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Patentes: Generalidades y Proceso de Registro



  1. Introducción
  2. Requisitos para
    registrar una patente
  3. Costos por dar de
    alta una patente 3
  4. Lo que es
    patentable
  5. Publicación
    de la solicitud de patente
  6. Ventajas de
    patentar 5
  7. Desventajas de
    patentar 6
  8. Conclusión
  9. Bibliografía
  10. Anexos

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Introducción

Las patentes son muy importantes, ya que en la
actualidad se ha presentado demasiados casos de plagio y
piratería; patentando nuestras invenciones aseguramos que
eso no nos suceda en un futuro.

PATENTES

¿QUÉ SON LAS PATENTES?

Una patente es un conjunto de derechos
exclusivos concedidos por un Estado a un inventor
o a su cesionario, por un período limitado de tiempo a
cambio de la divulgación de
una invención.

Requisitos para
registrar una patente

  • Novedad: Se considera nuevo, todo aquello que
    no se encuentre en el estado de la técnica, es decir,
    en el conjunto de conocimientos técnicos que se han
    hecho públicos mediante una descripción oral o
    escrita.

  • Actividad Inventiva: Es el proceso creativo
    cuyos resultados no se deduzcan del estado de la
    técnica en forma evidente para un técnico en la
    materia.

  • Aplicación Industrial: Es la
    posibilidad de ser producido o utilizado en cualquier rama de
    la actividad económica.

PROCESO DE REGISTRO DE UNA PATENTE

PASO 1: PAGO DE LA TARIFA

Para realizar el pago, se deberá de presentar el
Formato Electrónico para Pago de Servicios (FEPS) y
línea de captura, los cuales se podrán generar
siguiendo las instrucciones que se indican en el portal
"PASE":

PASO 2: SOLICITUD INICIAL.

Pagará la tarifa por concepto de
presentación de la solicitud inicial y la prioridad, en
caso de reclamarla.

PASO 3: EXPEDICIÓN DE TÍTULO, DE
PATENTE O DE REGISTRO

Al recibir por escrito el oficio de procedencia de
otorgamiento de derechos (CITA A PAGO), el solicitante
deberá cumplir con los requisitos de pago por
expedición de título, anualidades y, en su caso,
presentación de figuras dentro de los plazos inicial y
adicional previstos en los Arts. 57 y 58 de la Ley de la
Propiedad Industrial. En caso de incumplimiento se
considerará el abandono de la solicitud.

  • 1. www.economia.gob.mx

  • 2. www.impi.gob.mx

PASO 4: PRESENTACION DE LA SOLICITUD DE REGISTRO DE
PATENTES

Toda presentación de una solicitud de registro
debe contener ciertos lineamientos, los cuales es esencial que el
interesado las conozca; dichas partes son:

PARTES DE LA SOLICITUD

DESCRIPCION

La función más importante de la
descripción consiste en divulgar la invención, es
decir, deberá hacerse en forma suficientemente completa y
clara para cumplir con dos propósitos: que sea posible
evaluar la invención y como lo establece el
artículo 47 de la Ley de la Propiedad
Industrial

REIVINDICACIONES

Las reivindicaciones son las características
técnicas esenciales de una invención, para las
cuales se reclama la protección legal mediante la
solicitud de patente o modelo de utilidad. En el caso de una
patente concedida, las reivindicaciones aprobadas determinan el
alcance de la protección legal otorgada.

RESUMEN DE LA INVENCIÓN

El resumen de un documento de patente o modelo de
utilidad es un enunciado breve y conciso de su desarrollo
técnico. Deberá ser una herramienta útil y
eficiente en la búsqueda de información en un campo
particular de la técnica y no excederá de 200
palabras. Podrá contener fórmulas químicas,
matemáticas y tablas y deberá estar dirigido hacia
la novedad en el campo al que pertenece la
invención.

DIBUJOS

Los dibujos cumplen con el mismo objetivo de la
descripción, tanto para la divulgación de la
invención como para la interpretación de las
reivindicaciones. Un dibujo es la expresión gráfica
que ayuda a describir y comprender mejor una
invención.

