- Objetivo
- Alcance
- Definiciones
- Activos Intangibles
- Identificabilidad
- Control
- Beneficios económicos
futuros - Adquisición
Independiente - Intercambios de Activos
- Crédito Mercantil generado
internamente - Costo
de un Activo Intangible generado
Internamente - Reconocimiento de un Gasto
- Medición con Posterioridad al
Reconocimiento Inicial - Amortización
- Valor
Residual - Recuperabilidad del valor en libros –
pérdidas por deterioro del valor - Retiros y disposición de activos
intangibles - Revelaciones
- Activos intangibles contabilizados según
el método alternativo permitido - Desembolsos por Investigación y
Desarrollo - Fecha
de vigencia
Instrucciones de
Ubicación:
NEC: La información referente al contenido
de la NEC 25 Activos Intangibles (Norma Ecuatoriana de
Contabilidad 25). Siguiendo las instrucciones de la
sección ÍNDICE, proceda a grabar el contenido del
CD en el disco duro de su computador.
Título general de la obra:
Actualización Contable
Título de ésta norma:
NEC 25: Activos Intangibles
© International Accounting Standard
Committee
Original en inglés: International Accounting
Standard
© Adopción y Adaptación:
Federación Nacional de Contadores del
Ecuador
Base legal:
Registros Oficiales No: 270 del 06-09-99. y 273 del
09-09-99
Resoluciones : FNCE-01-09-92 y FNCE-07-08-99
(Federación Nacional de Contadores)
(Superintendencia de Bancos)
02.Q.ICI (Superintendencia de
Compañías)
(Servicio de Rentas Internas)
International Federation Of
Accountants
International Accounting Standards
Committee
Primera Edición: En Recurso Informático
2002
Revisión y Edición:
Corporación Edi-Ábaco Cía.
Ltda.
Revisión Técnica:
Geovanny Córdova J.
Textos: Yvette Páez
– Margoth Coronado
Tiraje: 1.000 copias Editado en
Ecuador
Derechos reservados. Prohibida la reproducción
total o parcial de la Obra, por cualquier medio:
fotomecánico, informático o audiovisual, sin la
autorización escrita de los propietarios de los Derechos
Intelectuales.
ISBN-9978-95-009-5 Registro Nacional de
Derechos de Autor: 009508
ACERCA DE ESTA
EDICIÓN:
En la presente edición, Corporación
Edi-Ábaco Cía. Ltda., ofrece el contenido de las
Norma Ecuatoriana de Contabilidad No.25 Activos
Intangibles, conforme a los textos originales del Instituto
de Investigaciones Contables del Ecuador, órgano
técnico de la Federación Nacional de
Contadores.
Se ha rediagramado íntegramente la
presentación del texto, para facilitar la
utilización y comprensión del mismo, y se han
corregido errores tipográficos.
Para las siguientes ediciones se tiene previsto
incluir un valor agregado, pues incluirán un cuadro
comparativo de las diferencias importantes respecto a las NIC y
se anhela incluir ejercicios de
aplicación.
El Editor
ACTIVOS INTANGIBLES
Esta Norma, ha sido desarrollada con referencia a la
Norma Internacional de Contabilidad NIC No. 38. La Norma se
muestra en tipo cursivo, y debe ser leída en el contexto
de la guía de implementación de esta Norma. No se
intenta que las Normas Ecuatorianas de Contabilidad se apliquen a
partidas inmateriales.
Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento
contable de los activos intangibles, que no estén
contemplados específicamente en otra Norma Ecuatoriana de
Contabilidad. Esta Norma exige que las empresas procedan a
reconocer un activo intangible si, y solo si, se cumplen ciertos
criterios. La Norma especifica también cómo
determinar el valor en libros de los activos intangibles, y exige
que se efectúen ciertas revelaciones sobre activos
intangibles.
