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Investigación Cientifica (página 3)




Enviado por Sara Rangel



Partes: 1, 2, 3

b) Desde una concepción humanista de la
educación en la mayor parte de los casos, pero
también desde enfoques socio críticos y
transformadores, se reconoce la complejidad, diversidad y
multiplicidad del fenómeno educativo como objeto de
estudio, y consecuentemente, se focaliza el estudio en aspectos
prácticos y situacionales, y en los códigos de
comunicación y acciones estratégicas de los
participantes, según los diferentes contextos.

c) Al considerar los hechos educativos como
distintivamente humanos y sociales, rechazando por tanto, la
aplicación epistemológica y metodológica de
las ciencias físico naturales, los estudios se centran en
la comprensión de significados en el contexto de la
actividad educativa, a través de criterios
metodológicos que explicitan las teorías, valores y
subjetividad de los participantes, y establecen una nueva
relación implicación e intercambio entre el
investigador y los sujetos y situaciones sobre lo que se
investiga (p.111)

Historias de vida

La Historia de Vida es un método enmarcado en la
investigación cualitativa. Se caracteriza por ser
descriptiva, inductiva, fenomenológica, holística,
ecológica, estructural-sistémica,
humanística y de diseño flexible.

Córdova (Citado por Alburguez 2007) define las
historias de vida como:

Una metodología que no se apoya en procedimientos
de carácter estadístico, de carácter
muestral, sino que por el contrario, reivindica un aspecto
importante del conocimiento de lo social que es la propia
experiencia humana, la propia subjetividad como fuente de
conocimiento y el relato de los distintos actores, ya sea de
procesos sociales, de elementos puntuales de fenómenos
sociales que sirven de correlato o punto de referencia para
construir el conocimiento de lo social. (p.1)

Por eso, las historias de vida describen la vida
cotidiana del ser humano, permiten comprender la vida social,
económica, educacional y psicológica delindividuo,
así como también el desarrollo de los pueblos y
comunidades. Son relatos que parten de la realidad y, como
método, busca estudiar la experiencia humana, pues,
él forma parte de lo real. Además, no hay
procedimiento único, con reglas y comprobación o
verificación. Por el contrario, es dinámico y
flexible permitiendo que el investigador ajuste el diseño
del estudio a las necesidades encontradas durante el proceso.
Así, la selección del sujeto depende mucho de las
bases ideológicas y morales del investigador. No obstante,
es preferible seleccionar la gente sencilla, entre el pueblo
normal y corriente, siempre que sean actores de experiencias
importantes para la investigación.

De acuerdo con Alburguez (2007) Para realizar un
análisis biográfico se recomienda tres
lecturas:

Lectura Factual o la sucesión cronológica
de hechos que conjuga tres visiones distintas: la del narrador
mismo; la visión y biografías paralelas de
familiares y amigos del narrador que intervienen en su existencia
en un momento dado y, la vida social, en la cual se inscribe la
vida del narrador. Esto, permite tomarregistros diferentes,
más allá de la historia social del grupo, los
problemas que le son propios. La segunda Lectura es
Temática, permite un análisis de temas tales como
las normas y valores sociales y culturales que están en
vigor en el medio donde gravita la vida del narrador. Normas y
valores que pueden ser de un grupo particular al cual el narrador
pertenece o de la sociedad global. La tercera Lectura o
Simbólica, apunta a la incidencia del sistema de
contradicciones sociales y culturales en el desarrollo de la vida
individual. Permite captar cómo el sistema de normas y
valores actúan en un espacio en el cual se ubican las
experiencias, la propia vida vivida y genera un conjunto de
representaciones que permite comprender otros planos donde se
articula la vida individual y la experiencia vivida con respecto
a la sociedad global.(p.2)

La historia de vida es el recuento de los
acontecimientos significativos en la vida del sujeto, por ejemplo
para el joven estudiante universitario es significativa la vida
escolar, toda vez que ha pasado en las aulas gran parte de su
vida. Es por esto que la historia de vida es una narración
escrita, de la que se pueden obtener categorías de
análisis, que permiten detectar las necesidades,
diagnosticar y dar soluciones alternativas a la
problemática encontrada, en caso de existir.

Ruiz Olabuénaga (Citado por Hernández
2009) hace referencia, de forma muy precisa, a aspectos muy
importantes pues considera que a la historia de vida la conforman
cuatro objetivos fundamentales:

1-Captar la totalidad de una experiencia
biográfica, totalidad en el tiempo y en el espacio, desde
la infancia hasta el presente, desde él yo íntimo a
todos cuanto entran en relación significativa con la vida
de una persona que incluye las necesidades fisiológicas,
la red familiar y las relaciones de amistad, la definición
personal, el cambio personal y el cambio de la sociedad
ambiental, los momentos críticos y fases tranquilas, la
inclusión y la marginación de un individuo en su
mundo social circundante.

2-Captar la ambigüedad y cambio, lejos de una
visión estática e inmóvil de las personas y
de un proceso vital lógico y racional, la historia de vida
intenta descubrir todos y cada uno de los cambios por lo que a lo
largo de su vida va pasando una persona y las ambigüedades,
las faltas de lógicas, las dudas, las contradicciones, la
vuelta atrás que a lo largo de ella se
experimenta.

3-Captar la visión subjetiva con lo que a uno
mismo se ve así mismo y al mundo, como interpreta su
conducta y la de los demás, cómo atribuye
méritos e impugnan responsabilidades a sí mismo y a
los otros. Esta visión subjetiva revela la
negociación que toda vida requiere entre las tendencias
expresivas de la persona y las exigencias de racionalidad para
acomodarse al mundo exterior.

4-Descubrir las claves de la interpretación de no
pocos fenómenos sociales de ámbito general e
histórico que solo encuentra explicación adecuada a
través de la experiencia personal de los individuos
concretos.(p.2)

Para asegurar la mejor utilización del potencial
interpretativo de que es capaz una buena historia de vida es
necesario aplicar una serie de criterios para determinar la
adecuación descriptiva del investigador al establecer su
interacción social con el sujeto entrevistado. Estos
criterios han sido acertadamente sintetizados por Gareth (citado
por Hernández 2009)

• El primer criterio establece que la persona
historiada debe ser considerada como miembro de una cultura, es
decir, como alguien que desde su nacimiento ha entrado a formar
parte de una cultura y que el pasado, presente y futuro los capta
el individuo como parte del conocimiento de sentido común
a través de los esquemas interpretativos de ésta.
La historia de vida describe e interpreta el relato del actor en
su desarrollo dentro de este mundo de sentido común y el
modo como adquiere su bagaje cultural.

• En segundo lugar ha de reconocerse el papel de
los otros significativos en la transmisión de la cultura,
destacando el papel de la familia, los líderes de
opinión, más concretamente a través de la
"relación nosotros" desde la que capta el mundo social y
se tipifican sus contenidos.

• En tercer lugar hay que especificar la
acción social misma y las bases de la realidad social,
esto es, las expectativas básicas, los postulados
elementales que se dan por supuestos en la conducta, los
criterios centrales con los que se define la situación y
se orienta en ella el actor. Los valores centrales, los
códigos de conducta, los mitos, los ritos con toda la
racionalidad subyacentes que se les atribuye.

• El cuarto criterio reclama la
reconstrucción y el seguimiento del hilo conductor que
relaciona, a través del tiempo, unas experiencias con
otras en la vida del actor. La significación de unos
hechos para el comportamiento posterior y las expectativas u
objetivos de futuro como hitos marcadores de la conducta a lo
largo de la vida. Los momentos de crisis en los que este hilo se
quiebra, los cambios significativos en la definición de la
realidad y las conexiones de unos comportamientos con otros
aparentemente desconectados.

• El quinto criterio reclama la recreación
continua y simultánea de los contextos sociales asociados
con la persona y su acción social. El contexto no puede
disociarse de la conducta puesto que, no sólo las
condiciona, sino que sirve de clave interpretativa para su
comprensión.(p.1)

Como su propio nombre lo indica la Historia de Vida se
apoya fundamentalmente en el relato que un individuo hace de su
vida o de aspectos específicos de ella, de su
relación con su realidad social, de los modos como
él interpreta los contextos y define las situaciones en
las que él ha participado.

En la historia de vida, se focaliza la experiencia
personal de un informante de este modo tiene el carácter
de una historia oral con enfoque biográfico. El informante
va relatando su vida al investigador, quien de ese discurso
autobiográfico extraerá información para la
construcción de los datos de su trabajo sobre un tema
específico.

