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Educaciòn ambiental




Enviado por Carla Santaella



  1. Introducción
  2. Educación ambiental
  3. La
    educación ambiental a nivel mundial
  4. La
    educación ambiental en Venezuela
  5. Bases
    legales
  6. Conclusión
  7. Referencias

Introducción

La Educación ambiental es el proceso que consiste
en reconocer valores con el objeto de fomentar las aptitudes y
actitudes necesarias para comprender las interrelaciones entre el
hombre, su cultura y su medio físico, la Educación
Ambiental es de vital importancia para un desarrollo sustentable
ya que promueve el conocimiento necesario a los cuidados de
nuestro entorno. El presente trabajo se elaborara pensando que
promoviendo conocimientos ambientales sobre   las
consecuencias por no cuidar el ambiente, al ser ciudadanos
conscientes podremos lograr tener un equilibrio entre lo
ecológico, social y económico siendo este el
objetivo del desarrollo sustentable. El trabajo contempla hacer
conciencia ambiental, así como gestionar la
participación ciudadana para tener un desarrollo
sustentable que integre bases en las cuales se den las
repercusiones y ventajas que tiene el cuidar de los recursos
naturales y así, integrar a la sociedad para buscar un
  bien, ayudando a la conservación y manejo de los
recursos naturales La educación ambiental es una materia
que muy pocos conocen y   ponen en practica. En
relación a las escuelas, solo se imparte lo básico
de la ecología, pero no hacen conciencia en los alumnos de
la situación del ambiente y las repercusiones que se
tienen al vivir con las   exigencias y abusos de   los
recursos naturales.

Se enfatiza que la educación ambiental es un
enfoque educativo en el que, mediante diversos procesos, se
aclaran conceptos y se reconocen valores para fomentar las
destrezas y actitudes que conducen a una relación
equilibrada con el entorno para la toma de decisiones y
ejecución de acciones. Dado lo anterior, nos propusimos
contribuir al conocimiento, hacer   conscientes a la misma
sociedad, para que se den cuenta de que no saben la finalidad
.por otra parte hablaremos de las bases legales de la
educación ambiental en la cual analizaremos los
artículos de la constitución de la republica
bolivariana de Venezuela y la ley de educación ambiental
en las que analizaremos las situación actual que presenta
la educación ambiental en Venezuela así como a
nivel mundial.

Educación
ambiental

Es el proceso dinámico, continuo y participativo,
que busca despertar en la población conciencia,
adquiriendo conocimientos y experiencia que le permita
identificarse con la problemática Ambiental, tanto a nivel
general (mundial), como a nivel especifico (medio donde vive);
busca identificar las relaciones de interacción e
independencia que se dan entre el entorno (medio ambiental) y el
hombre, así como también se preocupa por promover
una relación Armónica entre el medio natural y las
actividades antropogénicas atreves del desarrollo
sustentable, con el fin de garantizar el sostenimiento y la
calidad de generaciones actuales y futuras.

Objetivos de la Educación
Ambiental

Los objetivos de la educación ambiental pueden
ser clasificados en tres grupos: 1) Cognitivos: Inculcando
conocimientos y aptitudes a las personas y grupos
sociales.

2) Afectivos: Ayudando a la toma de conciencia
del ambiente en general y de los problemas conexos, y a mostrarse
sensibles a ellos. También ayudando a las personas y
grupos sociales a adquirir valores sociales, fomentando
así una ética ambiental, pública y nacional,
respecto a los procesos ecológicos y a la calidad de
vida.

3) De acción: Aumentando la capacidad de
evaluación de las medidas y programas ambientales, y
fomentando la participación social, de forma que se
desarrolle el sentido de la responsabilidad ambiental que
permitan demandar políticas eficaces en la
conservación y mejora del medio y las
comunidades.

Introducir en los contextos educativos formales y no
formales la Educación Ambiental como dimensión
curricular en un proceso integrador de las diferentes disciplinas
que permita un análisis crítico del medio en toda
su globalidad y complejidad.

