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Introducción a los Derechos Humanos




Enviado por Luis Soto



Partes: 1, 2

  1. ¿Qué son los Derechos
    Humanos?
  2. Evolución histórica de los
    Derechos Humanos
  3. Los
    precursores de la organización
    internacional
  4. La
    Organización de las Naciones Unidas
    (ONU)
  5. Los
    órganos principales de la ONU
  6. Las
    Naciones Unidas y los Derechos Humanos
  7. Organismos regionales de Derechos
    Humanos
  8. El
    Derecho Internacional Humanitario y los Derechos
    Humanos
  9. Derechos Humanos y Derechos de los
    pueblos
  10. Conclusiones
  11. Estado de Derecho y Derechos
    Humanos
  12. Soberanía y Derechos
    Humanos
  13. El
    Derecho a la paz y al desarme
  14. La
    mujer y los Derechos Humanos
  15. Conclusiones
  16. Pueblos indígenas y Derechos
    Humanos
  17. Derecho del Consumidor y Derechos
    Humanos
  18. El
    Defensor del Pueblo
  19. Comunicación social y Derechos
    Humanos
  20. Educación y Derechos
    Humanos
  21. Seguridad democrática y Derechos Humanos
    en Centroamérica
  22. Conclusiones
  23. Bibliografía

¿Qué son los Derechos
Humanos?

Definición: existen varias definiciones de los
mismos, entre las que tenemos las siguientes: Eusebio
Fernández: "Toda persona posee unos derechos morales por
el hecho de serlo y que estos deben ser reconocidos y
garantizados por la sociedad, el derecho y el poder
político, sin ningún tipo de discriminación
social, económica, jurídica, política,
ideológica, cultural o sexual". Antonio Pérez
Luño: "Los Derechos Humanos aparecen como un conjunto de
facultades e instituciones que, en cada momento histórico,
concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la
igualdad humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente
por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e
internacional". La ONU (1948) los define como: "…el
conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la
persona, cuya realización efectiva resulta indispensable
para el desarrollo integral del individuo que vive en una
sociedad jurídicamente organizada. Establecidos en la
Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y
garantizados por el Estado". Como podemos ver los Derechos
Humanos son fundamentales y tienen como factor común la
dignidad, igualdad y libertad del ser humano; se fundan en las
necesidades humanas y en la posibilidad real de satisfacerlas
dentro de una sociedad, por lo que estarán en
función de los valores constituidos en una sociedad
histórica concreta y de los fines que ella pretende
realizar.

¿Qué valores son los que sostienen a los
Derechos Humanos?: "Todos los seres humanos nacen libres o
iguales en dignidad y derechos y dotados como están de
razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los
unos con los otros" (Art. 1 de la Convención de los
Derechos Humanos, 1948) y los valores que fundamentan la idea de
dignidad humana son: la seguridad, la libertad, la igualdad y la
solidaridad. El valor seguridad fundamenta los derechos
personales y de seguridad individual y jurídica; el valor
libertad fundamenta los derechos cívico-políticos;
el valor igualdad fundamenta los derechos económicos,
sociales y culturales y el valor solidaridad fundamenta a los
Derechos de los Pueblos.

Clasificaciones de los Derechos Humanos: La ONU los ha
clasificado en seis grandes campos: a) Derechos Civiles con el
fundamento axiológico del valor seguridad o
deontología estatal: b) Derechos Políticos con el
valor libertad como fundamento axiológico; c) Derechos
Económicos con el valor igualdad como fundamento
axiológico; d) Derechos Sociales con el valor igualdad; e)
Derechos Culturales también con el valor igualdad y f)
Derechos de los Pueblos con el valor de la
solidaridad.

Evolución
histórica de los Derechos Humanos

Los Derechos Humanos han existido siempre, en la
sociedad griega de hace 2,500 años existían
ciudadanos que gozaban de ciertos derechos y estaban protegidos
por las leyes y otros, llamados esclavos, que se encontraban
privados de su libertad y que no contaban con esa
protección; la lucha de los esclavos por liberarse de este
régimen y gozar de los mismos derechos, es el inicio de la
lucha por la dignidad e igualdad humanas. Los Derechos Humanos
que actualmente están protegidos por el Derecho
Internacional han sido producto de lucha de miles de personas, de
pueblos y naciones enteras. A continuación veremos en
orden cronológico las fases de la evolución
histórica de las Declaraciones de Derechos
Humanos.

La primera pronunciación sobre Derechos Humanos
la encontramos en la Carta Magna promulgada en Inglaterra en
1215, también es un antecedente histórico de las
Constituciones de los Estados, por lo que se les denomina a las
constituciones Carta Magna. Entre las disposiciones de esta Carta
Magna se establece la libertad de la Iglesia con respecto al
poder del Rey, dando los primeros pasos de separación
entre Iglesia y Gobierno.

