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Valoración económica de los monumentos urbanos (VEMU)



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Los
    monumentos, su importancia e interacción en la
    construcción de la Nación
  3. Valoración económica de
    monumentos urbanos
  4. Caso
    de estudio: localidad "La Candelaria"
  5. Conclusiones de la aplicabilidad de VEMU y las
    barreras técnicas del caso de
    estudio
  6. Conclusión
  7. Bibliografía

Introducción

La comprensión del Capital Cultural y de la
ciencia que lo estudia, la Economía Cultural, es desde el
comienzo del CEC, nuestro objetivo primordial de
investigación. La ausencia de herramientas
metodológicas, estadísticas y estructurales para
medir el Capital Cultural Intangible, y en muchos casos el
tangible4, desembocan en un vacío académico que ha
limitado el avance hacía la comprensión de la
interacción entre el desarrollo y la cultura.

La tangibilidad de un bien cultural como la oferta de
bienes o la administración eficiente de monumentos
nacionales y atractivos turísticos, se ha visto limitada a
los beneficios económicos directamente generados y al
concepto de su función social. Esto se debe a la aparente
separación entre la economía y la cultura5,
situación que se ha gestado por la continua
obstinación de los economistas de no comprender la
importancia de la cultura en el desarrollo, y en la
sistemática negación de los sectores
artístico y folklórico de ser considerados como
parte esencial del libre mercado.

Toda expresión nace del hombre y de su
interacción con su entorno, entonces, ¿dónde
está la negativa de una ciencia social de insertar los
resultados emocionales e intelectuales del ser humano en su
acervo de capital?, y ¿en dónde encuentran
fundamento los artistas para decir que sus creaciones van
más allá de lo comercial?. Los progresos
industriales se han fundamentado en las necesidades de los
individuos y en la capacidad de respuesta de la industria de
reducirlas por medio de satisfacciones, y la dinámica de
la creatividad artística, es el resultado de un profundo
estudio de la situación humana, convirtiendo su trabajo
final en un multiplicador de las solicitudes de las sociedades.
La producción satisface necesidades, el arte las
identifica y comunica. Partiendo de este concepto, la
creación de metodologías cualitativas y
cuantitativas es fundamental para acercar a economistas y
artistas. La finalidad de lograr medir las fuentes, los procesos
y los resultados de los procesos culturales radica en la
necesidad de mostrar al nuevo orden económico, la
importancia de la cultura en el acervo de capital, y demostrarle
al sector creativo el valor económico de su
labor.

No queriendo dejar un vacío en el concepto, es
importante comprender que la cultura, tal como nosotros la
comprendemos, es la agrupación de expresiones humanas
consensuales que identifican una sociedad, de donde se pueden
distinguir las expresiones políticas, económicas,
sociales, artísticas y folklóricas, como
agrupaciones interactuantes y con una alta
interdependencia.

Este documento es parte del avance de
investigación y desarrollo sobre indicadores culturales,
siendo parte fundamental para el cumplimiento de los objetivos
del CEC. La postulación académica aquí
presentada, es resultado de la creación de indicadores
promocionada desde nuestra institución, e intenta
demostrar el aporte que hace un monumento al desarrollo de la
urbe, por medio de los costos de oportunidad que genera a la
economía, siguiendo el contexto universal de los
indicadores, que estos sean construidos simples, medibles y
universales, para que la metodología generada sea una
pequeña parte del conocimiento universal, y se convierta
en un eslabón en la unión del desarrollo y la
cultura.

CAPITULO I

Los monumentos,
su importancia e interacción en la
construcción de
la Nación

IDENTIDAD NACIONAL

Es una identidad basada en el concepto de nación,
es decir, el sentimiento de pertenencia a una colectividad
histórico-cultural definida con características
diversas tales como idioma, costumbres de interacción,
organización social, danzas, visión del mundo,
etc.; y que suele tomar como referencia elementos
explícitos tales como símbolos patrios, signos
culturales distintivos, moneda propia, etc. Quienes declaran su
identidad a una determinada nación suelen declarar que
asumen, aman y/o se sienten orgullos de las formas concretas que
los anteriores factores toman en ella.

