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Epdcue: Espacios Permanentes para el Desarrollo Curricular Endógeno




Enviado por Alberto Sosa



  1. Introducción
  2. Definiciones y
    bases legales
  3. Breves datos de
    organización
  4. Respuestas
    esenciales a partir de un ejemplo: los Epdcue en la EBE
    José María Benítez
  5. Recomendaciones
  6. Conclusión
  7. Referencias
    bibliográficas

Introducción

"Todos lo conocen pero ninguno sabe quién es",
este cliché le encaja perfectamente a la relativamente
nueva figura educativa de los Espacios Permanentes para el
Desarrollo Cultural Endógeno (Epdcue). Tanto, que ni
siquiera hay acuerdo en cómo denominarla en las
comunicaciones oficiales; de hecho, en algunas circulares de la
Zona Educativa del estado Aragua se lee "Espacios Permanentes
para el Desarrollo Cultu-Curricular Endógeno". Si los
órganos rectores de la educación no concuerdan
cómo designarla, es fácil imaginar cómo lo
perciben los docentes y otros actores del hecho
educativo.

Entrevistas realizadas a maestras, obreras y personal
directivo de la Escuela Básica Estadal José
María Benítez, al oeste de Maracay, permitieron
observar el grado de confusión que tienen los
"protagonistas de la educación" sobre la materia. De un
"rato diferente" a una suerte de reafirmación cultural
oscila la valoración que le dieron a los Epdcue los
encuestados y, cabe destacar, que estas fueron las estimaciones
más optimistas pues abundaron las de quienes rechazan la
nueva modalidad tajantemente alegando su "evidente talante
político" o su "total desconocimiento".

Sea a favor o en contra, queda develado el
desconocimiento que tienen los entrevistados sobre el asunto. Las
opiniones favorables ignoran abiertamente que la poca
teoría que hay sobre los espacios permanentes no disimula
la beligerancia política de la actual elite gobernante y
no abunda en su basamento legal; una revisión somera
despierta severas sospechas sobre la inconstitucionalidad de la
figura: No es mencionada ni en la nueva Ley Orgánica de
Educación (2009) pero en las circulares del Ministerio del
Poder Popular para la Educación se le considera como
"concreción de la LOE".

Constitucional o no todo aquel que esté cercano a
la educación precisa informarse de la
modalidad.

SOBRE LOS ESPACIOS PERMANENTES PARA EL DESARROLLO
CULTU-CURRICULAR ENDÓGENO

Definiciones y
bases legales

La figura de Espacios Permanentes para el Desarrollo
Cultu-Curricular Endógeno no aparece expresamente ni en la
Ley Orgánica de Educación sancionada en 2009 ni en
la Constitución Nacional (1999); sin embargo, se
insinúa en el sexto fin de la educación
señalado en el artículo 15 de la LOE:

"Formar en, por y para el trabajo social liberador,
dentro de una perspectiva integral, mediante políticas de
desarrollo humanístico, científico y
tecnológico, vinculados al desarrollo endógeno
productivo y sustentable".

Por otra parte, en documento publicado por la autoridad
única en Educación del estado Aragua en 10 de
agosto de 2010, los Epdcue son definidos como "una manera
sencilla de la concreción de la LOE en estos tiempos" y se
les integró "todo lo relacionado con la
administración del currículo". Ahora, los Epdcue
forman parte de una estructura superior denominada Rede
Sociocultural que actúa en los ámbitos parroquial,
municipal y estadal y está constituida por instituciones
públicas, privadas y comunitarias ligadas a la cultura
(Secretaría Sectorial de Educación,
Secretaría Sectorial de Cultura, coordinaciones
municipales de cultura, fundaciones, consejos comunales, comunas,
colectivos, etc.). Las redes, que deben operar en escuelas
destinadas para ello, serán coordinadas por
"Núcleos Centrales de la Red" (o en red).

Cabe destacar, que en una circular de la ZEA (25 de
abril de 2009) titulada Redes socioculturales en el marco del
desarrollo cultural endógeno
se entiende por red
sociocultural "una forma de organización horizontal,
mancomunada, flexible y comprometida, que vincula diferentes
iniciativas, planes, proyectos y que busca la concurrencia y
gobernabilidad (…) Combina las fuerzas de comunidades y
comunas con las instituciones, en sinergia y cooperación
permanente". Según la circular, deben ser voluntarias,
solidarias y democráticas; su función principal es
crear condiciones para "la organización del tejido social
en las comunidades para asumir colectivamente la política
cultural que de ellas emane".