Alcance
1. Esta Norma debe ser aplicada por
todas las empresas, al proceder a contabilizar activos
intangibles, excepto en los siguientes
casos:a) los activos intangibles que se
encuentren en otra Norma Ecuatoriana de
Contabilidad;b) activos financieros según se
han definido en otras NECs;c) las concesiones sobre minas y
yacimientos, así como los gastos de
exploración, desarrollo y extracción de
minerales, petróleo, gas natural y otros recursos
naturales no renovables; yd) aquellos activos intangibles que
aparecen en las compañías de seguros, derivados
de las pólizas de los s
asegurados.2. En el caso de que otra Norma Ecuatoriana de
Contabilidad se ocupe de una clase específica de
activo intangible, la empresa aplicará esa Norma en
lugar de la presente. Como ejemplos de lo anterior, esta
Norma no es aplicable a:a) Los activos intangibles mantenidos por la
empresa para su venta en el curso ordinario de sus
actividades (véase al respecto la NEC 11, Inventarios,
así como la NEC 15, Contratos de
Construcción);b) Activos por impuestos diferidos;
c) Arrendamientos que apliquen según las
reglas establecidas en la Norma relacionada con
arrendamientos;d) Activos que tengan relación con los
beneficios a suministrar a los empleados por sus beneficios a
largo plazo;e) Crédito Mercantil comprado surgido de
la combinación de negocios (véase NEC
21);f) Los activos financieros según se han
definido en la Norma relacionada con Instrumentos
Financieros: Presentación e Información a
Revelar;g) El tratamiento de los efectos tributarios,
por cuanto rige la normativa tributaria
ecuatoriana3. Algunos Activos Intangibles pueden estar
contenidos en, o contener, una esencia de naturaleza
tangible, como es el caso de un disco compacto (en el caso de
programas informáticos), de documentación legal
(en el caso de una licencia o patente) o de una
película. En el proceso de determinar si un activo,
que incluye ejemplos tangibles e intangibles, debe ser
tratado según la NEC 12, Propiedades, Planta y Equipo,
o como un activo intangible, según la presente Norma,
se requiere efectuar el juicio oportuno, que permita evaluar
cual de los dos elementos tiene un peso más
significativo. Por ejemplo los programas informáticos
para una maquinaria o herramienta controlada por computadora,
que no se puede funcionar sin un programa específico,
son una parte integrante del equipo y serán tratados
como elementos de las propiedades, planta y equipo. Lo mismo
se aplica al programa operativo de una computadora. Cuando
los programas informáticos no constituyan parte
integrante del equipo, serán tratados como activos
intangibles.4. Esta Norma es de aplicación, entre
otros elementos, a los desembolsos por gastos de publicidad,
a los de formación de personal, a los de puesta
enmarca de la actividad o de la empresa, y a los
correspondientes a las actividades de investigación y
desarrollo. Las actividades de investigación y
desarrollo están orientadas al desarrollo de nuevos
conocimientos. Por tanto, aunque de este tipo de actividades
puede derivarse un activo con apariencia física (por
ejemplo un prototipo), la sustancia tangible del elemento es
de importancia secundaria con especto a sus componentes
intangibles, que vienen constituidos por el conocimiento
incorporado al activo en cuestión.5. En el caso de un arrendamiento financiero,
el activo subyacente puede ser tangible o intangible.
Después de hacer efectuado el reconocimiento inicial
en las cuentas, el arrendatario se enfrentará con un
activo intangible, mantenido bajo la forma de un
arrendamiento financiero, al que pudiera ser de
aplicación la normativa de este Pronunciamiento. Los
derechos de concesión o licencia para productos tales
como películas, grabaciones en video, obras de teatro,
manuscritos, patentes y derechos fonográficos,
están excluidos del alcance de la Norma relacionada
con arrendamiento, pero caen dentro del contenido de la
presente Norma.6. Las exclusiones del alcance de una Norma
Ecuatoriana de Contabilidad pueden producirse cuando en el
caso de ciertas actividades u operaciones, éstas sean
de una naturaleza tan especializada que puedan dar lugar a
problemas contables, siendo entonces preciso un tratamiento
diferente. Tal es el caso de los desembolsos por
exploración, desarrollo o extracción de
petróleo, gas y otros depósitos minerales, en
las industrias extractivas, así como de los contratos
entre las compañías de seguros y los tomadores
de las pólizas de seguros. Por tanto, esta Norma no es
de aplicación a los desembolsos realizados en tales
actividades. No obstante esta Norma será de
aplicación a otros activos intangibles (como los
programas informáticos) y otros tipos de desembolso
(por ejemplo los de inicio de la actividad), que se pueden
presentar en las empresas dedicadas a la extracción o
en las compañías de seguros.
