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Guía de Derecho Ambiental




Enviado por Carla Santaella



Partes: 1, 2

  1. La
    ecología y los recursos naturales
  2. Características de la ciencia
    ecológica
  3. Ecosistemas, comunidades y
    población
  4. El
    ecosistema y la problemática
    ecológica
  5. El
    Derecho Ecológico. Origen y
    contenido
  6. El
    Derecho Ambiental. Ámbito y contenido. El Derecho
    Ambiental venezolano
  7. Bibliografía

La
ecología y los recursos naturales

El lugar que cada ser viviente ocupa en el espacio
recibe en esta
materia una denominación especial: Biotopo
o habitat.El hecho de que los seres vivos ocupen un lugar (un
biotopo o un habitat) en el espacio, implica que existen miles de
seres vivientes y dentro de ellos vamos a encontrar que existen
igualmente relaciones de distintas naturaleza.El estudio de esta
materia se refiere fundamentalmente a la relación que
surge que se da dentro de los grupos de seres vivientes; cuando
hablamos de seres vivientes nos referimos a los animales y
vegetales.DEFINICIÓN DE LA ECOLOGÍAEs la ciencia
que estudia e investiga las relaciones existentes entre los seres
vivientes y el medio donde viven, para así conocer ciertas
reglas y principios que rigen tales relaciones.OBJETO DE LA
ECOLOGÍAEl objeto de esta ciencia es el estudio e
investigación de las relaciones que surgen entre los seres
vivientes y el medio donde habitan, y así poder aplicar
ciertas normas y leyes para evitar que el hombre continúe
destruyendo la naturaleza. Esta es una ciencia relativamente
nueva, esto no quiere decir que antes no había la ciencia
ecológica, siempre ha habido; pero en una época muy
remota el hombre inicialmente destruyó los productos
naturales, taló, quemó, pero naturalmente el hombre
destruyó poco, entonces los efectos causados no se notaban
en gran parte, pero a medida que la población va
aumentando, que la agricultura se va imponiendo y que la
civilización va avanzando, necesariamente va aparecer una
ciencia que enfoque esos fenómenos desde el punto de vista
moderno, una ciencia que enfoque el estudio de estás
relaciones, de estos problemas (la destrucción de la
naturaleza por parte del hombre), y que se dan entre los seres
vivos.

Características de la ciencia
ecológica

1.-
Hoy en día se dice que la ecología es una ciencia
autónoma, no quiere decir que sea autosuficiente, todas
las
ciencias se ayudan unas con otras, interfieren unas con
otras; cuando hablamos de ecología ya no podemos decir que
es igual a la botánica, la ecología tiene
principios propios de esta ciencia, la botánica no estudia
la conducta del hombre, en cambio la ecología si la
estudia.2.- Es una ciencia global. 3.- Es una ciencia
multidisciplinaria y se sirve de otras ciencias para la
solución de los problemas que le son propios.4.- Es una
ciencia que en la actualidad estudia al hombre, su conducta y sus
relaciones.5.- Estudia aspectos fundamentales como la natalidad y
mortalidad, que antes no se estudiaban y que constituye parte
esencial de ella.

Origen etimológico de la palabra
ecología

La
palabra ecología proviene de dos vocablos griegos:
OIKOS=CASALOGOS=CIENCIADefinimos que los fenómenos que
estudia la ecología no es que sean nuevos precisamente,
pero son fenómenos que suelen despertar la curiosidad de
los científicos, de los
filósofos y por eso vamos a
remontamos a Platón y Aristóteles donde encontramos
ciertas consideraciones por algunos hechos que estaban ocurriendo
contra la naturaleza, ya había por parte de estos
filósofos una preocupación fundamental; en los
tiempos modernos tenemos que referirnos a Humbolt, quien en 1895
escribió una obra de suma importancia, porque
resumió en ella todos los principios fundamentales de la
materia ecológica.¿Quién le dio el nombre a
la ecología?Fue un Alemán llamado Haeckel en el
año 1668 y en 1700 la definió en forma tal que esa
denominación ha sido permanente y solo modificada en
algunas palabras. Pasaron muchos años, y es en el
año 1900 donde comienza a estructurarse esta nueva
ciencia, primero se estudia como parte de la botánica,
luego se incluyen los animales y finalmente, en una tercera etapa
se va a estudiar al hombre, su origen, sus relaciones y su
conducta; de manera que son tres etapas
fundamentales:

  • Como parte de la botánica.

  • Como parte de la botánica y
    zoología.

  • Por último como
    antropología.

Ecosistemas, comunidades y
población

Ecosistema: Es la piedra angular de
nuestra materia, es la unión que se da entre los seres
vivientes y los componentes físicos y químicos que
se emplean en ese medio determinado.ELEMENTOS FUNDAMENTALES DEL
ECOSISTEMA

El biotopo: Lugar donde vive la biocenosis
(grupos de seres vivientes).

