Es inevitable para las entidades comerciales, en la actualidad, escapar al hecho de tener que trazar una estrategia de acción para la proyección de sus actividades en las redes virtuales de información y comunicaciones. En una Era en la que existe una economía virtual, propiamente dicha, porque incluso existen Empresas cuya razón social está condicionada a la existencia de una red local o global que permita consumar el fin para la que fue creada y porque sólidas corporaciones de prestigio que realizan sus operaciones, en el plano o espacio físico, han alcanzado elevar sus ganancias utilizando las ventajas que ofrecen las infovías.
Cuba a pesar de no ser uno de esos países en los que el
Comercio
Electrónico ha representado cifras significativas en el
producto interno
bruto de la economía, ha comenzado hace varios
años, a implementar estrategias para
hacer que las empresas cubanas, utilicen el ciberespacio para
poder realizar
la comercialización y la publicidad de sus
productos y
servicios,
sobre todo en el sector del turismo, el sector de la
cultura y el
del comercio interior, en menor cuantía. Esto ha alcanzado
un mayor auge, debido al constante estudio y análisis de líneas de acción
dentro de las novedosas estrategias empresariales que se han
desarrollado en el plano económico en el país, como
lo ha sido el Perfeccionamiento Empresarial.
Las empresas cubanas ya se han tropezado con dificultades en la
adopción
de estas estrategias de inserción en el mercado a
través de Internet. Esto ha visto su
reflejo en numerosos litigios, en que una vez más se ha
puesto al descubierto, la intencionalidad de prácticas
nocivas como el registro abusivo
de nombres de dominio o
Ciberocupación y comportamientos dolosos que pueden llevar
a que se tipifiquen actos como el secuestro inverso
de nombres de dominio. Por este motivo el Centro de
Mediación y Arbitraje de
la
Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual, trabaja apoyado en la Política de
Solución de Controversias en materia de
nombres de dominio, aprobada por la ICANN, para tratar de
disminuir las controversias en esta materia, objetivo que
ha logrado en gran medida, lo que se ha demostrado por los
datos
estadísticos de su labor a lo largo de estos
últimos años.
Dos empresas cubanas se han visto involucradas en casos de esta índole, trataremos de ilustrarlos a través del análisis de la síntesis de estos procesos que ofrecen la solución de ambos casos. Hemos decidido analizar ambos procesos, con el motivo de exponer el modus operandi de los ciberocupadores y en este caso podrán percibir de que forma las partes de un proceso pueden vislumbrar la intensión verdadera de los usurpadores de dominios, quienes injustificadamente, pretenden apropiarse de nombres de dominio sobre los que no tienen interés y derecho legítimo alguno.
En el presente trabajo, de alguna forma, podrán percibir la dinámica de este tipo de proceso administrativo, mediante la exposición de casi todos los actos que complementan esta modalidad de procesos, lo cual puede resultar de suma importancia para tener una visión del tema, tanto para profesionales del derecho como otro tipo de especialistas que se desarrolla en esta actividad dentro de empresas o entidades que tienen una política definida para lanzar su imagen en el espacio virtual.
El caso radicado en el Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (1), relacionado con la marca cubana Matusalem (2) , comenzó con la interposición de una demanda por la Empresa Ron Matusalem & Matusa of Florida Inc., con domicilio en la Florida, Estados Unidos de América, contra la Empresa Cubana Cuba Ron S.A. (3)
Inmediatamente después de ser verificada la existencia
de estos dominios con la entidad (4) que registró
los mismos, se puso al corriente a dicha entidad de registro, del
litigio en que se encontraban dichos Nombres de dominio, para que
estos quedaran bloqueados hasta el final del procedimiento
administrativo, como es usual en estos casos.
En esta demanda la Empresa estadounidense pretendía que le
fueran transferidos los nombres de dominios registrados por la
Empresa cubana, Cuba Ron S.A., los dominios registrados por esta
empresa cubana son:
- matusalemrum.com
- matusalemrum.net
- ron-matusalem.com
- ron-matusalem.net
- ronera-matusalem.com
- ronera-matusalem.net
- roneramatusalem.com
- roneramatusalem.net
- ronmatusalem.biz
- ronmatusalem.com
- ronmatusalem.net
2.1 Los fundamentos de hecho de las partes
La Corporación estadounidense, Ron Matusalem &
Matusa of Florida Inc., parte demandante en este proceso,
sostiene la demanda basada en materiales
promocionales que resumen la historia del producto que
fabrica y comercializa. Los documentos
presentados por esta compañía, demostraron que
Matusalem es un famoso ron, producido hoy en día en
República
Dominicana, cuyo origen data de 1872, este ron fue creado en
Cuba por la familia
Alvarez Camp quien ostentó su titularidad y lo
fabricó en la isla hasta el momento en que se refugian en
los Estados Unidos (5), dejando el país
después del triunfo de la Revolución
Cubana.
La compañía estadounidense alegó
también como argumento procesal, la posesión de
cuatro marcas
registradas en los EE.UU que incorporan la palabra Matusalem sola
o en conjunto con otras palabras:
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