La historia de vida no puede esquematizarse en un
patrón fijo: deberá adaptarse a cada caso
específico, a cada vida, objeto de estudio. El enfoque
biográfico tiene que ser adecuado en cada ocasión,
para que resulte un eficiente análogo de la vida a la cual
se aplique.

Sistematización de experiencias

De acuerdo con George y Moreno (2006)

La sistematización es un método
alternativo para la generación y acumulación de
conocimientos, a partir de la recuperación de la memoria
histórica y la reflexión de la acción
transformadora, emprendidas dentro de las comunidades por actores
sociales o equipos de trabajo, que funcionan y se organizan como
comunidades de conocimiento. (p.5)

Se puede decir que es un método, ya que permite
realizar una serie de pasos, articuladas entre sí que
permiten la reconstrucción de la memoria histórica,
así como su interpretación y fundamentación
de la práctica colectiva innovadora.

De esta manera se puede decir que sistematizar
también permite registrar, de manera ordenada, una
experiencia que deseamos compartir con los demás,
combinando el quehacer con su sustento teórico, y con
énfasis en la identificación de los aprendizajes
alcanzados en dicha experiencia.

En la sistematización se reconstruye la historia
del proyecto, organizándolo cronológicamente y
según George y Moreno (2006) algunas herramientas que se
pueden utilizar durante la recolección de
información son "preguntas generadoras, diarios,
guías de sistematización, observación
participante, auto-observación, entrevistas,
cuestionarios, discusiones y reflexiones en grupo
(p.11)

Características de la
sistematización

Cabe señalar que a toda sistematización le
antecede una práctica. Sin que exista la vivencia de una
experiencia no es posible realizar una sistematización.
Una vez acontecida la práctica, la sistematización
es un proceso participativo que permite ordenar lo acontecido,
recuperar así la memoria histórica, interpretarla,
aprender nuevos conocimientos y compartirlos con otras
personas.

Objetivos de la
Sistematización

De acuerdo con George y Moreno (2006) la
sistematización puede tener múltiples objetivos
entre ellos se tienen:

Conservar el quehacer comunitario en la memoria
colectiva: para lograr este propósito es necesario
documentar de manera crítica, tanto las acciones
significativas, como, los conocimientos asociados al quehacer
comunitario.

Dar a conocer el quehacer comunitario: en este caso, el
interés básico es la difusión del quehacer
comunitario, el compartir la experiencia lograda. No para que sea
replicada, si no para que sirva de inspiración a otros
actores comunitarios.

Construir una visión común de la
experiencia de proyecto: este propósito valora la
construcción de una visión compartida de una
experiencia o proyecto.

Aprender de la experiencia: valora el aprendizaje a
partir de la práctica, del aprender haciendo, a
través del ensayo de proyectos alternativos en las
comunidades.

Mejorar el quehacer: el propósito seria mejorar
las prácticas o el método, a partir de la
reflexión crítica y participativa por parte de los
actores involucrados e interesados en el proceso.

Construir conocimientos con base a nuestra experiencia
de desarrollo comunitario: la construcción de
conocimientos, -proceso de teorización sobre la
práctica- se realiza a partir de la reflexión
crítica y de la fundamentación de las
experiencias.

Promover la producción de políticas
públicas: la sistematización de las experiencias y
proyectos puede centrar el interés en la creación
de acuerdos y estrategias, para la creación e
implementación de políticas públicas que
sean asumidas como prioritarias por organizaciones
públicas, comunitarias, privadas y mixtas.

Facilitar el empoderamiento popular para la
transformación social: empoderamiento significa que los
actores sociales, cada vez más, manejan herramientas para
el diseño, gestión y evaluación de
experiencias y proyectos de desarrollo comunitario.
(P.17)

¿Qué es el diagnóstico
participativo?

Se llama diagnóstico participativo (conocido
también como diagnóstico comunitario o
diagnóstico compartido) al estudio o análisis
realizado por un colectivo. Es un instrumento empleado por las
comunidades para la edificación en colectivo de un
conocimiento sobre su realidad, en el que se reconocen los
problemas que las afectan, los recursos con los que cuenta y las
potencialidades propias de la localidad que puedan ser
aprovechadas en beneficio de todos; lo cual, permite identificar,
ordenar y jerarquizar los problemas comunitarios y, a
través de ello, permite que la gente llegue mejor
preparada a la formulación del presupuesto participativo.
Un correcto diagnóstico de la realidad de la comunidad es
el punto de partida indispensable para que los miembros de la
comunidad planifiquen colectivamente actividades que les permitan
mejorar su situación actual.

El diagnóstico participativo es una opción
para promover alternativas y solución a los problemas de
una comunidad. El mismo sensibiliza y motiva a los habitantes de
la comunidad con los procesos de cambio y los hace
partícipes activos de los mismos con el fin de mejorar la
calidad de vida.

El diagnostico participativo contribuye a:

  • Conocer con un mínimo de fuero
    científico, el lugar donde vivimos

  • Establecer las prioridades con un criterio racional
    a las demandas comunitarias.

  • Construir un ¡nosotros! comunitario
    territorial.

  • Hacer que la comunidad tome conciencia de los
    diversos aspectos relacionados con los problemas que las
    aquejan.

  • Proporcionar espacios concretos para la
    organización y la participación de diferentes
    grupos comunitarios.

  • Proporcionar una base para elaborar un plan
    único de trabajo dirigido a la solución de los
    problemas comunitarios.

  • Recolectar datos que puedan proporcionar una base
    para el sistema de seguimiento, control y
    evaluación.

  • Contribuir a desarrollar el poder
    popular.

CARACTERISTICAS DEL DESARROLLO COMUNITARIO:
AUTONOMIA, AUTOGESTION COMUNITARIA Y
ORGANIZACIÓN

  • Autonomía: Es un concepto de
    la filosofía y la psicología evolutiva que
    expresa la capacidad para darse normas a uno mismo sin
    influencia de presiones externas o internas.

  • Autogestión: es la
    gestión directa (autoorganizada) de cualquier
    asociación por parte de sus propios integrantes, sin
    injerencia externa. Capacidad institucional para coordinar
    las acciones que le permiten cumplir con el Mandato
    Constitucional y con las competencias.

  • Organización: La
    acción y el efecto de articular, disponer y hacer
    operativos un conjunto de medios, factores o elementos para
    la consecución de un fin concreto

VALORES Y PRINCIPIOS QUE EMERGEN EL TRABAJO
COMUNITARIO:

EMANCIPACION:

Se refiere a la autonomía que tiene una persona o
un grupo de personas para llevar a cabo alguna actividad sin
esperar que una autoridad máxima les dé la orden
para realizar cualquier actividad.

Ejemplo: el consejo comunal, es un grupo de personas que
tienen un fin en común; el bienestar y mejora de su
comunidad, ellos a pesar de regirse por ciertas leyes se
reúnen para tomar decisiones de qué hacer frente a
cualquier necesidad y piden ayudas a sus entes gubernamentales
para solventar dichas necesidades. Más sin embargo es el
consejo comunal que toma la iniciativa de mejorar la calidad de
vida de su comunidad sin esperar que los entes gubernamentales se
acerquen a ellos.

SOBERANIA:

Es el derecho que tienen las personas de ejercer poder a
la hora de realizar alguna actividad, aun dependiendo de una
jerarquía.

SENSIBILIDAD

Es la capacidad que tienen los seres vivos de percibir a
través de los sentidos, el estado de ánimo de los
demás, sea tristeza, enfermedad, alegría,
necesidad, entre otros, y se les brinda una ayuda
apropiada.

Ejemplo: en una comunidad hay un alto número de
adolescentes en condiciones económicas no favorables, en
estado de embarazo, el consejo comunal se dirige a un ente
gubernamental, ejemplo FUNREVI, a pedir que se realice en dicha
comunidad un operativo donde se le ofrezca ayuda económica
como regalarles canastillas para sus bebes, charlas,
orientaciones, etc., donde no solo participen éstas
adolescentes sino toda la comunidad en general a oír esa
orientaciones.

SOLIDARIDAD

La solidaridad es una de los valores humanos por
excelencia, del que se espera cuando un otro significativo
requiere de nuestros buenos sentimientos para salir
adelante.

Ejemplo: brindar ayuda a las personas más
necesitadas y sensibilizarse por sus situaciones. Ejemplo: un
anciano en silla ruedas, que tenga una familia muy pobre y su
silla de ruedas no tenga las condiciones para el estar
cómodo, un integrante de la comunidad o del consejo
comunal puede acercarse a las casas a recolectar firmas para que
un ente gubernamental le obsequie una nueva silla de ruedas a ese
anciano.

