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El fenómeno de la delincuencia (página 2)




Enviado por Carla Santaella



Partes: 1, 2, 3

  • TALANTE: Son los derivados modos de ser y de
    comportarse de la cenestesia. Es una cualidad psíquica
    que deriva de ese estado de bienestar o malestar
    psíquicos. Se diferencia de la cenestesia en el
    sentido de que es una cualidad activa del sujeto, frente a la
    pasividad de la cenestesia. Suele referirse al "estado de
    ánimo" bueno o malo en el que se encuentra un
    individuo en relación con la "disposición de
    ánimo".

  • USO DE LA INTELIGENCIA Y DE LAS IDEAS.

    Las ideas determinan el modo de ser psíquico
    accidental de cada uno y también el modo de comportarse;
    además no son la inteligencia, sino el resultado de su
    uso.En este caso hablamos de inteligencia como un modo o
    hábito de ser permanente del que la posee o la usa
    (inteligencia adquirida).

    La personalidad psicológica (1º de los
    hábitos) es el hábito o modo de ser y de
    comportarse que deriva de la posesión y uso que cada uno
    hace de su inteligencia. Este uso es la producción de
    ideas y la utilización de las mismas para el conocimiento
    y la transformación de la realidad o de su propio ser.
    Tanto las ideas como el uso que se hace de ellas es distinto en
    cada uno: por eso es distinta también la personalidad del
    que las posee.

    La inteligencia implica varias cosas:

    • La conciencia de sí es lo que hace que el
      sujeto se conozca a sí mismo y que es distinto a los
      demás seres.

    • El juicio de la realidad le permite situarse en el
      mundo.

    • El razonamiento le permite construir pensamientos
      coherentes de los cuales pueden derivarse conductas
      razonables o consecuentes.

    • Para cada una de estas tres cosas son su "modo
      peculiar de ser inteligente".

    • La voluntad es la tendencia hacia el bien conocido
      como tal por inteligencia, pero los psicólogos
      actuales relegan a un 2º plano el factor "inteligencia"
      y el factor "voluntad" a favor de los estados afectivos y la
      interacción medioambiental a la hora de analizar la
      estructura de la personalidad.

    • La ideología no es el conjunto de ideas que
      tiene un individuo, sino el modo de ser peculiar que surge en
      virtud de la posesión y el ejercicio de unas ideas
      determinadas. La ideología siempre tiene una
      connotación social, pero no impide que afecten al
      individuo generando en él un modo de ser personal o
      privado cuando son asimiladas.

    LA LIBERTAD.

    Cada individuo es libre, ya que depende de sus
    decisiones, es decir, de su autodeterminación. La
    posesión de la libertad genera un modo de ser distinto y
    el ejercicio que deriva de la misma acentúa ese modo de
    ser particular de cada uno. La libertad no nos hace distintos,
    pero el modo de poseerla y ejercerla sí.

    Los actos esenciales de la voluntad son "esencialmente
    libres". Son libres por sí mismos, por naturaleza, pues la
    naturaleza de la voluntad es libre:

    • a) Mediante los actos de la inteligencia
      obtenemos conocimientos nuevos a partir de la realidad,
      poniendo en juego una función esencial; la
      "abstracción".

    • b) Mediante los actos de la razón
      obtenemos conocimientos nuevos acerca de nosotros mismos a
      partir de los conocimientos que ya poseemos; lo hacemos
      poniendo en juego el "raciocinio".

    • c) Mediante la abstracción formamos
      ideas o conceptos, y mediante el raciocinio, construimos
      razonamientos.

    Personalidad del
    delincuente

    La personalidad del delincuente se basa en:

    • Inmadurez: Es lógico porque la edad, no hace
      eco de tener coco para desenvolverse de forma racional en la
      vida.

    • Vacío de si mismo: No asumen su propia
      historiapersonal. Su pasado lo rechazan. El presente es vivir
      aquí y ahora, no aprenden de sus errores. No tienen
      muchas expectativas.

    • Comportamiento contradictorio: Son chicos muy
      metidos en su vida, y no se paran analizarla. Tienen una
      sorprendente capacidad de adaptación.

    • Inseguridad: Desconfianza con respecto a las
      demás personas que no encajen en su mismo
      tipo.

    Personalidad:

    • La personalidad no es mas que el patrón de
      pensamientos, sentimientos y conductade presenta una persona
      y que persiste a lo largo de toda su vida, a través de
      diferentes situaciones.

    • Hasta hoy, Sigmund Freud, es el mas influyente
      teórico de la personalidad, este abrió una
      nueva direcciónpara estudiar el comportamiento
      humano.

    • Según Freud, el fundamento de la conducta
      humanase ha de buscar en varios instintos inconscientes,
      llamados también impulsos, y distinguió dos de
      ellos, los instintos cocientes y los instintos
      inconscientes., llamados también, instintos de la vida
      e instintos de la muerte.

    • Los instintos de la vida y los de la muerte forman
      parte de lo que él llamó ELLO, o ID. Y el yo, o
      ego.

    • Los instintos de la vida:

    • En la teoríade freudiana de la personalidad,
      todos los instintos que intervienen en la supervivencia del
      individuo y de la especie, entre ellos el hambre, la auto
      preservación y el sexo.

    • Los instintos de muerte:

    • En la teoría freudiana, es el grupode
      instintos que produce agresividad, destrucción y
      muerte.

    • El ELLO:

    • Es la serie de impulsos y deseos inconscientes que
      sin cesar buscan expresión.

    • El yo, o el ego:

    • Es parte de la personalidad que media entre las
      exigencias del ambiente (realidad), la conciencia(superyo) y
      las necesidades instintivas (ello), en la actualidad se
      utiliza a menudo como sinónimo del ego.

    Clínica de los
    trastornos de la personalidad

    En la clasificación americana (DSM-IV), los
    trastornos de la personalidad están recogidos en tres
    grupos principales: el primero de ellos está formado por
    los trastornos de personalidad paranoide, esquizoide y
    esquizotípico, y reúne a los individuos
    extraños y excéntricos; el segundo grupo incluye
    los trastornos de personalidad disocial, límite,
    histriónico y narcisista y se caracteriza por los rasgos
    dramáticos, emocionales y extrovertidos; el tercer grupo
    comprende los trastornos de personalidad por evitación,
    por dependencia y anancástico, y se define por los rasgos
    ansiosos y temerosos.

      Pero todos los trastornos de la personalidad
    comparten una serie de peculiaridades:

      Son conductas maladaptativas con un inicio precoz
    en la adolescencia o al comenzar la vida adulta.

      Afectan a todas las áreas de la
    personalidad, como la cognición, la afectividad, la
    conducta, el estilo interpersonal y las relaciones con los
    demás, causando problemas en el trabajo y en el
    amor.

      Estas alteraciones tienen que tener un
    carácter estable y de larga duración siendo
    predecible su curso.  

    Para elaborar la historia clínica de los
    trastornos de personalidad, es importante confirmar los datos
    obtenidos por la entrevista con los referidos por la familia o
    amigos. También habrá que evaluar la
    reacción del sujeto ante las diferentes situaciones, ya
    que son personas que se acomodan mal al estrés y no
    responden de un modo flexible a los cambios de la vida,
    fracasando en la toma de decisiones. Estas alteraciones producen
    una repercusión negativa en el ambiente social o un
    malestar personal, aunque a menudo estas personas llegan a
    aceptarlas como parte integral de su yo y a considerar que los
    que están en discordia son los demás y no
    ellos.

      Estos trastornos no son debidos a otras
    enfermedades mentales, aunque puedan coexistir, ni tampoco a
    enfermedades orgánicas cerebrales, traumatismos o
    intoxicación por drogas.

    PERSONALIDAD Y DELINCUENCIA

    Lo mismo que en los reinos de la naturaleza, en el del
    modo de ser de los hombres las diferencias individuales son
    infinitas. Como no hay dos piedras ni dos hojas idénticas,
    no existen dos sujetos realmente iguales, a pesar de la unidad
    del género humano y la identidad nomológica de las
    personas. Si las diferencias son evidentes en el aspecto
    físico y biológico, mayores son en lo que respecta
    a la condición anímica. La variedad campea en lo
    que respecta tanto a las actividades psíquicas aislables
    cuanto a las integrativas y constitutivas.

    En efecto, hasta las funciones más simples y
    dependientes de la precisión de los órganos de los
    sentidos, como son las percepciones, por ejemplo, de la vista o
    el oído, varían de un sujeto a otro, incluso en
    relación con su ajuste a fenómenos elementales: es
    lo que se ha llamado desde hace mucho tiempo la ecuación
    personal. Cuando intervienen otras funciones, como la memoria,
    entonces la variedad es mayor. Así la psicología
    del testimonio evidencia que ante un acontecimiento los juicios
    acerca de su contenido son dispares: cada espectador lo
    aprehende, lo vive y lo elabora hasta cierto punto a su manera;
    de suerte que llamamos uno a uno a referir lo sucedido, cada cual
    da su peculiar versión, y el cotejo de los diversos
    testimonios revela un considerable margen de discordancia. Si a
    esto se agrega un interrogatorio orientado en sentido particular,
    mayormente si contiene preguntas sugestivas, aumenta la falta de
    conformidad entre el hecho real y el relato de cada sujeto, pues
    al factor personal del testigo se agrega la influencia del factor
    también personal de quien interroga. Esta es la
    razón de que la policía adquiera una
    preparación psicológica suficiente para encaminar
    el interrogatorio en sentido objetivo.