La
educación ambiental a nivel mundial

Antecedentes: Sistematización
del Desarrollo Histórico de la EA

Ámbito
Internacional:

A finales de los años 50 y comienzo
de la década de los 60, el mundo occidental vive una
euforia de tecnología y crecimiento industrial: En 1957 se
lanza el primer satélite artificial por medio de un cohete
en la antigua U.R.R.S.; en el 58 lo hacen los EEUU; en el 59
aparece la segunda generación de ordenadores con
transistores; en el 60 se inventa el rayo láser; en 1961
la ONU proclama el primer "decenio de las Naciones Unidas para el
desarrollo".

Se alcanza un periodo de
industrialización tal que parece que las materias primas
no tienen límite y que el planeta puede soportar el
cúmulo de agresiones que le está proporcionando la
sociedad.

Se busca el progreso, el bienestar social y
el nivel de vida y no su calidad, sin pararse a pensar en las
consecuencias ambientales. En este panorama aparece la
publicación – el 27 de noviembre de 1962 – del libro
"Silent Spring" de Rachel Carson, donde se dramatiza las
consecuencias de un progreso incontrolado. Es un grito de alerta
para una humanidad que todavía no vislumbra la
evolución del planeta sometido a una sociedad consumista.
Fue el primer aviso. La voz de alarma a nivel institucional, se
da cuando la humanidad es consciente de los desastres
ecológicos y se puede ver una degradación
progresiva del planeta. Las primeras respuestas y mecanismos de
acción surgieron, a partir de 1968, en Gran
Bretaña, los países nórdicos y Francia, como
fruto de estas primeras preocupaciones se crea el programa MAB
(Man And Biosphere) en noviembre de 1971. Se reunieron en
París diversos países y organismos internacionales
como la FAO, la OMS, la IUCN (Unión Internacional para la
Conservación de la Naturaleza y los Recursos Naturales) y
la UNESCO, se elabora el diseño de una estrategia, con el
objetivo de proporcionar los conocimientos de Ciencias Naturales
y Sociales necesarios para la utilización racional y la
conservación de los recursos de la Biosfera, y para el
mejoramiento de la relación global entre el hombre y el
ambiente, así como predecir las consecuencias de las
acciones de hoy sobre el mundo del mañana, aumentando
así la capacidad del hombre para ordenar eficazmente los
recursos naturales de la "Biosfera" (UNESCO, 1971).

En junio de 1972 se celebra en Estocolmo la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio
Humano.

La gran preocupación de los
gobiernos y los pueblos era que la actividad humana sobre el
ambiente natural conducía a poner en peligro la
supervivencia del hombre.Se insta al desarrollo de la
Educación Ambiental como uno de los elementos vitales ante
la crisis del ambiente.

Es indispensable una labor de
educación en cuestiones ambientales, dirigida tanto a las
generaciones jóvenes como a los adultos y que preste la
debida atención al sector de población menos
privilegiada.

Se inicia el diseño de un programa
Internacional de Educación Ambiental (PIBA).En recuerdo de
esta conferencia se establece el día 5 de junio como el
Día Internacional del Medio Ambiente.

Posteriormente, en 1974 se establece el
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).
El primer Consejo de Administración, estableció en
1975 como uno de los objetivos principales del programa la
determinación de los problemas ambientales más
importantes mediante la evaluación ambiental y la
promoción de soluciones.

Igualmente se incluyen programas de
información pública y de educación sobre el
ambiente.Es en 1975 cuando ya se inicia claramente el Programa
Internacional de Educación Ambiental (PIBA) de la UNESCO
en colaboración con el PNUMA. Este programa cubre los
años 1975-1979; en este período de tiempo se
celebran dos importantes acontecimientos: El Seminario de
Belgrado (1975) la Conferencia de Tbilisi (1977).

El Seminario de Belgrado (1975): Así
pues, en octubre de 1975, se reunieron en Belgrado expertos de
más de sesenta países el Seminario Internacional de
Educación Ambiental.Se adopta por unanimidad una
declaración en la que se establecieron los principios y
directrices de lo que sería el desarrollo de la
Educación Ambiental en el programa de las Naciones
Unidas.

Esta declaración de principios se
conoce como la Carta de Belgrado. Es el punto de partida desde
las Instituciones para la implantación y la necesidad de
una Educación Ambiental a todos los niveles:
educación formal y no formal. El destinatario principal de
la Educación Ambiental. Es el público en general.
Las principales categorías de destinatarios incluidos en
este marco global son:

1. El sector de la educación formal:
comprende los alumnos de educación infantil, primaria,
secundaria y superior, así como el personal docente y el
profesional del Medio Ambiente que siguen curso de
formación y perfeccionamiento.

