- Introducción
- Constitucionalismo venezolano
antecedentes - Fundamentos políticos –
filosóficos - Normativas nacionales e internacionales del
patrimonio cultural - Concepción indígena
cultural - Conclusiones
- Bibliografía
Introducción
Marco Jurídico es el basamento legal por el cual
nuestra constitución fue creada, pero también, es
el sistema legal por el cual nos basaremos para interpretar la
constitución y las leyes orgánicas que se derivan
de ella, en términos de legalidad, legitimidad y
jurisprudencia
Para establecer un criterio definido sobre la CBRV, es
necesario estudiar las constituciones que le antecedieron para
asi tener una idea de la evolución experimentada por
nuestra sociedad en el transcurso de los siglos de existencia de
nuestro País, asi como de la magnitud de los
acontecimientos que permitieron establecer el marco
jurídico. El lenguaje jurídico tiene como
fundamento la objetividad y la generalidad, ya que debe cumplir
una función social que obliga a todas las personas y para
que éstas se sientan obligadas a su cumplimiento ha de
estar expuesto con claridad, en cierta forma se busca es la
exactitud al declarar o plantear un documento, un articulado,
estamentos, administrativo y jurídico o las leyes
orgánicas.
Constitucionalismo venezolano
antecedentes
Constitucionalismo venezolano, Ha sido un
proceso seguido por el Estado venezolano para dotarse
de las leyes magnas que han configurado históricamente su
ordenamiento constitucional. El constitucionalismo venezolano
puede considerarlo de dos maneras una clásica de dos
formas distintas: en cuanto a la formalidad clásica, en el
texto constitucional se redacta bajo las influencias de los
modelos estadounidense y francesa recibidas por sus diferentes
constituciones desde la conformación como República
(1811), a tal respecto Simón Rodríguez ya expresaba
la necesidad de buscar nuestro propio modelo constitucional por
otro lado se puede considerar el constitucionalismo venezolano
como un reflejo de la praxis constitucional, esto es, la
aplicación efectiva de las normas venezolanas a modernas
corrientes que ubican el concepto en los hechos y no en los
textos. En ese sentido, las constituciones venezolanas, como
estado de conciencia de autoridades y de la ciudadanía,
han tenido carencias de efectividad debido a que los largos
periodos dictatoriales y que en algunos caso se aplicaron
reformas para amoldar la constitución para satisfacer sus
apetencias particulares, cabe destacar que el constitucionalismo
Venezolano a sido signado por grandes periodos dictatoriales. "25
constituciones han regido
Evolución Constitucional en Venezuela
Constitución | Características | |||
1812 – 1814 |
| |||
30 agosto de 1821 Cúcuta | ||||
1830 Ecuador |
El ejercicio presidencial tenía una |
1857 |
Estampo la abolición de la | |||
1858 |
|
1864 |
El 27 de mayo de 1874, el presidente ANTONIO |
1881 |
| |||
1891 |
| |||
1904 | ||||
1909 |
| |||
1936 |
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1945 |
| |||
1947 |
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1953 |
1961 |
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1999 |
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1999 |
|
Fundamentos
políticos – filosóficos
Partiendo de una visión general se hace necesario
remontarse a los paradigmas filosóficos y fundamenta su
patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y
paz en la doctrina de Simón Bolívar
Se rescata el legado histórico de la gesta
heroica de la independencia de Venezuela donde se forjo por la
lucha para una patria libre, soberana, e independiente de toda
potencia extranjera
La democracia, la responsabilidad individual y social,
la preeminencia de los derechos humanos, la ética
pública y el pluralismo político.
POLITICAS
CULTURALES.
En Venezuela en los últimos veinte años el
desarrollo cultural ha experimentado cambios, innovaciones,
reformulaciones y retrocesos conformando una nueva realidad de la
manifestación cultural, han surgido movimientos de
interés y puntos de convergencias para enfilar hacia la
consolidación democracia cultural
participativa.