RESPONSABILIDAD SOCIAL

Es un compromiso u obligación que los
miembros de una sociedad, ya sea
como individuos o como miembros de subgrupos, tienen
con la sociedad en su conjunto; compromiso que implica la
consideración del impacto, positivo o negativo, de una
decisión.

IGUALDAD

Es la ausencia de total discriminación entre los
seres humanos, en lo que respecta a sus derechos.

COOPERACIÓN

Consiste en el trabajo en común llevado a cabo
por parte de un grupo de personas o entidades hacia un objetivo
compartido.

CORRESPONSABILIDAD

Es el compartir la responsabilidad de una
situación o actuación determinada entre varias
personas. Las personas corresponsables poseen los mismos deberes
y derechos en su capacidad de responder por sus actuaciones en
las situaciones que están a su cargo.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Conjunto de acciones o iniciativas que pretenden
impulsar el desarrollo local y la democracia participativa a
través de la integración de la
comunidad.

ASISTENCIA HUMANITARIA

Prestar ayuda a las personas que se encuentran en casos
de emergencias, desastres naturales, incendios, y alguna
situación que amerite asistencia médica,
profesional, entre otras. La asistencia humanitaria se fundamenta
en los principios
de humanidad, imparcialidad, neutralidad
independencia.

Ejemplo: en una bodega de una comunidad determinada
ocurre un incendio con graves pérdidas tanto materiales
como de algunas personas que estén dentro del
establecimiento, las personas de la comunidad de inmediato deben
comunicarse con responsabilidad civil, los bomberos, la unidad de
emergencia, ambulancias, etc., para que acudan al rescate de esas
personas y apaguen el incendio que de alguna manera afecta al
resto de la comunidad.

PARTICIPACIÓN

Es la acción y efecto de participar (tomar o
recibir parte de algo, compartir, noticiar).

PORTAFOLIO DE PROYECTOS
SOCIOCOMUNITARIOS

Este se desarrolla tomando en cuenta diferentes
áreas de progreso como lo son: ambiente, cultura, deporte,
educación participación ciudadana, personas con
discapacidad, atención al adulto mayor y salud. Que a su
vez dependiendo del área seleccionada vamos a encontrar
allí el nombre del proyecto y la comunidad donde se
ejecutara el mismo.

Portafolio hace referencia a:

  • Una cartera o bolso, para guardar y transportar
    documentos.

  • Carpetas normales o de acordeón.

  • portafolio de inversiones, (área
    administrativa) selección de instrumentos financieros
    para invertir.

  • Portafolio de aula: (área de
    Educación) selección deliberada de los trabajos
    de un alumno que en cierta forma nos cuenta la historia de
    sus esfuerzos, su progreso y sus logros.

  • Digital, CD, Disco duro, pendrive, otros. Para
    almacenar información.

  • Artistas, Fotógrafos o
    arquitectos.

El concepto de portafolio ha existido desde hace muchos
años y se ha manejado por profesionales de ámbitos
tales como literatura, artes, arquitectura, fotografía,
periodismo y publicidad, en los cuales se hace necesaria la
presentación de evidencias que permitan valorar los
conocimientos y habilidades básicas y posibilidades de
logro que presentan por medio de una colección de trabajos
que los representan.

Características:

Existen diversos conceptos de portafolio, que
varían en el énfasis que otorgan a aspectos que los
constituyen; el papel que asumen los actores que participan en su
elaboración y la relación que presentan con la
evaluación, la formación docente o con procesos de
certificación. Se hace preciso establecer que en este
documento se considera al portafolio como una colección de
trabajos elaborados por el alumno o el maestro, que se relacionan
de manera directa o indirecta con actividades referidas a
contenidos curriculares.

Sin embargo es necesario definir algunas de sus
características para diferenciarlo de un concepto
extendido de manera amplia acerca del portafolio que lo establece
de forma llana como una simple colección de
documentos:

• Es una selección deliberada del alumno o
del docente (es decir no responde al azar) que busca dar a
conocer los esfuerzos, progresos y estrategias que sigue para
lograr determinados objetivos.

• La selección de trabajos que constituyen
el portafolio se realiza de manera sistemática al
constituir una secuencia cronológica que permite observar
la evolución de conocimientos, habilidades y actitudes del
alumno o del docente en una o más asignaturas.

• Los trabajos contenidos en el portafolio
están acompañados de una narrativa reflexiva
elaborada por quien lo elabora, misma que posibilita la
comprensión del proceso de aprendizaje de éste en
la construcción de conceptos, habilidades y actitudes.
Dicha comprensión se propicia en el alumno, pero
también en el propio docente.

• Son entonces las tres características
mencionadas las que permiten diferenciar al portafolio
colección en el que los alumnos producen trabajos que los
docentes acumulan y en el mejor de los casos son utilizados para
constatar trabajos realizados y constituir una
calificación, del portafolio reflexión, concepto
dinámico que se acompaña por la posibilidad de
realizar algunas de las acciones que se presentan a
continuación:

• Reflexión. Derivada de la
construcción del portafolio con documentos significativos
para su aprendizaje y la descripción que de estos realizan
y/o el análisis de las observaciones que adjuntan las
personas que tienen acceso a él.

• Autoevaluación. Este aspecto permite
efectuar un análisis de las propias habilidades y
competencias en lo individual y en relación con el resto
del grupo y realizar esto de forma dinámica pues tiene la
posibilidad de observar sus producciones en diferentes
momentos.

• Evaluación auténtica. Quién
elabora un portafolio tiene la posibilidad de mostrar sus
problemas y progresos en aspectos específicos referidos al
logro de objetivos establecidos por medio de la
presentación de resultados derivados de la
ejecución de tareas típicas efectuadas en un medio
concreto y referidos a aspectos cotidianos.

• Aprendizajes del aprendizaje. French (1992)
establece que maestros y otras personas involucradas en el
análisis de portafolios de estudiantes mencionan que al
realizar dicha tarea logran entender aspectos básicos
acerca del aprendizaje de los estudiantes; qué aprendieron
y cómo lo aprendieron.

• Compromiso de atención a problemas
específicos. Al identificar errores en las producciones
contenidas en el portafolio, se asume el compromiso de llevar a
cabo estrategias específicas que tiendan a su
solución, por quien elabora el portafolio y quien lo
revisa, de ahí que se posibilite un trabajo
cooperativo.

LEYES:

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA

Es la Carta Magna vigente en Venezuela, adoptada el 15
de diciembre de 1999, y el 15 de febrero de 2009, le fue
introducida la Enmienda Nº 1. Fue impulsada por Hugo
Chávez, recibiendo un gran respaldo de diversos sectores y
el rechazo de los partidos tradicionales. El Presidente de la
República y sus seguidores la llaman la
"Constitución Bolivariana", por inspirarse en los ideales
de Simón Bolívar y su ideología el
Bolivarianismo, además establece el inicio de la Quinta
República de Venezuela.

Composición y
Características

Se compone de un Preámbulo, 350 artículos,
divididos en 9 Títulos, Capítulos, las
Disposiciones Derogatorias, Transitorias y Finales.

Preámbulo

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes
creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo
histórico de nuestro Libertador Simón
Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros
antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores
de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la
República para establecer una sociedad democrática,
participativa y protagónica, multiétnica y
pluricultural en un Estado de justicia, federal y
descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la
independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la
integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley
para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la
vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la
justicia social y a la igualdad sin discriminación ni
subordinación alguna; promueva la cooperación
pacífica entre las naciones e impulse y consolide la
integración latinoamericana de acuerdo con el principio de
no intervención y autodeterminación de los pueblos,
la garantía universal e indivisible de los derechos
humanos, la democratización de la sociedad internacional,
el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes
jurídicos ambientales como patrimonio común e
irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder
originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente
mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta
la siguiente:

Principios Fundamentales

El primer título (artículos 1º a
9º), establece el cambio de nombre del país de
"República de Venezuela" a "República Bolivariana
de Venezuela" además una serie de principios elementales
de un Estado de derecho. Este título resume la
filosofía política de la Constitución, en
cuanto toca a la relación del hombre con el poder.
Así, establece, por ejemplo que las personas nacen libres
e iguales en dignidad y derechos, y reconoce la importancia de la
justicia social y del respeto a los derechos fundamentales.
Contiene diversos principios inspiradores de la
organización política del Estado: soberanía
nacional, democracia participativa, forma federal
descentralizada, etc. El valor jurídico de la
Constitución es regulado por ella misma: se trata de una
norma, por consiguiente su observancia es obligatoria para toda
persona, institución o grupo, y evidentemente
también para todos los órganos del Estado. El
principio de respeto al Estado de derecho se completa mediante
los principios de legalidad, los símbolos de la patria y
los idiomas oficiales.

