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Análisis de la situación del VRAE (página 2)



Partes: 1, 2

  • El liderazgo político implica dentro de su
    compleja conceptualización "la idoneidad para
    gobernar
    "; es decir, la proyección de la
    capacidad y/o competitividad de una persona para representar
    los intereses de una Nación. Un líder tiene
    verdadera vocación de servicio y el más alto
    nivel de conciencia de que ha sido elegido para representar
    los intereses de una nación.

  • Una buena gobernabilidad se da, sobre la base de la
    concertación política de los partidos,
    instituciones democráticas, órganos y poderes
    del Estado, sectores de la sociedad de forma amplia y no
    reducida a las ONGs, un foro importante y poco aprovechado
    son las Universidades "canteras del quehacer
    jurídico-político";
    las universidades son
    foros por excelencia de una "docencia
    política".
    Los partidos son, y deben seguir
    siendo los primeros "defensores" del orden constitucional y
    democrático en una Nación.

  • El Estado peruano tiene la obligación de
    respetar los derechos de la colectividad, principalmente de
    los peruanos que fueron víctimas de la
    subversión y del terrorismo en zonas más pobres
    del país. Ellos también tienen dignidad y
    tienen derecho a una reparación por el daño que
    se les ha ocasionado.

  • Las decisiones firmes, justas y proporcionadas hacen
    que las Instituciones democráticas también se
    fortalezcan. El Estado y la sociedad son corresponsable en la
    promoción y difusión de los derechos
    humanos.

  • Un Estado fuerte y decido para emprender un gran
    cambio "El perfeccionamiento de su propio sistema
    judicial interno"
    y adoptar firmes que al tiempo de
    reconocer la importancia de los órganos
    supranacionales de protección de derechos humanos,
    también prevalezca los derechos de todos los
    ciudadanos peruanos, respetando su dignidad frente a
    decisiones internacionales cuyos componentes resultasen
    excesivos desnaturalizando su propio funcionamiento. Hace
    falta una alianza política o un pacto político
    concertado para enfrentar esta dura realidad
    .

  • Establecer el respeto del estado de derecho es
    fundamental para lograr una paz duradera después de un
    conflicto, para proteger eficazmente los derechos humanos y
    para lograr un progreso y un desarrollo económicos
    sostenidos.

  • Bibliografía
    consultada

    • 1. Curso introductorio sobre derecho
      internacional humanitario. Organizado por la Oficina de
      Derecho Internacional de la OEA. Contiene, además, el
      texto íntegro de los cuatro Convenios de Ginebra.
      2007.

    • 2. ELIZABETH SALMON GARATE. Introducción
      al derecho internacional humanitario. IDEHPUCP- CICR, Lima,
      2004. 174 pág.

    • 3. PILAR COLL. Informe final de la CVR-ejes
      temático de las conclusiones. Instituto
      Bartolomé de las Casas, 2003.

    • 4. Comité Internacional de la Cruz Roja.
      "Derecho internacional humanitario respuestas a sus
      preguntas". CICR. Ginebra 2007.

    • 5. Comité Internacional de la Cruz Roja.
      "Diccionario de Derecho Internacional de los conflictos
      armados. CICR. Ginebra 1998

    • 6. Comité Internacional de la Cruz Roja.
      "Normas fundamentales de los Convenios de Ginebra y de sus
      dos protocolos adicionales. Conociendo el DIH. CICR
      1983.

    • 7. Comité Internacional de la Cruz Roja.
      Los Cuatro Convenios de Ginebra del 12 de agosto de
      1949.Ginebra 1986

    • 8. Comité Internacional de la Cruz Roja.
      Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra ,
      1986

    • 9. MOCION DE CENSURA Nº 2047

    LINK consultado:


    http://www.icrc.org/spa/war-and-law/treaties-customary-law/geneva-conventions/overview-geneva-conventions.htm

     

     

    Autor:

    Profesora Lesly LLatas
    Ramírez

    Especialista en derechos humanos y
    constitucional

    08/05/2012

    [1] El valle del rió APURIMAC y ENE (
    VRAE), se encuentra ubicado en la selva alta conformado por
    tres departamentos Ayacucho, Cusco y Junín, de la zona
    oriental de las provincias de Huanta y la Mar del departamento
    de Ayacucho y al noroeste de la provincia de la
    Convención, Cusco. Sobre una superficie de 12000 km2. Es
    una zona con gran diversidad ecológica y
    geográfica, consta con altitudes que van desde los 540
    msnm. Hasta los 3000 msnm. (..)en la década entre 1970 y
    1980, al cultivo del cacao y a partir de 1985, al cultivo de la
    coca.

