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El Feminicidio en la República Dominicana (página 2)



Partes: 1, 2

Reyes dijo que estos 51 crímenes superan en mucho
los casos registrados en el mismo periodo de tiempo en
países como España, con una población que
supera en más de cuatro veces los cerca de diez millones
de habitantes del país caribeño. La magistrada hizo
estas consideraciones al intervenir en un acto organizado con
motivo del primer aniversario de la Fundación Vida Sin
Violencia, una entidad dedicada a promover la toma de conciencia
y prevención de la violencia familiar y de
género.

En declaraciones a Efe, Reyes explicó que no se
aprecia una tendencia clara en la evolución de los
asesinatos de mujeres en el país, ya que entre 2008 y 2009
se registró una reducción del 32 por ciento en el
número de casos "y sin embargo, este año se
disparó" la cifra.

La experta destacó el cambio de actitud de las
víctimas, que desde hace unos años, gracias a la
labor de entidades e instituciones como el Ministerio
Público, han empezado a denunciar las agresiones de todo
tipo que padecen (verbal, física y económica) y que
suman más de 20.000 casos al año.

En cuanto a los agresores, Reyes indicó que
República Dominicana es el sexto país en el mundo
donde más hombres se suicidan tras matar a su
pareja.

La Fundación Vida Sin Violencia otorgó
durante el acto de hoy un reconocimiento a la coordinadora del
Centro de Atención de Sobrevivientes de la Violencia,
Solange Alvarado, por su labor y sus aportes a la lucha contra
este problema. También entregó una
distinción al ex fiscal del Distrito Nacional José
Manuel Hernández Peguero, impulsor de las fiscalías
barriales y los centros de ayuda a mujeres víctimas de la
violencia en la capital dominicana.

  • ¿Por qué este alto porcentaje de
    Feminicidio en Dominicana?
    Uno de los factores que
    explica este alto porcentaje de feminicidios que se cometen
    en la casa es que cuando se trata del tipo íntimo las
    mujeres comparten este espacio de vida con los
    homicidas.

  • Feminicidio más Cometido en
    Dominicana.
    La mayor parte de los feminicidios son
    íntimos, cometidos por parejas, ex parejas, novios, ex
    novios y familiares de las mujeres.

  • Las Mujeres más Desprotegidas. Las
    mujeres jóvenes son las más desprotegidas y una
    de cada tres mujeres muertas en 2003 tenían 30 y 29
    años, mientras que en 2006 son las jóvenes
    entre 20 y 29 la que más frecuentemente fueron
    víctimas de ese tipo de crimen, representando el
    31.82% del total.

Conclusiones

En nuestro país, desde mediados de la
década de los ochenta, dentro del movimiento feminista y
de mujeres organizadas e independientes, se comenzó a
utilizar el término feminicidio para señalar los
asesinatos de mujeres a manos de sus compañeros, tiempo
que corresponde a la aparición del concepto en el mundo.
Hasta el día de hoy, no se ha cuestionado esta
terminología y sigue siendo utilizada en el movimiento
social de mujeres, con algunas referencias en la prensa cuando se
trata de entrevistas a feministas.

De acuerdo a Patología Forense, unas 175 personas
perdieron la vida en hechos violentos durante el pasado mes de
julio, incrementándose en un 6% los fallecimientos con
relación al mes anterior que reportaba 160 muertes. De
estos crímenes, el 21.14%, es decir 37, fueron mujeres, lo
que elevaría el incremento de los feminicidios, mantenido
en un 10 a 12% del total de homicidios en el
país.

El Departamento de Estadísticas de la
Procuraduría, registra 117 feminicidios generales de enero
a junio, inclusive, 24 más que el año pasado para
el mismo período. 57 casos, el 48.71%, son ejecutados por
la pareja o alguien del entorno de la víctima, lo que se
refiere como feminicidio íntimo y el resto, son
feminicidios no íntimos, de acuerdo a la
Procuraduría.

