Es inevitable para las entidades comerciales, en la actualidad, escapar al hecho de tener que trazar una estrategia de acción para la proyección de sus actividades en las redes virtuales de información y comunicaciones. En una Era en la que existe una economía virtual, propiamente dicha, porque incluso existen Empresas cuya razón social está condicionada a la existencia de una red local o global que permita consumar el fin para la que fue creada y porque sólidas corporaciones de prestigio que realizan sus operaciones, en el plano o espacio físico, han alcanzado elevar sus ganancias utilizando las ventajas que ofrecen las infovías.
Cuba a pesar de no
ser uno de esos países en los que el Comercio Electrónico ha representado
cifras significativas en el producto interno bruto de la economía, ha comenzado
hace varios años, a implementar estrategias para hacer que las empresas
cubanas, utilicen el ciberespacio para poder realizar la comercialización y la
publicidad de sus productos y servicios, sobre todo en el sector del turismo,
el sector de la cultura y el del comercio interior, en menor cuantía. Esto ha
alcanzado un mayor auge, debido al constante estudio y análisis de líneas de
acción dentro de las novedosas estrategias empresariales que se han
desarrollado en el plano económico en el país, como lo ha sido el
Perfeccionamiento Empresarial.
Las empresas cubanas ya se han tropezado con dificultades en la adopción de
estas estrategias de inserción en el mercado a través de Internet. Esto ha
visto su reflejo en numerosos litigios, en que una vez más se ha puesto al
descubierto, la intencionalidad de prácticas nocivas como el registro abusivo
de nombres de dominio o Ciberocupación y comportamientos dolosos que pueden
llevar a que se tipifiquen actos como el secuestro inverso de nombres de
dominio. Por este motivo el Centro de Mediación y Arbitraje de la Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual, trabaja apoyado en la Política de Solución
de Controversias en materia de nombres de dominio, aprobada por la ICANN, para
tratar de disminuir las controversias en esta materia, objetivo que ha logrado
en gran medida, lo que se ha demostrado por los datos estadísticos de su labor
a lo largo de estos últimos años.
Dos empresas cubanas se han visto involucradas en casos de esta índole, trataremos de ilustrarlos a través del análisis de la síntesis de estos procesos que ofrecen la solución de ambos casos. Hemos decidido analizar ambos procesos, con el motivo de exponer el modus operandi de los ciberocupadores y en este caso podrán percibir de que forma las partes de un proceso pueden vislumbrar la intensión verdadera de los usurpadores de dominios, quienes injustificadamente, pretenden apropiarse de nombres de dominio sobre los que no tienen interés y derecho legítimo alguno.
En el presente trabajo, de alguna forma, podrán percibir la dinámica de este tipo de proceso administrativo, mediante la exposición de casi todos los actos que complementan esta modalidad de procesos, lo cual puede resultar de suma importancia para tener una visión del tema, tanto para profesionales del derecho como otro tipo de especialistas que se desarrolla en esta actividad dentro de empresas o entidades que tienen una política definida para lanzar su imagen en el espacio virtual.
El caso radicado en el Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (1), relacionado con la marca cubana Matusalem (2) , comenzó con la interposición de una demanda por la Empresa Ron Matusalem & Matusa of Florida Inc., con domicilio en la Florida, Estados Unidos de América, contra la Empresa Cubana Cuba Ron S.A. (3)
Inmediatamente
después de ser verificada la existencia de estos dominios con la entidad (4) que registró los mismos, se puso al
corriente a dicha entidad de registro, del litigio en que se encontraban dichos
Nombres de dominio, para que estos quedaran bloqueados hasta el final del
procedimiento administrativo, como es usual en estos casos.
En esta demanda la Empresa estadounidense pretendía que le fueran transferidos
los nombres de dominios registrados por la Empresa cubana, Cuba Ron S.A., los
dominios registrados por esta empresa cubana son:
-
matusalemrum.com
- matusalemrum.net
- ron-matusalem.com
- ron-matusalem.net
- ronera-matusalem.com
- ronera-matusalem.net
- roneramatusalem.com
- roneramatusalem.net
- ronmatusalem.biz
- ronmatusalem.com
- ronmatusalem.net
2.1 Los fundamentos de hecho de las partes
La Corporación
estadounidense, Ron Matusalem & Matusa of Florida Inc., parte demandante en
este proceso, sostiene la demanda basada en materiales promocionales que
resumen la historia del producto que fabrica y comercializa. Los documentos
presentados por esta compañía, demostraron que Matusalem es un famoso ron,
producido hoy en día en República Dominicana, cuyo origen data de 1872, este
ron fue creado en Cuba por la familia Alvarez Camp quien ostentó su titularidad
y lo fabricó en la isla hasta el momento en que se refugian en los Estados
Unidos (5), dejando el país
después del triunfo de la Revolución Cubana.
La compañía estadounidense alegó también como argumento procesal, la posesión
de cuatro marcas registradas en los EE.UU que incorporan la palabra Matusalem
sola o en conjunto con otras palabras:
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