    Estos ejemplos sirven para demostrar que las operaciones
    de la mente dependen de las particularidades de la
    disposición individual para percibir, relacionar,
    recordar, etc. Pero no es en tales actividades donde la variedad
    individual resulta mayor, sino en las integrativas y
    constitutivas, como son la inteligencia y la
    personalidad.

    La inteligencia, según los sujetos, puede ser
    más o menos original, espontánea, objetiva,
    ordenada, analítica, crítica, constructiva,
    práctica, teórica, brillante, reflexiva, etc.,
    funcionando en forma asimismo más o menos peculiar. Cada
    cual tiene su manera de resolver los problemas y ajustarse a las
    situaciones, de suerte que las aptitudes racionales e intuitivas
    se revelan y combinan tan diferentemente como los rasgos de la
    fisonomía.

    PERSONALIDAD Y CARACTER

    Con respecto a la personalidad, ya no se trata de
    diferencias o variedades accidentales, sino de unicidad radical.
    Cada persona, aparte del denominador común de su esencia,
    es única, no sólo como individuo sino como sujeto
    anímico, como un yo en cuanto centro constante de una
    vida, frente a la realidad del mundo y la objetividad del
    espíritu. Desde el punto de vista psicológico, la
    personalidad puede definirse como el sistema de las disposiciones
    individuales predominantes, según el cual se ordena y
    manifiesta la vida anímica particular en lo que respecta a
    la espontaneidad, impresionabilidad y modo de reaccionar
    distintivos.

    Personalidad e idiosincrasia son lo mismo. Sus
    características se revelan en la conducta concreta, mas
    ésta no las agota; pues por variada que sea la actividad
    de un hombre, jamás las circunstancias de su vida son
    suficientes para poner a prueba todas las disposiciones de su
    modo de ser. Siempre queda un fondo obscuro de posibilidades de
    espontaneidad, impresionabilidad y reacción personales.
    Por eso distingo la personalidad del carácter. Son
    comparables, respectivamente, con la aptitud para hablar en
    general y con él o los idiomas que se llegan a hablar.
    Entre ambos hay la relación propia de lo virtual con lo
    actual. El carácter es la parte manifiesta de la
    personalidad. Con el conocimiento de aquél tenemos
    fundamento para apreciar y conjeturar lo que es
    ésta.

    Las disposiciones de la personalidad son nativas en
    cuanto arraigan en la constitución biológica del
    individuo; y son adquiridas – esto es, rasgos y
    lineamientos del carácter – en cuanto desarrollan y
    se estructuran por influencia del medio y del ejercicio de la
    libertad.

    La condición nativa del modo de ser personal es
    la herencia. Así, está probado entre niños
    que en la capacidad tanto para la acción espontánea
    cuanto para la reactiva el influjo de la predisposición
    hereditaria es por lo menos cinco veces mayor que el del medio
    ambiente, así como que la complexión afectiva e
    instintiva fundamental – el temperamento – depende
    exclusivamente de la herencia. En general, la influencia externa,
    especialmente la educación, contribuye más o menos
    poderosamente en la formación del carácter, tanto
    estimulando las propensiones hereditarias más prestas a
    desplegarse, cuanto aquellas latentes y que para prosperar han
    menester de cultivo intenso y perseverante. De ahí que,
    dada la riqueza y variedad de disposiciones de cada persona, sea
    posible favorecer el desarrollo de aquellas que son opuestas,
    compensadoras o complementarias de las que tienden
    espontáneamente a consolidarse.

    Ordinariamente la formación del carácter
    es referido sólo a estos dos órdenes de factores
    – la herencia y el medio -, olvidando el poder de la
    iniciativa personal, como si el hombre no se hiciera a sí
    mismo ejercitando su libertad en forma de vencimiento de las
    propias tendencias inferiores con la adhesión a las normas
    y el cultivo de los ideales. Especialmente en naturalezas
    ricamente dotadas, este tercer factor – la educación
    de sí mismo – puede ser decisivo para el despliegue
    y afianzamiento de las más altas cualidades del
    carácter. En consecuencia, la naturaleza dispone nuestra
    idiosincrasia, el ambiente la forma o deforma y nosotros mismos,
    en cuanto entidad espiritual, somos capaces de perfeccionarla y
    con ello labrar nuestro destino.

    PERSONALIDADES ANORMALES

    Hasta aquí he tratado de la personalidad en
    general, sin considerar sus anormalidades. El hecho es que lo
    vario del modo de ser de la gente se extiende tanto en el campo
    de la psicología cuanto en el de la psicopatología.
    Personalidad anormal es aquel sistema de disposiciones innatas
    por el cual la espontaneidad, la impresionabilidad y la manera de
    reaccionar del sujeto se manifiestan de suerte que éste
    entra fácilmente en dificultades y conflictos con los
    demás y consigo mismo, hasta en las circunstancias
    ordinarias de la vida, apareciendo como individuo mal
    adaptado.

    La personalidad anormal ha sido confundida durante mucho
    tiempo con las enfermedades de la mente llamadas psicosis.
    Incluso a principios de este siglo muchos psiquiatras
    consideraban a los sujetos que la encarnan como "semilocos". Lo
    cierto es que no se trata de una psicosis parcial o débil,
    sino de variantes del modo de ser psicobiológico del
    hombre, que se relacionan por grados con la personalidad normal;
    de la misma manera que la capacidad intelectual se distribuye en
    gradación regular entre la aptitud óptima y la
    idiotez.

    Sin embrago, conviene hacer una reserva. Si bien no
    existe identidad de naturaleza entre carácter anormal y
    psicosis, hay cierta relación causal o genética
    entre ambos, que se manifiesta en forma de frecuente coexistencia
    en las mismas familias de las dos clases de desórdenes.
    Así entre los parientes de enfermos con psicosis
    endógenas la proporción de individuos de
    personalidad anormal es mucho mayor que entre las familias en que
    no se presentan tales enfermedades. Esto no significa sino que
    determinadas disposiciones para la personalidad anormal forman
    parte del patrimonio biológico de las mencionadas
    psicosis. En suma, las condiciones hereditarias de ciertas
    personalidades anormales son comunes con las condiciones
    hereditarias de ciertas psicosis; otras personalidades anormales
    surgen con absoluta independencia.

    La personalidad anormal tiene dos modalidades
    fundamentales: la neuropática y la psicopática.
    Mientras que los neurópatas sufren ellos mismos a causa de
    las particularidades de su carácter, los psicópatas
    hacen sufrir a los demás por su propia índole
    personal. Se comprende fácilmente el interés que
    tiene para la policía el conocimiento de tal género
    de individuos, pues el sufrimiento y las molestias que ocasionan
    no son los de una dolencia, sino de una conducta que provoca
    dificultades y conflictos de diversa índole, a menudo
    inconvenientes para el orden público.

    LA PERSONALIDAD PSICOPÁTICA

    Si queremos precisar las características
    más saltantes y genéricas de la personalidad
    psicopática, encontramos que no se trata de rasgos o
    lineamientos cualitativamente distintos del hombre normal, sino
    de desviaciones cuantitativas – de intensidad o grado
    – de las propiedades del carácter. Entre ellas son
    casi constantes la poca capacidad del individuo para ajustarse
    satisfactoriamente al ambiente humano y conformar su porte a los
    requerimientos de la convivencia; la volubilidad anexa a la
    escasez o carencia de aptitud para incorporar en la conducta
    normas de vida y para consumar los actos con
    circunspección y madurez; la falta de freno para dominar
    los apetitos y proclividades del temperamento; el egocentrismo y
    la sed de dominación que impiden la tolerancia y el
    respeto del ámbito vital y los derechos ajenos; el
    contraste existen entre lo que es y puede lograr realmente el
    psicópata y sus desmesuradas pretensiones; en fin, la
    deficiente o nula capacidad para la simpatía, el amor y la
    caridad.

    Es difícil calcular la frecuencia de las
    personalidades psicopáticas en la población
    general, puesto que se confunden en transición gradual con
    la personalidad normal. Hay

    Causas frecuentes del
    extravío en la conducta

    La sugestión constituye fuerza poderosa en la
    vida colectiva, que tiene influencia generalmente en el modo de
    sentir, pensar y conducirse de los individuos. En la
    educación desempeña un papel capital durante la
    niñez. Hasta la adolescencia todo hombre se forma gracias
    a la facilidad con que es influído por las personas
    mayores: su ser espiritual y su comportamiento reciben contenido,
    se configuran y maduran merced a la natural impresionabilidad
    dependiente. Con el desarrollo y la cultura adquiere
    autonomía, o puede adquirirla, respecto a los demás
    en lo que atañe a su discernimiento, criterio y voluntad.
    Siente, juzga y actúa en parte por si mismo, sin perjuicio
    de conservar más o menos viva la tendencia general a
    imitar, así como la susceptibilidad para seguir el ejemplo
    y acatar el ascendiente y la autoridad de ciertas
    personas.

    En la vida moderna la autonomía interior
    está continuamente amenazada por la injerencia de la
    imaginación ajena, especialmente por medio de la prensa,
    el cinematógrafo y la radiodifusión, cuyos
    tópicos y representaciones hacen fácil presa en las
    naturalezas débiles o predispuestas. Así, lo vulgar
    y lo malo, que es lo frecuente, a fuerza de repetirse, acaban por
    imponer su sello, suplantando en las almas a los dictados de la
    conciencia y del gusto personal. Nadie ignora que este es el
    origen de muchos desenfrenos, irregularidades y delitos,
    característicos de la crisis actual.