Se espera que el estado asuma el control del aspecto
cultural, la regularización y control de la influencia de
los entes burocráticos anquilosados en las viejas
instituciones de promoción de la cultura, se hace
necesario la construcción de un sistema institucional
responsable de la gestión cultural Venezolano.
La nueva realidad surge con la manifestación del
poder popular, el desarrollo de comunidades organizadas, con sus
respectivos cometes de cultura, en los consejos culturales, la
cultura es del pueblo para el pueblo deja de ser elitesca, ahora
es accesible a todos. La Creación de la Misión
Cultura y del convenio con la UNERS, además de la nueva
política de fusión del CONAC hace posible el
desarrollo cultural de nuestro País.
PROYECTO DE LEY CULTURAL
En el año 1.999 se organiza y realiza a
través de la comisión de cultura del extinto
Congreso, un gran encuentro Nacional Cultural, durante el proceso
constituyente.
En el año 2001 hasta el año 2005 se
realizaron eventos con la participación de varios estados
de Venezuela entre ellos el foro de la ley de cultura y como
cierre de todo este proceso se celebro un gran Foro Nacional
"HACIA UNA LEY ORGANICA DE CULTURA", en el Hemiciclo
Protocolar del Palacio Federativo Legislativo, se realizo el 16
de marzo del 2005. Lo cual determino según diagnostico, la
necesidad de una Ley Orgánica de Cultura que entre otras
cosas incluye, diagnosis general del patrimonio cultural,
promoción y defensa del mismo, medios de
comunicación alternativos, acervo histórico,
museos, los derechos inalienables del ser humano,
organización de instituciones culturales, y su
contraloría socio cultural, educación cultural ,
respeto a las etnias y su manifestación autóctona y
originaria.
Aspectos que obviamente se discutirá en la
reforma constitucional que se adelanta en este año
2007
Normativas
nacionales e internacionales del patrimonio
cultural
"Esta norma legal , creada en el año de
1975, tiene por objeto fundamental establecer los principios
rectores de la política cultural del Estado, del cual el
CONAC ( Consejo Nacional de la Cultura) es el ente contralor hoy
en la actualidad el Ministerio para el poder popular para la
cultura ejerce ese control, dicha política se dirige
básicamente a actividades de estudio,
planificación, coordinación y ejecución en
el campo de las humanidades, las artes y las ciencias sociales,
en especial en sus manifestaciones no escolarizadas. En su
segundo artículo de la ley se consagra expresamente el
derecho a la cultura" "El estado garantiza el derecho
irrenunciable de la persona humana al disfrute y creación
de los bienes y servicios culturales.".
Como objetivos de política cultural
establecidos por la ley tenemos:
a) Favorecer la libre y pluralista
creación de los valores culturales y el desarrollo de
aquellas actividades e instituciones que garanticen la
manifestación y difusión de los valores en la
totalidad de la sociedad Venezolana.b) Velar por la existencia y eficacia de todos
los servicios culturales públicos que el Estado debe
ofrecer a los ciudadanos.c) Preservar y fomentar la libre
circulación del mensaje cultural.d) Promover en el país una
política cultural de amplitud universal y de decidida
protección a las manifestaciones y creaciones
culturales nacionales.e) Crear políticas destinadas a la
afirmación y promoción de valores de la
tradición y cultura nacional y evitar los efectos
contrarios y de dependencia que pudieran generar ciertos
procesos de transculturación.f) Propiciar las más adecuadas
condiciones jurídicas, sociales y fiscales y amparo el
creador y del trabajador de la cultura,g) Velar por el cumplimiento de las leyes de
derecho de autor y de depósito legal.h) Promover, dignificar y exaltar la
conservación del patrimonio histórico,
arqueológico, documental y artístico de la
nación.i) Estimular la producción de bienes
culturales y su respeto y disfrute democrático como
factores vitales de la comunidad nacional.j) Estudiar y promover el desarrollo de las
manifestaciones culturales propias de cada una de las
regiones del País.k) Estudiar la interrelación cultural de
bienes de la cultura y del intercambio de bienes de la
cultura en particular en las regiones o subregiones en las
cuales el país participe en procesos de
integración.