Definiciones
7. Los siguientes términos se
usan en la presente Norma, con el significado que a
continuación se especifica:
Un activo intangible es un activo
identificable, de carácter no monetario y sin apariencia
física, que se posee para ser utilizado en la
producción o suministro de bienes y servicios, para ser
arrendado a terceros o para funciones relacionadas con la
administración de la entidad.
Un activo es todo
recurso:
a) controlado por la empresa como resultado
de sucesos pasados, yb) del que la empresa espera obtener en el
futuro, beneficios económicos.
Son activos monetarios tanto el
dinero en efectivo como otros activos, por los que se van a
recibir unas cantidades fijas o perfectamente determinables en
dinero.
Investigación es todo estudio
original y planificado, emprendido con la finalidad de obtener
nuevos conocimientos científicos o
tecnológicos.
Desarrollo es la aplicación
de los resultados de la investigación o de cualquier otro
tipo de conocimiento científico, a un plan o diseño
en particular para la producción de materiales, productos,
métodos, procesos o sistemas nuevos o sustancialmente
mejorados, antes del comienzo de su producción o uso
comercial.
Amortización es la
asignación sistemática del monto depreciable de un
activo intangible entre los años de su vida útil
estimada.
Monto depreciable es el costo de un
activo u otro monto sustituido por el costo en los estados
financieros, menos su valor residual.
Vida útil es:
a) el período durante el cual se
espera utilizar el activo amortizable por parte de la
empresa, ob) el número de unidades de
producción o similares que se espera obtener del mismo
por parte de la empresa.
Costo histórico es el monto
efectivo o equivalente de efectivo pagado, o bien el valor justo
de la contraprestación entregada para comprar un activo,
en el momento de su adquisición o
construcción.
Valor residual es el monto neto que
la empresa espera obtener de un activo al final de su vida
útil, después de haber deducido los costos por
disposición del activo.
Valor justo es el importe por el
cual puede ser intercambiado un activo entre un comprador bien
informado y dispuesto a comprar y un vendedor bien informado y
dispuesto a vender, adecuadamente informados, en una
transacción en libre competencia.
Un mercado activo es un mercado en
el que se dan todas las condiciones siguientes:
a) los bienes o servicios intercambiados en
el mercado son homogéneos;b) se pueden encontrar en todo momento
compradores y vendedores para un determinado bien o servicio;
yc) los precios están disponibles
para el público.
La pérdida por deterioro es
el monto por el cual el saldo en libros de un activo excede a su
valor recuperable.
Valor en libros es el monto por el
que se reconoce un activo en el balance general, después
de deducir cualquier amortización acumulada y las
pérdidas por deterioro acumuladas, que se refieran al
mismo.
Activos
Intangibles
8. Con frecuencia, las empresas emplean
recursos o incurren en pasivos, por la adquisición,
desarrollo, mantenimiento o mejora de recursos intangibles
tales como conocimiento científico o
tecnológico, diseño o implementación de
nuevos procesos o nuevos sistemas, licencias o concesiones,
propiedad intelectual, conocimientos comerciales o marcas
(incluyendo denominaciones comerciales y derechos
editoriales). Otros ejemplos comunes de partidas que
están comprendidas en esta amplia denominación
son los programas informáticos, las patentes, los
derechos de autor, las películas, las listas de
clientes, los derechos a recibir intereses hipotecarios, las
licencias de pesca, las cuotas de importación, las
franquicias, las relaciones con clientes o proveedores, la
lealtad de los clientes, las cuotas de mercado y los derechos
comerciales.9. No todos los ítems descritos en el
párrafo 8, cumplen los elementos de la
definición de activo intangible, esto es
identificabilidad, control sobre el recurso en
cuestión y existencia de beneficios económicos
futuros. Si una partida de las que están reguladas por
esta Norma, no cumpliese la definición de activo
intangible, el importe derivado de su adquisición o de
su generación interna, por parte de la empresa, se
reconocerá como gasto del período en el que se
ha incurrido. No obstante, si la partida en cuestión
ha sido adquirida en una combinación de negocios, que
se trata contablemente como una compra formará parte
del crédito mercantil que se reconozca en el momento
de la compra (véase el párrafo 56).