    La desorientación espiritual puede nacer de tales
    influencias comunes o es deteminada por experiencias concretas en
    el trato privado. Consiste en la pérdida de la fe en los
    valores superiores y en la respetabilidad del hombre, a causa de
    desengaños que quebrantan convicciones profundamente
    arraigadas acerca de lo que debe ser. En el hogar, en el trato,
    en las instituciones entra en juego la responsabilidad de la
    función que cada cual desempeña, de suerte que el
    sujeto espera normalmente que los demás procedan conforme
    a la dignidad social y moral que representan. Ahora bien, cuando
    una y otra vez se revela en circunstancias impresionantes la
    discordancia entre lo que hasta entonces fue tenido y vivido como
    ejemplar, y la miseria de la conducta real, queda conmovida la fe
    en la norma, en la ley, en la tabla de valores, y el sujeto, si
    carece de resistencia moral suficiente, cae en la
    desorientación. Desde entonces todo le parece relativo,
    cuestionable, hechizo, y, en consecuencia, ningún camino
    vedado, ninguna acción repudiable si puede resultar
    egoístamente ventajosa.

    Delincuencia en
    menores

    La delincuencia en menores es, sin lugar a
    dudas, uno de los fenómenos sociales más
    importantes y quizás uno de los problemas
    criminológicos más estudiados ya que se considera
    como una posible causa de la delincuencia adulta.En cada sociedad
    existe la delincuencia en menores como reflejo de las
    características propias en cada una de ellas, por lo que
    analizar este tipo de delincuencia -así como la
    delincuencia en general- resulta imprescindible conocer a fondo
    el funcionamiento de la sociedad que se trate.

    Se considera que un menor por el hecho de serlo, no
    comete delitos sino infracciones, de aquí que se le
    denomine menores infractores más que delincuentes.
    Según el campo de las ciencias penales es aquella llevada
    a cabo por personas que no han alcanzado aún la
    mayoría de edad penal, que no siempre coincide con la
    mayoría de edad política y civil, y que supone una
    frontera o barrera temporal que tanto la conciencia social como
    la legal han fijado para marcar el tránsito desde el mundo
    de los menores al mundo de los adultos. En este sentido, el
    infractor es la persona que no cuenta con la edad penal
    establecida por la legislación de que se trate y que
    infringe las leyes penales o bien que manifiesta una conducta
    nociva para su familia y/o la sociedad.

    PERSONALIDAD DE LOS MENORES
    INFRACTORES

    Dentro de los principales factores que podemos
    distinguir en la personalidad de los menores infractores
    encontramos los relacionados con algún fracaso (escolar u
    otro), el consumo -abuso- de drogas, el ser impulsivo o agresivo,
    tener una baja autoestima, provenir de una familia
    desestructurada, ser una persona con poca afectividad emocional,
    carecer de habilidades de adaptarse socialmente, etc.

    Según el criminólgo español
    Herrero-Herrero, hay tres categorías para determinar el
    perfil de los menores delincuentes:

    Anormalidades patológicas:

    • Menores delincuentes por psicopatías: se
      refiere a la incapacidad de un menor por manifestar
      simpatía o sentir compasión hacia otra persona
      y la utiliza y manipula en beneficio de su propio
      interés. Hace creer a sus víctimas que es
      inocente o que está arrepentido con el
      propósito de seguir manipulando y mintiendo. El menor
      psicópata tiende a cometer actos antisociales que
      expresan frialdad y crueldad.

    • Menores delincuentes por neurosis: la neurosis
      consiste en una grave perturbación que se manifiesta
      en desórdenes de la conducta, pudiendo ser su origen
      muy diverso tales como fracasos, frustraciones, abandono o
      pérdida de seres muy queridos, entre otros.
      Criminológicamente, el neurótico trata de hacer
      desaparecer la situación de angustia que sufre
      cometiendo delitos con el fin de obtener un castigo que le
      permita liberarse del sentimiento de culpabilidad que sobre
      él pesa, y esto es también válido para
      el menor neurótico, aunque sean muchos menos que los
      adultos.

    • Menores delincuentes por autoreferencias
      subliminadas de la realidad: aquí se incluyen los
      menores que, por predisposiciones psicobiológicas
      llegan a mezclar fantasía y juego de una forma tan
      intensa que empiezan a vivir fuera de la realidad. Es
      precisamente ese estado anómalo el que puede
      conducirlos a cometer actos antisociales.

    Anormalidades no patológicas:

    • Menores delincuentes con trastorno antisocial de la
      personalidad: se trata de menores cuyas principales
      características son la hiperactividad, excitabilidad,
      poco comunicativos, ausencia de sentimiento de culpa y
      fracaso escolar. Una de las principales causas de este
      trastorno es la ausencia o la figura distorsionada de la
      madre, aunque también puede existir cierta
      disfuncionalidad del rol paterno, pues según algunos
      trabajos, el crecer sin padre acarrea al niño nocivas
      consecuencias que afectan al campo de la delincuencia. En
      muchos casos se trata de menores que viven en la calle, en
      situación de permanente abandono, porque nos
      encontramos con menores que, a su edad, acumulan graves
      frustraciones, rencores y cólera contra la sociedad y
      que tienen un mismo denominador común: falta de amor,
      comprensión, cariño, de atención y
      cuidado de sus padres.

    • Menores delincuentes con reacción de huida:
      Son menores que han sufrido maltrato en el hogar y por ello
      lo abandonan. Son menores psicológicamente
      débiles, y que en lugar de responder a la
      agresión, eligen escapar. Ese alejamiento les hace
      propicios al reclutamiento por parte de delincuentes
      -adultos-, que les escogen para llevar a cabo actuaciones
      simples pero de gran riesgo, como robar o transportar drogas
      en su propio cuerpo, entre otras.

    Personalidad normal afectados por situaciones
    disfuncionales:Dentro de esta categoría se incluyen los
    siguientes:

    • Aquellos que llevan a cabo simples actos de
      vandalismo, ataques al mobiliario urbano, etc., como
      consecuencia de perturbaciones psicobiológicas que
      producen la preadolescencia y la adolescencia por motivos de
      desarrollo y cambio.

    • Los que cometen pequeños robos (sin
      violencia) o fraudes por motivos de autoafirmación
      personal frente a compañeros, creyendo suscitar en
      ellos admiración. 

    • Los que cometen delitos contra el patrimonio o la
      indemnidad sexual por puro placer, siendo incapaces de
      resistir a sus estímulos seductores.

    • Los que delinquen para satisfacer meras apetencias
      consumistas.

    La delincuencia y sus
    teorías

    El fenómeno de la delincuencia puede considerarse
    desde una perspectiva social y desde otra jurídica. Desde
    el punto de vista jurídico se considera delincuente quien
    "comete una acción o una omisión contraria a la ley
    vigente".

    Desde un punto de vista social se puede decir que el
    delincuente es quien comete "actos dañosos" para con uno
    mismo, para sus semejantes o para los intereses morales y
    materiales de la sociedad.

    Existen varias teorías que tratan de explicar y
    en cierto modo predecir la delincuencia haciendo hincapié
    en sus causas y consecuencias (no todas) en la
    sociedad.

    La primera teoría es la sociológica. La
    figura máxima de esta teoría es Durkheim. Este
    sociólogo francés contribuyó eficazmente a
    la constitución de la sociología como ciencia
    independiente. Su aportación a esta ciencia
    consistió en la manera de enfocar el estudio de los hechos
    sociales como algo objetivo, independiente de la conciencia
    individual. La teoría sociológica interpreta la
    conducta delincuente como una respuesta "normal" ante un ambiente
    malo. El factor desencadenante de las conductas delictivas es la
    misma sociedad. Es decir, para acabar con la delincuencia y la
    criminalidad hay que hacer una reforma social profunda del
    entorno. La teoría sociológica parte de que el
    delincuente se hace y no nace, los rasgos constitutivos no son
    heredados, la experiencia es un factor que juega en contra. Todos
    los ciudadanos pueden ser o delincuentes sangrientos o personas
    ejemplares (esto va muy parejo al anarquismo ya que esta
    ideología sostiene que todos somos iguales y es la
    circunstancia la que nos modifica). Un ejemplo puede ser el mismo
    joven que se desenvuelve en un medio hóstil y se define
    como una persona violenta y agresiva dado que su circunstancia es
    negativa. Sin embargo, la misma persona que crece y es educado en
    los valores de la tolerancia y la comprensión podrá
    convertirse en alguien generoso y que beneficie a la sociedad
    tanto como a sí mismo.

    En suma, los delincuentes son miembros sanos que crecen
    en una comunidad enferma, en una comunidad en la que el estilo de
    vida delictivo es más accesible y se aprende con
    más facilidad que las normas de convivencia ética y
    sociales.

    Otra teoría es la que arguye que la
    contestación es la causa principal de la delincuencia. La
    relación reside en que un grupo de jóvenes
    "contestan" y se enfrentan a la sociedad en forma de grupos y que
    "se apartan o rechazan positivamente la moralidad de la
    mayoría". La máxima figura de este movimiento es
    Albert Cohen (famoso por aquel 68). Defendía que la clase
    baja, sobretodo la juventud, se encuentra en desventaja respecto
    al resto de los componentes de la sociedad. Esto es por lo
    siguiente: su educación no está a la altura de la
    de los demás, sus medios económicos son pobres y no
    tienen influencias familiares para poder aspirar con cargos
    importantes. Si no pueden unirse a otras clases se enfrentan a
    ellas, conscientes de su impotencia. Forman una subcultura para
    ridiculizar la cultura a la que no pueden incorporarse y la
    convierten en una antítesis de esta cultura. La subcultura
    se caracteriza por su rebeldía y agresividad. Y esto es
    lógico porque una característica común a las
    personas violentas es su inseguridad, se juntan en pandillas o
    bandas juveniles para protegerse. Manifiestan una actitud
    conjunta con desprecio a las autoridades que, según ellos,
    les han rechazado. Esto significa que la conducta delictiva no
    responde a un afán de lucro, muchos delincuentes corren
    grandes riesgos por objetos de escaso valor o por cualquier
    gamberrada. Se explica este comportamiento antisocial con el
    placer maligno de molestar a las personas que representan lo
    respetable. Una manera, en suma, de liberar su
    frustración.