    [2] La DIRCOTE PNP es el Órgano
    sistémico, técnico-normativo y  ejecutivo
    de  la PNP, encargado de prevenir, investigar, denunciar y
    combatir el Delito de Terrorismo cometido por elementos o
    grupos nacionales o extranjeros. La DIRCOTE, cuenta con las
    Divisiones de Investigación de Terrorismo Metropolitano,
    Terrorismo Internacional, Terrorismo Regional (VRAE, Huallaga),
    de Operaciones Especiales e Investigaciones Especiales,
    estamentos que apoyados por el personal administrativo, de
    Criminalística, la Escuela de Capacitación,
    Operaciones Psicológicas, logran estratégicamente
    hacer frente a los remanentes de las organizaciones terroristas
    que operan en sus formas originales en el VRAE y el Huallaga, y
    en otros  puntos del país, vienen
    reorganizándose y ganando adeptos para sus intereses.
    Como Dirección Especializada y Sistémica de la
    Policía Nacional del Perú, planear, organizar y
    ejecutar operaciones policiales a nivel nacional e
    internacional para combatir el trafico ilícito de drogas
    y delitos conexos; previniendo, investigando y denunciando
    estos delitos; protegiendo a la sociedad de la
    drogadicción, coadyuvando al desarrollo social, mediante
    un servicio de excelencia con personal especializado, basado en
    los principios de integridad, solidaridad y justicia. Entre sus
    funciones está el de prevenir la comisión de
    actividades Terroristas provenientes de elementos o grupos
    nacionales o extranjeros, con los medios e información
    disponibles; investigar y denunciar las actividades delictivas
    con propósito terroristas, en todas sus formas y
    modalidades; mantener información actualizada y producir
    inteligencia que permita cumplir la misión asignada;
    intervenir en la verificación y comprobación del
    domicilio de los condenados por delito de terrorismo que
    solicitan el beneficio penitenciario de la liberación
    condicional; así como controlar e inspeccionar  el
    cumplimiento de las reglas de conducta impuestas a los
    beneficiarios. DINANDRO.- Como Dirección Especializada y
    Sistémica de la Policía Nacional del Perú,
    planear, organizar y ejecutar operaciones policiales a nivel
    nacional e internacional para combatir el trafico
    ilícito de drogas y delitos conexos; previniendo,
    investigando y denunciando estos delitos; protegiendo a la
    sociedad de la drogadicción, coadyuvando al desarrollo
    social, mediante un servicio de excelencia con personal
    especializado, basado en los principios de integridad,
    solidaridad y justicia. Ser una Dirección Especializada
    de la Policía Nacional del Perú, de reconocido
    prestigio nacional e internacional, que aplica adecuadas
    estrategias para garantizar una efectiva lucha contra el
    tráfico ilícito de drogas y delitos conexos;
    dentro del marco de la ley e irrestricto respeto de los
    derechos humanos. Entre sus funciones: Planea y ejecuta las
    acciones de interdicción contra el tráfico
    ilícito de drogas en el Perú. Investiga y
    denuncia a las personas dedicadas a la producción y
    comercialización de drogas, desvío de insumos
    químicos y lavado de activos. Realiza acciones de
    inteligencia que permita la destrucción de los
    laboratorios clandestinos de elaboración de droga y el
    hallazgo de cultivos de amapola. Realiza acciones de
    interdicción terrestre, helitransportada, fluvial y
    lacustre. Asume el control y la seguridad para que el personal
    del proyecto especial CORAH realice las acciones de
    erradicación de cultivos ilícitos de hoja de
    coca.