La flora: Conjuntos de vegetales que de una
u otra forma transforman la luz solar en materia orgánica
e inorgánica, es decir que produce
fotosíntesis.

La fauna: Elementos que viven de ellos
mismos y de la flora.

Elementos autotróficos: Son aquellos
que a través de la fotosíntesis producen la materia
orgánica y la inorgánica.

Elementos heterotróficos: Son
aquellos que viven de lo que preparan los
autotróficos.

Elementos saprófilos: Son los
descomponedores, es decir, hongos, bacterias, etc.

POBLACIÓNEs el conjunto de seres de
características similares que habitan un lugar determinado
en un momento dado y que son capaces de reproducirse.Cuando
hablamos de población no nos estamos refiriendo
principalmente a la población humana, nos estamos
refiriendo a la ciencia que estudia las poblaciones de los seres
vivientes (la demografía).Caracteres de la
población

  • Densidad de la población: Cuantos habitantes
    viven en un kilómetro cuadrado.

  • Tasa de natalidad.

  • Tasa de mortalidad.

  • Tasa de crecimiento: Que viene dada por el remanente
    que queda de los que nacen y mueren.

  • Ubicación.

  • Edad.

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Lucha biológica:a.- Abundancia o
carencia de alimentos.b.- Adaptación a la dieta
alimentaría.c.- Clave de carácter: Que son las
condiciones peculiares de una raza o grupo determinado.RECURSOS
NATURALESSon los elementos de la naturaleza que el hombre utiliza
y pueden ser de dos tipos:

Recursos naturales renovables: se consumen
con el uso racional y son limitados, ya que se pueden renovar
siempre que el hombre los utilice racionalmente.

Recursos naturales no renovables: son los
que se consumen con el uso y no se vuelven a reproducir: por
ejemplo el petróleo.

CIENCIAS Y DISCIPLINAS
ECOLÓGICASDebido al desarrollo de la ciencia
ecológica y a los diferentes enfoques necesarios para
estudiar a los organismos en su medio ambiente natural, la
ecología se sirve de disciplinas como la
climatología, la hidrología, la física, la
química, la geología y el análisis del
suelo. Para estudiar las relaciones ente muchos organismos la
ecología recurre a ciencias tan dispares como el
comportamiento animal, la taxonomía, fisiología y
las matemáticas; además se sirve de disciplinas
reguladores de la acción del hombre, entre las cuales
mencionamos al derecho.

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DOMINANCIA Y DIVERSIDAD
BIOLÓGICA
La dominancia se produce cuando una o varias
especies controlan las condiciones ambientales que influyen en
las especies asociadas. En un bosque por ejemplo, la especie
dominante puede ser una o mas especies de los árboles,
como el roble, en una comunidad marina los organismos dominantes
suelen ser animales como el mejillón.La dominancia puede
influir en la diversidad de especies de una comunidad, porque la
diversidad no se refiere solamente al número de especies
que la componen, sino también a la proporción que
cada una de ellas representan.

El ecosistema y
la problemática ecológica

LA PROBLEMÁTICA ECOLÓGICA.
CONCEPTO.-

Es el deterioro constante de la naturaleza
que en la actualidad pone en peligro al hombre y en el futuro la
supervivencia de la humanidad en el planeta.

La problemática podemos
considerarlas desde dos puntos de vista:

1. La problemática desde el punto de
vista universal o mundial y

2. La problemática desde el punto de
vista nacional.

La problemática ecológica
desde el punto de vista universal o mundial:

Cuando hablamos de la problemática
ecológica desde el punto de vista universal o mundial nos
referimos a todas aquellas causas que abarca a toda la humanidad,
a nivel mundial.

CAUSAS DE LA PROBLEMÁTICA
ECOLÓGICA MUNDIAL

  • Aumento de la
    población.

  • La industrialización.

  • El desarrollo.

  • Los procesos agropecuarios y los
    pesticidas

  • El Petróleo

  • Desertificación
    artificial.

CAUSA DE LA PROBLEMÁTICA
ECOLÓGICA:

Aumento de la población: hay que
tener en cuenta la cantidad de personas en el mundo que se van
multiplicando ilimitadamente día a día. A medida
que la población va en aumento, también aumentan
sus necesidades de alimento, de agua, de aire; así tenemos
que ver que es lo que afecta a ese aumento de la
población. En 1798 constituía un problema el
aumento de la población, un pastor protestante
inglés llamado Moltus, se preocupó por estudiar
este problema, no solo en determinadas regiones sino
prácticamente en todo el mundo, y llegó a la
conclusión que mientras la población crecía
en proporción geométrica, los alimentos
crecían en proporción aritmética.
Según este pastor protestante, si el aumento de la
población continuaba igual, dentro de unos años el
mundo iría desapareciendo en realidades alarmantes. Indira
Gandhi cuando fue ministra de la India, también se
preocupó por este problema y decía que a pesar de
la inmensa extensión en kilómetros que
poseía la India; la población estaba creciendo en
forma tal que para el año 2000 iba a ser preocupante, por
que de dónde iban a obtener para cubrir sus necesidades.
Hay poblaciones en México que está entre las
ciudades más pobladas del mundo, así también
la más contaminada, producto de la
industrialización.

