Introducción
En la vida cotidiana nos enfrentamos a un sinfín
de situaciones en las cuales las personas tienen sus propios
intereses los cuales se enfocan en hacerlos realidad, un
niño que siempre ha querido ser bombero, una niña
que sueña con su boda soñada, un sinfín de
situaciones en las cuales el principal objetivo es la
autorrealización.
En la vida laboral también tenemos metas,
objetivos y tareas que queremos desarrollar ya sea por un
proyecto o por iniciativa propia pero todos tenemos la necesidad
de llevar a cabo esos planes.
Ahora pensando que en la vida tenemos metas imaginemos
la vida de un estudiante que está muy interesado en su
área de interés y comienza a desarrollar digamos
un sistema, lo diseña, lo construye y desea
implementarlo y lo lleva a una compañía cercana que
le paga muy bien su producto, el estudiante se va muy satisfecho
ya que cumplió su objetivo "desarrollar algo y poder verlo
que sea utilizado", pero la compañía le paga una
cantidad digamos moderada, a pesar de que el sistema tiene muchas
cosas de utilidad. La compañía ve el potencial en
el producto y como el joven estudiante no tomo las precauciones
de registrar su producto la compañía decide
aprovecharse del descuido y comienza a comercializar su producto
a un precio 3 veces mayor que lo que le costó y al joven
estudiante no le pagan lo que le corresponde.
Patentes
2.1.- ¿Qué es una
patente?
La patente es el privilegio que concede el Estado a una
persona física o moral para producir o utilizar en forma
exclusiva y durante 2O años una invención (producto
o proceso) que haya sido desarrollada por dicha
persona.
2.2.- ¿Qué es una
invención?
Es toda creación humana que permita, en la
práctica, transformar la materia o la energía para
su aprovechamiento con la finalidad de satisfacer alguna
necesidad o para dar solución a un problema técnico
determinado o que contribuya a mejorar el estado de la
técnica.
2.3.- ¿Qué es un modelo de
utilidad?
Se consideran modelos de utilidad los objetos,
utensilios, aparatos o herramientas que, como resultado de una
modificación en su disposición,
configuración, estructura o forma, presenten una
función diferente respecto de las partes que lo integran o
ventajas en cuanto a su utilidad.
Protección
3.1.- Modos de protección
Todas aquellas creaciones novedosas de aplicación
industrial, como las mejoras a una máquina, a un producto
o proceso, o el diseño de un nuevo equipo, entre otras
actividades de desarrollo, son protegibles.
a) Invenciones:
Otorgamiento de patentes de
invenciónRegistro de modelos de utilidad
Registro de diseños industriales (dibujos y
modelos) yRegistro de esquemas de trazado de circuitos
integrados
b) Marcas y otros signos distintivos:
Registro de marcas
Registro de marcas colectivas
Registro de avisos comerciales
Publicación de nombres comerciales
yDeclaración de protección de
denominación de origen
3.2.- Condiciones de Patentibilidad
Novedad | Se considera nuevo, todo aquello que no se | A nivel mundial |
Actividad Inventiva | Es el proceso creativo cuyos resultados no se | Que las innovaciones no sean obvias alguien con conocimiento en el |
Aplicación | Es la posibilidad de ser producido o utilizado en | Que la invención pueda ser producida o |
3.3.- Que no se considera como
invención
No se considerarán invenciones:
Los principios teóricos o
científicos.Los descubrimientos que consistan en dar a conocer o
revelar algo que ya existía en la naturaleza,
aún cuando anteriormente fuese desconocido para el
hombre.Los esquemas, planes, reglas y métodos para
realizar actos mentales, juegos o negocios y los
métodos matemáticos.Los programas de computación.
Las formas de presentación de
información.Las creaciones estéticas y las obras
artísticas o literarias.Los métodos de tratamiento quirúrgico,
terapéutico o de diagnóstico aplicable al
cuerpo humano y los relativos a animales.La yuxtaposición de invenciones conocidas o
mezclas de productos conocidos, su variación de forma,
de dimensiones o de materiales, salvo que en realidad se
trate de su combinación o fusión de tal manera
que no puedan funcionar separadamente o que las cualidades o
funciones características de las mismas sean
modificadas para obtener un resultado industrial no obvio
para un técnico en la materia.
3.4.- Que no se puede patentar
Lo que la ley no considera patentable son:
Los procesos esencialmente biológicos para la
producción, reproducción y propagación
de plantas y animales.El material biológico y genético, tal
como se encuentra en la naturaleza.Las razas animales.
