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El control de los roedores: revisión de los rodenticidas registrados en el ámbito de la sanidad ambiental en España


Partes: 1, 2

    Publicación original:
    Rev. Esp. Salud
    Publica
    , ene.-feb. 2004, vol.78, no.1, p.05-16. ISSN
    1135-5727.
    Reproducción autorizada por:
    Revista Española de Salud
    Pública,

    RESUMEN:  Actualmente se
    precisa del empleo de los
    llamados rodenticidas, definidos como productos
    biocidas empleados para el control de
    roedores. En la reciente transposición de la Directiva de
    Biocidas a través del Real Decreto 1054/2002, los
    rodenticidas se incluyen en el Grupo
    Principal 3, Tipo de Producto 14.
    Se analiza la situación actual de los rodenticidas en el
    Registro
    Oficial de Plaguicidas. El estudio se ha realizado a partir de
    los datos que figuran
    en la base de datos
    del Registro Oficial de Plaguicidas de Uso en Salud
    Pública de España
    para los rodenticidas (ingredientes activos
    técnicos) y formulados). De los 11 ingredientes activos
    técnicos rodenticidas registrados, 9 son anticoagulantes,
    1 tiene acción
    sedativa y 1 produce hipercalcemia. De los 416 formulados, 412
    presentan algún anticoagulante: un 87,4% son derivados
    cumarínicos, mientras que el 12,6% son derivados
    indandiónicos. El 94,2% de los productos se formulan como
    sólidos y se clasifican como nocivos. No se precisan
    aspectos como la eficacia sobre
    las distintas especies susceptibles o el tipo de acción.
    Del análisis realizado destaca el elevado
    número de formulados registrados en España en
    comparación con otros países. De las consecuencias
    que cabe esperar de la transposición de la Directiva
    98/8/EC, destacaremos la reducción en el número y
    tipo de rodenticidas que se registren y una mayor
    precisión en relación con la eficacia, el tipo de
    acción, la composición (atrayentes) y el tipo de
    formulación.

    Palabras clave: Biocida. Rodenticida. Control de
    roedores. Exposición
    a riesgos
    ambientales.

    ABSTRACT: Rodent Control: Review of the
    Rodenticides Currently Registered in the Environmental Health
    Field in Spain
    .

    The use of what are known as «rodenticides»,
    defined as biocides used for rodent control, is currently
    required. In the recent transposition of the Biocide Directive by
    way of Royal Decree 1054/2002, rodenticides are included under
    Main Group 3, Product Type 14. The current status of rodenticides
    in the Official Pesticide Registry is analyzed. This study has
    been conducted based on the data in the database of the Spain's
    Official Registry of Pesticides for Use in Public Health for
    rodentcides (technical and formulated active ingredients). Nine
    (9) of the technical active ingredients registered are
    anticoagulants, one (1) has a sedative effect and one (1) causes
    hypercalcemia. A total of 412 of the 416 formulated rodentcides
    include some anticoagulant (87.4% are coumarin derivatives, while
    12.6% are indandione derivatives). A total 94.2% of these
    products are formulated as solids and are classified as slightly
    or moderately hazardous. Aspects such as effectiveness on the
    different species or the type of effect are not required. Based
    on the analysis conducted, the one outstanding aspect revealed is
    large number of formulated rodenticides registered in Spain in
    comparison to other countries. One of the major consequences
    which may be anticipated from the transposition of EC Directive
    98/9/EC, is the reduction in the number and type of rodenticides
    which are registered and a greater degree of accuracy as to their
    effectiveness, the type of effect, the composition (baiting) and
    the type of formulation.

    Key words: Biocide. Rodenticide. Rodent control.
    Environmental exposure.

