El concepto de seguridad nacional en la estructura del estado colombiano
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estado colombiano – Monografias.com
El concepto de seguridad nacional en
la estructura del estado colombiano
A lo largo de la historia reciente de Colombia, se ha
incrementado la acción inversionista debido a la confianza
que genera la seguridad y que indiscutiblemente propicia
desarrollo, "La seguridad implica desarrollo, y sin
desarrollo no puede haber
seguridad"1
Dentro de la estructura del Estado y su
legislación existente alrededor de la "seguridad
nacional", en procura de sus intereses, debe contar con conceptos
oficiales, claros y específicos, con el fin de aplicar el
término a las acciones sobre las cuales realmente se
traten de "seguridad nacional" tales como, emergencias
invernales, atentados terroristas, situaciones económicas
adversas, inversiones para la sostenibilidad regional en
términos de medio ambiente, entre otros. El término
de "seguridad nacional" debe ser visto de manera integral y
dirigida siempre a las situaciones que en un momento determinado,
pongan en riesgo la tranquilidad y los intereses del
Estado-Nación. Es así como la amenaza a la
seguridad nacional enmarca todas las posibles acciones
antagónicas que pretendan afectar al Estado-Nación
desde cualquier ámbito de acción del Estado. En la
constitución Política de 1991, artículo 350,
se menciona "seguridad nacional" para hacer una excepción
a un procedimiento, pero, ¿qué es seguridad
nacional para el Estado colombiano?.
Partiendo de la base anterior, el termino de
"seguridad nacional" tiene que ocupar una posición
preponderante en el planeamiento que busca satisfacer el bien
común, el cual se ve reflejado en las leyes, decretos,
resoluciones, planes de gobierno que se proyectan en los planes
de desarrollo, en el presupuesto general de la Nación
sobre el cual se plasma el gasto público, etc., todo esto
buscando que el término no se convierta en el
apoyo ocasional y particular de cada sector o individuo para
tomar decisiones, en donde generalmente se cae en el error de que
"seguridad nacional" es un término que se basa en acciones
armadas.
De la misma manera, la unión entre los
términos "seguridad y defensa" tiende a ser mal empleado,
se interpreta como la seguridad física interna y externa
del Estado (en el sentido de seguridad policiva y defensa
militar)2, cuando lo primero a tener
en cuenta es que la seguridad es una situación, la defensa
un medio3, y lo segundo es que no se limitan en ningún
campo específico, ya que el antagonismo de la seguridad es
la amenaza, cualquiera que sea, y la "defensa" es la
acción en contra de la misma, la que debe retornar a la
situación inicial de tranquilidad.
La literatura existente, contiene varias
definiciones sobre la seguridad nacional, cada una de ellas ha
sido concebida de acuerdo con la tendencia de pensamiento, de su
autor; sin embargo, Colombia como Estado no ha adoptado una
definición oficial de "seguridad nacional" que sirva como
base fundamental para establecer los diferentes tipos y niveles
de amenazas en cualquier campo de acción del Estado.
Adicionalmente, surge una pregunta secundaria al tema central de
este planteamiento, ¿dónde se debería
plasmar esta definición oficial de seguridad
nacional?
Revisando literatura colombiana sobre el tema, se
observa que existen algunas definiciones claras y
específicas con un enfoque sistémico y otras
cuantas reflejan un enfoque netamente militar; es así, que
independientemente de la pluralidad que puedan presentar las
definiciones ya existentes, es claro que no es un término
que esté naciendo premeditadamente y que todas ellas se
basan en un mismo origen , "seguridad" y "nación". La
palabra "seguridad" proviene del latín securitas4,
que indica cualidad de estar sin cuidado, o cuidado
secreto; y "nación" se refiere a una comunidad
organizada5.
Los señores Coroneles (RA) Manuel José
Santos Pico y Carlos Arturo Pardo Santamaría, definen la
seguridad nacional como: "Situación en la cual los
intereses de la Nación se hayan cubierto de interferencias
y perturbaciones substanciales. Situación que permite a
los ciudadanos poder desarrollar sus condiciones
socioeconómicas y políticas sin riegos o amenazas a
sus actividades normales, función política que
involucra acciones políticas, sociales, económicas
y militares."6.
Como se puede observar, está definición busca
integralidad, pretende abarcar la seguridad de todos
los campos en los cuales se pueda presentar una amenaza para el
Estado-Nación.