    La teoría de la constitución física
    sostiene que algunas constituciones son más prospensas al
    delito que otras. Sheldon y Glueck fueron primero uno y luego
    otro quienes defendieron esta postura. Sheldon aplicó su
    cuadro clasificador de los tipos somáticos al estudio de
    la delincuencia. Según él había tres
    constituciones distintas:

    • la endomórfica: las vísceras de la
      digestión están muy desarrolladas mientras que
      las estructuras corporales no lo están. Los miembros
      son cortos y el abdomen prevalece sobre el tórax. Son
      obesos en su mayoría.

    • la mesomórfica: las estructuras corporales
      prevalecen, el tronco es largo y musculoso, el tórax
      es superior al del abdomen en cuanto a volumen. En general el
      organismo es robusto y regular en su estructura.

    • la ectomórfica: aspecto delgado y flaco. Las
      piernas y brazos son alargados y delgados, musculatura
      débil y hombros estrechos.

    Sheldon obtuvo que entre los delincuentes de Boston
    prevalecían los mesomórficos y había pocos
    ectomórficos. Glueck comparó posteriormente 500
    delincuentes de dos correccionales de Massachussets y los
    resultados confirmaron las tésis de Sheldon: había
    doble número de mesomórficos entre los delincuentes
    y los ectomórficos eran clara minoría. Los
    delincuentes mesomórficos eran, ateniéndose a un
    estudio psicológico, "más activos, vitales y poco
    inhibidos y sumisos a la autoridad". Estos rasgos
    predisponían a la agresividad y a la delincuencia. Los
    ectomórficos mostraron rasgos más pasivos sumisos e
    inhibidas.

    No hay que olvidar, no obstante, que los
    ectomórficos también pertenecían al grupo de
    delincuentes, por ello, no cabe afirmar que existe un
    determinismo rígido de tipo constitucional.

    Otra teoría es la behavionista sobre los rasgos
    del criminal. Eysenck, el máximo exponente de esta
    teoría, dijo haber aislado un grupo de rasgos de conducta
    asociados con la delincuencia. Eysenck fue un psicólogo
    británico de origen alemán. Investigó sobre
    la teoría de la personalidad y sobre el tratamiento de la
    neurosis. Según él el rasgo más
    significativo que guarda relación con la delincuencia es
    la extraversión. Los extrovertidos son sujetos expansivos,
    impulsivos y no inhibidos, amantes de la aventura y de la
    acción. La introversión es propia de gente
    retraído y en general opuesto en personalidad a los
    extrovertidos. Las sensaciones fuertes no son de su agrado y
    llevan una vida ordenada.

    Dice que cuando los individuos extrovertidos son
    inestables emocionales (con tendencia neurótica) son
    más prospensos a la delincuencia. El mismo rasgo en los
    introvertidos se traduce en conformismo. Otros rasgos que pueden
    significar atracción hacia la delincuencia son la torpeza
    psicomotriz y la escasa condicionabilidad.

    La teoría psicoanalítica cree que por el
    contrario los rasgos distintivos más importantes del
    carácter criminal son los adquiridos en la primera
    infancia. Acorde a esta teoría el delincuente tiene un
    super-ego muy débil e inconsistente. Esto origina
    individuos caprichosos, incapaces de controlar sus instintos o
    necesidades. Los padres juegan un papel fundamental en esta
    teoría, si dan excesiva libertad darán rienda
    suelta a sus deseos y a sus impulsos. Una característica
    que no es mencionada e las demás teorías y
    sí en esta es que aquellos sujetos cuyo super-ego sea
    débil no presentaran síntomas de
    culpabilidad.

    Qué es lo
    moral

    Para adentrarnos en los problemas de la ética,
    partamos de nuestra experiencia. Es un hecho que nos
    señala nuestra propia experiencia que, en determinadas
    circunstancias, expresamos valorizaciones morales. Los contenidos
    de nuestros juicios se refieren a categorías opuestas: de
    bien o mal.

    Así hablamos de actos nobles, heroicos,
    desinteresados, los que están en la esfera del concepto de
    "Bien". Pero hablamos de actos infames, egoístas los que
    están en la esfera del concepto de "Mal".

    En el primer caso, hablamos de actos morales positivos;
    en el segundo, de actos morales negativos. En ambos casos, al
    valorar dichos actos, tenemos conciencia que la valoración
    que hacemos no depende de nuestro antojo. Más bien, es el
    acto mismo que nos exige determinada
    valoración.

    Así por eje.: a un asesino lo tratamos de
    inmoral; a una persona que sacrifica su vida para salvar a otro
    la tratamos de héroe, pues este sacrificio es de gran
    calidad moral.

    Ello nos pone en evidencia que nuestra valoración
    tiene un carácter objetivo, es decir, que se rige por el
    objeto que verificamos. En nuestro caso, el asesinato y, por otro
    lado, el heroísmo.

    Dicha objetividad nos permite formar juicios morales de
    validez universal. Eje.: "El asesinato es una
    inmoralidad".

    De lo dicho hasta ahora se desprende que la
    valoración moral propiamente dicha la aplicamos
    sólo a las acciones humanas. "Cuando efectuamos una
    valoración moral, siempre tenemos en vista seres humanos,
    es decir personas. Los valores morales tienen la particularidad
    de que sólo pueden referirse a seres
    personales".

    Con respecto a los "juicios de conocimiento" ellos
    apuntan a afirmar si algo es verdadero o falso. En lo referente a
    las "obras de arte", hablamos de bello o feo. En ambos casos se
    trata de objetos y no de sujetos o personas.

    FASES DE DESARROLLO DE LA MORAL

    Hay tres factores que influyen sobre el desarrollo
    moral: el desarrollo de la inteligencia, las relaciones entre
    iguales y la progresiva independencia de la coacción de
    las normas de los adultos. El primer factor, el desarrollo de la
    inteligencia, es el más importante, ya que es el que
    permite a los otros dos actuar.

    Piaget intenta en sus teorías
    explicar el funcionamiento interno de nuestras estructuras
    psíquicas y no se contenta con explicar el aprendizaje
    únicamente a partir de la influencia exterior.
    Elaboró en este sentido una teoría del desarrollo y
    el funcionamiento de la inteligencia, donde defiende la
    existencia de fases o estadios en el desarrollo de la misma.
    Estos estadios dependerían, por una parte, de la
    maduración biológica del individuo y, por otra, de
    la influencia del medio social que proveería de las
    experiencias adecuadas para aprovechar esta maduración.La
    teoría de Piaget sobre el desarrollo moral propone
    también la existencia de estadios en el mismo. Estos
    corresponderían a los del desarrollo intelectual a partir
    de los dos años de edad, ya que antes, según este
    autor, no podemos hablar de moral propiamente dicha.

    TRASTORNO ANTISOCIAL DE LA
    PERSONALIDAD

    La sociopatía, también conocida como
    trastorno de personalidad antisocial (TPA), es una
    patología de índole psíquico que deriva en
    que las personas que la padecen pierden la noción de la
    importancia de las normas sociales, como son las leyes y los
    derechos individuales. Si bien, generalmente, puede ser detectada
    a partir de los 18 años de edad, se estima que los
    síntomas y características vienen
    desarrollándose desde la adolescencia. Antes de los 15
    años debe detectarse una sintomatología similar
    pero no tan acentuada, se trata del trastorno disocial de la
    personalidad.

    Los sociópatas son personas que padecen un mal de
    índole psiquiátrico, un grave cuadro de
    personalidad antisocial que les hace rehuir a las normas
    preestablecidas; no saben o no pueden adaptarse a ellas. Por esto
    que, a pesar de que saben que están haciendo un mal,
    actúan por impulso para alcanzar lo que desean, cometiendo
    en muchos casos delitos graves. Es común que se confunda a
    la sociopatía con otras patologías de la misma
    clase, como podrían ser la conducta criminal, la
    antisocial o la psicopatía. Pero son trastornos, aunque
    relacionados, de diferentes características, con otros
    tratamientos y consecuencias.

    Definición
    conductas desadaptativas en la infancia

    Considerando el marco del desarrollo infantil, las
    conductas desadaptativas que serán abordadas en la
    presente investigación, pueden ser entendidas como la
    falta de adaptación de los niños a las tareas
    tempranas que se les demanda y por las cuales se les
    evalúa, en este caso particular, a nivel del ambiente
    familiar y escolar (De la Barra; F y cols., 2002; George; M y
    cols., 2004; Herschell; A, 2005).

    En relación a las conductas desadaptativas de los
    niños en el hogar éstas se relacionan con aspectos
    de su vida cotidiana como son los amigos, la familia, el juego,
    la escuela y el estado de ánimo general. Ejemplo de estas
    conductas se refieren a si el niño tiende a aislarse,
    estar solo y no demuestra interés por estar con otros
    niños; a si es inquieto, le cuesta concentrarse y prestar
    atención; es irritable y enojón; le cuesta dormir;
    muestra falta de ánimo y poco interés por el
    colegio, etc. (Mores; R y Siraqyan; X, 1993).