    [3] Artículo 132°. El Congreso
    hace efectiva la responsabilidad política del Consejo de
    Ministros, o de los ministros por separado, mediante el voto de
    censura o el rechazo de la cuestión de confianza. Esta
    última sólo se plantea por iniciativa
    ministerial.   Toda moción de censura contra el
    Consejo de Ministros, o contra cualquiera de los ministros,
    debe ser presentada por no menos del veinticinco por ciento del
    número legal de congresistas. Se debate y vota entre el
    cuarto y el décimo día natural después de
    su presentación. Su aprobación requiere del voto
    de más de la mitad del número legal de miembros
    del Congreso.   El Consejo de Ministros, o el ministro
    censurado, debe renunciar.   El Presidente de la
    República acepta la dimisión dentro de las
    setenta y dos horas siguientes.   La desaprobación
    de una iniciativa ministerial no obliga al ministro a dimitir,
    salvo que haya hecho cuestión de confianza de la
    aprobación.   Moción de censura y
    cuestión de confianza Artículo 86. El Congreso
    hará efectiva la responsabilidad política del
    Consejo de Ministros o de los ministros por separado mediante
    la moción de censura o el rechazo de la cuestión
    de confianza; de acuerdo con las siguientes reglas: La
    moción de censura la pueden plantear los Congresistas
    luego de la interpelación, de la concurrencia de los
    ministros para informar, o debido a su resistencia para acudir
    en este último supuesto o luego del debate en que
    intervenga el Ministro por su propia voluntad. La deben
    presentar no menos del veinticinco por ciento del número
    legal de Congresistas. Se debate y vota entre el cuarto y el
    décimo día natural después de su
    presentación. Su aprobación requiere del voto de
    más de la mitad del número legal de miembros del
    Congreso. Las faltas reglamentarias o los errores de forma que
    cometan los miembros del Gabinete durante su
    participación en las sesiones del Pleno del Congreso no
    dan lugar a censura, salvo que se trate de alguna ofensa al
    Congreso o a sus miembros. El Consejo de Ministros o los
    ministros censurados deben renunciar. El Presidente de la
    República debe aceptar la dimisión dentro de las
    setenta y dos horas siguientes. La cuestión de confianza
    sólo se plantea por iniciativa ministerial y en
    sesión del Pleno del Congreso. Puede presentarla el
    Presidente del Consejo de Ministros a nombre del Consejo en su
    conjunto o cualquiera de los ministros. Será debatida en
    la misma sesión que se plantea o en la siguiente. La
    Mesa Directiva rechazará de plano cualquier
    proposición de confianza presentada por Congresistas. Si
    la cuestión de confianza es presentada por el Presidente
    del Consejo de Ministros a nombre del Consejo en su conjunto, y
    ésta le fuera rehusada, se producirá la crisis
    total del Gabinete Ministerial, aplicándose la regla
    prevista en el literal b) precedente.

    [4] 08 de Mayo de 2012, en que se escribe
    este artículo siguiendo los acontecimientos del mismo.
    De acuerdo con lo informado por el centro de noticias del
    Congreso de la Republica se tiene que, La Presidencia del
    Congreso fijará la fecha del debate de la moción
    de censura a los ministros de Defensa y del Interior, dentro
    del cuarto y décimo día de su
    presentación, conforme a la Constitución y el
    Reglamento del Poder Legislativo. La moción,
    según se informó, fue presentada el 3 del
    presente, por lo cual el último día para su
    debate es el domingo 13.Respecto al debate de esa
    moción, la Junta de Portavoces, que se reunió
    esta tarde, dejó en manos de la Presidencia del Poder
    Legislativo para que proceda de acuerdo a la
    Constitución y el Reglamento.

