- Introducción
- Requisitos para
registrar una patente - Costos por dar de
alta una patente 3 - Lo que es
patentable - Publicación
de la solicitud de patente - Ventajas de
patentar 5 - Desventajas de
patentar 6 - Conclusión
- Bibliografía
- Anexos
Introducción
Las patentes son muy importantes, ya que en la
actualidad se ha presentado demasiados casos de plagio y
piratería; patentando nuestras invenciones aseguramos que
eso no nos suceda en un futuro.
PATENTES
¿QUÉ SON LAS PATENTES?
Una patente es un conjunto de derechos
exclusivos concedidos por un Estado a un inventor
o a su cesionario, por un período limitado de tiempo a
cambio de la divulgación de
una invención.
Requisitos para
registrar una patente
Novedad: Se considera nuevo, todo aquello que
no se encuentre en el estado de la técnica, es decir,
en el conjunto de conocimientos técnicos que se han
hecho públicos mediante una descripción oral o
escrita.Actividad Inventiva: Es el proceso creativo
cuyos resultados no se deduzcan del estado de la
técnica en forma evidente para un técnico en la
materia.Aplicación Industrial: Es la
posibilidad de ser producido o utilizado en cualquier rama de
la actividad económica.
PROCESO DE REGISTRO DE UNA PATENTE
PASO 1: PAGO DE LA TARIFA
Para realizar el pago, se deberá de presentar el
Formato Electrónico para Pago de Servicios (FEPS) y
línea de captura, los cuales se podrán generar
siguiendo las instrucciones que se indican en el portal
"PASE":
PASO 2: SOLICITUD INICIAL.
Pagará la tarifa por concepto de
presentación de la solicitud inicial y la prioridad, en
caso de reclamarla.
PASO 3: EXPEDICIÓN DE TÍTULO, DE
PATENTE O DE REGISTRO
Al recibir por escrito el oficio de procedencia de
otorgamiento de derechos (CITA A PAGO), el solicitante
deberá cumplir con los requisitos de pago por
expedición de título, anualidades y, en su caso,
presentación de figuras dentro de los plazos inicial y
adicional previstos en los Arts. 57 y 58 de la Ley de la
Propiedad Industrial. En caso de incumplimiento se
considerará el abandono de la solicitud.
1. www.economia.gob.mx
2. www.impi.gob.mx
PASO 4: PRESENTACION DE LA SOLICITUD DE REGISTRO DE
PATENTES
Toda presentación de una solicitud de registro
debe contener ciertos lineamientos, los cuales es esencial que el
interesado las conozca; dichas partes son:
PARTES DE LA SOLICITUD
DESCRIPCION
La función más importante de la
descripción consiste en divulgar la invención, es
decir, deberá hacerse en forma suficientemente completa y
clara para cumplir con dos propósitos: que sea posible
evaluar la invención y como lo establece el
artículo 47 de la Ley de la Propiedad
Industrial
REIVINDICACIONES
Las reivindicaciones son las características
técnicas esenciales de una invención, para las
cuales se reclama la protección legal mediante la
solicitud de patente o modelo de utilidad. En el caso de una
patente concedida, las reivindicaciones aprobadas determinan el
alcance de la protección legal otorgada.
RESUMEN DE LA INVENCIÓN
El resumen de un documento de patente o modelo de
utilidad es un enunciado breve y conciso de su desarrollo
técnico. Deberá ser una herramienta útil y
eficiente en la búsqueda de información en un campo
particular de la técnica y no excederá de 200
palabras. Podrá contener fórmulas químicas,
matemáticas y tablas y deberá estar dirigido hacia
la novedad en el campo al que pertenece la
invención.
DIBUJOS
Los dibujos cumplen con el mismo objetivo de la
descripción, tanto para la divulgación de la
invención como para la interpretación de las
reivindicaciones. Un dibujo es la expresión gráfica
que ayuda a describir y comprender mejor una
invención.
REQUISITOS DE LAS HOJAS DE LA
PRESENTACION
Las hojas que contengan la descripción, las
reivindicaciones, el resumen y los dibujos deberán
ordenarse y numerarse consecutivamente y cumplir los siguientes
requisitos:
1) Utilizar papel blanco tipo Bond de 36 Kg.
2) Ser legibles de tal manera que puedan reproducirse
por fotografía, procedimientos electrónicos, offset
o microfilme.
3) Ser de formato rectangular de 21.5 x 28 cm.
(tamaño carta).
4) Utilizarse sólo por un lado y en sentido
vertical.
5) Tener los siguientes márgenes en blanco:
mínimo de 2 cm. en el superior, en el inferior y en el
derecho y de 2.5 cm en el izquierdo. Máximo de 4 cm. en el
superior e izquierdo y de 3 cm. en el derecho y el
inferior.
