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Trata y trafico de niños (niñas)




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Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Marco
    histórico
  3. Marco
    conceptual
  4. Marco
    jurídico
  5. Situación de
    la Niñez en Bolivia
  6. Estadísticas
    de niños traficados, niños raptados, fugados
    del hogar, abusados sexualmente
  7. Perfil de los
    clientes
  8. Redes de
    tráfico
  9. Rutas de
    tráfico
  10. Caracterización del
    tráfico
  11. Forma de
    reclutamiento
  12. Políticas
    de migración y adopción
    internacional
  13. Conclusiones
  14. Bibliografía
    consultada

Introducción

El tráfico de niños, niñas es una
violación a los derechos humanos que envuelve injusticia y
explotación que atenta a la dignidad del niño,
niña y que se desarrollo bajo una relación de
poder, donde los más vulnerables son los niños y
niñas, ejerciéndose sobre ellos una
dominación.

El tráfico de niños y niñas es un
delito, que se produce, para diversos fines ya sea para
explotación laboral, compra venta de órganos,
violencia sexual/ comercial en sus tres formas (sometimiento a la
prostitución, pornografía y turismo sexual) y
compra – venta de niños bajo la figura de
adopción
.

El tema de tráfico de Niños y Niñas
aún tiene un horizonte de invisibilidad e insensibilidad
social. Existen muchos actores sociales facilitadores del
tráfico infantil y paralelamente este actuar
ilícito es favorecido por el desconocimiento que las
autoridades, profesionales y la población en general
tienen sobre este tema.

Por ser una actividad criminal encubierta en nuestro
país, es difícil conocer exactamente la verdadera
magnitud de niños y niñas que son cada día
víctimas de esta situación. El problema de
tráfico infantil en nuestro país no es nuevo, como
en otros países, es una forma contemporánea de
esclavitud.

II.- OBJETIVO GENERAL

– Contribuir a visualizar la situación de los
niños y niñas traficados con diversos fines:
explotación laboral, compra venta de órganos,
violencia sexual/comercial, bajo la figura de
adopción.

III. OBJETIVOS ESPECIFICOS

– Obtener información estimada acerca del
tráfico de niños y niñas en Bolivia,
mediante la recopilación de datos existentes en las
instituciones involucradas en esta temática.

-Sistematizar las investigaciones existentes referentes
al tema de tráfico de niños y
niñas.

Marco
histórico

Mediante Ley No. 2314, de 24 de diciembre de 2001,
Bolivia ratifica el Convenio de La Haya relativo a la
Protección del niño y la Cooperación en
materia de Adopción Internacional, emitido en fecha 29 de
mayo de 1993. La ratificación es depositada en la Sede de
Naciones Unidas en fecha 1 de abril de 2002 y en consecuencia,
entra en plena vigencia en el territorio boliviano a partir del 2
de julio de 2002, conforme a lo dispuesto por el artículo
46 del Convenio.

El Convenio de La Haya relativo a la Protección
del niño y la Cooperación en materia de
Adopción Internacional tiene por objeto establecer
garantías a efectos de que las adopciones internacionales
se sujeten al principio del interés superior del
niño y niña. Es un instrumento para el cumplimiento
de los derechos fundamentales de niños y niñas
reconocidos por el Derecho Internacional.

El régimen de garantías establecido en el
Convenio se hace posible a través de la
instauración de un sistema de cooperación entre los
Estados contratantes, cuyo objetivo es generar mecanismos de
prevención respecto al tráfico de niños y
niñas.

Este sistema de cooperación está basado en
la distribución de responsabilidades entre las Autoridades
Centrales de los Estados de Origen y las de los Estados de
Recepción, respecto a la sustanciación de procesos
de adopción internacional, específicamente en lo
referido a la idoneidad de los futuros padres adoptivos
(Artículo 15 del Convenio) y a la situación de
adaptabilidad del niño, niña y adolescente
(Artículo 16 del Convenio).

El procedimiento de acreditación de instituciones
intermediarias de adopción internacional, el modelo de
Acuerdo Marco para esa acreditación y el procedimiento
para la comunicación oficial de la fecha de firma de
ratificación del Convenio de La Haya del país de
origen de la Institución solicitante cuentan con el amparo
jurídico de la Resolución Bi-Ministerial No. 001/03
de fecha 20 de junio de 2003, suscrita entre el Ministerio de
Desarrollo sostenible y el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto.

Los instrumentos internacionales que tratan
específicamente el tráfico de niños son la
Convención 182 de la OIT Concerniente a la
Prohibición y Acción Inmediata para la
Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil
(1999) y la Convención de las Naciones Unidas sobre los
Derechos del Niño (1989) y su Protocolo Opcional sobre la
Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la
Pornografía Infantil (2000).

Marco
conceptual

TRATA.- Tráfico ilegal e inmoral, que
tiende a la explotación del hombre privado de su libertado
al de la mujer como prostituta.