Ahora bien, las Fuerzas Militares de Colombia han
generado un manual en el cual se efectúa la
descripción del término seguridad nacional: "La
seguridad nacional se define como la situación en la cual
los intereses de la Nación se hallan a cubierto de
interferencias y perturbaciones substanciales."
7. Producto de esta definición,
el manual efectúa un análisis de la misma, sin
embargo, crea una limitación al expresar que las amenazas
son crea das exclusivamente por personas o
grupos8.
Siguiendo con la relación de definiciones,
existen dos interesantes que se describen en artículos de
la revista de las Fuerzas Armadas:
1. "Seguridad Nacional es la situación en
la cual los intereses vitales de la
Nación se hallan a cubierto de interferencias y
perturbaciones substanciales".
2. "Es la situación de normalidad y de
tranquilidad derivada de la realización de los fines
esenciales del Estado. La seguridad nacional es integral, y como
tal demanda la voluntad social y política de todos los
colombianos"10
En la primera definición ya se observa que se
incluye la palabra "vital" a los intereses, siendo más
específicos; y en la segunda definición introduce
la palabra "integral", que es un término representativo,
pero en su ubicación pasa a ser una explicación y
no una ampliación de la situación; así
mismo, el no contemplar la palabra "amenazas" es no
contextualizar bien esa "situación de normalidad y
tranquilidad" que se menciona.
Si se observa en la constitución política
de la República Bolivariana de Venezuela, no cuenta con
una definición de seguridad nacional, sin embargo si se
promulgó una "Ley Orgánica de Seguridad de la
Nación"11, en la cual su
artículo 2 define qué es "seguridad de la
nación": "La Seguridad de la Nación,
está fundamentada en el desarrollo integral, y es la
condición, estado o situación que garantiza el goce
y ejercicio de los derechos y garantías en los
ámbitos económico, social, político,
cultural, geográfico, ambiental y militar, de los
principios y valores constitucionales por la
población, las instituciones y cada una de las personas
que conforman el Estado y la Sociedad, con proyección
generacional, dentro de un sistema democrático,
participativo y protagónico, libre de amenazas a su
sobrevivencia, su soberanía y la integridad de su
territorio y demás espacios
geográficos."12. Esta ley
posteriormente fue modificada en el 200513, pero como se puede
observar es una definición que apunta a un concepto
integral, no exclusivo militar, de acuerdo con lo
expuesto anteriormente de la relación entre seguridad y
defensa y su contexto actual. Este ejemplo sirve de
referencia para analizar la visión de un
Estado-Nación frente a su
interpretación de seguridad nacional, y como consecuencia
de ello, cada campo de acción del Estado identifique las
amenazas desde su ámbito, estructurando y generando
estrategias de prevención y reacción para las
mismas.
La República de Argentina por ejemplo, no cuenta
con una definición oficial de "seguridad nacional" dentro
de su texto constitucional, sin embargo, ha promulgado una ley de
seguridad y defensa14, en la cual se define muy bien el
término "defensa nacional"15,
sobre el cual se enmarca la actuación de dicha ley, que
para este caso puntualiza sobre la defensa militar.
Siguiendo la revisión de otros conceptos, el
Reino Unido plasma un documento sobre su estrategia de
seguridad16, en el cual efectúa y sintetiza un
replanteamiento del término "seguridad nacional",
incluyendo las amenazas hacia sus ciudadanos como tal, su modo de
vida, así como a la integridad y hacia los intereses del
Estado17. En el documento se quiere resaltar el ítem 1.7,
donde de manera clara y sencilla se explica que: "Es la
primera vez que el gobierno ha publicado una sencilla, y amplia
estrategia que trae objetivos y planes conjuntos de todos los
departamentos, agencias y fuerzas involucradas en la
protección de nuestra seguridad
nacional"18
(traducción). El Reino Unido efectúa una
descripción en capítulos de qué se espera de
la estrategia de seguridad nacional y define su objetivo
así: "Proteger al Reino Unido y sus intereses,
permitiendo que su gente esté en sus vidas diarias,
libremente y con confianza, en un más seguro, estable,
justo y próspero mundo"19
(traducción). En la definición anterior,
claramente catalogan la seguridad nacional como esa
situación de mantener al ciudadano y al Estado en un
ambiente de seguridad y desarrollo, inclusive sin tener
que mencionar la palabra
amenazas.
