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Origen de los Municipios en Venezuela




Enviado por Carla Santaella



  1. Introducción
  2. Origen
    de los Municipios en Venezuela
  3. Historia del Municipio en
    Venezuela
  4. Características de los Municipios en
    Venezuela
  5. Las
    Nuevas tendencias de Municipios
  6. Conclusión
  7. Bibliografía

Introducción

     La presente
investigación estará fundamentalmente basada en los
Municipios, esto de manera general para pasar directamente a lo
especifico: los Municipios en Venezuela. Se determinara el origen
de los Municipios en nuestro país y su nacimiento
milenario.

     Se hablara concretamente de las
características de los municipios, esto citando
constantemente a la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (C.R.B.V) y la Ley Orgánica del
Poder Publico Municipal.

     Finalmente se planteara la
nuevas tendencias de los Municipios en Venezuela, la mas
renombrada estos últimos años: Las
Comunas.

 Origen de
los Municipios en Venezuela

         Antes de
reseñar la historia de los Municipios en Venezuela se debe
conocer que es un Municipio, para eso se tomara varias fuentes
que suministren el concepto del mismo, la primera es la
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, según su articulo 168 define los municipios
así:

     "Los Municipios constituyen la
unidad política primaria de la organización
nacional, gozan de personalidad jurídica plena y
autonomía dentro de los límites de esta
Constitución y de la ley."

     Si analizamos algunos elementos
de la definición anterior se pueden tomar varias
características de los municipios (pero serán
vistas con mas atención en la sección de la
investigación dedicada a ellas):

  • Unidad Política(Territorial) Primaria de
    la organización Nacional:
    Ya que Venezuela se
    organiza en Estados y estos a su ves los conforman los
    Municipios, esto da como nacimiento a la división
    político territorial de la República
    Bolivariana de Venezuela.

  • Gozan de personalidad Jurídica: En
    Resumen, al tener personalidad jurídica el Municipio
    puede ser demandado delante de un juez, en un
    tribunal.

  • Poseen autonomía dentro de los limites de
    la C.R.B.V y la ley:
    Entre otras cosas la
    autonomía les permite a los Municipios ejercer las
    competencias de su materia (que la C.R.B.V y la ley le
    otorguen) y elegir a sus propias autoridades.

     Para terminar con la
definiciones del Municipio se presentaran algunas mas, pero con
otro enfoque, casi siempre que se habla de los Municipios se hace
de una manera política-territorial pero gozan de una parte
cultural, ¿Porque no definir el Municipio desde el punto
de vista cultural?, eso es lo que se presenta a
continuación:

     "El Municipio es un Espacio
Habitable. En consecuencia, se caracteriza por contener  una
ecobase (condición físico-natural) y una
realización social (condición social).
(Guitíán, 1993)."

     "El Municipio se caracteriza
por una alta informalidad en la producción y
transmisión  de mensajes y bienes (González
Ordosgoitti, 1997)."

     "El Municipio se caracteriza
por una producción de bienes culturales  en
pequeña escala  (González Ordosgoitti,
1997)."

     "El Municipio se constituye de
grupos étnicos movibles, de familias errantes a familias
asentadas, del clan familiar a varias familias. El Municipio es
una superfamilia (Blanco,1944)."

     "El Municipio es una
superfamilia con  finalidad colectiva. Es una sociedad
natural, con personalidad jurídica, con
jurisdicción territorial y con  objetivos
superfamiliales (Blanco 1948,)."

  "El Municipio geográficamente hablando
posee una determinada extensión de territorialidad y en
ella tienen los grupos humanos sus relaciones y realizaciones
fundamentales en vínculos de sangre  e intereses,
aspectos que al desarrollarse, de comunidades étnicas a
familias étnicas, constituyen una red vecinal de familias
étnicas (Valenzuela, 1998)."

     "El Municipio posee una lengua
materna y otras lenguas…portadoras de una cosmovisión
(Maldonado, 1985)."

