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La participación ciudadana y la gestión local




Enviado por Amaranta Dutti



  1. ¿Qué es la Participación
    Ciudadana?
  2. Bases
    constitucionales de la Participación Ciudadana en
    Venezuela
  3. La
    participación como principio
    Constitucional
  4. Mecanismos de participación en el marco
    de la Constitución Nacional
  5. Cualificación de la
    participación
  6. Factores que inciden en la
    Participación

¿Qué es la Participación
Ciudadana?

Etimológicamente, la palabra participación
proviene del latín "partem capere" que se traduce en
"tomar una parte" o "tomar parte". En sentido técnico, la
participación ciudadana es comprendida como un proceso
social, continuo y dinámico, por medio del cual los
miembros de una comunidad, a través de mecanismos
establecidos y organizaciones legítimas en las cuales se
desenvuelven, aportan y participan en pos del bien
común.

También puede traducirse en la actuación
de los ciudadanos en las actividades públicas, todo esto
para hacer prevalecer tanto sus intereses sociales así
como para defender y garantizar los derechos colectivos o
difusos, a través de mecanismos (estructuras y procesos)
idóneas por medio de los cuales el ciudadano es tomado en
cuenta en la toma de decisiones por parte de la
administración pública en materias que de manera
directa le afectan , abarcando incluso etapas anteriores y
posteriores a la toma de decisiones en sí, como
podrían ser la consulta, resolución,
votación y ejecución de esas decisiones.

La Organización de la Naciones Unidas, (ONU),
considera la participación ciudadana como un componente y
un elevador de la calidad de vida, como una opción, un
modo de vida, un elemento civilizador y lo que teje la
certidumbre social. Por tanto la participación permite la
integración coordinada de un grupo de individuos con el
fin de estimular y establecer acciones que promueven su propio
desarrollo.

Sin embargo, es de hacer notar que la
participación va más allá de un enfoque
puramente instrumental que la identifica con un medio para
alcanzar objetivos limitados de donde se desprende, proponiendo
el desarrollo de la capacidad del pueblo a
autogobernarse.

La participación ciudadana ha de expresarse como
una acción capaz de crear conciencia y socializar a
quienes forman parte de ella, mediante la identificación
del sujeto como actor importante para la satisfacción de
las necesidades colectivas, tanto de las regiones, municipios o
comunidades, auspiciando interrelación directa de la
población en los procesos decisorios de las organizaciones
que afectan sus vidas, de manera que no se confía lo
político únicamente al Estado, sino que se extiende
a otros sectores; igualmente, la participación sirve como
un mecanismo para expresar por medio de actuaciones que se
dediquen y se llevan a cabo socialmente, cuyo fin es hacer uso de
manera eficiente y eficaz de los recursos, incluyendo la
potencialidad que tiene cada individuo, grupo o comunidad para
resolver sus problemas.

La participación ciudadana puede también
ser considerada como forma. La presencia de los ciudadanos en los
asuntos públicos es una condición necesaria para
alcanzar la gobernabilidad democrática. A medida que el
ejercicio del poder está más legitimado en la
voluntad obtenida a través de un consenso social, mayores
son las posibilidades de visibilizar las aspiraciones de los
diferentes sectores sociales.

Puede decirse que la realización progresiva de
los derechos humanos, está en relación directamente
proporcional al aumento de la calidad de la participación
ciudadana. Sin embargo, prevalece en nuestra sociedad una marcada
exclusión de la mayoría poblacional respecto a la
toma de decisiones sobre los asuntos públicos; de manera
que, el consenso se reduce a minorías no representativas
de la pluralidad de intereses societarios.

Una de las razones primarias para tal marginamiento, se
desprende de la ausencia de información, e
interiorización de la ciudadanía, sobre las
posibilidades de nuestro marco jurídico en cuanto al
reconocimiento formal de espacios de
participación.

Por lo tanto, la presencia del ciudadano en las
decisiones que le afectan, tanto individual como colectivamente,
precisa de una adecuación funcional, en tanto en cuanto,
facilite el acceso y la conformación no excluyente de
centros de decisión a partir del nivel local, que en
última instancia, también sean capaces de incidir
en la formación de voluntad sobre las decisiones que
exceden el ámbito del Estado-Nación.