6) Las hojas que contengan los dibujos deberán
presentarse sin marco y tendrán una superficie utilizable
que no excederá de 17.5 x 24.5 cm.
7) La descripción, las reivindicaciones y el
resumen deberán ordenarse y numerarse consecutivamente,
con números arábigos colocados en el centro de la
parte superior o inferior de las hojas, sin invadir los
márgenes especificados. Después del resumen, se
incluirán los dibujos, pudiendo numerar por separado las
hojas.
8) No presentar arrugas, rasgaduras o
enmendaduras.
9) Estar razonablemente exentas de borraduras y no
contener correcciones, tachaduras, o interlineaciones.
La escritura de los textos de la descripción, las
reivindicaciones y el resumen deberá:
1) Ser mecanografiada o impresa.
2) Hacerse con un espacio entre líneas de 1 1/2 o
doble espacio y numerar al margen izquierdo, por lo menos de 5 en
5 los renglones de cada hoja.
3) Hacerse con caracteres cuyas mayúsculas no
sean inferiores a 0.21 cm de alto y de color negro e
indeleble.
PASO 5:
Una vez presentada la solicitud se procede a la
realización del examen de forma para verificar que los
documentos e información necesarios según la Ley de
la Propiedad Industrial estén debidamente integrados en el
expediente de la solicitud de patente (artículo 50 de la
Ley de la Propiedad Industrial). Después de la
publicación en el caso de las patentes, se procede a la
realización del examen de fondo, el cual permite constatar
que la invención sea patentable, siendo nueva, resultando
de una actividad inventiva y aplicable en la industria o en el
comercio. Si la solicitud reúne los requisitos de
patentabilidad establecidos en la Ley de la Propiedad Industrial,
se notifica al solicitante para que proceda a efectuar el pago de
la tarifa por expedición del título y las cinco
primeras anualidades, en su caso.
Para un trámite fluido, es importante que se
entregue la documentación completa y correcta de la
Solicitud de Patente y Registro de Modelos de Utilidad tomando en
cuenta que el IMPI tiene un plazo de hasta 3 meses para emitir
una primera respuesta que corresponde al Examen de Forma de la
solicitud; un plazo de hasta 18 meses para efectos de
publicación en la gaceta de solicitudes de patentes que
hayan acreditado el Examen de Forma, contados a partir de la
fecha de presentación o en su caso, de la fecha de
prioridad reconocida.
Costos por dar de
alta una patente 3
| PATENTES |
| ||||||
| Conforme al Título Segundo de la |
| ||||||
Artículo | Concepto | Tarifa | ||||||
1 | Por los servicios que presta el Instituto en |
| ||||||
1a | Por la presentación de solicitudes de | $7,172.92 | ||||||
1 b | Por la entrada a la fase nacional de una solicitud | $5,711.14 | ||||||
1 c | Por la entrada a la fase nacional de una solicitud | $3,737.75 | ||||||
1 d | Por publicación anticipada de la solicitud | $1,084.72 | ||||||
1 e | Por la expedición del título de | $2,911.88 | ||||||
1 f | Por el cambio de texto o dibujos de una patente | $765.77 | ||||||
2 | Por cada anualidad de conservación de los |
| ||||||
2a | De la primera a la quinta, por cada | $1,055.18 | ||||||
2 b | De la sexta a la décima, por cada una, | $1,282.78 | ||||||
2 c | A partir de la décimo primera, por cada | $1,517.47 | ||||||
3 | Por el estudio de una solicitud de licencia | $2,864.85 | ||||||
4 | Por el estudio de la solicitud de | $2,422.16 | ||||||
5 | Por la transformación de una solicitud de | $2,668.71 | ||||||
6 | Por la reconsideración interpuesta en | $2,665.54 |
VIGENCIA DEL DERECHO
Una patente otorga a su titular el derecho exclusivo de
explotación por un período de 20 años y de
10 para los registros de modelos de utilidad, a cambio de que se
le dé a conocer a la sociedad estos
conocimientos.
Lo que es
patentable
Artículo 46. Serán patentables la
invenciones que sean nuevas, resultado de una actividad inventiva
y susceptible de aplicación industrial, en los
términos de esta Ley EXCEPTO: Los procesos esencialmente
biológicos para la reproducción y
propagación de plantas y animales. El material
biológico y genético tal como se encuentran en la
naturaleza. Las razas animales. El cuerpo humano y las partes
vivas que lo componen y las variedades vegetales.
La Ley de la Propiedad Industrial especifica las
invenciones que como tales no son patentables.
Las variedades vegetales se protegen a través de
la Ley Federal de Variedades Vegetales.