En los escritos oficiales sobre Epdcue, "Redes
Socioculturales" y "Núcleos Centrales de Red" se
establecen como sustentos legales la Constitución, la LOE
y el Plan de Desarrollo económico y Social de la
Nación 2007-2013, mejor conocido como Proyecto nacional
Simón Bolívar, pero no se remiten a
artículos o líneas específicas. En cuanto a
la LOE no hay mucho que decir, quedó visto que por medio
de los Epdcue se debe concretar. No obstante, en el apartado
Democracia protagónica t revolucionaria del PNSB puede
hallarse un apoyo jurídico; en el ítem III-3.2 se
estipula como estrategia apara lograr la democracia
protagónica y revolucionaria "convertir los espacios
escolares en espacios para la enseñanza y la
práctica democrática" y como una de sus
subestrategias "promover la participación escolar en
actividades de la comunidad".

Además, en el enfoque (ítem III-1) del
mencionado aparatado se encuentra que "los espacios
públicos y privados se consideran complementarios y no
separados y contrapuestos, como en la ideología liberal".
La idea apuntala el hecho de que las redes se componen de entes
públicos, privados y comunales, dado que no ve
contradicción en que trabajen juntos.

En la circular de abril de 2009, a quienes participen de
las redes, que aplican los Epdcue, se les exige demostrar su
compromiso con el "proyecto de cambio político y social",
"permanencia y constancia en el esfuerzo solidario",
"competencias intelectuales, habilidades y destrezas en el hecho
artístico cultural y comunitario" y "manejar herramientas
pedagógicas y andragógicas". Incluso, abre la
posibilidad de que quienes no encajan en el perfil entren en las
redes pero como "sujetos a formación por sus integrantes";
se les considerará aptos cuando manejen los Epdcue en las
escuelas.

Luego, los Epdcue, las redes y los núcleos
están impregnados de la LOE y el PNSB aunque en estos no
se mencionen expresamente. En cambio, en la carta magna ni
siquiera se le puede intuir; para convencerse de ello basta con
leer el capítulo VI, De los derechos culturales y
educativos
, del título III, De los derechos
humanos, garantías y de los deberes
.

Breves datos de
organización

1. Los NCR se reúnen una vez a la semana: Los
involucrados se enteran de cómo va el programa en el
municipio por medio del enlace.

2. A principios del año escolar se eligen voceros
de núcleos en una asamblea de enlaces del núcleo;
en asamblea, se distribuirán las
responsabilidades.

3. Vocero "es aquella persona que asume la
responsabilidad político administrativa entre la ZEA, la
SSEA y el Núcleo Central de la Red, para lo cual
deberá estar dispuestos a trabajar de forma voluntaria, a
practicar el liderazgo horizontal, acatar "lineamientos"
estatales, tener capacidad para defender la educación
liberadora contenida en las leyes y "el ideal socialista", entre
otros aspectos.

4. Un enlace es el especialista que ejecuta los Epdcue
en las escuelas una o dos veces por semana y asiste una vez por
semana al NCR.

5. Por municipio, debe elegirse un vocero
principal.

Respuestas
esenciales a partir de un ejemplo: los Epdcue en la EBE
José María Benítez

La EBE José María Benítez, ubicada
en el barrio La Coromoto, al oeste de Maracay, se sumó a
los Epdcue a partir de este año escolar porque no contaba
con un especialista que sirviese de enlace para ejecutarlos.
Desde el período 2010-2011, la profesora especialista en
Música, asumió esta función.

La docente que hace de enlace organiza los listados de
alumnos por cada Epdcue. Estos no necesariamente deben pertenecer
a un mismo grado y sección. Una vez a la semana pueden
cambiar de dirección. Por ejemplo, el maestro que el
día jueves enseñó a los niños a hacer
papagayos, en la próxima sesión
enseñará a elaborar tizana.

La profesora propuso esta forma de organización
de modo que los niños aprendan diversas manualidades y
compartan "saberes" y los docentes, administrativos y obreros
también. Entonces, los Epdcue no se limitan a ser una
actividad estrictamente pedagógica.

A la "enlace" también se le consultó sobre
si los espacios permanentes se asemejan a los clásicos
clubes escolares. A ello respondió que, además de
lo señalado en las comunicaciones oficiales, sirven para
intercambiar conocimientos, descubrir talentos y potenciales, y
como ocasión para que todos los participantes del proceso
educativo "pasen un día diferente".