De allí la importancia de la participación
ciudadana, a la cual el abogado costarricense Rafael
González Ballar define como "un proceso gradual mediante
el cual se integra al ciudadano en forma individual o
participando en forma colectiva, en la toma de decisiones, la
fiscalización, control y ejecución de las acciones
en los asuntos públicos y privados, que lo afectan en lo
político, económico, social y ambiental para
permitirle su pleno desarrollo como ser humano y el de la
comunidad en que se desenvuelve."

La participación es una sola y se conforma con
nuestras acciones en los tres campos de acción. La
Participación es un proceso de generación de
conciencia crítica y propositiva en el ciudadano. La
participación no es realmente efectiva mientras no vaya
modificando y ampliando las relaciones de poder.

El fin de la participación ciudadana no es tanto
ella en sí misma, por cuanto que, la finalidad que
debería perseguir es la mejora sostenible de las
condiciones de vida de la sociedad

Participación Privada: Es la
realizada a nivel personal, en cuanto a cumplir algunos deberes y
responsabilidades, tales como el pago de impuestos, el respeto de
las leyes, el contar con un empleo para participar de la vida
económica, entre otras.

Participación Social: Es aquella que en un
ámbito geográfico o funcional inmediato, en procura
de mejorar condiciones de vida para una determinada colectividad.
Ejemplo: nuestra participación en Consejos Comunales,
Sindicatos, Grupos Ecológicos, Sociedad de Padres de
Familia, Colegios profesionales.

Participación Política: La
realizada directamente o a través de de los
representantes, quienes buscan los canales institucionales del
Estado para lograr decisiones gubernamentales. Obviamente que la
trascendencia de la participación política es la
que podría permitir la más amplia influencia del
ciudadano en los asuntos públicos.

También la participación debe verse en su
triple connotación jurídica, a saber:

  • Como derecho: Como la facultad de
    involucrarnos en el quehacer social para influir en nuestro
    devenir.

  • Como deber: Como la responsabilidad de
    participar en los asuntos públicos.

  • Como mecanismo: Como el instrumento mediante
    el cual podemos ejercer nuestros derechos y
    deberes.

Así, en el ordenamiento jurídico, pueden
identificarse derechos, deberes y mecanismos relacionados con la
presencia ciudadana en lo público; de igual forma, en
ocasiones también hallaremos restricciones expresas a esta
participación.

La participación ciudadana en Venezuela es un
derecho que se encuentra consagrado en el Carta Magna, en sus
distintas acepciones ya sea como principio, derecho, deber,
espacio o instancia de participación y como proceso
sociopolítico.

En el desarrollo del articulado constitucional se tiene
que la participación es una característica propia
del sistema de gobierno venezolano, en la actualidad se han
creado organismos de participación entre ellos los
Consejos Comunales, los cuales cuentan con una serie de deberes
que los podrían convertir en órganos
públicos al tener al mismo tiempo una serie de
obligaciones con responsabilidad civil, penal y
administrativa.

Bases
constitucionales de la Participación Ciudadana en
Venezuela

Ya en el desarrollo del articulado constitucional se
tiene que la participación es una característica
propia del sistema de gobierno venezolano, es así como en
el artículo 5 se establece que "…el gobierno de la
República Bolivariana de Venezuela y de las entidades
políticas que le componen es y será
democrático, participativo, electivo,
descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de
mandatos revocables".

Al mismo tiempo en la selección de los derechos
políticos por un lado señala en el artículo
62 que todos los ciudadanos tienen derecho de participar
libremente en los asuntos públicos, directamente o por
medio de sus representantes electos; y por el otro lado establece
los medios de participación y protagonismo del pueblo en
el ejercicio de la soberanía, entre los cuales se tienen
las elecciones de cargos públicos, el referéndum,
la consulta popular, la revocatoria del mandato, las iniciativas
legislativas, constitucionales y constituyente, el cabildo
abierto y la asamblea de ciudadanos, cuyas decisiones se
consideran vinculantes; en el ámbito social y
económico se consideran medios de participación,
las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de
carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa
comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los
valores de la mutua cooperación y solidaridad
(artículo 70 constitucional).

En su concepción de participación como
deber la Constitución en el artículo 132 expresa
que toda persona tiene el deber de cumplir con sus
responsabilidades sociales y participar de manera solidaria en la
vida política y comunitaria.