   "El Municipio posee un tejido de relaciones
sociales cristalizadas en diversas instituciones
(Maldonado,1985)."

      "El Municipio es la
Patria. Un ámbito espacial, telúrico, como una
relación con una tierra que proporciona alimentos, un
estilo de vida, suscita una economía, unas
técnicas, una artesanía, pero sobre todo un cobijo,
una comunión no siempre fácil, dialéctica,
con tensiones, pero real (Maldonado, 1985)."

    "El Municipio posee un sistema de
creencias, costumbres, actitudes y modos de reaccionar,
representaciones simbólicas o universos simbólicos,
valores, expectativas,… ( Maldonado, 1985)."

     Luego de dejar claro que es un
Municipio se puede proceder a su historia y de esa manera conocer
su origen.

     Municipio deriva del vocablo
latino municipium, nombre que daban los romanos a entes
con personalidad jurídica independiente, leyes propias, y
patrimonio distinto de los habitantes que la conformaban,
derivados de la práctica de los romanos de someter a los
pueblos conquistados, pero manteniendo la organización
interna de sus ciudades, con una doble estructura administrativa:
las autoridades romanas y las carácter local.

  Actualmente los municipios son pequeñas
divisiones territoriales de carácter administrativo de un
estado, que pueden comprender una o varias localidades, basados
en relaciones de vecindad, gobernadas por un ayuntamiento,
municipalidad, concejo o alcaldía, con división de
poderes, encabezados por un ejecutivo unipersonal: en Argentina
es el Intendente, en México, Brasil, Bolivia y
Colombia,Venezuela se lo llama Alcalde. Tiene el municipio cuatro
elementos: Territorio, población, autoridades
políticas y objetivos de bien común, son las
jurisdicciones territoriales de gobiernos locales.

     Por extensión
también se llama municipio al lugar físico donde se
cumple las funciones municipales, y residen sus órganos de
gobierno, que generalmente se ubica frente a la plaza principal
de la localidad.

     En Italia, Francia y Suecia, a
los municipios se los denomina Comunas, que proviene del vocablo
francés, "commune" que significa el conjunto de derechos
consuetudinarios de un determinado lugar. En Uruguay los
municipios reciben el nombre de departamentos.

     En Colombia los municipios son
definidos legalmente, como la entidad territorial fundamental de
la división política y administrativa del estado.
Poseen autonomía fiscal, política y administrativa,
con los límites impuestos por la Constitución y la
ley. Su objetivo es lograr dentro de su ámbito territorial
el bienestar de sus habitantes y la mejora de su calidad de
vida.

     En Argentina, las distintas
constituciones provinciales, establecen las funciones y la
organización institucional de los municipios. Dentro de la
provincia de Buenos Aires, cada municipio coincide con un
partido, que es lo que en otras provincias se llaman
departamentos, y en algunas provincias como por ejemplo, Chubut,
los municipios son una parte de los departamentos.

Historia del
Municipio en Venezuela

     En las constituciones de 1811,
1819, 1830, 1857, 1858, y las que las siguieron hasta la de 1901,
así como en las constituciones de la Gran Colombia, el
territorio se dividía en cantones, que se agrupaban en
provincias. En la de 1901 los Estados (sustitutos de las
provincias desde la Constitución de 1864), se dividieron
en distritos. Fue la Constitución de 1909 la que
estableció que los estados se dividirían en
municipios. En adelante, la división político
territorial del país sería la siguiente: estados,
municipios y parroquias.

     En las constituciones de 1925,
1928, 1929, 1931 y 1936 los municipios pasaron otra vez a
denominarse distritos o municipalidades. En las de 1947 y 1953
los distritos municipales, integrados a los estados, pasaron a
estar divididos en municipios. Ésta sería la
última vez que por decreto los municipios deberían
estar obligados a unirse en distritos. La Constitución de
1961 estipuló que los estados se dividirían
específicamente en municipios, pudiendo estos organizarse
en distritos metropolitanos.

