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Origen de la familia




Enviado por Arturo Clery



  1. Resumen ejecutivo
  2. Introducción
  3. Marco
    teórico
  4. Conclusión
  5. Bibliografía

Resumen
ejecutivo

De acuerdo a mi criterio la familia ante todo es una
institución social, ello desde un punto de vista
sociológico: institución que trasciende como un
conjunto de pautas de conducta internalizadas que se aplican a
una determinada categoría de relaciones sociales, en este
caso, las familiares.

Se explica por que en otros miembros de la familia no
hay derechos Individuales viene vínculos recíprocos
de interdependencia entre los sujetos y subordinación de
todos ellos o un fin superior con asignación de funciones
que son ejercidas por aquellos de sus miembros a quienes la ley
se los confiere.

Cabe recalcar que es un organismo social fundado en lo
sexual, la procreación el amor, pero, aclara; "no se halla
organizada patrimonialmente pues no es una persona
jurídica al que le corresponda un patrimonio propio que no
le pertenezca a los individuos sino al ente colectivo; ni aun
siendo, como es un organismo unitario, en muchos de sus aspectos
tiene un patrimonio común destinado a fines
superiores".

Por último se considera a la familia como
institución jurídica, social, permanente y
natural.

La declaración universal de los derechos del
Humanos en su art. 16 inc. 3º expresa que "la familia es el
elemento natural y fundamental de la sociedad" o "núcleo
fundamental de esta.

Art. 67.- Se reconoce la familia en sus diversos
tipos. El Estado la protegerá como núcleo
fundamental de la sociedad y garantizará condiciones que
favorezcan integralmente la consecución de sus fines.
Estas se constituirán por vínculos jurídicos
o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y
oportunidades de sus integrantes.

El matrimonio es la unión entre hombre y
mujer, se fundará en el libre consentimiento de las
personas contrayentes y en la igualdad de sus derechos,
obligaciones y capacidad legal.

ABSTRACT

According to my family first and foremost criterion is a
social institution, that from a sociological point of view: an
institution that goes beyond a set of internalized standards of
conduct that apply to a particular category of social relations,
in this case, the family .

He explained that in other family members individual
rights is no reciprocal links of interdependence between the
subject and subordinate all or a higher end with the assignment
of functions that are performed by those members to whom the law
confers.

It should be noted that it is a social organization
founded in sex, procreation, love, but, explains, "is not
materially organized as it is not a legal person that corresponds
to its own assets that does not belong to individuals but to the
entity collective or even be, as a unitary organism in many
respects have a common heritage for higher end. "

Finally, it considers the family as a legal institution,
social, natural and permanent.The Universal Declaration of Human
rights in Art. 16 inc. 3 º states that "the family is the
natural and fundamental group unit of society" or "core of
this.

Article 67 .- It is recognized family in
its various forms. The State shall protect such fundamental unit
of society and ensure conditions conducive to fully achieve its
goals. These links will be set up by law or in fact and based on
equal rights and opportunities of its members.Marriage is the
union between man and woman, based on the free consent of the
persons married, and in the equal rights, obligations and legal
capacity.

Introducción

La familia tiene su origen en el establecimiento de una
alianza entre dos o más grupos de descendencia a
través del enlace matrimonial entre dos de sus miembros.
La familia está constituida por los parientes, es decir,
aquellas personas que por cuestiones de consanguinidad, afinidad,
adopción u otras razones diversas, hayan sido acogidas
como miembros de esa colectividad.

Las familias suelen estar constituidas por unos pocos
miembros que suelen compartir la misma residencia. Dependiendo de
la naturaleza de las relaciones de parentesco entre sus miembros,
una familia puede ser catalogada como familia nuclear o familia
extensa. El nacimiento de una familia generalmente ocurre como
resultado de la fractura de una anterior o de la unión de
miembros procedentes de dos o más familias por medio del
establecimiento de alianzas matrimoniales o por otro tipo de
acuerdos sancionados por la costumbre o por la ley.

La integración de los miembros de la familia,
como en el caso de los grupos de parentesco más amplios
como los linajes, se realiza atraves de mecanismos de
reproducción sexual o de reclutamiento de nuevos miembros.
Si se considerara que la familia debe reproducirse
biológicamente, no podrían conceptualizarse como
«familias» aquellos grupos donde Ego 4 o su
consorte (o ambos) están incapacitados de reproducirse
biológicamente.

En estos casos, la función reproductiva se
traslada a los mecanismos de reclutamiento socialmente aceptables
—como la adopción—. El reclutamiento de nuevos
miembros de una familia garantiza su trascendencia en eizadora de
la familia en Occidente se ha debilitado conforme se fortalecen
las instituciones especializadas en la educación de los
niños más pequeños. Esto ha sido motivado,
entre otras cosas, por la necesidad de incorporación de
ambos progenitores en el campo laboral, lo que lleva en algunas
ocasiones a delegar esta función en espacios como las
guarderías, el sistema de educación preescolar y,
finalmente, en la escuela.

Sin embargo, este fenómeno no se observa en todas
las sociedades; existen aquellas donde la familia sigue siendo el
núcleo formativo por excelencia.