Identificabilidad
10. La definición de un activo
intangible requiere que este sea perfectamente identificable,
con el fin de poder distinguir claramente el crédito
mercantil que surge de una combinación de negocios que
se trata contablemente como una compra, representa un pago
hecho por la empresa adquiriente, anticipando beneficios
económicos futuros. Estos beneficios económicos
futuros pueden tener su origen en la sinergia que produzca
entre los activos identificables adquiridos, o de activos,
los cuales individualmente, no cumplan las condiciones para
su reconocimiento como tales en los estados financieros, pero
por los que la empresa adquiriente está dispuesta a
pagar.11. Un activo intangible puede ser distinguido
claramente como diferente del crédito mercantil si tal
activo es separable. Un activo tendrá el
carácter de separable siempre que la empresa pueda
adquirirlo, venderlo, cambiarlo, o distribuir los beneficios
económicos futuros atribuibles a tal activo, sin tener
que disponer también de los beneficios del mismo tipo
que pertenezcan a otros activos, utilizados en la misma
actividad generadora de ingresos.12. La separabilidad no es una condición
necesaria para la identificabilidad, puesto que la empresa
puede ser capaz de identificar un activo de distintas formas.
Por ejemplo, si un determinado activo intangible se adquiere
conjuntamente con otros activos, la transacción puede
suponer la transferencia de derechos legales que permitan a
la empresa identificar el activo intangible en
cuestión. De forma similar si mediante un proyecto
interno la entidad pretende crear derechos de carácter
legal para su utilización, la naturaleza que posean
tales derechos puede ayudar a la empresa en la
identificación del activo intangible subyacente que ha
sido generado internamente; además, si un activo
genera beneficios económicos futuros sólo
cuando está en combinación con otros activos,
el activo será identificable siempre que la empresa
sea capaz de identificar a su vez los beneficios
económicos futuros que procedan del activo en
cuestión.
Control
13. Una empresa controlará un
determinado activo siempre que tenga el poder de obtener los
beneficios económicos futuros que procedan de los
recursos subyacentes en el mismo, y además pueda
restringir el acceso de terceras personas a tales beneficios.
La capacidad que la empresa tiene para controlar los
beneficios económicos futuros, en el caso de elementos
tales como propiedades, planta y equipo, radica, normalmente,
en derechos de tipo legal exigibles ante la justicia. En
ausencia de tales derechos de tipo legal, será
más difícil demostrar que existe control. No
obstante, la exigibilidad legal de un derecho sobre el
elemento no es una condición necesaria para la
existencia de control, puesto que la empresa puede ejercer el
control, sobre los citados beneficios económicos de
alguna otra manera.14. Los conocimientos técnicos y de
mercado pueden dar lugar a beneficios económicos
futuros. La empresa controlará tales beneficios si,
por ejemplo, tiene protegidos tales conocimientos por derecho
legales, como la propiedad intelectual, la restricción
de los acuerdos comerciales (si están permitidos), o
bien por una obligación legal de los empleados que
deban mantener la confidencialidad.15. Una empresa puede tener un equipo de
personas capaces, de manera que pueda identificar
posibilidades de mejorar su nivel de competencia mediante la
formación especializada, cuyo desembolso
producirá beneficios económicos en el futuro.
La empresa puede también esperar que su equipo
continúe prestando sus servicios dentro de la entidad.
Sin embargo, normalmente la empresa tiene un control
insuficiente, sobre los beneficios económicos futuros
esperados, que pueda producir un equipo de empleados con
mayor especialización como para poder considerar que
los montos dedicados a la formación cumplen la
definición de activo intangible. Por razones
similares, es improbable que las habilidades técnicas
o gerenciales, de carácter específico, cumplan
con la definición de activo intangible, a menos que
estén protegidas por derechos legales, para ser
utilizadas y alcanzar los beneficios económicos
futuros que se espera de ellas, y además cumplan las
demás condiciones de la definición de activo
intangible.16. Una empresa puede tener una cartera de
clientes o una determinada cuota de mercado, y esperar que,
debido a los esfuerzos empleados en desarrollar relaciones y
lealtad de los clientes, éstos vayan a continuar
demandando los bienes y servicios ofrecidos por la entidad.