     Actualmente, existen
además la figura de los Distritos. Éstos son el
Distrito Capital compuesto únicamente por el Municipio
Libertador de Caracas; el Distrito Metropolitano de Caracas del
cual forman parte cuatro municipios del Estado Miranda (Baruta,
Chacao, El Hatillo y Sucre) y los pertenecientes al Distrito
Capital (Municipio Libertador); y el Distrito del Alto Apure con
los municipios Páez y Rómulo Gallegos del Estado
Apure.

Características de los Municipios en
Venezuela

     Algunas de las
características mas relevantes ya se explicaron de una
manera breve, ahora se profundizara mas en el tema y se comenzara
con la siguiente:

Autonomía de los Municipios en
Venezuela

     Según el articulo 4 de
la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal, la
autonomía es la facultad que tiene el Municipio
para:

1.    Elegir sus autoridades.

2.    Gestionar las materias de su
competencia.

3.    Crear, recaudar e  invertir
sus ingresos.

4.    Dictar el ordenamiento
jurídico municipal (Concejo Municipal).

5.    Así como organizarse con la
finalidad de impulsar el desarrollo social, cultural,
económico sustentable de las comunidades locales, y los
fines del Estado.

     Hay que aclarar que la
autonomía tiene también sus limites que son
establecidos por  la Constitución, leyes nacionales y
estadales.

Personalidad
Jurídica

     En Venezuela, los municipios
gozan de personalidad jurídica, es decir son sujetos a
derecho, pudiendo realizar cualesquiera actos jurídicos
propios de su naturaleza.

     Es decir, se entiende por
personalidad jurídica aquella por la que se reconoce a una
persona, entidad, asociación o empresa, capacidad
suficiente para contraer obligaciones y realizar actividades que
generan plena responsabilidad jurídica, frente a sí
mismos y frente a terceros.

     La personalidad
jurídica, pues, no coincide necesariamente con el espacio
de la persona física, sino que es más amplio y
permite actuaciones con plena validez jurídica a las
entidades formadas por conjuntos de personas o
empresas.

     Los municipios, siendo
autónomos,no tienen ninguna autoridad administrativa por
encima de ellos y por tanto no pueden ser recurridos ante el
gobernador del estado sino que deberá acudirse a los
tribunales competentes.

Unidad primaria de la
organización nacional

     Venezuela es un Estado federal
que se divide en Estados, y estos a su vez en municipios
autónomos. En total, el país tiene 335 municipios
(integrados a los 23 estados y al Distrito Capital) que se
dividen en parroquias, aunque no guardan relación con la
Institución Eclesiástica. A diferencia de lo que
ocurre en otros países, generalmente estas entidades
territoriales son pocas por cada estado.

     En Venezuela la competencia de
organizar los municipios autónomos le corresponde a los
Estados por medio de una ley que dictan los respectivos Consejos
Legislativos.

    El promedio de municipios por entidad
federal es de 14. El estado con menos municipios es Vargas, con
uno solo, y el que posee más es Táchira, con 29.
Estados como Zulia y Miranda tienen el doble de la
población del Táchira pero menos
municipios.

Influencia
Española

     Los Municipios de Venezuela
esta fuertemente influenciado por los españoles que
implantaron esta organización político-territorial
luego de la conquista y a su ves los Españoles estaban
influenciados por los antiguos Romanos, estos últimos
fueron de los que se origino el municipios. Se aplicaba, en un
principio, a  ciertas ciudades de Italia que Roma iba
conquistando. Es entonces el Municipio una de las condiciones o
tratamiento a que Roma sometía, o que otorgaba a los
pueblos conquistados, y expresaba el hecho de una comunidad
política subordinada a Roma, pero conservando una
autonomía más o menos amplia .