Espacio Geográfico y de la División
Política

El título II (art 10º a 18º), se
establece que el territorio y demás espacios
geográficos de la República son los que
correspondían a la Capitanía General de Venezuela
con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos
arbitrales no viciados de nulidad, los yacimientos mineros y de
hidrocarburos, cualquiera que sea su naturaleza, existentes en el
territorio nacional pertenecen a la República. El
territorio nacional no podrá ser jamás cedido,
traspasado, arrendado, ni enajenado, ni aun temporal o
parcialmente, a Estados extranjeros u otros sujetos de derecho
internacional. La división política se divide en
Estados, Distrito Capital, Dependencias Federales y Territorios
Federales.

Derechos Humanos y Garantías, y de los
Deberes

El título III (art. 19 a 135), posee una densidad
normativa importante. Se refiere a Los derechos y deberes
constitucionales. El artículo 19, extensa
enunciación de los derechos fundamentales reconocidos en
Venezuela, conserva tradiciones ancestrales de la cultura
jurídica venezolana. Entre los derechos fundamentales
reconocidos se cuentan el derecho a la vida, la igualdad ante la
ley, la igualdad en la protección de la ley, a la honrra,
a la libertad de conciencia, a la libertad de expresión,
de asociación, el derecho a la propiedad, lo que se
refiere a la ciudadanía. Reconoce la nacionalidad
venezolana en las distintas formas que esta se obtiene, ya sea
ius sanguinis, ius solis, por carta de nacionalización, la
aparición de los referendos revocatorios para todos los
cargos de elección popular a mitad de su periodo
Constitucional y un sin de derechos mas. Ciertamente, los
derechos humanos de carácter social son los menos
desarrollados en este texto, aunque contiene algunos esbozos al
respecto. Esta enumeración se cierra por la
garantía de que el legislador no podrá dictar leyes
que afecten el núcleo fundamental o la esencia de estos
derechos.

Poder Público

El título IV (art. 136 a 185), se establece
aumento de los Poderes Públicos Nacionales de 3 a 5
quedando los Poderes independientes Legislativo, Ejecutivo,
Judicial, Ciudadano y Electoral. Pero se conserva el orden
jurídico del Poder Público en Nacional, Estadal y
Municipal. Además determina las competencias del Poder
Nacional, la organización, funcionamiento y competencias
del Poder Estadal, el Poder Municipal y todo lo relativo al
Consejo Federal de Gobierno.

Organización del Poder Público
Nacional

El título V (art. 186 a 298), establece una
Asamblea Nacional unicameral, elimina el Senado de la
República y el cargo de Senador vitalicio, estableciendo
la forma de elección de los miembros de los mismos y sus
números, los requisitos e inhabilidades para
desempeñar el cargo, las atribuciones exclusivas, el
funcionamiento de la Asamblea, las materias de ley y la
formación de las mismas. Además se establece como
cabeza del Estado y del Gobierno al Presidente de la
República. Define las formas de elección de
éste y los requisitos para desempeñar el cargo,
establece las atribuciones del Presidente de la República,
las normas relativas al Vicepresidente de la República,
los Ministros de Estado, su nombramiento y requisitos para
desempeñar el cargo. Se determina las bases del Poder
Judicial representado por el Tribunal Supremo de Justicia. Todo
lo referente a la organización y funcionamiento del Poder
Ciudadano y los órganos que lo componen estableciendo las
bases del Ministerio Público, Defensoría del Pueblo
y Contraloria General. Las formas y modos de operar del Poder
Electoral, la designación o elección de sus
miembros, y las atribuciones de los mismos.

Sistema
Socio-Económico

El título VI (art. 299 a 321), Establece todo
régimen económico del Estado en cuanto a los
principios que lo caracterizan como la justicia social,
democracia, eficiencia, libre competencia, protección del
ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el
desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa
para la colectividad. El Estado, conjuntamente con la iniciativa
privada, promoverá el desarrollo armónico de la
economía nacional, así como el sistema del Banco
Central de Venezuela y todo lo atinente a la política
monetaria y a la estabilidad del bolivar.

Seguridad de la Nación

El título VII (art. 322 a 332), establece la
forma de operar de las instituciones armadas y policiales en sus
diferentes niveles ya sea Nacional, Estatal o Municipal, sus
normas fundamentales, determina un Consejo de Defensa de la
Nación, formado por los miembros que la
Constitución señala, para asesorar al Gobierno en
materias de su incumbencia.

Protección de la
Constitución

El título VIII (art. 333 a 339), determina que la
Constitución no perderá su vigencia si dejare de
observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por
cualquier otro medio distinto al previsto en ella, todo ciudadano
investido o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar
en el restablecimiento de su vigencia. Todos los jueces, en el
ámbito de sus competencias están en la
obligación de asegurar la integridad de la
Constitución, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo
de Justicia, declarar la nulidad de las leyes y demás
actos de los órganos que ejercen el Poder Público.
Regula además los estados excepción.

Las Reformas Constitucionales

El Título IX (art. 340 a 350), establece la
forma, los quórums y modos de enmendar, reformar los
diferentes capítulos de la Constitución
Política de la República y además establece
los procedimientos para convocar a una Asamblea Nacional
Constituyente.

Disposición
Derogatoria

Queda derogada la Constitución de la
República de Venezuela decretada el veintitrés de
enero de mil novecientos sesenta y uno. El resto del ordenamiento
jurídico mantendrá su vigencia en todo lo que no
contradiga esta Constitución.

Disposiciones Transitorias

Todo lo que determina el cuerpo de la
Constitución con carácter temporal mientras se
dictan los instrumentos jurídicos para que tenga efectiva
vigencia.

Disposiciones Finales

Única. Esta Constitución entrará en
vigencia el mismo día de su publicación en la
Gaceta Oficial de la República de Venezuela,
después de su aprobación por el pueblo mediante
referendo. Aprobada por el pueblo de Venezuela, mediante
referendo constituyente, a los quince días del mes de
diciembre de mil novecientos noventa y nueve, y proclamada por la
Asamblea Nacional Constituyente en Caracas, a los veinte
días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y
nueve. Año 189° de la Independencia y 140° de la
Federación.

Enmiendas

La Constitución de 1999 sólo ha sufrido
una enmienda, aprobada por el Referéndum constitucional de
2009, con el precedente del Referendum constitucional de 2007, en
el que se propuso una reforma general al texto constitucional,
que no resulto aprobada.

Primera Enmienda

En diciembre de 2008 el presidente Hugo Chávez
propone realizar una enmienda a la constitución
sometiéndola a referendum popular, Siguiendo el
procedimiento establecido en el artículo 341 de la
constitución venezolana, el 18 de diciembre de 2008, se
realiza la primera discusión en la Asamblea Nacional de
Venezuela para activar el mecanismo de enmienda, contando con el
respaldo de 146 diputados del PSUV y el PCV. Además el
PSUV presentó como respaldo a la propuesta de la AN un
total de 4.760.485 firmas.

En la segunda discusión del Proyecto en el
parlamento, la propuesta fue apoyada por 156 diputados,
pertenecientes al PSUV, PPT, PCV, NCR, UPV, entre otros; mientras
que otros 11 diputados de Podemos y el Frente Popular Humanista
la rechazaron.

El 15 de febrero de 2009 se realizó el referendum
para decidir la aprobación o no de la enmienda de los
artículos 160, 162, 174, 192 y 230, con el fin de permitir
la reelección inmediata de cualquier cargo de
elección popular de manera continua o indefinida.
Según el segundo Boletín emitido por el CNE el 16
de febrero, el Sí alcanzó 6.310.482 votos (54,85%)
y el No 5.193.839 votos (45,14%), con el 99,57% de actas
transmitidas y una abstención de 29,67%, siendo promulgada
por el Presidente de la República en Caracas, el 19 de
febrero de 2009. Año 198º de la Independencia y
149º de Federación.