La participación ciudadana a través de la
Constitución se pretende repartir en los distintos niveles
del Poder Público, a nivel municipal se establece que el
gobierno local debe de acuerdo a sus competencia incorporar la
participación ciudadana al proceso de definición y
ejecución de la gestión pública y al control
y evaluación de sus resultados, en forma efectiva,
suficiente y oportuna (artículo 168); lo cual se afianza
en el desarrollo de la participación y el mejoramiento en
general de las condiciones de vida de la comunidad.

En los niveles de gobiernos descentralizados y
autónomos se crean los Consejos Estadales de
Planificación y Coordinación de Políticas
Públicas, donde deberían de tener amplia
participación las comunidades organizadas, así como
también los Consejos Locales de Planificación
Pública, considerados como órganos encargados de la
planificación integral del gobierno local, sujetos a lo
dispuesto en el artículo 55 del Decreto con Fuerza de Ley
Orgánica de Planificación; tienen el
propósito de lograr la integración de las
comunidades y grupos vecinales mediante la participación y
el protagonismo dentro de una política general de Estado,
descentralización y de desconcentración de
competencias y de recursos, procurando en todo caso promover y
orientar una tipología de municipio atendiendo a las
condiciones de la población, nivel de progreso
económico, capacidad para generar ingresos fiscales
propios, situación geográfica, elementos
históricos, culturales y otros factores relevantes, todo
esto con la ayuda y participación de la comunidad
organizada.

En este sentido se observa como de manera conjunta los
Estado y municipios, están obligados a crear, gestionar y
promover mecanismos abiertos y flexibles capaces de lograr que
las comunidades organizadas formen parte de la gestión de
servicios, formulación de políticas, participen en
el desarrollo de los procesos económicos, en materia
laboral en la empresas públicas organizaciones
cooperativas y comerciales.

A nivel nacional la Constitución crea el Consejo
Federal de Gobierno, como órgano encargado de la
planificación y coordinación de políticas y
acciones para el desarrollo del proceso de
descentralización, formando parte del cuerpo, una
representación de la sociedad organizada. La
participación ciudadana también por medio de la
Constitución pasa a tener la posibilidad de intervenir en
los distinto órganos del Poder Público Nacional,
por ejemplo, con respecto al Poder Legislativo se permite a los
electores la posibilidad de ejercer la iniciativa legislativa
constitucional y constituyente, y del mismo modo solicitar los
diferentes tipos de referendos; en relación al Poder
Judicial, se abre la posibilidad de que los ciudadanos participen
de acuerdo a los procedimientos de selección y
asignación de los jueces; en cuanto al Poder Moral, se
observa como por medio de la Defensoría del Pueblo, los
ciudadanos pueden exigir el cumplimiento de derechos y
garantías establecidos en la Constitución; y por
último, en el poder Electoral, se establece, que los
ciudadanos tienen el derecho y la obligación de prestar
servicio en funciones electorales de acuerdo a la ley que rige la
materia; logrando de esta manera considerar la
participación como principio rector del sistema
democrático, como derecho y como deber.

La
participación como principio
Constitucional

La participación como principio se enmarca dentro
del contenido del Artículo 6 en el cual se define al
gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las
entidades políticas que la componen como
democrático, participativo, electivo, descentralizado,
alternativo, responsable, pluralista y de mandatos
revocables.

Dentro del articulado de la Constitución se
observa que la participación ciudadana se consagra en los
términos siguientes: Como medio para garantizar el derecho
a la salud, al establecer el Artículo 84 que el Estado
debe crear y ejercer la rectoría y gestión del
sistema público nacional de salud, con las siguientes
características: intersectorial, descentralizado y
participativo. En sentido similar, sostiene que el derecho a la
seguridad social, el Estado tiene la obligación de
asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de
seguridad social universal, integral, de financiamiento
solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones
directas o indirectas.

En el campo de la educación se señala que
es un derecho humano al mismo tiempo que un servicio
público y está fundamentada en el respecto a todas
las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar
el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de
su personalidad en una sociedad democrática basada en la
valoración ética del trabajo y en la
participación activa, consistente y solidaria en los
procesos de transformación social.

En lo que concierne al derecho a la asociación de
los trabajadores así como de la comunidad, se reconoce el
derecho a desarrollar asociaciones de carácter social y
participativo, como las cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y
otras formas asociativas (Artículo 118
Constitucional).

En términos de desarrollo sustentable se
señala que para la creación, aplicación y
desarrollo de una política de ordenación del
territorio que debe atender a las realidades ecológicas,
geográficas, poblacionales, sociales, culturales,
económicas, políticas, los entes de gobierno deben
incluir la información, consulta y participación
ciudadana (Artículo 128).