INFANCIA.- Es el periodo inicial de la vida,
comprendido desde el nacimiento hasta los siete años, en
el cual se adquiere, más o menos realmente, el llamado
"usos de la razón "

Conceptos copiados del Diccionario jurídico
elemental de Guillermo Cabanellas

PROSTITUCION.- Comercio sexual por precio,
corrupción o deshonra de la mujer.

FILIACION.- Acción o efecto de filiar, de
tomar los datos personales de un individuo.

PORNOGRAFIA.- Tratado sobre la
prostitución.

BURDEL.-Casa pública de mujeres mundanas;
prostíbulo, mancebía. (Prostitución,
lenocinio).

Marco
jurídico

Derecho de la niñez, adolescencia y
juventud:
Artículos 58 a 61 C. P. E.

Derecho de las familias: Artículos 62 a 66
C. P. E.

Convenios internacionales referentes a Derechos
Humanos.

Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata
de personas especialmente mujeres y niños que complementa
la Convención contra la delincuencia organizada
transnacional – ONU.2003.

Convención 182 de la OIT Concerniente a la
Prohibición y Acción Inmediata para la
Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil
(1999)

Convención de las Naciones Unidas sobre los
Derechos del Niño (1989) y su Protocolo Opcional sobre la
Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la
Pornografía Infantil (2000)

Convención de la Haya para la protección
del niño. Marzo 2002

Instituto Interamericano del Niño 2000 violencia
y explotación sexual en América Latina y el Caribe
(Montevideo IIN OEA).

Azóala, Elena. 2000. Infancia robada.
Niñas y Niños víctimas de explotación
sexual en México (México DF: DIF –
CIESAS.

Delitos contra la familia: Artículo 246
Código Penal

Rapto: Articulo 313 Código
Penal

Extorsiones: Articulo 334 Código
Penal

Autoridad de los padres: Artículos 249 y 250
Código de Familia

Derecho a la vida y derecho a la familia: Ley N0. 2026,
Código niño, niña y adolescente

Mediante Ley No. 2314, de 24 de diciembre de 2001,
Bolivia ratifica el Convenio de La Haya relativo a la
Protección del niño y la Cooperación en
materia de Adopción Internacional, emitido en fecha 29 de
mayo de 1993. La ratificación es depositada en la Sede de
Naciones Unidas en fecha 1 de abril de 2002 y, en consecuencia,
entra en plena vigencia en el territorio boliviano a partir del 2
de julio de 2002, conforme a lo dispuesto por el artículo
46 del Convenio.

DESARROLLO

Situación
de la Niñez en Bolivia

Bolivia tiene aproximadamente 8.3 millones de
habitantes, según datos del último censo realizado
por el Instituto Nacional de Estadística. La
población menor de 18 años representa el 49.2% de
los 8.3 millones de habitantes. El grupo de 0 a 6 años
alcanzo al 19.2% seguido por el de 7 a 12 años que acumula
el 16.3% y los adolescentes de 13 a 18 años con el 13.7%.
Tomando en cuenta que el 61% se concentra en el área
urbana y el 39% en el área rural.

De estos datos, se estima que cerca de 2 millones de
niños, niñas y adolescentes se encuentran en
situación de riesgo, en el marco de la pobreza y
marginalidad en que socializan su infancia.

En cuanto a la salud, la niñez presenta elevadas
cifras de mortalidad. Según Encuesta Nacional de
Demografía y Salud 98, se tiene una tasa de 67 por mil
nacidos vivos en menores de un año, y 92 por mil nacidos
vivos en menores de 5 años, constituyéndose
éstos últimos en el 50% del total de las muertes
maternas esperadas, lo que significa que anualmente mueren 22.000
niños.

El embarazo adolescente en Bolivia alcanza al 14% del
total de embarazos.

En la educación la tasa de cobertura neta se
mantiene alrededor del 91% Pero los altos índices de
repelencia, junto a la deserción escolar aún
continúan. Que ligados al ingreso tardío son las
características más sobresalientes del sistema
educativo, implicando que gran cantidad de personas abandone el
sistema escolar antes de concluir. Representando dos terceras
partes de los alumnos de primaria que terminan el sexto grado, y
en secundaria tan sólo el 15% completa el ciclo, con un
escaso 5% que obtiene algún grado universitario.(Censo
2001 Instituto Nacional de Estadística).

En el área rural, el 36,5% de los mayores de 15
años y el 50% de las mujeres son analfabetas.

El 65% de las mujeres rurales jefas de hogar son
analfabetas, frente al 28% de los hombres en esa
situación.

En Bolivia, aproximadamente 450.000 personas no se
encuentran registradas legalmente, lo que significa que no
cuentan con un certificado de nacimiento u otro tipo de
documentos que acrediten su identidad lo que impide que ejerciten
su derecho de ciudadanía.