Segunda: La Declaración de Derechos de Virginia
(USA) el 12 de junio de 1776, los miembros representantes del
pueblo de Virginia aprobaron su propia constitución y se
declaraban independientes de Inglaterra, desconociendo la
autoridad del Rey. En ese mismo acto se aprobó la primera
declaración sobre Derechos Humanos, a la que se conoce
como: La Declaración de derechos del Buen Pueblo de
Virginia. En esta declaración se habla por primera vez de
temas como: los Derechos Humanos se derivan de la naturaleza
misma del ser humano que no puede ser objeto de
negociación; la primera manifestación de lo que hoy
conocemos como soberanía popular; el derecho a la
resistencia; separación de los poderes y de que los
miembros del poder Ejecutivo y Legislativo, deben ser designados
por elecciones frecuentes; etc. Esta declaración fue
incorporada a la constitución de los Estados Unidos de
América.

Tercera: Declaración de los Derechos del Hombre y
del Ciudadano, aprobada por la Asamblea Nacional Francesa el 26
de agosto de 1789, en esta declaración aparece por primera
vez: la participación de las personas para la
formación de la ley; la presunción de inocencia
hasta que la persona haya sido declarada culpable y
también aparece la libertad de opinión y su
limitación únicamente por razones de orden
público; la libre comunicación de los pensamientos
y las opiniones por la palabra, la prensa y la
imprenta.

Cuarta: En febrero de 1917 la Constitución
Mexicana incorpora ciertos derechos, -que se habían sido
considerados como individuales-, como derechos
sociales.

Quinta: El 12 de enero de 1918 se aprobó el III
Congreso de los Soviets de Diputados, Obreros y Soldados de
Rusia, la Declaración de los Derechos del Pueblo
Trabajador Explotado. En esta declaración se sientan las
bases jurídicas para la organización territorial
del estado; se encuentra la semilla de lo que hoy conocemos como
derecho de la libre determinación de los pueblos y se
considera que el trabajo es un derecho y una
obligación.

Sexta: En 1919 se aprueba la Constitución Alemana
de Weimar, es ésta se dice por primera vez, que los
hombres y la mujeres son iguales en derechos y obligaciones y a
raíz de esto, la mujer como elemento formante de la
sociedad, inicia en Alemania una serie de reivindicaciones
sociales de gran importancia.

Los precursores
de la
organización internacional

El primer proyecto de organización internacional
que tiende a buscar la paz en el mundo, fue presentado por
Emerico Crucé (1590-1648), en 1693 se publica la obra
"Proyecto para una paz presente y futura en Europa" de William
Penn; esta obra decía que debía crearse una
federación Europea sobre la base de igualdad de derechos
para los estados miembros.

En 1712 el Abbé de Saint-Pierre expresa que lo
que hace falta es la unidad de los estados en una
organización permanente, esta organización
está dirigida a los Estados Europeos, aunque con
intenciones pacificas a los otros estados. El órgano
supremo estaría integrado por senadores delegados de los
Estados Miembros y su presidencia se asignaría en forma
rotariva y semanalmente entro los estados.

Jeremías Bentham (Inglaterra 1748-1832) fundador
de la teoría utilitaria, dice que se le debe dar mayor
importancia a los factores morales que a las medidas coercitivas.
Pide que la libertad de prensa sea protegida en todo el mundo, un
desarme general y una jurisdicción obligatoria.

Emmanuel Kant (Alemania 1724-1804) no basa la
organización internacional en motivos utilitarios, sino en
la razón y el imperativo categórico, el cual es una
ley racional de validez universal. Propone una Sociedad de
Naciones con un congreso permanente de estados y cuya finalidad
principal debe ser la resolución pacífica de todas
las controversias internacionales.

La primera organización formal de la comunidad
internacional se realizó mediante la fundación de
la Sociedad de Naciones en 1919, ante la destrucción de la
primera guerra mundial el Papa Benedicto XV propone un plan de
Paz justa y verdadera y la instauración de un nuevo orden
pacífico mundial mediante la creación de una
comunidad mundial. Este proyecto es retomado por el presidente
Wilson (USA) en su mensaje al congreso, estos puntos se
convirtieron en ley para los tratados de paz, teniendo una
significación jurídico-internacional.

En 1919 se firma la paz internacional mediante el
Tratado de Versalles y se crea la Sociedad de Naciones (SDN), que
fue un tratado internacional con la intención de
establecer las bases para la paz, constituye la primera
organización de la comunidad internacional. Su finalidad
era mantener la paz mundial, fomentar la cooperación
internacional y registrar los Tratados Internacionales. La SDN
fue disuelta tras la finalización de la segunda guerra
mundial, existiendo varios organismos creados bajo la SDN como:
La Organización Internacional del Trabajo (OIT), la
Comisión Internacional de Navegación Aérea
(CINA), el Alto comisionado para los Refugiados que dio vida en
1946 al Alto Comisionado de la ONU para los refugiados (ACNUR).
Este es el antecedente más inmediato a la actual
Organización de Naciones Unidas.