Dentro del ámbito orgánico e institucional
del Estado se establece como principio rector de la
Administración Pública el hecho de que la misma
debe estar al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se
fundamenta en los principios de honestidad y
participación, entre otros (artículo
141).

La Constitución Nacional en el campo de la
participación ciudadana señala que también
le competen a la iniciativa vecinal o comunitaria referida a la
creación de parroquias conforme a las condiciones que
determine la ley, con el objeto de proveer a la
desconcentración de la administración del
municipio, la participación ciudadana, y la mejor
prestación de los servicios públicos.

En torno al régimen socioeconómico de la
República Bolivariana de Venezuela, el Estado
conjuntamente con la iniciativa privada debe promover el
desarrollo armónico de la economía nacional
garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo,
sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la
economía, (Artículo 299).

Mecanismos de
participación en el marco de la Constitución
Nacional

Reconocimiento de la participación como
Derecho

En el desarrollo del artículo 62 se le reconoce a
todos los ciudadanos y ciudadanas el derecho de participar
libremente en los asuntos públicos, directamente o por
medio de sus representantes elegidos, el derecho al sufragio, el
cual se ejerce mediante votaciones libres, universales, directas
y secretas (Artículo 63), el derecho a que los
representantes rindan cuentas públicas, transparentes y
periódicas sobre su gestión, de acuerdo con el
programa presentado, el derecho de asociarse con fines
políticos, mediante métodos democráticos de
organización, funcionamiento y dirección así
como el derecho a concurrir a los procesos electorales postulando
candidatos (Artículo 67).

Responsabilidades del Estado en las que se plantea la
corresponsabilidad ciudadana, participación como deber El
deber en sentido general se entiende como "aquello a que se
está obligado", en estos términos el
artículo 55 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, establece que toda
persona tiene derecho a la protección por parte del Estado
a través de los órganos de seguridad ciudadana, al
mismo tiempo que se señala el deber de
participación de los ciudadanos y en los programas
destinados a la prevención, seguridad y
administración de emergencias a través de medios
que se complementen en una ley especial; en el sentido de deber
ciudadano y en torno a la participación política,
el artículo 62 establece que los ciudadanos tienen por un
lado el derecho de participar libremente en los asuntos
públicos, directamente por medio de sus representantes
elegidos y por otra el deber de facilitar la generación de
las condiciones más favorables la práctica de la
participación.

En torno a la población joven que generalmente es
considerada como una parte de la población ajena al mundo
político, por medio de la Constitución Nacional se
les ofrece la posibilidad de ser actores activos en la toma de
decisiones por medio de la consagración del derecho y el
deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo del
país, al mismo tiempo que se establece la responsabilidad
conjunta ente el Estado, la participación solidaria de las
familias y la sociedad, para la creación de oportunidades
para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta
y, en particular, para la capacidad y el acceso al primer empleo;
en relación con la tercera edad se señala que los
mismos deben formar parte de manera conjunta también para
hacer respetar la dignidad humana, su autonomía y
garantizar la atención integral y los beneficios de la
seguridad social que lleven y aseguren la calidad de vida de los
ancianos (artículos 79,80).

En aras de fomentar la participación ciudadana en
el desarrollo de la Constitución se permite a la comunidad
organizada el derecho y el deber de participar en la toma de
decisiones sobre la planificación, ejecución y
control de la política en las instituciones y
políticas públicas de sectores como la salud, la
educación y la protección ambiental entre
otras.

En el artículo 127 se señala que el Estado
conjuntamente con "la activa participación de la sociedad
deben brindar protección del ambiente, la diversidad
biológica, los recursos genéticos, los procesos
ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales
y demás áreas de especial importancia
ecológica; en procura de garantizar que la
población se desenvuelva en un ambiente libre de
contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las
costas, el clima, la capa de ozono y las especies vivas, sean
especialmente protegidos de conformidad con la ley."

En sentido general, se señala, que toda persona
tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y
participar solidariamente en la vida política civil y
comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los
derechos humanos como fundamento de la convivencia
democrática y de la paz social (Artículo 132), en
torno a la vigencia de la Constitución, se establece que
la misma no perderá su vigencia si dejare de observarse
por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro
medio distinto al previsto en ella, motivo por el cual se
sostiene que todo ciudadano investido o no de autoridad, tiene el
deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia
(Artículo 333).