La Corte Nacional Electoral y el UNICEF en el año
2003, en un esfuerzo combinado, lograron documentar a 230.000
niños, niñas y adolescentes de 0 a 7 años.
Pero aún persiste un 29% de los usuarios de servicios
municipales de las Defensorías de la Niñez y
Adolescencia que no cuentan con un certificado de
nacimiento.

Las consecuencias de la pobreza, es la situación
de los niños, niñas y adolescentes en condiciones
de mayor vulnerabilidad en el ejercicio de sus Derechos, como
resultado de diversos factores sociales, económicos,
políticos y culturales generando una elevada pobreza y
exclusión, viéndose imposibilitados de tener una
vida digna, al ser trasgredidos sus más fundamentales
derechos.

Por tanto, las expresiones ante estas estructurales
condicionantes, es la situación de niños sometidos
a maltrato y abuso sexual, incorporados al mercado laboral, otros
viviendo en la calle. En nuestro país existen 800.000
niños, niñas y adolescentes trabajadores que
representan el 21.3% de la población económicamente
activa. Siendo objeto de violencia, discriminación y
abuso, salarios demasiado bajos, excediendo en algunos casos su
jornada de trabajo a más de 10 horas al día, sin
ninguna protección de la Ley General del Trabajo. El
trabajo les impide asistir a la escuela, aumentando los niveles
de deserción escolar, con un 56% de no asistencia y/o
abandono de la escuela.

Los niños, niñas y adolescentes que viven
en la calle por diversas razones, entre ellas la ruptura temporal
o definitiva con su familia, se traduce en una serie de elementos
condicionantes que hacen referencia a historias de vida,
sumergidas en marginamiento. Según datos de
investigaciones realizadas cerca de 4.000 niños,
niñas y adolescentes viven en la calle, situados en las
principales ciudades del país.

Los huérfanos y abandonados alcanzan a 16.500,
que se encuentran en centros de acogida y hogares de todo el
país.

Quedando cada año 2.500 niños,
niñas y adolescentes huérfanos a causa de las altas
tasas de mortalidad materna.

Por tanto, la pobreza no sólo afecta a la
niñez que debe incorporarse prematuramente al mercado
laboral informal. La situación de pobreza afecta
aún más y con mayor rigor a las familias
desintegradas, con niños no reconocidos, sufriendo desde
temprana edad abandono afectivo, constituyéndose en
potenciales víctimas del maltrato físico,
psicológico y abuso sexual. Aunque es necesario destacar
que esto no es privativo de las familias pobres, pues la
violencia no distingue niveles económicos y
sociales.

Estas injusticias suceden con mayor frecuencia en los
departamentos de Santa Cruz, La Paz y Cochabamba en cuanto a este
tipo de denuncias.

Las denuncias se concentran más en estas ciudades
por la estructura socioeconómica de Bolivia, que determina
la existencia de un grupo de departamentos que tienen mayor
despliegue económico y concentración poblacional
que otros, como es el caso de La Paz, Santa Cruz y Cochabamba,
que se les ha denominado ciudades del eje central, la incidencia
en cuanto a secuestros y raptos se concentra también en
estos departamentos.

Estadísticas de niños
traficados, niños raptados, fugados del hogar, abusados
sexualmente

Se tiene los siguientes indicadores según
estadísticas disponibles de siete Defensorías
Capitales en Bolivia y de 117 Defensorías del Área
Rural de Bolivia:

En el año 2002 existieron 3 casos de
tráfico de niños, todos ocurridos en la Ciudad de
La Paz. Estos datos proporcionados por defensorías es una
información que no concuerda con la información
emitida sobre denuncias de tráfico de niños y
niñas, en los medios de comunicación, pero son los
que manejan estas instituciones.

En las Defensorías del Área Rural no se
registraron denuncias sobre tráfico. En las
Defensorías capitales se presentaron 1521 denuncias de
Guarda o Tutela Ilegal, en todas las ciudades excepto en las
ciudades de Santa Cruz, Beni y Cochabamba, presentándose
en la ciudad de La paz el mayor número de
casos.

En el Área Rural el número de denuncias de
Guarda Ilegal es de 126 presentándose el mayor
número en el grupo etareo de los 0 a los dos años
en niños disminuyendo de manera paulatina en los
demás grupos.

Cabe destacar que se tomó el indicador de guarda
o tutela ilegal para representar a niños en
situación de riesgo debido a que no sólo implica
que uno de los progenitores lo tiene ilegalmente sino que en
muchos casos son terceras personas ajenas al núcleo
familiar. Presentándose esta problemática en las
ciudades de La Paz, Potosí y Cochabamba, es necesario
destacar que de cada diez niños y niñas.

En las Defensorías Rurales se presentaron 10
denuncias de abuso sexual de los cuales 3 pertenecen al grupo de
edades de los 4 a los 8 años. Lo cual significa que las
NNA del sexo femenino son las más vulnerables a este tipo
de abuso, y sobre todo es proporcional a la edad, cuanto menos
edad tienen son más vulnerables.

