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Espacios de dominación soberana del estado




Enviado por Carla Santaella



Partes: 1, 2

  1. Dominio
    territorial
  2. Problemas
    limítrofes en Venezuela
  3. Bibliografía

Dominio
territorial

Un dominio territorial es un nombre de dominio con una
extensión asociada a un país. Los dominios
territoriales son utilizados por las organizaciones y empresas
que desean establecerse en Internet o que quieren proteger la
identidad de su marca o su nombre comercial en un país
concreto.

Un dominio comprende dos o más componentes
separados por puntos. La mejor manera de comprender su estructura
es leer el dominio de derecha a izquierda. El primer componente
mirando desde la derecha distingue un dominio genérico o
territorial.

Actualmente existen más de 200 dominios
territoriales. Los cuales se muestran a
continuación:

Dominio

País

ac

Isla Ascensión

ad

Andorra

ae

Emiratos Ãrabes Unidos

af

Afganistán

ag

Antigua y Barbuda

ai

Anguila

al

Albania

am

Armenia

an

Antillas Neerlandesas

ao

Angola

aq

Antártida

ar

Argentina

as

Samoa Americana

at

Austria

au

Australia

aw

Aruba

ax

Ã…land

az

Azerbaiyán

ba

Bosnia-Herzegovina

bb

Barbados

bd

Bangladesh

be

Bélgica

bf

Burkina Faso

bg

Bulgaria

bh

Bahréin

bi

Burundi

bj

Benín

bm

Bermudas

bn

Brunei Darussalam

bo

Bolivia

br

Brasil

bs

Bahamas

bt

Bután

bw

Botsuana

by

Bielorrusia

bz

Belice

ca

Canadá

cc

Islas Cocos

cd

República Democrática del
Congo

cf

República Centroafricana

cg

República del Congo

ch

Suiza

ci

Costa de Marfil

ck

Islas Cook

cl

Chile

cm

Camerún

cn

República Popular China

co

Colombia

cr

Costa Rica

cu

Cuba

cv

Cabo Verde

cx

Isla de Navidad

cy

Chipre

cz

República Checa

de

Alemania

dj

Yibuti

dk

Dinamarca

dm

Dominica

do

República Dominicana

dz

Argelia

ec

Ecuador

ee

Estonia

eg

Egipto

er

Eritrea

es

España

et

Etiopía

eu

Unión Europea

fi

Finlandia

fj

Fiyi

fk

Islas Malvinas

fm

Estados Federados de Micronesia

fo

Islas Feroe

fr

Francia

ga

Gabón

gd

Granada

ge

Georgia

gf

Guayana Francesa

gg

Guernesey

gh

Ghana

gi

Gibraltar

gl

Groenlandia

gm

Gambia

gn

Guinea

gp

Guadalupe

gq

Guinea Ecuatorial

gr

Grecia

gs

Islas Georgias del Sur y Sandwich del
Sur

gt

Guatemala

gu

Guam

gw

Guinea-Bissau

gy

Guyana

hk

Hong Kong

hm

Islas Heard y McDonald

hn

Honduras

hr

Croacia

ht

Haití

hu

Hungría

id

Indonesia

ie

Irlanda

il

Israel

im

Isla de Man

in

India

io

Territorio Británico en el Océano
Ãndico

iq

Iraq

ir

Irán

is

Islandia

it

Italia

je

Isla de Jersey

jm

Jamaica

jo

Jordania

jp

Japón

ke

Kenia

kg

Kirguistán

kh

Camboya

ki

Kiribati

km

Comoras

kn

San Cristóbal y Nevis

kr

Corea del Sur

kw

Kuwait

ky

Islas Caimán

kz

Kazajstán

la

Laos

lb

Líbano

lc

Santa Lucía

li

Liechtenstein

lk

Sri Lanka

lr

Liberia

ls

Lesotho

lt

Lituania

lu

Luxemburgo

lv

Letonia

ly

Libia

ma

Marruecos

mc

Mónaco

md

Moldavia

mg

Madagascar

mh

Islas Marshall

mk

República de Macedonia

ml

Malí

mm

Myanmar

mn

Mongolia

mo

Macao

mp

Islas Marianas del Norte

mq

Martinica

mr

Mauritania

ms

Montserrat

mt

Malta

mu

Mauricio

mv

Maldivas

mw

Malawi

mx

México

my

Malasia

mz

Mozambique

na

Namibia

nc

Nueva Caledonia

ne

Níger

nf

Isla Norfolk

ng

Nigeria

ni

Nicaragua

nl

Países Bajos

no

Noruega

np

Nepal

nr

Nauru

nu

Niue

nz

Nueva Zelanda

om

Omán

pa

Panamá

pe

Perú

pf

Polinesia Francesa

pg

Papúa Nueva Guinea

ph

Filipinas

pk

Pakistán

pl

Polonia

pm

San Pedro y Miquelón

pn

Islas Pitcairn

pr

Puerto Rico

ps

Palestina

pt

Portugal

pw

Palau

py

Paraguay

qa

Qatar

re

Reunión

ro

Rumania

rs

Serbia

ru

Rusia

rw

Ruanda

sa

Arabia Saudita

sb

Islas Salomón

sc

Seychelles

sd

Sudán

se

Suecia

sg

Singapur

sh

Santa Helena

si

Eslovenia

sk

Eslovaquia

sl

Sierra Leona

sm

San Marino

sn

Senegal

so

Somalia

sr

Serbia

sr

Surinam