    Entre las conductas desadaptativas que pueden presentar
    los niños en el ambiente escolar se encuentran aquellas
    relacionadas con agresividad, impulsividad, timidez, inmadurez
    emocional e insuficientes condiciones para el aprendizaje. Los
    niños con conductas agresivas e impulsivas dañan
    físicamente a otros niños, no son cuidadosos con
    sus objetos personales, no obedecen las reglas impuestas por los
    profesores, desafían a la autoridad, reaccionan
    negativamente frente a la crítica y el fracaso, molestan
    constantemente a sus compañeros e interfieren con el
    desarrollo de las actividades que se realizan en el aula. La
    timidez en los niños se relaciona con problemas a nivel de
    las relaciones interpersonales, mostrándose poco amistosos
    y con dificultades para socializar con otros. Los niños
    que presentan problemas relacionados con inmadurez emocional, no
    pueden funcionar autónomamente, por el contrario, siempre
    están demandando la atención y colaboración
    de sus pares y del profesor. Por último, los niños
    que presentan problemas relacionados con insuficientes
    condiciones para el aprendizaje, muestran dificultades en la
    realización de las tareas escolares, no aprenden de
    acuerdo a sus capacidades intelectuales y no cumplen con los
    logros esperados para su proceso de aprendizaje (Mores; R y
    Siraqyan; X, 1993; Rivera; S, 2004).

    PREVALENCIA DE CONDUCTAS DESADAPTATIVAS EN LA
    INFANCIA

    Los estudios epidemiológicos muestran que los
    trastornos psiquiátricos en niños y adolescentes
    son tan frecuentes como en la población adulta. Las tasas
    de trastornos psiquiátricos en población infantil y
    adolescente han permanecido altas en las últimas
    décadas a pesar de los avances experimentados en el
    estudio de intervenciones exitosas. La epidemiología
    muestra que 1 de cada 5 niños presenta desorden
    psiquiátrico, 1 de cada 10 presenta impedimento funcional
    significativo, y sólo 1 de cada 20 recibe atención.
    Los estudios de seguimiento demuestran que las tasas de
    prevalencia de estos trastornos aumentan de acuerdo a la edad,
    variando las proporciones de los diferentes diagnósticos
    (Caron; C y cols., 1991; Mc Gee; R y cols., 1992; Oxford; D y
    cols., 1992; Cohen; P y cols., 1993; Costello; J, 1993; Angolg; A
    y cols., 1999; Mc Clellan; J y cols., 2000; Kroes; M y cols.,
    2001; Hoagwood; K, y Olin; S, 2002; en De la Barra y cols.,
    2004)

    En Chile, un estudio realizado por De la Barra y
    colobaradores (1995) donde se evaluaron las conductas
    desadaptativas de una muestra de niños de primero
    básico de 7 escuelas municipalizadas del área
    occidente de Santiago, mediante cuestionarios aplicados a
    profesores (TOCA-R) y padres (PSC) previamente validados en
    Chile, encontró que el 45,7% de los niños
    presentaban perfil de riesgo psicosocial. Los perfiles más
    frecuentes tanto en hombres como en mujeres fueron: inmadurez
    emocional y bajo contacto social solo o acompañado de
    bajos logros cognitivos. El mismo grupo de investigadores
    (López; C y cols., 1996), en un estudio sobre las
    características de la familia y conducta de los
    niños de seis años, evaluadas por sus padres y
    profesores (utilizando los mismos instrumentos), encontró
    que en aquellas familias con padre ausente (no vive con el
    niño), con un miembro enfermo mental o que no participa
    habitualmente en organizaciones locales, los niños tienen
    mayores probabilidades de presentar conductas desadaptativas en
    la escuela.

    Otro estudio de prevalencia de desórdenes
    psiquiátricos realizado por los mismos investigadores
    (Toledo; V y cols., 1997) en niños de primero
    básico, asistentes al sistema escolar, indicó que
    los niños que presentaron diagnóstico
    psiquiátrico tuvieron un mayor porcentaje de perfiles
    conductuales desadaptativos según los profesores (TOCA-R)
    que aquellos que no presentaban desorden psiquiátrico.
    Pasa lo mismo cuando son los padres quienes responden. Respecto
    al eje V del CIE-10 (Psicosocial), los hallazgos indican que el
    ambiente familiar presenta una alta prevalencia de situaciones
    psicosociales anormales, siendo mayor en los niños con
    desórdenes psiquiátricos que en los sin
    patología. La situación psicosocial anormal
    detectada con mayor frecuencia es la discordia familiar,
    coincidiendo con un aumento de la sensibilidad social al problema
    de la violencia intrafamiliar. El mismo grupo de investigadores
    (De la Barra; F y cols., 2004) realizó un estudio de
    prevalencia de desórdenes psiquiátricos,
    comoborbilidad, discapacidad y condiciones asociadas en dos
    cohortes de niños de Primero Básico (6 y 7
    años) y sexto básico (11 y 12 años). Los
    resultados indican que la prevalencia de desórdenes
    psiquiátricos fue de 27,2% en Primero Básico y de
    45,7% en Sexto Básico, reduciéndose a un 15,7% si
    asocia con discapacidad en este grupo; por otra parte 39,4% de
    los niños con discapacidad y diagnóstico
    psiquiátrico presentan comorbilidad. Los cambios
    evolutivospsicopatológicos observados en el estudio entre
    Primero y Sexto Básico muestran un aumento de la
    prevalencia, con un incremento de desódenes
    ansioso/emocionales, desórdenes de conducta e
    hipercinéticos. También se agregaron nuevos
    diagnósticos como tartamudez, tics y desórdenes del
    desempeño social.

    Los estudios revisados permiten concluir que existe una
    alta prevalencia de trastornos psiquiátricos en la
    población infantil y que las tasas de estos trastornos se
    incrementan y varían en relación a la edad. Por su
    parte, los estudios sobre conductas desadapatativas en la
    infancia muestran una asociación entre estas conductas y
    desórdenes psiquiátricos en los niños,
    pudiendo considerarse como predictoras de problemas de salud
    mental a futuro. Por lo tanto, dada la relevancia y prevalencia
    de conductas desadaptativas en la infancia resulta importante
    determinar si ellas se relacionan o no con el maltrato infantil
    intrafamiliar.

    DEFINICIONES

    Centrándonos en el concepto de victima podemos
    acotar un sinfín de definiciones según la
    perspectiva:

    Concepto etimológico: el termino victima (su
    traducción etimológica) viene a ser la "persona o
    animal sacrificada o que se destina al sacrificio"; este
    concepto, obviamente va a ir evolucionando con el paso del tiempo
    y se empieza ha hablar de la persona que voluntariamente se
    sacrifica por algo, o también se evoluciona hasta
    entenderla como aquel sujeto que sufre por culpa de
    otro.

    Concepto gramatical: gramaticalmente el
    termino victima se puede interpretar conforme a tres
    definiciones:

    -La definición
    etimológica.

    -Persona que se expone u ofrece a un grave
    riesgo a favor de otra.

    -Persona que padece un daño por
    culpa ajena o causa fortuita.

    De estos tres conceptos gramaticales el
    tercero es el que mas se acerca.

    Concepto congresual (de congreso): el
    principal congreso que trato la victima de forma mas
    científica fue en el seno de la ONU el VI Congreso de
    Caracas celebrado en 1980 y el posterior, el VII Congreso, que se
    llevo a cabo en Milán. En estos 2 congresos se
    determinó que la victima era la persona que había
    sufrido una perdida daño o lesión, sea en su
    persona propiamente dicha, su propiedad o sus derechos humanos,
    como resultado de una conducta que englobe alguna de estas
    hipótesis:

    -Aquellos hechos que constituyan una
    violación a la legislación penal nacional;
    ¿Qué concepto de victima manejamos según
    esta acepción? Según esta primera
    consideración solo sería victima el sujeto pasivo
    de un delito..

    -Que suponga un delito bajo el derecho
    internacional. Ej. Genocidio, terrorismo, falsificación de
    monedas, trafico de seres humanos,
    prostitución.

    -Que de alguna forma implique un abuso de
    poder por parte de personas que ocupen posiciones de autoridad
    política o económica. Ej. Supuestos de una
    dictadura.Se clasifica a la victima dentro de dos grandes
    grupos:

    1.Victimas de delitos: que comprenderían a toda
    aquella persona que individual o colectivamente haya sufrido
    algún daño, incluyendo lesiones físicas o
    mentales, sufrimiento emocional, perdida financiera o menoscabo
    sustancial de derechos fundamentales como consecuencia de
    acciones u omisiones que violen la legislación penal de su
    Estado. Esta definición es muy amplia, ¿Cómo
    medimos el sufrimiento emocional?. Esta definición
    añade que también serán victimas los
    familiares o personas cercanas a la misma.

    2.Victimas de abuso de poder: identifica estas victimas
    como toda aquella persona que individual o colectivamente haya
    sufrido algún daño, incluyendo lesiones
    físicas o mentales, sufrimiento emocional, perdida
    financiera o menoscabo sustancial de derechos fundamentales como
    consecuencia de acciones u omisiones que no constituyan una
    violación del derecho penal nacional (que no sea
    constitutivo de delito en ese país) pero que violen normas
    internacionalmente reconocidas referentes a los derechos
    humanos.