Todos los elementos comunes que unen a un pueblo, una
nación, personas, tales como el idioma, la
religión, gastronomía, folklore, música,
danza, y muchos otros elementos; ese sentimiento común a
todos los ciudadanos que conforman un país. Esa serie de
valores o costumbres pueden ser morales, religiosos, culturales,
gastronómicos, sociales, territoriales, en fin, ese
conjunto de elementos puede ser de diversa índole siempre
y cuando sean comunes a la sociedad. La Identidad Nacional tiene
una serie de elementos, si faltara alguno de ellos ya no
estaría configurada la Identidad de un
país.

DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA IDENTIDAD
NACIONAL

La identidad nacional es en muchos casos una
construcción de nación efectuada por los
nacionalismos del siglo XIX en los estados-nación europeos
y americanos, y extendida al resto del mundo por los movimientos
de resistencia al imperialismo y el colonialismo, y en la segunda
mitad del siglo XX por la descolonización y el
tercermundismo.

DEL PAPEL DE LOS MONUMENTOS EN LA CONSTRUCCIÓN
NACIONAL

Es toda obra, preferentemente arquitectónica, con
algún valor artístico, histórico o social
para el grupo donde se erigió.

En la construcción nacional, es cuando
edificaciones antiguas son demolidas para darle paso a nuevas
obras bien sea para su remodelación o en obras
nueva.

RELACIÓN CIUDAD –
CIUDADANÍA

El concepto de ciudadanía está ligado a la
participación política, al ejercicio de este
derecho. Y a la educación del ciudadano, era la
educación del hombre para vivir en la sociedad, esto era,
para vivir en la ciudad.

El ciudadano se construye en la participación
política sobre el destino de la sociedad. Sin una
participación en la vida pública no es posible
construir la ciudadanía

Sin cuidad no hay ciudadanos y sin ellos no hay
ciudad.

MONUMENTOS

Son construcciones de carácter urbano y se
encuentran insertas en el imaginario de los ciudadanos, siendo
entonces a su vez parte de la construcción de las
identidades individuales.

Es aquella obra pública o patente, como estatua,
inscripción o sepulcro, puesta en memoria de una
acción heroica o cosa singular.

PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL DE UNA
CIUDAD

Abarca monumentos, grupos de edificios y sitios que
tienen valor histórico, estético,
arqueológico, científico, etnológico o
antropológico. Patrimonio natural comprende formaciones
físicas, biológicas y geológicas
excepcionales, hábitat de especies animales y vegetales
amenazadas, y zonas que tengan valor científico, de
conservación o estético.

IMPORTANCIA DE LOS MONUMENTOS

  • Son iconos del imaginario colectivo, por lo tanto
    son agentes de la construcción de la
    nacionalidad.

  • Son recuerdos que se convierten en enseñanzas
    constantes para las nuevas generaciones de
    ciudadanos.

  • Se convierten en atractivos turísticos que
    generan empleo en la economía.

CAPITULO II

Valoración
económica de monumentos urbanos

IMPORTANCIA DE COMPRENDER EL APORTE ECONÓMICO
DE UN MONUMENTO

Construir un monumento es cuantificable desde la suma de
los gastos necesarios para su ejecución, entonces este
valor es netamente nominal frente al valor real de este icono de
nacionalidad.

Se considera como parte fundamental la "Formación
Bruta de Capital Fijo" – FBKF, que es el aporte a la
producción nacional de estructuras nuevas fijas que
generan productividad

DEL CONTEXTO PARA LA VALORACIÓN DE UN BIEN
INMUEBLE

  • El precio de los bienes inmuebles está sujeto
    a las condiciones del mercado.

  • Cada edificación tiene un valor comercial –
    VC, que es aquel por el cual sería comprado si
    estuviese en venta

  • Muchas naciones han optado por sistemas de
    valoración estatal – VE de los bienes
    inmuebles.

  • El VE parte del valor inicial de venta y aplica una
    tasa de crecimiento cercana a la tasa de inflación,
    asegurando que el valor del inmueble no varíe en
    términos reales.

  • Una edificación cuesta: VC = (vm2c * AC) +
    (vm2t * AT)

  • Donde vm2c es el valor del metro cuadrado construido
    y vm2t es el valor del metro cuadrado de tierra.