La información remitida por el Juzgado de la
Niñez y Adolescencia del Distrito Judicial del Beni,
contiene algunos datos erróneos, toda vez que la sumatoria
en algunas de las variables consideradas no da como resultado el
total de las autorizaciones de viajes expedidas en cada
gestión.

Por tanto y en mérito a consolidar resultados
uniformes, únicamente se tomo en cuenta las autorizaciones
de viaje de siete Juzgados de la Niñez y Adolescencia de
los trece existentes a nivel nacional y que corresponden
igualmente a siete Distritos Judiciales: La Paz, Cochabamba,
Tarija, Oruro, Potosí, Beni y Pando. Conforme a lo
dispuesto por el Código del Niño, Niña y
Adolescente, en su artículo 169 y por el Reglamento del
Código del Niño, Niña y adolescente aprobado
mediante Decreto Supremo No. 27443, dispone en los
artículos 62, 63 y 64, los casos en los que procede las
autorizaciones de viaje, otorgada por los Jueces de la
Niñez y Adolescencia son los siguientes:

Niños, niñas y adolescentes que emigran
con uno solo de sus progenitores.

Cuando el niño y niña viaje con uno solo
de los padres, se requerirá la autorización expresa
del otro. En ausencia del otro progenitor que debe otorgar la
autorización, el Juez exigirá la garantía de
dos personas que radiquen en la localidad donde se tramita la
solicitud.

Perfil de los
clientes

El perfil de los clientes, según la
información obtenida por medio de los estudios existentes,
tenemos que los clientes que son aquellos sujetos que ejerciendo
sus prerrogativas otorgadas por el dinero y su condición
de adulto y macho victimiza a niñas y adolescentes. Los
clientes manifestaron su preferencia por adolescentes menores de
18 años.

En cuanto a la profesión u ocupación de
los clientes, éste es muy amplio pues si bien se
identificaron como comerciantes, incluye empleados,
profesionales, choferes y turistas.

En cuanto al nivel de instrucción de los clientes
es destacable que la gran mayoría hubiera alcanzado la
secundaria e incluso el nivel universitario o nivel
técnico militar, por lo que no se puede considerar el
grado de instrucción escaso como argumento (casos Cobija,
Guayaramerin y Yacuiba).

El estado civil de los clientes, en su gran
mayoría son casados, coincidiendo con las otras ciudades,
en este aspecto. Asimismo, son padres de 2 a 5 hijos como
promedio.

Turismo Sexual

En las ciudades de Yacuiba, Cobija y Guayamerin se
concentra la mayoría de casos de adolescentes que se
trasladaron de diferentes lugares del interior y exterior del
país. Es decir de ciudades como Santa Cruz, La Paz y
otras, como la que viene de ciudades fronterizas de Brasil y
Argentina, puesto que el flujo de turistas con esta finalidad se
da principalmente en dirección hacia Bolivia y viceversa.
En este marco se han identificado diferentes mecanismos de
reclutamiento y tráfico de niñas y adolescentes con
fines de comercio sexual.

Según la investigación realizada en estas
tres ciudades (Guayamerin, Cobija y Yacuiba) los clientes
provienen en un buen porcentaje de Brasil con un 43.20%, los del
interior del país con un 15,60% y los procedentes de la
Argentina con un 9,10%, con una demanda interna de 15,90% de
clientes que provienen del interior del país. Lo que nos
da indicios de que si existe turismo sexual en Bolivia, aunque la
magnitud se deberá profundizar por medio de
investigaciones.

Redes de
tráfico

En las redes del tráfico existen actores
involucrados, éstos son agentes privados y
públicos, los cuales intervienen de manera directa e
indirecta según sea el caso, como se describirá a
continuación

Entre los agentes privados hay transportistas, taxis y
camioneros. Pueden participar en reclutamiento y con acuerdo de
dueños de establecimientos, o en forma
independiente.

Los medios de comunicación son un método
de reclutamiento, a través de avisos clasificados y
anuncios en la radio. Los servicios de Internet están
siendo usados para instar

la demanda, a través de páginas Web que
ofrecen turismo sexual y matrimonios fraudulentos.

Los abogados han sido implicados en actividades de
tráfico, por falsificar documentación para permitir
a menores que puedan viajar sin autorización.

Los dueños de light clubs, burdeles, cabarets,
bares, moteles, etc. Participan en el proceso de reclutamiento y
destino. Reciben y controlar las ganancias y retienen
documentación de las víctimas, lo cual asegura su
posición de poder frente a ellas y garantiza un alto grado
de impunidad.

Agentes Públicos: Funcionarios de
inmigración, policía y otros funcionarios
públicos ayudan a los traficantes. Se han identificado
casos de certificación de nacimientos fraudulentos,
documentación falsificando edades e identidades para
cruzar fronteras, y destrucción de documentación
para protección de los dueños de burdeles y bares,
con el fin de impedir la investigación y
continuación del procedimiento judicial.