    Una de las grandes diferencias entre las victimas de
    delitos y las segundas viene dada por el concepto de delito: que
    viole la legislación nacional (definición de
    victima de delito) mientras que la de abuso de poder hablaba de
    violar normas internacionalmente reconocidas. Esta diferencia
    puede darse en países subdesarrollados ya que en las
    potencias mundiales estos delitos ya están contemplados en
    el catalogo de delitos.

    DEFINICIONES DOCTRINALES:

    • Definición de Mendelsohn: define la victima
      como la personalidad del individuo o de la colectividad en la
      medida en que se encuentre afectada por las consecuencias
      sociales de un sufrimiento determinado por factores de muy
      diverso origen como puede ser el físico,
      psíquico, económico, político o social,
      así como el ambiente natural o
      técnico.

    • Definición de Separovic: define victima como
      cualquier persona física o moral que sufre como
      resultado de un despiadado designio incidental o
      accidentalmente. Hay diversas definiciones además de
      las vistas, pero las tres mas representativas son:

    • Definición de naturaleza victimológica
      general: entiende a la victima como "el individuo o grupo que
      padece un daño por una acción u omisión
      propia o ajena o por causa fortuita".

    • Definición victimológico – criminal de
      victima: la definimos como "aquella persona física o
      moral que sufre un daño producido por una
      infracción propia o ajena aun no siendo el detentador
      (propietario) del derecho vulnerado".

    • Concepto jurídico de victima:
      jurídicamente la victima la relacionamos con la figura
      del perjudicado, que muchas veces será el sujeto
      pasivo del delito. El perjudicado seria la persona
      física o jurídica que a consecuencia de la
      comisión de un delito sufre un daño, mientras
      que el sujeto pasivo será el titular del bien
      jurídico protegido o puesto en peligro. Ej. En un
      delito de lesiones el perjudicado y el pasivo son la misma
      persona. Delito de robo: le roban a la empleada pero los
      bienes robados son del dueño.

    LA DOBLE HIPÓTESIS: VICTIMA SIN CRIMEN Y
    CRIMEN SIN DELITO

    Aquí veremos tres variables: delito, victima (los
    conceptos vistos anteriormente), crimen. Recurriremos a la
    definición legal de delito: toda aquella acción y
    omisión dolosa o imprudente penada por la ley.

    Crimen social lo referimos como aquel hecho,
    constitutivo o no de delito que genera un daño
    social.

    TIPOLOGIAS DE VICTIMA

    Víctima Provocadora: Es la que
    desempeña un rol decisivo desde el punto de vista
    etnológico, porque incita al delincuente a cometer la
    infracción. Describe dos tipos:El tipo pasivo
    (provocación indirecta): Es el individuo, que por su
    imprudencia favorece la situación propicia del crimen
    incitando indirectamente al delincuente a accionar.Los ejemplos
    clásicos son los del automovilista que deja sin cerrar
    correctamente su automóvil en la vía pública
    o con las llaves puestas en la cerradura o expuestas en su
    interior, el caso del comerciante que expone la mercadería
    de manera atrayente y muy a mano de los clientes sin vigilancia
    ostensible. El tipo activo (provocación directa): Este
    tipo de víctima desempeña un rol más
    concreto y relevante en la descarga del crimen. Existen dos
    variantes:

    La víctima consiente: es la que incita a
    la acción como agente provocador o promotor. Desea el acto
    delictuoso y hace todo lo que puede y está a su alcance
    para que esto se produzca: toma la iniciativa, solicita, exige la
    intervención. "Se encuentra a menudo a esta víctima
    instigadora, arrogante o solicitante en ciertos casos de
    homicidios deseados, de los menores que incitan al agente a
    violar las leyes destinadas a su protección o el de los
    individuos incitando a alguien para que lo mutile a fin de
    salvarse del servicio militar, o el del aborto practicado en la
    víctima a su pedido. Esta categoría de
    víctima es casi identificable como cómplice del
    autor del hecho.

    La víctima no consciente: que provoca la
    acción. En estos casos la víctima al contrario de
    lo señalado en el tipo anterior no incita al acto, pero lo
    provoca con sus reacciones consientes o inconscientes. Las
    variedades principales son:

    • Las víctimas del acto cometido por el otro en
      estado de legítima defensa. Ha provocado con su
      agresión el ataque que s emprendió contra ella
      y que puede terminar su muerte.

    • La víctima precipitante. Este término
      señala a la persona que ha provocado el acto cometido
      en su contra, sea recurriendo a la fuerza física o
      mostrando un arma, por ejemplo.

    • La víctima que por actos injustos o bien por
      insultos ha hecho perder al victimario su sangre fría
      y lo ha incitado al atentado en su contra.

    Víctima participante: Si bien la
    víctima provocadora desempeña un papel
    preponderante en la génesis del crimen, la participante se
    sitúa generalmente en la fase de la misma
    ejecución. Su participación puede consistir en una
    actitud pasiva que facilita la ejecución del crimen o en
    una forma activa.Describe los siguientes casos:

    • Tipo pasivo: Se caracteriza por su actitud favorable
      a la realización del crimen. Esta pasividad puede
      tomar diversas formas:

    • Simple deseo de que el acto sea cometido.

    • Consentimiento: pr persuación, por ignorancia
      de la naturaleza del acto a causa de la edad joven, por
      deficiencia mental. Sumisión, resignación,
      complicidad, indiferencia, indolencia, apatía,
      letargo. Todas estas actitudes son favorables a la
      ejecución del crimen, sin alcanzar la
      deliberación que implica el consentimiento.

    • Tipo activo: Aquí la víctima trae una
      participación decisiva y directa. Señala los
      siguientes casos:

    • La víctima contribuyente

    • La víctima cooperadora

    • La víctima colaboradora

    • La víctima coadyuvante

    Explica Ezzat Fattah que la víctima puede ser
    sucesivamente provocadora, instigadora o suplicadora, en la fase
    de descarga y participante en la fase de ejecución,
    contribuyendo en tal modo a un tipo mixto. En estos casos
    desempeña un rol activo en el cometido de la
    infracción penal, ya sea que actúe conjuntamente
    con el culpable, por ejemplo la menor consiente en los casos de
    rapto o violación, o que preste una ayuda o asistencia
    cualquiera al autor.Luis Jiménez de Azúa
    ensayó una nueva clasificación ubicando a las
    víctimas en dos categorías sustanciales:
    "indeterminada y determinadas". Juega un papel muy importante en
    esta calificación el plano y la óptica en las que
    se mueve el delincuente.

    Víctima indeterminada: el que sale a la
    calle con el objeto de atacar a cualquiera, al primer
    transeúnte. Para él la víctima es
    indiferente; sea hombre o mujer, no le interesa ni su nombre ni
    su condición, lo único que le importa es apoderarse
    de lo que lleva en su bolsillo.

    Víctima determinada: hay veces que la
    víctima no es indeterminada. El hombre que mata a la mujer
    que le ha sido infiel, no le da igual matarla a ella que matar a
    otra mujer. Tiene que ser determinada, concreta, ser era mujer,
    en el crimen pasional.

    Los mecanismos
    legales utilizados para el
    control de la
    delincuencia

    ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA LEY TUTELAR DE
    MENORES

    Dentro de la legislación venezolana un aparte muy
    especial aparece enmarcado en el Derecho Civil, como lo es la
    situación jurídica del menor de edad venezolano. El
    Código Civil Venezolano en su artículo No. 18
    establece:

    "… Es mayor de edad quien haya cumplido dieciocho (18)
    años. El mayor de edad es capaz de todos los actos de la
    vida civil, con las excepciones establecidas por disposiciones
    especiales…."

    Analizando este artículo damos por entendido que
    menor de edad, es aquel que no haya cumplido los dieciocho (18)
    años de edad, por lo tanto, este posee incapacidad de
    obrar, es decir, que el ordenamiento jurídico toma como
    referencia la edad, para determinar el grado de madurez en una
    persona.

    AntecedentesLEY TUTELAR DEL MENOR

    En el año 1.980 es aprobada en Venezuelala Ley
    tutelar del menor, ley sustentada en la Doctrina de la
    Situación Irregular, que según el Instituto
    Interamericano del Niño, es aquella que se de el menor de
    edad haya incurrido en un hecho antisocial, cuando se encuentre
    en estadode peligro, abandono material ó moral, padece de
    déficit físico ó mental; la
    característica esencial de la Situación Irregular
    es que estos menores pasan a ser objeto de tutela por parte del
    Estado, representados por el Juez de Menores.

    Todo menor pasado a Situación Irregular, era
    considerado una carga residual para el estado, con respecto a la
    infancia que se encontraba inserta al sistema educativo-social,
    por lo que en él privaban 4 características
    específicas:

    • 1. Exclusión a ciertos
      principiosbásicos del Derecho, entre ellos los de la
      Constitución.

    • 2. Aparece la figura del Juez de Menores, quien
      centraliza el poder en cuanto a la toma de decisiones,
      referentes a los menores infractores.

    • 3. A la situación de pobreza
      crítica, que origina el riesgo en cuanto a
      educación, tratamiento y cuidados; se le otorgaba
      rango de criminalidad.

    • 4. A través de este ordenamiento
      jurídico los conflictos de naturaleza penal, eran
      tratados como simples faltas, lo que traduce en impunidad
      aquellos delitos graves cometidos por adolescentes al
      catalogarlos de irrelevantes.