INDICADORES PARA LA VALORACIÓN
ECONÓMICA DE MONUMENTOS URBANOS (VEMU)

Demostrar que existen algunos costos de oportunidad
importantes para así establecer una construcción
como monumento, generando nuevos capitales de sostenibilidad y de
la identidad y orgullo nacional.

COSTO DE OPORTUNIDAD POR CONGELACIÓN –
COC

Este indicador parte del supuesto que si el bien no es
declarado monumento, podría ser sustituido por otra
construcción, buscando aumentar la cantidad de
m2c y modernizar los m2t anteriores.

En conclusión:

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COSTO PRODUCTIVO DE OPORTUNIDAD (CPO)

La utilización de un bien inmueble genera una
renta, que se convierte en ingreso para su propietario, bien sea
por la utilización del bien como agente productivo (local
ó industria) o por uso habitacional (arriendo y arriendo
figurado).

CPO = aCOC

Donde (a) es el coeficiente de productividad
del bien inmueble. Este coeficiente es mensual y podría
ser considerado como el costo de oportunidad del capital ó
la tasa de interés (Tasa Efectiva Mensual) promedio del
mercado. 

La suma de CPO en un año, es igual al ingreso que
recibiría el dueño del inmueble por su
renta.

COSTO FISCAL DE OPORTUNIDAD (CFO)

Es un tributo fundamental en las finanzas de las
ciudades, ya que reporta parte de sus ingresos corrientes
ó recurrentes anuales, por medio de los cuales definen sus
gastos anuales de funcionamiento e inversión.

CFO = bCOC

Donde b es la tasa tributaria al bien
inmueble

LOS MONUMENTOS COMO PRODUCTORES DE CAPITAL PARA LA
CIUDAD

La presencia de monumentos en las ciudades, es un motor
de desarrollo. Esta afirmación no pretende ser
tendenciosa, sino por el contrario busca mostrar como una pieza
urbanística es una importante fuente de
capital.

Aporta gran cantidad de capital económico en los
sectores productivos interdependientes.

Son Generadores directos de capital
económico.

Forma parte de un sistema integrado de
turismo.

Permite que las regiones que los poseen aprovechen un
flujo de ingresos provenientes, en su gran mayoría, de
otras regiones.

LOS ESTADOS LOCALES Y LA UTILIDAD DE LOS INDICADORES
VEMU

Los indicadores VEMU, como lo dice su nombre su
función es indicar, o sea la información que estos
arrojan sirve para poder comprender la importancia de los
monumentos dentro de la productividad de una ciudad.

El costo de oportunidad por congelación (COC) es
el que permite comprender el valor mínimo que posee un
monumento, mas no que este sea su valor.

También se puede decir que el costo productivo de
oportunidad (CPO) puede ser un indicador el cual informa a las
autoridades de la ciudad cual debe ser el costo de recordad mes a
mes a las ciudad de origen de su identidad. Si los recuerdos
físicos de los sucesos históricos no son apoyados
por el gobierno, entonces estos estarían en vía de
extinción, lo cual causaría que los maestros no
tendrían otra opción de recordar estos sucesos pero
mediantes recursos didácticos, como: laminas de acetato,
reproducciones de elementos históricos que se perdieron
por negligencia.

En fin, el costo fiscal de oportunidad (CFO) se puede
utilizar como una herramienta para calcular parte del valor de
capital social o explicar cómo cuánto
costaría implantar una red social que fomente la
conciencia de los ciudadanos sobre sus
orígenes.

Observamos que si los monumentos generan capitales
económicos, humanos y social siendo parte del capital
cultural, y los VEMU permiten su explicación, entonces es
posible que los ciudadanos, gobernantes, entre otros, comprendan
la importancia de la utilidad de los bienes culturales tangibles
para su desarrollo.

CAPITULO III

Caso de estudio:
localidad "La Candelaria"

UNIDAD DE ANALISIS: CASA MUSEO 29 DE
JULIO DE 1810.