La
Organización de las Naciones Unidas
(ONU)

Al finalizar la guerra (1945) se reúnen en San
Francisco (USA), representantes de cincuenta países y
redactaron La Carta de las Naciones Unidas, documento que es la
columna vertebral de la ONU. Esta carta fue firmada por cincuenta
y un Estados fundadores el 26 de junio de 1945, constituida
oficialmente el 24 de octubre de 1945 al quedar ratificada por
las cinco potencias (USA, China, Francia, Inglaterra y la
Unión Soviética) y los demás Estados
fundadores.

Los propósitos de la ONU son: "1. Mantener la paz
y la seguridad internacionales. 2. Fomentar entre las naciones
relaciones de amistad. 3. Realizar la cooperación
internacional en la solución de problemas internacionales
de carácter económico, social, cultural o
humanitario. 4. Servir de centro que armonice los esfuerzos de
las naciones por alcanzar estos principios comunes."

Los principios de la ONU son: a) La organización
está basada en la igualdad soberana de todos los miembros;
b) Todos los miembros cumplirán de buena fe las
obligaciones contraídas de conformidad con la carta; c)
Los miembros arreglaran sus controversias internacionales por
medios pacíficos y sin poner en peligro la paz, la
seguridad o la justicia; d) Los miembros, en sus relaciones
internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o
al uso de la fuerza contra otros Estados: e) Los miembros
prestarán a la ONU toda clase da ayuda en cualquier
acción que ejerzan de conformidad don la Carta; f) La ONU
hará que los estados que no son miembros de la
organización se conduzcan de acuerdo con estos principios
en la medida que sea necesaria para mantener la paz y la
seguridad internacionales y g) No intervenir en asuntos
esencialmente de la jurisdicción interna de los
estados.

Los
órganos principales de la ONU

La carta estableció seis órganos
principales:

  • 1) La Asamblea General: Está integrada
    por representantes de todos los Estados Miembros, cada Estado
    tiene un solo voto, su primera reunión se celebro en
    Londres en 1946. Actualmente tiene su sede en Nueva York
    (USA) y cuenta con 185 miembros.

  • 2) El Consejo de Seguridad: Tiene como
    responsabilidad primordial el mantenimiento de la paz y la
    seguridad internacionales. Se compone de 15 miembros, 5
    permanentes (USA, Francia, China, Reino Unido y la
    Unión Soviética) y diez elegidos por la
    Asamblea General por periodos de dos años.

  • 3) El Consejo Económico Social: Este
    consejo coordina el personal y los recursos financieros de la
    ONU, es el encargado de recibir los informes de los
    organismos especializado de la ONU y está facultado
    para dirigirles recomendaciones.

  • 4) El Consejo de Administración
    Fiduciaria: Se compone de los cinco miembros permanentes del
    Consejo de Seguridad y su misión consiste en velar por
    los intereses de los territorios en fideicomiso.

  • 5) La Corte Internacional de Justicia:
    integrada por 15 magistrados elegidos conjuntamente por la
    Asamblea General y el Consejo de Seguridad. Son la
    máxima autoridad jurídica mundial, su
    jurisdicción se extiende a todos los litigios que los
    Estados le sometan y a todos los asuntos estipulados en la
    Carta de la ONU.

  • 6) La Secretaría: está
    constituida por el Secretario General y es la portavoz
    principal de la ONU; sus funciones son: misiones
    políticas, determinar la existencia de controversias
    internacionales que amenacen la paz y la seguridad del mundo
    y ayudar a resolverlas. Su sede está en Nueva
    York.

Las Naciones
Unidas y los Derechos Humanos

LA DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS
HUMANOS:

Al hablar de Derechos Humanos debemos hablar de derechos
naturales (iusnaturalismo), que son los derechos con los que nace
el ser humano y por ende son anteriores al derecho
jurídico. La declaración Universal de Derechos
Humanos fue aprobada en Asamblea General de la ONU el 10 de
diciembre de 1948, bajo el espíritu: "Como ideal
común por el que todos los pueblos y naciones deben
esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las
instituciones, promuevan mediante la enseñanza y la
educación el respeto a estos derechos y libertades, y
aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e
internacional, su reconocimiento y aplicación universales
y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como
entre los de los territorios puestos bajo su
jurisdicción.."

La declaración Universal está constituida
por un prologo y 30 artículos. Los artículos 1 y 2
estatuyen que todos los seres humanos nacen libres e iguales en
dignidad y derechos; los artículos 3 al 21 estipulan los
derechos civiles y políticos de todos los seres humanos;
los artículos 22 al 27 señalan los derechos
económicos, sociales y culturales que poseen los seres
humanos y por último los artículos 28 al 30,
reconocen que todos los seres humanos tenemos derecho a que se
establezca un orden social e internacional.