Esas 60 mujeres muertas violentamente por hombres que no
conocían, también son feminicidios que hay que
investigar, porque los datos de masculinidad violenta, misoginia
y resistencia machista en el país, obtenidos en varias y
diversas investigaciones, "huelen" a peligro. Pero sobre todo,
porque todo lo que se aprende, se puede desaprender y en
cuestiones de género, hay una amplia tarea que realizar en
la República Dominicana.

Las primeras estadísticas de feminicidio,
estudiadas por Profamilia hace casi 10 años, indicaban el
mayor índice de feminicidios en el entorno íntimo
de la mujer, sobre todo en la pareja, con un porcentaje de 70%,
lo que nos refería a escenarios diferentes. Esta
disminución en los feminicidios "domésticos",
podría indicar resultados favorables de las estrategias
montadas por el sistema acusatorio de la justicia y el aumento en
los feminicidios desconocidos, podría ser una consecuencia
de las violencias sociales y misóginas, que consideran a
la mujer como una pertenecía que vale poco. Pero para
saberlo, hay que registrar y estudiar mejor cada caso, no
solamente contar el número de muertas.

Hay que profundizar en la manera en que se recogen los
datos en la Policía Nacional, que es la fuente de la
Procuraduría, y determinar en ese casi 52% de los
feminicidios, causas, escenarios, modos y maneras, para
establecer programas de prevención más refinados y
dirigidos a la cultura dominicana.

Para eso, es importante que la legislación penal
tipifique estos crímenes que no resisten la única
del homicidio, por tratarse de la violencia extrema de
género, en un continuo de prácticas y actitudes de
alta complejidad sociocultural, que terminan matando a las
mujeres y solo a ellas.

El comportamiento social violento, generalizado con las
mujeres, tiene que ser una preocupación nacional y
provocar reacciones en el Estado dominicano, más
allá de contar muertas. Necesitamos registrar los
fenómenos sociales para estudiarlos y
enfrentarlos.

En el caso de la República Dominicana, existe la
necesidad de una buena doctrina de la ley 24-97, cuyo marco
jurídico difiere del encuadre general de nuestro derecho:
mientras en éste se mantiene como principio la
presunción de inocencia de la persona acusada, en la
aplicación de la ley 24-97, así como en la 14-94,
hay que referirse a los principios de la "victimología"
que establecen cómo la víctima de delitos sexuales
debe ser creída y cómo su solo testimonio
constituye la prueba, en el caso que sea sobreviviente. Esta
práctica produciría un cambio de actitud respecto a
los crímenes contra las mujeres.

La debilidad en la práctica jurídica con
estas legislaciones, relativamente nuevas, está dada por
la ausencia de pautas procedimentales claras, la falta de
reglamentaciones con sentido de género, pero sobre todo,
por la inercia cultural de quienes administran y operan en la
justicia. Esta insensibilidad desde todo el sistema, favorece al
agresor sexual aún cuando el buen sentido debe reconocer
la incriminación que es persistente, estable en el tiempo,
sin ambigüedades ni contradicciones.

Recomendaciones

La situación que presenta el feminicidio en
nuestro país es grave. La muerte de 131 mujeres en un
año desborda a toda la sociedad, y obliga a todas las
instituciones de poder, a promover acciones desde la perspectiva
de los derechos humanos de las mujeres, como una cuestión
de justicia social, de salud y de educación. Las
instancias de poder deberán coordinar acciones con la
sociedad civil para preparar estructuras que, a corto, mediano y
largo plazo, puedan dar respuesta al fenómeno de la
violencia de género.

Recordando que existe una necesidad real de establecer
presupuestos acorde con las necesidades, se recomendaría
lo siguiente:

Acciones De Políticas
Nacionales:

Gobierno:

  • Incorporar a la agenda pública el tema del
    sexismo y sus consecuencias como de atención especial,
    teniendo en cuenta la cantidad de feminicidios anuales en
    nuestro país.