La contaminación: Es aquella
producida por sustancias o gases tóxicos venenosos y
mortales y que pueden causar cambios drásticos en la
atmósfera.

La Industrialización: El hombre en
su afán de lucro ha tratado de aprovechar al máximo
los recursos naturales y por otro lado los adelantos y progresos
de la humanidad. Esto implica la creación de grandes
industrias, fábricas y plantas que en definitiva son
grandes fuentes de contaminación. Entre los residuos o
elementos que producen las industrias están los que no son
biodegradables, es decir, que no se destruyen fácilmente y
que necesitan muchos años para que
desaparezcan.

Las metas del desarrollo: el progreso
implica destrucción de una u otra forma, así si se
toman las medidas más apropiadas en todo el mundo
habrían menos problemas de contaminación y
más destrucción; entonces cuando se habla de metas
de desarrollo, tenemos que pagar ciertos tributos fundamentales a
la naturaleza, por que le están maltratando y destruyendo
en el proceso de desarrollo de la humanidad.

Los procesos agropecuarios: cuando se habla
de procesos agropecuarios tenemos que referirnos en primer lugar
a la tala y a la quema, que son generalmente los procesos
utilizados o a los cuales se recurre para limpiar el campo de
acción.

El uso de pesticidas: este es un elemento
químico que se utiliza para matar las malezas, el uso de
pesticidas ha creado un verdadero problema de alta gravedad
porque la mayoría de los pesticidas son a base de
fósforo, o que va produciendo contaminación del
suelo.

EFECTOS DE LA
CONTAMINACIÓN:

Contaminación del aire: la mayor
parte del mundo está contaminada, esta
contaminación proviene en gran medida por los
vehículos, a través del monóxido de sodio y
el monóxido de Carbono en un 30%, por las fábricas
o empresas en un 40%. La contaminación del aire trae como
consecuencias el smock, que es un contaminante común de
las grandes ciudades.

Contaminación del agua: es producida
por sustancias tóxicas y venenosas que arrojan las
embarcaciones marinas a los mares, ríos y granes lagunas,
produciendo consecuencias graves para la subsistencia de los
animales y vegetales que allí habitan.

Contaminación del suelo: es
producida por diversos elementos, tales como la basura,
pesticidas, algunos fertilizantes y pozos
excreméticos.

Contaminación sónica: ara
medir el sonido se recurre al llamado decibeles, normalmente el
organismo humano resiste alrededor de 60 e incluso hasta 70
decibeles pero cuando sobrepasa este límite y por mucho
tiempo, produce una serie de trastornos irreversibles en el
organismo humano.

Contaminación
electromagnética: es aquella que se produce por los iones
que emanan de los equipos electrodomésticos y
electrónicos, pero actualmente se están estudiando
los efectos de esta ionización en el organismo
humano.

Contaminación mercurial: Es la que
se produce por aquellos gases venenosos, fatales y peligrosos que
surgen del mercurio al ser quemado y los residuos que quedan del
mismo son arrojados a las aguas, sobretodo por aquellas personas
que se dedican a la búsqueda de oro y piedras preciosas en
los ríos.

Contaminación nuclear: Es a partir
de este siglo cuando el hombre comienza a manejar el
núcleo de ciertas sustancias peligrosas como el uranio;
inicialmente con el descubrimiento de l a energía nuclear
se creía que se iban a resolver los problemas de
combustible en el mundo y hubo gran optimismo con las plantas
nucleares, pero poco tiempo después estas fábricas
encerraban gran peligro para la humanidad, pues los gases
producidos por estas industrias son tóxicos, Podemos citar
el daño que produjo la explosión de la bomba sobre
Hiroshima. Esta energía nuclear produce residuos o gases
que son mortales y están activos o permanecen así
por lo menos 100 años.

EFECTOS DE LA
DESTRUCCIÓN:

Los efectos de la destrucción se
aprecian en la flora, fauna y en el abuso que se hace de los
recursos naturales.