2. El sector de la educación no
formal que comprende los jóvenes y adultos (individual y
colectivamente) de todos los sectores de la población,
como las familias, los trabajadores y el personal de
gestión y dirección, tanto en la esfera del Medio
Ambiente como en otras esferas.Carta de Belgrado. 1975. En
síntesis, las solicitudes que se hacen en Belgrado son las
siguientes: Toma de conciencia Adquisición de
conocimientos básicos Cultivo de actitudes
Adquisición de destrezas Fomento de capacidad
crítica. Fomento a la participación
ciudadana

Conferencia de Tbilisi. En octubre de 1977
(República de Georgia), se convocó la 1 Conferencia
Intergubernamental sobre educación ambiental con la
asistencia de 64 países y 65 representantes de
organizaciones de las Naciones Unidas y gubernamentales. Fue como
una prolongación dela Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Medio humano (Estocolmo, junio de 1972). Fue el punto de
partida de un programa internacional de educación
ambiental. De sus 41 "recomendaciones" se resumen los temas que
se abordaron:

Planteamiento de la problemática
ambiental en la sociedad contemporánea y funciones de la
educación.

Actividades a escala internacional para el
desarrollo de la educación ambiental.Estrategia para el
desarrollo de la educación ambiental a escala nacional a
distintos niveles:formal, no formal y de
profesionales.

Cooperación regional e internacional
para el fomento de la educación ambiental.

Reunión Internacional de Expertos en
Paris: En septiembre de 1982 se celebró en París la
Reunión Internacional de expertos sobre el progreso y las
tendencias en Educación Ambiental desde la conferencia de
Tbilisi. Se profundiza en esta reunión sobre los aspectos
teóricos y conceptuales de la educación
ambiental.

En 1983 fue la primera gran cita de los
educadores ambientales españoles.En Sitges (Barcelona) se
organizaron las I Jornadas sobre educación
ambiental.Más de trescientas personas tuvieron la
oportunidad de encontrarse y empezar a valorar el tipo de
actividades que se estaban realizando, sus métodos y su
alcance.

En 1987 se celebró en Moscu el
Congreso Internacional de Educación y Formación
sobre Ambiente. Ahí surge la propuesta de una estrategia
Internacional para la acción en el campo de la
Educación y Formación Ambiental para los
años 1990 – 1999. En el documento derivado de esta
reunión se mencionan como las principales causas de la
problemática ambiental a la pobreza, y al aumento de la
población, menospreciando el papel que juega el complejo
sistema de distribución desigual de los recursos generados
por los estilos de desarrollo acoplados a un orden internacional
desigual e injusto, por lo que se observa en dicho documento una
carencia total de visión crítica hacia los
problemas ambientales.

En Valsaín (Segovia) se volvieron a
celebrar, en 1987, las II Jornadas sobre educación
ambiental en el Estado Español. Y como culminación
de todo este trabajo e interés por la implantación
de la Educación Ambiental, se llevó a
término un Seminario sobre educación ambiental en
el sistema educativo organizado por la Comisión
Española de la UNESCO en Las Navas del Marqués
(Ávila, 1/12/88) donde se recogieron las intenciones de la
Resolución del Consejo de Europa (Resolución 88/C
177/03 – 24/05/88) para llevada a la práctica en la
LOGSE.

Los temas tratados en el Seminario fueron
los siguientes:

Introducción de la Educación
Ambiental en los diseños curriculares escolares
Formación de profesorado y Educación Ambiental
Materiales, recursos, documentación e información
Investigación y documentación Sistema educativo y
sociedad.

En 1992 ha tenido lugar la Cumbre de la
Tierra de Río de Janeiro. En ella se ha puesto de
manifiesto las grandes diferencias entre los países ricos
y los pobres, entre el "Norte" y el "Sur". Por ello, se
vislumbran los desacuerdos en las diferentes estrategias para la
conservación del ambiente entre las grandes potencias y
los países menos favorecidos. Aun así, se logran
ciertos resultados que se resumen en:

*Redacción de La Carta de la Tierra:
Documento en donde se declaran los principios aceptados por los
Estados participantes; se establecen los derechos y las
obligaciones de todos los países respecto al medio
ambiente.