  • Cumplir con los protocolos internacionales en
    materia de violencia contra la mujer y violencia
    intrafamiliar, de los cuales el país es
    compromisario.

Secretaría de Estado de la
Mujer

  • Realizar campañas de sensibilización
    para romper los estereotipos sexistas que propician la
    violencia de género y propulsar a los poderes
    públicos para que determinen espacios en todos los
    medios de comunicación, que permitan la denuncia
    pública y la condena de actitudes y comportamientos
    violentos masculinos hacia la mujer y sus hijos e
    hijas.

  • Realizar campañas y actividades
    públicas que reconozcan e incorporen la
    terminología feminicidio y que la expliquen a toda la
    sociedad.

  • Promover un presupuesto adecuado para desarrollar
    acciones hacia la erradicación de la violencia de
    género a todos los niveles, en el
    país.

  • Aplicar el Plan Nacional de Atención y
    Prevención de la Violencia Intrafamiliar.

  • Coordinar acciones de atención y
    prevención contra la violencia hecha a la mujer y la
    violencia intrafamiliar con las organizaciones de mujeres que
    trabajan el tema en el país y reconocer el trabajo
    especializado que algunas han realizado en los últimos
    veinte años.

Poder Judicial:

  • Establecer un sistema de registro para los
    feminicidios que sea uniforme en el sistema de justicia y que
    utilice el prefijo FEM, por oposición al prefijo HOM
    que tienen los expedientes de asesinatos y muertes
    actualmente. Si se establece el prefijo sugerido, se
    facilitarían informes anuales que recojan indicadores
    de importancia para establecer programas
    especiales.

  • Capacitar a todo el aparato operativo de la justicia
    en el conocimiento del feminicidio, sus causas y
    consecuencias.

  • Introducir las reformas legales necesarias para que
    el feminicidio sea tipificado como un tipo de crimen
    especial.

  • Crear un reglamento que determine el procedimiento
    de la ley 24-97.

  • Impulsar la reforma legal que prohíba los
    abusos judiciales que favorecen la gratificación de
    los feminicidas, tales como libertad provisional bajo
    fianza.

  • Recrear los principios de victimología
    necesarios como referencia a la ley 24-97.

  • Establecer la gratuidad de los servicios
    médicos y legales para quienes recurren a las leyes
    14-94 y 24-97.

  • Introducir en la formación de jueces/zas,
    Ministerio Público, policías, abogados/as y
    agentes sociales, la materia de violencia de género,
    intrafamiliar y el feminicidio.

  • Prohibir la conciliación en materia de
    violencia de género y dar mayor cobertura de seguridad
    a las medidas cautelares especificadas por la 14-94 y la
    24-97.

  • Elaborar protocolos policiales y sanitarios que
    sirvan de referente a los profesionales de estas ramas, a la
    hora de abordar la problemática de la violencia de
    género.

Medicina Forense:

  • Asegurar que el sistema de registro judicial sea
    homologado con el registro de Patología Forense de
    manera que incluya los feminicidios, seguidos del suicidio
    del feminicida, como casos de la justicia.

  • Establecer la gratuidad de los servicios
    médicos y legales para quienes recurren a las leyes
    14-94 y 24-97.

  • Elaborar protocolos policiales y sanitarios que
    sirva de referente a los profesionales de estas ramas, a la
    hora de abordar la problemática de la violencia de
    género.

  • Fortalecer los mecanismos de prevención de
    feminicidios, tales como ampliación de Departamentos y
    personal especializado en la atención a casos de
    violencia contra la mujer y violencia intrafamiliar, registro
    de datos de reincidencia, etc.

  • Coordinar acciones de atención a masculinos
    agresores de mujeres, con la Secretaría de Estado de
    Salud Pública y Asistencia Social.