  • Análisis general de la localidad la
    candelaria

Marco histórico legal

En la ciudad Bogotana se fue reconociendo poco a poco el
nombre de La Candelaria, el cual sería el sector
más antiguo de Bogotá, esta da a conocer la
expansión de la cultura española y los
acontecimientos independentista que dan origen a la
nación.

Los tiempos de modernidad que surgieron a partir de los
años 30, menospreciaban las arquitecturas colonial que se
encontraban en este entorno, estos procedieron a destruirlos e
imponer estilos neoclásicos. Las destrucciones que
hubieron el 19 de abril de 1948 emergieron daños los
sectores más tradicionales de Santa Fe como: Egipto, Santa
Bárbara y La Candelaria. En 1950, todo da un giro, tal que
en las normas de preservación del patrimonio urbano
arquitectónico contemplan en centro histórico de
Bogotá y se refieren específicamente al sector de
La Candelaria.

En 1960, surge un fuerte movimiento de pensamientos
políticos y sociales, donde La Candelaria va ser un centro
histórico cultural de la Nación, y esto se logra en
1963 con la ley 59. Según los estudios para la
conservación de La Candelaria que se realizaron en 1980,
esta empezó a recobrar vida.

El reconocimiento de La Candelaria se fortaleció
como centro histórico cultural, mediante la primera ley de
1992, que reglamento la división territorial del Distrito
Capital 1 y constituyo a La Candelaria como localidad 17.

  • UBICACIÓN GEOGRÁFICA

La Candelaria, la localidad más pequeña
del Distrito Capital58, se ubica en el sector centro-oriente de
Santa Fe de Bogotá y tiene una extensión de 181,12
hectáreas, de las cuales 68,2% se encuentra urbanizada. En
1990, se encontraba construida o desarrollada
urbanísticamente 82,4% del área total de la
localidad.

Cuadro No.1 – Distribución del
área en La Candelaria.

Indicador

Hectáreas

% sobre el
total

Del Distrito

Capital

Área total

181,00

0,07

Área urbana

164,10

0,40

Área

amanzanada

123,50

0,56

Área residencial

86,60

0,52

  • LÍMITES

La localidad limita por todos sus costados con la
localidad 3, Santa Fé:

Cuadro No.2 – Límites de la
localidad.

costado

Límite

Sur

Calle Cuarta

Oriente

Paseo Bolívar

Norte

Avenida Jiménez

Occidente

Carrera Décima

  • DIVISIÓN
    TERRITORIAL

La Candelaria está constituida por seis barrios:
Santa Bárbara, Egipto bajo, Belén, Las Aguas, La
Concordia y el centro administrativo o Candelaria.

Cuadro No.3 – Barrios de la
localidad.

Código

Sector

Censal

Barrio

Población

Estrato

1.804

3.103

Las Aguas

6.753

2

2.101

3.204

Belén

4.233

2

1.808

3.203

Santa Bárbara

2.850

2

2.102

3.104

La Concordia

2.938

2

2.103

3.104

Egipto Bajo

4.850

3

4.277

3.110

Centro Administrativo o
Candelaria

7.673

3

Figura No. 2 – Ubicación de la
localidad.

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Figura No.2 – Delimitación de la
localidad.

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La Candelaria, por su carácter funcional de
centro nacional e histórico, ha concentrado un
número considerable de instituciones gubernamentales,
culturales, religiosas, educativas, financieras y comerciales, y
de población flotante.

  • ARTE Y CULTURA.

La cultura es uno de los ejes de trabajo y fuente de
orgullo e identificación básica de la localidad. Se
constituye como una de las características más
importantes de Santa Fe de Bogotá; También se
encuentra la actividad de la recreación, que logra ser
convocante con la comunidad capitalina y ese carácter se
le ha reconocido desde hace muchos años; Los talleres de
teatro, danza, música o títeres y los eventos
culturales y artísticos se han popularizado y han
revalorado el papel de La Candelaria como centro de confluencia y
hospitalidad de la ciudad.

  • CARACTERISTICAS URBANAS DE LA
    CANDELARIA.