*Acuerdos jurídicos internacionales
sobre el cambio climático y el efecto invernadero, la
diversidad biológica y los bosques.

*Redacción de La Agenda 21 : Un
segundo documento en el que se incluye un plan de actuaciones
concretas en donde se habla de ejecución y
financiación.

*Financiar un desarrollo
ecológicamente racional, un tema de vital importancia para
lospaíses del Sur.

*Transferencia tecnológica del Norte
al Sur.

*Refuerzo del papel y capacidad de
actuación de las instituciones internacionales.

Los Estados Unidos de América no
firmaron en aquel momento los acuerdos sobre el cambio
climático y la biodiversidad; un año más
tarde, el 4 de junio de 1993 la nueva administración de
los EEUU de América ratifica con su firma estos
acuerdos.El balance total un año después es
bastante pobre en un ambiente de parálisis afectado por la
crisis económica.

Se ha de reseñar en este recorrido
histórico tres hitos importantes en la Comunidad
Valenciana:

1986: Puesta en funcionamiento de los
primeros Centros de Educación Ambiental de la Conselleria
de Educación.

1987: "1 Jornadas sobre el Medio Ambiente y
Salud en el País Valencia" 1988: "1 Jornadas de
Educación Ambiental en la Comunidad
Valenciana".

1992: Creación de la "Sociedad
Valenciana de 'Educación Ambiental (SVEA)

Se ha de hacer una mención muy
especial a las acciones de grupos no institucionales en la
defensa del ambiente, que han propiciado siempre una
Educación Ambiental no formal y que tanto han hecho por el
fomento y divulgación de esta Educación: Grupos
ecologistas, centros excursionistas, entidades culturales,
organizaciones no gubernamentales.

La
educación ambiental en Venezuela

Ámbito Nacional:

Tuvo su origen durante el siglo XVIII, en la
época de la colonia con la influencia del maestro
Simón Rodríguez bajo su pensamiento continental. Su
discípulo, el Libertador Simón Bolívar, dio
continuidad a ese ideal a través de los decretos
conservacionistas del 1825-1828, donde se evidencia la
consolidación de la cultura latinoamericana

En Venezuela, existe una evolución de la
fundamentación legal de la educación ambiental que
tiene sus inicios con la creación del Ministerio del
Ambiente, y posteriormente se concreta en el año 1980 con
la incorporación de la dimensión ambiental en los
programas escolares, adquiriendo rango constitucional con la
creación de la Carta Magna en el año 1899.
También han sido muchas las instituciones y personalidades
vinculadas a este proceso, sin embargo, se ratifica que este
marco legal no es la garantía de que en Venezuela se
imparta una eficiente Educación Ambiental, cónsona
con valores tendientes a reafirmar la identidad local, estadal,
regional y nacional consustanciada con la identidad cultural.
Esta legislación debe estar acompañada de un
programa de capacitación y actualización en
educación ambiental para los docentes en servicio y la
inclusión de la misma en todos los prensa de estudio de
las escuelas de educación de la diferentes universidades
nacionales y privadas, tal como ocurre en la UPEL, donde la
educación ambiental es una asignatura obligatoria del
componente de formación general para todas las menciones
que se ofrecen. Asimismo, debe existir una preparación
calificada de los docentes que facilitan educación
ambiental y el uso de las estrategias didácticas acordes
con las exigencias de la localidad, de manera especial las
salidas de campo. Esta última estrategia permite vincular
al participante con su entorno natural y social, generando
conocimiento in situ y el valor del respeto hacia su ambiente, y
se cumple el axioma de "solo se quiere lo que se conoce" lo que
permitiría reafirmar la identidad nacional.

Al respecto se puede decir que la educación
ambiental en Venezuela, legalmente tiene sus inicios con la
creación de la Ley Orgánica del Ambiente (1976) y
el Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales Renovables
(MARNR), hoy día Ministerio del Ambiente y de los Recursos
Naturales (MARN), a través de la Dirección de
educación ambiental. Posteriormente se creó la Ley
Orgánica de Educación (1980) donde se establece
explícitamente:

La educación fomentará el desarrollo de
una conciencia ciudadana para la conservación, defensa y
mejoramiento del ambiente, calidad de vida y el uso racional de
los Recursos Naturales Renovables y contribuirá a la
formación y capacitación de los equipos humanos
necesarios para el desarrollo del país y la
promoción de los esfuerzos creadores del pueblo venezolano
hacia el logro de su desarrollo integral, autónomo e
independiente.

