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Demoliendo Nuestra Historia / Patrimonio Arquitectónico Formosa




Enviado por ERNESTO RIVAROLA



  1. Formosa no
    reacciona
  2. Todo está en
    peligro
  3. Legislar para el
    olvido
  4. Lugares y edificios
    declarados de interés histórico cultural en
    Formosa
  5. Fuentes

PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL
FORMOSA

En estos últimos años hemos escuchado
cómo se habla insistentemente sobre el nacimiento de un
hombre nuevo formoseño, un hombre con una visión
distinta y futurista, inserto en una provincia que
progresivamente se va proyectando a nivel nacional ofreciendo
más posibilidades a quienes la habitan y dejando
atrás décadas de postergación y
receso.

Este hombre nuevo está indefectiblemente
integrado a una sociedad que también ha evolucionado y que
comienza a identificarse a sí misma como una sociedad
particular, con identidad propia y diferente a otras y, para
ello, necesita explorar las características de su
evolución histórica, conocer e interpretar sus
orígenes y su pasado con sus aciertos y errores para de
esta forma, a partir de ese conocimiento, concebir el fundamento
de ser y pertenecer.

Este conocimiento, está directamente ligado al
estudio y valoración de nuestro patrimonio
histórico cultural constituido por la suma de todos los
elementos y manifestaciones producidas por nuestra sociedad,
resultantes de un proceso histórico donde el conjunto de
ideas, acciones y elementos se transforman en factores que
identifican y diferencian a nuestra provincia.

El concepto abarca, además de la
valoración de lugares y objetos arqueológicos,
arquitectura colonial e histórica, documentos y obras de
arte, las distintas manifestaciones de la cultura popular e
indígena, regional y urbana; las artesanías, las
danzas, las lenguas indígenas, los valores, costumbres y
tradiciones y, en definitiva, todos los elementos que
caracterizan la forma en que una sociedad o cultura se relaciona
con su ambiente, teniendo en cuenta que cada sociedad rescata el
pasado de manera diferente, relacionando sólo ciertos
elementos que luego identificará como su
patrimonio.

A partir de su fundación en 1879, la futura
Formosa comenzó a forjarse bajo la acción de dos
procesos fundamentales: La acción militar con el claro
objetivo de ocupación de territorio para incorporarlo a la
jurisdicción Nacional (ocupación efectuada
mayormente por colonos inmigrantes), y en segundo lugar la
construcción del ramal de ferrocarriles del estado que
uniría de Este a Oeste a Formosa con Salta, promoviendo el
asentamiento de pueblos, colonias, estancias y parajes a lo largo
de todo su recorrido. Estos hechos signaron el crecimiento de
nuestra provincia y por supuesto, dejaron huellas imborrables de
su paso por el suelo del territorio reflejados en diversos
documentos, edificios, casas, maquinarias y elementos propios de
las actividades de entonces como implementos militares,
agrícolas, ferroviarios, portuarios y forestales,
conformando en su conjunto una parte muy importante del total de
nuestro patrimonio histórico cultural que, como tal,
debería haber sido preservado.

Pero en este tema, lamentablemente, en Formosa queda
todavía mucho por hacer ya que aunque hubo acciones de
preservación que llegaron a tiempo, hubo muchas mas que no
se tomaron y derivaron (o derivarán en poco tiempo
más) en el deterioro y la desaparición definitiva
de varios bienes de importantísimo valor histórico
provincial.

Para reforzar la protección del patrimonio
cultural físico, la UNESCO ha establecido cuatro tratados
multilaterales: el convenio para la protección de los
bienes culturales en caso de conflicto armado (Convenio de La
Haya, 1954) y su Protocolo; el convenio referente a las medidas a
tomar para prohibir e impedir la importación,
exportación o venta ilícita de bienes culturales
(1970); y el convenio sobre la protección del patrimonio
mundial cultural y natural (1972). Argentina se adhiere a este
último en el año 1978 entre otros 185
estados.