    [5] Desde el secuestro de 36 empleados del
    proyecto Camisea en la provincia cusqueña de Kiteni,
    hace poco más de tres semanas, ocho agentes de las
    Fuerzas Armadas (FFAA) y de la Policía Nacional del
    Perú (PNP) cayeron abatidos por balas senderistas. De
    los logros de las fuerzas conjuntas no se conoce mucho: los
    rehenes de la columna senderista llegaron caminando. El
    cabecilla ‘Gabriel’ (Martín Quispe Palomino)
    fue hallado por un equipo de periodistas. El suboficial PNP
    Luis Astuquillca sobrevivió y llegó por su cuenta
    a Kiteni, acompañado de nativos. Y el lamentable
    hallazgo del cadáver de César Vilca fue posible
    gracias al arrojo de su padre, conducido al monte por dos
    lugareños. El hallazgo es ampliamente negativo y delata
    no solo carencias en el equipamiento de las fuerzas combinadas
    y errores en la estrategia de la operación Libertad,
    sino también serias responsabilidades políticas
    en los sectores Defensa e Interior. La estrategia de combate en
    esta zona colindante al VRAE y en esa precisa región
    debe replantearse necesariamente y las autoridades encargadas
    de la lucha contra el narco senderismo, ser removidas,
    coinciden los expertos consultados por elcomercio.pe. NADA
    POSITIVO.- Para el ex ministro del Interior, general PNP (r)
    Remigio Hernani, el saldo de la operación es
    “totalmente negativo” y solo queda resaltar
    “el valor de los comandos y su alta
    preparación”. En tal sentido, recordó que
    el presidente del Consejo de Ministros, Óscar
    Valdés, tenía a Alberto Otárola (ministro
    de Defensa) como viceministro del Interior y a Daniel Lozada
    (ministro del Interior) como jefe del gabinete de asesores del
    mismo ministerio. “Con ellos se dio de baja a 30
    generales de la PNP y a muchos oficiales entre quienes
    había gente valiosa. También se fracasó en
    el tema de implantar servicio policial voluntario, tampoco hay
    ninguna mejora económica. Hay una profunda
    desmoralización en el cuerpo”, comenta Hernani. A
    pesar de que pasaban los días desde el secuestro de los
    trabajadores de Camisea y no había avances, el
    presidente Ollanta Humala dijo ante los rehenes liberados que
    la operación había sido “impecable”.
    Para Hernani, la responsabilidad política es
    también de ambos ministros: “Ellos han permitido
    que digan que es una operación impecable. Al presidente
    no se le puede mentir, para que no cometa esos deslices”.
    NI RADIOS.- El especialista en narco senderismo Pedro Yaranga
    coincidió en responsabilizar a los mandos superiores de
    la operación y apuntar los errores tácticos del
    ingreso de las tropas a la zona de ceja de selva. Yaranga dijo
    a elcomercio.pe que las patrullas no contaban con
    comunicación por radio entre ellas, solo con la base en
    Kiteni, y que en la espesura de la región incluso
    podrían haber llegado a enfrentarse entre sí. De
    hecho, la ejecución de la operación ha supuesto
    avances y retrocesos en su ejecución y, al final, la
    suspensión de actividades en el rescate de Vilca. Prueba
    de ello fue el asesinato de dos policías y un militar el
    27 de abril, en Alto Inkari. Asimismo, las versiones sobre la
    suspensión del rescate de Vilca por órdenes
    superiores indicaban que ya no había claridad en la ruta
    a tomarse. “Lo que se hizo el 27 es algo que solía
    hacerse más o menos hace 29 años, cuando se
    desconocía al enemigo. Al momento en que se debilitaba a
    las fuerzas del orden, los senderistas minaban la zona y los
    soldados morían al volver a recorrerla”,
    indicó Yaranga. “NUNCA ABANDONES A TUS
    CAÍDOS”.-“Se ha roto una regla de oro de la
    conducción del liderazgo en combate: nunca abandones a
    tus heridos, nunca abandones a los caídos en
    acción de armas. Ellos se merecen los mayores honores
    por ofrendar la vida por la patria”, dijo a elcomercio.pe
    el congresista fujimorista y vicealmirante (r) de la Marina de
    Guerra del Perú, Carlos Tubino. Para el legislador, las
    patrullas en el lugar dejaron de ser “predeciblemente
    impredecibles” y caminar por las trochas en la selva
    fueron parte de los mayores errores de la operación:
    “Se tiene que caminar a campo traviesa, donde es
    más difícil que haya campos minados”. En
    vista de que las fuerzas combinadas fracasaron al entrar a la
    zona, ¿qué papel deberían haber jugados
    los nativos del lugar? Para Yaranga se menospreció el
    apoyo de la gente y se pudo haber volanteado por radio
    Quillabamba pedidos de apoyo a los lugareños. Una vez
    más, el Estado de espaldas a la población en
    estas alejadas zonas. NO HAY DECISIÓN POLÍTICA NI
    MILITAR.- ¿Vale la pena replantear la formación
    de patrullas de las FFAA y PNP para operar en el lugar? Las
    “operaciones conjuntas” son peyorativamente
    llamadas en el argot castrense como “operaciones
    rejuntas” señala Tubino y ello no es gratuito. En
    las operaciones conjuntas, en la práctica, cada cuerpo
    mantiene su unidad táctica y sus protocolos operativos
    no se logran coordinar por falta de entrenamiento juntos. En la
    cancha, nuestras fuerzas no han podido movilizarse con chalecos
    y pertrechos que suman 15 kilos de peso. En opinión de
    Yaranga no porque los equipos no sean idóneos, sino
    porque los soldados y comandos no entrenan con el referido
    equipamiento puesto. Entonces, su equipamiento continúa
    en pésimo estado. “Hemos visto personal
    combatiendo únicamente con un fusil cuando lo clave es
    tener mejores equipos que el enemigo en este terreno
    difícil, usar lanzagranadas. No se ve la decisión
    política ni militar de apoyar con el fuego a nuestras
    patrullas”, afirma Tubino, quien añade que el
    apoyo con fuego aéreo de la FAP ha brillado por su
    ausencia. Peor aun. El legislador señala que se ha
    dispuesto 1375 millones de soles para el orden interno y lucha
    contra el narco senderismo, pero en las FFAA, según
    informes extraoficiales, la mayor parte del dinero se
    invertirá en equipamiento para el frente externo. En
    sencillo: se preferirá comprar tanques para repeler
    fantasmales invasiones de países vecinos que mejorar el
    armamento de las patrullas en el VRAE. “O se
    reparará aviones MIG 29, cazas usados para situaciones
    de superioridad aérea, en lugar de mejorar las aeronaves
    de apoyo a fuerzas terrestres”, afirma Tubino. A estas
    horas, en el Legislativo, se debate la citación a los
    ministros del Interior y Defensa y, de darse, podría
    culminar en la censura de ambos. Sin embargo, ¿con ello
    podremos esperar un nuevo rumbo en el VRAE contra el enemigo
    número uno de la paz del Perú?- Por otro lado, si
    Astuquillca salió de la selva por cuenta propia y Vilca
    fue hallado por su padre, ¿qué respaldo pueden
    sentir las fuerzas del orden en el VRAE? Los consultados
    coincidieron en que solo la sensación de abandono puede
    cundir entre sus filas.