Bases
legales

  • 1. CONSTITUCIÓN DE LA
    REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA:

En cuanto a la Educación Ambiental
establece:

De los derechos culturales y
educativos.

"Artículo 107. La educación
ambiental es obligatoria en los niveles y modalidades del sistema
educativo, así como también en la educación
ciudadana no formal…"

Para entender o darle sentido a las normas contenidas en
la Constitución, referidas al Derecho Ecológico
(Ambiental), debemos entender que el sujeto de este Derecho es:
"la conducta social del hombre"; y en cuanto al objeto,
atendiendo al criterio o concepto de Jiménez de
Asúa, como: "el conjunto de intereses y bienes tutelados
por el derecho", evidentemente que en nuestro estudio, el objeto
del Derecho Ecológico "es la naturaleza o ambiente", el
cual envuelve los elementos más importantes para la vida
como lo son los recursos naturales, que en el ámbito
programático se transforman en el objeto específico
de las normas positivas del Derecho Ecológico.

De los Derechos
Ambientales

 "Artículo 127. Es un derecho y un
deber de cada generación proteger y mantener el ambiente
en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona
tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida
y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente
equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la
diversidad biológica, genética, los procesos
ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales
y demás áreas de especial importancia
ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá
ser patentado, y la ley que se refiera a los principios
bioéticos regulará la materia.

Es una obligación fundamental del Estado, con la
activa participación de la sociedad, garantizar que la
población se desenvuelva en un ambiente libre de
contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las
costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean
especialmente protegidos, de conformidad con la ley".

"Artículo 128. El Estado
desarrollará una política de ordenación del
territorio atendiendo a las realidades ecológicas,
geográficas, poblacionales, sociales, culturales,
económicas, políticas, de acuerdo con las premisas
del desarrollo sustentable, que incluya la información,
consulta y participación ciudadana. Una ley
orgánica desarrollará los principios y criterios
para este ordenamiento".

"Artículo 129. Todas las actividades
susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser
previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y
socio cultural. El Estado impedirá la entrada al
país de desechos tóxicos y peligrosos, así
como la fabricación y uso de armas nucleares,
químicas y biológicas. Una ley especial
regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de
las sustancias tóxicas y peligrosas.

En los contratos que la República celebre con
personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras,
o en los permisos que se otorguen, que involucren los recursos
naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviera
expresa, la obligación de conservar el equilibrio
ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y
la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas
y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste
resultara alterado, en los términos que fije la
ley".

  • 2. DISEÑO CURRICULAR
    BOLIVARIANO

Este currículo ha sido producto de una constante
evolución que desde hace mucho tiempo se ha ido gestando
en el Sistema Educativo venezolano, hacia la recuperación
de sus ideales, la cultura y los valores que de alguna u otra
manera permiten la transformación que cada uno de los
ciudadanos y ciudadanas de Venezuela necesitan para optimizar su
calidad de vida, plenamente.

En la actualidad, este modelo denominado Sistema
Educativo Bolivariano (SEB), se en encuentra en una etapa de
profundización, debido a los cambios que poco a poco han
venido ocurriendo en la búsqueda de respuestas que
florecen a medida que se van construyendo esos conocimientos que
la nación necesita, pues el proceso de aprendizaje en
todas las áreas del saber es lo que va abrir nuevos
caminos, de acuerdo a las necesidades e intereses de la nueva
República.

Este nuevo modelo, impregnado de las ideas de grandes
personajes ilustres como lo son: Simón Rodríguez,
Simón Bolívar y Ezequiel Zamora, los pedagogos
Luís Beltrán Prieto Figueroa, Belén
Sanjuán, Paulo Freire y José Martí, entre
otros.     