Según la información suministrada por el
Departamento Administrativo de Catastro Distrital – DACD tenemos
que la localidad "La Candelaria", tiene:

Barrios

6

Predios

8.845

Extensión en metros cuadrados

1.117.643,8 m²

Área construida

1.350.320,1 m²

De esta información analizada con la
información catastral sobre VE, se puede obtener
que:

Actual VE

$492´´300.611´854.000.oo

Valor Promedio por Predio

$38´517.678.79

Altura Promedio

Una Planta

vm2(L17)

$252.245.3, donde (m2t= m2c)

Esta información permite establecer que si
m2t= m2c, se debe a la baja demanda por predios en la
zona para ser demolidos, como consecuencia de – 31 – la
normatividad vigente70, situación que beneficia la
vocación natural de conservación de la
localidad.

Cuadro No. XX – Insumos para VEMU.

La Candelaria

Bogotá D.C.

Predios

8.845

1´687.766

Altura Promedio

Una Planta

Tres Plantas

vm²

$252.245.3

$195.639.68

Comparando La Candelaria con la ciudad,
es evidente que pese a ser un espacio reducido dentro de la
urbe (teniendo sólo el 0,52% del total de predios) su
vm² es superior a la media, lo cual muestra que
por ser de estratos bajos, su valor económico es de
antemano reconocido por el estado y el mercado, pero debe
considerarse que en la ciudad ciertas zonas de
expansión, son las que bajan el promedio
general.

Es importante considerar que para Bogotá un
vm2 de $195.639.6874 es relativamente bajo frente a un
valor vm² máximo de $ 9´700.000.oo en
la ciudad.

Cuadro No. XX – Valores Metro Cuadrado en La
Candelaria.

La Candelaria

Bogotá
D.C.

Máximo

$1´890.000.oo

$9´700.000.oo

Mínimo

$7.94

$0.oo

Promedio

$252.245.30

$195.639.68

El valor máximo que se presenta en la Localidad,
es inferior al de la ciudad, como consecuencia de la
relación inversa entre tiempo y precio: a más edad
del predio menor valor.

UNIDAD DE ANÁLISIS: CASA MUSEO 20 DE JULIO DE
1810.

ESTIMACIONES VEMU PARA LA CASA MUSEO 20 DE JULIO
– PILOTO DE ESTUDIO.

Es innegable el aporte en la construcción de
identidad nacional que genera la "Casa del Florero" ó
"Museo del Veinte de Julio", ya que es un monumento
histórico.

Tomando este bien como piloto, se ha logrado establecer
que:

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Cuadro No. XX – Estimación
Actual.

Actualmente, la casa Museo tiene un valor catastral de
$274 millones de pesos, pero su valor podría llegar a ser
de $10.531 millones, indicador que inicialmente fue considerado
como COC, pero su bajo elemento de sacrificio lo
excluyó.

Al hacer los cálculos de los indicadores VEMU, se
obtuvo: que para obtener el promedio de densificación de
la ciudad, como mínimo, la Casa Museo 20 de Julio de 1810
tiene un COC de $1,398 millones, y $108,601 como máximo.
Esta amplia diferencia se debe al problema de fuentes, ya que
existe una discrepancia entre las mediciones oficiales y las del
Museo mismo, en cuanto a su área total. Si se analiza
desde la óptica del promedio, el Museo tendría un
COC de cerca de $2,800.000, y si se analiza desde el punto de
vista de los máximos, sería de cerca de $108 mil
millones. El máximo presenta el problema que esta
calculado desde el máximo VE por metro cuadrado en la
ciudad, el cual es determinado por nuevas construcciones en zonas
de alta demanda comercial, lo cual hace que su VE sea alto. Por
lo tanto cabe considerar, que el COC sería de $2.824
millones de pesos.

Bajo esta perspectiva, mensualmente el Museo tiene un
CPO de $24´250.000, situación alejada de la
realidad, ya que solamente produce un promedio de
$2´000.00081 mensuales, tan sólo la décima
parte. En cuanto a CFO, estaría por el orden de los $198
millones de pesos.

