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Ley de registro inmobiliario (108-05) (página 2)



Partes: 1, 2

Puede interponer el Recurso de Apelación
cualquiera que ha sido parte o interviniente en el proceso y que
se considere afectado por la sentencia emitida. El plazo para
interponer el Recurso de Apelación es de 30 días,
contados a partir de la fecha de la notificación de la
sentencia por acto de alguacil.

7.1.5 Recurso de Revisión por error
Material
.

Es la acción que sin pretender afectar un derecho
o cuestionar el fondo de una decisión de los tribunales,
se interpone para corregir un error puramente
material.

Es competente para conocer de esta acción el
mismo órgano que generó el error. El plazo para
interponer este recurso es de 15 días.

7.1.6 Recurso de Revisión por
Fraude
.

La revisión por causa de fraude es la
acción mediante la cual se impugna una sentencia que el
interesado considera que fue obtenida de manera fraudulenta
durante el proceso de saneamiento.

Toda persona que se considere afectada puede interponer
este recurso por ante el tribunal de tierras competente en un
plazo no mayor de un año después de expedido el
certificado de título correspondiente.

No se reputará tercer adquiriente de buena fe a
toda persona que adquiere un inmueble durante el plazo previsto
para interponer el Recurso de Revisión por causa de
fraude.

El tribunal competente para conocer de este recurso es
el Tribunal Superior de Tierras correspondiente al Tribunal de
Jurisdicción Original que dictó la sentencia
recurrida.

7.1.7 Recurso de Casación.

Finalmente, el Recurso de Casación es la
acción mediante la cual se impugna una decisión
dictada por un Tribunal Superior de Tierras.

El procedimiento para interponer este recurso
estará regido por la ley sobre procedimiento de
Casación y los reglamentos que se dicten al
respecto.

Conclusiones

Luego de habernos embarcado en el estudio e
investigación de todos los pormenores de la ley 108-05, o
sea, la Ley de Registro Inmobiliario, debemos concluir que
realmente existen un sinnúmero de problemas dentro de los
Órganos Administrativos y Jurisdiccionales de la Oficina
de Registros de Títulos.

Problemas, como por ejemplo, falta de
organización en el mantenimiento de los archivos o
títulos de propiedad, de manera que toma varias horas
encontrar alguna información al respecto, desconocimiento
de muchos de los empleados sobre la ley de Registro Inmobiliario,
de forma tal que resulta a veces difícil obtener una
información de calidad jurídico-legal suficiente de
su parte, tiempo excesivo en la inscripción y
obtención de los certificados de títulos, que tiene
como consecuencia, dilación en la aprobación de los
prestamos hipotecarios de parte del Sector Financiero y Bancario
y por tanto, mayor tiempo en la obtención de los recursos
de parte de las compañías constructoras que les
permita continuar financiando otros proyectos de vivienda o
comerciales.

Finalmente, el alcance del presente trabajo de
investigación se limitó a la ciudad de Santiago de
los Caballeros, por ser esta la ciudad donde vivimos.

Recomendaciones

Al llegar al final de nuestro trabajo sobre la Ley del
Registro de Inmuebles, nos atrevemos a hacer las siguientes
recomendaciones:

  • a) Debe utilizarse la Escuela Nacional de la
    Magistratura para capacitar a todos los empleados de las
    Oficinas de Registro de Títulos, desde una secretaria
    hasta los honorables jueces de las cortes.

  • b) Debe disminuirse el tiempo de entrega de los
    Certificados de Títulos, de forma tal que se agilice
    el proceso de préstamos bancarios hacia el sector de
    la construcción, ya que este sector es uno de los
    pilares de nuestra economía.

  • c) Eficientizarse el proceso interno de la
    Oficina de Registro de Títulos para evitar las
    falsificaciones y fraudes con los mismos.

Bibliografía

  • Congreso Nacional. Ley # 108-05 sobre Registro de
    Inmuebles. 2 de Abril del año 2005, Gaceta Oficial
    No.10316. Santo Domingo, República Dominicana, 183
    Págs.

  • Acosta, Juan Pablo, Código Civil de la
    República Dominicana y legislación
    complementaria, Editora Dalis 1998, Moca, República
    Dominicana, 492 págs.

  • Asamblea Nacional, Constitución de la
    República Dominicana, Editora El Estudiante, 1998,
    Santo Domingo, República Dominicana, 50
    págs.

  • Hernández, Gisela, Registro de Inmuebles y
    sus Normas Complementarias, Editora-Impresora, Impresora
    Hermanos Capellán, Santiago Republica Dominicana,
    Año 2005, 394 pags.

 

 

Autor:

Ing.-Lic. Yunior Andrés
Castillo

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana

2011.

Partes: 1, 2
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