Por otro lado, en nuestro país y con el mismo
objetivo, en 1940 el Dr. Ricardo Levene legisla la
creación de la Comisión de Museos y Lugares
Históricos para que se encargara de la protección y
conservación del patrimonio argentino (Ley
12.665).

Con el correr del tiempo las Provincias se fueron
adhiriendo a la mencionada Ley y presentando propuestas de
declaratorias de edificios como monumentos y/o sitios
históricos a nivel nacional, a fin de resguardarlas de
modificaciones, adulteraciones, reformas, demoliciones, u otras
intervenciones que pudieran cambiar las formas, tamaño,
color, etc., de lo que estaba íntimamente grabada en la
memoria de la comunidad. Formosa lo hace el 21 de febrero de
1979, por Ley Provincial Nº 730 a fin de ejercer en forma
conjunta, con la Nación la supervisión de los
monumentos, museos y lugares históricos, asegurando la
conservación y defensa del Patrimonio (arquitecta
María Lucila Hertelendy).

Hasta aquí las leyes vigentes y los claros
objetivos sobre la materia, a lo que podemos agregar otras varias
leyes de nivel provincial decretadas con similares objetivos
siempre tendientes a proteger o declarar monumentos culturales o
históricos a distintos lugares, objetos, obras, pueblos y
edificios.

Formosa no
reacciona

Sin embargo en Formosa lo legislado no parece ser
suficiente o, mejor dicho, parece no aplicarse en forma efectiva
y lo que se dice que se hace en realidad pasa más por un
formulismo escrito que por acciones concretas.

Desde hace varios años atrás y casi sin
darnos cuenta hemos sido mudos testigos de la desaparición
paulatina de varios edificios y estructuras, (muchos de ellos
construidos a principios de 1900 o incluso anteriores), que en
pos de la evolución de la vida social y económica
fueron demolidos o profundamente modificados sin considerar su
valor histórico ni lo irrecuperable de su
pérdida.

Así podemos recordar, entre los muchos que ya no
están, el antiguo cine Argentino ubicado en la calle
Fontana esquina José. M. Uriburu, hoy transformado en
supermercado; el clásico edificio de El Ancla, de Claudio
Calviño, en la esquina de Saavedra y Rivadavia,
desmantelado y parcialmente destruido primero, incendiado
después y hoy transformado en modernos locales
comerciales; el bar Ser-San ubicado en la tradicional esquina de
25 de Mayo y Moreno, lugar muy caro a los sentimientos de los
formoseños (hoy transformado en local comercial) caso en
el que se reconoció desde la misma Dirección de
Patrimonio lo lamentable de no haber tomado a tiempo los recaudos
necesarios para protegerlo y hacer mantener su fachada original;
el viejo edificio del hotel Ideal, que estaba en la esquina de
San Martín y España (hoy el cerrado edificio del
casino); la casa de la familia Giacopello ubicada en
España 273 (conocida como La Casona); la vivienda de
Simoncini en Irigoyen y San Martín (hoy supermercados
Camiletti) o la casa de la familia Perfumo en la Av 25 de Mayo
661, sólo por nombrar algunos.

Por otro lado varios edificios se mantienen
todavía en pié pero sin mantenimiento ni
protección y con pocas garantías de continuar
así.

El viejo edificio de la esquina de Belgrano y Brandsen
(altos), antigua sede del Hotel Belgrano, se encuentra clausurado
y presenta una importante y peligrosa grieta en su estructura que
a simple vista puede observarse y podría presentar un
peligro de derrumbe; el edificio de la farmacia Badía, en
la esquina de España y Rivadavia, donde ya pueden
observarse tareas de remodelación internas, es otra
construcción que estamos a punto de perder así como
el viejo edificio de Aduanas, el edificio de la ex usina, el
sector de Casas Baratas, todo el sector del ferrocarril
incluyendo las estaciones del interior provincial y otras casas y
fachadas originales que albergan negocios particulares o
dependencias públicas que, por su significado y
antigüedad deberían estar identificados como tales,
mencionando sus orígenes y su condición para
conocimiento de todos.