CAPITULO IV

Conclusiones de
la aplicabilidad de VEMU y las barreras
técnicas del caso
de estudio

VEMU se presenta como una serie de
herramientas que buscan indicar la relación entre un
monumento y la productividad de la ciudad,

El caso de estudio presenta serias barretas
técnicas y legales para ser competitivo en el
ámbito del mercado de bienes y servicios culturales por su
condición legal de ser parte del Ministerio de Cultura, lo
cual lo somete a la imposibilidad de generar recursos
autónomos, reduciendo su capacidad de acción y
desaprovechando las ventajas legales de las donaciones propuestas
en la Ley General de Cultura. Pese a esto es claro que VEMU
explica en una amplia dimensión el aporte del Museo a la
productividad de la Nación. Por esto es necesario
comprender el marco normativo que aplica sobre la Casa Museo y
proyectar, en la medida de lo posible, la diferencia de
Productividad en diferentes marcos legales.

LA PRODUCTIVIDAD DE UN MUSEO EN
COLOMBIA.

EL MARCO JURÍDICO: LA LEY GENERAL DE CULTURA Y
EL

MINISTERIO DE CULTURA.

La ley General de Cultura creó un marco normativo
inexistente para el país desde la promulgación de
la Constitución Política de 1991.
Básicamente esta Ley, normalizó el ambiente
cultural, absorbiendo entidades como Colcultura y creando el
Ministerio de Cultura, el cual paso a ser parte del gabinete
ejecutivo en compañía de los otros
ministerios.

La Ley establece la "Cultura" como parte fundamental de
la nacionalidad.

Así pues, según el Artículo 1º
parágrafo 5:

"Es obligación del Estado y de las personas
valorar, proteger y difundir el Patrimonio Cultural de la
Nación
."

Condición que se cumple en el Artículo
4º,

"Definición de patrimonio cultural de la
Nación
.

El patrimonio cultural de la Nación
está constituido por todos los bienes y valores culturales
que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales
como la tradición, las costumbres y los hábitos,
así como el conjunto de bienes inmateriales y materiales,
muebles e inmuebles, que poseen un especial interés
histórico, artístico, estético,
plástico, arquitectónico, urbano,
arqueológico, ambiental, ecológico,
lingüístico, sonoro, musical, audiovisual,
fílmico, científico, testimonial, documental,
literario, bibliográfico, Museológico,
antropológico y las manifestaciones, los productos y las
representaciones de la cultura popular.

Las disposiciones de la presente ley y de su futura
reglamentación serán aplicadas a los bienes y
categorías de bienes que siendo parte del Patrimonio
Cultural de la Nación pertenecientes a las épocas
prehispánicas, de la Colonia, la Independencia, la
República y la Contemporánea, sean declarados como
bienes de interés cultural, conforme a los criterios de
valoración que para tal efecto determine el Ministerio de
Cultura.

Parágrafo 1o.- Los bienes
declarados monumentos nacionales con anterioridad a la presente
ley, así como los bienes integrantes del patrimonio
arqueológico, serán considerados como bienes de
interés cultural.

También podrán ser declarados bienes
de interés cultural, previo concepto del Ministerio de
Cultura, aquellos bienes que hayan sido objeto de reconocimiento
especial expreso por las entidades
territoriales
."

Este Artículo agrupa el patrimonio cultural de la
Nación, dejando el espacio para la declaración
futura de nuevos patrimonios, recogiendo los anteriormente
declarados. La función de nombrar como monumento nacional
un elemento urbano, queda en manos del Consejo de Monumentos
Naciones, según el Artículo 7º.

"Consejo de Monumentos Nacionales. El Consejo
de Monumentos

Nacionales es el órgano encargado de asesorar
al Gobierno Nacional en cuanto a la protección y manejo
del patrimonio cultural de la Nación."

Para evitar dejar un vacío jurídico, la
Ley aclara con un alto nivel de especificidad como y quien debe
declarar y manejar estos monumentos, el Artículo 8º
de la misma.

"Declaratoria y manejo del patrimonio cultural de
la Nación.
El

Gobierno Nacional, a través del Ministerio de
Cultura y previo concepto del Consejo de Monumentos Nacionales,
es el responsable de la declaratoria y del manejo de los
monumentos nacionales y de los bienes de interés cultural
de carácter nacional.

Lo anterior se entiende sin perjuicio de que los
bienes antes mencionados puedan ser declarados bienes de
interés cultural de carácter
nacional.