Rutas de
tráfico

Las rutas de tráfico en nuestro país, que
se conocen según las investigaciones y denuncias que se
conocieron son:

En el año 2001 según Defensa de
Niños y Niñas Internacional en Cochabamba,
denunciaron que existía un tráfico frecuente de
niños bolivianos hacia Argentina y Chile, siendo Bolivia
el país de origen y Argentina y Chile países de
destino en el tráfico.

En los últimos años el tráfico de
niños hacia Argentina ha sido intenso y ha tenido como
centro a Cochabamba, desde donde migrantes viajan al país
vecino trasladando niños, niñas ya adolescentes que
después son explotados en todo tipo de negocios. Como
ocurrió con Pedro:

El niño fue secuestrado en el municipio de
Culpina, en Chuquisaca, junto con su primo Pedro Padilla de 13
años de edad, y llevado a una finca en la provincia de
Mendoza donde permaneció privado de libertad y obligado a
trabajar, hasta que logró escapar. Sin embargo, su primo
Pedro Padilla continúa cautivo.

También se han registrado casos de niños
bolivianos que son llevados desde La Paz y la ciudad minera de
Oruro hacia Calama y otras ciudades del norte de Chile, donde son
empleados en hogares y negocios. Se repatriaron de Calama a
cuatro niñas de 12 a 17 años que fueron vendidas
por una ciudadana boliviana, que se encuentra prófuga.
Cuando el tráfico del niño, niña o
adolescente se lleva a cabo dentro o fuera de una ciudad o
país con o sin la autorización de los padres,
apoderados o responsables, en el que pueden intervenir terceras
personas.

Las rutas de tráfico fluctúan de acuerdo a
las condiciones locales o a factores de oferta y demanda.
Parecería que en muchos casos la dirección o flujo
es ilógico. Sin embargo, se debe recordar que beneficia a
los traficantes mantener a sus víctimas en un ambiente
extraño donde no solo son vulnerables por haber entrado a
un país ilegalmente, sino que están en desventaja
por su ignorancia de la ley, cultura e idioma de ese
país.

Tráfico interno y externo

Niños y niñas pueden ser traficados al
interior de un país o a través de fronteras
nacionales o internacionales.

El tráfico al interior como el tráfico
entre fronteras, sin embargo el daño sufrido por
niñas y niños no es menor que el sufrido por las
víctimas del tráfico entre fronteras. Generalmente
ocurre de las áreas rurales a las urbanas; sin embargo,
niños y niñas también pueden ser llevados a
áreas turísticas o áreas dominadas por
trabajadores que se encuentran lejos de sus lugares de origen
(campos petroleros, áreas de construcción,
estaciones de camiones, puertos o bases militares). Como ocurre
con adolescentes que son trasladadas de acuerdo a las
festividades del calendario, para desempeñarse como
trabajadoras sexuales y después retornan al lugar habitual
de sus actividades. Además, niños y niñas
que han sido traficados entre fronteras pueden seguir siendo
traficados dentro del país de destino para evitar ser
detectados.

Los documentos sobre tráfico entre fronteras
generalmente se refieren a países de origen (por ejemplo
niños y niñas que son llevados de estos de manera
ilegal), países de destino (aquellos que reciben a
niños y niñas traficados); y países de
tránsito (no el destino final, sino un punto de entrada a
otro país o región)

El proceso de repatriación puede ser muy
traumático para un niño objeto del tráfico.
Los niños y niñas que han sido traficados con
propósitos sexuales entre fronteras a menudo son tratados
como criminales. Son considerados como infractores de la ley en
aquellos países donde se criminaliza la
prostitución y se considera que infringen las leyes de
inmigración por haber entrado a un país de manera
ilegal.

Pueden estar sujetos a encarcelamiento o
rehabilitación antes de ser enviados de regreso a su
país de origen. También existe la posibilidad de
que sean castigados una vez más, esta vez de acuerdo a las
leyes y políticas de su propio país por haber
emigrado de manera ilegal.

Existe una necesidad de aplicar leyes y políticas
de inmigración de manera más humana en el caso de
niños y niñas traficados, así como una
necesidad de acuerdos de cooperación internacional y
regional.

Casos de tráfico de niños y
niñas

Los casos que se presentaron ante los estratos
judiciales, vinculados a la temática de tráfico de
niños, niñas y adolescentes, no prosperaron por no
existir una ley específica que sancione estos delitos, se
remiten al Código Penal, art 321mod. Por ley 2033 que
dice: "Quién induzca o favorezca la entrada o salida
del país o traslado dentro del mismo, de personas que
ejerzan la prostitución, mediante engaño,
violencia, amenaza o las reduzca a estado de inconsciencia para
este fin, será sancionado con privación de libertad
de 4 a 8 años. En caso de ser menores de 18 años la
pena será de 5 a 10 años de privación de
libertad. Cuando la víctima fuera menor de 14 años
la pena será de 6 a 12 años de reclusión,
pese a no mediar las circunstancias prevista en el párrafo
anterior"

Este artículo del código penal presenta
limitaciones para tipificar casos de tráfico, no contempla
los diversos fines del tráfico y no se adecua a casos
incidentes que se denuncian. Como se expondrán a
continuación algunos de éstos casos, que no
pudieron sancionarse como tales por los vacíos existentes
en la normativa vigente actualmente.