     Los rasgos del "Municipium"
romano eran:

    a) un territorio, o espacio
geográfico propio.

    b) un pueblo, que se manifestaba en
su asamblea general.

    c) una organización,
representada en un cuerpo deliberante con sus
autoridades.

    d) una cultura, expresada, en
aquellos tiempos, en el culto a los dioses.

     Mediante la institución
municipal el Imperio Romano concede a sus localidades
autonomía sin independencia permitiéndoles, de este
modo, desarrollar las identidades propias de su vida social y
cultural.

     En el presente y después
de su paso por España y la Conquista, el Municipio
mantiene la mayor parte de esas características. Funciona
en un territorio (denominado municipio, comuna, departamento,
cantón, según los diversos países), donde
habita una población o comunidad organizada que posee una
cultura e identidad local. La institución pública
se denomina municipalidad (Alcaldía, Ayuntamiento,
Intendencia, Prefeitura) y es encabezada por el Alcalde
(Intendente, Prefeito o Presidente Municipal).

     En muchos países
latinoamericanos la municipalidad es considerada un
auténtico gobierno local. Está dotada de un
importante grado de autonomía en la toma de sus decisiones
y uso de sus recursos y posee atribuciones para
recaudarlos.

     La antigüedad de la
institución municipal le confiere, además, una
particular legitimidad frente a los ciudadanos. Hay lugares de
Latinoamérica donde la presencia del gobierno central es
débil o inexistente, no obstante, las municipalidades
tienen antigua y efectiva presencia. La municipalidad percibe los
problemas locales mucho mejor que otras entidades estatales, por
su cercanía a la comunidad, siendo un eficaz espacio de
participación.

   En todos los países latinoamericanos
es común la acción mancomunada entre municipalidad
y ciudadanía. Son innumerables los caminos, escuelas,
centros de salud, puestos de vigilancia policial, canchas
deportivas, obras de regadío y otras inversiones
realizadas con aportes comunes de la municipalidad y de los
vecinos.  

Las Nuevas
tendencias de Municipios

Las Comunas

     En Venezuela, en el contexto
histórico de comienzos del siglo XX, la explotación
petrolera, marcó la conformación espacial y en
alguna medida configuró la constitución de las
ciudades. Los viejos campesinos pasan a ser los nuevos obreros o
prestadores de servicios en las principales ciudades de
Venezuela, así como, los ocupantes de las zonas
periféricas como; Petare, la carretera vieja de la Guaira,
el barrio obrero etc. Transformándose en una
población predominantemente urbana.

     Este proceso de legitimidad por
las vía de los hechos del pueblo organizado para la
ocupación de los espacios, construyó subjetividades
(solidaridad, sentido de pertenencia y tradición de
convivencia comunal), fundamentada en la diversidad cultural de
la gente que venía de los distintos espacios de la
geografía nacional.

     Actualmente, la
dinámica  histórica nos remite a comprender
que los procesos de organización social-territorial, se
desarrollan a ritmos y temporalidades diferenciadas, a partir de
la memoria histórica, de las vivencias y referencias de
los habitantes de cada territorio, a partir de esta realidad, en
el 2007 lanzan en primera avanzada, la propuesta de las comunas,
para generar participación y organización directa.
En la propuesta de la nueva geometría del poder, la comuna
se define (fragmento del Art. 16 del proyecto de reforma
constitucional del 2007):

(…)"Los Estados se organizan en
Municipios.

La unidad política primaria de la
organización territorial nacional será la ciudad,
entendida esta como todo asentamiento poblacional dentro del
Municipio, e integrada por áreas o extensiones
geográficas denominadas Comunas.

Las Comunas serán las células
geo-humanas del territorio y estarán conformadas por las
Comunidades, cada una de las cuales constituirá el
núcleo espacial básico e indivisible del Estado
Socialista Venezolano, donde los ciudadanos y las ciudadanas
comunes tendrán el poder para construir su propia
geografía y su propia historia.