Los Estados Unidos de Norteamérica, cuenta de
igual manera con una estrategia de seguridad nacional20. En su
contexto de amenazas o peligros que enfrenta su Nación no
se limita al terrorismo, y refiere que debido a la
globalización se enfrenta a peligros tecnológicos,
de agitación económica y de cambio
climático21. De igual manera efectúan una
descripción detallada de su estrategia, definiendo
conceptos, y estableciendo su seguridad nacional basada en su
visión de mantenerse como potencia mundial y mantener su
liderazgo22. La estrategia de seguridad nacional la describen de
la siguiente manera: "Nuestra estrategia de seguridad
nacional, por lo tanto, enfocada a la renovación del
liderazgo americano y así poder avanzar de una manera mas
efectiva hacia nuestros intereses en el siglo
21…."23(Traducción). Sin
definir un concepto textual de "seguridad nacional" en la
estrategia, describen en el documento todas sus líneas de
acción y sus objetivos, aspectos como las pandemias por
ejemplo, son contemplados como amenaza.
Refiriéndonos a Colombia, en el 2001 se
expidió la Ley 684, "por la cual se expiden normas sobre
la organización y funcionamiento de la seguridad y defensa
nacional y se dictan otras disposiciones.". Esta ley fue
declarada inexequible por la Corte Constitucional por vicios
constitucionales en el 2002, mediante sentencia de
constitucionalidad Nº 397/02 de la Corte Constitucional, del
22 de Mayo de 2002. La ley se refería netamente al campo
militar, competía exclusivamente a la organización
para la seguridad y defensa militar, propuesta por el Ministerio
de Defensa Nacional, del cual depende también la
Policía Nacional. En el artículo octavo se
definía el término seguridad nacional: "En
desarrollo de lo establecido en la Constitución
Política, es deber del Estado, diseñar en el marco
del respeto por los Derechos Humanos y las normas de Derecho
Internacional Humanitario, las medidas necesarias, incluido el
uso de la fuerza, para ofrecer a sus asociados
un grado relativo de garantías para la
consecución y mantenimiento de niveles
aceptables de convivencia pacífica y seguridad
ciudadana, que aseguren en todo tiempo y lugar, en los
ámbitos nacional e internacional, la independencia, la
soberanía, la autonomía, la integridad territorial
y la vigencia de un orden justo, basado en la promoción de
la prosperidad general"24
El anterior concepto, bastante limitado al aspecto
militar y policivo (seguridad ciudadana), es extenso y dentro del
cual no se evidencia la situación a cubierto de amenazas
substanciales que deben estar los interés nacionales,
pareciera contemplar las funciones de las Fuerzas Militares, y no
visionando las múltiples amenazas que circundan
actualmente a los Estados-naciones. Complementario a esto, se ha
emitido lineamientos de gobiernos de turno, como la
Política de Defensa y Seguridad Democrática
(Gobierno 2002-2010) y la Política Integral de Seguridad y
Defensa para la Prosperidad (actual), limitados a lo militar y
policivo, y no definiendo "seguridad nacional".
Como se puede observar, existe una amplia gama de
conceptos y definiciones, muchos quedan por fuera del texto, se
resalta el cambio a medida que ha evolucionado el concepto de
seguridad integral, ligado estrechamente a su fin subsecuente,
el desarrollo, ya que la seguridad nacional tiene que
ofrecer algo más que la situación de tranquilidad
misma vista desde cualquier campo. Iniciando a partir de esos dos
parámetros, se une otras variables que van ampliando el
contexto, que deja de ser netamente militar y amplía a
cualquier clase de amenaza de la cual se tenga que proteger, que
es donde entra la defensa.
Revisando la historia de donde nació el
término, los Estados Unidos de Norteamérica desde
la época de la guerra fría rescataron el concepto
de "estado de seguridad nacional", principalmente para referirse
a la defensa militar y la seguridad interna25. Ahora bien, esto
tuvo una fuerte injerencia en América Latina,
en donde la doctrina de seguridad nacional ha sido el mayor
esfuerzo por militarizar el concepto de seguridad26 por parte de
los Estados Unidos, siempre en procura de sus intereses. Luego de
la influencia de la guerra, seguidamente de una relativa
pérdida del poder militar y su influencia en los
gobiernos, la sociedad y la política empiezan a aplicar
los conceptos, adaptándolos a nuevas y otras ya existentes
amenazas27.