    Convención Internacional sobre los Derechos del
    Niño

    El 20 de Noviembre de 1.989 la Asamblea General de la
    Naciones Unidas aprueba por unanimidad, la Convención
    Internacional de los Derechos del Niño; esta
    Convención planteó un cambio paradigmático
    en la forma de convivencia social, al reconocer a los
    niños y adolescentes como un sector fundamental, que debe
    recibir del adulto toda la atención necesaria para su
    pleno desarrollo.Una de las características fundamentales
    de esta Convención, es la transformación de las
    necesidades en derechos, dándoles potestad ha exigir,
    actuar y proponer, dejando entrever al niño como una
    persona en desarrollo, con derechos y responsabilidades
    inherentes a todos los seres humanos. Con la finalidad de
    ajustarse a las medidas de carácter internacional, el 29
    de Agosto de 1.990, se promulga en Venezuela la Ley Aprobatoria
    de la Convención sobre los Derechos del Niño,
    brindándoles de esta manera protección social y
    jurídica a los niños y adolescentes. Esta ley se
    ocupo de aprobar todo el cuerpo articulado en la
    Convención, que sirve de marco referencial para la
    creación de la Ley Orgánica para la
    Protección del Niño y del Adolescente.

    REGIMEN LEGAL VENEZOLANO Y SITUACION
    PENITENCIARIA

    EL PROYECTO DE CÓDIGO ORGÁNICO
    PENITENCIARIO

    La vigencia de la Constitución de la
    República de 1.999, impone la necesidad de reformar la
    Leyde Régimen Penitenciario al igual que un variado
    número de instrumentos legales, a los fines de adecuarlos
    a la normativa constitucional y facilitar un proceso de
    transformación.

    En el contenido de la Ley de Régimen
    Penitenciario vigente, existen múltiples contradicciones
    con el artículo 272 de la Constitución, motivado a
    que el funcionamiento penitenciario debería de cambiar
    radicalmente con la aplicación de esta norma
    constitucional y ésta Ley no lo permite actualmente, de
    allí la necesidad de procurar su reforma.

    A principios del año 2.002, se supone que con el
    propósito de facilitar el proceso de cambios que el sector
    requiere, el Dr. Luis Miquelena exconstituyentista, para el
    momento Ministro del Interior y Justicia, quien conocía
    claramente la necesidad de iniciar el cambio de la
    administración penitenciaria y adaptarla al mandato
    Constitucional, solicitó la colaboración de un
    grupo de personas para que trabajásemos en la reforma de
    la Ley de Régimen Penitenciario.

    Con este objetivo, nombró dos comisiones
    conformadas por funcionarios de la administración
    penitenciaria, representantes de otras instituciones como: La
    Fiscalía del Ministerio Publico, la Comisión de
    Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, la
    Universidad de los Andes, Universidad Central de Venezuela,
    Universidad Católica Andrés Bello (U.C.A.B.),
    Jueces de Ejecución y particulares involucrados en el
    sector.

    A las comisiones, como indiqué anteriormente, se
    les asignó la responsabilidadde elaborar el proyecto de
    reforma de la Ley de Régimen Penitenciario y de Ente
    Autónomo Penitenciario, debiendo fundamentar la propuesta
    en la adaptación de la Ley al artículo 272 de la
    Constitución. Paralelamente fue constituida la
    Comisión de Reestructuración del Ministerio del
    Interior y Justicia y por supuesto el área de prisiones,
    atendiendo el Decreto Presidencial Nº 1.570, mediante el
    cual se declaraba la reestructuración y
    reorganización administrativa del Ministerio del Interior
    y Justicia.

    Nos correspondió formar parte de estos equipos de
    trabajo que funcionaron ad honoren, los cuales en la primera
    sesión acordaron constituir una comisión
    coordinadora o ejecutiva para fines prácticos, conformada
    por siete integrantes y presidida por el Dr. Elio Gómez
    Grillo. Para lo cual se contó con el abnegado apoyo de la
    Dra. Julia García y el Dr. Argenis Cordobés, ambos
    funcionarios del Ministerio del Interior y Justicia para esa
    fecha.

    Al evaluar la situación y revisar la Ley de
    Régimen Penitenciario, considerando su vigencia y su
    correspondencia con las Reglas Mínimas para el Tratamiento
    de los Reclusos y otros instrumentos en la materia y de Derechos
    Humanos del ámbito internacional, se decidió en vez
    de presentar un nuevo Código, que por supuesto
    pasaría mucho tiempo en discusión, presentamos una
    reforma a la Ley de Régimen Penitenciario que la adecuara
    a la Constitución Nacional y se propuso elevar su
    categoría a Código Orgánico
    Penitenciario.

    En ese orden de ideas se trabajó sobre una
    adecuación, se introdujeron algunas innovaciones y se
    resolvieron algunos nudos críticos que se habían
    venido presentando en la aplicabilidad de algunas normas y los
    problemas de la realidad.

    El artículo 272 de la Constitución de la
    República Bolivariana de Venezuela, textualmente
    señala: "El Estado garantizará un sistema
    penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o
    interna y el respeto a sus derechos humanos. Para ello, los
    establecimientos penitenciarios contarán con espacios para
    el trabajo, el estudio, el deporte y la recreación;
    funcionarán bajo la Dirección de penitenciaristas
    profesionales con credenciales académicas universitarias,
    y se regirán por una administración
    descentralizada, a cargo de los gobiernos estatales o
    municipales, pudiendo ser sometidos a modalidades de
    privatización. En general, se preferirá en ellos el
    régimen abierto y el carácter de colonias
    agrícolas penitenciarias. En todo caso, las
    fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de la
    libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de
    naturaleza reclusoria.

    El Estado creará las instituciones indispensables
    para la asistencia pospenitenciaria que posibilite la
    reinserción social del exinterno o exinterna y
    propiciará la creación de un ente penitenciario con
    carácter autónomo y con personal exclusivamente
    técnico".

    Atendiendo este mandato se elaboró un proyecto de
    Código Orgánico Penitenciario con aplicabilidad
    para imputados y condenados, en el cual se hacen entre otra las
    siguientes propuestas:

    Autonomía funcional con la creación de
    un Ente Autónomo Penitenciario.

    • Desde el primer artículo se propone la
      creación de un Ministerio de Estado para la
      Política Penitenciaria, que represente al Ejecutivo
      Nacional, y tendrá a cargo la política
      penitenciaria nacional.

    DESCENTRALIZACIÓN
    PENITENCIARIA.

    • El artículo 2, delega la competencia de la
      administración penitenciaria a los Gobiernos Estatales
      o Municipales, regidos por la política que emane del
      Ministerio de Estado para la Política Penitenciaria,
      bajo la supervisión de ese Ministerio, el Ministerio
      Público, la Defensoría del Pueblo y los
      Tribunales.

    Aplicabilidad tanto a imputados como a
    condenados.

    • Artículo 3, se innova al aplicar las
      disposiciones de la Ley tanto a imputados como a
      condenados.

    Garantía de la
    Rehabilitación

    • Artículo 4, especifica que la
      reinserción se logrará a través del
      trabajo, el estudio, la cultura, el deporte y la
      recreación, se garantiza el respeto de los Derechos
      Humanos y se asigna la responsabilidad a los Tribunales, de
      amparar a todo recluso en el goce de sus derechos.

    Designación de los Centros de Tratamiento
    Comunitario como centros de cumplimiento de pena,

    • Artículo 5, se agregan como centros de
      cumplimiento de pena los centros de destacamento de trabajo y
      de tratamiento comunitario.

    • Artículo 6, se plantea que la revisión
      del cómputo de pena sea solicitada por los familiares
      del condenado y el Fiscal del Ministerio Público,
      además del Juez de Ejecución y las autoridades
      del centro de reclusión.

    • Se incluye en un mismo capitulo la agrupación
      y la clasificación.

    • Artículo 72, se plantea la opinión del
      equipo técnico para el otorgamiento de salidas
      transitorias a condenados.

    Garantía de los Derechos
    Humanos.

    • Artículo 7, se responsabiliza a la
      administración penitenciaria, de la vida, integridad y
      salud de los reclusos, además, se prohibe el uso de
      maltratos de palabra u obra y la tortura, de conformidad con
      los instrumentos legales vigentes.

    Tecnificación del personal.

    • Artículo 8, se señala que la
      vigilancia interna estará a cargo de personal civil
      debidamente formado en la materia.

    Garantía de la rehabilitación y
    definición del tratamiento, se involucra a los gobiernos
    locales.

    • Artículo 9, se responsabiliza a los equipos
      técnicos de la clasificación y, se reduce el
      periodo de observación a un máximo de treinta
      días.

    • Artículo 12, se especifica en que consiste el
      tratamiento de resocialización.

    • Artículo 13, se establecen los principios que
      rigen el tratamiento penitenciario.

    • Artículo 14 y 15, se obliga a la
      administración penitenciaria a crear en cada centro
      servicios especializados y al interno a participar en las
      actividades.

    • Artículo 18, refiere la obligación a
      los Gobernaciones y Alcaldías de promover el trabajo
      dentro de los centros de reclusión con la
      participación de la empresa privada, los familiares,
      la comunidad y organismos públicos. (atendiendo el
      artículo 184 ordinal 7 de la
      Constitución.)

    • Artículo 28, se retoma la actividad deportiva
      como parte del tratamiento y, se permite a los Jueces
      naturales la autorización para que los reclusos
      participen en actividades fuera de los centros de
      reclusión.

    • Artículo 39, se responsabiliza a los
      Gobiernos Regionales y Municipales del suministro de insumos
      y medicamentos para la atención de la población
      reclusa.

    Innovación, garantía del tratamiento,
    derecho a la salud.