En cuanto a la flora, la destrucción
de los bosques que es algo alarmante e el mundo, en la selva
amazónica que es una de las reservas naturales más
grandes del mundo y que tiene una influencia decisiva en el clima
mundial y si llega a desaparecer se calcula que la tierra va a
ser más cálida que en lo que en realidad es,
entonces los hielos de los polos se derretirán y el
régimen de lluvias también
desaparecerá.

En cuanto a la fauna tenemos que los
gobiernos se han dedicado a imponer normas en aras de la
protección de animales, ya que el hombre en su afán
de riquezas ha matado a los animales de manera irracional, el
mundo entero mira con asombro como han desaparecido muchas
especies de animales, se han creado organizaciones que su
objetivo principal es la conservación de las diversas
especies de animales que existen en el planeta.

PROBLEMÁTICA ECOLÓGICA
NACIONAL:

Venezuela no escapa a los problemas
generales de la crisis de la problemática
ecológica, en primer lugar en el año 1939 Henry
Pittier trato de ayudar a Venezuela, se quejaba amargamente de
cómo estaba destrozada la naturaleza en nuestro
país, que el hacha y el incendio la están acabando
y que finalmente habría mucho desierto en Venezuela. En
1949 un holandés que trabajaba para la unión
panamericana, llamado Vogt, quien era el encargado de conservar
la ecología recorriendo toda América, llegó
a decir que nunca había visto tanta erosión, que
Venezuela era un país donde la naturaleza se encontraba
muy maltratada por sus habitantes.

El Doctor Tulio Chiossone se dispuso a
crear ciertos organismos oficiales dependientes de distintos
Ministerios, de los cuales hace referencia en su libro "El Delito
Ecológico", los cuales se ocupan de la problemática
ecológica, pero ninguno de estos organismos hizo algo por
salvaguardar la naturaleza en nuestro país, sin embargo
mas de 1/3 de la selva húmeda nuestra ha ido
desapareciendo.

Algunos de los factores que influyen en la
problemática ecológica nacional son:

La industrialización: es uno de los
factores más contaminantes, las industrias distribuyen
focos de contaminación por falta de medidas apropiadas
para evitarla, lo pero es cuando esas industrias están en
ciudades como Caracas, Valencia, Barquisimeto y éstas
están contaminadas.

Se han decretado algunas ordenanzas para
tratar de evitar que las industrias no queden dentro de las
ciudades, sin embargo, no todas las industrias han salido de
Caracas y siguen contaminando la ciudad. Por lo menos un tercio
de los bosques de nuestro país han desaparecido por la
quema desmedida del hombre y algunas veces producidas por la
naturaleza, cada año en el cerro "El Ávila" suceden
muchos incendios, en otras partes del país queman muchas
hectáreas sembradas, desaparecen y se convierten en
verdaderos desiertos y esto trae como consecuencia no solo la
destrucción de los bosques sino también la
destrucción de las fuentes de agua. También en los
Llanos, Barinas y la Gran Sabana se producen muchos incendios,
que a la larga también afectan porque la Tierra va
perdiendo sus jugos naturales y esto trae como consecuencia una
desertificación de la zona.

Muchas especies de animales han ido
desapareciendo en el país y estan a punto desaparecer
otras, no solo por la destrucción directa del hombre, sino
también por el fuego, la tala, etc. Tenemos que ha ido
desapareciendo el Cunaguaro, el Manatí y el Oso Frontino,
etc, pero el gobierno ya ha tomado algunas medidas que más
adelante estudiaremos para evitar su extinción.

Si estudiamos los problemas de las aguas
contaminadas en el Lago de Maracaibo y el Río Orinoco, nos
daremos cuenta que la situación es bastante grave por la
gran cantidad de petróleo derramado en esa zona, en el
Lago de Maracaibo en el año 1927 ya los pesadores se
quejaban de la contaminación de las aguas de este lago; al
año siguiente se creó una ley para proteger esas
aguas de derrames constantes de petróleo que había
sobre ellas, para eliminar la contaminación del mismo,
algo que es casi imposible por la cantidad de tuberías que
se encuentran dentro del lago, al igual que en el Lago de
Valencia que la mayoria de las industrias derraman sus agentes
contaminantes a esta agua y hasta que el gobierno no tome medidas
para controlar esa situación no se podrán
descontaminar los lagos.

El efecto invernadero y el calentamiento
global es un problema que se estudia desde hace mas de un
año, cuando los científicos descubrieron que
determinados gases de la atmósfera, especialmente el vapor
de agua, el dióxido de carbono, el metano, el óxido
nitroso y otros contribuyen al calentamiento atmosférico.
Estos gases invernaderos permiten que las radiaciones solares de
onda corta que calientan la superficie terrestre, al mismo tiempo
absorben las radicaciones reflejadas que emite la superficie
caliente de la tierra, especialmente las que tienen mayor
longitud de onda.

