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La filosofía del Derecho, el iusnaturalismo y el iuspositivismo (página 2)




Enviado por celso



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  • Iuspositivismo teórico o realismo
    jurídico
    : Es la creencia de que el Derecho es el
    Derecho interpretado por la autoridad competente; el Derecho
    es lo que los jueces dicen que es. Si bien la ley es
    razón suficiente para actuar ante la sociedad,
    faltará ver cual es la última palabra de los
    jueces -quienes el Estado designó para interpretar y
    aclarar la ley- respecto de la legalidad de nuestros actos.
    Las decisiones de los tribunales son verdadero
    Derecho.

  • Iuspositivismo metodológico o
    conceptual: Iniciado por Carlos Santiago Nino en su
    Introducción al análisis del Derecho, es la
    creencia de que el Derecho debe separarse de la moral
    sólo para distinguir conceptos y evitar confusiones o
    ambigüedades. Todo derecho positivo es verdadero
    derecho, pero puede haber Derechos injustos y el deber de
    obedecer al Derecho injusto no es necesariamente un deber
    moral.

  • Conclusiones

    Filosofía del derecho, en sentido amplio, existe
    desde muy antiguo. Y existe

    Desde que algunos pensadores comenzaron a preguntarse
    por la esencia de las

    Relaciones e instituciones jurídicas, que desde
    un principio estaban asociadas con los conceptos de ley, derecho
    y poder político. Luego, toda la reflexión
    jurídica occidental, desde la Grecia Clásica,
    pasando por la filosofía latino-medieval, y hasta el siglo
    XVIII, se realizó, como han dicho los positivistas, bajo
    el paraguas de la doctrina del derecho natural: filosofía
    del derecho y derecho natural eran, sin más, una misma
    cosa. De esta manera, si la filosofía del derecho se ha
    presentado como equivalente a la doctrina del derecho natural, y
    ésta, a su vez, como equiparable a la propuesta del
    derecho a priori, dos serían, a nuestro modo de entender,
    los objetivos o temas fundantes de toda meditación
    filosófica del problema de la justicia. El primero, que
    bien puede ser nombrado como sistemático,
    metafísico, o simplemente gnoseológico, tiene por
    objeto explicar los conceptos jurídicos esenciales y sus
    categorías, en términos tales que se propone
    analizar el aspecto ontológico de los diversos valores y
    elementos con que trabaja la ciencia jurídica. El segundo,
    de mayor importancia que el anterior, tiende a referir la
    realidad vigente del derecho a un tribunal superior que debe
    valorarlo y juzgarlo de acuerdo con los eternos principios de
    justicia. Y esta valoración es la clave misma de la
    evolución constante del derecho, y de su perfeccionamiento
    a través de la historia.

     

     

    Autor:

    Celso Prado

    Profesora:

    Betty Curupe

    Abogada.

    República Bolivariana de
    Venezuela

    Ministerio del Poder Popular para la
    Educación Superior

    Aldea Universitaria "Pedro Rolingson
    Herrera"

    Derecho Municipalizado

    Municipio Píritu

    Estado Anzoátegui

    Monografias.com

    Píritu, febrero del 2012

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