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Función del Juzgado de Municipio en Venezuela




Enviado por Cesar Castro



  1. Identificación de la
    organización
  2. Funciones del Juzgado de Municipio San
    José Guanipa
  3. Recursos Humanos
  4. Objetivos
  5. Actividades Desarrolladas

CAPÍTULO I

Identificación de la
organización

1.1.- Nombre de la Institución

Juzgado del Municipio San José Guanipa de la
Circunscripción Judicial del Estado
Anzoátegui.

Ubicación

El Juzgado de Municipio San José de Guanipa esta
ubicado en el primer piso de El Palacio de Justicia, Avenida
Intercomunal San José de Guanipa – El Tigre,
Municipio Simón Rodríguez del Estado
Anzoátegui, Venezuela, de acuerdo a lo establecido en el
Artículo 61 de la Ley Orgánica del
Poder
Judicial los Juzgados de Municipios son Juzgados de
Jurisdicción Ordinaria.

Los jueces de municipio actuarán como jueces
unipersonales.

Los juzgados de municipio serán ordinarios y
especializados en ejecución de medidas.

Reseña Histórica de San José de
Guanipa

Ubicación y Límites

El Municipio San José de Guanipa esta ubicado al
sur del Estado Anzoátegui y limita al Norte con el
Municipio Freites; al Sur con el Municipio Simón
Rodríguez, al Este el Municipio Independencia y al
Oeste el Municipio Simón
Rodríguez.

Número de Habitantes

Ochenta mil (80.000)

Síntesis Histórica de la
fundación de San José de Guanipa

Los pueblos crecen y se desarrollan y adquieren cierto
progreso, se convierten en ciudades con estructuras urbanas
distintas, de otras dimensiones, gozan de las rentas necesarias
para mantenerse por si mismo, comienza la lucha al fragor de la
explotación petrolera por el año de 1933 con el
reventón del primer pozo petrolero llamado (OG-1) Oficina
Nº 1 y surge el Distrito Simón Rodríguez y con
el surge un municipio contiguo San José de Guanipa (El
Tigrito). ¡Que alegría! ¡Ya éramos
Municipio!, hoy Municipio Autónomo. El origen de la ciudad
esta vinculado a la economía como base de su asentamiento.
A esta le deben acompañar otros requisitos como lo son la
institucionalidad, un plan organizativo y lo principal: la
población. La ciudad de San José de Guanipa es una
ciudad consolidada que ha permanecido en el tiempo y ha ocupado
un espacio cada vez más importante. Su economía se
ha diversificado y su población es dinámica, con un
nivel cultural deseable y la población activa se reparte
en los diversos estratos socio-económicos, desde las
actividades primarias hasta las de carácter industrial,
comercial y profesional. Al volver la mirada hacia el pasado, en
busca del origen de este centro urbano, nos encontramos con que
hay varias fechas. No hay datos precisos, aunque si hay una
investigación seria y objetiva, se podría
determinar con exactitud la fecha de fundación de la
ciudad. En un volante publicado por la alcaldía de San
José de Guanipa en abril 1.999, bajo la regencia de
Hernán Pérez Serrano, se dice que Cruz Vicente
Guevara
, quien murió a los 105 años en San
José de Guanipa, era un Cantaurense, que junto a
Segundo Guzmán y Pío
Hernández
, podría catalogarse como los
fundadores de esta población, donde se asentaron el 14
de noviembre de 1.910
, en un lugar llamado guamachito, en las
cercanías donde esta hoy la planta de hielo, al norte de
la ciudad, información que proporciona el Profesor
Rosauro Caraballo Martínez, investigador documental
y cronista de San José de Guanipa, muy conocido por su
dedicación a los aspectos históricos de nuestra
región.