REQUISITOS DE LAS HOJAS DE LA
PRESENTACION

Las hojas que contengan la descripción, las
reivindicaciones, el resumen y los dibujos deberán
ordenarse y numerarse consecutivamente y cumplir los siguientes
requisitos:

1) Utilizar papel blanco tipo Bond de 36 Kg.

2) Ser legibles de tal manera que puedan reproducirse
por fotografía, procedimientos electrónicos, offset
o microfilme.

3) Ser de formato rectangular de 21.5 x 28 cm.
(tamaño carta).

4) Utilizarse sólo por un lado y en sentido
vertical.

5) Tener los siguientes márgenes en blanco:
mínimo de 2 cm. en el superior, en el inferior y en el
derecho y de 2.5 cm en el izquierdo. Máximo de 4 cm. en el
superior e izquierdo y de 3 cm. en el derecho y el
inferior.

6) Las hojas que contengan los dibujos deberán
presentarse sin marco y tendrán una superficie utilizable
que no excederá de 17.5 x 24.5 cm.

7) La descripción, las reivindicaciones y el
resumen deberán ordenarse y numerarse consecutivamente,
con números arábigos colocados en el centro de la
parte superior o inferior de las hojas, sin invadir los
márgenes especificados. Después del resumen, se
incluirán los dibujos, pudiendo numerar por separado las
hojas.

8) No presentar arrugas, rasgaduras o
enmendaduras.

9) Estar razonablemente exentas de borraduras y no
contener correcciones, tachaduras, o interlineaciones.

La escritura de los textos de la descripción, las
reivindicaciones y el resumen deberá:

1) Ser mecanografiada o impresa.

2) Hacerse con un espacio entre líneas de 1 1/2 o
doble espacio y numerar al margen izquierdo, por lo menos de 5 en
5 los renglones de cada hoja.

3) Hacerse con caracteres cuyas mayúsculas no
sean inferiores a 0.21 cm de alto y de color negro e
indeleble.

PASO 5:

Una vez presentada la solicitud se procede a la
realización del examen de forma para verificar que los
documentos e información necesarios según la Ley de
la Propiedad Industrial estén debidamente integrados en el
expediente de la solicitud de patente (artículo 50 de la
Ley de la Propiedad Industrial). Después de la
publicación en el caso de las patentes, se procede a la
realización del examen de fondo, el cual permite constatar
que la invención sea patentable, siendo nueva, resultando
de una actividad inventiva y aplicable en la industria o en el
comercio. Si la solicitud reúne los requisitos de
patentabilidad establecidos en la Ley de la Propiedad Industrial,
se notifica al solicitante para que proceda a efectuar el pago de
la tarifa por expedición del título y las cinco
primeras anualidades, en su caso.

Para un trámite fluido, es importante que se
entregue la documentación completa y correcta de la
Solicitud de Patente y Registro de Modelos de Utilidad tomando en
cuenta que el IMPI tiene un plazo de hasta 3 meses para emitir
una primera respuesta que corresponde al Examen de Forma de la
solicitud; un plazo de hasta 18 meses para efectos de
publicación en la gaceta de solicitudes de patentes que
hayan acreditado el Examen de Forma, contados a partir de la
fecha de presentación o en su caso, de la fecha de
prioridad reconocida.

Costos por dar de
alta una patente 3

 

PATENTES

 

 

Conforme al Título Segundo de la
Ley

 

Artículo

Concepto

Tarifa

1

Por los servicios que presta el Instituto en
materia de patentes, se pagarán las siguientes
tarifas:

 

1a

Por la presentación de solicitudes de
patente, así como por los servicios a que se refiere
el artículo 38 de la Ley;

$7,172.92

1 b

Por la entrada a la fase nacional de una solicitud
de patente conforme al Capítulo I del Tratado de
Cooperación en materia de Patentes;

$5,711.14

1 c

Por la entrada a la fase nacional de una solicitud
de patente conforme al Capítulo II del Tratado de
Cooperación en materia de Patentes;

$3,737.75

1 d

Por publicación anticipada de la solicitud
de patente;

$1,084.72

1 e

Por la expedición del título de
patente, y

$2,911.88

1 f

Por el cambio de texto o dibujos de una patente
concedida para corregir errores imputables al solicitante,
así como para limitar la extensión de las
reivindicaciones, por cada vez que se solicite.