De acuerdo con la proclamación de Teherán,
la Declaración Universal de Derechos Humanos es
obligatoria para todos los estados miembros. "La
declaración Universal de Derechos Humanos establece un
entendimiento común en los pueblos del mundo, en
relación con los derechos inalienables e inviolables de
todos los miembros de la familia humana, y constituye una
obligación para los miembros de la comunidad
internacional." La conferencia de Teherán afirmo que la
Declaración Universal es el primer instrumento
internacional que codifica los principales Derechos Humanos a
nivel mundial.

LOS PACTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS
HUMANOS:

Después de aprobada y proclamada la
Declaración Universal de Derechos Humanos, se le
encargó a la Comisión de Derechos Humanos, la
elaboración de un Tratado Internacional sobre Derechos
Humanos y que fuese de carácter obligatorio paro los
Estado que lo ratificaran, existiendo grandes dificultades para
conciliar las posiciones capitalistas y las
socialistas.

Existían dos opiniones en la redacción de
este Tratado, una que promulgaba por un solo tratado que
incorporara los Derechos Civiles, Políticos,
Económicos, Sociales y Culturales; y otra que
proponía la creación de dos tratados, uno de
Derechos Civiles y Políticos y otro que consignara los
derechos Económicos, Sociales y Culturales. Resolviendo la
Asamblea General que existieran dos pactos, aunque
reconoció que los dos están vinculados entre
sí y se condicionan mutuamente. A estos Tratados
Internacionales se les designó como Pactos Internacionales
de Derechos Humanos y se les consideró obligatorios para
los estados ratificantes. La denominación de pactos, se
debe a la importancia superior que ponen en relación con
las condiciones de vida inherentes a la dignidad humana. Estos
pactos fueron aprobados por la Asamblea General de la ONU el 19
de diciembre de 1966.

El artículo 1 de ambos pactos Internacionales es
igual, este articulo contiene un avance cualitativo, ya que
establece por primera vez, un derecho colectivo, un derecho de
los pueblos, dice así: "Todos los pueblos tienen el
derecho de libre determinación. En virtud de este derecho
establecen libremente su condición política y
proveen asimismo a su desarrollo económico, social y
cultural. Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden
disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin
perjuicio de las obligaciones que derivan de la
cooperación económica internacional basada en el
principio de beneficio reciproco, así como del Derecho
Internacional."

En ambos pactos, el artículo 3 reafirma la
igualdad de derechos de hombres y mujeres ante el disfrute de
todos los Derechos Humanos y ordena a todos los estados que hagan
de ese principio una realidad.

El Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, está integrado por 31
artículos. En su artículo 2 se indica que los
Estados Partes se comprometen a adoptar medidas, ya sea en forma
conjunta o separada, para lograr progresivamente, por todos los
medios apropiados, la plena efectividad de esos derechos, para
tal fin utilizarán la asistencia y la cooperación
internacional, así como la adopción de medidas
legislativas.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos es un catalogo de derechos civiles y
políticos más amplio que la Declaración
Universal.

Los derechos reconocidos no son absolutos sino que
están sujetos a restricciones por razones de seguridad
nacional, orden público o para proteger la salud o la
moral públicas o los derechos y libertades de los
demás. Los estados Partes se comprometen a presentar
informes sobre las disposiciones que hayan adoptado y que den
efecto a los derechos reconocidos por el Pacto y sobre el
progreso en el goce de tales derechos, en el plazo de un
año.

LA ONU Y LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES
(ONG´s):

La ONU autoriza al Consejo Económico y Social
(ECOSOC) para hacer arreglos con organizaciones no
gubernamentales (ONG´s) que se ocupen de asuntos de su
competencia, para celebrar consultas. Los requisitos
mínimos para constituirse en una ONG de carácter
consultivo son: 1) la finalidad de la ONG, así como sus
propósitos deben ser conformes al espíritu y
propósitos de la Carta de la ONU; 2) debe comprometerse a
dar su apoyo a la labor de la ONU y a fomentar la
divulgación de sus principios y actividades; 3) las
ONG´s deberán ser de carácter representativo
y de reconocido prestigio internacional, además
deberán representar una proporción sustancial y
expresar la opinión de grandes sectores de la
población o de personas organizadas dentro de la esfera
particular de su competencia, que abarque gran número de
países de las diferentes regiones del mundo. La ONG
deberá tener una sede establecida y contar con un jefe
administrativo, así como contar con una
constitución adoptada en forma democrática y que
autorice a sus representantes para hablar en nombre de la ONG;
deberá contar con una estructura internacional.

En relación con el financiamiento de la ONG,
indica que sus recursos básicos deberán proceder en
su mayor parte, de contribuciones filiales nacionales o de otros
componentes, o de miembros individuales, cuando se reciban
contribuciones voluntarias, sus montos y donantes serán
fielmente revelados al Comité del ECOSOC encargado de las
ONG´s. Toda ayuda financiera o de cualquier índole
de un gobierno o de una organización internacional se
deberá declarar abiertamente al Comité, y dejar
plena constancia en los registros financieros. Toda esta
vigilancia financiera se hace con el fin de que las ONG´s
consultivas representes verdaderamente la opinión de
grandes sectores de población mundial, no la
opinión de grupos minoritarios con gran poder
económico o de gobiernos que ya poseen voz y voto en las
deliberaciones.