Instituciones

El cinco (5) de julio de mil novecientos cuarenta y ocho
(1.948), en una casa de bahareque entre lo que fue el Bar
Capitolio y la Panadería Aki, se crea la primera Junta
Comunal
, estaba constituida de la siguiente manera:
Presidente, Sr. Jesús Silva, el cual cumplió
una brillante labor; Vice-Presidente, Andrés
Noriega;
Vocales, Bachiller José Félix
Rivas
, Luis Morales y Víctor Malave.
Estos hombres se dieron a la tarea de organizar política y
territorialmente a un pueblo, trazar las calles y darle el nombre
a las mismas, es decir, aquellas que no las tenían porque
el popular ya se las había dado. La población iba
creciendo y se necesitaba poner en orden y salvaguardar las
propiedades particulares, y así se fue forjando el
Municipio Guanipa, y el 24 de abril de 1.948, teniendo como
primer prefecto al Sr. Gustavo Ramos; y como Secretario al
Sr. Rafael Yánez Key, ese mismo día,
contraen matrimonio Pedro Espinoza y María
Hernández
, de 48 y 49 años respectivamente,
siendo este el primer matrimonio, pero antes el 21 de abril de
ese mismo año se hizo la presentación de la
niña Edys María quien había nacido el
21 de noviembre de 1.940, figurando como la primera partida
inserta en los libros de nacimientos, e hija de Cruz Cova
(difunto) padre y suegro de estimable amigas y amigos. La primera
policía estuvo ubicada en terrenos que en la actualidad
ocupa el Banco Caroni, posteriormente fue mudada al sitio donde
funciona la Fuente de Soda Tony, y de allí a un edificio
ubicado entre la Avenida Fernández Padilla y calle 18 de
octubre, en el presente. Ese mismo año de 1.948 en el mes
de julio se crea el Juzgado del Municipio Guanipa, siendo
el Sr. Jesús Salavarria el primer Juez y el
Secretario el Sr. Enrique Hernández, posteriormente
en septiembre de ese mismo año este es nombrado como Juez
y como Secretaria a la Srta. Teresa Lara Valle.

Aquí en el Tribunal el primer matrimonio se
efectuó entre Pedro Maradey de 59 años de
edad, natural de San Diego de Cabrutica, Distrito Monagas, Estado
Anzoátegui, y Juana Machuca, de 45 años de
Santa Ana, Distrito Aragua, de este estado; en el acto
legitimaron a nueve hijos. En lo que respecta a documentos
autenticados lo primero fue el reconocimiento hecho por Luis
Pérez
el 12 de julio de 1.948.

El Secretario de mayor renombre fue Agustín
Ramírez Carreyó
, empezó a trabajar el 1
de julio de 1.955 hasta su muerte en el año de 1.987. El
Juzgado funcionó por primera vez en un local al lado de lo
que fue el Bar Capitolio, posteriormente fue mudado a una casa de
bahareque en la Avenida Fernández Padilla y después
fue mudado frente a la panadería Aki. Luego desde 1.956
hasta marzo de 1.977 en la misma avenida al lado de la
ferretería Simeca, hasta ocupar un local en el Edificio
J.B; de allí fue mudado al hoy Palacio de Justicia,
ubicado en la Avenida Intercomunal El Tigre – San José de
Guanipa, en jurisdicción del Municipio Simón
Rodríguez.

A partir de 1.950 se le da el nombre de San José
de Guanipa. El 15 de Diciembre de 1.972 se crea el Distrito
Guanipa
, con un Municipio, San José de Guanipa, y dos
vecindarios: Las Mercedes y El Basquero. Se nombra una junta
Administradora que la preside el Sr. Alejandro Romero en
1.973. El 2 de Enero de 1.974 se instala el primer Concejo
Municipal, siendo su presidenta la Sra. Carmen "Lala"
Velazquez de Mújica
.

Inicio de la Alcaldía del Municipio
Autónomo San José de Guanipa

  • 1990-1993 Hildo Hernández (Primer
    Alcalde).

  • 1993-1996 Manuel Roca.

  • 1996-1999 Gilberto Romero.

  • 1999-2000 Hernán Pérez (Alcalde
    Encargado).

  • 2000-2004 Freddy Tomás Arriojas Boada.

  • 2004-2007 Freddy Tomás Arriojas Boada. Siendo
    el primer Alcalde reelegido.

Festividades

Las festividades del Municipio San José de
Guanipa se realizan todos los años el 19 de marzo con
motivo del día de San José.

1.2. Actividad e Importancia en el Contexto
Económico – Social

La actividad principal del Juzgado de Municipio San
José Guanipa como órgano del Poder Judicial es
Administrar Justicia en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y conocer de las causas y asuntos de su competencia
mediante los procedimientos que determinen las leyes, y ejecutar
o hacer ejecutar sus sentencias.