$765.77

2

Por cada anualidad de conservación de los
derechos que confiere una patente, se pagarán las
siguientes tarifas:

 

2a

De la primera a la quinta, por cada
una;

$1,055.18

2 b

De la sexta a la décima, por cada una,
y

$1,282.78

2 c

A partir de la décimo primera, por cada
una.

$1,517.47

3

Por el estudio de una solicitud de licencia
obligatoria o de modificación de sus
condiciones.

$2,864.85

4

Por el estudio de la solicitud de
rehabilitación de una patente caduca por falta de
pago oportuno de la anualidad correspondiente.

$2,422.16

5

Por la transformación de una solicitud de
patente a una de registro de modelo de utilidad o de
diseño industrial, o viceversa.

$2,668.71

6

Por la reconsideración interpuesta en
contra de una denegación de patente.

$2,665.54

VIGENCIA DEL DERECHO

Una patente otorga a su titular el derecho exclusivo de
explotación por un período de 20 años y de
10 para los registros de modelos de utilidad, a cambio de que se
le dé a conocer a la sociedad estos
conocimientos.

Lo que es
patentable

Artículo 46. Serán patentables la
invenciones que sean nuevas, resultado de una actividad inventiva
y susceptible de aplicación industrial, en los
términos de esta Ley EXCEPTO: Los procesos esencialmente
biológicos para la reproducción y
propagación de plantas y animales. El material
biológico y genético tal como se encuentran en la
naturaleza. Las razas animales. El cuerpo humano y las partes
vivas que lo componen y las variedades vegetales.

La Ley de la Propiedad Industrial especifica las
invenciones que como tales no son patentables.

Las variedades vegetales se protegen a través de
la Ley Federal de Variedades Vegetales.

Cuando se solicite una patente después de hacerlo
en otros países se podrá reconocer como

fecha de prioridad la de presentación en aquel
que lo fue primero, siempre que se presente en México
dentro de los plazos que determinen los Tratados Internacionales
o, en su defecto, dentro de los doce meses siguientes a la
solicitud de patente en el país de origen.

RELATIVO A: ARTÍCULO FRACCIÓN CONTENIDO
NOTAS

Artículo 40. Para reconocer la prioridad a
que se refiere el artículo anterior se deberán
satisfacer los requisitos siguientes:

Que al solicitar la patente se reclame la prioridad y se
haga constar el país de origen y la fecha de
presentación de la solicitud en ese
país.

Que la solicitud presentada en México no pretenda
el otorgamiento de derechos adicionales a los que se deriven de
la solicitud presentada en el extranjero.

Si se pretendieren derechos adicionales a los que se
deriven de la solicitud presentada en el extranjero considerada
en s u conjunto, la prioridad deberá ser sólo
parcial y referida esta solicitud. Respecto de las
reivindicaciones que pretendieren derechos adicionales, se
podrá solicitar un nuevo reconocimiento de prioridad, y
que dentro de los tres meses siguientes a la presentación
de la solicitud, se cumplan los requisitos que señalen los
Tratados Internacionales, esta Ley y su Reglamento.

Publicación de la solicitud de
patente

ARTÍCULO 52. La publicación de la
solicitud se hará lo antes posible después de 18
meses a partir de la fecha de presentación, o antes a
petición del interesado. Las solicitudes de modelos de
utilidad no se publican, sin embargo, eso no las exime del examen
de forma. Para la publicación anticipada deberá
cubrirse el pago de la tarifa correspondiente y tener el examen
de forma satisfecho.

EXAMEN DE FORMA

ARTÍCULO 50. Presentada la solicitud, el
Instituto realizará un examen de forma de la
documentación y podrá requerir que se precise o
aclare en lo que considere necesario, o se subsanen sus
omisiones. De no cumplir el solicitante con dicho requerimiento
en un plazo de dos meses, se considerará abandonada la
solicitud.

El interesado tendrá un plazo adicional de dos
meses para cumplir los requisitos a que se refieren los
artículos 44, 50, 55 y 57 de la Ley de la Propiedad
Industrial, sin que exista de por medio solicitud y comprobando
el pago de la tarifa que corresponda al mes en que se dé
cumplimiento.