Estas organizaciones están divididas en: las de
categoría I, que tengan interés en la
mayoría de las actividades del Consejo y que logren
demostrar que pueden hacer contribuciones notables y permanentes
al logro de los objetivos del Consejo y que estén
estrechamente relacionadas con la vida económica y social
de los pueblos de las zonas que representan y las de
categoría consultiva II, que tienen una particular
competencia en algunas esferas de la actividad del Consejo y que
sean internacionalmente conocidas en las esferas en que tengan o
pretendan obtener carácter consultivo.

Estas ONG´s son de vital importancia en la
protección mundial de los Derechos Humanos y Libertades
Fundamentales y desempeñan un papel importante en la
educación para ciudadanos, son los medios para dar a
conocer y hacer respetar los derechos de los seres
humanos.

EL CONSEJO DE SEGURIDAD (ONU) Y LOS DERECHOS
HUMANOS:

En todos los órganos principales de la ONU la
igualdad soberana de los Estados es un principio básico,
sin embargo, en el Consejo de Seguridad destaca la primordial
responsabilidad de las grandes potencias mundiales que tienen
derecho al veto, lo que implica que este es el único
órgano de la ONU en donde la igualdad soberana de los
Estados se encuentra condicionada a estas cinco
potencias.

El rompimiento del principio de igualdad soberana de los
Estados dentro del Consejo, asignaba una responsabilidad ante las
naciones del mundo a las cinco potencias con derecho a veto,
también implica la aceptación y
ejemplarización de los principios de buena fe en sus
obligaciones, del arreglo pacífico de las controversias,
de la prohibición de la amenaza o del uso de la fuerza, y
de los principios de la Carta: principio de asistencia a las
Naciones Unidas, de la autoridad de las naciones Unidas sobre los
Estados no miembros, de la excepción , de la
jurisdicción interna de los Estados, de la no
intervención, de la cooperación pacífica
entre los Estados, de la igualdad de derechos y de la libre
determinación de los pueblos.

De acuerdo con el artículo 26 de la carta de la
ONU, el Consejo tendrá a su carago el establecimiento de
un sistema de regulación de armamentos, lo cual no se ha
podido llevar a cabo y ha permitido que esas potencias con
derecho a veto, hayan inundado al mundo de armas
nucleares.

El artículo 42 de la Carta establece que si el
Consejo de seguridad estimare que las medidas de que trata el
artículo 41 pueden ser inadecuadas o han demostrado serlo,
podrá ejercer, por medio de fuerzas aéreas, navales
o terrestres, la acción que sea necesaria para mantener o
restablecer la paz y la seguridad internacional. Estas fuerzas
provienen de todos miembros de la ONU que se han comprometido de
acuerdo con el artículo 43 de la carta, a poner a
disposición del Consejo de Seguridad cuando este lo
solicite, las fuerzas armadas, la ayuda y las facilidades,
incluso el derecho de paso.

ORGANISMOS ESPECIALIZADOS DE LA ONU Y LOS DERECHOS
HUMANOS:

Los organismos intergubernamentales vinculados con las
Naciones Unidas de acuerdo con los artículos 57 y 63 de la
Carta de la ONU, se denominan Organismos Especializados, estos
son organismos autónomos que colaboran con la ONU y entre
sí a través del mecanismo coordinador ECOSOC.
Existen cuatro organismos especializados que en su accionar
tienen una estrecha relación con los Derechos Humanos,
son: La Organización Internacional del Trabajo (OIT), La
Organización de Naciones Unidas para la Educación,
la Ciencia y la cultura (UNESCO), la Organización de
Naciones Unidas para la Agricultura y la alimentación
(FAO), y la Organización Mundial de la Salud
(OMS).

  • 1. Organización Internacional del
    Trabajo (OIT)

Fue constituida dentro del tratado de Versalles (1919)
como un organismo autónomo vinculado a la Sociedad de
Naciones, el 14 de diciembre de 1946, pasó a ser el primer
organismo especializado asociado a la ONU. El objetivo
fundamental es promover la justicia social para los trabajadores
de todo el mundo.

La Constitución de la OIT afirma una
concepción de la paz, plena y positiva, que no la reduce a
la ausencia de guerra, sino que le da un contenido necesario, en
cuanto a un orden dirigido a la justicia. Este objetivo se ha
traducido en la formulación de normas laborales
internacionales y en la aplicación efectiva de esas
normas.

  • 2. Organización de las Naciones Unidas
    para la Educación, la Ciencia y la Cultura
    (UNESCO)

Tiene como propósito contribuir a la paz y a la
seguridad fomentando, mediante la educación, la ciencia y
la cultura, la colaboración entre naciones a fin de
asegurar el respeto universal a la justicia, la ley, a los
Derechos Humanos y a las libertades fundamentales que son
afirmados para los pueblos del mundo.