Pero es importante destacar que dentro de la actividad
actual de la institución esta la de prestar un servicio
jurídico-institucional a la comunidad dentro del
ámbito territorial de sus competencias, observamos como el
Juzgado de Municipio San José Guanipa recibe a diario
causas civiles relativas a Inspecciones Judiciales,
Cánones de Arrendamiento, Inspecciones Oculares,
Manifestaciones Esponsales, Interdictos, Juicios de Deslinde,
Causas Mercantiles de Menor Cuantía, Causas relativas a
Cooperativas, y a la vez ejerce Funciones de Control de
Responsabilidad Penal Sección Adolescentes, y otras que
las leyes les atribuyan, todo dentro del ámbito del
Municipio San José de Guanipa, lo que hace posible a los
ciudadanos de este municipio no tener que trasladarse como en
épocas anteriores a la capital del Estado a resolver sus
problemas creando un escenario que por razones de
desconcentración judicial le otorga a los ciudadanos un
mejor acceso a los órganos jurisdiccionales, es así
como el establecimiento del Juzgado de Municipio San José
de Guanipa le ha dado una enorme importancia al desarrollo
económico y social del sur del Estado Anzoátegui en
el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la
atención permanente a los planteamientos y requerimientos
de la sociedad, como vía de alimentación y
modulación de todo el proceso de decisión
pública que al ejecutar sus actividades jurídicas
esta dando pasos a la construcción de una nueva
ciudadanía a partir de la garantía universal de los
derechos civiles y sociales, la equidad como eje de ordenamiento
jurídico, lo económico, lo social, lo
público como espacio para la participación, que
conforman las bases del Estado Democrático de Derecho y de
Justicia Social consagrados en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela.

Objetivos de la Institución

El objetivo fundamental el Juzgado de Municipio Guanipa
como órgano del Poder Judicial es Administrar Justicia en
nombre de la República y la responsabilidad de cumplir y
hacer cumplir la Constitución y las Leyes, así como
brindar seguridad jurídica a la ciudadanía con
apego a la equidad, la igualdad, acceso a la justicia, la
legalidad, eficacia procesal, imparcialidad, transparencia, el
debido proceso, celeridad, la interpretación y
aplicación de las reglas que regulan el acceso a los
recursos legalmente establecidos, y que en principio es una
cuestión de legalidad ordinaria cuyo conocimiento compete
exclusivamente a los jueces, a quienes le corresponde determinar
el alcance de las normas procésales, propios de un Estado
de Derecho.

1.3.- Visión

Velar por el cumplimiento de los objetivos de la
institución y brindar la seguridad jurídica
entendida como la estabilidad de las instituciones y la vigencia
plena de la Constitución y las leyes en aras del bien
común como uno de los fines del Derecho.

Misión

La misión de la institución es garantizar
la vigencia del Estado Democrático y Social de Derecho y
de Justicia basado en un sistema de normas jurídicas que
permitan una convivencia ordenada, al tiempo que genere las
condiciones necesarias para proteger los derechos, la seguridad
personal y los bienes de cada uno de los ciudadanos, así
como crear confianza en la institución la cual procura
impartir justicia en cumplimiento de la ley, la igualdad, la
solidaridad, la ética, ofreciendo el pleno ejercicio de
los derechos de los ciudadanos, basados en los principios
fundamentales de la Constitución como norma fundamental de
nuestro ordenamiento jurídico.

Valores de la Organización

Son valores esenciales para la institución: La
Igualdad, La Seguridad Jurídica y La Justicia, El Bien
Común, La Ética y La Preeminencia de los Derechos
Humanos.

La Igualdad: Es un valor protegido por todo
ordenamiento jurídico como meta alcanzar.

La Seguridad Jurídica: Se expresa en la
confianza y certeza que genera la regulación de Derecho
sobre sus destinatarios, al ser la norma clara, expresa, previa,
estable en la producción de sus efectos, permitiendo sin
grave dificultad la protección de los intereses personales
y sociales.

La Justicia: como valor supremo, que expresa en
las normas, entendidas como vías de expresión de
reivindicaciones sociales a través de la historia. El
Derecho ha de imponerse cual medio de realización del
ideal de justicia, de salvaguarda de los derechos humanos
esenciales.

El Bien Común: Como la finalidad que
pretende alcanzar toda norma de alcance general.

La Ética: Como el conjunto de principios
morales ligados al campo del derecho que tienen como disciplina
articuladora la deontología.

La Preeminencia de los Derechos Humanos: Como
guía de la definición conceptual, política y
jurídica que debe orientar al Estado Democrático y
Social de Derecho y de Justicia.

1.4.- Estructura Organizativa del Juzgado de
Municipio Guanipa

La estructura del Juzgado de Municipio Guanipa esta
constituida por:

  • Un Juez (za), desde donde ejerce sus todas
    las funciones relativas a su envestidura.

  • El Secretario quien recibe todos los asuntos
    que le son propios de la competencia del Juzgado.

  • El Alguacil quien es el encargado de ejecutar
    las órdenes que le comunique el Juez (a) o el
    Secretario (a).