Sin embargo, en ausencia de derechos legales, u otras formas
de control, que protejan esta expectativa de relaciones o de
lealtad continua por parte de los clientes, la empresa
tendrá, por lo general, un grado de control
insuficiente sobre los beneficios económicos futuros,
que se podrían derivar de las mismas, como para poder
considerar que tales partidas (cartera de clientes, cuotas de
mercado, relaciones con la clientela, lealtad de los
clientes), cumplan la definición de activo
intangible.
Beneficios
económicos futuros
17. Entre los beneficios económicos
futuros que pueden resultar de un activo intangible se
incluyen los ingresos procedentes de la venta de productos o
servicios, los ahorros de costos y otros rendimientos que se
derivan del uso del activo por parte de la empresa. Por
ejemplo, el uso de la propiedad intelectual dentro del
proceso de producción, puede reducir los costos de
producción futuras, en lugar de aumentar los ingresos
futuros.
Reconocimiento y medición inicial de un
activo intangible
18. El reconocimiento de una partida como
activo intangible requiere que la empresa demuestre que el
activo cumple:a) la definición de activo intangible
(véase en los párrafos 7 a 17); yb) los criterios para su reconocimiento
establecidos en esta Norma (véase los párrafos
19 a 55).
19. Un activo intangible debe ser objeto
de reconocimiento como activo si, y solo
si:
a) es probable que los beneficios
económicos futuros atribuibles al activo
fluirán hacia la empresa, yb) el costo del activo puede ser medido
confiablemente.
20. La empresa debe evaluar la
probabilidad de obtener beneficios económicos futuros
utilizando hipótesis razonables y fundadas que
representen las mejores estimaciones de la gerencia respecto
al conjunto de condiciones económicas que se
darán a lo largo de la vida útil del
activo.21. La empresa utilizará su juicio para
evaluar el grado de certidumbre asociado al flujo de
beneficios económicos futuros, que se ha atribuido al
uso del activo, a partir de la evidencia disponible en el
momento de proceder al reconocimiento inicial, otorgado un
peso mayor a la evidencia procedente de fuentes
externas.22. La medición inicial de un activo
intangible es al costo histórico de adquisición
o producción.
Adquisición
Independiente
23. Si se adquiere por separado el activo
intangible, por lo general el costo del mismo podrá
ser medido confiablemente. Esto ocurre particularmente cuando
la contraprestación por la compra es en efectivo o en
otros activos monetarios.24. El costo histórico de
adquisición o producción de un activo
intangible comprende su precio de compra, incluyendo los
aranceles o los impuestos que graven la adquisición y
que no sean recuperables por parte de la empresa, y todos los
desembolsos directamente atribuidos a la preparación
del activo para el uso al que va destinado. Entre los
desembolsos directamente atribuibles estarán por
ejemplo los honorarios profesionales por servicios
jurídicos. Las rebajas y descuentos comerciales que
pudiera haber, se deducen en el cálculo del costo
histórico.25. Si, en la adquisición de un activo
intangible se procede a diferir el pago por un período
mayor del normal en las transacciones a crédito, su
costo será el precio equivalente al de contado. La
diferencia entre el precio a pagar y el precio equivalente se
reconocerá como un gasto financiero, a lo largo del
período hasta que finalicen los pagos, a menos que se
pueda capitalizar, utilizando el tratamiento alternativo
permitido en la NEC 10, Costos de financiamiento.26. Si un determinado activo intangible se
adquiere a cambio de la emisión de instrumentos de
capital por parte de la empresa compradora, el costo del
activo será igual al valor justo de los instrumentos
de capital que a su vez serán iguales al valor
razonable del activo.