En cuanto a la Educación Ambiental en el
Currículo Nacional Bolivariano establece
específicamente en su Estructura, Los Ejes Integradores,
siendo elementos de organización e integración de
lo saberes, los cuales deben ser considerados en todos los
procesos educativos
para fomentar valores, actitudes y
virtudes. A continuación se menciona:

"Ambiente y Salud Integral: Esta dirigido a
fomentar el sistema de valores que permita favorecer el bienestar
y el equilibrio entre mente, cuerpo y alma; planteamiento que
cobra importancia en estos tiempos de vida acelerada signada por
el estrés colectivo y la prisa. Es necesario que todas y
todos desarrollen hábitos de higiene, alimentación,
actividades físicas, recreativas y relaciones personales
armoniosas; todo ello, para fomentar estilos de vida saludables.
En este contexto, el ambiente es asumido como proceso
holístico que integra al ser humano desde su salud
física, mental y espiritual. En este sentido, este eje
fomenta la valoración del ambiente como un todo
dinámico en el cual se encuentra inmerso y toma de
decisiones conducentes al aprovechamiento racional, responsable,
presente y futuro del patrimonio socio-cultural y los recursos
naturales; la cultura de la salud en sus dimensiones de auto
desarrollo, creatividad y participación
protagónica; así como minimizar escenarios de
amenazas y riesgos físico-naturales en el mejoramiento de
la calidad de vida como base del bienestar social".

  • 3. LEY ORGÁNICA DE
    EDUCACIÓN:

En cuanto a la Educación Ambiental
establece:

Competencias del Estado
Docente

"Artículo 6. El Estado, a través de
los órganos nacionales con competencia en materia
Educativa, ejercerá la rectoría en el Sistema
Educativo. En consecuencia:

2. Regula, supervisa y controla:

c. El obligatorio cumplimiento de la
educación en la doctrina de nuestro Libertador
Simón Bolívar, el idioma castellano, la historia y
la geografía de Venezuela; y el ambiente en las
instituciones y centros educativos oficiales y privados, hasta la
educación media general y media técnica.
Así como la obligatoria inclusión, en todo el
Sistema Educativo de la actividad física, artes, deportes,
recreación, cultura, ambiente, agroecología,
comunicación y salud.

3. Planifica, ejecuta, coordina políticas y
programas:

e. Para alcanzar un nuevo modelo de escuela, concebida
como espacio abierto para la producción y el desarrollo
endógeno, el quehacer comunitario, la formación
integral, la creación y la creatividad, la
promoción de la salud, lactancia materna y el respeto por
la vida, la defensa de un ambiente sano, seguro y
ecológicamente equilibrado, las innovaciones
pedagógicas, las comunicaciones alternativas, el uso y
desarrollo de las tecnologías de la información y
comunicación, la organización comunal, la
consolidación de la paz, la tolerancia, la convivencia y
el respeto a los derechos humanos".

Fines de la
Educación

"Artículo 15. La educación,
conforme a los principios y valores de la Constitución de
la República y de la presente Ley, tiene como
fines:

5. Impulsar la formación de una conciencia
ecológica para preservar la biodiversidad y la socio
diversidad, las condiciones ambientales y el aprovechamiento
racional de los recursos naturales".

  • 4. LEY ORGÁNICA DEL
    AMBIENTE:

En cuanto a la Educación Ambiental
establece:

De la Educación
Ambiental

Objeto

"Artículo 34. La
educación ambiental tiene por objeto promover, generar, y
consolidar en los ciudadanos y ciudadanas conocimientos,
aptitudes y actitudes para contribuir con la
transformación de la sociedad, que se reflejará en
alternativas de solución a los problemas
socio-ambientales, contribuyendo así al logro del
bienestar social, integrándose en la gestión del
ambiente a través de la participación activa y
protagónica, bajo la premisa del desarrollo
sustentable".

Lineamientos para la Educación
Ambiental

Artículo 35. Los lineamientos
para la educación ambiental son:

  • 1. Incorporar una asignatura en
    materia ambiental, con carácter obligatorio, como
    constitutivo del pénsum, en todos los niveles y
    modalidades del sistema educativo bolivariano, dentro del
    continuo proceso de desarrollo humano, con el
    propósito de formar ciudadanos y ciudadanas
    ambientalmente responsables, garantes del patrimonio natural
    y socio cultural en el marco del desarrollo
    sustentable.