A partir de la Comunidad y la Comuna, el Poder
Popular desarrollará formas de agregación
comunitaria político-territorial, las cuales serán
reguladas en la Ley, y que constituyan formas de Autogobierno y
cualquier otra expresión de Democracia
Directa.

La Ciudad Comunal se constituye cuando en la
totalidad de su perímetro, se hayan establecido las
Comunidades organizadas, las Comunas y los Auto Gobiernos
Comunales, estando sujeta su creación a un
referéndum popular que convocará el Presidente de
la República en Consejo de Ministros.(…)

 

     Pero no se mostrara
solo este esbozo para hablar sobre las comunas, así que se
ahondara un poco mas en el asunto para aclarar duda y aumentar
conocimientos sobre el tema.

       Las comunas serian
un componente fundamental del Poder Popular que se define
así: Es la capacidad o Fuerza Social y Colectiva
Organizada que tiene el pueblo Soberano como Máxima
autoridad, como dueño de los medios de producción
social Colectivos y de todas las riquezas naturales existentes en
el Territorio Nacional incluyendo las creadas por iniciativa y
autodeterminación, aplicar y controlar en ejercicio pleno
de su soberanía todas las decisiones de carácter
Político, Económico, Social, Ético, Moral y
Filosófico a los fines de construir y sustentar el Estado
Bolivariano fundamentado en la Democracia Socialista.

     Con el fin de organizar Social
y Políticamente el Municipio, este se divide en
Comunidades, y se organizan en Comunas.

     Las comunas son áreas o
extensiones geográficas conformadas por las comunidades
las cuales constituyen la unidad social y base politica primaria
de la organización de la ciudad socialista, gozan de
personalidad jurídica y autonomía dentro de los
límites de la Constitución y la Ley, constituyendo
el núcleo especial Básico e indivisible del Estado
Socialista venezolano. La Ciudad comunal se constituirá
cuando la totalidad de su perímetro se haya establecido
las comunidades, las Comunas y los Autogobiernos comunales de la
forma siguiente:

  • El territorio bien definido y demarcado que el
    corresponda (Población con residencia estable,
    organización de la comunidad mediante consejos
    comunales y debidamente registrados en los órganos
    competentes).

  • A la densidad poblacional y unidad
    geográfica.

  • A su historia e intereses comunes.

  • A sus necesidades y potencialidades similares que
    compartan: económicas, sociales, urbanísticas y
    de otra índole.

  • Al uso y disfrute de los servicios públicos
    que le son comunes y constituirán formas de
    autogobierno comunitario responsable y
    corresponsable.

  • Incorporan la participación ciudadana en la
    definición, formulación, planificacion,
    diseño y ejecución de la gestión publica
    y en el control y evaluación de las políticas
    publicas a través de los consejos
    comunales.

  • Asumirán la justicia de paz y la
    prevención y protección vecinal.

  • Desarrollo de formas de organización
    comunitaria político – territorial.

     El autogobierno comunal,
se ejerce por medio de la asamblea popular voceros y voceras
comunales, como órgano básico deliberativo, de
gobierno y administración, integrada por voceras y voceros
de las diversas organización comunitarias, grupos
sociales, instituciones y empresas de propiedad comunal, social y
estadal, los ciudadanos y ciudadanas que permitan al pueblo
ejercer directamente: la definición, formulación,
planificación, diseño, ejecución y el
control de la gestión publica y la consiguiente
evaluación de los diversas políticas
publicas.

     Sus decisiones son de
carácter vinculante par ala comuna, para la ciudad
comunal, demás autoridades locales, instituciones y
empresas de diferentes formas de la ciudad comunal. Auxilia y
coopera (Responsable y corresponsable) con lo demás
poderes, sin perder su autonomía, Desarrollan lo
siguiente:

  • La función ejecutiva a través de una
    terna de ciudadanos o ciudadanas Venezolanas, Voceros y
    Voceras, a quines corresponde el gobierno y
    administración.