Por otra parte, la mera consanguinidad no garantiza el
establecimiento automático de los lazos solidarios con los
que se suele caracterizar a las familias.

Si los lazos familiares fueran equivalentes a los lazos
consanguíneos, un niño adoptado nunca podría
establecer una relación cordial con sus padres adoptivos,
puesto que sus "instintos familiares" le llevarían a
rechazarlos y a buscar la protección de los padres
biológicos. Los lazos familiares, por tanto, son resultado
de un proceso de interacción entre una persona y su
familia (lo que quiera que cada sociedad haya definido por
familia: familia nuclear o extensa; familia monoparental o
adoptiva, etc.).

En este proceso se diluye un fenómeno puramente
biológico: es también y, sobre todo, una
construcción cultural, en la medida en que cada sociedad
define de acuerdo con sus necesidades y su visión del
mundo lo que constituye una «familia».

Marco
teórico

TIPOS DE FAMILIA

a) La familia de padres separados, esto es la
familia en que los padres se niegan a vivir juntos, no son
pareja, pero deben seguir cumpliendo a cabalidad con su rol de
padres ante los hijos, por muy distantes que estos se encuentren;
aún cuando hay que reconocer que por el bien de los hijos
se niegan a la relación de pareja, pero no a la paternidad
ni maternidad;

b) La familia de madre soltera, esto es la
familia en que la madre desde un inicio asume sola la crianza de
sus hijos; y como es de conocimiento general es la mujer quien en
la mayoría de las veces asume este rol, pues el hombre se
distancia y no reconoce su paternidad por diversos motivos,
aunque la doctrina señala que en este tipo de familia, hay
que tener presente, que hay distinciones, pues no es lo mismo ser
madre soltera, adolescente, joven o adulta;

c) La familia mono parental, esto es aquella
familia que se constituye por uno de los padres de sus hijos; y
esta clase de familia puede tener diversos
orígenes:

1. Porque los padres se han divorciado, y los
hijos quedan viviendo con uno de ellos, por lo general la
madre;

2. Por un embarazo precoz, donde se configura
otro tipo de familia, esto es la familia de madre soltera;
y,

3. Por el fallecimiento de uno de los
cónyuges.

d) La familia extensa o consanguínea, se
compone de más de una unidad nuclear, se extiende
más allá de dos generaciones y está basada
en los vínculos de sangre de una gran cantidad de
personas, incluyendo a los padres, niños, abuelos,
tíos, tías, sobrinos, primos y demás; por
ejemplo, la familia de triple generación incluye a los
padres, a sus hijos casados o solteros, a los hijos
políticos y a los nietos;

e) La familia nuclear, derivada del matrimonio
heterosexual, que tradicionalmente es la familia básica y
cuya base del matrimonio entre un hombre y una mujer, y que
será materia de estudio en un próximo
artículo, cuando trate sobre el matrimonio y el
divorcio;

f) Las familias homo parentales, en aquellas
sociedades y países, en la cual su legislación ya
ha reconocido el matrimonio gay, debiendo señalar que en
la Argentina hace pocos meses se reconoció legalmente el
matrimonio gay, esto es el matrimonio entre personas del mismo
sexo

Conclusión

La familia es una de naturaleza jurídica y que el
estado, al reglamentarla en sus diferentes aspectos, no
está creando, sino reconociendo su verdadera importancia
como organismo primogenio del Estado. La familia seguirá
evolucionando de tal modo que sistemas que habrían
parecido inconcebibles a nuestros antepasados hoy nos parecen
comunes.

La familia es la más antigua porque es una
colectividad natural y la única agrupación natural,
la más importante porque sin ella no se concibe la
posibilidad de una vida en sociedad.

El núcleo social fundamental basados en
vínculos consanguíneos y descendencia formado por
sujetos singulares cuya posición jurídica esta
determinado y cualificada por la pertenencia a este grupo, el
respeto y la autoridad y obediencia, institución necesaria
para la conservación y propagación, desarrollo en
toda las esferas de la vida humana.

Bibliografía

Gomez Piedrahita Hernán, Derecho de
familia, Editorial Temis. S.A. Santa Fe Bogota- Colombia
1992,

Enciclopedia Jurídica, Ameba tomo
XI. Editorial Dris Kill S.A. Sarandi 1370 – Buenos Aires
Argentina.

Leon, Henry y Mazeaud, Lecciones de Derecho
– Civil, La familia constitución de la familia.
Edit. Juridicas Europa America, Buenos Aires.

Jiménez, Sanjinez Raúl,
Manual de derecho de familia, 1900.

Paz, Espinoza, Felix, Derecho de familia,
S/E.P

LINKS INTERNET

  • Familias Ensambladas en la AGBA

  • http://www.eclac.cl/publicaciones/xml/8/28858/lcg2320_P_6.pdf

  • http://www.danielfilmus.com.ar/1699/1019/proyecto-de-ley-normas-protectoras-de-los-hijos-en-familias-ensambladas

  • http://www.saafamilies.org/faqs/faqs.htm

  • http://www.oei.es/pdf2/Familias_latinoamericanas.pd

 

 

Autor:

Arturo Clery

 

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