    INTRODUCCIÓN

    De las aproximadamente 2.000 especies de roedores que
    existen, tres son consideradas plagas importantes a nivel
    mundial: la rata parda o rata de alcantarilla [Rattus
    norvegicus
    (Berkenhout, 1769) (Rodentia, Muridae)], la rata
    negra [Rattus rattus (Linnaeus, 1758) (Rodentia, Muridae)]
    y el ratón domestico [Mus musculus Rutty, 1772
    (Rodentia, Muridae)]. Estas tres especies son comensales del
    hombre y se
    han adaptado extraordinariamente bien a los ambientes urbanos
    donde la actividad de las personas les proporciona alimento y
    refugio por lo que su presencia en los distintos tipos de
    instalaciones en los que el ser humano desarrolla su actividad es
    muy frecuente. En estos ambientes ocasionan múltiples
    problemas.
    Económicamente hay que considerar no sólo la
    destrucción de alimentos por
    consumo
    directo, sino también los daños comerciales por
    mordisqueo y/o contaminación. Además, no es menos
    gravosa la destrucción de objetos y equipos producida por
    la característica acción de roer, a la que se
    atribuye por ejemplo el 25% de los incendios de
    origen indeterminado en Estados Unidos.
    No debemos olvidar tampoco que los roedores son transmisores de
    diversos agentes patógenos para el hombre como
    virus (rabia),
    bacterias
    (salmonelosis, peste), ricketsias (tifus), protozoos,
    helmintos, trematodos, cestodos y hongos, si bien
    en nuestra zona no es afortunadamente ésta la causa mayor
    de que se tengan que adoptar medidas de control.

    Actuar contra estas plagas resulta especialmente
    difícil. Por un lado, por su relativa semejanza funcional
    con el hombre y, por otro, por su condición de
    generalistas casi perfectos, flexibles, agresivos, inteligentes,
    omnívoros y con una tasa reproductiva muy alta. Son
    capaces de medrar en cualquier ambiente
    trepando, nadando, excavando, etc., desplazando de él a
    otras especies eventualmente competidoras y explotar cualquier
    fuente alimenticia que se encuentre a su alcance. Son animales
    rápidos que tienen gran habilidad de movimientos y
    sentidos desarrollados. Por ejemplo, trepan y caminan con
    facilidad por cables, hilos, plantas,
    paredes…, saltan sin impulso a un metro de altura y a metro y
    medio de longitud, nadan y bucean (incluso contra corriente en
    las cañerías), excavan y son capaces de hacer pasar
    su cuerpo por agujeros de muy pequeño diámetro.
    Además, son animales inteligentes que desconfían de
    lo nuevo pero que se acostumbran a lo habitual (ruidos, polvos,
    alimento…), siendo capaces de aprender de la experiencia ajena
    («aversión al cebo»). Esta capacidad
    generalista les ha permitido asentarse con éxito
    en cualquier ambiente, siendo la causa fundamental de su
    expansión corológica la introducción involuntaria por el hombre en
    cualquier área geográfica en la que él mismo
    habite o haya habitado.

    Si bien el saneamiento o la adopción
    de medidas estructurales de exclusión pueden contribuir a
    reducir de forma significativa los problemas ocasionados por los
    roedores, actualmente su control precisa en la gran
    mayoría de los casos de la adopción de medidas
    químicas y más concretamente del empleo de los
    llamados Rodenticidas. Baumann y colaboradores1 los
    definen como productos biocidas empleados para el control de
    roedores como ratas, ratones, topos y otros pequeños
    roedores. Existen distintos tipos de rodenticidas en cuanto a su
    modo de acción, pero sin ninguna duda los más
    ampliamente utilizados son los denominados anticoagulantes, que
    provocan la muerte de
    los roedores al inhibir la biosíntesis de los factores de
    coagulación dependientes de la acción de la
    vitamina K, alterando el proceso normal
    de coagulación, lo que se traduce en la muerte como
    consecuencia de las hemorragias internas que sufre el animal. Se
    trata de plaguicidas de uso profesional y/o no-profesional,
    según los casos, y dependiendo del ámbito de
    aplicación se consideran dos grandes grupos,
    rodenticidas de uso fitosanitario y rodenticidas de uso en
    sanidad ambiental. Según lo establecido en la Directiva de
    Biocidas únicamente los segundos merecen la
    consideración de Biocidas2. Esta Directiva, por
    la que se regula el proceso de autorización de productos
    biocidas a nivel comunitario, ha sido recientemente transpuesta a
    la legislación española a través del Real
    Decreto 1054/2002, de 11 de octubre de 20023. Este
    Real Decreto regula el proceso de evaluación
    para el registro, autorización y comercialización de biocidas entre los que
    se incluyen los productos destinados al control de roedores
    (fundamentalmente ratas y ratones). Entre los distintos grupos
    contemplados en dicho Real Decreto, los rodenticidas constituyen
    un tipo de producto (Tipo de Producto 14: Rodenticidas: Productos
    empleados para el control de ratones, ratas y otros roedores)
    claramente definido e individualizado del resto de Plaguicidas
    (Grupo Principal 3) por el grupo de animales contra los que su
    acción se dirige.