Continuando con aspectos históricos que influyen
en el contexto del término aquí tratado, se tiene
que a mediados del siglo XX, incide en el mundo un
fenómeno que plasmó la interdependencia comercial
entre naciones, la necesidad de mantener un comercio de sustento
dinámico y seguro, países destruidos que necesitan
surgir después de la primera y segunda guerra mundial, ven
en el comercio internacional una línea de acción
esencial de poder salir adelante con la reconstrucción de
sus países, y claro está, posteriormente una fuente
atractiva para fortalecer su economía, e ingresa el
término globalización, el cual se
consolida al caerse los sistemas de gobierno netamente
comunistas, acción que se simboliza con la caída
del muro de Berlín. Es importante agregar que esta
globalización no simplemente se limita a lo
económico y a lo comercial, incluye globalización
en lo social, a través de los alcances de la
tecnología actual, los medios de comunicación y en
lo ambiental. De esta forma, el concepto de la seguridad
traspasa esa frontera y se globaliza, integrando otros aspectos,
y obligando a comprender que se contempla todos los campos de
acción en los que actúa el Estado:
militar, económico, político, psicosocial y
ambiental28.
Siendo así, el "desarrollo" como un soporte de
ese fin común a nivel mundial, "el bienestar", la
Organización de las Naciones Unidas organiza en 1983 una
comisión de expertos que se dedicaron hacer un
análisis del panorama mundial en torno a los recursos
naturales, el medio ambiente y desarrollo. Está
comisión, encabezada por la Dra. Gro Harlem Brundtland,
rindió su informe en 1987 (Our Common Future
o Informe Brundtland29), donde de manera detallada exponía
las conclusiones de sus equipos de trabajo, y se resaltó
la importancia del desarrollo, y que éste fuera eficiente,
que los recursos perduraran en el tiempo para su permanente
utilización, e introduce el término: desarrollo
sostenible.
Teniendo en cuenta lo relacionado a lo largo del
presente documento, los gobiernos deben ofrecer la "seguridad
nacional" visualizando todas las amenazas posibles en cualquier
ámbito, creando nuevas estrategias y fortaleciendo las ya
existentes, que están funcionando a favor de la
Nación, siempre garantizando el fin del Estado, el cual
dentro de los conceptos globales está uno primordial y uno
esencial; el primordial se podría definir como la
supervivencia del Estado mismo y que refiere a todos sus
componentes: población, territorio y soberanía; y
el esencial, el bien común de su pueblo, siendo
aquí donde nacen los intereses del Estado. Estos conceptos
rectores deben contar con la seguridad necesaria para su
desarrollo, dentro de una constante evolución.
En el marco de lo expuesto, se podría considerar
la siguiente definición para describir la "seguridad
nacional" en Colombia, apoyados en el artículo 2 de la
Constitución Política Nacional, y teniendo en
cuenta el concepto de mejoramiento continuo que busca todo
proceso:
"La seguridad nacional es la capacidad del Estado
colombiano y sus componentes para preservar su existencia,
salvaguardar a la población, territorio y soberanía
de cualquier tipo de amenaza que afecte la consecución y
el mantenimiento del bienestar integral, permitiendo el
mejoramiento continuo y garantizando un desarrollo
sostenible".
Nótese como en la definición propuesta no
se habla que las amenazas intervengan intereses vitales, si no
que se amplía al término "bienestar común",
que es objetivamente lo que va ser afectado por la
materialización de las amenazas, y claro
está, que se incluyen los intereses no vitales en el
contexto, los cuales de una u otra manera están inmersos
en los intereses nacionales y que al ser influenciados por una
amenaza considerable, pueden impactar a su vez a un
interés vital, afectando el bienestar de una
Nación. De igual manera el concepto permite que sea claro
que el bienestar tiene que mejorar de forma continúa, como
cualquier proceso que busca ser eficiente mediante su crecimiento
y desarrollo sostenible en el tiempo.
Es así, como se propone una definición por
medio de la cual no solo la amenaza sobre los intereses pueden
afectar la supervivencia del Estado y su bien común, sino
que, el Estado sin desarrollo es el camino a un Estado fallido, y
la seguridad nacional tiene que impedir ese destino a un
Estado-Nación.