El aumento de la temperatura acentúa
la sequía en algunas regiones, desestabilizando el
ecosistema y provocando la extinción de varias especies
animales y vegetales.

El calentamiento podría favorecer la
difusión de plagas destructivas, proliferación de
malas hierbas y de insectos portadores de enfermedades. De
allí que surge entonces la necesidad de convocar a los
países del mundo para tratar en comunidad este
problema.

El Derecho
Ecológico. Origen y contenido

DERECHO ECOLÓGICO

La actitud del hombre frente a la
naturaleza ha dado lugar a que el derecho tome medidas en el
asunto y trate de regularizar, reglamentar esa
conducta.

Surge en primer lugar la ciencia
ecológica para estudiar las relaciones de los seres vivos
frente a la naturaleza y en segundo lugar nace el derecho
ecológico que va a reglamentar esas relaciones.

Esta situación producto del factor
social, ha obligado a la misma sociedad a concebir formas de
control de la acción devastadora del hombre y a regular
las propias actividades del desarrollo hasta racionalizarlas,
apareciendo de esta forma el derecho ecológico.

DEFINICIÓN

Comprende un conjunto de normas
jurídicas de derecho público que atiende a los
fines de la preservación del ambiente y a la
explotación de los recursos naturales de manera racional
en beneficio de la colectividad.

EL DERECHO ECOLOGICO Y EL DERECHO
NATURAL

En cuanto al derecho ecológico y el
derecho natural podemos decir que el derecho natural son las
libertades personales cuyo fundamento se halla en haber sido
establecidas por necesidades de la naturaleza o por obra de la
razón, son derechos innatos, inherentes a la persona e
inalienables, como el derecho a la vida.

Tenemos que el hombre se encuentra inmerso
dentro de dos normas: las normas del ser y las normas del deber
ser; las normas del ser son aquellas normas establecidas o
dictadas por la naturaleza o por el derecho natural y las del
deber ser son aquellas normas establecidas o elaboradas por el
hombre. La relación entre el mundo de lo natural y el
mundo de lo cultural, ha sido en cierta forma el punto de partida
de la investigación científica. El distinguir la
razón de las cosas, bien sean estas productos de
fenómenos naturales o de la elaboración del hombre,
es en cierta forma el objeto de las ciencias de la naturaleza y
de las ciencias naturales. En el mundo de la naturaleza, las
leyes se rigen por el principio de la causalidad: dada una causa
se produce un efecto. Estas son verdades inexorables dentro de
las leyes del ser. En ellas también encontramos al derecho
cuyas normas son patrones de conductas del deber ser.

FUENTES DEL DERECHO
ECOLOGICO

El Derecho Ecológico nace
principalmente del derecho natural, para asegurar la subsistencia
de la humanidad en el planeta, o el derecho a la vida y tiene su
fuente directa en la CRBV, en el primer aparte del art. 11 y en
los art. 12 y 156 ordinales 16,23 y 25.

LA NATURALEZA COMO OBJETO Y EL DERECHO
NATURAL COMO FUENTE DEL DERECHO

Por naturaleza se entiende todo lo que
fluye espontáneamente y su existencia depende de sus
propias leyes. Es obvio que el sujeto de derecho ecológico
es la conducta social del hombre y en cuanto al objeto, es el
bien jurídico protegido, es decir, la naturaleza o medio
ambiente.

Siendo el derecho natural fuente del
derecho ecológico cuyos fines es la preservación
del ambiente con el objeto de garantizar la subsistencia de la
vida en el planeta.

EL DERECHO ECOLOGICO COMO ELEMENTO
PROTECTOR DEL ECOSISTEMA

Podemos decir que el derecho
fundamentándose en la ecología, debe velar porque
el hombre sea racional en la explotación de los recursos,
y que el necesitar modificar el ecosistema natural,
simultáneamente cumpla con las normas que lo obliguen a
preservarlo, conservarlo y más aún mejorarlo para
evitar así la producción de daños
irreversibles a los ecosistemas.

CARACTERES

Es multidisciplinario: ya que se nutre de
la múltiple relación científica, al miso
tiempo que se complementa, reúne y relaciona con las
diferentes ramas del derecho.

Es de carácter e interés
público: sus normas persiguen el beneficio colectivo y
están orientadas al bien común,
específicamente a la preservación de la naturaleza
y con ella garantizar la existencia de recursos naturales
fundamentales para la subsistencia.

Es un derecho conservacionista: ya que su
objeto es la utilización racional de los recursos en
función del beneficio colectivo para las actuales y
futuras generaciones, de donde se desprende la necesidad de crear
conciencia conservacionista.

Es un derecho especial: la generalidad de
los conjuntos normativos que integran al derecho
ecológico, establecen procedimientos y órganos
administrativos y jurisdiccionales especiales que atienden la
materia con exclusividad.