El primer caso de tráfico infantil ventilado en
la justicia ordinaria por el Nuevo Código de Procedimiento
Penal sancionó a un médico, que vendió a una
niña por 2.500 bolivianos, en cinco años de
presidio. Al ser una condena poco severa y al no tener los
imputados antecedentes previos, pudo acogerse al perdón
judicial y ahora está libre.

La Juez de la Niñez y Adolescencia de Santa Cruz,
denunció que Bolivia no tiene como sancionar el
tráfico de niños. Hace algunos años, cuando
se descubrió a una persona que llevaba niños a
España con documentos obtenidos gracias a un certificado
de nacido vivo fraguado, la pena impuesta fue por uso de
instrumento falsificado y falsedad ideológica, pero no por
el tráfico en sí.

Trasladar ilegalmente a niños del país no
está penado, según el Código Niño,
Niña Adolescente. Cuando un menor viaja, debe hacerlo con
la autorización de sus padres o al menos de uno de ellos,
para ello debe presentar papeles que así lo
acrediten.

En las defensorías de la Niñez y
Adolescencia del Departamento de Cochabamba se presentaron varios
casos en los cuales los niños, niñas son tomados
por los padres como objetos de intercambio y mercancía,
atentándose a los derechos de los niños y
adolescentes con maltrato, explotación laboral y
tráfico.

Como sucedió con una pareja que intento vender a
su bebé no nacido en una suma de 15 mil dólares,
argumentando que no podían tenerlo por sus escasos
recursos económicos para mantenerlo.

Este caso de venta que fue llevado ante los tribunales
de justicia, mostró los vacíos legales que existen
para sancionar este tipo de delitos. Las autoridades judiciales
muy poco pueden hacer al respecto, porque la venta de
niños no está tipificada como delito en el
Código Penal. Para que el caso no quede impune, se lo
tipifico como maltrato y privación de derechos de
menores.

Caracterización del
tráfico

1. PERFIL DE LOS NIÑOS TRAFICADOS Y SU
CONTEXTO FAMILIAR

Entre las características que favorecen el
tráfico hay factores de riesgo relacionados con los
individuos o víctimas: son elementos que contribuyen para
que ciertas personas sean más vulnerables al
tráfico y explotación sexual.

Estos factores no son determinantes, pero su existencia
junto a la demanda o clientela y a las redes criminales
funcionando con impunidad, incrementan el riesgo de que estas
personas caigan en el ciclo de tráfico.

Para las mujeres jóvenes mayores de edad y las
menores (entre 12 y 17 años de edad), la
combinación de necesidad económica, responsabilidad
como jefas de hogar, analfabetismo o mínima
educación, falta de preparación en habilidades
técnicas, una historia de abuso físico y sexual,
aparecen como contribuyentes al riesgo de que sean
traficadas.

Entre las características relacionadas con
circunstancias o condiciones externas, podemos decir que
según la información proporcionada por las
investigaciones existentes, surge la existencia de un ambiente
que conduce al tráfico, como ser discriminación de
género, desempleo y pobreza, actitudes de desprecio y
falta de respeto a las mujeres y niños, débiles
controles migratorios, corrupción y el impacto de la
globalización. El mercado o industria del sexo, el turismo
sexual y otras formas de demanda de servicios sexuales son
componentes fundamentales en la existencia de las redes de
tráfico.

2. Características familiares

En el panorama crítico de la realidad boliviana
es donde se perciben los efectos profundos de la actual crisis,
observando la situación en la que se encuentran
Niños y Niñas. Es sobre estos actores sociales que
la crisis económica y social ha provocado más
estragos. Los índices desintegración familiar,
violencia y maltrato dentro de la familia, son cada vez
más elevados.

El hecho de que un niño, niña o
adolescente enfrenta el riesgo de ser abandonado por sus padres
es indirectamente proporcional al maltrato y abandono que sufre
la madre como tal, generalmente de su pareja. Esta
situación es cada vez más frecuente entre la
población femenina con bajos niveles económicos,
presionada o abandonada por su pareja, tiene profundas
incidencias en la emergencia de un problema social que se agudiza
y que sin embargo, es poco visible en nuestro medio: el
tráfico de niños, niñas y
adolescentes.

3. Papel de la Familia en el
Tráfico

El papel de la familia en el tráfico, muchas
veces es de complicidad en cuanto es la familia, los padres como
tales, los que permiten que sus hijos salgan del hogar con
terceras personas, a lugares desconocidos.