  • El departamento de archivos, donde se resguardan
    todos los expedientes y documentos que guardan
    relación con las actuaciones del Juzgado.

  • Departamento o Pool de asistentes quienes se
    encargan de ejecutar las actividades y tareas que les son
    encomendadas para el buen funcionamiento del
    Juzgado.

1.5.- Institución donde se desarrolla la
pasantía

La pasantía la realizamos durante las seis (6)
semanas en el Juzgado de Municipio Guanipa observando el
desarrollo de sus actividades en cada uno de sus departamentos
bajo la orientación e inducción del tutor,
así como del personal que labora en la institución
quienes gustosa y diligentemente prestaron su colaboración
y su tiempo en impartir sus experiencias las cuales canalizamos
profundamente en nuestros conocimientos y de lo cual nos sentimos
enormemente agradecidos y lo cual constituye para nosotros un
orgullo asimilar esta bella experiencia.

1.6.- Objetivo e Importancia de la
Institución

Desde el punto de vista Jurídico –
Institucional el Juzgado de Municipio Guanipa se constituye en
una herramienta de gran importancia para el desarrollo local,
porque a través de la institución se crea un clima
de confianza en la comunidad sobre el orden jurídico del
que se espera tutela y efectiva vigencia de las garantías
a los derechos de las personas e íntimamente relacionada
con ella esta la certidumbre de la legitimidad del propio obrar
conforme a la ley, certidumbre a la que coadyuva decididamente la
estabilidad del sistema jurídico y judicial, dada por la
razonable predictibilidad de las soluciones jurisdiccionales. Es
de desatacar que el Juzgado de Municipio Guanipa como
institución al servicio de la comunidad apela igualmente a
un sentido de estabilidad del Derecho, vale decir, la vigencia de
un sistema normativo que no está sujeto a ocurrencias
circunstanciales, sino que se afirma en la seria garantía
de modificaciones que, de ser necesarias, vienen sugeridas por la
experiencia y siempre por vía de los mecanismos
establecidos en nuestra Constitución.

Funciones del
Juzgado de Municipio San José Guanipa

Competencias

Los juzgados ordinarios tienen competencia
para:

  • 1. Conocer en primera instancia de las causas
    civiles y mercantiles cuyo interés, calculado
    según las disposiciones del Código de
    Procedimiento Civil, no exceda de cinco mil bolívares
    fuertes.

  • 2. Ejercer las atribuciones que les confiere la
    Ley de Registro Público.

  • 3. Conocer en primera instancia de los juicios
    de quiebra de menor cuantía.

  • 4. Conocer de los juicios de deslinde, de
    acuerdo con el Código de Procedimiento
    Civil.

  • 5. Recibir manifestaciones de esponsales y
    presenciar la celebración de matrimonios.

  • 6. Proveer lo conducente en los interdictos
    prohibitivos, de acuerdo con el Código de
    Procedimiento Civil.

  • 7. Las demás que les señalen las
    leyes.

Los juzgados especializados en ejecución de
medidas tienen competencia para cumplir las comisiones que le
sean dadas por los tribunales de la República, de acuerdo
con la ley.

Son Deberes y Atribuciones del
Secretario

  • 1. Dirigir la secretaría, concurriendo a
    ella para atender con actividad y eficacia el servicio del
    público y custodiar el sello del tribunal bajo su
    responsabilidad.

  • 2. Autorizar con su firma los actos del
    tribunal.

  • 3. Autorizar las solicitudes que por diligencia
    hagan las partes, así como también los
    testimonios y copias certificadas que deban quedar en el
    tribunal.

  • 4. Autorizar los testimonios y copias
    certificadas que soliciten los interesados, los cuales
    sólo expedirán cuando así lo decrete el
    juez respectivo.

  • 5. Recibir los documentos y escritos que
    presenten las partes, anotando al píe la fecha y hora
    de presentación y dar cuenta inmediata al juez o
    presidente del tribunal.

  • 6. Conservar los Códigos y leyes
    vigentes para el uso del tribunal.

  • 7. Asistir a las audiencias del tribunal y
    autorizar con su firma todos los actos.

  • 8. Llevar con toda claridad y exactitud el
    Libro Diario del tribunal, el cual firmarán
    conjuntamente con el presidente o juez respectivo al terminar
    cada audiencia. Los Diarios de los tribunales accidentales
    serán llevados por separado.

  • 9. Llevar el Libro Copiador de Sentencias
    definitivas que dicte el respectivo tribunal. En las Cortes
    se llevará separadamente el Libro Copiador de
    Sentencias Penales.