Observando lo plasmado en el presente documento, se
puede concluir varios puntos que desde la perspectiva de este
trabajo son indispensables para crear normatividad que permita
identificar todas las posibles amenazas que atenten contra la
supervivencia del Estado y en contra del bienestar común,
y por ende generar planes de prevención y defensa por
campos de acción, independientes desde su
concepción, pero integrados en su visualización
como Estado, y acudir así de una manera coherente a la
"seguridad nacional". Siendo así se tiene que:
1. El término "seguridad nacional" no cuenta con
una definición oficial en
Colombia.
2. La Constitución Política Nacional es la
guía de la Nación y su visión como Estado,
allí se plasma la ruta hacia la seguridad nacional , en
donde se asegura el bienestar mismo del Estado-Nación y
esboza sus intereses; de esta manera, no tiene que especificar la
definición de "seguridad nacional" dentro de su
texto.
3. Ampliando el punto anterior, el gobierno en
representación del Estado debe generar la "política
de seguridad nacional" como Estado-Nación y no como
gobierno, que de pie al desarrollo de estrategias de seguridad
nacional basadas en la definición oficial de
"seguridad nacional" y de "defensa nacional", dentro de la
concepción de los intereses nacionales plasmados en el
artículo 2 de la Constitución Política
Nacional (descritos como fines), y si es del caso, aquellos que
no estén especificados en la misma. Adicionalmente , por
qué no pensar en la posibilidad de contar en un futuro
cercano con la relación y descripción de los
intereses nacionales de Colombia, como por ejemplo lo que tiene
contemplado los Estados Unidos de Norteamérica, que los
clasifica en: vitales, extremadamente importantes, importantes y
menos importantes o secundarios30.
4. La importancia de esta necesidad radica en poder
derivar hacia todos los campos de acción del Estado el
concepto rector de "seguridad nacional", y determinar así
todas las amenazas posibles, el cómo actuar tanto
preventiva como reactivamente en las diferentes acciones que
atenten contra el Estado- Nación, buscando coordinar todos
los medios posibles y que no haya choques entre los campos de
acción en que actúa el Estado. Es importante
ampliar que el término de "seguridad nacional" es un
término integral, con visión sistémica del
Estado, es una situación, y no debe confundirse con
"defensa nacional", que es "el cómo" se debe preparar el
país para reaccionar ante la materialización de la
amenaza. Para tener un referente vecinal, la Republica
Bolivariana de Venezuela, vecino de Colombia, ha plasmado
puntualmente sus amenazas internas y externas de
manera oficial31.
5. Complementando el punto inmediatamente anterior, hay
que resaltar en el significado oficial que las amenazas a las
cuales se debe referir la "seguridad nacional" no son
exclusivamente sujetos, sino acciones y situaciones (internas y
externas), ya que no se puede dejar de lado la dinámica
normal de la naturaleza misma del universo, que en
su cambio constante genera acciones antagónicas que no son
directamente creadas por el hombre.
6. Una vez se establezca la definición oficial de
"seguridad nacional" por parte del Estado Colombiano, cada
componente del Estado, partiendo de las amenazas que circundan su
ámbito, debe generar planes de prevención para
evitar la materialización de las amenazas. Vale la pena
aclarar que no podría redefinir "seguridad nacional", por
ejemplo, como se redactó en el artículo 8 de la ya
declarada inexequible Ley 684 de 2001, en donde se define
seguridad nacional desde el punto de vista militar y
policivo.
7. Teniendo en cuenta la amplitud de los términos
"seguridad y defensa", que integran muchos campos de
aplicación, se podría proponer modificar la
denominación actual para el "Ministerio de Defensa
Nacional", no cambiándolo sino limitándolo a su
función misma, es decir, una propuesta de concederle un
nombre similar a "Ministerio de Defensa Militar y Ciudadana",
esto cerraría el campo sobre las amenazas que se tiene que
identificar para adelantar la formulación de sus planes de
seguridad y defensa. El término "y Ciudadana", se agrega
teniendo en cuenta que la Policía Nacional, como ente
civil armado que propende por la seguridad y defensa de la
ciudadanía, orden interno, hace parte de ese
ministerio.
8. Por último, no olvidar que en la
interdependencia actual entre naciones, el concepto de "seguridad
nacional", debe ser consecuente con el existente por los
organismos intergubernamentales, Organización de Naciones
Unidas, Organización de Estados Americanos,
etc.
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NOTAS:
1 MacNamara, Robert, citado en: Seguridad nacional:
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Defensa Nacional de México) p. 36
2 REINO UNIDO. The National Security Strategy of the
United Kingdom "security in an interdependent world". London:
Abril, 2008, p. 3.
