- La
emancipación política y la emancipación
humana - Estado y
sociedad civil - Vida
genérica y vida particular - Las dos
concepciones filosóficas sobre los Derechos Humanos: la
burguesa y la marxista - Concepto
de los Derechos Humanos - ¿Por
qué se llama "hombre" al miembro de la sociedad
burguesa? - La
emancipación humana - El
idealismo de izquierda
Introducción
Los derechos humanos
deben ser considerados como el fruto de una época
histórica determinada en la evolución de la humanidad: la capitalista.
A los marxistas nos interesa dejar claro este nexo
histórico y ponerlo siempre a la vista de todos, mientras
que la burguesía progresista, donde hay que incluir a la
izquierda reformista, trata de borrarlo y de ocultarlo. Se quiere
dar a entender que estos derechos humanos pueden
formularse independientemente de cualquier época
histórica, como se hace en el artículo primero de
la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948:
"todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y
derechos…". O se trata sencillamente de limar aquellos aspectos
de la declaración de los derechos humanos que sean
signos
manifiestos de la época histórica que la
engendró.
Es cierto que la declaración actual de los
derechos humanos se diferencia de la Declaración de
Derechos del Buen Pueblo de Virginia de 12 de junio de 1776 y de
la Declaración de los Derechos del Hombre y del
Ciudadano del 26 de agosto de 1789. Pero aunque sea cierto que
los derechos humanos hayan experimentado ciertas modificaciones y
cierto grado de evolución, no por ello han perdido su
entronque histórico con la burguesía y su revolución.
A los marxistas nos interesa sobremanera destacar el
papel revolucionario que ha desempeñado la
burguesía en la evolución de la humanidad. Primero,
porque es una verdad histórica, y segundo, porque
así se legitima que los trabajadores desempeñen
también su papel revolucionario en dicha evolución:
acabando de una vez para siempre con la explotación del
hombre por el hombre. Tal
vez a partir de ese entonces el derecho humano fundamental sea el
siguiente: ningún hombre puede apropiarse del trabajo ajeno
o el derecho de
propiedad sólo puede basarse en el trabajo
propio.
También es cierto que con la llegada del socialismo real
la declaración de los derechos humanos tuvo que
experimentar algunas modificaciones, que certificara el nuevo
estado de
cosas existente en el mundo. Así la Declaración
Universal de Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la
Asamblea General de las Naciones Unidas
el 10 de diciembre de 1948, en su artículo 17 dice lo
siguiente: "Toda persona tiene
derecho a la propiedad,
individual y colectivamente". Pudiera parecer que el
reconocimiento de la propiedad colectiva es señal de una
concesión del capitalismo a
favor del socialismo. Pero esto es un engaño: en las
sociedades
anónimas el propietario no es un individuo,
sino muchos individuos. En las sociedades
anónimas hay propiedad colectiva, aunque sea la propiedad
de un colectivo de capitalistas. Así que el reconocimiento
de la propiedad colectiva no tiene porque ir más
allá del reconocimiento de la propiedad colectiva
existente en las sociedades anónimas. Sucede además
que todas las economías del mundo son economías
mixtas, esto es, una parte de la economía, casi la
mitad, es pública. Así que reconocer como derecho
humano el derecho a la propiedad colectiva no es más que
el reconocimiento del estado capitalista actualmente existente.