Es un derecho de espacialidad singular y
universal: su ámbito traspasa las fronteras, los problemas
que atiende el derecho ecológico sobrepasan la
espacialidad geográfica del estado que
jurisdicciona.

Es un derecho preventivo: el persigue en
primera instancia una función educativa, orientada a
reglamentar las acciones u omisiones del hombre para crear
conciencia dirigida a la preservación y
conservación de los recursos, esto no quiere decir que no
sea un derecho sancionador, mas que sancionar, busca evitar que
se cometa un delito a la naturaleza.

Es un derecho técnico
científico: porque en su estudio necesitamos conocer
distintos aspectos que ocurren en el campo de la ecología,
distintos términos, alcances, porque si vamos aplicar un
artículo de la Ley Orgánica del Ambiente y no
conocemos su alcance o significado no la podemos
aplicar.

CONTENIDO DEL DERECHO
ECOLÓGICO

El conjunto normativo que forma parte
integrante del contenido ecológico son los
siguientes:

El derecho para la protección
ambiental y para la regulación de las actividades
degradantes (Ley Orgánica del Ambiente)

El derecho agrario y de regulación y
ordenación de las actividades del campo (Ley de
Tierras).

El derecho minero y de hidrocarburos (Ley
de Minas e Hidrocarburos).

El derecho para la ordenación del
territorio y para la ordenación de los espacios naturales
(Ley orgánica para la Ordenación del
Territorio).

El derecho para la protección de los
recursos naturales renovables.

El derecho `penal ambiental (Ley Penal del
Ambiente).

El derecho sobre tribunales y
procedimientos agrarios y penal del ambiente.

El derecho para la defensa sanitaria
vegetal y animal (Ley de fauna silvestre y Ley de Suelos y
Aguas).

RELACIONES DEL DERECHO ECOLÓGICO CON
OTRAS CIENCIAS JURÍDICAS

DERECHO CONSTITUCIONAL: El derecho
constitucional es la rama del derecho público interno que
tiene por objeto la regulación de la organización y
funcionamiento de los poderes del estado y el sistema de
garantías de los particulares mediante limitaciones del
poder. De manera especial la Constitución contiene normas
que orientan la acción penal y fundamento del derecho
ecológico.

CON EL DERECHO ADMINISTRATIVO: El Derecho
Administrativo es la rama del derecho público que tiene
por objeto la administración pública, y esta es la
actividad a través de la cual el Estado y los sujetos
auxiliares de éste, tienden a la satisfacción de
los intereses colectivos. De allí que el Estado garantiza
los intereses colectivos que protege el derecho ecológico
a través de la Administración
Pública.

CON EL DERECHO CIVIL: Es la relación
más estrecha entre estos derechos está referida a
las restricciones de la propiedad que establecen muchos
instrumentos normativos del derecho ecológico y sobre todo
en el tratamiento de la materia sobre expropiación con
fines de utilidad pública.

CON EL DERECHO PENAL: Siendo el derecho
penal el que contiene las normas relativas a los hechos punibles
y las sanciones aplicables a quienes resulten culpables de tales
hechos, el derecho ecológico contiene normas de
carácter penal, considerando al ilícito
ecológico como una categoría antijurídica
capaz de constituirse en delito, para cuya violación se
establecen las penas correspondientes.

CON EL DERECHO INTERNACIONAL: Por ser el
Derecho Internacional Público quien contiene el
ordenamiento jurídico de la comunidad internacional y por
ser además el ente normativo que regula las relaciones
entre los pueblos, existiendo numerosa normativa ecológica
de carácter internacional

El Derecho
Ambiental. Ámbito y contenido. El
Derecho Ambiental
venezolano

Además del 11 vamos a conseguir
fundamento del Derecho Ambiental en los Art. 127 de la
CNRBV.

Cuando se promulga la Constitución
Bolivariana, por primera vez en Venezuela a los derechos
ambientales que se encuentran en diversas leyes les fue otorgado
el rango de Derechos Constitucionales. ¿Qué quiere
decir esto?. Que cualquiera de nosotros que sienta que le han
lesionado un derecho ambiental, puede acudir ante el organismo
competente pidiendo que se le restituya esa situación
inflingida, porque los derechos ambientales tienen rango
constitucional basados en los art. 127 y siguientes de la CNRBV .
Además en los artículos se les garantiza a los
ciudadanos que deberán desarrollarse en un ambiente sano y
libres de contaminación, donde el agua, la fauna y la
flora estarán en un ambiente protegido para las
generaciones presentes y futuras. Este será el fundamento
del derecho ambiental.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO
AMBIENTAL.