Adquisición como parte de una
Combinación de Negocios
27. Según lo establecido en la Norma
relacionada con Combinación de Negocios (véase
NEC 21), si se adquiere un activo intangible en una
combinación que se trata contablemente como una
compra, el costo del activo se determinará a partir de
su valor justo en la fecha que tenga lugar la
adquisición.28. Es preciso utilizar el juicio para
determinar si el costo (en este caso, el valor justo) de un
activo intangible, adquirido en una combinación de
negocios, puede ser medido confiablemente como para
reconocerlo por separado. Los precios de cotización
cuando existe un mercado activo, proporcionarán la
medida más confiable para el valor justo (véase
también el párrafo 67). El precio apropiado de
mercado es el precio para el comprador. Si no estuvieran
disponibles los precios para el comprador, puede estimarse el
valor razonable a partir de los precios pagados en las
últimas transacciones realizadas en el mercado,
siempre y cuando no haya existido un cambio significativo en
las condiciones del mismo, entre la fecha de estas
transacciones y la de la estimación del valor
justo.29. Si no existiera un mercado activo para el
activo intangible, su costo habrá de reflejar,
utilizando la mejor información disponible, el monto
que la empresa hubiera satisfecho por un activo, en el
momento de la adquisición, en una transacción
de libre competencia, realizada entre un comprador y un
vendedor experimentados. Para determinar este monto la
empresa tendrá que considerar el resultado de las
transacciones recientes realizadas sobre activos
similares.30. Ciertas empresas que están
habitualmente implicadas en la compra y venta de determinados
activos intangibles, han desarrollado técnicas para
estimar, de forma indirecta, sus valores justos. Tales
técnicas pueden ser utilizadas para la medición
inicial de un activo intangible adquirido, dentro de una
combinación de negocios que se ha calificado como
compra siempre que su objetivo sea estimar el valor justo,
tal como ha sido definido en esta Norma y en ellas se tengan
en cuenta las transacciones y prácticas de ventas
corrientes en la industria al que pertenece el activo en
cuestión.
Entre estas técnicas se incluirá, cuando
sea apropiado, la aplicación de múltiplos que sean
reflejo de las transacciones corrientes, sobre determinados
indicadores que muestran el rendimiento del activo (tales como
ingresos, cuotas de mercado, ganancias de operación, etc.)
y también el descuento de los flujos netos de efectivo
estimados para el elemento intangible.
31. De acuerdo con la presente Norma y teniendo
en cuenta los requisitos de la NEC 21, Combinación de
Negocios, en lo que se refiere al reconocimiento de los
activos y pasivos identificables:
a) el adquiriente reconocerá un activo
intangible que cumpla los criterios de reconocimiento
establecidos en los párrafos 19 y 20, incluso si tal
activo no había sido objeto de reconocimiento previo
en los estados financieros de la empresa adquirida,
yb) si el costo (en este caso, el valor justo)
de un activo intangible, que se adquiere formando parte de
una combinación de negocios, tratada como una compra,
no pudiera ser medido de forma confiable, no podría
reconocerse como activo intangible independiente, pero se
incluiría dentro del crédito mercantil
(véase el párrafo 56).
32. A menos que exista un mercado para el
activo intangible, adquirido en una combinación de
negocios que es una compra, la NEC 21, Combinación de
Negocios, limita el monto del costo por el que se
reconocerá inicialmente un activo intangible a una
cantidad tal que no haga surgir un crédito mercantil
negativo, ni aumente su saldo, en la fecha en que se produce
la adquisición.
Adquisición mediante una Subvención
del Gobierno
33. En algunos casos el activo intangible puede
ser adquirido gratis, o por un precio simbólico,
mediante una subvención del gobierno. Esto puede
suceder en los casos en que las autoridades transfieren o
asignan a la empresa activos intangibles, tales como derechos
sobre terrenos de un aeropuerto, licencias para explotar
emisoras de radio o televisión, licencias de
importación, o bien cuotas o derechos de accesos a
otros recursos de carácter restringido según lo
establecido en la NEC 24, Contabilización de los
Subsidios del Gobierno e Información a Revelar
referente a Asistencia Gubernamental, la empresa puede elegir
reconocer inicialmente, tanto el activo intangible como el
subsidio a su valor justo. Si la empresa no escoge el
tratamiento contable descrito, procederá a reconocer
el activo, inicialmente por un valor simbólico,
más cualquier gasto eventual que sea directamente
atribuible a las operaciones de preparación, del
activo en cuestión para el uso al que se encuentra
destinado.