  • 2. Vincular el ambiente con temas
    asociados a ética, paz, derechos humanos,
    participación protagónica, la salud, el
    género, la pobreza, la sustentabilidad, la
    conservación de la diversidad biológica, el
    patrimonio cultural, la economía y desarrollo, el
    consumo responsable, democracia y bienestar social, la
    integración de los pueblos, así como la
    problemática ambiental mundial.

  • 3. Desarrollar procesos educativos
    ambientales en el ámbito de la no formal que promuevan
    y fortalezcan el derecho a la participación de
    ciudadanos, ciudadanas y comunidad en general, en el marco de
    una gestión del ambiente en forma
    compartida.

  • 4. Incorporar la educación
    ambiental para el desarrollo endógeno sustentable,
    desde una perspectiva participativa, crítica,
    influyente, transformadora de los sistemas productivos que
    reconozca la diversidad cultural y ecológica en el
    ámbito de la organización social.

  • 5. Promover el diálogo de
    saberes, como base del intercambio, productivo y
    difusión de información en los procesos
    educativos ambientales para generar acciones colectivas en el
    abordaje y solución de problemas socio
    ambientales.

Generación de Procesos de
Educación Ambiental

Artículo 36. Las personas
naturales o jurídicas, públicas y privadas,
responsables en la formulación y ejecución de
proyectos que impliquen la utilización de los recursos
naturales y de la diversidad biológica, deben generar
procesos permanentes de educación ambiental que permitan
la conservación de los ecosistemas y el desarrollo
sustentable.

Promoción de la Educación
Ambiental

Artículo 37. Las
instituciones públicas y privadas deberán
incorporar principios de educación ambiental en los
programas de capacitación de su personal.

Consideración de
Aportes

Artículo 38. En el Proceso de
educación ambiental, se tomarán en
consideración los aportes y conocimientos tradicionales de
los pueblos y comunidades indígenas y de otras comunidades
organizadas, así como las técnicas de innovaciones,
asociados al uso de los recursos naturales y de formas de vida
ecológicamente armónicas.

Conclusión

Es preciso que el individuo tenga absoluta claridad en
lo relativo a la Educación Ambiental, concebida como un
proceso educativo interesado en la formación del hombre
para que obtenga una serie de conocimientos, principios, y
valores positivos, hacia los recursos naturales; y con ellos se
logre cambiar la actitud y a la vez fomentar las aptitudes
necesarias para resolver las dificultades ambientales, para lo
cual deberán explotar su capacidad de evaluar las medidas
y los programas de educación ambiental en función
de los factores ecológicos, políticos,
económicos sociales, eticos e institucionales, promoviendo
para esto la participación con un sentido de
responsabilidad en la búsqueda de soluciones a los
problemas ambientales de los ecosistemas de cada comunidad; de
acuerdo con los recursos propios y con la cooperación
decidida de esas poblaciones. Esta idea ,hace énfasis en
el sentido de pertenencia de cada individuo, respecto a el
entorno natural y social basándose en los valores
culturales de la región donde habita.

Estos planteamientos evidencian la imperiosa necesidad
de articular las acciones interinstitucionales e
interdisciplinarias mediante la aplicación de un sistema
que propicie cambios, tomando como base el valor y la importancia
de los antecedentes de la Educación Ambiental a nivel
Mundial y en Venezuela, así como garantizar el fiel
cumplimiento de las leyes estipulados en las bases legales como
la Constitución Bolivariana de Venezuela, Diseño
Curricular Bolivariano, Ley Orgánica de Educación,
entre otros. La cuales hacen mención sobre la
obligatoriedad de la inclusión de la Educación
Ambiental en todos los niveles educativos y en todas las
áreas del conocimiento, tanto formal como no formal. En
consecuencia,

Referencias

Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela. (2000). Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela, 5.453, Febrero 19, 2009.

Diseño Curricular Bolivariano,

Ley Orgánica de Educación. (2009). Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 5.929,
Agosto 15, 2009.

Ley Orgánica del Ambiente. (2010). Gaceta Oficial
de la República Bolivariana de Venezuela, 39.361, Febrero
4, 2010.

 

 

Autor:

Carla Santaella

República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la
Educación Universitaria.

Colegio Universitario de Caracas

Asignatura Educación
Ambiental.

Caracas, 16 de Agosto de 2011.

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