3 Ordoñez, Ramón. Conceptos sobre
seguridad y defensa. Revista de Fuerzas Armadas, Vol. 26 Nro. 78
( Oct-Dic, 1974); p. 405-421
4 REAL ACADEMIA DE LA LENGUA ESPAÑOLA.
Diccionario de la Real Academia Española (edición
22). Madrid: Editorial Espalza Calpe,
2001.
5 NEIRA, ENRIQUE. El Saber del Poder,
Introducción a la Ciencia Política. Bogotá:
Norma, 1986., p. 92 a 93.
6 Santos Pico, Manuel José y Pardo
Santamaría, Carlos Arturo. Diccionario Político,
Estratégico y Militar (primera
edición). Bogotá: Escuela Superior de Guerra. 2010,
p. 222
7 Colombia, Ministerio de Defensa Nacional. Manual de
Seguridad y Defensa (primera edición),
Bogotá: Fuerzas Militares de Colombia, 1996,
p. 21
8 Ibid., p. 23
9 Ordoñez, Ramón. Conceptos sobre
seguridad y defensa. Op. Cit., p.2.
10 Victoria, Carlos. Conceptos básicos sobre
defensa y sobre seguridad nacional. Revista de Fuerzas Armadas,
Vol. 51 Nro. 160 ( Jul-Sep, 1996); p. 10-16
11 VENEZUELA. ASAMBLEA NACIONAL DE VENEZUELA. Ley
Orgánica de Seguridad de la Nación. Gaceta
Oficial Nro. 37.594. Diciembre 18 de 2002. Articulo
Segundo.
12 Ibid., p.1
13 Jacome, Francine. Venezuela: Defensa y Seguridad.
Bolivarianismo y Socialismo del Siglo XXI. EN: ANUARIO
2010 SEGURIDAD REGIONAL EN ANMERICA LATINA Y EL CARIBE,
Programa de Friedrich Eber Siftung, (Bogotá:
Luis Mathew y Catalina Niño Editores), p. 287
14 ARGENTINA. CONGRESO NACIONAL. Ley de Defensa
Nacional, Nro. 23554. Abril 13 de 1988.
15 Ibid. p.1
16 REINO UNIDO. The National Security Strategy of the
United Kingdom "security in an interdependent
world". Op. Cit.
17 Ibid., p. 3-4
18 Ibid., p. 4
19 Ibid., p. 5
20 ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA. WHITE HOUSE. National
Security Strategy. Washington: Mayo, 2010
21 Ibid., Introducción.
22 Ibid., p. 1
23 Ibid., p. 1
24 COLOMBIA. GOBIERNO NACIONAL. Ley 684 "por la cual se
expiden normas sobre la organización y
funcionamiento de la seguridad y defensa nacional y se
dictan otras disposiciones.". Bogotá, Agosto 13 de
2001, articulo octavo.
25 Buitrago, Francisco. La doctrina de seguridad
nacional: materialización de la guerra fría en
América del Sur. Revista de Estudios
Sociales, edición Nro. 15 (Julio, 2003); p. 74
26 Ibid., p. 75
27 Ibid., p. 76
28 Sánchez, Juan. La variable medios en la mente
de los estrategas, un problema de economía de
defensa. Revista de Fuerzas Armadas. Edición
217 (Marzo, 2011); p. 62-67
29 Brundtland, Gro Harlem. Our Common Future, 1987, p.
374. Asamblea General de las Naciones Unidas.
30 ESTADOS UNIDOS. THE COMMISSION ON AMERICA´S
NATIONAL INTERESTS. America´s National Interests. Julio,
1996.
31 Jacome, Francine. Venezuela frente al conexto andino
hemisférico. ¿Cambios en la doctrina de
seguridad?, citado por . Jacome, Francine. Venezuela:
Defensa y Seguridad. Bolivarianismo y Socialismo del Siglo XXI.
EN: ANUARIO 2010 SEGURIDAD REGIONAL EN ANMERICA LATINA Y EL
CARIBE, Programa de Friedrich Eber Siftung, (Bogotá: Luis
Mathew y Catalina Niño Editores), p. 287
22 Ibid., p. 1
23 Ibid., p. 1
Autor:
Capitán de Corbeta César
Augusto Vagas Turizo
Escuela Superior de Guerra