  • La función deliberante.

  • La función de control y evaluación a
    través de la contraloría Social comunal de
    ciudadanos y ciudadanas, como su principal órgano
    auxiliar y además complementario de la Contraloria
    General de la Republica. Con plena autonomía
    orgánica y funcional para ejercer el control, la
    vigilancia y la fiscalización de las políticas
    comunales, la descentralización, la
    planificación, los ingresos, gastos y bienes comunales
    en los términos establecidos en la Ley y su
    ordenanza.

  • La función de planificación que
    será ejercida en corresponsabilidad con el consejo
    comunal de transformación y planificación
    publica.

     Autonomía de las
comunas,
las comunas son las células geo-humanas del
territorio y estarán conformadas por las comunidades, cada
una de las cuales constituyen un núcleo especial
básico en indivisible del estado Socialista Venezolano y
tendrán el poder para contribuir su futuro de esta
forma:

  • Le elección directa de sus voceros y voceras
    a la Asamblea de gestión comunitaria, comunal y a la
    asamblea general de la ciudad comunal y/o
    Socialista.

  • La libra gestión en materia de sus
    competencias.

  • Crear instancias, mecanismos y sujetos de
    centralización, conforme a la nueva
    Constitución de la Republica de la Republica
    Bolivariana y la Ley.

  • Crear el concejo general comunal, como órgano
    superior de consulta y asesoramiento del autogobierno comunal
    y auxiliar de la Asamblea Popular voceros y voceras
    comunales. Estará encargado de la planificación
    y coordinación de políticas y acciones para el
    desarrollo del proceso de descentralización y
    transferencias de competencias, bienes y servicios de los
    poderes públicos Municipal y Estadal a la Comuna y a
    los ciudadanos y ciudadanas comunales, tal como lo propone el
    Presidente Hugo Chávez Frías al pueblo soberano
    en la reforma constitucional articulo 184. Elabora
    participativamente las ordenanzas: de contraloría
    social, de elaboración de presupuestos y
    participación y contra la
    corrupción.

  • Crear la contraloría social comunal de los
    ciudadanos y ciudadanas como órgano auxiliar de la
    Asamblea popular de voceros y voceras de la ciudad comunal y
    complementario de la Contraloria General de la
    República con autonomía plana orgánica y
    funcional para ejercer el control, la vigilancia y la
    fiscalización de: las políticas publicas
    comunales y de la ciudad. Este actuara bajo la
    dirección y responsabilidad del Consejo General
    Comunal y servirá de promoción y estimulo para
    la institucionalización de la presentación
    publica de los presupuestos y finanzas de la
    administración publica, así como para la debida
    rendición de cuentas.

  • La creación, recaudación e
    inversión de sus ingresos.

  • Controlar, vigilar y fiscalizar los ingresos, gastos
    y bienes propios.

  • Impulsar y promover la participación
    ciudadana en el ejercicio de sus funciones relativas a los
    asuntos propios de la vida local y comunitaria conforme a su
    naturaleza.

  • Crear el fondo de asistencia reciproca
    inter-comunitario para administrar los recursos provenientes
    del situado, FIODES, LAEE u otros.

Ingresos de las
comunas:

Los que obtengan por derechos de administración y
tarifas en los servicios públicos que presten en ejercicio
de sus competencias, y conforme en el articulo 184 de la nueva
Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el
articuelo 63 de la ley orgánica de poder publico
municipal.

  • Los aportes especiales y cualesquiera otros que por
    disposición legal le correspondan, incluyendo el
    proveniente de transferencias, subvenciones, donativos o
    asignaciones.

  • Los demás que determine la Ley.

     Todo esta información
antes descrita sobre las comunas es perteneciente a el proyecto
de reforma de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela del año 2007, siendo este el
antecedente directo de las comunas en Venezuela.
 