Las personas que se encuentren dentro de los
supuestos a que se refiere el párrafo anterior
deberán pagar únicamente el 50% de los montos
fijados, acompañando además del comprobante de
pago, cualquiera de los siguientes documentos:

I.- Copia simple de la cédula de micro
industria expedida por la Secretaría de
Economía.

II.- Copia simple de la declaración anual
de Impuestos Sobre la Renta del ejercicio fiscal inmediato
anterior a aquel en que se efectúe el pago de la tarifa
correspondiente, en la que conste que se encuentra en alguno de
los supuestos antes mencionados.

III.- Un escrito que contenga su
declaración, o la de su representante legal, bajo protesta
de decir verdad, que se encuentra en alguno de los supuestos
citados.

Para que proceda la inscripción de la
transmisión de derechos a un tercero que no se ubique en
alguno de los supuestos previstos en esta disposición,
éste deberá cubrir el 50% restante de las cuotas de
la tarifa vigente no cubierta inicialmente por el
cedente.

Asimismo, a partir de dicha transmisión, el
cesionario deberá cubrir las cuotas por la
conservación de su derecho en los términos
previstos en la Segunda Disposición General de la
Tarifa.

Ventajas de
patentar 5

  • Impedir que terceros paralicen tu
    producto
    . La presentación de una patente evita que
    otros puedan obtener a su vez otra patente posterior sobre
    una solución equivalente, con lo que se impide que en
    el [1]futuro alguien pueda reclamar e impedir
    al primer inventor el uso de su solución,
    independientemente de que la patente se le conceda o
    no.

  • Herramienta de marketing. El
    tener una patente prestigia el producto, a su
    comercializador, a su fabricante y a los inventores. Leyendas
    como "Patent pending" "producto patentado", son reconocidas
    por los consumidores como señal de calidad y
    exclusividad.

  • Efecto disuasorio. Anunciar que
    un producto está patentado genera en la competencia
    una reacción de precaución. Muchos competidores
    al ver que está patentado descartarán esa
    línea de producto. Otros indagarán para
    localizar la patente y a la vista de la misma
    analizarán las posibilidades de buscar una
    alternativa.Hay que tener en cuenta que la duración
    mínima del trámite de una patente es dos
    años, y se puede alargar hasta los 4 ó 5 en el
    caso de la Patente Europea por lo que durante este tiempo
    nadie tendrá la seguridad de si la patente se va a
    conceder y si, por lo tanto, puede copiar esa solución
    o no, siendo generalmente tiempo suficiente para introducir
    un producto en el mercado y crear una marca que lo posicione
    preferentemente respecto al resto de competidores, aunque la
    patente finalmente no se conceda.

  • Otorgar licencias. La patente
    como activo que es, se puede licenciar a terceros y es la
    vía para conseguir que un producto llegue allá
    donde nuestra empresa no es capaz de llevarlo. La patente es
    una herramienta básica para transmitir un conocimiento
    y regularlo, ya que en ella se condensa bien desarrollado lo
    principal de una solución dejando claro qué
    pertenece a ella y qué no.

Desventajas de
patentar 6

En su contra la patente presenta una
desventaja aparte de la propia implícita de que la misma
se vaya a publicar. Esta desventaja es que implica una
inversión, y aunque a nivel nacional es controlada,
si la pretensión es de una extensión internacional
los costes son elevados. No obstante cada vez más la
Administración dispone de subvenciones para ayudar a los
empresarios en la extensión de sus patentes, entendiendo
esta actividad fundamental para el desarrollo de la
economía de un país.

Conclusión

En base a lo investigado y aprendido por este trabajo,
puedo decir que el proceso de registro de una patente es muy
sencillo, la papelería que se solicita al interesado es
muy simple; el único inconveniente que se puede presentar
es que es un poco costoso; pero vale la pena pagar una suma de
dinero a cambio de que nuestra invención esté
segura.

De igual manera debemos cuidar nuestro derecho y renovar
cada vez que sea necesario, para poder seguir gozando de nuestro
seguro de patente.

Bibliografía

Patentes

http://www.impi.gob.mx/wb/IMPI, SECCIÓN PATENTES,
GUIA DE USUARIO

Formato de patentes

http://www.impi.gob.mx/wb/IMPI, FORMATO DE REGISTRO DE
PATENTES

Costos

http://www.impi.gob.mx/wb/IMPI, TABLA DE COSTOS POR
PATENTES

GUIA DE USUARIO DE PATENTES, INSTITUTO FEDERAL DE
PROPIEDAD INDUSTRIAL
, FORMATO PDF.

