El sarampión figura como enfermedad de
declaración obligatoria en nuestro país desde el
año 1900, mediante una circular de la Dirección General de Sanidad concretada al
año siguiente, en la cual se establece la obligatoriedad,
para todos los médicos, de declarar los casos de una lista
de once enfermedades
infecto-contagiosas1.
En la actualidad, el Sistema de
Enfermedades de Declaración Obligatoria (EDO) requiere la
notificación, a nivel estatal, de todo caso sospechoso de
sarampión de forma numérica, con periodicidad
semanal y ámbito geográfico provincial y a nivel de
comunidad
autónoma.
A partir de 1997, con la entrada en vigor de la
Red Nacional de
Vigilancia Epidemiológica (RNVE) según Real Decreto
2210/1995 del 28-XII, se requiere el envío de un informe anual, en
el que consten todos los casos notificados de forma
numérica durante el año precedente con las
características individuales de edad, sexo, estado de
vacunación, tipo de caso, semana de notificación y
ámbito geográfico.
En los protocolos de las
enfermedades de declaración obligatoria de la
RNVE2, se aplica, para el sarampión, la
siguiente definición de caso:
Caso sospechoso/probable: Todo aquél
que cumple los criterios de definición clínica de
caso, caracterizado por rash generalizado de
duración ³ 3 días,
con fiebre
³ 38,5ºC y tos o coriza o
conjuntivitis. No tiene confirmación virológica o
serológica y no está epidemiológicamente
relacionado con otro caso sospechoso o
confirmado.
Caso confirmado: Todo caso sospechoso que
es confirmado por el laboratorio
mediante aislamiento del virus del
sarampión de especímenes clínicos o aumento
significativo en el nivel de anticuerpos frente al virus del
sarampión, mediante un método
serológico estándar o test positivo
serológico de anticuerpos IgM de sarampión.
Así mismo, se define como caso confirmado todo caso
sospechoso que concuerda con la definición clínica
de caso y está epidemiológicamente relacionado con
uno confirmado o con otro caso sospechoso.
Una actividad muy importante del sistema de
vigilancia epidemiológica del sarampión hace
referencia a la notificación de brotes, así como su
inmediata investigación y aplicación de
medidas de control.
En la serie temporal anual de casos notificados de
sarampión en España
(figura 1), se observa un primer período de una alta
incidencia con cifras medias anuales de 429 por 100.000 (150.000
casos), y la presencia de ciclos bianuales característicos
de ésta infección.
Figura 1
Sarampion en España: 1940-1997 Incidencia anual y
cobertura de vacunacion
Este período abarca la época
prevacunal y los primeros años tras la
administración de la vacuna.
En 1978, empieza a aplicarse en nuestro
país la vacuna frente al sarampión, aumentando su
cobertura de forma muy lenta y paulatina, no alcanzando altas
coberturas, próximas al 80 %, hasta el año 1987.
Durante ese período se detectan dos importantes picos
epidémicos, en los años 1982 y
1986.
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