencias como la danesa bajo gobierno del Partido
Socialdemócrata en los años setenta o las
cooperativas españolas de Mondragón, Dahl defiende,
fundamentalmente en A Preface, un sistema de propiedad
cooperativa de las empresas y un gobierno de las mismas
verdaderamente democrático que, de la mano de la
participación y la igualdad de voto de los trabajadores,
supere el horizonte de la mera "democracia de
accionistas".

La igualdad económica, cimiento de la igualdad
política y la democratización de las empresas,
apunta a una tensión reformista y democratizadora de la
poliarquía que cierra el argumento de Dahl, y abre la
puerta a los nuevos desafíos contemporáneos. El
problema que se presenta en aras de su implementación es
saber si una ciudadanía tan dividida, plural y
anómica posee "la claridad de visión y firmeza de
propósito, para establecer la prioridad de la democracia,
la igualdad política y los derechos necesarios para el
autogobierno, por encima de los derechos de propiedad
establecidos, y la superación de la desigualdad
económica y la autoridad antidemocrática en el seno
de las empresas" (Dahl 1985:163).

REFERENCIAS

Obras de Robert A. Dahl

(1950) Congress and Foreign Policy
Norton: New York, 1950

(1953)(1976) Politics, Economics, and
Welfare,
con Ch. Lindblom, Harper: N. York

(1956) A Preface to Democratic
Theory
Chicago: Chicago U. Press

(1961) Who Governs? Yale U. Press:
New Haven

(1963)(1970) Modern Political
Analysis
Prentice Hall: E. Cliffs

(1966) Political Oppositions in Western
Democracies
Yale U. Press: N. Haven

(1967) Pluralist Democracy in the
United States
Rand: Chicago

(1970) After the Revolution? Yale
U. Press: New Haven

(1971) Poliarchy: participation and
opposition
Yale U. Press: New Haven (1973) Size and
Democracy,
con E. Tufte, Stanford U. Press: Stanford (1982)
Dilemmas of Pluralist Democracy Yale U. Press: New Haven
(1985) A Preface to Economic Democracy California U.
Press: Berkeley (1986) Democracy, Liberty, and Equality
Norwegian U. Press: Oslo

(1989) Democracy and Its Critics
Yale U. Press: New haven

(1998) On Democracy Yale U. Press:
New Haven

Artículos:

Todos los artículos relevantes del
autor están recogidos en la antología en dos
volúmenes:

(1997) Toward Democracy: A Journey.
Reflections: 1940-1997
Vols I & II Institute of
Governmental Studies Press: University of California,
Berkeley

Sobre el autor puede verse:

Walter Berns "On Robert Dahl"s "Important
Questions" American Political Science

Review Nº 52, 1958 pp.
830-833

William E. Connolly Political Science
and Ideology
Atherton: N. York, 1967

Keith Dowding Rational Choice and
Political Power
Elgar: Aldershot, 1991

G. Duncan & S. Lukes "The New
Democracy" Political Studies 11, 1963
pp.156-177

M. Edelman "Research orientations" in H.
Kariel Frontiers of Democratic Theory

Random: New York

Donald J. Lee Poliarchy. The Political
Theory of Robert Dahl
Gatland: N. York,1991

Gregor McLennan Marxism, Pluralism and
Beyond
Cambridge: Polity, 1989

Van der Muhl "Robert Dahl and the Study of
contemporary Democracy" APSR, 71,

1977 pp.1070-1096

Vargas Machuca, Ramón (1994) "Robert
Dahl: el poder de la Democracia" Claves: Madrid pp.
44-54

Alan Ware "Robert Dahl, Political
Scientist" Government and Opposition, 33,Nº3,
1998

 

 

Autor:

Ramón Máiz

Universidad de Santiago de
Compostela

Enviado por:

Mirian Padilla Blas

Partes: 1, 2
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