Son las mismas características del
derecho ecológico:

Es un derecho preventivo: porque la base
era prevenir que se cometa un daño antes que sancionarlo,
sin que esto quiera significar que no sea sancionador.

Es conservacionista: ya que su objeto es la
utilización racional de los recursos en función del
beneficio colectivo para las actuales y futuras generaciones, de
donde se desprende la necesidad de crear conciencia
conservacionista.

Es multidisciplinario: ya que se nutre de
la múltiple relación científica, al miso
tiempo que se complementa, reúne y relaciona con las
diferentes ramas del derecho.

Es de carácter e interés
público: sus normas persiguen el beneficio colectivo y
están orientadas al bien común,
específicamente a la preservación de la naturaleza
y con ella garantizar la existencia de recursos naturales
fundamentales para la subsistencia.

Es un derecho especial: la generalidad de
los conjuntos normativos que integran al derecho
ecológico, establecen procedimientos y órganos
administrativos y jurisdiccionales especiales que atienden la
materia con exclusividad.

Es un derecho de especialidad singular y
universal: su ámbito traspasa las fronteras, los problemas
que atiende el derecho ecológico sobrepasan la
especialidad geográfica del estado que
jurisdicciona.

Es un derecho técnico
científico: porque en su estudio necesitamos conocer
distintos aspectos diferentes del Derecho que ocurren en el campo
de la ecología, distintos términos, alcances,
porque si vamos aplicar un artículo de la Ley
Orgánica del Ambiente y si no conocemos su alcance o
significado no la podemos aplicar. Por ejemplo: si no conocemos
el concepto de población endémica cómo
podremos aplicar la ley de diversidad
biológica?

Es extraterritorial: sobrepasa la frontera
del Estado que jurisdicciona, a pesar que las normas sean
promulgadas en el territorio venezolano, esas normas son de
aplicación también fuera del país, cuando se
causa un daño a Venezuela fuera del país porque no
hay frontera entre un país y otro en materia de
problemática ambiental.

¿Cuál es la diferencia
entre el Derecho Ecológico y el Derecho
Ambiental?

Sabemos que comparten los fundamentos como
fuentes y comparten las mismas características:

El Derecho Ecológico busca el
aprovechamiento de los recursos naturales en beneficio de la
colectividad y está constituido por una gama, por una
cantidad de normas jurídicas que se encuentran dispersas
en el derecho público; mientras el derecho ambiental busca
mejorar la calidad de vida, forma parte integrante del derecho
ecológico y esta constituido por un conjunto
orgánico de principios que estarán contenidos
únicamente en la Ley Orgánica del Ambiente que
comprende la conservación, defensa y mejoramiento del
ambiente.-

OBJETIVO DE LA LEY ORGANICA DEL
AMBIENTE:

Serán establecer los principios
rectores de conservación, defensa y mejoramiento del
ambiente en beneficio de la calidad de vida.

Cuando la ley habla de defensa se refiere a
los medios técnicos, aquellos conocimientos
científicos que va a utilizar el hombre para evitar que se
degrade el sistema, por eso se llama defensa del
ambiente.

Cuando habla de conservación no es
más que el aprovechamiento racional de los recursos
naturales, es decir, vamos a utilizar los recursos naturales de
manera tal que se garantice la existencia de estos recursos para
las generaciones presentes y futuras.

Y cuando habla de mejoramiento del ambiente
¿Qué quiere decir la Ley? Es la restauración
de aquellos ecosistemas que han sido dañados por la mano
del hombre.

Y ESTOS SON LOS PRINCIPIOS QUE VAN A
REGIR EN EL DERECHO AMBIENTAL.-

Es importante destacar en este
artículo la orientación que se deriva para
establecer una política clara que armonice el desarrollo
con el uso racional de los recursos naturales con un fin u
objetivos preestablecidos que es la calidad de vida. Esto es lo
que quiere decir el Art. 1 LOA.-

En lo que va a comprender a los efectos de
la LOA estos principios de conservación, defensa y
mejoramiento del ambiente, va a comprender en orden de
lugares:

La ordenación territorial: vamos a
ubicar a la población de acuerdo a la actividad
económica que esta población desarrolle, para poder
ejercer esos principios de conservación de
especies.

Establecimiento de áreas bajo
régimen de administración especial.

Aprovechamiento o el uso racional de los
recursos naturales.-

Prohibición o Corrección del
uso de actividades degradantes.

Promoción y los efectos educativos
que tengan relación con el ambiente para desarrollar una
conciencia conservacionista.

Inherencia del Estado en la política
internacional para la defensa del ambiente.

Artículo 1 LOA. Objeto

Esta Ley tiene por objeto establecer las
disposiciones y los principios rectores para la gestión
del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable como derecho
y deber fundamental del Estado y de la sociedad, para contribuir
a la seguridad y al logro del máximo bienestar de la
población y al sostenimiento del planeta, en
interés de la humanidad.