st

Santo Tomé y Príncipe

su

Antigua Unión Soviética

sv

El Salvador

sy

Siria

sz

Swazilandia

tc

Islas Turcas y Caicos

td

Chad

tf

Territorios Australes Franceses

tg

Togo

th

Tailandia

tj

Tayikistán

tk

Tokelau

tl

Timor Oriental

tm

Turkmenistán

tn

Túnez

to

Tonga

tr

Turquía

tt

Trinidad y Tobago

tv

Tuvalu

tw

Taiwán (República de
China)

tz

Tanzania

ua

Ucrania

ug

Uganda

uk

Reino Unido

um

Islas Ultramarinas de Estados Unidos

us

Estados Unidos

uy

Uruguay

uz

Uzbekistán

va

Ciudad del Vaticano

vc

San Vicente y las Granadinas

ve

Venezuela

vg

Islas Vírgenes Británicas

vi

Islas Vírgenes de los Estados
Unidos

vn

Vietnam

vu

Vanuatu

wf

Wallis y Futuna

ws

Samoa

ye

Yemen

yt

Mayotte

yu

Yugoslavia

za

Sudáfrica

zm

Zambia

zw

Zimbabue

Problemas
limítrofes en Venezuela

Ya de por sí, las probabilidades de recuperar el
Esequibo eran mínimas; pero ahora hay menos posibilidades
aún. Además de que La República de Guayana
estaba conformada en su mayoría por el Territorio en
Reclamación (en el cual habitan ciudadanos con una cultura
distinta a la venezolana) nuestro actual presidente
cometió una locura.

El presidente Chávez dijo que la visita suya a
Georgetown supuso un cambio, una nueva era, en las relaciones
entre Venezuela y Guyana. Evidentemente, todas nuestras
relaciones con Guyana pasaban por nuestra reclamación
sobre el Esequibo y hasta ahora estaban orientadas a conseguir si
no la devolución total del territorio usurpado, al menos
una reparación, algún tipo de acuerdo territorial
que de alguna manera restituyera algo de lo que se nos
despojó.

Hay que tener esto muy claro: todas nuestras relaciones
con Guyana estaban basadas en eso. Y en esa dirección se
habían hecho esfuerzos muy grandes y muy meritorios por
parte de la mal llamada democracia punto-fijista, que tuvo el
mayor éxito diplomático de la historia de
Venezuela: el Acuerdo de Ginebra de 1966, que logró el
reconocimiento, por parte de Gran Bretaña, de que
existía una polémica territorial con Venezuela,
como consecuencia del desconocimiento que nuestro país
hizo del laudo de París (1899) por considerarlo "nulo e
irrito".

Tras muchos años de negociaciones intensas, que
le exigieron a Venezuela grandes esfuerzos diplomáticos y
políticos (lo cual implicó el consenso de todas las
fuerzas democráticas en respaldo del gobierno para
garantizarle el éxito al país) se logró que
Gran Bretaña reconociera la existencia de esa controversia
y que había que buscar una solución práctica
aceptable por las dos partes. En contraste con esto,
Chávez se olvidó del consenso de todos los sectores
del país en torno a la conveniencia de éste, y
decidió él por su cuenta lo que haría, sin
someterlo a consulta pública y ni siquiera a la de sus
partidarios.

Hasta sus ministros quedaron sorprendidos cuando lo
oyeron decir que de ahora en adelante las relaciones entre
Venezuela y Guyana se desarrollarían al margen de la
cuestión del Esequibo. Y más informados entre ellos
habrán quedado perplejos al escucharlo decir que el tema
de la reclamación venezolana sobre el Esequibo será
tratado en el ámbito de las Naciones Unidas y con
representantes de otros gobiernos: un disparate de una magnitud
incalculable.

DOMINIO MARÍTIMO

Mar territorial: El mar territorial es el sector
del océano en el que un Estado ejerce su soberanía.
Según la Convención del Mar, el mar territorial es
aquél que se extiende hasta una distancia de doce millas
náuticas (22,2 km) contadas a partir de las líneas
de base desde las que se mide su anchura. El punto más
sobresaliente de geografía de Venezuela, el Cabo San
Román en el estado Falcón, ubicado en el paralelo
de 12º, 12´ de Latitud Norte.

MAR LIBRE O DE ALTA MAR

La alta mar o aguas internacionales, según lo
establece la Convención de Derecho del Mar, constituye
todas las partes del mar no incluidas en la zona económica
exclusiva, en el mar territorial o en las aguas interiores de un
Estado, ni en las aguas archipelágicas de un Estado
archipelágico.