Puede decirse que la necesidad impulsa a los padres y a
los niños, niñas y adolescentes a buscar
alternativas para aliviar las necesidades de subsistencia y
reproducción de sus familias. La estrategia que siguen es
involucrar a sus hijos en diversos tipos de actividades
laborales, a través de la entrega a terceras personas,
pero también existen casos que la decisión pasa por
los mismos adolescentes.

Para los padres de familia, los hijos y las hijas son
posibilidad de contar con ingresos o acceder a medios de
subsistencia, mientras que los empleadores en el usufructo y
disfrute de su trabajo, aunque se encuentren matices de
humanitarismo y solidaridad.

La entrega de niños, niñas
y adolescentes a terceras personas se convierte en la
negación del ejercicio de sus derechos. Más vale el
aporte a la reproducción de la familia que el respeto de
sus derechos. Las condiciones materiales de las familias de
sectores empobrecidos, hace que los padres de familia se
conviertan en cómplices del tráfico.

Las niñas, niños y adolescentes son los
que más sufren esta entrega, situación que no es
vista como una transgresión, sino como una estrategia
válida. La entrega es una forma moderna de
servidumbre
, aceptada e internalizada por la conciencia
social. Someterse a condiciones de servidumbre es una
inversión a futuro, algo así como una moratoria del
ejercicio de sus derechos para ejercitarlos posteriormente
(aunque esta modalidad está más ejercitada en
cuanto a la explotación laboral). Esta situación se
repite en varias partes del mundo y en nuestro país nadie
lo denuncia quedando en la impunidad la venta de niños
para diferentes fines.

Las Defensorías de la Niñez y
Adolescencia, reciben frecuentemente denuncias de casos, en los
que los niños y niñas son tomados por los padres
como objetos de intercambio y mercancía.

En esa instancia se conocieron casos de progenitores que
vendieron a sus bebés. Pero en un caso concreto de venta
que fue llevado a cabo ante los tribunales de justicia,
mostró los vacíos legales que existen para
sancionar este tipo de hechos. Las autoridades judiciales
dijeron que muy poco podían hacer al respecto, porque la
venta de niños no está tipificada como delito en el
código penal.

Para que no quede impune el caso, se ha tipificado como
maltrato y privación de derechos de niños. Los
técnicos que trabajan en esas instancias, afirman que en
muchos casos no pueden sancionar a causa de que no existen
sanciones como es el caso de los niños que son traficados
a otros países con fines de explotación sexual y
laboral.

Esta situación es un claro atentado a los
derechos de los niños y adolescentes con maltrato,
explotación laboral y tráfico.

Forma de
reclutamiento

Las formas de reclutamiento son diversas:

En este marco se han identificado diferentes mecanismos
de reclutamiento, según la información
proporcionada en la investigación realizada en Yacuiba,
Cobija y Guayaramerin sobre explotación sexual
comercial:

La propia búsqueda de parte de las
niñas y adolescentes
empujadas por la
obtención rápida y fácil de significativos
ingresos. Influenciadas en muchos casos por otras niñas o
adolescentes víctimas de explotación sexual
comercial.

La gestión de intermediarios a
través de redes que involucran
taxistas,
trabajadoras sexuales, personal de hoteles, restaurantes o
whiskerías, quienes reciben una remuneración (entre
10 a 20 $us) por niña o adolescente contactada para ser
víctima de explotación sexual comercial.

La búsqueda directa de parte de los
intermediarios
, quienes normalmente pasan al Brasil e
inician su búsqueda en los barrios más pobres a
niñas o adolescentes "buena presencia" que están
buscando trabajo. Ellos los reclutadores cuentan con pasaporte y
la documentación necesaria para poder ingresar al Brasil.
Luego ellos se encargan de trasladarlas a Cobija y Guayaramerin,
donde reciben techo y comida.

Sobre todo en el Brasil, pero también en ciudades
del interior de Bolivia como Santa Cruz, las redes de
intermediarios contactan niñas y adolescentes en estado de
necesidad y las trasladan con engaños de
otro tipo de trabajo y luego cuando ya están en el lugar
no les queda otra que ser explotadas sexualmente.

En las investigaciones existentes, se detecto
modalidades de secuestro de niñas y
adolescentes para ser explotadas sexualmente, en el caso de
ciudades fronterizas como las mencionadas, encontramos que estas
formas de secuestro y chantaje están
bastante más sofisticadas y agravadas por tratarse de en
muchos casos de niñas y adolescentes procedentes en unos
casos de Brasil y en otros de ciudades bolivianas alejadas, entre
algunas de las formas de presión y maltrato identificadas
son las siguientes:

Los dueños, les ofrecen alimentación y
casa, con lo cual se establecen las determinantes para una total
dependencia, de tal forma que ante el primer problema las dejan
abandonadas con el agravante de que al operar los dueños
de los locales vinculados a la explotación sexual
comercial en una especie de red, la ruptura "contractual" con uno
significa la ruptura con todos.