Cuando se solicite una patente después de hacerlo
en otros países se podrá reconocer como
fecha de prioridad la de presentación en aquel
que lo fue primero, siempre que se presente en México
dentro de los plazos que determinen los Tratados Internacionales
o, en su defecto, dentro de los doce meses siguientes a la
solicitud de patente en el país de origen.
RELATIVO A: ARTÍCULO FRACCIÓN CONTENIDO
NOTAS
Artículo 40. Para reconocer la prioridad a
que se refiere el artículo anterior se deberán
satisfacer los requisitos siguientes:
Que al solicitar la patente se reclame la prioridad y se
haga constar el país de origen y la fecha de
presentación de la solicitud en ese
país.
Que la solicitud presentada en México no pretenda
el otorgamiento de derechos adicionales a los que se deriven de
la solicitud presentada en el extranjero.
Si se pretendieren derechos adicionales a los que se
deriven de la solicitud presentada en el extranjero considerada
en s u conjunto, la prioridad deberá ser sólo
parcial y referida esta solicitud. Respecto de las
reivindicaciones que pretendieren derechos adicionales, se
podrá solicitar un nuevo reconocimiento de prioridad, y
que dentro de los tres meses siguientes a la presentación
de la solicitud, se cumplan los requisitos que señalen los
Tratados Internacionales, esta Ley y su Reglamento.
Publicación de la solicitud de
patente
ARTÍCULO 52. La publicación de la
solicitud se hará lo antes posible después de 18
meses a partir de la fecha de presentación, o antes a
petición del interesado. Las solicitudes de modelos de
utilidad no se publican, sin embargo, eso no las exime del examen
de forma. Para la publicación anticipada deberá
cubrirse el pago de la tarifa correspondiente y tener el examen
de forma satisfecho.
EXAMEN DE FORMA
ARTÍCULO 50. Presentada la solicitud, el
Instituto realizará un examen de forma de la
documentación y podrá requerir que se precise o
aclare en lo que considere necesario, o se subsanen sus
omisiones. De no cumplir el solicitante con dicho requerimiento
en un plazo de dos meses, se considerará abandonada la
solicitud.
El interesado tendrá un plazo adicional de dos
meses para cumplir los requisitos a que se refieren los
artículos 44, 50, 55 y 57 de la Ley de la Propiedad
Industrial, sin que exista de por medio solicitud y comprobando
el pago de la tarifa que corresponda al mes en que se dé
cumplimiento.
Las personas que se encuentren dentro de los
supuestos a que se refiere el párrafo anterior
deberán pagar únicamente el 50% de los montos
fijados, acompañando además del comprobante de
pago, cualquiera de los siguientes documentos:
I.- Copia simple de la cédula de micro
industria expedida por la Secretaría de
Economía.
II.- Copia simple de la declaración anual
de Impuestos Sobre la Renta del ejercicio fiscal inmediato
anterior a aquel en que se efectúe el pago de la tarifa
correspondiente, en la que conste que se encuentra en alguno de
los supuestos antes mencionados.
III.- Un escrito que contenga su
declaración, o la de su representante legal, bajo protesta
de decir verdad, que se encuentra en alguno de los supuestos
citados.
Para que proceda la inscripción de la
transmisión de derechos a un tercero que no se ubique en
alguno de los supuestos previstos en esta disposición,
éste deberá cubrir el 50% restante de las cuotas de
la tarifa vigente no cubierta inicialmente por el
cedente.
Asimismo, a partir de dicha transmisión, el
cesionario deberá cubrir las cuotas por la
conservación de su derecho en los términos
previstos en la Segunda Disposición General de la
Tarifa.
Ventajas de
patentar 5
Impedir que terceros paralicen tu
producto. La presentación de una patente evita que
otros puedan obtener a su vez otra patente posterior sobre
una solución equivalente, con lo que se impide que en
el [1]futuro alguien pueda reclamar e impedir
al primer inventor el uso de su solución,
independientemente de que la patente se le conceda o
no.Herramienta de marketing. El
tener una patente prestigia el producto, a su
comercializador, a su fabricante y a los inventores. Leyendas
como "Patent pending" "producto patentado", son reconocidas
por los consumidores como señal de calidad y
exclusividad.Efecto disuasorio. Anunciar que
un producto está patentado genera en la competencia
una reacción de precaución. Muchos competidores
al ver que está patentado descartarán esa
línea de producto. Otros indagarán para
localizar la patente y a la vista de la misma
analizarán las posibilidades de buscar una
alternativa.Hay que tener en cuenta que la duración
mínima del trámite de una patente es dos
años, y se puede alargar hasta los 4 ó 5 en el
caso de la Patente Europea por lo que durante este tiempo
nadie tendrá la seguridad de si la patente se va a
conceder y si, por lo tanto, puede copiar esa solución
o no, siendo generalmente tiempo suficiente para introducir
un producto en el mercado y crear una marca que lo posicione
preferentemente respecto al resto de competidores, aunque la
patente finalmente no se conceda.Otorgar licencias. La patente
como activo que es, se puede licenciar a terceros y es la
vía para conseguir que un producto llegue allá
donde nuestra empresa no es capaz de llevarlo. La patente es
una herramienta básica para transmitir un conocimiento
y regularlo, ya que en ella se condensa bien desarrollado lo
principal de una solución dejando claro qué
pertenece a ella y qué no.