TEMAS:

Patentes

Definición

Requisitos de patentar

Registro de patente

Presentación de la solicitud

Partes de la solicitud

Hojas de presentación

Reglamento

Ventajas y desventajas de patentar

www. publicaris.com, ARTÍCULO "LAS
PATENTES
", SECCIÓN VENTAJAS Y DESVENTAJAS.

Anexos

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Consideraciones generales para
su llenado:

– Este formato es de distribución gratuita.
Se autoriza su libre reproducción, siempre y cuando
éste no sea alterado y sea presentado impreso su
anverso (Página 1) y reverso (Página 2) en
una sola hoja de papel blanco y en tamaño
oficio.

– Debe llenarse en idioma español,
preferentemente a máquina. No obstante, podrá
presentarse con letra de molde, siempre que la solicitud
sea legible. La información de la solicitud debe ser
requisitada toda por el mismo medio, sin tachaduras ni
enmendaduras.

– El formato de solicitud por duplicado,
debidamente requisitado y firmado en todos sus ejemplares,
así como sus documentos anexos, deben presentarse en
la Coordinación Departamental de Recepción y
Control de Documentos de la Dirección Divisional de
Patentes del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial,
con domicilio en Arenal # 550, Pueblo Santa María
Tepepan, Delegación Xochimilco, C.P. 16020,
México, D.F., con horario de atención de 8:45
a 16:00 horas de lunes a viernes o en la ventanilla de las
Oficinas Regionales del IMPI o las Delegaciones o
Subdelegaciones Federales de la Secretaría de
Economía.

– También podrá remitirse la
solicitud por correo, servicios de mensajería u
otros equivalentes o, en su caso, presentarse por
transmisión telefónica facsimilar, en los
términos previstos en el artículo 5o. del
Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.

– Los documentos anexos redactados en idioma
distinto al español deberán
acompañarse de la traducción
correspondiente.

– Los documentos anexos provenientes del
extranjero, cuando proceda, deberán
acompañarse de la legalización o, en su caso,
apostilla correspondiente.

– En el formato de solicitud marque con una X en
el recuadro la solicitud que desea presentar.

– En caso de Registro de Diseño Industrial
señale además si se trata de un modelo o un
dibujo.

– La denominación o título debe ser
connotativa de la invención.

– Si la invención fue divulgada dentro de
los doce meses previos a la fecha de presentación de
la solicitud, indique la fecha de divulgación y
anexe la información comprobatoria que marca el
Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.

– En la solicitud de invención que sea
divisional de una solicitud previamente presentada,
deberá proporcionar el número de expediente,
la figura jurídica y la fecha de presentación
de dicha solicitud.

– El derecho de reclamar la prioridad sólo
tiene lugar si la presente solicitud ha sido previamente
presentada en algún país miembro del Convenio
de París para la Protección de la Propiedad
Industrial. Proporcionar los siguientes datos:

– País donde se presentó por primera
vez la solicitud, fecha y número asignado a la
solicitud en dicho país.

– En el listado de documentos que se anexan
mencione el total de hojas que comprende cada documento y
al final el total de hojas

Trámite al que corresponde
la forma:
Solicitud de Patente, Registro de
Diseño Industrial y Registro de Modelo de
Utilidad.

Número de Registro Federal
de Trámites y Servicios:
IMPI-03-001,
IMPI-03-002, IMPI-03-003.

Fecha de autorización de la
forma por parte de la Dirección General Adjunta de
Propiedad Industrial del IMPI:
2-XII-2011.

Fecha de autorización de la
forma por parte de la Comisión Federal de Mejora
Regulatoria:
8-XII-2011.

Fundamento
jurídico-administrativo:

Ley de la Propiedad Industrial. Arts. 38-47, 50,
52, 53 54, 55,-61 (D.O.F. 27-VI-91, reformas D.O.F.
2-VIII-94, 25-X-96, 26-XII-97,17-V-99, 26-I-04, 16-VI-05,
25-I-06, 06-V-09, 06-I-10, 18-VI-10 y 28-VI-10).

Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.
Arts. 5-8, 16, 24-39, 43, 45 y 46 (D.O.F. 23-XI-94,
reformas D.O.F. 10-IX-02, 19-IX-03 y 10-VI-11).

Acuerdo que establece las reglas para la
presentación de solicitudes ante el Instituto
Mexicano de la Propiedad Industrial. Arts. 3-10 y 34
(D.O.F. 14-XII-94, reformas D.O.F. 22-III-99, 14-XII-00,
20-VI-03, 11-VII-03, 18-III-10 y 2-IV-10).

Acuerdo por el que se da a conocer la tarifa por
los servicios que presta el Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial. Arts. 1 inciso a); 9, inciso a) y
demás aplicables ((D.O.F. 23-VIII-95, reformas
D.O.F. 28-XII-95, 10-XII-96, 2-V-97, 4-V-98, 23-II-99,
11-X-00, 17-X-01, 13-XI-01, 24-XII-01, 27-II-02, 14-III-02,
14-XI-02, 04-II-03, 8-X-03, 27-X-04, 23-III-05, 13-IX-07,
1-VI-09, 10-VIII-09, 24-VIII-09, 1-X-10 y
10-V-11).

Acuerdo por el que se da a conocer la lista de
instituciones reconocidas por el Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial para el depósito de material
genético (D.O.F. 30-V-97).

Acuerdo por el que se establecen reglas y
criterios para la resolución de diversos
trámites ante el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial. Art. 4-18 (D.O.F. 9-VIII-04).

Acuerdo por el que se dan a conocer los horarios
de trabajo del Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial. Art.1. (D.O.F. 31-III-99, reforma D.O.F.
20-I-11).

Documentos anexos:

Solicitud de Patente y Registro de
Modelo de Utilidad

– Comprobante de pago de la tarifa
correspondiente (original y copia)

– Descripción, reivindicación,
resumen y dibujo (duplicado)

Solicitud de Registro de Diseño
Industrial

– Comprobante de pago de la tarifa
(original y copia)

– Descripción,
reivindicación y dibujo o fotografía
(duplicado)

Documentos adicionales que
deberán presentarse en su caso:

– Constancia de depósito de
material biológico

– Acreditación de personalidad
del apoderado, en su caso (original)

– Acreditación del poderdante en el caso de
persona moral, señalando el instrumento donde obran
dichas facultades y acta constitutiva (original)

– Documento donde se acredita el
carácter del causahabiente o de cesión de
derechos (original)

– Documento comprobatorio de
divulgación previa, en su caso (original y
copia)

– Documento de prioridad y su traducción,
en su caso (copia certificada expedida por la oficina
extranjera)

– Escrito solicitando el descuento del 50%, cuando
corresponda (original)

Criterios de resolución del
trámite

-Presentar toda la
documentación requerida y pagos de la tarifa
conforme a la legislación nacional y convenios
internacionales de los que México forma
parte.

-Será suficiente el cumplir
con los requisitos formales al momento de presentar su
solicitud.

Tiempo de
respuesta:

El plazo máximo de primera
respuesta es de 3 meses. No aplica la positiva ni la
negativa ficta.

Número telefónico
para quejas:

Órgano Interno de Control en
el IMPI

5624-04-12 ó 13
(directo)

5624-04-00 (conmutador)

Extensiones: 11028 y
11234.

Fax: 56-24-04-35

Correo electrónico:
quejanet@impi.gob.mx

Para cualquier aclaración, duda y/o
comentario con respecto a este trámite,
sírvase llamar al Sistema de Atención
Telefónica a la Ciudadanía-SACTEL a los
teléfonos: 20002000 en el D.F. y área
metropolitana, del interior de la República sin
costo para el usuario al 01-800-11205-84 o desde Estados
Unidos y Canadá al 1-800-475-23-93.

Número telefónico del responsable del
trámite para consultas: 53 34 07 00 extensiones
10098 y 10026.

Página 2 de 2

IMPI-00-009

 

 

Autor:

Valeria Isabel Guerrero
Mejía

 

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[1] -6 Artículo “Las
Patentes”, www. publicaris.com, Sección Ventajas y
Desventajas.

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