Intercambios de
Activos
34. Un activo intangible puede ser adquirido,
total o parcialmente, a cambio de otro activo intangible
diferente, o bien a cambio de cualquier otro activo. El costo
de tal partida será medido según el valor justo
del activo recibido, que será equivalente al valor
justo del activo entregado a cambio, ajustado en su caso por
los montos del efectivo o equivalentes líquidos
transferidos en la operación.35. Un activo intangible puede ser adquirido a
cambio de otro activo similar, que tenga un uso parecido en
la misma línea de actividad productiva, y que posea un
valor razonable similar. Un activo intangible, puede
también, ser vendido a cambio de instrumentos de
capital sobre un activo similar. En ambos casos, debido a que
el proceso de realización de las ganancias no ha sido
completado, no se reconocerán pérdidas ni
ganancias en la transacción. En su lugar, el costo de
los nuevos activos adquiridos será el valor en libros
de los activos entregados. No obstante, la
consideración del monto del valor justo del activo
recibido a cambio, en estas operaciones, puede poner de
manifiesto la existencia de una pérdida por deterioro
del valor en el activo entregado, y se asignará el
valor en libros del activo entregado después de haber
tenido en cuenta tal decremento.
Crédito
Mercantil generado internamente
36. El crédito mercantil generado
internamente no debe ser reconocido como
activo.37. En algunos casos, se incurre en desembolsos
para generar beneficios económicos futuros, pero ello
no produce la generación de un activo intangible, que
cumpla con los criterios de reconocimiento establecidos en
esta Norma. A menudo tales montos se describen como
contribuciones al crédito mercantil generado
internamente. Este crédito mercantil generado por la
propia empresa, no se reconoce como un activo porque no
constituye un recurso identificable, controlado por la
entidad, que pueda ser medido de forma confiable a su costo
de adquisición o producción.38. Las diferencias existentes, en un momento
determinado, entre el valor de mercado de la empresa y el
valor en libros de sus activos identificables netos, pueden
captar una amplia variedad de factores que afectan al valor
de la empresa en su conjunto. Sin embargo, no se puede
considerar que tales diferencias representan el costo de
eventuales activos intangibles controlados por la
empresa.
Otros activos intangibles generados
internamente
39. En ocasiones, es difícil evaluar si
un activo intangible generado internamente cumple los
criterios para su reconocimiento como activo. En efecto,
frecuentemente resulta difícil:
a) determinar si, y en qué momento,
existe un activo identificable del que se derive una probable
generación de beneficios económicos en el
futuro, yb) establecer el costo del activo de forma
confiable, puesto que, en ciertos casos, el costo de generar
internamente un activo intangible, no puede distinguirse del
costo de mantener o mejorar el crédito mercantil
generado internamente, o bien el costo de desarrollar
día a día las actividades de la
empresa.
Por tanto, además de cumplir con los requisitos
para el reconocimiento y medición inicial de un activo
intangible, la empresa aplicará las condiciones y
guías establecidas en los párrafos 40 a 55 que
siguen a la hora de considerar la posible generación de
activos de forma interna.
40. Para evaluar si un determinado activo
intangible generado internamente cumple con los criterios
para su reconocimiento, la empresa considerará dos
fases en la generación del posible activo, a
saber:
a) la fase de investigación,
yb) la fase de desarrollo
A pesar de que los términos "investigación
y desarrollo" han sido objeto de definición en esta Norma,
los de "fase de investigación" y "fase de desarrollo"
tienen, para los propósitos de este Pronunciamiento, un
significado más amplio.
41. Si la empresa no fuera capaz de distinguir
la fase de investigación de la fase de desarrollo, en
un proyecto interno para crear un activo intangible,
procederá a tratar los desembolsos que ocasione tal
proyecto como si hubiesen sido incurridos solo en la fase de
investigación.