Desventajas de
patentar 6
En su contra la patente presenta una
desventaja aparte de la propia implícita de que la misma
se vaya a publicar. Esta desventaja es que implica una
inversión, y aunque a nivel nacional es controlada,
si la pretensión es de una extensión internacional
los costes son elevados. No obstante cada vez más la
Administración dispone de subvenciones para ayudar a los
empresarios en la extensión de sus patentes, entendiendo
esta actividad fundamental para el desarrollo de la
economía de un país.
Conclusión
En base a lo investigado y aprendido por este trabajo,
puedo decir que el proceso de registro de una patente es muy
sencillo, la papelería que se solicita al interesado es
muy simple; el único inconveniente que se puede presentar
es que es un poco costoso; pero vale la pena pagar una suma de
dinero a cambio de que nuestra invención esté
segura.
De igual manera debemos cuidar nuestro derecho y renovar
cada vez que sea necesario, para poder seguir gozando de nuestro
seguro de patente.
Bibliografía
Patentes
http://www.impi.gob.mx/wb/IMPI, SECCIÓN PATENTES,
GUIA DE USUARIO
Formato de patentes
http://www.impi.gob.mx/wb/IMPI, FORMATO DE REGISTRO DE
PATENTES
Costos
http://www.impi.gob.mx/wb/IMPI, TABLA DE COSTOS POR
PATENTES
GUIA DE USUARIO DE PATENTES, INSTITUTO FEDERAL DE
PROPIEDAD INDUSTRIAL, FORMATO PDF.
TEMAS:
Patentes
Definición
Requisitos de patentar
Registro de patente
Presentación de la solicitud
Partes de la solicitud
Hojas de presentación
Reglamento
Ventajas y desventajas de patentar
www. publicaris.com, ARTÍCULO "LAS
PATENTES", SECCIÓN VENTAJAS Y DESVENTAJAS.
Anexos
7.
Consideraciones generales para |
– Este formato es de distribución gratuita. – Debe llenarse en idioma español, – El formato de solicitud por duplicado, – También podrá remitirse la – Los documentos anexos redactados en idioma – Los documentos anexos provenientes del |
– En el formato de solicitud marque con una X en |
– En caso de Registro de Diseño Industrial |
– La denominación o título debe ser |
– Si la invención fue divulgada dentro de |
– En la solicitud de invención que sea |
– El derecho de reclamar la prioridad sólo |
– País donde se presentó por primera |
– En el listado de documentos que se anexan |
Trámite al que corresponde |
Número de Registro Federal |
Fecha de autorización de la |
Fecha de autorización de la |
Fundamento |
Ley de la Propiedad Industrial. Arts. 38-47, 50, |
Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial. |
Acuerdo que establece las reglas para la |
Acuerdo por el que se da a conocer la tarifa por Acuerdo por el que se da a conocer la lista de Acuerdo por el que se establecen reglas y Acuerdo por el que se dan a conocer los horarios |
Documentos anexos: |
Solicitud de Patente y Registro de |
– Comprobante de pago de la tarifa |
– Descripción, reivindicación, |
– Solicitud de Registro de Diseño |
– Comprobante de pago de la tarifa |
– Descripción, |
– Documentos adicionales que |
– Constancia de depósito de |
– Acreditación de personalidad |
– Acreditación del poderdante en el caso de |
– Documento donde se acredita el |
– Documento comprobatorio de |
– Documento de prioridad y su traducción, |
– Escrito solicitando el descuento del 50%, cuando |
Criterios de resolución del |
-Presentar toda la |
-Será suficiente el cumplir |
Tiempo de |
El plazo máximo de primera |
Número telefónico | |
Órgano Interno de Control en 5624-04-12 ó 13 5624-04-00 (conmutador) Extensiones: 11028 y Fax: 56-24-04-35 Correo electrónico: | Para cualquier aclaración, duda y/o |
Número telefónico del responsable del trámite para consultas: 53 34 07 00 extensiones 10098 y 10026. |
Página 2 de 2 | IMPI-00-009 |
Autor:
Valeria Isabel Guerrero
Mejía
[1] -6 Artículo “Las
Patentes”, www. publicaris.com, Sección Ventajas y
Desventajas.