Ha elaborado y aprobado varias Convenciones y
Recomendaciones relacionadas con los Derechos Humanos, incluyendo
la Convención y Recomendación en contra de la
discriminación en la educación, así como un
Protocolo que crea una Comisión Conciliadora y de Buenos
Oficios responsable de buscar un arreglo en las controversias que
surjan entre los Estados partes.

La UNESCO realiza diversas misiones, entre ellas la de
ayudar a los países a establecer agencias noticiosas y
romper el monopolio de la información a nivel mundial,
fomentando un nuevo orden de información mundial que se
base en el beneficio de la humanidad.

  • 3. Organización de Naciones Unidas para
    la Agricultura y la Alimentación (FAO)

Nace en Quebeq, Canadá el 16 de Octubre de 1945.
Los propósitos fundamentales de la FAO están
íntimamente relacionados con los Derechos Humanos ya que
busca elevar los niveles de nutrición y de vida,
así como el equilibrio entre el suministro mundial de
alimentos y la población para eliminar el
hambre.

Entre otros los propósitos fundamentales en su
artículo 1 nos señala como fines: promoción
de las investigaciones científicas, tecnológicas,
sociales y económicas sobre nutrición,
alimentación y agricultura; mejorar la enseñanza y
la administración en materia de nutrición,
alimentación y agricultura, conservar los recursos
naturales, la mejora a los métodos de elaboración,
comercialización y distribución de productos
alimenticios agrícolas, la adopción de una
política internacional que favorezca los convenios
relativos a los productora agrícolas esencial y muchos
otros más.

El programa mundial de alimento de 1963, distribuye
suministros de alimentos como apoyo para programas de desarrollo
económico y social y para hacer frente a situaciones de
socorro de emergencia, para esto cuenta con un sistema mundial de
información y detección anticipada que permite
identificar a los países amenazados por insuficiencia a
fin de orientar ayudas concretas.

También actúa como ariete del desarrollo
rural en el sistema de la ONU, dando oportunidad a las
organizaciones y a los particulares de participar en el
desarrollo rural por conducto del programa de lucha contra el
hambre.

Así mismo estudia actualmente la relación
existente entre las pruebas nucleares y las sequías,
así como otras causas que pueden afectar el derecho a la
alimentación que ya no es únicamente un derecho
individual sino también un derecho colectivo.

  • 4. La Organización Mundial de la Salud
    (OMS)

A los pocos meses de ser creada la ONU, se mostro el
interés de los Estados Miembros por los aspectos
sanitarios y se convocó a una Conferencia Internacional de
Sanidad, celebrada en Nueva York y con la presencia de 64 Estados
Miembros, fue allí donde se aprobó el proyecto de
constitución de OMS, el 22 de julio de 1946 entrando en
vigor el 7 de abril de 1948.

La finalidad de OMS, e la de alcanzar para todos los
pueblos el grado mas alto posible de salud en ese sentido, la OMS
posee objetivos que ocupan todas las actividades principales y
conexas propias de la salud e higiene.

El preámbulo de las Constitución de la
OMS, resuelve que el disfrute de las normas de salud del
más alto nivel posible, constituye un derecho fundamental
para todo ser humano, que los gobiernos tienen la responsabilidad
de la salud de sus pueblos y que esta debe ser cumplida solo a
través del cumplimiento de medidas adecuadas de
salud.

La estrategia que requiere las voluntades y esfuerzos
unidos de los pueblos y gobiernos, se basa principalmente en una
tención primaria de salud que comprenda ocho elementos
esenciales: la educación relativa a los problemas
imperantes de la salud, el abastecimiento alimentario y la
nutrición adecuados, el agua salubre y el saneamiento, la
salud materno infantil, la inmunización contra las
principales enfermedades infecciosas, la prevención y el
control de las enfermedades locales, el tratamiento apropiado de
las enfermedades y lesiones comunes y el suministro de
medicamentos esenciales.

Ayuda a fortalecer los sistemas sanitarios de todos los
países, así como también fomenta las
investigaciones indispensables para formular las
tecnologías adecuadas en el ámbito
salud.

Finalmente se ha preocupado de que todos los pueblos
posibles del mundo tengan acceso al agua potable y a los
servicios adecuados de eliminación de desechos.

Organismos
regionales de Derechos Humanos

LA PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EUROPA:
El objetivo principal del Consejo de Europa es el de conseguir
una más estrecha unión entre sus miembros para
salvaguardar y promover los ideales y los principio que
constituyen su patrimonio común y el de favorecer su
progreso económico y social; este consejo redacta una
Convención Europea de Derechos Humanos el 4 de noviembre
de 1950 aprobada por quince representantes de los Estados
Miembros y entra en vigor el 3 de septiembre de 1953.