Naturaleza jurídica

En su art. 87 la Convención proclama el principio
de que: "La alta mar está abierta a todos los Estados,
sean ribereños o sin litoral. La libertad de la alta mar
se ejercerá en las condiciones fijadas por esta
Convención y por las otras normas de derecho
internacional. Comprenderá, entre otras, para los Estados
ribereños y los Estados sin litoral:

  • La libertad de navegación.

  • La libertad de sobrevuelo;

  • La libertad de tender cables y tuberías
    submarinos…;

  • La libertad de construir islas artificiales y otras
    instalaciones permitidas por el derecho
    internacional;

  • La libertad de pesca;

  • La libertad de investigación
    científica…"

Por otra parte se establece que la alta mar será
utilizada exclusivamente con fines pacíficos (art. 88) y
que ningún Estado podrá pretender
legítimamente someter cualquier parte de la alta mar a su
soberanía. Por estas y otras razones podemos colegir que
la naturaleza jurídica del alta mar es la de "patrimonio
común de la humanidad".

Al amparo de lo antes mencionado se han dado casos muy
particulares de evasión de leyes de los gobiernos
establecidos, ya que estos no poseen jurisdicción alguna
en esta zona, por ejemplo el barco-clínica de abortos
Aurora, o los casinos flotantes.

MAR PATRIMONIAL O DE ZONA EXCLUSIVA O ZONA
ECONÓMICA EXCLUSIVA

La Zona económica exclusiva, también
denominada mar patrimonial, es una franja marítima que se
extiende desde el límite exterior del mar territorial
hasta una distancia de doscientas millas marinas (370,4 km)
contadas a partir de la línea de base desde la que se mide
la anchura de éste.

ZONA CONTIGUA

La zona contigua es la que se extiende desde el
límite exterior del mar territorial hasta las veinticuatro
millas náuticas contadas desde las líneas de base a
partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial. Es
la franja de alta mar que limita con el mar territorial. Tiene
una extensión de 22.2km. Sobre su superficie el estado no
ejerce soberanía plena y solo tiene jurisdicción en
material político, aduanera, fisica,sanitaria y
migratoria

PLATAFORMA CONTINENTAL

Esta es la prolongación natural del territorio de
Venezuela hasta 200 millas ó hasta el borde exterior del
margen continental (Plataforma + Talud y Emersión
Continental), y en caso que se exceda de dicha distancia, tiene
un límite máximo de 350 millas náuticas o de
100 millas marinas contadas a partir de los 2.500 metros de
profundidad. Venezuela ejerce soberanía sobre
aproximadamente 98.500 kms. De plataforma continental.

ESPACIO AÉREO

El dominio aéreo está formado por el
espacio que circunda al territorio hasta el infinito, siendo
objeto de estudio en este dominio las aeronaves y la
radiografía.

Su elemento constitutivo es el espacio aéreo y el
cual es según nuestra legislación "el que cubre el
territorio de la República hasta el límite exterior
del mar territorial".

Se depende de esta discriminación legal la
existencia de dos clases de espacios: el nacional, que es aquel
que acabamos de nombrar; y el internacional es aquél que
cubre extensiones del espacio terrestre que no pertenecen a
nadie.

Es evidente que el espacio aéreo nacional
pertenece a la soberanía del Estado subyacente en tanto
que el internacional es del libre uso de todos los
Estados.

Entonces este dominio viene dado por la capacidad de
espacio que tengamos.

REGLAMENTACIÓN INTERNACIONAL

Del 18 de Mayo al 29 de Junio de 1910 se efectuó
en parís una conferencia diplomática con el
propósito de codificar todas las disposiciones pertinentes
en materia de aeronavegación.

A partir de dicha fecha, el parlamento teórico
del problema del espacio aéreo se concreta a los
siguientes puntos:

La libertad del aire. Esta fue la consagración
del principio por cual fue acogido por el Instituto de Derecho
Internacional en su reunión en Madrid en 1911, bajo el
creceito de que "la circulación aérea es
libre".

En octubre de 1919 los aliados prepararon una
conferencia que celebró en Paris, a la cual concurrieron
27 estados. Estos establecieron según el articulo 1 del
convenio, "Las altas partes contratantes reconocen que cada
potencia posee la soberanía completa y exclusiva sobre el
espacio aéreo que se halla sobre su territorio". Lo cual
vino a constituir en la práctica una restricción al
principio absoluto de la libertad del espacio
aéreo.

El régimen establecido por el convenio de
París se puede sintetizar en la siguiente
forma:

Concesiones de derecho de paso.

La igualdad de trato, que permitía las
prestaciones de facilidad a todos los Estados
contratantes.

Explotación del sabotaje a favor de las
líneas aéreas de cada Estado
contratante.

Concesión de autorización especial a las
aeronaves extranjeras de los Estados contratantes.

Creación de una comisión internacional de
navegación aérea.

Por ultimo libertad de acción por parte de cada
Estado contratante en caso de guerra, quedando siempre a salvo
los derechos neutrales

Espacio cósmico

Resolución de las Naciones
Unidas

Las Naciones Unidas declararon 2009 el Año
Internacional de la Astronomía.

Partes: 1, 2

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