La normativa Internacional:
El concepto de Patrimonio de la Humanidad fue reconocido
oficialmente por la Organización para la Educación,
la Ciencia y la Cultura de las Naciones Unidas (UNESCO) de
París en 1972 y entró en vigor en 1975.
Una convención internacional fija el marco
administrativo y financiero para la protección del
"Patrimonio de la Humanidad Cultural y Natural" que está
formado por "los monumentos, conjuntos y parajes que poseen un
valor universal excepcional desde el punto de vista de la
historia, del arte o de la ciencia, y por monumentos naturales,
formaciones geológicas, parajes naturales que poseen un
valor excepcional desde un punto de vista estético o
científico".
Concepción
indígena cultural
En Venezuela, país que cuenta con
una población indígena de más de 400.000
personas, se implantó el régimen de
educación intercultural bilingüe con el fin de
prestar atención especial en materia educativa a la
población indígena y preservar los valores
socioculturales de sus comunidades. También la
promoción de sus expresiones culturales, la
preservación de su identidad como tal, su gran avance en
participación política y la determinada lucha por
organizarse ha sido sin dudas un aspecto fundamental de esta
revolución.
Misión cultura no se escapa de ese compromiso,
como es el de garantizar la permanencia de las etnias, su defensa
y promoción, pues al mismo tiempo se constituyen
patrimonio viviente de la Nación.
Conclusiones
Desde la etapa de elaboración de las
constituciones hemos observado que ese tiempo no
habían o no existían grandes juristas, que
redactasen un constitución modelo que perdurara en el
tiempo, por ejemplo como la constitución de Estados
Unidos de América. Si no que estas constituciones se
basaban en la mezcla de modelos EE.UU. y Francia, al igual
que el sistema de legislación o el arreglo de los
poderes.El federalismo, del que se habla en la
constitución viene siendo nominal, es decir algo
escrito pero no cumplido. Sin embargo la revolución
actual, con el proceso que adelanta de la reforma
establecería la posibilidad de ordenar de verdad el
territorio en formas federales.Establecer una vinculación entre lo
político y lo filosófico solo entraña
que la expresión política es parte de la
manifestación natural y cultural del ser humano y que
la filosofía que no es mas que el amor a la
sabiduría , no pudiendo estar separadas sino que
juntas establecen un nivel de conciencia a conquistar tal
como una virtud.El proceso revolucionario desde el punto de vista
político social , ha reconocido en sus 8
artículos el derecho de los pueblos indígenas,
por ello nuestra constitución, por vez primera
reconoce su lugar, sus costumbres y les permite participar en
el acontecer políticoNos damos cuento que el patrimonio cultural, el
acervo histórico de nuestro País, tomando en
cuenta las ciencias, los parajes, zonas de protección,
monumentos, red de museos, ha sido mal gerenciado y poco
protegido, razón por la cual los activadores(as)
debemos esforzarnos por combatir ese hecho, y salvaguardar
nuestro patrimonio cultural que es rico de muchas
maneras.
Bibliografía
Edwin R. Hawey- Estado y Cultura, ediciones de Palma
1985.Armando Rojas- Ideas Educativas de Simón
Bolívar, 6ta, edición.Héctor Villalobos- Hacia una Política
Cultural Universitaria Universidad de
Carabobo.1975.G. Girardi: Educación Integradora y
educación liberadora (I) 1977 segunda edición,
Numero 18/19.Sociedades Americanas. Simón
Rodríguez,
Catala/centauro/Editores/Caracas/1975.Enciclopedia Encarta de Microsoft 2007.
Autor :
Leonardo E. Rodriguez.
Ch.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
CABIMAS – ZULIA