Conclusión

     Tras la finalización de
este trabajo de investigación se llegaron a varias
conclusiones así como también interrogantes. Los
Municipios actualmente son la unidad politico-territorial
primaria del país, es decir es la base del Estado y la mas
cercana al pueblo, fueron  impuesto en Venezuela por la
fuerza (conquista Española) y luego de la independencia
quedaron arraigados en nuestra idiosincrasia hasta nuestros
días.

     Si bien en un momento
determinado de la historia los Municipios surgían como una
oferta atractiva para la organización nacional de un
país, hoy en día la realidad es distinta, al menos
en Venezuela, uno de los factores que dificulta a los municipios
su existencia y buen funcionamiento es la sobre-población
y su deformada distribución en el país (la
mayoría de ella asentada en el eje norte costeño de
Venezuela).

     Tomando el ejemplo visto en
clases es mas viable gobernar eficientemente un municipio con la
población de Chacao (71.393 habitantes) que uno con la
población del municipio Libertado del Distrito Capital con
un solo Alcalde, como tampoco es una solución dividir el
municipio Libertador (2.091.452 habitantes) en mas municipios
para tratar de mejorar su gobierno pero en mi opinión solo
aumentaría la burocracia.

   Para terminar el ejemplo, el Municipio
Vargas, del Estado Vargas tiene mas o menos las misma condiciones
economicas y sociales para que sea un municipio "modelo" como
llaman a Chacao. Se dice mas o menos por que la población
de Vargas es mayor (332,938 habitantes), pero con un gran
potencial para el turismo y el comercio, sin embargo a muchos
sectores del colectivo no les llegan estos beneficios,
¿porque sucede esto? ¿la mala
administración? O quizás sea simplemente que el
municipio como unidad politico-territorial perdió su
eficacia y eficiencia reduciéndose esta a unos cuantos
municipios, ya que la gran mayoría presenta problemas
graves de administración,logística,
satisfacción de las necesidades publicas, etc.

     Acá es donde entran las
Comunas en el campo político del país, se necesita
una nueva unidad primaria político-territorial que se
adapte a la situación social, política y
económica del país, estas podrían ser las
comunas. Nadie conoce mejor sus problemáticas que la misma
población, ¿porque no prepararlos para que tomen
las riendas de sus comunidades y mejoren su calidad de vida?,
claro esto dándoles as herramientas y descentralizando el
poder para que puedan ejercerlo (Poder Popular).

     Es publico y notorio que en
2007 se planteo una reforma que contenía entre otras cosas
la comunas, fue rechazada ya sea por desinformación,
descontento, etc. El punto es que como futuro administrador
municipal admito que los municipios forman parte fundamental de
mi futuro para ejercer mi carrera, pero también analizo en
forma objetiva que en el futuro del país no caben los
municipios (al menos de forma política), sino las comunas,
por esto considero que si este cambio cumplirá mejor las
necesidades de nuestros ciudadanos bienvenidos sea, por que para
nadie es un secreto que este cambio en un futuro viene y los
administradores municipales debemos estar preparados para
integrarnos a ese cambio y crear sinergia en las comunidades para
servirles de guía y lograr desde las bases el país
que todos queremos.

Bibliografía

http://es.wikipedia.org/wiki/Municipios_de_Venezuela

http://www.debatecultural.net/Nacionales/EfrainValenzuela6.htm

http://www.civitasweb.net/municipalismo.htm

http://deconceptos.com/ciencias-juridicas/municipio

http://www.inia.gob.ve/index.php?option=com_content&task=view&id=785&Itemid=145

CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA GACETA
OFICIAL NRO 36.860 DEL 30 DICIEMBRE DE 1999

LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES GACETA OFICIAL NRO 39.335
DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2009 Y NRO 39.377 DEL 02 DE MARZO DE
2010

 

 

Autor:

Carla Santaella

Caracas, de Enero del 2010

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