    [6] Definición de Conflicto Armado.-
    De acuerdo con el diccionario de Derecho Internacional de los
    conflictos armado, esta expresión genera se aplica a
    diferentes tipos de enfrentamiento, es decir, a los que puede
    producirse: Entre dos o mas entidades estatales ( V. guerra)
    Entre una entidad estatal y una facción disidente ( V.
    conflicto armado no internacional) Entre dos etnias diversas al
    interior de una entidad estatal ( V. conflicto armado no
    internacional o también llamado conflicto armado interno
    internacionalizado Entre una entidad estatal y una entidad no
    estatal. No todos los conflictos entre entidades estatales y no
    estatales son guerras de liberación nacional. El
    conflicto entre el Estado Peruano y el grupo de Quispe Palomino
    es un CANI entre una entidad estatal y una no estatal pero no
    es una guerra de liberación nacional.

    [7] Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos
    adicionales son tratados internacionales que contienen las
    principales normas destinadas a limitar la barbarie de la
    guerra. Protegen a las personas que no participan en las
    hostilidades (civiles, personal sanitario, miembros de
    organizaciones humanitarias) y a los que ya no pueden seguir
    participando en los combates (heridos, enfermos,
    náufragos, prisioneros de guerra, detenidos). ). Los
    Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales son la piedra
    angular del derecho internacional humanitario, es decir el
    conjunto de normas jurídicas que regulan las formas en
    que se pueden librar los conflictos armados y que intentan
    limitar los efectos de éstos.Los Convenios y sus
    Protocolos establecen que se debe tomar medidas para prevenir o
    poner fin a cualquier infracción de dichos instrumentos.
    Contienen normas estrictas en relación con las llamadas
    "infracciones graves". Se debe buscar, enjuiciar o extraditar a
    los autores de infracciones graves, sea cual sea su
    nacionalidad. Los Convenios de Ginebra entraron en vigor el 21
    de octubre de 1950. Fueron ratificados paulatinamente a lo
    largo de las décadas: 74 Estados ratificaron los
    Convenios en la década de 1950, 48 Estados lo hicieron
    en la de 1960, 20 Estados, en la de 1970, y otros 20, en la de
    1980. Veintiséis Estados ratificaron los Convenios a
    comienzos de los años 1990, sobre todo después de
    la disolución de la Unión Soviética,
    Checoslovaquia y ex Yugoslavia. Gracias a siete nuevas
    ratificaciones que se concretaron a partir del año 2000,
    el total de Estados Partes se elevó a 194, lo que
    significa que los Convenios de Ginebra ahora son aplicables
    universalmente. En las dos décadas siguientes a la
    aprobación de los Convenios de Ginebra, el mundo
    presenció un aumento en el número de conflictos
    armados no internacionales y de guerras de liberación
    nacional. En respuesta a esta evolución, en 1977 se
    aprobaron dos Protocolos adicionales a los cuatro Convenios de
    Ginebra de 1949. Estos instrumentos refuerzan la
    protección que se confiere a las víctimas de los
    conflictos internacionales (Protocolo I) y de los conflictos no
    internacionales (Protocolo II) y fijan límites a la
    forma en que se libran las guerras. El Protocolo II es el
    primer tratado internacional dedicado exclusivamente a las
    situaciones de conflicto armado no internacional. En 2005, se
    aprobó un tercer Protocolo adicional, que establece un
    emblema adicional, el cristal rojo, que tiene el mismo estatuto
    internacional que los emblemas de la cruz roja y de la media
    luna roja.