Parágrafo 1o. Se reconoce el
derecho de las iglesias y confesiones religiosas de ser
propietarias del patrimonio cultural que hayan creado, adquirido
con recursos o que estén bajo su legítima
posesión. Igualmente, se protegen la naturaleza y
finalidad religiosa de dichos bienes, las cuales no podrán
ser obstaculizadas ni impedidas por su valor
cultural.

Este Artículo deja en despejado que los elementos
urbanísticos que deban ser declarados monumentos,
deberán serlo por declaratoria de las autoridades locales,
a menos que sea un monumento de carácter
nacional.

Ante la necesidad de proteger el patrimonio, la ley, en
sus Artículos 10º y 11º, establece la
condición contractual de los mismos y su régimen
especial.

"Artículo 10.- Inembargabilidad,
imprescriptibilidad einalienabilidad
. Los bienes de
interés cultural que conforman el patrimonio cultural de
la Nación que sean propiedad de entidades
públicas,
nopuede ser objeto de embargo, es
perenne e
irrenunciable.

Parágrafo. El Ministerio de
Cultura autorizará, en casos excepcionales, la
enajenación o el préstamo de bienes de
interés cultural entre entidades
públicas.

Artículo 11.- Régimen para los
bienes de interés cultural.
Los bienes de
interés cultural públicos y privados estarán
subyugados al siguiente régimen:

1. Demolición, desplazamiento
y restauración. Ningún bien que haya sido declarado
de interés cultural podrá ser derribado, destruido,
fraccionado o trastornado, sin la autorización de la
autoridad que lo haya declarado como tal.

2. Intervención.
Entiéndase por intervención todo acto que cause
cambios al bien de interés cultural o que afecte el estado
del mismo. Sobre el bien de interés cultural no se
podrá efectuar mediación alguna sin la
correspondiente autorización del Ministerio de
Cultura.

3. Plan especial de protección.
Con la declaratoria de un bien como de interés
cultural se elaborará un plan especial de
protección del mismo por parte de la autoridad
competente.

El plan especial de protección
indicará el espacio afectado, la zona de influencia, el
nivel permitido de intervención y las condiciones de
manejo y el plan de divulgación que asegurará el
respaldo comunitario a la conservación de estos bienes, en
coordinación con las entidades territoriales
correspondientes.

4. Salida del país y
movilización.
Queda prohibida la
exportación de los bienes muebles de interés
cultural. Sin embargo, el Ministerio de Cultura podrá
autorizar su salida temporal, por un espera que no exceda de tres
(3) años, con el único fin de ser exhibidos al
público o estudiados
científicamente.

Esta norma delega al Ministerio de Cultura el manejo de
los bienes muebles e inmuebles considerados como patrimonio
nacional. Ahora bien, desde el Artículo 49º al
55º se dictan patrones relacionados de manera directa con
los Museos,

"Artículo 49. Fomento de Museos.
Los Museos de país son depositarios de bienes muebles,
representativos del Patrimonio Cultural de la Nación. El
Ministerio de Cultura, a través del Museo Nacional, tiene
bajo se responsabilidad la protección, conservación
y desarrollo de los Museos existentes y la adopción de
incentivos para la creación de nuevos Museos en todas las
áreas de Patrimonio Cultural de la
Nación.

Este Artículo fundamenta mucho de lo expuesto de
manera teórica en este documento, pero genera una barrera
técnica reglamentario a los Museos existentes en el
momento de su promulgación, ya que los dispone como parte
del Ministerio y limita su desarrollo a las políticas del
mismo. De manera contraria, el Artículo 55º plantea
una alternativa de creación de recursos propios por parte
de los Museos,

"Artículo 55. Generación de
Recursos.
El Estado, a través del Ministerio de
Cultura, estimulará y asesorará la creación
de planes, programas y proyectos de carácter comercial,
afines con los objetivos del Museo que puedan constituirse en
fuentes de recursos autónomos para la financiación
de funcionamiento.

Pese al espacio que abre, limita la acción
gerencial de los Museos a proyectos ajusten con los objetivos del
mismo.