  • 10. Llevar con toda puntualidad el Libro de
    Actas y el de Registro de Entradas y Salidas de
    Causas.

  • 11. Llevar por duplicado el Libro de Registro
    de Poderes.

  • 12. Llevar por duplicado el Libro de
    Autenticaciones.

  • 13. Llevar el Libro de Manifestaciones de
    Esponsales y el de Registro de Partidas de Matrimonio en los
    Juzgados de Municipio.

  • 14. Llevar, además, los siguientes
    Libros: el de Acuerdos y Decretos, el Copiador de
    Correspondencia, el de Conocimiento de Correspondencia y
    Expedientes, el de Juramento, el de Presentación, el
    Índice de Expedientes y cualquier otro, necesario para
    la buena marcha del tribunal, que ordene el Reglamento
    Interno.

  • 15. Recibir y entregar la Secretaría, el
    archivo, la biblioteca y el mobiliario del tribunal bajo
    formal inventario, que se hará por duplicado y
    firmarán el secretario entrante y el
    saliente.

Son Atribuciones y Deberes del
Alguacil

  • 1. Ejecutar las órdenes que en uso de
    sus atribuciones les comuniquen los jueces y secretarios, y,
    particularmente, hacer las citaciones y
    notificaciones.

  • 2. Los demás que le señalen las
    leyes y el Reglamento Interno del tribunal.

Políticas de la
Institución

El Juzgado de Municipio Guanipa tiene como
política cumplir y hacer cumplir la Constitución y
las Leyes, Administrar Justicia en nombre de la República
y preservar el Estado de Derecho, Protección de los
Derechos Fundamentales de la Persona y Desarrollo de los
Principios Constitucionales.

Recursos
Humanos

El Juzgado de Municipio Guanipa cuenta con un personal
altamente calificado para el desempeño de las funciones
que les son encomendadas y como trabajadores tribunalicios,
pertenecen al sector público, pero con
características diferenciales un tanto demarcadas, por la
naturaleza de la labor que realizan; es decir ser auxiliares de
la administración de justicia venezolana.

En este contexto los trabajadores judiciales del Juzgado
de Municipio Guanipa tienen bien determinadas sus labores pues
realizan un trabajo altamente calificado o tecnificado para uno
de los poderes del Estado.

El Secretario

En primer término tenemos la labor que
desempeña el Secretario del tribunal que consiste
esencialmente en ser el intermediario entre los abogados, los
litigantes, la población y el Tribunal. Aquí, en
Venezuela, cuando una persona entabla un juicio, hace una
apelación o presenta un recurso, no se presenta ante
alguien que viste una toga; se dirige al Secretario, quien se
encarga del trámite legal. Regulada su labor en el
Código de Procedimiento Civil en los Artículos que
van desde el 104 hasta el 114, donde se establece entre otras
cosas que coadyuvará junto con el Juez y el Alguacil a
realizar la función jurisdiccional que llevará el
libro diario del tribunal, que tendrá bajo su inmediata
custodia el sello del tribunal, que suscribirá junto con
el juez diversos actos, entre otras funciones. Igualmente la Ley
Orgánica del Poder Judicial, en el Artículo 72,
señala los deberes y atribuciones de los
Secretarios.

El Alguacil

En segundo término esta El Alguacil es un
empleado altamente calificado que tiene bien definidas sus
funciones. Junto al Juez y al Secretario conforma el Tribunal. Es
este funcionario quien realiza las citaciones y las
notificaciones; realiza funciones de policía
administrativa dentro de la sede del Tribunal; es el vigilante
del buen orden dentro del mismo además de ejecutar el
contenido del Artículo 73 de la LOPJ y aquellas contenidas
en el Código de Procedimiento Civil. Con las actuaciones
de este funcionario la acción, la pretensión y la
demanda empiezan a transitar el proceso y se da cumplimiento al
artículo 26 constitucional. En efecto, con la entrada en
vigencia del Código Orgánico Procesal Penal (COPP),
se creó por mandato de su artículo 539, la
institución del ALGUACILAZGO, en el caso de los Alguaciles
del Circuito Judicial Penal. El Servicio de Alguacilazgo, es una
Institución, con atribuciones específicas, en todo
lo que respecta el Proceso Penal Venezolano, se observa que el
Alguacilazgo, ya no es visto en sentido individual, sino como
institución que presupone un cuerpo colectivo. En el caso
de los Alguaciles de tribunales unipersonales una de sus tareas
más importantes es la de garantizar la seguridad del
Tribunal.