LEY DE CONSEJOS COMUNALES

Disposiciones generales

Objeto

Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto
regular la constitución, conformación,
organización y funcionamiento de los consejos comunales
como una instancia de participación para el ejercicio
directo de la soberanía popular y su relación con
los órganos y entes del Poder Público para la
formulación, ejecución, control y evaluación
de las políticas públicas, así como los
planes y proyectos vinculados al desarrollo
comunitario.

Consejos comunales

Artículo 2. Los consejos comunales, en el marco
constitucional de la democracia participativa y
protagónica, son instancias de participación,
articulación e integración entre los ciudadanos,
ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias,
movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo
organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión
directa de las políticas públicas y proyectos
orientados a responder a las necesidades, potencialidades y
aspiraciones de las comunidades, en la construcción del
nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y
justicia social.

Principios y valores

Artículo 3. La organización,
funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige
por los principios y valores de participación,
corresponsabilidad, democracia, identidad nacional, libre debate
de las ideas, celeridad, coordinación, cooperación,
solidaridad, transparencia, rendición de cuentas,
honestidad, bien común, humanismo, territorialidad,
colectivismo, eficacia, eficiencia, ética, responsabilidad
social, control social, libertad, equidad, justicia, trabajo
voluntario, igualdad social y de género, con el fin de
establecer la base sociopolítica del socialismo que
consolide un nuevo modelo político, social, cultural y
económico.

Definiciones

Artículo 4. A los efectos de la presente Ley se
entiende por:

1. Comunidad: núcleo espacial básico e
indivisible constituido por personas y familias que habitan en un
ámbito geográfico determinado, vinculadas por
características e intereses comunes; comparten una
historia, necesidades y potencialidades culturales,
económicas, sociales, territoriales y de otra
índole.

2. Ámbito geográfico: es el territorio que
ocupan los habitantes de la comunidad, cuyos límites
geográficos se establecen o ratifican en Asamblea de
Ciudadanos y Ciudadanas, de acuerdo con sus particularidades y
considerando la base poblacional de la comunidad.

3. Base poblacional de la comunidad: es el número
de habitantes dentro del ámbito geográfico que
integra una comunidad. Se tendrá como referencia para
constituir el consejo comunal: en el ámbito urbano entre
ciento cincuenta y cuatrocientas familias; en el ámbito
rural a partir de veinte familias y para las comunidades
indígenas a partir de diez familias; manteniendo la
indivisibilidad de la comunidad y garantizando el ejercicio del
gobierno comunitario y la democracia
protagónica.

4. Organizaciones comunitarias: son las organizaciones
que existen o pueden existir en el seno de las comunidades y
agrupan un conjunto de personas con base a objetivos e intereses
comunes, para desarrollar actividades propias en el área
que les ocupa.

5. Comité de trabajo: es el colectivo o grupo de
personas organizadas para ejercer funciones específicas,
atender necesidades en distintas áreas de trabajo y
desarrollar las aspiraciones y potencialidades de su
comunidad.

6. Vocero o vocera: es la persona electa mediante
proceso de elección popular, a fin de coordinar el
funcionamiento del consejo comunal, la instrumentación de
las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y
Ciudadanas.

7. Proyectos comunitarios: es el conjunto de actividades
concretas orientadas a lograr uno o varios objetivos, para dar
respuesta a las necesidades, aspiraciones y potencialidades de
las comunidades. Los proyectos deben contar con una
programación de acciones determinadas en el tiempo, los
recursos, los responsables y los resultados esperados.

8. Áreas de trabajo: son ámbitos de
gestión que se constituyen en relación con las
particularidades, potencialidades y los problemas más
relevantes de la comunidad. El número y contenido de las
áreas de trabajo dependerá de la realidad, las
prácticas tradicionales, las necesidades colectivas y las
costumbres de cada comunidad. Las áreas de trabajo
agruparán varios comités de trabajo.

9. Plan comunitario de desarrollo integral: es el
documento técnico que identifica las potencialidades y
limitaciones, las prioridades y los proyectos comunitarios que
orientarán al logro del desarrollo integral de la
comunidad.

10. Gestión: son las acciones que exigen el
cumplimiento de los objetivos y metas, aprobados por la Asamblea
de Ciudadanos y Ciudadanas, de cada una de las unidades de
trabajo que integran el consejo comunal.

11. Economía comunal: es el conjunto de
relaciones sociales de producción, distribución,
intercambio y consumo de bienes, servicios y saberes,
desarrolladas por las comunidades bajo formas de propiedad social
al servicio de sus necesidades de manera sustentable y
sostenible, de acuerdo con lo establecido en el Sistema
Centralizado de Planificación y en el Plan de Desarrollo
Económico y Social de la Nación.

12. Redes socio productivas: es la articulación e
integración de los procesos productivos de las
organizaciones socio productivas comunitarias, para el
intercambio de saberes, bienes y servicios, basados en los
principios de cooperación y solidaridad; sus actividades
se desarrollan mediante nuevas relaciones de producción,
comercio, distribución, cambio y consumo, sustentables y
sostenibles, que contribuyen al fortalecimiento del Poder
Popular.

LEY DE SERVICIOS COMUNITARIOS DE EDUCACION
SUPERIOR

TÍTULO I

DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Objeto

Artículo 1. La presente Ley tiene como objeto
normar la prestación del servicio comunitario del
estudiante de educación superior, que a nivel de pregrado
aspire al ejercicio de cualquier profesión.

Principios

Artículo 2. Esta Ley se regirá por los
principios constitucionales de solidaridad, responsabilidad
social, igualdad, cooperación, corresponsabilidad,
participación ciudadana, asistencia humanitaria y
alteridad.

Ámbito de
Aplicación

Artículo 3. La prestación del servicio
comunitario, tendrá su ámbito de aplicación
en el área geográfica del territorio nacional, que
determine la Institución de Educación Superior
correspondiente.

CAPÍTULO II

Del Servicio Comunitario

Definición

Artículo 4. A los efectos de esta Ley, se
entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben
desarrollar en las comunidades los estudiantes de
educación superior que cursen estudios de formación
profesional, aplicando los conocimientos científicos,
técnicos, culturales, deportivos y humanísticos
adquiridos durante su formación académica,
enbeneficio de la comunidad, para cooperar con su
participación al cumplimiento de los fines del bienestar
social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela y en esta
Ley.

Comunidad

Artículo 5. A los efectos de esta Ley, la
comunidad es el ámbito social de alcance nacional, estatal
o municipal, donde se proyecta la actuación de las
instituciones de educación superior para la
prestación del servicio comunitario.

Requisito para la obtención del
título

Artículo 6. El servicio comunitario es un
requisito para la obtención del título de
educación superior, no creará derechos u
obligaciones de carácter laboral y debe prestarse sin
remuneración alguna.

Fines del Servicio
Comunitario

Artículo 7. El servicio comunitario tiene como
fines:

  • Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el
    compromiso con la comunidad como norma ética y
    ciudadana.

  • Hacer un acto de reciprocidad con la
    sociedad.

  • Enriquecer la actividad de educación
    superior, a través del aprendizaje servicio, con la
    aplicación de los conocimientos adquiridos durante la
    formación académica, artística, cultural
    y deportiva.

  • Integrar las instituciones de educación
    superior con la comunidad, para contribuir al desarrollo dela
    sociedad venezolana.

  • Formar a través del aprendizaje servicio, el
    capital social, en el país.

Duración del Servicio
Comunitario

Artículo 8. El servicio comunitario tendrá
una duración mínima de ciento veinte horas
académicas, las cuales se deben cumplir en un lapso no
menor de tres meses. Las instituciones de educación
superior adaptarán la duración del Servicio
Comunitario a su régimen académico.

Condiciones

Artículo 9. No se permitirán realizar
actividades de proselitismo, político partidistas, durante
la prestación del servicio comunitario.

De los recursos

Artículo 10. Las instituciones de
educación superior, incluirán los recursos
necesarios para la realización del servicio comunitario en
el plan operativo anual, sin menoscabo de los que puedan
obtenerse, através de los convenios.

PLAN DE LA NACION 2007-2013

Este documento define el Proyecto Nacional Simón
Bolívar en su Primer Plan Socialista -PPS- del Desarrollo
Económico y Social de la Nación para el
período 2007 – 2013.

A partir del 2 de febrero de 1999 se inició un
proceso de cambios en Venezuela, orientado hacia la
construcción del Proyecto Nacional Simón
Bolívar, el cual continúa en esta nueva fase de
gobierno para profundizar los logros alcanzados por las
Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y
Social de la Nación 2001 – 2007.