    La Dirección General de Salud Pública
    (Subdirección General de Sanidad Ambiental) del Ministerio
    de Sanidad y Consumo es la unidad competente en España
    para la aplicación de la legislación europea sobre
    sustancias y preparados químicos peligrosos.
    Además, la Dirección General de Salud
    Pública es responsable del Registro de Plaguicidas de Uso
    en Salud Pública (Biocidas)4. Mientras algunos
    Estados miembros no han tenido ningún tipo de control
    sobre estos productos, otros países sí; es el caso
    de España, donde desde 1983 se mantiene un registro para
    la autorización de los plaguicidas no
    agrícolas4,5, entre los que se incluyen los
    rodenticidas autorizados en sanidad ambiental. La
    legislación básica previa existente en
    España está constituida por el Real Decreto
    3349/19836, el Real Decreto 162/ 19917, el
    Real Decreto 443/19948 y diversas órdenes
    relativas a la inscripción y funcionamiento del Registro
    de Establecimientos y Servicios
    Plaguicidas, a la normativa reguladora del Libro Oficial
    de Movimiento de
    plaguicidas peligrosos y a la homologación de los cursos
    de capacitación para realizar tratamientos con
    plaguicidas4,5.

    En función de
    esta legislación, en España, desde 1983, se han
    venido registrando varios tipos de productos considerados ahora
    rodenticidas en la Directiva 98/8/CE y que se pueden incluir en
    tres grandes grupos según el uso al que van destinados:
    plaguicidas de uso doméstico (no profesional), plaguicidas
    de uso ambiental (profesional) y plaguicidas de uso en la
    industria
    alimentaria (profesional). Para la inscripción de estos
    productos es necesario evaluar sus aspectos de peligrosidad para
    la salud humana, pero como señalan Moreno y
    colaboradores9 hay otros muchos aspectos actualmente
    contemplados por la Directiva de Biocidas y por el Real Decreto
    1054/2002 que deberían incluirse en los requisitos para la
    inscripción de los biocidas y entre los que destacaremos
    las evaluaciones de eficacia y
    ecotoxicológicas.

    En este sentido, el objetivo del
    estudio que se presenta es el establecimiento de la
    situación de partida en relación con los
    rodenticidas previa a la completa aplicación de la
    Directiva de Biocidas, para lo que resulta de gran interés
    efectuar un estudio de la situación actual a partir de los
    datos existentes en la base de datos del Registro Oficial de
    Plaguicidas de Uso en Salud Pública en España, a
    partir del cual se puedan valorar adecuadamente las consecuencias
    de la implantación de la nueva Directiva en España.
    Este análisis permitirá también definir
    algunos de los aspectos básicos que se deben analizar a
    fin de establecer un nuevo Registro de Biocidas acorde con lo
    establecido en el Real Decreto 1054/2002.

    Partes: 1, 2

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