Casos como el del edificio que alberga hoy a los
juzgados provinciales, ubicado en la calle España 157, que
funcionan en el edificio original del que fuera el Hotel Palace,
del cual muy pocos saben que existió, lugar (que como
otros) debería estar resguardado y contar por lo menos,
con una placa mencionando su historia y su antigüedad (tal
cual lo establece la Ley Nº 784/79 cap. 2-art, f – de
Conservación y defensa del patrimonio histórico), y
así, otros edificios de data similar que también
deberían poder contar su historia y determinar un
reconocimiento de los primeros pasos en el asentamiento y
crecimiento formoseño, tales como Casa Edison en la
esquina de 25 de Mayo y Rivadavia, o el edificio del Club Social
en España y Belgrano, la antigua toma de agua cerca del
puerto, la estación del ferrocarril, la Escuela Nº 2,
o la Casa de la Artesanía, entre otros.

Similar suerte corrieron también los edificios,
dependencias, elementos, maquinarias y documentación
pertenecientes al ferrocarril, donde todo el equipamiento (con
excepción de la antigua estación de Formosa ocupada
por oficinas Municipales y algunos galpones que ni siquiera
mantienen su fachada original) se encuentran en un total estado
de abandono y destrucción, donde además del
desamparo oficial se suma el desconocimiento, desinterés y
desidia de la gente que, precisamente por no sentirse
identificada con este proceso de preservación por falta de
información, se llevó lo que pudo, en la
mayoría de los casos, para venderlo por kilo como hierros
viejos.

Todo está
en peligro

En cuanto a la documentación histórica
conservada en el Archivo Histórico Provincial, puede
notarse con profundísimo pesar como muchos de los antiguos
documentos, libros copiadores de gobernación anteriores a
1900 (varios incluso anteriores a la fecha fundacional) y
distintos ejemplares de diarios de data similar, ya se encuentran
totalmente ilegibles o destruidos algunos y a punto de
desaparecer otros tantos.

Pese a la muy buena voluntad de su Directora y a la
diligencia con que sus dependientes atienden a quienes quieren
informarse sobre nuestro pasado, con la buena voluntad no
alcanza, y de lo pautado en la Ley Nº 351 promulgada por
Decreto Nº 1.475 de creación del Departamento de
Patrimonio Histórico de Formosa sancionada el 30/08/73 ,
poco se aplica (particularmente los siguientes artículos:
Artículo 13.- Para seguridad o integridad de la
documentación del Archivo Histórico, los originales
se reproducirán en microfilm y se organizarán
archivos dobles instalados en distintos inmuebles a fin de
facilitar la consulta fuera del lugar donde se encuentren los
fondos, especialmente de aquellos documentos que por su estado o
importancia requieran un mayor cuidado. Artículo 15.- Los
Inmuebles donde funcionen el Archivo y muebles donde se deposite
la documentación en custodia, deberán reunir
requisitos de máxima seguridad y
conservación.).

Por otro lado, nuestro Museo Histórico Regional,
si bien expone una cantidad de objetos pertenecientes a antiguos
pobladores, personalidades notables de la sociedad
formoseña y algunos pertrechos militares de la
época, no nos dice mucho de nuestro pasado (de hecho no
hay elementos ferroviarios en exhibición pero si se
encuentran gran cantidad de ellos abandonados dentro de los
viejos galpones que todavía quedan, también
abandonados) y el público visitante no tiene acceso a un
catálogo informativo que cuente la historia de cada objeto
(muchos no están claramente catalogados y algunos lo
están erróneamente) ni siquiera del edificio en
sí, a pesar de considerarse que "la información es
un componente esencial del patrimonio ligado a todos los
demás ya que, saber cómo, cuándo y por
quién fue usado tal o cual elemento enriquece, sin dudas,
nuestra comprensión del contexto humano del que procede y,
por lo tanto, la transmisión de esta información es
tan importante como la del objeto al que se refiere" (Prof. Lic.
Guillermina Fernández, Prof. Lic. Aldo Ramos, Universidad
Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires).