Control del dinero y documentación, les despojan
de cualquier documento que puedan poseer en sus manos las
adolescentes, de esta manera mantienen y amplían su
dominación sobre ellas.

La variable constante es la amenaza, uso de la fuerza
para lograr la permanencia de la víctima.

.5. Aislamiento y Privación de
Libertad

Según los estudios existentes, se ha detectado
que existen casos de niñas y adolescentes que permanecen
secuestradas, ya que no pueden salir libremente de los
lenocinios, donde son los mismos proxenetas los que las llevan
personalmente a sus revisiones médicas.

Se conoció de dos casos de adolescentes que se
encuentran en situación de esclavitud sexual. Las
adolescentes involucradas presentan una historia familiar signada
por el abandono afectivo y la falta de referencias de figura
materna y paterna. La esclavitud sexual sucede cuando son
entregadas a otras personas que se harán cargo de ellas y
éstas en función de su posición de
dueños de estas pequeñas las abusan sexualmente en
edades tempranas y luego usufructúan con el trabajo sexual
a que ellas son obligadas:

Políticas
de
migración y adopción
internacional

Políticas de migración

El Servicio Nacional de Migración tiene como
misión institucional el regular, registrar y controlar el
ingreso y salida de personas del territorio nacional, administrar
el régimen de extranjería y naturalización,
regulando y procesando el ingreso, residencia y permanencia de
los ciudadanos extranjeros, la de administrar la emisión y
control de pasaportes, así como de estudiar la
política migratoria.

Normativa específica respecto al control en la
entrada y salida en zonas fronterizas de niños y
niñas.

Para el control de salida de niños y niñas
en los puntos fronterizos y aeropuertos, se basan en las
disposiciones contenidas en el Código del Niño,
Niña y Adolescente, en cuanto se refiere a las
autorizaciones de viaje otorgadas por los Jueces de la
Niñez y Adolescencia, que sirve como requisito
imprescindible tanto para la salida de los niños,
niñas y adolescentes que viajan con uno solo de los
progenitores, como para la extensión de
pasaportes.

No obstante, este control sólo se estaría
efectuando para la salida de niños, niñas y
adolescentes, toda vez que la entrada no requiere de este
requisito.

Por tanto, el Servicio Nacional de Migración no
cuenta con una normativa específica de regulación
en cuanto a la entrada y salida de niños, niñas y
adolescentes.

Los requisitos para la extensión de pasaportes a
personas menores de 18 años, son los
siguientes:

– Carnet de identidad vigente más dos
fotocopias.

-Fotocopias de carnet de identidad del padre, madre y/o
tutor responsables.

?Autorización de viaje expedida por el juzgado de
partido de la niñez y adolescencia, (no es necesaria si
viaja con ambos padres).

?Fotocopia de certificado de nacimiento

Fotocopia de la cédula de identidad del padre y
madre o apoderados.

Asimismo para la extensión de pasaportes para
niños y niñas por extranjeros, se requiere el
cumplimiento previo de los siguientes requisitos:

a) Para el adoptado:

?Carnet de identidad vigente más tres
fotocopias.

?Certificado del carnet de identidad, otorgado por la
dirección nacional de identificación.

?Autorización de viaje otorgada por el juzgado de
partido de la niñez y adolescencia (no es necesario si
viaja con ambos padres)

Certificado de nacimiento original con sello seco y una
fotocopia simple

?Fotocopia legalizada del testimonio de
adopción.

b) Para el adoptante:

?Fotocopia legalizada de los pasaportes de los
adoptantes con visa de objeto determinado vigente.

Por lo mencionado anteriormente, el Servicio Nacional de
Migración no cuenta con una normativa específica
respecto al control de entradas y salidas en los puntos
fronterizos de niños, niñas y adolescentes, en
razón de que se remite para este control a las
disposiciones establecidas por el Código del Niño,
niña y Adolescente, consecuentemente el requisito exigido
para la salida de niños, niñas y adolescentes que
viajan con uno de solo de los progenitores o solos es la
autorización.

Adopciones Internacionales

Las adopciones realizadas por parejas extranjeras en el
año 2002, para adoptar niños y niñas
bolivianos siendo el destino más frecuente España,
que cuenta con tres organismos acreditados que son Feyda, Amofren
y Adecop quienes realizaron procesos de adopción en
número de 67, constituyendo más del 61% de
adopciones realizadas en este período. Italia con cuatro
organismos acreditados: La Casa, el Conventino, Spai y Aibi con
20 adopciones realizadas, siendo cerca del 18% de adopciones de
este año.

Las características que buscan las parejas
adoptantes, para su futuro hijo/a tienen que ver con el sexo y la
edad. Con la tendencia a adoptar a niños menores de 0 a 2
años.

Partes: 1, 2

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