El convenio Europeo de Derechos Humanos obliga a los
Estados Parte a respetar los Derechos Humanos y Libertades
Fundamentales protegidos por el mismo Convenio, a todas las
personas que se encuentren bajo su jurisdicción. Los
mecanismos de protección de los Derechos Humanos
están basados en la creación de dos órganos:
a) la Comisión Europea y b) El Tribunal Europeo de
Derechos Humanos y el Comité de Ministros de Asuntos
Exteriores.

LA PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS EN AMERICA:
El antecedente más significativo de la unidad regional
americana es el Congreso de Panamá en 1826, convocado por
Simón Bolívar, quien pidió estudias todas
las posibilidades para la integración de una
Confederación de Estados Latinoamericanos. Resultado de
este congreso existió un tratado que abarcaba a varias
naciones (Colombia, México, Centro América y
Perú) habiéndolo ratificado únicamente
Colombia y dando lugar a una serie de conferencias regionales de
donde surge en 1890 la Unión Internacional de las
Republicas Americanas. En la Novena Conferencia Internacional
Americana se aprobó la Carta de la Organización de
Estados Americanos (OEA) y la Declaración Americana de los
Derechos y Deberes del Hombre, siendo este el primer documento
internacional de Derechos Humanos que se aprobó. Este no
se constituyo en forma de convención pero si se constituyo
en un código de moral de observancia para los Estados
Miembros de la OEA.

La Conferencia Interamericana Especializada sobre
Derechos Humanos: Celebrada en San José Costa Rica,
aprobó el texto de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos el 21 de noviembre de 1969; los Derechos Humanos
protegidos jurídicamente por la Convención son
prácticamente los Derechos contenidos en la
Declaración Americana, agregándosele los mecanismos
procesales para la protección de estos derechos. La
Comisión tiene facultad para conocer comunicaciones sobre
violaciones a los Derechos Humanos, tanto a nivel individual como
colectivo, para esto es necesario que la parte interesada haya
interpuesto y agosto los recursos de la jurisdicción
interna del Estado en donde haya ocurrido la
violación.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos: Entro en
vigor al mismo tiempo que la Convención Americana sobre
Derechos Humanos su competencia comprende la resolución de
casos en que se ha alegado la violación de los Derechos
Humanos contenidos en la Convención Americana por un
Estado Parte y también a nivel consultivo, dando respuesta
a la interpretación de la Convención Americana o de
otros Tratados relativos a la protección de los Derechos
Humanos en América.

El 17 de noviembre de 1988 se aprobó en San
Salvador el Protocolo Adicional a la Convención Americana
sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, el cual entrará en vigor al ser
ratificado por 11 estados, hasta la fecha lo han ratificado
únicamente 5.

El Derecho
Internacional Humanitario y los Derechos
Humanos

EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO: Es el
conjunto de normas internacionales, de origen convencional o
consuetudinario, para ser aplicadas en los conflictos armados,
internacionales o no internacionales, con la finalidad de
humanizar dichos conflictos en lo que sea posible y que limita el
derecho de las partes en conflicto a elegir libremente los
métodos y los medios utilizados en la guerra, o que
protege a la población civil y sus bienes, que son partes
en el conflicto y a las personas afectadas por el mismo y que
limita las acciones militares para no causar daños
superfluos o sufrimiento innecesarios.

Con la entrada en vigor de la Carta de las Naciones
Unidas, los Estados están obligados a la solución
pacifica de las controversias, por lo que se puede asegurar que
el derecho a la guerra ha desaparecido. Estas normas están
desarrolladas por el Derecho de La Haya y el Derecho de Ginebra.
El órgano privado que se ha ocupado de promover su
codificación y cumplimiento es el Comité
Internacional de la Cruz Roja (CICR), creado en 1863 por Henry
Dunant; para que este comité desarrolle sus actividades
humanitarias, ofrece sus servicios a los Estados afectados y
éstos pueden aceptarlos o rehusarlos.

Derechos Humanos
y Derechos de los pueblos

LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS: Toda persona tiene
un valor que la hace digna y para que esta valor humano exista,
se hacen necesarias ciertas condiciones de la vida que nos
permitan desenvolvernos, utilizar plenamente los dotes de
inteligencia y conciencia como seres humanos y satisfacer
nuestras necesidades espirituales.

Los Derechos Humanos son indivisibles, tampoco existe
una jerarquía entre los Derechos Humanos; la
violación de uno conlleva automáticamente a la
violación de otros. Varios tratadistas han denominado a
los derechos civiles y políticos como los derechos de la
primera generación y a los derechos económicos,
sociales y culturales como los derechos de la segunda
generación; en esta medida se han denominado derechos de
la tercera generación a un conjunto de nuevos Derechos
Humanos que tendrían como característica especifica
que los sujetos de esos nuevos derechos son los pueblos y la
persona humana al mismo tiempo.