Fase de Investigación
42. No se procederá a reconocer
activos intangibles surgidos de la investigación (o de
la fase de investigación en proyectos internos). Los
desembolsos por investigación (o de la fase de
investigación, en el caso de proyectos internos),
deben reconocerse como gastos de período en el que se
incurran.43. Esta Norma toma la postura de que, en la
fase de investigación de un proyecto, la empresa no
puede demostrar existía activo alguno de
carácter intangible, que pueda generar probables
beneficios económicos en el futuro. Por lo tanto, los
desembolsos correspondientes, se reconocerán siempre
como gastos, en el momento en que se produzcan.44. Son ejemplos de actividades de
investigación los siguientes:
a) actividades dirigidas a obtener nuevos
conocimientos;b) la búsqueda, evaluación y
selección anual de aplicaciones de resultados de la
investigación u otro tipo de conocimientos;c) la búsqueda de alternativas
válidas para materiales, aparatos, productos,
procesos, sistemas o servicios; yd) la formulación, diseño,
evaluación y selección final de posibles
alternativas para nuevos o sustancialmente mejorados,
materiales, aparatos, productos, procesos, sistemas o
servicios.
Fase de Desarrollo
45. Un activo intangible, surgido del
desarrollo (o de la fase de desarrollo en proyecto interno),
debe ser reconocido como tal si, y solo si, la empresa puede
demostrar todas y cada una de las condiciones
siguientes:
a) técnicamente, es posible
completar la producción del activo intangible, de
forma que pueda estar disponible para su utilización o
su venta;b) su intención de completar el
activo intangible en cuestión, para usarlo o
venderlo;c) su capacidad de utilizar o vender el
activo intangible;d) la forma den que el activo intangible
vaya a generar probables beneficios económicos en el
futuro. Entre otras cosas, la empresa deberá demostrar
la existencia de un mercado para la producción que
genere el activo intangible, o para el activo en sí,
o, en el caso de que vaya a ser utilizado internamente, la
utilidad del mismo para la entidad;e) la disponibilidad de adecuados
recursos técnicos, financieros o de otro tipo, para
completar el desarrollo y para usar o vender el activo
intangible; yf) su capacidad para evaluar, de forma
confiable, el costo atribuible al activo intangible durante
su desarrollo.
46. En la fase de desarrollo de un proyecto, la
empresa puede, en algunos casos, identificar un activo
intangible y demostrar que el mismo puede generar probables
beneficios económicos en el futuro. Esto se debe a que
la fase de desarrollo, en un proyecto, cubre etapas
más avanzadas que la fase de
investigación.47. Son ejemplos de actividades de desarrollo
las siguientes:
a) el diseño, construcción y
prueba preliminar a la producción y utilización
de modelos y prototipos;b) el diseño de herramientas, troqueles,
moldes y planillas que impliquen tecnología
nueva;c) el diseño, construcción y
operación de una planta piloto, que no tenga una
escala económicamente rentable para la
producción comercial, yd) el diseño, construcción y
prueba de una solución ya escogida de nuevos, o
sustancialmente mejorados, materiales, aparatos, productos,
procesos, sistemas o servicios.
48. Con el fin de demostrar cómo un
determinado activo intangible, puede generar probables
beneficios económicos futuros, la empresa
evaluará los rendimientos económicos que se
recibirán del mismo utilizando los principios de la
NEC 27, Deterioro del Valor de los Activos. Si el activo en
cuestión, sólo genera sus rendimientos cuando
continúa en combinación con otros activos, la
empresa aplicará el concepto de unidad generadora de
efectivo.49. La disponibilidad de recursos para
completar, utilizar y obtener beneficios procedentes de un
activo intangible puede ser demostrada por ejemplo, mediante
la existencia de un plan de negocio que ponga de manifiesto
el recurso técnico, financiero o de otro tipo
necesario, así como la capacidad de la empresa para
asegurarse tales recursos. En ciertos casos, la empresa
demostrará la disponibilidad de la financiación
externa, obteniendo del prestamista una indicación de
su voluntad positiva de financiar el plan
presentado.50. Con frecuencia, el sistema de costos de la
empresa puede medir de forma confiable los costos que
conlleva la generación interna de un activo
intangible, tales como los sueldos y otros gastos necesarios
para asegurar los derechos intelectuales o las licencias o
los programas informáticos desarrollados al
efecto.
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