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Ley antiterrorista: contrainsurgencia preventiva (página 2)




Enviado por Juan Chaneton



Partes: 1, 2

Aquel atentado a las Twin Towers operó la
mise en scène. Como quería Brzezinski, se
trató de una "agresión externa" devenida amenaza
permanente, generalizada y así considerada por la
mayoría del pueblo de los Estados Unidos que, entonces,
aceptó, atemorizado, el terror jurídico que le
impuso la "patriot act". Y aceptó, asimismo, ir a morir y
a matar a Irak.

El interrogante que debemos contestarnos a nosotros
mismos aquí, en el sur, es si siempre vamos a adoptar como
hipótesis de trabajo libretos escritos por otros, en otra
parte.

 

 

Autor:

Juan Chaneton

27/12/2011

[1] Ver Defensa nacional y seguridad; Tte.
Gral. J. C. Mugnolo, en La Nación, 27/11/02, p. 17.

[2] Los instrumentos internacionales en la
materia suscriptos hasta hoy por la Argentina son: Convenio
para la represión del apoderamiento ilícito de
aeronaves; La Haya, 16/12/1970, ratificado por ley 18.730.
Convenio para la represión de actos ilícitos
contra la seguridad de la aviación civil; Montreal,
23/9/1971, ratificado por ley 17.793. Convenio sobre la
prevención y el castigo de delitos contra personas
internacionalmente protegidas, inclusive los agentes
diplomáticos. Aprobado por la Asamblea General de la ONU
el 14/12/1973, ratificado por ley 22.509. Convención
Internacional contra la toma de rehenes. Aprobada por la
Asamblea General de la ONU el 17/12/1979, ratificada por ley
23.956. Convenio sobre la protección física de
los materiales nucleares; Viena, 3/3/1980, ratificado por ley
23.620. Protocolo para la represión de actos
ilícitos de violencia en los aeropuertos que prestan
servicios a la aviación civil internacional,
complementario del Convenio para la represión de actos
ilícitos contra la seguridad de la aviación
civil; Montreal, 22/2/1988, ratificado por ley 23.915. Convenio
para la represión de actos ilícitos contra la
seguridad de la navegación marítima; Roma,
19/3/1988, ratificado por ley 24.209. Protocolo para la
represión de actos ilícitos contra la seguridad
de las plataformas fijas emplazadas en la plataforma
continental; Roma, 10/3/1988, ratificado por ley 24.209.
Convenio internacional para la represión de los
atentados terroristas cometidos con bombas. Asamblea General de
la ONU, 15/12/1997, ratificado por ley 25.762. Convenio
Internacional para la represión de la
financiación del terrorismo. ONU, 9/12/1999; en
consideración para su ratificación.
También se halla en consideración para su
ratificación la Convención Interamericana contra
el Terrorismo firmada por nuestro país en Barbados el 3
de junio de 2002.

[3] Guy Sorrman, en La Nación,
8/9/2003. p. 17.

[4] Thierry Meyssan, Red Voltaire, Revista
Contralínea.

[5] James Wolsey; en La seguridad
internacional en el año 10 D.G. (después de la
guerra fría), de Mariano César Bartolomé;
Instituto de Publicaciones Navales, Buenos Aires, 1999, p.
203.

[6] Mariano César Bartolomé,
op, cit., p. 280.

[7] Zbigniew Brzezinski, asesor de seguridad
nacional del presidente James Carter, tiene dicho en su libro
El gran tablero mundial, que tanto el Banco Mundial como el FMI
son organismos que forman parte del sistema de
dominación global de los EE.UU. Es una afirmación
que data de 1998, pero habida cuenta de la función que
se halla jugando el Grupo de Acción Financiera
Internacional, no resulta desatinado considerar que
también éste es una ficha importante en la
geoestrategia mundial estadounidense.

[8] Sherman Kent: Inteligencia
estratégica; Pleamar, Buenos Aires, 5º
edición, 1994, p. 57.

[9] Zbigniew Brzezinski: El gran tablero
mundial, Paidós, Buenos Aires, 1998, p. 213.

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