Como hemos sostenido, los Alguaciles no han sido
calificados jurídicamente, en las leyes, estatutos o
reglamentos respectivos, como personal de confianza ni de libre
nombramiento y remoción, por lo que se encuentran
totalmente protegidos por la Cláusula 8 de la vigente
Contratación Colectiva de los Empleados del Poder
Judicial, relativa a la estabilidad y carrera. En
sintonía, con lo expuesto, se señala que los
Alguaciles, como empleados de tribunales que son, se encuentran
amparados por la estabilidad consagrada en los artículos
1° y 2° del Estatuto del Personal Judicial
vigente.

Los (as) Asistentes

En tercer término tenemos la labor que
desempeñan los (as) Asistente de Tribunal, es un empleado
técnico que debe estar preparado para dar repuestas
oportunas al momento de planteársele cualquier tipo de
situación jurídica, por lo que sin ser abogado
está preparado (a) para responder a este tipo de
respuestas. En efecto, los (as) Asistentes de Tribunal, al igual
que los demás empleados de la Administración de
Justicia, en muchos casos son estudiantes de Derecho o Abogados.
Son ellos quienes coadyuvan en el normal desenvolvimiento del
tribunal y aunque la ley, no les regula sus funciones como al
Secretario y al Alguacil, sino se regulan en el Estatuto del
Personal Judicial, es del conocimiento público que
contribuyen en la actividad jurisdiccional junto con el Juez, el
Secretario y el Alguacil. Son ellos quienes realizan los diversos
actos que se encuentran estipulados en el Código de
Procedimiento Civil.

El Archivista

Por último debemos señalar el oficio del
Archivista Judicial. El Archivista Judicial es un ciudadano
común de la sociedad, que ejerciendo funciones dentro de
la Administración de Justicia, tiene la co-responsabilidad
de organizar, mantener y custodiar los fondos documentales de los
diferentes tribunales del país. El Archivista Judicial es
un Funcionario Público según las estipulaciones
contenidas en el Artículo 74 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial. Este Funcionario debe poseer conocimientos
generales de organización, así como técnicas
básicas de archivo. Generalmente debe poseer habilidades
tales como conocimientos de informática,
mecanografía computarizada, buena redacción y
ortografía. El Archivista Judicial es un empleado que se
preocupa por su formación profesional.

Por otra parte debemos señalar una nueva figura
de empleado judicial, nacida de la necesidad inherente de los
ciudadanos como lo es la celeridad procesal, que es el Abogado
Asistente. A este funcionario, aunque poco definida su
función, participa y se le encomienda ser el relator de
las sentencias del tribunal colaborando con el Juez en la
producción de sentencias.

1.7.- Tutor Académico

Abg. Katiuska Febres – Profa. Clínicas
Jurídicas

1.8.- Tutor Empresarial

Abg. Francisco González Acosta – Secretario
del Juzgado de Municipio Guanipa.

CAPÍTULO II

Objetivos

2.1.1.- Objetivo General

  • Aplicar, desarrollar y fortalecer los fundamentos
    teóricos – jurídicos y
    metodológicos adquiridos, como una herramienta
    necesaria para capacitarnos en las habilidades, destrezas,
    actitud, sentido ético, conocimientos necesarios y
    vocación de servicio comunitario para iniciarnos en el
    ejercicio de la abogacía con eficacia, responsabilidad
    y respeto por la deontología, así como
    prepararnos para la asistencia y orientación
    jurídica.

2.1.2.- Objetivos Específicos

  • Analizar expedientes de causas penales relativas a
    los adolescentes, basados en el control de la
    investigación y audiencia preliminar que esta a cargo
    del Tribunal de Municipio Guanipa en Funciones de Control de
    Responsabilidad Penal de acuerdo a lo establecido en el Art.
    666 de la L.O.P.N.N.A.

  • Analizar expedientes de causas civiles que cursan en
    el Tribunal de Municipio Guanipa como una de sus competencias
    y adquirir los conocimientos de cómo se realizan los
    procedimientos civiles, mercantiles y juicios de
    deslinde.

  • Conocer de los procedimientos que se llevan a cabo
    en el archivo con los expedientes con el sistema Iuris-2004:
    nomenclatura para identificación, procedimiento ante
    una solicitud de expediente, entrada de documento, salida de
    documento, numero de asunto, tipo de ubicación, cambio
    de ubicación y datos de la persona.

  • Conocer de las funciones que realizan alternamente
    las asistentes e internalizar de ellas sus experiencias en el
    manejo, redacción y sustanciación de los
    expedientes.