    [8] PIETRO VERRI – CICR.- Diccionario de
    derecho internacional de los conflictos armados. Ginebra
    1998.

    [9] Comité Internacional de la Cruz
    Roja.- El CICR, fundado en 1863, trabaja en todo el mundo para
    prestar ayuda humanitaria a las personas afectadas por los
    conflictos y la violencia armada, y para promover las leyes por
    las que se protege a las víctimas de la guerra. Es una
    Institución independiente y neutral, su cometido dimana
    esencialmente de los Convenios de Ginebra de 1949. Sita en
    Ginebra, Suiza, emplea a unas 12.000 personas en 80
    países; su financiación estriba principalmente en
    los donativos voluntarios procedentes de los Gobiernos y de las
    Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.
    El CICR se fundó a raíz de la labor que
    desempeñó el suizo Henry Dunant en la batalla de
    Solferino (1859), organizó la atención
    indiscriminada en favor soldados franceses y austriacos
    desprovistos de asistencia médica pertinente. El libro
    de Dunant, Recuerdo de Solferino (1862) indujo a la
    aprobación del primer Convenio de Ginebra (1864), en el
    cual se sentaron las normas para proteger a los soldados
    heridos y al personal sanitario, así como al
    establecimiento de sociedades de socorro en cada país.
    Estos organismos se llegaron a conocer como Sociedades de la
    Cruz Roja, en referencia al emblema universal aprobado para
    identificar y proteger las unidades sanitarias. (El emblema de
    la media luna roja se introdujo en el decenio de 1880) Desde su
    fundación, el CICR ha desempeñado un cometido
    humanitario en los más de los conflictos que se han
    librado en todo el mundo. No ha cejado en trabajar para
    persuadir a los Estados de extender la protección
    jurídica de las víctimas de la guerra, a fin de
    limitar el sufrimiento. El CICR, las Sociedades Nacionales y su
    Federación Internacional integran el Movimiento
    Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. En
    situaciones de conflicto armado, el CICR coordina la
    acción de sus asociados del Movimiento.   Al CICR
    se le ha otorgado un cometido internacional permanente para
    realizar su labor. Se deriva de los Convenios de Ginebra de
    1949 –que gozan de aceptación de todos los
    Estados- y de los Estatutos del Movimiento. Sin embargo, el
    CICR es una institución privada regida por el derecho
    suizo; es estrictamente independiente en su gobierno y en sus
    decisiones relativas a las actividades operacionales. El
    Comité propiamente dicho está integrado por 25
    miembros cooptados, los cuales son todos suizos. La labor del
    CICR observa los Principios Fundamentales del Movimiento,
    especialmente los de neutralidad, imparcialidad e
    independencia. La acción del CICR se funda en los
    Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos adicionales,
    así como en los Estatutos de la Institución
    –y los del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de
    la Media Luna Roja– y las resoluciones de la Conferencia
    Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. El CICR
    es una organización independiente y neutral que se
    esfuerza por prestar protección y asistencia
    humanitarias a las víctimas de los conflictos armados y
    de otras situaciones de violencia. Toma medidas para responder
    a las emergencias y promueve, al mismo tiempo, el respeto del
    derecho internacional humanitario y su aplicación en la
    legislación nacional.

    [10] Para este tipo de situaciones se invocan
    disposiciones constitucionales y de derechos humanos.

    [11] jueves 10 de mayo 2012

    Partes: 1, 2
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