En este próximo período 2007 – 2013,
se orienta Venezuela hacia la construcción del Socialismo
del Siglo XXI, a través de las siguientes
directrices:

I. Nueva Ética
Socialista

Propone la refundación de la Nación
Venezolana, la cual hunde sus raíces en la fusión
de los valores y principios más avanzados de las
corrientes humanistas del socialismo y de la herencia
histórica del pensamiento de Simón
Bolívar.

II. La Suprema Felicidad
Social

A partir de la construcción de una estructura
social incluyente, un nuevo modelo social, productivo, humanista
y endógeno, se persigue que todos vivamos en similares
condiciones, rumbo a lo que decía El Libertador: "La
Suprema Felicidad Social".

III. Democracia Protagónica
Revolucionaria

Para esta nueva fase de la Revolución Bolivariana
se consolidará la organización social, tal de
transformar su debilidad individual en fuerza colectiva,
reforzando la independencia, la libertad y el poder originario
del individuo.

IV. Modelo Productivo
Socialista

Con el fin de lograr trabajo con significado, se
buscará la eliminación de su división
social, de su estructura jerárquica y de la disyuntiva
entre la satisfacción de las necesidades humanas y la
producción de riqueza subordinada a la reproducción
del capital

V. Nueva Geopolítica
Nacional

La modificación de la estructura
socio-territorial de Venezuela persigue la articulación
interna del modelo productivo, a través de un desarrollo
territorial desconcentrado, definido por ejes integradores,
regiones programa, un sistema de ciudades interconectadas y un
ambiente sustentable.

VI. Venezuela: Potencia Energética
Mundial

El acervo energético del país posibilita
una estrategia que combina el uso soberano del recurso con la
integración regional y mundial. El petróleo
continuará siendo decisivo para la captación de
recursos del exterior, la generación de inversiones
productivas internas, la satisfacción de las propias
necesidades de energía y la consolidación del
Modelo Productivo Socialista.

VII. Nueva Geopolítica
Internacional

La construcción de un mundo multipolar implica la
creación de nuevos polos de poder que representen el
quiebre de la hegemonía unipolar, en la búsqueda de
la justicia social, la solidaridad y las garantías de paz,
bajo la profundización del diálogo fraterno entre
los pueblos, su autodeterminación y el respeto de las
libertades de pensamiento.

LA NORMATIVA DEL CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO
COMUNITARIO DE LA UNESR

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1: A los efectos de las presentes
normas, se entiende por Servicio Comunitario toda actividad
realizada en las comunidades por los estudiantes de
educación superior, a fin de poner en práctica
todos los conocimientos adquiridos durante la formación
académica, bien sea culturales, deportivos,
humanísticos, técnicos o científicos, en
beneficio de la comunidad, a fin de lograr los objetivos
planteados en pro del bienestar común.

Artículo 2: Las presentes normas tienen su
fundamento legal en los principios legales establecidos en el
Artículo 135 de la Constitución de la
República Bolivariana de Bolivariana, los artículos
2, 3, 4, 83 y 138 de la Ley de Universidades y la Ley de Servicio
Comunitario del Estudiante de Educación
Superior.

Artículo 3: El presente Reglamento tiene por
objeto desarrollar los principios constitucionales referentes a
la organización, administración, funcionamiento y
control de la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de
Educación Superior. Asimismo, se regirá por los
principios de solidaridad, responsabilidad social, igualdad,
cooperación, corresponsabilidad, participación
ciudadana, asistencia humanitaria y respeto mutuo.

Artículo 4: La Universidad está en la
obligación de difundir la Ley de Servicio Comunitario del
Estudiante de Educación Superior a todos los niveles,
utilizando diversos mecanismos de comunicación, a fin de
garantizar el conocimiento por parte de toda la comunidad
universitaria y de las comunidades de todas las regiones donde la
universidad pueda brindar su colaboración.

Artículo 5: La Universidad establecerá los
mecanismos de coordinación y convenios entre entidades
públicas, privadas, asociaciones gremiales, consejos
comunales, y la comunidad organizada, a los efectos de garantizar
una cartera de proyectos sociales que respondan a las
características señaladas por la Ley de Servicio
Comunitario del Estudiante de Educación Superior,
atendiendo a los perfiles que corresponden al egresado de las
carreras que ofrece la UNESR. Asimismo, desarrollará
ofertas de proyectos a través de alianzas
estratégicas que se establezcan con la Dirección de
Convenios Interinstitucionales y otras instancias involucradas en
la organización, ejecución y seguimiento de los
proyectos en el marco del Servicio Comunitario.

CAPÍTULO II

Planificación del Servicio
Comunitario

Artículo 6: A los fines de lograr el cumplimiento
del servicio comunitario, la Universidad celebrará
convenios y/o alianzas con organismos tales como: entes
gubernamentales, instituciones públicas y privadas,
asociaciones gremiales, consejos comunales, comunidad organizada,
entre otros, a fin de formular proyectos y dictar lineamientos
para unificar los objetivos, contenidos y metas que esté
en concordancia con el desarrollo local, regional y nacional
dentro del marco constitucional de nuestra carta magna. Los
acuerdos serán firmados por personas jurídicas
representantes de los organismos donde se cumplirán las
actividades.

Artículo 7: Los entes Gubernamentales,
Institucionales Públicos y Privados, Organismos y
Comunidades seleccionadas como sede de la prestación de
Servicio Comunitario deberán facilitar la
aplicación de la práctica de los conocimientos,
habilidades y destrezas adquiridos en la Universidad previstos en
los contenidos curriculares de las carreras que ofrece la
Institución. Así mismo, deberán designar un
personal que sirva de enlace entre la Organización a
recibir el beneficio y la Universidad.

Artículo 8: La Universidad es responsable de
realizar la supervisión para que el participante no reciba
contraprestación alguna por parte del Organismo donde
cumpla con el servicio social comunitario. Además, de
evaluar el aprendizaje que del mismo se derive a favor de una
educación integral del educando.

CAPÍTULO III

Organización del Servicio
Comunitario

Artículo 9: La Universidad a través de la
Dirección de Extensión creará la
Coordinación del Servicio Comunitario en cada uno de los
núcleos, la cual estará bajo la tutela del
Subdirector (a) de Extensión, Cultura y Deporte
respectivo. La Coordinación será la responsable de
la planificación, ejecución y supervisión de
las actividades inherentes a la prestación de Servicio
Comunitario por parte de los participantes.

Artículo 10: El Director (a) de cada
Núcleo conjuntamente con el Subdirector de
Extensión, Cultura y Deporte nombrará una
Comisión que funcionará como unidad de apoyo a la
Coordinación del Servicio Comunitario. Esta Unidad de
apoyo estará conformada por los Subdirectores de
Extensión, Cultura y Deporte quien la presidirá,
Subdirección Académica, Coordinadores de Carrera,
Investigación, Pasantías, Desarrollo Estudiantil,
Coordinadores de líneas de Investigación un
representante del Centro de Estudiantes, un estudiante miembro de
la Oficina de Misiones Educativas (OME) y cuales otros sean
pertinentes según la realidad del Núcleo
respectivo, éstos tendrán entre sus
responsabilidades las siguientes atribuciones:

  • Hacer cumplir la Ley de Servicio Comunitario y las
    Normas internas que rigen la prestación del Servicio
    Comunitario de la UNESR en cada Núcleo.

  • Velar por el buen funcionamiento del Servicio
    Comunitario en cada Núcleo.

  • Garantizar la planificación,
    ejecución, supervisión y acompañamiento
    de los proyectos para la prestación del servicio
    comunitario conjuntamente los entes gubernamentales,
    instituciones públicas y privadas, asociaciones
    gremiales, consejos comunales, comunidad organizada, entre
    otros.

  • Coordinar y facilitar el establecimiento de alianzas
    entre comunidades organizadas a través de entes
    públicos y privados.

  • Someter a la aprobación del Consejo de
    Núcleo y este a su vez al Consejo Directivo los
    proyectos que se planifiquen en función del
    diagnóstico participativo realizado en las
    comunidades.

  • Atender las necesidades de capacitación en
    trabajo comunitario a docentes, alumnos y miembros de las
    comunidades.

  • Llevar un registro pormenorizado acerca del alcance
    de los proyectos.

  • Elaborar una ficha de control para evaluar los
    beneficios alcanzados por el participante que presta el
    servicio y los logros alcanzados por la comunidad atendida a
    fin de recoger las experiencias de aprendizaje para
    colocarlos al servicio de docencia, investigación y
    extensión de la Institución.