  • Conocer de las funciones que realiza el Secretario
    cuya actividad es la de articular los diversos actos o causas
    que cursan por el Tribunal, los autos de los asuntos
    pendientes, la recepción, transmisión,
    notificación y conservación de los documentos,
    la correspondencia con las partes y terceros relativa a los
    asuntos pendientes, así como la custodia de los sellos
    del Tribunal.

  • Analizar la estructura organizativa de la
    institución y elaborar un organigrama.

  • Analizar como esta constituido la infraestructura de
    la institución y determinar a partir del
    análisis si los espacios físicos permiten una
    buena ergonomía en el ejercicio de las funciones
    administrativas.

2.2.- Limitaciones

Durante el desarrollo de las pasantías no tuvimos
limitaciones de parte del personal del Juzgado de Municipio San
José de Guanipa, por el contrario obtuvimos plena
colaboración y disposición en la inducción y
orientación en todas y cada una de las actividades que nos
toco desarrollar en las diferentes áreas, en cuanto al
tiempo fue bastante productivo su aprovechamiento en el
enriquecimiento de nuestros conocimientos tomando en cuenta que
normalmente las horas de pasantías en las instituciones
son de dos (2) horas, en el Juzgado de Municipio San José
de Guanipa se nos permitió cubrir cuatro (4) horas
semanales durante las seis (6) semanas y financieramente no fue
un obstáculo para el desarrollo de las pasantías el
hecho de no haber obtenido pago para la realización de las
mismas, ya que había un marcado interés de nuestra
parte en obtener más conocimientos de las actividades
judiciales de la institución y cumplir con lo establecido
en el programa currícular de la U.N.E.R.G, podemos
afirmar que el proceso se desarrollo de manera eficiente por lo
que nos sentimos altamente agradecidos de tan importante
institución.

Actividades
Desarrolladas

En el desarrollo de las actividades de la
pasantía se nos presentó al personal de la
institución, seguidamente una de las asistentes nos
facilito un expediente relativo a una Causa Penal sobre
Adolescente
, de esta causa conoce el Juez o Jueza de
Municipio en Funciones de Control y Responsabilidad Penal
Sección Adolescente, dado que no ha sido creado aun un
Tribunal de Control Penal de Adolescente en la
Jurisdicción del Circuito Judicial de la Zona Sur del
Estado Anzoátegui, tal como lo establece el
Artículo 666 de la Ley Orgánica de
Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes
, brevemente se nos explico que cuando un
adolescente es capturado en flagrancia se le hace una audiencia
de presentación, el Fiscal hace la exposición de
las actuaciones, si el imputado se acoge a las actuaciones de la
Fiscalía se continua el procedimiento por el mismo
Tribunal de Municipio, pero si por el contrario el imputado no se
acoge a las actuaciones de la Fiscalía, entonces la Jueza
lo remite directamente al Tribunal Superior de Juicio de
Barcelona. Todas las actuaciones de la Fiscalía
están enmarcadas en lo que se establece en los
Artículos 285, Numeral 4 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, Artículo 37
Numeral 15 de la Ley Orgánica del Ministerio
Público, Artículo 108, Numeral 4 del Código
Orgánico Procesal Penal y los Artículos 648 y 650,
Literal "C" de la Ley Orgánica para la Protección
del Niño, Niña y del Adolescente, el Expediente de
la Fiscalía de llevar: el Escrito de la Fiscalía,
Capítulo I el Escrito de Acusación, el Capitulo II,
Del Hecho Imputado, Capítulo III, Fundamentos de la
Imputación, la cual de contener: Denuncia, Reconocimiento
Legal, Acta Policial Informativa, Entrevistas y Declaraciones,
Capítulo IV, el Precepto Jurídico Aplicable,
Capítulo V los Medios de Prueba, Expertos, Testigos y
Víctima, Capítulo VI, el Petitorio, la
Fiscalía hace solicitudes a organismos como Medicatura
Forense experticias a las víctimas si fuera el caso, las
Actas Policiales que recibe la Fiscalía están
sustentadas en lo que se establece en los Artículos 112 y
284 del Código Orgánico Procesal Penal, así
como el Articulo 14, Apartes 1 y 6 de la Ley de Investigaciones
Científicas, Penales y Criminalísticas.