Por su parte, la subdirectora encargada, los considera
"como oportunidades para demostrar la creatividad que por la
rutina no se puede mostrar con facilidad". Mientras que para el
especialista en Educación Física, los entiende como
actividades para reafirmar los valores culturales de la sociedad
y para relacionar los conocimientos adquiridos en aula con la
práctica.

Recomendaciones

1. Claridad en los términos. Al leer las
circulares de la ZEA se detectó que no hay una
definición clara de cada término. Incluso, en
algunas se lee "Espacios Permanentes para el Desarrollo Cultural"
y en otras "Espacios Permanentes para el Desarrollo
Cultu-Curricular". Lo mismo, no se establece con claridad la
escala de núcleos y redes.

2. Adiestramiento en la materia. Con un manual sobre la
materia seriamente redactado, funcionarios de la Zona Educativa
deberían instruir a los participantes del hecho educativo
sobre los Epdcue. Durante las entrevistas realizadas a los
docentes se observaron distintas interpretaciones sobre los
espacios permanentes que no concuerdan suficientemente con las
disposiciones contenidas en las comunicaciones
oficiales.

3. El sustento legal de los Epdcue. A lo largo de los
documentos oficiales se leen frases al tenor de "los Epdcue se
inspiran en el PNSB, la Constitución y la LOE", pero no se
especifica en qué artículos o en que líneas
se sustentan. Se encuentra un explicación un poco difusa
que define a los Epdcue como concreción de la Ley
Orgánica de Educación. Una lectura sosegada de la
carta magna arroja que no tienen asidero constitucional ninguno.
El apoyo jurídico debe ser especificado.

4. Es de todos conocido que todo Estado diseña la
educación para la sociedad que rige. Pero el caso que nos
ocupa no disimula en ningún momento su sesgo
político. Las orientaciones sobre los espacios permanentes
abundan en ideas abiertamente favorables a la élite y al
partido que ejercen el Gobierno actual. Debe aparecer reflejada
la posibilidad de disentir.

5. Inclusión en el horario. En las entrevistas
realizadas se nota que los docentes perciben los Epdcue como una
suerte de relax y no le dan el sentido expresamente
político-cultural con que fueron diseñados.
Obviamente, debe bajar la beligerancia política que se
expresa en las comunicaciones oficiales pero debe tomarse como lo
que es, una actividad pedagógica.

Conclusión

La élite que controla actualmente el Estado no
disimula sus intenciones de control social por medio de la
educación. Es hipócrita decir que ningún
Estado lo hace, pero su dirección actual le ha dado
excesiva beligerancia a su ideología en detrimento de un
sano debate dentro de la sociedad.

Los Epdcue se definen como instrumentos para concretar
lo dispuesto en la Ley Orgánica de Educación aunque
no sean expresamente señalados en esta, de forma que se
convierten en los medios para que la dirigencia imponga su
visión sobre la sociedad y excluya a otras. Es iluso
pensar que una élite va a ceder todo el poder, pero en
estados con ciertas formas democráticas hay contrapesos
que, a la final, son modos de compartirlo.

Esta controvertida figura es ejecutada por las redes
socioculturales, conformadas por entes públicos, privados
y comunales, y supervisadas por los Núcleos centrales de
Redes.

A los espacios permanentes se les asigna todo lo
relacionado a la aplicación del currículo. Entonces
esta figura es mucho más que un compartir de viernes por
la tarde, el grueso de la educación se concentra en ella.
Esto hace surgir incógnitas como ¿ y los
conocimientos básicos del idioma, la matemática, la
geometría, etc. a dónde se van? Que la escuela es,
junto con la familia, el espacio básico para la
socialización es cierto, pero no debe olvidarse la
individualidad del ser humano.

Referencias
bibliográficas

1. ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE (1999).
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela. Caracas: Autor.

2. MPPCYC (2009). Proyecto Nacional Simón
Bolívar 2007-2013. Caracas: Autor.

3. ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO ARAGUA (2009). Redes
socioculturales en el marco del desarrollo cultural
endógeno. Maracay: Autor.

4. ASAMBLEA NACIONAL (2009). Ley Orgánica de
Educación. Caracas: Autor.

5. ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO ARAGUA (2010).
Orientaciones generales para docentes, especialistas de las
instituciones nacionales, estadales y privadas adscritas a la
Zona Educativa y Secretaría Sectorial de Educación
del estado Aragua. Maracay: Autor.

 

 

Autor:

Alberto Sosa

 

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