    • Artículo 42, se agrega la creación de
      secciones en los centros para tratamientos de
      desintoxicación, para enfermedades contagiosas,
      obstetricia y ginecología en los casos de anexos para
      damas.

    Garantía de Derechos Humanos, derecho a la
    defensa en lo administrativo y prohibición del maltrato y
    la tortura.

    • Artículo 46, dispone que las sanciones
      disciplinarias no deben menoscabar el desarrollo integral de
      la personalidad.

    • Artículo 49, clasifica las sanciones para
      cada tipo de faltas.

    • Artículo 50, se delega el control

    • del cumplimiento de las sanciones al Juez natural y
      la vigilancia diaria al médico y al equipo
      técnico( no sólo al médico).

    • Artículo 52, se establece que la
      apelación sobre la aplicación de una
      sanción disciplinaria debe hacerse ante el superior
      jerárquico correspondiente, que sería la
      Dirección General de Rehabilitación y Custodia
      y no el Juez de Ejecución.

    • Artículo 55, se posibilita al recluso
      dirigirse al Juez natural, a la Fiscalía, a la
      Defensoría del Pueblo y al Ministerio para presentar
      quejas.

    • Artículo 58, se garantiza el respeto a la
      dignidad humana en los procedimientos de chequeo y
      requisa.

    Innovación, solución de nudos
    críticos en la práctica.

    • Artículo 57, se autoriza a los Directores de
      cada centro previa consulta con los Directores de los centros
      receptores, para el traslado de reclusos por razones de
      emergencia, y la obligación de notificar al Juez
      natural en el termino de 24 horas.

    • Artículo 60, se garantiza la libertad de
      culto.

    Garantía del derecho a la comunicación,
    se considera la familia como parte esencial para el tratamiento,
    se prevé el respeto a los derechos del niño y
    adolescentes.

    • Artículo 65, se disponen dos días de
      visita semanal, con exclusión de los internos que
      estén sometidos a restricción de visita como
      medida disciplinaria.

    • Artículo 66, se regula que el acceso de
      niñosy adolescentes como visitantes a los centros de
      reclusión, sólo se realizará con el
      debido acompañamiento del representante legal, en
      lugar previamente determinado por el director del
      centro.

    • Artículo 67, se dispone el recibimiento de
      visitas en espacios acondicionados para ello y no en las
      celdas de reclusión.

    Garantía de aplicación del
    régimen abierto.

    • Artículo 73, 74,75,76, y 77, se clasifica el
      destacamento de trabajo grupal e individual con y sin
      vigilancia del personal penitenciario. Se propone el
      régimen abierto ordinario y especial (al igual que la
      libertad condicional, las medidas de destacamento de trabajo
      y régimen abierto, se propuso el otorgamiento en los
      lapsos establecidos en la Ley vigente, desestimando lo
      pautado en la reforma del Código Orgánico
      Procesar Penal y atendiendo el artículo 272 en cuanto
      a la preferencia de aplicación de las medidas de
      régimen abierto antes que las de naturaleza
      reclusoria, por lo que resulta necesario proponer nueva
      reforma del C.O.O.P. en este aspecto.)

    • Artículo 80, se propone que las medidas
      alternativas a la reclusión, pueden ser solicitas
      además por el Fiscal y el Defensor del Pueblo,
      debiendo consultar al equipo técnico, y previo
      cumplimiento de los requisitos. Se prevé la
      supervisión de la medida por el Delegado de
      Prueba.

    Respeto a los derechos de la población
    indígena.

    • Artículo 92, se define la obligación
      de habilitar secciones para internos indígenas y tener
      en cuenta sus características culturales para la
      aplicación del tratamiento.

    Tratamiento Pospenitenciario- Gobiernos
    locales.

    • Artículos 94,95 y 96, se responsabiliza a los
      Gobiernos Regionales y Municipales para la creación y
      funcionamiento de los Centros para tratamiento
      pospenitenciario, y se garantiza la
      no-discriminaciónpor antecedentes penales.

    Conformación del Ente Autónomo por
    personal técnico, estabilidad laborala través de la
    carrera administrativa.

    • Artículo 97, plantea la conformación
      del personal del Misterio por profesionales de reconocida
      trayectoria con credenciales universitarias.

    • Artículo 98, obliga la tecnificación
      de las autoridades de las cárceles prefiriendo el
      penitenciarista.

    • Artículo 100, crea la carrera administrativa
      para los funcionarios penitenciarios, y la obligación
      de especializarse a los funcionarios actuales.

    Definición de funciones ?
    tecnificación.

    • Artículo 101 y 102, plantea las funciones del
      Delegado de Prueba y que profesionales pueden ejercer el
      cargo, incluye al criminólogo y al
      penitenciarista.

    • Artículo 103, define quienes conforman el
      Equipo Técnico y las Juntas de Conducta, incluye al
      criminólogo y al penitenciarista.

    • Artículo 105, define quienes integran la
      Junta de Seguridad.

    • Artículo 106, define otras atribuciones del
      Fiscal del Ministerio Público y el Juez, con
      relación al cumplimiento de esta Ley.

    Como se aprecia en la exposición del proyecto de
    Código Orgánico Penitenciario anterior, la
    adecuación considera cada uno de los principios del
    articulo 272 de la Constitución, plantea una
    transformación radical del sector penitenciario y mantiene
    la adecuación a las Reglas Mínimas para el
    Tratamiento de los reclusos de la Organización de Naciones
    Unidas.

    Paradójicamente la Comisión de
    Reestructuración del Ministerio del Interior y Justicia
    que adelantaba algunos cambios para el área de prisiones
    en ese mismo periodo, por razones desconocidas; pero se supone
    que respondiendo a la oposición al cambio, no tomaba en
    consideración ni la propuesta del Ente Autónomo
    Penitenciario ni la reforma legal que se presentó, e
    inclusive, se observaba total oposición para asumir el
    cambio de la Dirección General de Rehabilitación y
    Custodia hacia un Ente Autónomo.

    Se incurrió en la debilidad de solicitarle a la
    misma Dirección General de Rehabilitación y
    Custodia los proyectosde su propia reestructuración, que
    sin duda alguna estarían viciados por los intereses de los
    funcionarios que tienen años formando parte del problema,
    por lo que han presentando propuestas organizativas que ofrecen
    sólo cambios someros, donde se aprecia sobre todo cambios
    de nombres de las dependencias, más no la filosofía
    de funcionamiento o lo estructural.

    El Proyecto de Código Orgánico
    Penitenciario fue entregado oportunamente ante la Asamblea
    Nacional, la Presidencia del Tribunal Supremo de Justicia y el
    Ministerio del Interior y Justicia, hasta la fecha sólo
    fue llamada la Comisión proyectista a una reunión
    en la Comisión de Política Interior de la Asamblea
    Nacional para su exposición.

    El tema se ha tratado en diferentes escenarios; pero ha
    encontrado lógicamente bastante oposición en los
    funcionarios de la Dirección General de
    Rehabilitación y Custodia, las accionesde reforma
    penitenciaria se encuentran para el momento paralizadas, se
    conoce de las aspiraciones positivas de las autoridades del
    Ministerio del Interior para septiembre de 2.004; pero
    habría que esperar lo que digan los hechos.

    LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL
    NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

    La Ley Orgánica para la Protección del
    Niño y del Adolescente (LOPNA), entra en vigencia a partir
    del 1 de abril de 2000, y surge gracias a un movimiento en el que
    participan diversos integrantes de la sociedad colocando a los
    niños y adolescentes como protagonistas fundamentales del
    proyecto.

    Esta Ley considera a los niños y adolescentes
    como personas y no como objetos, permitiéndoles opinar y
    participar en actividades que sean de su interés,
    eliminando de esta manera el concepto de menor tutelado, por lo
    que son considerados sujetos de plenos derechos con deberes y
    obligaciones, condicionados de acuerdo a su edad.

    La LOPNA marca un hito al diferenciar un niño de
    un adolescente. Esta Ley establece y considera niño a toda
    persona menor de doce años; y adolescente a la persona
    mayor de doce años pero menor de dieciocho años. A
    través de esta terminología desaparece la
    expresión "menor de edad", con la cual era estigmatizado,
    y que denota a un delincuente, egresado de un orfanato o
    correccional, abandonado, etc.

    El objeto principal de la LOPNA, es regular los derechos
    y garantías así como los deberes y
    responsabilidades relacionados con la protección de los
    niños y adolescentes; además de reforzar el
    concepto de familia como célula fundamental de la
    sociedad, otorgándole gran importancia a las obligaciones
    que tiene esta como responsable principal en el desarrollo
    integral de los niños y adolescentes, tal como lo
    establece la Constitución de la República
    Bolivariana de Venezuela en su Capitulo V. La LOPNA, ha basado
    sus artículos en la Doctrina de la Protección
    Integral, la cual tiene sus bases en un conjunto de instrumentos
    jurídicos internacionales, en los que cabe mencionar la
    "Declaración Universal de los Derechos del Niño".
    Los pilares fundamentales que deben respetarse según,
    estos acuerdos internacionales son:

    • A. El niño como sujeto de
      derechos.

    • B. El iterés superior del
      niño.

    • C. La prioridad absoluta.

    • D. La participación de la
      sociedad.

    • E. El rol fundamental de la familia.

    Derechos del Niño y del Adolescente

    La Doctrina de Protección Integral, se encarga de
    convertir las necesidades de los niños y los adolescentes
    en derechos civiles, culturales, económicos,
    políticos y sociales, así como garantiza a los
    adolescentes que se encuentren en conflictos de naturaleza penal,
    el respeto a los derechos procesales consagrados para los
    adultos.

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