Secretaría de Estado de
Educación

  • Incorporar en el sistema educativo, el Principio de
    la Igualdad, las relaciones de cooperación entre los
    sexos y la no tolerancia hacia las actitudes y
    comportamientos que generen violencia de
    género.

  • Incorporar en los programas educativos el fomento de
    resolución pacífica de conflictos.

  • Fomentar la investigación sobre el
    feminicidio en el país.

  • Fomentar el desarrollo de una cultura de
    gestión que tengan en cuenta el género en las
    empresas y las burocracias (incluida la ayuda internacional),
    para reemplazar a las culturas de predominio masculino y,
    además, apoyar la realización de estudios
    multidisciplinarios de las masculinidades y los roles
    masculinos, especialmente la investigación sobre las
    condiciones sociales y culturales que producen una
    masculinidad violenta y patriarcal.

Organizaciones No Gubernamentales

  • Promover el desarrollo de alianzas entre las
    Organizaciones de mujeres, en el ámbito nacional e
    internacional, así como con todas aquellas
    instituciones que están llamadas a intervenir en los
    casos de violencia a mujeres, para coordinar y proyectar
    unidas un activismo para la lucha, encaminado a eliminar la
    violencia de la vida de las mujeres. Así como las
    coordinaciones de Abogacía que mantengan el reclamo en
    la sociedad entera sobre los derechos de las humanas y de la
    niñez.

  • Crear espacios de coordinación
    interinstitucional con otras ONG y OG, que implementen las
    acciones comunes para la erradicación de la
    violencia.

Bibliografía

  • CEPEDA, Zobeyda y POLA, María Jesús.
    1999. Posibilidades desde la Ley 24-97 contra la violencia
    intrafamiliar. Guías Legales para uso de las Personas
    Prestatarias de Servicios y Atención a Mujeres
    Sobrevivientes de Violencia de Género. Primera parte.
    Editada por PROFAMILIA.

  • COLLADO D. Y NUÑEZ N. 1998. "Estudio
    Jurídico de la Situación Actual de la Mujer
    Dominicana", Memoria Final para optar por el título de
    Licenciadas en Derecho, PUCMM. Santiago.

  • KAUFMAN, Michael. (1989). Hombres placer, poder y
    cambio. Editora Taller. Santo Domingo.

  • Lagarde, Marcela, 1999, Una mirada feminista en el
    umbral del milenio, Instituto de Estudios de la
    Mujer/Facultad de Filosofía y Letras/Universidad
    Nacional, Costa Rica.

  • LUCIANO, Dinnys. 1996. "La violencia contra las
    mujeres en la República Dominicana". Aquelarre, Santo
    Domingo, República Dominicana.

  • MATA, Mildred y POLA Z., María Jesús.
    (2001). Sistematización de Indicadores de Violencia
    Doméstica y Sexual en República Dominicana.
    OXFAM/CEAPA/NAM. Santiago, República
    Dominicana.

  • Monárrez, Julia E., 2000, "La cultura del
    feminicidio en Ciudad Juárez, 1993-1999", en Frontera
    Norte, núm. 23, vol. 12, enero-junio, pp.
    87-117.

  • III Informe Internacional "Violencia contra la mujer
    en las relaciones de pareja", elaborado por el Centro Reina
    Sofía, en base al estudio realizado en conjunto en 135
    países del mundo. EFE | elcaribe.com.do |
    30-04-2010.

  • René Garraud. Doctrinólogo Frances
    más estudiados por los abogados y abogadas en nuestro
    país. Traité Theorique et Practique du Droit
    Penal Francais. Francia. Edición de 1924.

  • República Dominicana, Ley 24-97 de Violencia
    Contra la Mujer. Artículos Citados en la
    Investigación: 3, 4 y 7.

Cronograma

Para la realización de esta investigación
el tiempo se distribuirá acorde al siguiente
cronograma:

Monografias.com

 

 

Autor:

Ing.-Lic. Yunior Andrés
Castillo

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana

2011.

Partes: 1, 2
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