Es cierto que hay en la provincia lugares y edificios
declarados monumentos históricos que son difundidos
convenientemente y otros que, nadie sabe porqué, no se los
menciona y por lo tanto, nadie sabe que lo son (por ejemplo
varios murales (no todos) declarados Bienes de Interés
Histórico Artístico (Ley provincial Nº 1.468,
año 2005), pero lamentablemente también es cierto
que hubo otros que pudieron y debieron ser preservados pero que
por alguna extraña razón no fueron considerados,
pese a existir afirmaciones que hacen suponer lo
contrario:

"Existen otros edificios que revisten gran importancia
por sus valoraciones, ya sea artísticas,
paisajísticas, históricas, de conjunto
etc.

Es muy importante que la comunidad sepa valorar los
bienes heredados y que esté atenta para poder protegerlos
de quienes pretendan dañarlos o demolerlos. Estos
testimonios de diferentes épocas pasadas deben servir para
conocer lo que precedió a nuestra generación, para
entender nuestro presente y para poder proyectarnos a un futuro
mejor", dijo la arquitecta María Lucila
Hertelendy.

Y cabe preguntarse a esta altura ¿cuál es
el criterio adoptado por la provincia para determinar qué
edificio, elemento o lugar reviste en sí un valor
histórico, cultural, estético, simbólico o
paisajístico y por lo tanto debería ser preservado
por el Estado?

O mejor aún, habiendo determinado varios de estos
lugares como de hecho consta que se hizo en el programa de
Desarrollo Urbano de la Ciudad de Formosa realizado en el
año 1988 (donde se consideran de interés 30 obras
arquitectónicas) y en el trabajo de investigación y
relevamiento sobre este tema realizado especialmente por la
Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares
Históricos de Formosa en 1992 ¿Por qué no se
tomaron a tiempo las medidas necesarias para su
conservación y mantenimiento antes de que fueran
derrumbados? ¿Quién en definitiva debió y
debe tomar cartas en el asunto?

Lamentablemente, estos interrogantes no encuentran
respuestas lógicas ni coherentes, y mucho menos a quien
debería darlas.

De los 30 edificios valorados en 1988 ya desaparecieron
o perdieron su escencia más de 10 y de los agregados en
1992 pocos quedan en condiciones, sobre todo, como dijimos, las
dependencias ferroviarias de la capital y el
interior..

Formosa tiene hoy 128 años de historia, una
historia relativamente reciente que ha dejado huellas, evidencias
y testimonios todavía frescos como para permitirnos
conocer fehacientemente los orígenes de nuestra sociedad y
comprender un poco mejor nuestro presente.

Está en cada uno de nosotros exigir a quien
corresponda que este legado histórico sea protegido y
valorizado, que las leyes dictadas para ello se apliquen como se
debe y que quienes tengan la responsabilidad de actuar lo hagan
antes de que sea demasiado tarde.

Mucho ya está perdido y mucho más
está por perderse. Mucho se habla, se escribe y se
planifica, pero poco se hace en concreto. El deterioro o la
desaparición de cualquier bien histórico de estas
características constituye un empobrecimiento irreversible
que trata de ser evitado en todo el mundo y que en Formosa, si se
toma conciencia, también estamos a tiempo de
evitar.

Las consecuencias de este desinterés,
además del descuido en el cuidado de testigos y vestigios
auténticos de determinados momentos históricos se
sufrirán en un futuro no muy lejano, cuando las nuevas
generaciones necesiten sustentar su identidad y tengan que
hacerlo sobre testimonios falsos o poco
creíbles.

Legislar para el
olvido

A continuación exponemos una lista de los
edificios y lugares que, en nuestra provincia, tanto el gobierno
Nacional como el Provincial y Municipal, oportunamente declararon
bienes de interés Histórico Cultural.

Creemos que la lista está completa, y decimos
esto porque se han publicado varios compendios que tratan el
tema, pero al cotejarlos no todos coinciden en la
información brindada.