  • Designar profesores (Facilitadores-Voceros) por
    áreas de conocimiento, los cuales estarán
    adscritos a la unidad de apoyo de servicio comunitario, como
    responsables de la planificación, ejecución y
    evaluación de proyectos comunitarios.

  • Prever costos y financiamiento para el desarrollo de
    programas, recursos técnicos y apoyo presupuestario,
    de viáticos para viajes de profesores
    (Facilitadores-Voceros) y subvenciones
    estudiantiles.

  • Aprobar programas de capacitación sobre el
    servicio comunitario, dirigido a las comunidades y
    facilitadores – Voceros.

  • Revisar y evaluar los proyectos sociales presentados
    o solicitados por los participantes, profesores, universidad,
    comunidad organizada, gremios, iglesias, instituciones
    públicas y privadas.

  • Determinar el número de proyectos sociales a
    ser atendidos por los facilitadores – voceros.

  • Evaluar los proyectos presentados por los sectores
    con iniciativa, a objeto de ser considerada su
    aprobación.

  • Proponer ante los consejos comunales en cada uno de
    los Estados la creación de la Mesa de
    Participación Social Comunitaria con el fin de iniciar
    la fase diagnostica de necesidades que conducirán a la
    planificación, ejecución y supervisión
    de los proyectos donde los estudiantes prestarán el
    Servicio Comunitario.

Artículo 11: El Servicio Comunitario se
llevará a cabo mediante una planificación que
comprende los ejes de investigación participativa y de
sensibilización y acción comunitaria. La primera se
instrumentará mediante la inserción curricular del
eje investigación social, a través del cual se
integrarán las diversas áreas académicas del
Ciclo profesional mediante la incorporación de elementos
comunes subyacentes tales como técnicas y métodos
de investigación participativa.

Artículo 12: En condiciones de emergencia social,
el Director (a) del Núcleo por vía de
excepción tendrá entre sus atribuciones la potestad
de incluir a participantes voluntarios, en actividades que se
consideren especiales y a través de un informe emitido por
dicha dirección se acreditaran las horas trabajadas
según los formatos establecidos por la Coordinación
del Trabajo Comunitario.

CAPÍTULO IV

Proyectos del Servicio Comunitario

Artículo 13: La prestación del servicio
comunitario se atenderá bajo la modalidad de proyectos,
los cuales serán presentados por la Coordinación
del Servicio Comunitario para ser aprobados por el Consejo de
Núcleo.

Artículo 14: El Servicio Comunitario consta de
las siguientes etapas:

  • Plataforma conceptual preparatoria (Fase de
    inducción, la cual incluye los contenidos de las
    asignaturas del Ciclo profesional, los seminarios y talleres
    preparatorios).

  • Fase de diagnóstico.

  • Plan de trabajo

  • Prácticas del proyecto de servicio
    comunitario

  • Seguimiento y Evaluación.

  • Presentación final y divulgación de
    los resultados del trabajo comunitario.

  • Certificación.

Artículo 15: La Universidad ofertará un
taller con carácter obligatorio denominado "Servicio
Social Comunitario", en el cual el participante deberá
inscribirse. Una vez aprobado el taller el participante
deberá seleccionar un proyecto comunitario ofertado por el
Núcleo, así como también al
Facilitador-Vocero que orientará su participación
en el mismo.

Artículo 16: Cada proyecto presentado por la
comisión del servicio comunitario deberá llevar dos
(2) fases. La primera se refiere a la propuesta en la cual se
presenta el diagnóstico, la justificación y
objetivos del proyecto. La segunda fase debe describir la
ejecución de la propuesta incluyendo el lugar, actividades
a cumplir, entes participantes y resultados que se
esperan.

Artículo 17: El participante cumplidor del
servicio comunitario presentará un informe (Resumen) por
escrito en el cual se sintetizarán las experiencias de
aprendizaje adquiridas en la comunidad. Este informe será
avalado por el Facilitador- Vocero del proyecto y deberá
ser entregado a la Unidad de Apoyo de Servicio comunitario para
su aprobación o no aprobación.

Artículo 18: La Coordinación del Servicio
Comunitario notificará previa acta de evaluación
los alcances en el cumplimiento del Servicio por parte de los
participantes a la Unidad de Control de Estudios. La misma
entregará acta certificada del mencionado servicio por el
cumplimiento satisfactorio de las 120 horas de servicio
comunitario en un lapso no menor de tres (03) meses.

CAPÍTULO V

Deberes y Derechos del Participante en su Rol de
Prestador de Servicio Comunitario

Artículo 19: Los participantes están en el
derecho de mantenerse informados sobre los procesos y requisitos
para cumplir con el servicio social comunitario. Asimismo,
tendrán los siguientes derechos:

  • Obtener información oportuna de los proyectos
    ofertados por la UNESR para el Servicio
    Comunitario.

  • Recibir la preparación previa a través
    del curso "Servicio Social Comunitario.

  • Obtener información sobre los requisitos y
    procedimientos para inscribirse en los proyectos ofertados
    por la UNESR.

  • Recibir la asesoría adecuada y oportuna para
    desempeñar el servicio comunitario por parte del
    Facilitador-Vocero.

  • Recibir un trato digno y ético durante el
    cumplimiento del servicio comunitario.

  • Realizar actividades comunitarias de acuerdo a lo
    ofertado por la UNESR.

  • Recibir de la UNESR la constancia de
    culminación del servicio comunitario.

  • Recibir de la UNESR, reconocimientos o incentivos
    académicos, los cuales deben ser establecidos por cada
    uno de los núcleos.

  • Participar en la elaboración de los proyectos
    presentados como iniciativa de la UNESR.

Artículo 20: Son deberes de los participantes
como prestadores del servicio comunitario, los
siguientes:

  • Realizar el servicio comunitario como requisito para
    la obtención del título de educación
    superior. Dicha labor no sustituirá las
    prácticas profesionales (prácticas docentes /
    pasantías) incluidas en los planes de estudio de las
    carreras de la UNESR.

  • Acatar las disposiciones que se establezcan en los
    convenios realizados por la UNESR.

  • Actuar con respeto, honestidad y responsabilidad
    durante el servicio comunitario.

  • Acatar las directrices y orientaciones impartidas
    por la coordinación y el Facilitador-Vocero del
    proyecto para el cumplimiento del servicio
    comunitario.

  • Cumplir con el servicio comunitario según lo
    establecido en la Ley que lo rige.

  • Cursar el taller "Servicio Social Comunitario",
    establecido en la matriz curricular de la carrera.

Artículo 21: El Servicio Comunitario
tendrá una duración mínima de ciento veinte
horas (120), las cuales deberán cumplirse en un conjunto
de fases o etapas que tendrán una duración total no
inferior a tres (3) meses continuos.

Artículo 22: Para la participación en el
servicio comunitario, deberán cumplirse además de
lo establecido en el artículo anterior, los siguientes
requisitos:

  • Haber cursado el ciclo introductorio, y
    mínimo el 50% de los cursos que conforman el ciclo
    general de la carrera que cursa.

  • Tener la certificación de aprobación
    del taller de servicio social comunitario, emanada por la
    coordinación del Servicio Comunitario.

  • Estar inscrito en un proyecto social comunitario
    ofertado por la

  • UNESR.

  • Tener asignado un (01) facilitador-vocero para que
    lo oriente en el proceso de aprendizaje.

Artículo 23: El servicio social comunitario
deberá prestarse sin remuneración alguna, de
preferencia en organismos o instituciones de carácter
público, y de manera complementaria en instituciones o
empresas de carácter privado, principalmente en aquellas
que cumplen una función de tipo social.

CAPÍTULO VI

Evaluación y Certificación de los
Proyectos Comunitarios

Artículo 24: La Evaluación de los
proyectos debe cumplirse de acuerdo a las normas existentes en la
UNESR, fundamentado en las actividades desarrolladas por el
participante en la organización en la que llevó a
cabo el trabajo comunitario. La misma será realizada por
el facilitador-vocero del proyecto y la calificación final
será "aprobado" o "reprobado".

Artículo 25: La Subdirección de
Secretaría emitirá la certificación
correspondiente una vez que esta haya recibido de la
Coordinación del Servicio Comunitario, la
calificación considerada por el
Facilitador-Vocero.