De igual forma, establece las normas que
desarrollan las garantías y derechos constitucionales a un
ambiente seguro, sano y ecológicamente
equilibrado.

Art. 2 LOA. Gestión del
Ambiente

A los efectos de la presente Ley, se
entiende por gestión del ambiente el proceso constituido
por un conjunto de acciones o medidas orientadas a diagnosticar,
inventariar, restablecer, restaurar, mejorar, preservar,
proteger, controlar, vigilar y aprovechar los ecosistemas, la
diversidad biológica y demás recursos naturales y
elementos del ambiente, en garantía del desarrollo
sustentable.

Art. 5 LOA. Utilidad pública e
interés general

Se declara de utilidad pública y de
interés general la gestión del ambiente.

Art. 6 LOA. Orden Público

Las normas previstas en esta Ley, en las
leyes que la desarrollan y demás normas ambientales, son
de orden público.

Art. 13 LOA. Suprema dirección de la
política nacional ambiental

El Presidente o Presidenta de la
República Bolivariana de Venezuela, en Consejo de
Ministros, ejerce la suprema dirección de la
política nacional ambiental.

Art. 18 LOA. Autoridad nacional
ambiental

La Autoridad Nacional Ambiental será
ejercida por el ministerio con competencia en materia ambiental
como órgano rector, responsable de formular, planificar,
dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y evaluar las
políticas, planes, programas, proyectos y actividades
estratégicas para la gestión del
ambiente.

Art. 21 LOA. Órganos de la defensa
ambiental

A los fines de la presente Ley,
además de la Autoridad Nacional Ambiental, intervienen en
la defensa un ambiente sano, seguro y ecológicamente
equilibrado, la Procuraduría General de la
República, el Ministerio Público, la
Defensoría del Pueblo, la Fuerza Armada Nacional,
así como los demás órganos y entes
nacionales, estadales y municipales con competencia en la
materia, conforme a las normas que rijan su funcionamiento y de
acuerdo con las disposiciones establecidas en esta Ley y las que
la desarrollen.

ACTIVIDADES DEGRADANTES:

Son las que se encuentran contenidas en el
art. 80 y son actividades que degradan el ambiente, contaminan el
aire, suelo, agua, cambiar el curso de los ríos, la
contaminación sónica; también vamos a
encontrar y quiero que tengan ojo en este
artículo.

Cuando vamos a formular una denuncia
ambiental, debemos basarla el en art.80 LOA en concordancia a
cualquier otro artículo de la Ley que hayan violado o que
haya amenaza de violación.

Art. 80 LOA. Actividades capaces de
degradar el ambiente

Se consideran actividades capaces de
degradar el ambiente:

Las que directa o indirectamente contaminen
o deterioren la atmósfera, agua, fondos marinos, suelo y
subsuelo o incidan desfavorablemente sobre las comunidades
biológicas, vegetales y animales.

Las que aceleren los procesos erosivos y/o
incentiven la generación de movimientos
morfodinámicos, tales como derrumbes, movimientos de
tierra, cárcavas, entre otros.

Las que produzcan alteraciones nocivas del
flujo natural de las aguas.

Las que generen sedimentación en los
cursos y depósitos de agua.

Las que alteren las dinámicas
físicas, químicas y biológicas de los
cuerpos de agua.

Las que afecten los equilibrios de los
humedales.

Las vinculadas con la generación,
almacenamiento, transporte, disposición temporal o final,
tratamiento, importación y exportación de
sustancias, materiales y desechos peligrosos, radiactivos y
sólidos.

Las relacionadas con la introducción
y utilización de productos o sustancias no
biodegradables.

Las que produzcan ruidos, vibraciones y
olores molestos o nocivos.

Las que contribuyan con la
destrucción de la capa de ozono.

Las que modifiquen el clima.

Las que produzcan radiaciones fonizantes,
energía térmica, energía lumínica o
campos electromagnéticos.

Las que propendan a la acumulación
de residuos y desechos sólidos.

Las que produzcan atrofización de
lagos, lagunas y embalses.

La introducción de especies
exóticas.

La liberación de organismos vivos
modificados genéticamente, derivados y productos que lo
contengan.

Las que alteren las tramas tróficas,
flujos de materia y energía de las comunidades animales y
vegetales.

Las que afecten la sobrevivencia de
especies amenazadas, vulnerables o en peligro de
extinción.

Las que alteren y generen cambios negativos
en los ecosistemas de especial importancia.

Cualesquiera otras que puedan dañar
el ambiente o incidir negativamente sobre las comunidades
biológicas, la salud humana y el bienestar
colectivo.

Art. 100 LOA. Guardería
Ambiental

Partes: 1, 2

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