Este tema no es nuevo y ya lo hemos tratado en
anteriores notas, aunque nunca habíamos detallado
pormenorizadamente de qué lugares se trataba.

Sabemos que la declaración de un bien como
Patrimonio Histórico, conlleva la acción de
resguardarlo, protegerlo, preservarlo y si dan las circunstancias
ponerlo en valor para el aprovechamiento de la sociedad, indicar
cuál es su importancia mediante la colocación de
carteles que los identifiquen o placas que describan, por
ejemplo, la fecha de construcción, dependencias que
funcionaban en el lugar, antiguos propietarios o moradores, tipo
de construcción, etc., es decir, nada más ni nada
menos de lo que indican las leyes dictadas al efecto aunque si
analizamos detalladamente el listado de estos lugares declarados
de interés histórico, nos damos cuenta de que, lo
que anteriormente suponíamos como cierto, no es tan
así.

Tenemos ejemplos de edificios preservados que se ajustan
a lo establecido por ley en cuanto al mantenimiento y
reacondicionamiento, pero al mismo tiempo, encontramos en nuestra
ciudad una contrapartida difícil de comprender:

1- Los edificios y lugares que, estando declarados de
Interés Histórico y Cultural al igual que los
primeros, se encuentran en total estado de abandono y deterioro y
a la espera de una segura destrucción simplemente por la
acción del paso del tiempo y la falta total de cuidado y
mantenimiento.

2- Los edificios y lugares que, teniendo
características similares en cuanto a antigüedad e
importancia histórica que los ya declarados, son ignorados
y excluidos de toda consideración aunque en su momento
fueron propuestos para su preservación.

Hablamos de edificios públicos que son los que en
definitiva aprovecha el Estado a través de su
preservación ya que en el tema privado, las cosas son un
poco más complicadas.

En estos casos entra a jugar el tema inmobiliario y
muchos particulares (propietarios originales o sus descendientes)
han vendido propiedades de antiquísima data que
después se han demolido para construir edificios
más modernos.

Para aclarar algunas consultas que nos efectuaron
últimamente con respecto a este tema, aclaramos que en el
caso de edificios privados, el Estado puede y debería
declarar de interés histórico o cultural un
edificio con el objeto de evitar que se realicen modificaciones
sustanciales (por lo menos en su fachada) y así,
convenientemente protegido, integrarlo al acervo histórico
urbano de la ciudad.

El propietario podrá igualmente venderlo, pero
manteniendo la prohibición de modificación
establecida. Es decir, se restringen las condiciones de
modificación o demolición, pero en ningún
caso el Estado puede hacer lo que quiera con ese inmueble, por el
contrario, el propietario es el que debe ajustarse a lo normado
en la declaración de protección y mantenerlo tal
cual.

Lógicamente, una propiedad con prohibición
de demolición o modificación, no tiene el mismo
valor inmobiliario que una propiedad exenta de de ella, por lo
tanto, se inicia aquí el eterno debate entre legislar
antes de que se venda o demuela y vender o demoler antes de que
se legisle.

Como generalmente el Estado no quiere entrar en
conflicto con el particular, al que además debería
otorgarle ciertas prerrogativas, y el particular no quiere perder
plata, las cosas quedan como están, y la mayoría de
estos edificios se pierden.

Aparentemente por este tema, desde el Estado a nivel
local, sólo se preservan los edificios y lugares que
pueden ser utilizados por el mismo Estado, en un aprovechamiento
utilitario, sin comprometerse con particulares y, en tanto y en
cuanto, se necesite urgentemente la locación para
determinados fines.

Mucho para algunos y nada para otros. Por ejemplo, se
preservo la estación terminal de trenes (y no todas las
estaciones y dependencias) para ser utilizada como sede municipal
y los galpones del viejo puerto para acondicionarlos como predio
de exposiciones; el cine Italia como un excelente y necesario
espacio para eventos artísticos de alto nivel, y el nuevo
Centro Cultural Municipal (cuyo edificio debería ser
declarado de interés Histórico y Cultural
Municipal) como espacio alternativo.