También puede considerarse como una concesión al
socialismo lo que puede leerse en el Artículo 23 de la
Declaración citada: "Toda persona tiene derecho al
trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones
equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección
contra el desempleo". Todos
sabemos que tener un trabajo no es un derecho sino una
posibilidad económica. Como sabemos igualmente que
el Estado no
puede garantizar el cumplimiento de ese derecho. Así que
esta declaración de derechos no deja de ser más que
una manifestación de idealismo: dar
expresión a un derecho que la sociedad
capitalista no puede satisfacer, por ser justamente una
cuestión a resolver en el seno de la sociedad civil
por los capitalistas, que son los creadores de puestos de
trabajo, y no por el Estado. Y el Estado, claro está, no
puede obligar a los capitalistas a crear trabajo. F. A. Hayek, en
su obra Derecho, legislación y libertad,
plantea esta misma crítica
desde la defensa de la sociedad libre: nadie puede tener derecho
a una situación determinada si a nadie se le obliga a
proporcionarla. Pensadores como Hayek tienen la ventaja de
expresar la conexión que existe entre los derechos humanos
y la sociedad libre, esto es, la sociedad capitalista, incluso la
de señalar las limitaciones de tales derechos, mientras
que la izquierda reformista quiere, dentro de los límites de
la sociedad capitalista, promulgar derechos humanos socialistas,
que nunca serán verdaderos derechos porque no se determina
quien es el responsable de satisfacerlos. Los liberales quieren
que la burguesía se comporte como tal burguesía y
defienden unos derechos humanos que no superen el marco
capitalista, y así se comportan como materialistas,
mientras que la izquierda reformista quiere que la
burguesía se ponga de vez en vez un ropaje socialista, y
así se comportan como idealistas.
Los liberales no cuestionan la premisa fundamental del
Estado social y democrático de Derecho, esto es, el
individuo egoísta. La izquierda reformista tampoco la
cuestiona, pero la quiere reformar, quiere hacer solidario al
hombre egoísta. Cuando todos sabemos que la conciencia
solidaria de los ciudadanos de las sociedades capitalistas es un
acontecimiento puntual y ocasional. No es una conciencia
sustancial del miembro de la sociedad burguesa, ni puede serla.
Sólo la visión marxista de los derechos humanos
cuestiona la premisa del Estado social y democrático de
Derecho: el individuo egoísta. Y no quiere reformarlo,
sino liquidarlo.
No quisiera dar por acabada esta introducción sin antes haberme referido a
las dos concepciones filosóficas oficialmente dominantes
sobre los derechos humanos: la iusnaturalista y la positivista.
Los iusnaturalistas consideran que los derechos humanos son
derechos naturales, derechos que tiene el hombre por su propia
naturaleza, y
que lo único que hace el estado es reconocerlos, mientras
que los positivistas consideran que los derechos humanos no son
naturales sino que son otorgados por el Estado, que fueron
acordados por los hombres en cierto momento histórico y
que quedan plasmados en leyes.
Aquí, mirando las cosas más
de cerca, no hay dos posiciones diferentes, sino que es el mismo
problema captado desde dos lados interrelacionados, aunque se
manifiesten como opuestos. Aquí se distingue entre ser
humano y estado, como si el estado no fuera humano. O se habla de
naturaleza
humana, como si la naturaleza humana no incluyera su carácter histórico y la existencia
del estado. Si consideráramos el estado natural del hombre
como aquel estado donde el hombre apenas se había
diferenciado del animal, veríamos que en ese entonces
entre los hombres dominaba la violencia y la
crueldad, no la libertad y la igualdad. Muy
lejos de esta superficial contradicción, Marx se plantea
la siguiente pregunta: ¿Por qué se llama al miembro
de la sociedad burguesa "hombre", el hombre por antonomasia, y se
da a sus derechos el nombre de derechos humanos? Y el propio Marx
responde: Por las relaciones entre el Estado político y la
sociedad burguesa, por la esencia de la emancipación
política.
Y añade: Registremos, ante todo, el hecho de que los
llamados derechos humanos, a diferencia de los derechos del
ciudadano, no son otra cosa que los derechos del miembro de la
sociedad burguesa, es decir, del hombre egoísta, del
hombre separado del hombre y de la comunidad. De
todo esto daremos cuenta detallada más adelante.
Sólo quiero que vean la gran diferencia que existe entre
los planteamientos de Marx, que pone el dedo en la llaga al
preguntar por qué se llaman derechos humanos a los
derechos del miembro de la sociedad burguesa, y los
planteamientos superficiales de los iusnaturalistas y
positivistas, que separan la naturaleza humana de la historia del
hombre.
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