Por otra parte, el Artículo 66º crea el
Ministerio de Cultura, de donde según el Artículo
67º es parte la Dirección Nacional de Museos y, como
unidad administrativa especial, el Museo Nacional. En este
articulado, 83artículos en total, no se deja en claro si
la Casa Museo 20 de Julio de 1810es parte de la Dirección
Nacional o del Museo Nacional.

ORIGEN DE LOS RECURSOS DE LOS MUSEOS DE
COLOMBIA.

Los Museos en Colombia, por lo menos los anteriores a la
expedición de la Ley, como hemos visto forman parte del
Ministerio de la Cultura, lo cual los hace adjuntas de las
destinaciones presupuéstales del mismo.

Los Museos nacionales tienen un papel fundamental en el
desarrollo dela nación, como agentes de
construcción de capital. No son independientes. Cierto
bien mueble debe ser comprado o acepto como donativo, con el fin
de aumentar la colección del mismo, este ingreso debe
hacerlo el Ministerio y no el Museo. Pese a la libertada de
acción del Artículo 55º, la norma genera un
flujo Recursos-Ministerio-Museo que reducen la capacidad de
acción del Museo.

En complemento a estas limitantes, los recursos
obtenidos por los Museos como ingresos por boletería,
deben ser depositados en la Tesorería del Ministerio; las
nóminas, impuestos y servicios públicos son pagados
por la autoridad nacional.

Pero esto genera una sub-manejo de la capacidad
potencial de los mismos, como es el caso del Museo del Louvre o
la nueva dinámica actualmente presentada por el Museo de
Historia de Barcelona.

POSIBLES RECOMENDACIONES AL MINISTERIO DE
CULTURA

Algunas posibles recomendaciones de manera general, para
insertar productividad a la economía por medio de los
Museos en Colombia:

  • Transformar los Museos a Institutos Descentralizados
    ó Fundaciones.

  • Generar el espacio normativo para la creación
    "Asociaciones Amigas".

  • Permitir la explotación comercial de las
    "réplicas" comerciales de los objetos de las
    colecciones del Museo.

  • Considerar la opción de convertir los Museo
    en un agente dinámico de fomento de la identidad
    nacional.

  • Construir una red nacional de Museos para muestras
    itinerantes.

La junta directiva de los museos debe ser
mayoritariamente compuesta por la administración
pública. Estas Asociaciones, sin ánimo de lucro,
tendrían como objetivo generar recursos para los Museos, y
este flujo se entregaría al Ministerio o al Museo,
según la norma vigente. El Museo debe aprovechar su
vocación de formación nacional, para utilizar sus
espacios para el fomento de otras actividades artísticas
que conlleven a la construcción de Nacionalidad. Cada
Museo tiene una amplia colección de piezas que son de
propiedad de la Nación, por lo tanto su explotación
debe generar recursos para la Nación. Esta propuesta
apunta a establecer salas de exposición para muestras de
otros Museos, que se roten de manera Nacional, con una
periodicidad tal que cada Museo estrene mensualmente una nueva
sala para sus visitantes.

LA PRODUCTIVIDAD DE LA CASA MUSEO 20 DE
JULIO

Se calcula que el CPO de este monumento debería
ser de $28´241.55090 pesos mensuales, que no está
lejana de la realidad, pero su productividad está sujeta a
su disquisición legal.

  • ESTRUCTURA DE INGRESOS Y GASTOS DE LA CASA
    MUSEO

La Casa Museo 20 de Julio de 1810, popularmente
denominada "Casa del Florero", es a su vez Museo y monumento.
Museo porque expone bienes muebles que son Patrimonio Nacional,
Monumento por ser declarado como tal el 20 de julio de 1960. Un
solo bloque urbano, reúne patrimonio nacional mueble e
inmueble y es generadora de identidad del país.

Ahora bien, el Museo sólo genera ingresos por
medio de la taquilla, que en 1999 fue de $3´132.167 de
pesos con una entrada mensual media de 4.072 visitantes. Esto
arroja un ingreso anual de $37´586.00092 pesos para el
Ministerio, generando un beneficio aparente de
53%aproximadamente. La inversión del Ministerio es
más alta si consideran los costos de servicios
públicos, nómina e impuestos.

Partes: 1, 2

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