Sin embargo, muchas otras construcciones antiguas
así como documentación histórica original,
no reciben el mismo tratamiento y esperan simplemente a que el
tiempo las destruya, porque supuestamente no hay presupuesto para
acondicionarlas.

Entendamos que la temible y conocida frase 'no hay
presupuesto' supone que el Estado tiene toda la intención
de hacer, pero escapa a su manejo por el tema dinero, lo que
supuesta e indirectamente, le daría cierta inmunidad y
deslindaría su responsabilidad en estos temas.

Edificios, construcciones, documentación
histórica y hasta personas relevantes de Formosa
(adjuntamos también una nómina de Ciudadanos
Ilustres formoseños) son recordados y reconocidos hoy pero
olvidados mañana, en una suerte de amnesia institucional
que no permite valorar en su real magnitud nuestro patrimonio y
nuestras raíces.

Difícil pero no imposible, la solución
podría ser actuar ya, revalorizando lo hecho y buscando
los medios necesarios para evitar que desaparezca lo poco que
queda, poniendo una gran cuota de ganas, buena voluntad y
coherencia ejecutiva, para preservar la mayor cantidad de bienes
de nuestro patrimonio histórico cultural en todo su
espectro.

Lugares y
edificios declarados de interés histórico cultural
en Formosa

CASA DE FOTHERINGHAM

Decreto Nacional Nro. 10.852 del 17 de junio de 1953
Monumento Histórico Nacional.

FORTIN YUNKA

Ley Nro. 261 del 23 de junio de 1.965. Lugar
Histórico provincial. Resolución Nro. 2354 del 12
de septiembre de 1985 Lugar Histórico Nacional.

FORTIN CAPITAN SOLARI

Decreto Ley Nro. 1012 del 18 de mayo de 1973 Monumento
Histórico Provincial. Resolución Nro. 2354 del 12
de septiembre de 1985. Monumento Histórico
Nacional.

SAN FRANCISCO SOLANO DE TACAAGLE

Decreto Ley Nro. 732 del 15 de Marzo De 1979. Monumento
Histórico Provincial.

INMUEBLES ALEDAÑOS A LA MISIÓN
TACAAGLE

Decreto Ley Nro. 1023 del 30 de marzo de 1981.
Interés Histórico Cultural. Resolución Nro.
2464 de la Nación del 27 de septiembre de 1985, Monumento
Histórico Nacional.

SAN FRANCISCO DE ASÍS DE LAISHI

Decreto Ley Nro. 891 del 4 de junio de 1980 Monumento
Histórico Provincial. Resolución Nro. 2354 del 12
de Septiembre de 1985. Monumento Hist. Nac.

INMUEBLES ALEDAÑOS A LA MISION LAISHI

Decreto Ley Nro. 1025 del 30 de marzo de 1981

CASA ESTEBAN LAUREANO MARADONA

Decreto Ley Nro. 347 del 2 de marzo. De 1981. Internes
Histórico Cultural.

CAPILLA SAN ANTONIO Decreto Nro. 439 Municipal del 28 de
marzo de 1996, Monumento Histórico Municipal.

IGLESIA CATEDRAL NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN
Decreto Nro. 956 provincial del 22 de agosto de 1996, Monumento
Histórico provincial.

SECTOR ANTIGUO DE LA LOCALIDAD DE POZO DEL TIGRE
Resolución Municipal, de Interés Histórico
Cultural.

ESTACIONES DEL FERROCARRIL RAMAL C/25 y la EX USINA DE
FORMOSA Ley Nacional 24882 del 26 de noviembre de 1977, Bienes de
Interés Histórico.

ESCUELA NORMAL SUPERIOR REPÚBLICA DEL PARAGUAY
(incluye la totalidad de la parcela y especies vegetales
existentes) Ordenanza Nro. 4973 del 18 de octubre de 2005.
Patrimonio Histórico Cultural.

ESCUELA Nº. 1 ?GENERAL JOSÉ DE SAN
MARTÍN?: Ordenanza Nro. 2073/89. Patrimonio
Histórico y Cultural.