Los Derechos de la primera generación son
derechos en que el Estado no tienen la obligación de
participar; los derechos de la segunda generación son
aquellos derechos en que puede exigirse al Estado su cumplimiento
y constituyen el derechos de acreedor; los derechos de la tercera
generación se refieren a buscar formas de la vida humanan
comunitaria, es decir, son derechos de unidad, tanto de las
personas como de los pueblos, por lo que podríamos decir
que la solidaridad es el ingrediente fundamental de las derechos
de la tercera generación a los cuales denominaremos
Derechos de los Pueblos.

LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS Y EL DERECHO
INTERNACIONAL:
Según las normas del actual derecho
internacional, todos los pueblos tienen el derecho a la libre
determinación, lo que significa que deben establecer
libremente su condición política y su desarrollo
económico, social y cultural, lo que implica que pueden
disponer libremente de sus riquezas recursos
naturales.

La doctrina jurídica internacional ha
señalado que el derecho a la libre determinación es
un derecho individual y al mismo tiempo colectivo, así la
titularidad de este derecho corresponde a las personas humanas y
a los pueblos.

El derecho a la libre determinación tiene dos
vertientes: una al exterior por la cual los Estados Miembros de
la Comunidad Internacional tienen obligación de respetar
este derecho con respecto a los demás estados y promover
su ejercicio; y la otra al interior, mediante la cual los pueblos
deben decidir sobre su sistema político y determina su
desarrollo económico, social y cultural.

Conclusiones

  • Los Estados a nivel mundial internacional han visto
    o tenido la necesidad de organizarse y proclamar su propios
    Tratados y Convenciones, para la protección de sus
    Derechos Humanos; respaldados claro está, por la Carta
    de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de
    los Derechos Humanos.

  • Los tratados de las distintas organizaciones de
    países, la Europea y la Americana, han sido el
    resultado de un proceso, que ha iniciado con acciones que no
    fueron tomadas en cuenta por todos los países parte
    pero que con el pasar del tiempo fueron ratificadas o
    aprobadas. Vemos por ejemplo el caso del Protocolo Adicional
    a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en
    materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales;
    realizada en San Salvador que aún no ha sido
    ratificado por los países miembros.

  • Es importante acotar, que habrá una
    intervención internacional en cualquier conflicto,
    siempre y cuando ya se hayan agotado los mecanismos locales
    para resolverlo y únicamente con la aceptación
    de voluntaria de la intervención.

  • Es de vital importancia la creación del
    Derecho Internacional Humanitario, en el que van inmersos los
    Derechos Humanos, ya que este, al abordar la
    intervención en conflictos bélicos,
    internacionales o no, trata de proteger a la población
    civil y sus bienes. Trata de humanizar los conflictos y
    también media entre los Estados implicados.
    También limita el derecho de los Estados en conflicto
    a la libertad de uso de los métodos y los medios
    utilizados en el conflicto, a manera de proteger a la
    ciudadanía.

  • Es importante tomar en cuenta, que con la entrada en
    vigencia de la Carta de las Naciones Unidas, los Estados
    miembros tienen la obligación de solucionar sus
    conflictos de una forma civilizada y pacífica y no por
    medio de la violencia y se menciona también que ya no
    existe el Derecho a la Guerra.

  • Gracias al Derecho Internacional Humanitario, han
    surgido convenios internacionales, expresamente para la
    protección de víctimas de guerra como la
    convocatoria de la Conferencia diplomática para la
    elaboración de los Convenios Internacionales Ginebra
    (4 convenios: Convenio I: para aliviar la suerte de los
    heridos y enfermos de las fuerzas armadas en campaña.
    Convenio II: para aliviar la suerte de los heridos, enfermos
    y náufragos de las fuerzas armadas en el mar. Convenio
    III: sobre el trato a los prisioneros de guerra. Convenio IV:
    sobre la protección de personas civiles en tiempo de
    guerra).

  • Los Derechos Humanos y el Derecho Humanitario
    están íntimamente relacionados, a pesar de que
    la causa de los segundos sean conflictos armados
    (bélicos) pero que merecen o tienen los mismos
    derechos de atención, ya que como menciona Alfred
    Verdross, a las víctimas de estos conflictos debemos
    verlas como un ser que sufre, independientemente de su
    posición en el conflicto.

  • Todos los Tratados Internacionales se basan en el
    respeto a la persona humana y a la dignidad de
    esta.

  • Según la proclamación de
    Teherán: "La paz es la primordial condición
    para el pleno respeto de los Derechos Humanos y que la guerra
    es la negación de ese derecho…"

  • La libre determinación de los pueblos es el
    derecho de éstos a establecer libremente su
    condición política y su desarrollo
    económico, social y cultural, lo que implica que
    pueden disponer libremente de sus riquezas recursos
    naturales.

  • Los Derechos de los Pueblos exigen de la comunidad
    internacional la solidaridad necesaria para su
    promoción y cumplimiento, incluso su
    intervención para lograr este fin.

Partes: 1, 2

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