Artículo 26: Los participantes inscritos en el
Servicio Comunitario que deban retirarse por problemas ajenos a
su voluntad, deberán entregar a la Coordinación de
Servicio Comunitario una justificación por escrito de los
motivos que dan origen al retiro, a fin de ayudarlos en el
proceso. En caso de no poder ser resuelto, dicha
coordinación le autorizará para proceder a retirar
el servicio comunitario mediante el procedimiento que se
determine el consejo del núcleo.

CAPÍTULO VII

Responsabilidades del Facilitador-Vocero del
Proyecto Comunitario

Artículo 27: El Facilitador – Vocero del proyecto
comunitario es el facilitador-asesor del mismo y tendrá el
compromiso de orientar al participante en la metodología y
aspectos técnicos pertinentes al proyecto social en
ejecución.

Artículo 28: Podrán ser Facilitadores –
Voceros de los proyectos sociales, los profesores ordinarios y
contratados con dedicación exclusiva y a tiempo completa,
adscritos a cada núcleo y que hayan recibido la
formación previa en servicio comunitario.

Artículo 29: Podrán adscribirse a la
Coordinación del Servicio Comunitario, todos los
facilitadores que deseen contribuir con el desarrollo de
proyectos comunitarios y que tengan conocimientos, competencias o
actitudes hacia el servicio social comunitario.

CAPÍTULO VIII

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 30: Los participantes que hayan aprobado
105UC o más para la finalización del I periodo
Académico 2007 en todas las carreras quedaran exceptuados
del Cumplimiento del Servicio Comunitario. Esto regirá
solo para el II Periodo Académico.

Parágrafo Único: Para el inicio del I
Periodo Académico 2008 quedaran exceptuados del
cumplimiento del Servicio Comunitario los participantes que
tengan aprobado el setenta y cinco por ciento (75%) de las UC de
la carrera respectiva.

ESTRATEGIAS PARA EL ACOMPAÑAMIENTO
COMUNITARIO:

ESTABLECIMIENTO DEL DIALOGO DINAMICO PARA LA
INTEGRACIÓN Y ANALISIS DE INTERESES

El trabajo comunitario posibilita la apertura de
escenarios de comunicación. El diálogo no es el
punto de partida. No se puede dialogar cuando los derechos son
vulnerados, en este caso se exige la restitución del bien
o servicio violentado.

El diálogo brota desde la plataforma del respeto
y la búsqueda del bien común. Dialogar no es
sinónimo de imponer criterios o puntos de vista
individuales, es más bien el ejercicio que permite
interiorizar la palabra del otro, que busca un eco racional y
razonable en la construcción de un sentido.

Para dialogar es necesario encontrarse en igualdad de
condiciones. Quien lo hace desde plataformas desiguales, no
dialoga: impone o se resigna a perder.

El Gestor de Desarrollo debe respetar el saber de las
personas, ellas dialogan desde ese escenario. Por eso dialogar
con la comunidad significa entrar a conocer su mundo
ético-mítico, su cultura, su experiencia de
vida.

La primera condición para empezar a dialogar es
aprender a escuchar.

ESTRATEGIAS DIDACTICAS PARA EL TRABAJO EN
GRUPO

El trabajo comunitario que se desarrolla con la
participación de la comunidad local permite proyectar la
solución de sus problemas en el corto, mediano y largo
plazo, dinamizando una visión social motivadora y
referencial para la realización de sus anhelos en
términos de desarrollo comunitario y mejoramiento de las
condiciones de vida de los habitantes.

Una comunidad con visión de futuro se enfoca a la
solución de sus necesidades fundamentales, optimiza la
mayor cantidad de recursos, compromete a todos con el proyecto de
desarrollo local, provoca mejores expresiones de identidad y
pertenencia, y genera conciencia comunitaria para priorizar sus
actividades jalonando en una dirección y rechazando
aquello que los desvía de su proyecto
comunitario.

La comunidad que no tiene visión de futuro es
como el caminante que no sabe para dónde va; cualquier
camino le es indiferente pero puede llegar donde no
quiere.

El Gestor de Desarrollo debe respetar la visión
comunitaria que se construye con la participación de
todos. Ella recoge en forma priorizada el sueño
común o consensuado de los habitantes de una comunidad
local.

La dinámica pedagógica que permite
formular la visión de futuro debe partir de la
participación mayoritaria de los miembros de la comunidad,
se identifica las necesidades comunes, se reflexiona desde el
análisis de causas y consecuencias, se prioriza
construyendo consensos, las necesidades se agrupan en
núcleos temáticos (salud, educación,
vivienda, y otros), se constituyen las mesas de trabajo con cada
uno de los núcleos temáticos seleccionados, se
construye la misión y visión del Desarrollo
Comunitario, y por último, se organiza un plan de
formación para la organización y gestión
comunitaria, articulando los planes operativos y de
gestión.

El Gestor de Desarrollo debe acompañar este
proceso, permitiendo que la comunidad sea protagonista y no
simplemente observador indiferente o ejecutor de planes
impuestos.

Cuando una comunidad construye su visión de
futuro desde el análisis participativo de sus necesidades
comunes y la confluencia de todas las iniciativas para su
solución, enfoca el desarrollo comunitario, es
autogestionaria y fortalece su identidad y
pertenencia.

ESTRATEGIAS PARA FOMENTAR LA
PARTICIPACIÓN

La dinámica de trabajo comunitario participativo
encuentra su mejor herramienta para canalizar todas las
iniciativas en la planeación de actividades. Este proceso
del Desarrollo comunitario debe integrar todos los componentes
anteriormente descritos. En todo momento se realiza
planeación participativa, por lo tanto, ella se constituye
en el alma del Desarrollo comunitario.

El punto de partida para la realización de una
actividad comunitaria puede ser la idea de un líder que
influye en las demás personas, como también puede
ser la constatación de un problema u oportunidad de la
comunidad. Sin embargo, desde este punto de partida se debe abrir
todos los espacios de participación para que se dinamicen
procesos donde todos tengan la posibilidad real de
aportar.

El alma de la planeación es la
participación.

No podemos seguir armando proyectos públicos que
busquen beneficiar a la comunidad, sin la participación de
sus mismos beneficiarios.

El alto impacto político y social de los
proyectos de desarrollo se garantiza por la participación
conciente y real de la mayor cantidad de actores
involucrados.

Conclusión

Se pude hacer referencia a la importancia que tiene la
investigación como proceso de aprendizaje; ya que la misma
posee una gama de características fundamentales y que se
estrechan de manera muy compacta para poder captar la
información o para lograr los objetivos propuestos, es
preciso recordar que la investigación científica es
un método riguroso en el cual se obtiene una serie de
objetivos antes propuestos y de manera muy técnica, y la
investigación es la que tiene por fin ampliar el
conocimiento científico, sin perseguir, en principio,
ninguna aplicación práctica e investigar es una
acción de aclarar.

Es muy conveniente tener un conocimiento detallado de
los posibles tipos de investigación que se pueden seguir.
Este conocimiento hace posible evitar equivocaciones en la
elección del método adecuado para un procedimiento
específico. Por eso se podría acotar que el tema se
debería de implantar desde la educación
básica ya que a pesar de que la investigación
siempre está presente, siempre es bueno conocer el lado
técnico y científico de las cosas por más
comunes y cotidianas que suelan resultar.

Una de las fallas más comunes en la
investigación consiste en la ausencia de
delimitación del tema, es decir, por ausencia de
ambición del tema, por eso es básico tener muy
claro los objetivos y el camino que se va a recorrer con la
investigación para que esta pueda terminar su camino donde
debe.

La hipótesis de una investigación, puede
ser desarrollada desde distinto puntos de vista, puede estar
basada en una conjetura, en el resultado de otros estudios, en la
posibilidad de una relación semejante entre dos o
más variables representadas en un estudio, o puede estar
basada en una teoría mediante la cual una
suposición de proceso deductivo nos lleva a la
pretensión de que si se dan ciertas condiciones se pueden
obtener ciertos resultados.

El objetivo de la investigación es el enunciado
claro y preciso de las metas que se persiguen. El objetivo de la
persona que investiga es llegar a tomar decisiones y a una
teoría que le permita generalizar y resolver en la misma
forma problemas semejantes en el futuro.

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Autor:

*Aranguren Zarelys

*Contreras Víctor

*Ojeda Disleyer

Profesora:

Sandra Tortoza

REPUBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA

UNIVERSIDAD NACIONAL
EXPERIMENTAL

"SIMON RODRIGUEZ"

NUCLEO APURE

Biruaca, Febrero de 2012

Enviado por:

Sara Rangel

 

Partes: 1, 2, 3
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