CHIMENEA DEL INGENIO PEDRO BONACCIO EN LA EX
FÁBRICA UNITAN (Lote rural 13 bis). Ordenanza Nro.
3404/95. Lugar de Interés Histórico
Municipal.

CLUB NAUTICO FORMOSA Ordenanza Nro. 4493 del 10 de julio
de 2002. Patrimonio Histórico, Social y Deportivo
Municipal.

EDIFICIO PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Ordenanza Nro. 4491
del 3 de julio de 2002. Patrimonio Histórico Cultural y
Social.

MURALES EN LA CIUDAD

Declarados Bienes de Interés Histórico
Artístico (Ley provincial Nº 1.468, año
2005).

1. 5 DE OCTUBRE: Emplazado en la plaza 5 de Octubre,
avenida González Lelong y Marcial Rojas. Proyecto y
dirección: Clotilde Tuduri de Rossi. Colaboración:
Paulina de Salinas, Carlos Hermosa y C. B. de Samudio. Año
1980.

2. ATLETAS: Emplazado en el estadio Don Antonio Romero,
avenida Gutnisky y avenida Los Pindó. Proyecto: Clotilde
Tuduri de Rossi. Realización: Héctor Díaz.
Año 1981.

3. HOMENAJE AL HOMBRE DE CAMPO: Emplazado en el
Instituto Provincial de Tierras, avenida 25 de Mayo 1510.
Diseño: Ángel Deolas. Ejecución: Neri
Rumich. Año 1987.

4. PUERTO DE FORMOSA AÑO 1.939: Emplazado en el
paseo Bibolini, avenida 25 de Mayo y Rivadavia. Diseño y
ejecución: Neri Rumich. Año 1991.

5. UNaF: Emplazado en el acceso al campus de la UNaF,
avenida Gutnisky 3.200. Diseño: Aníbal Bibolini.
Ejecución: Héctor Díaz. Año
1981.

EDIFICIO CINE ITALIA. Ordenanza Nro. 5464/08. De
interés Patrimonial, Arquitectónico, cultural e
Histórico Municipal.

ANCLA DE LA EX FERRETERÍA CALVIÑO:
Ordenanza Nro. 4573/03. De Interés Histórico
Cultural.

EDIFICIO CENTRAL DE LA MUNICIPALIDAD DE FORMOSA:
Ordenanza Nro. 4883/05. De Interés Histórico
Cultural.

CIUDADANOS ILUSTRES DE LA CIUDAD DE FORMOSA

1. Sr. Julio Pereyro. En mérito a su trayectoria
artística como pianista y director de orquesta. Ordenanza
Nro. 4365/00.

2. Sr. Saturnino López. Conocido
artísticamente como Kiko Monzalve, en mérito a su
aporte al enriquecimiento del acervo cultural de los
formoseños. Ordenanza Nro. 4429/01.

3. Dr. Juan Carlos Candia. En mérito a su
trayectoria y prestigio profesional y docente. Ordenanza Nro.
4449/02.

NOTA: Desde Guía Amarilla de Formosa invitamos a
todos a trabajar en conjunto por la preservación de
nuestro patrimonio histórico cultural, difundiendo la
historia y las costumbres que nuestra gente nos dejó para
ser contadas, protegiendo los bienes que marcaron nuestros
orígenes en el territorio y haciéndole conocer a
los más jóvenes de donde venimos.

Muchos de nuestros lectores y auspiciantes coinciden con
este sentir y lamentan también la pérdida
irremediable de edificios y lugares que les fueron habituales
desde la época de sus abuelos, muchos de los cuales fueron
pobladores fundadores de la Villa Formosa.

www.guiaamarilladeformosa.com

Junio de 2008

Fuentes

www.formosa.gov.ar, www.naya.org.ar, Archivo
Histórico provincial, Museo Regional Pablo Duffard,
Programa de Desarrollo Urbano Ciudad de Formosa año 1988,
Ley Nº 784/79

 

 

Autor:

Ernesto Rivarola

 

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