Cuando la Fiscalía remite una actuación a
un Tribunal de Municipio en Materia Penal de Adolescente, este de
llevar un escrito con las actuaciones la cual debe estar firmada
por el Fiscal remitente. Este escrito es consignado por la
U.R.D.D con un comprobante de recepción como
Asunto Nuevo, el cual de llevar una nomenclatura de
identificación que diga: Ejemplo: BP11 – D –
2009 – 000100,
el cual es recibido y firmado por el
Secretario y la Jueza del Tribunal de Municipio San José
de Guanipa. Si la víctima o el indiciado no tienen un
abogado privado, estos hacen la solicitud en la Fiscalía y
la Fiscalía hace un escrito de solicitud al Tribunal del
Municipio que lleva la causa. Este escrito de solicitud lo recibe
le Secretario el cual lo firma y se lo remite al Juez, quien lo
recibe y le da el visto al escrito presentado por el imputado o
víctima y hace un escrito de solicitud a la Coordinadora
de la Defensoría Pública solicitándole le
asignen un defensor público al indiciado de acuerdo a lo
establecido en el Artículo 49 y 51 de la
Constitución de la República de Venezuela
y los
Artículos 72 y 73 de la Ley Orgánica de la Defensa
Pública. En la U.R.D.D se recibe el escrito dándole
entrada al Defensor Público, se recibe el escrito de
aceptación, recibido y visto escrito de aceptación
lo firma el Secretario y el Juez. Luego el Alguacil consigna una
boleta de notificación a la Fiscalía Décima
8va notificando la aceptación del Defensor Público.
Todo expediente se deja anotado en un libro, hay dos libros una
para causas penales y otro para causas civiles, los libros deben
llevar nota de apertura que debe llevar: membrete
República Bolivariana de Venezuela, nombre del Juzgado,
Circunscripción, Firma del Juez, Nota de Cierre y Firma
del Secretario y en el libro se coloca la Fecha, Nombre del
Indiciado, Numero de Expediente, Delito, Procedencia,
Fiscalía de donde procede y Oficio.

También analizamos expedientes con causas civiles
relativas a desalojos, cobro de menor cuantía y
manifestaciones esponsales, también se expiden copias
certificadas de partidas de matrimonio, libro de actas, libro de
juramentos y cánones de arrendamiento.

Recibimos una inducción en el área de
archivos donde se nos explico el nuevo sistema que se esta
empleando desde el año 2004 con el llamado "Sistema
Juris-2004" Computarizado
el cual es un sistema muy novedoso
y que permite hacerle un seguimiento a los expedientes y saber su
ubicación en las gavetas así como mantener un orden
correlativo de los mismos que hace más fácil el
desenvolvimiento de las actividades con los expedientes dentro de
la institución. Todo expediente que este culminado se
archiva debidamente identificado y se envía al archivo
judicial en forma de legajo y se identifica con sus respectivos
números y con un oficio.

Analizamos todo lo referente a las funciones del
personal de la institución, cabe decir que el personal que
labora en la institución nos presto toda su
colaboración y atención, en ellos hay
alternabilidad en cuanto a las funciones que realizan, cada
semana una de las asistentes se encarga de los expedientes de
causas penales y la otra semana de las causas civiles, de ellas
obtuvimos muchos conocimientos ya que nos enseñaron la
metodología de trabajo en la
institución.

El secretario tiene muchas atribuciones, pero podemos
clasificar esas atribuciones en dos grandes grupos: Aquellas que
se relacionan directamente con la función jurisdiccional y
que concurren a la realización de esta función; y
las que se refieren propiamente a la organización de la
administración de justicia en forma indirecta y
mediatamente se relacionan con la función
jurisdiccional.

Siendo el proceso esencialmente escrito, el Secretario
es el funcionario que tiene la atribución de autorizar las
exposiciones o solicitudes de las partes y los actos del
Tribunal. Del mismo modo el Secretario escribe en el expediente
del proceso, los actos del Tribunal, bajo el dictado o las
instrucciones del Juez (a).

La estructura organizativa del Tribunal esta constituido
por un Juez (a), un Secretario (a) y un Alguacil, a los cuales
corresponden funciones diferentes en el régimen del
proceso, en sentido general se puede definir al Secretario (a) y
al Alguacil como funcionarios auxiliares del Juez (a) y realizan
funciones especificas atribuidas por la ley, y que son
extrañas a la facultad de decisión del Juez
(a).

La infraestructura de la institución a pesar de
ser muy pequeña para tanto personal, los mismos realizan
sus funciones y cumplen con las tareas encomendadas, es de
destacar que funcionan dos Tribunales de Municipios y dos
Tribunales Ejecutores de Medidas los cuales cuentan cada uno con
personal propio tal como esta concebida la estructura de los
Tribunales en la ley, pero que a pesar de esta limitaciones la
institución ofrece una máxima defensa, control y
apego al derecho, siempre salvaguardando los intereses del
Municipio.

 

 

Autor:

Cesar Castro

 

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