Cualificación de la
participación

La participación ciudadana dentro del marco de la
Constitución nacional tiene múltiples canales de
actuación, entre ellos los siguientes:

  • Formación, ejecución y control de la
    gestión pública, entendido esto como el medio
    para lograr el protagonismo que garantiza su completo
    desarrollo, tanto individual como colectivo.

  • En el sector salud, en la toma de decisiones sobre
    la planificación, ejecución y control de la
    política específica en las instituciones
    públicas de salud.

  • Los pueblos indígenas participar en la
    economía nacional y a definir sus prioridades,
    así como en la elaboración, ejecución y
    gestión de programas específicos de
    capacitación, servicios de asistencia técnica y
    financiera que fortalezcan sus actividades económicas
    en el marco del desarrollo local sustentable.

  • Dentro del orden municipal la participación
    ciudadana se expresa en la incorporación en procesos
    de definición y ejecución de la gestión
    pública, al control y evaluación de resultados,
    en forma efectiva, suficiente y oportuna.

  • Por medio de la Constitución se abre la
    posibilidad de crear mecanismos para que estados y municipios
    descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos
    vecinales organizados los servicios que éstos
    gestionen previa demostración de su capacidad para
    prestarlos, promoviendo:

  • La transferencia de servicios en materia de salud,
    educación, vivienda, deporte, cultura, programas
    sociales, ambiente, mantenimiento de áreas
    industriales, mantenimiento y conservación de
    áreas urbanas, prevención y protección
    vecinal, construcción de obras y prestación de
    servicios públicos.

  • La participación de las comunidades y de
    ciudadanos, a través de las asociaciones vecinales y
    organizaciones no gubernamentales, en la formulación
    de propuestas de inversión ante las autoridades
    estadales y municipales encargadas de la elaboración
    de los respectivos planes de inversión, así
    como en la ejecución, evaluación y control de
    obras, programas sociales y servicios públicos en
    jurisdicción.

  • La participación en los procesos
    económicos estimulando las expresiones de la
    economía social, tales como cooperativas, cajas de
    ahorro, mutuales y otras formas asociativas.

  • La participación de los trabajadores y
    comunidades en la gestión de las empresas
    públicas mediante mecanismos autogestionarios y
    cogestionarios.

  • La creación de nuevos sujetos de
    descentralización a nivel de las parroquias, las
    comunidades, lo barrios y las vecindades a los fines de
    garantizar el principio de la corresponsabilidad en la
    gestión pública de los gobiernos locales y
    estadales y desarrollar los procesos autogestionarios y
    cogestionarios en la administración y control de los
    servicios públicos estadales y municipales.

  • La participación de las comunidades en
    actividades de acercamiento a los establecimientos penales y
    de vinculación de éstos con la
    población.

Factores que
inciden en la Participación

Entre los factores que inciden en la
participación los siguientes:

El conocimiento efectivo por parte de los vecinos de los
objetivos, metas y visiones de la organización que funge
como medio de participación, así como el prestigio
y confianza que brindan los dirigentes de la misma, sólo
de esta manera puede generarse interés en participar,
puesto en su conjunto ambos aspectos permiten entender que se
trabaja para la comunidad y que existe representación por
parte de sus líderes.

Por otra parte es fundamental el conocimiento critico
que se tenga sobre la historia de la comunidad, lo que se traduce
en el conocimiento de factores que tuvieron y tienen influencia
sobre la vida de la comunidad, sus intentos por resolver los
problemas, los modos de organización, ya que tal
situación permite tomar conciencia de las causas que lo
llevaron a enfrentar las cosas de una u otra manera.

En todo caso es necesario observar que la
participación ciudadana y comunitaria requiere de una
estructura que la haga posible y que la canalice, estructura que
es y debe ser distinta y adaptada a cada espacio o región,
así como a los intereses y necesidades de cada grupo, pues
no se debe olvidar que la participación se hace
interesante cuando se siente que por medio de ella efectivamente
se pueden resolver los problemas del entorno, todo esto enmarcado
dentro de un sentido de pertenencia y compromiso que se traduce
en objetivos y fines claros y que constituyen la razón de
ser de dicha organización, que además debe contar a
su vez con roles de funciones definidos y
diferenciados.

 

 

Autor:

Amaranta Dutti

UNIVERSIDAD FERMÍN TORO

VICE-RECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y
JURÍDICAS

ESCUELA DE DERECHO

Monografias.com

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