El cuerpo humano y partes vivas que lo
componen.Las variedades vegetales.
La Ley
4.1- Aspectos legales de la propiedad
intelectual
Ley de la Propiedad Industrial. Arts. 38-47, 50, 52,
54 53, 55,-61 (D.O.F. 27-VI-91, (D.O.F. 27-VI-91, reformats
D.O.F. 02-VIII-94; 25-X-96, 26-XII-97, 17-V-99, 26-I-04,
16-VI-05, 25-I-06, 06-V-09 y 06-I-2010).Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.
Arts. 5-8, 16, 24-39, 43, 45 y 46. (D.O.F. 23-XI-94, reformas
D.O.F. 10-IX-02 y 19-IX-03).Acuerdo por el que se establecen las reglas para la
presentación de solicitudes ante el Instituto Mexicano
de la Propiedad Industrial. Arts.3-10 y 34 (D.O.F.14-XII-94,
reforma 22-III-99, 14-XII-00, 20-VI-03 y
11-VII-03).Acuerdo por el que se da a conocer la tarifa por los
servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial. Art. 1 inciso a); 9, inciso a) y demás
aplicables (D.O.F. 23-VIII-95, reformas 28-XII-95, 10-XII-96,
2-V-97, 4-V-98 y 23-II-99, 11-X-00, 17-X-01, 13-XI-01,
24-XII-01, 27-II-02, 14-III-02 , 14-XI-02, 04-II-03, 8-X-03,
27-X-04, 23-III-05, 13-IX-07, 23-II-09, 10-VIII-09 y
24-VIII-09).Acuerdo por el que se da a conocer la lista de
instituciones reconocidas por el Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial para el depósito de material
genético (D.O.F. 30-V-97).Acuerdo por el que se establecen reglas y criterios
para la resolución de diversos trámites ante el
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Art. 4-18
(D.O.F. 9-VIII-04).Acuerdo por el que se dan a conocer los horarios de
trabajo del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
Art. 3 y 6 (D.O.F. 31-III-99).
Trámites
5.1.- Que documentos se deben
presentar
Formato de la solicitud con firma
autógrafa.Comprobante de pago de la tarifa correspondiente de
$8,714.00, (incluye I.V.A.), – 50% de descuento cuando la
solicitud sea presentada por inventores, personas
físicas, por micro o pequeñas industrias, por
instituciones de educación superior públicas o
privadas o por instituciones de investigación
científica y tecnológica del sector
público.Descripción de la Patente.
Reivindicaciones.
Resumen.
Dibujos, si los hay.
En su caso Poder, Cesión, etc.
5.1.1.- Descripción
Ddeberá hacerse en forma suficientemente completa
y clara para cumplir con dos propósitos: que sea posible
evaluar la invención y como lo establece el
artículo 47 de la Ley de la Propiedad Industrial, "para
poder guiar su realización por una persona que posea
pericia y conocimientos medios en la materia".
Elementos que incluye
Esfera de la tecnología a la que aplica;
fabricación de, o proceso para, o procedimiento,
etc.El estado de la técnica conocida; se conoce
el proceso de fabricación u obtención de
…La divulgación de la invención; la
invención consiste en…Descripción de los dibujos; hacer referencia
y explicar sus partes)La mejor manera o método conocido para
ejecutar la invención y …Las posibilidades de utilización o
aplicación; los procesos o productos pueden utilizarse
o emplearse en…
5.1.2.- Reivindicaciones
Características técnicas esenciales de una
invención, para las cuales se reclama la protección
legal mediante la solicitud de patente o modelo de utilidad. En
el caso de una patente concedida, las reivindicaciones aprobadas
determinan el alcance de la protección legal
otorgada.
Reglas
El número de las reivindicaciones
deberá corresponder a la naturaleza de la
invención.Cuando se presentan varias reivindicaciones, se
numerarán en forma consecutiva con números
arábigos.No deberán contener referencias a la
descripción o a los dibujos, salvo que sea
absolutamente necesario.Deberán redactarse en función de las
características técnicas de la
invención
NOTA: Existen más reglas pero estas son
las que se considerar más relevantes
5.1.3.- Resumen de la
invención.
El resumen de un documento de patente o modelo de
utilidad es un enunciado breve y conciso de su desarrollo
técnico. Deberá ser una herramienta útil y
eficiente en la búsqueda de información en un campo
particular de la técnica y no excederá de 200
palabras.
5.1.4 Reglas para formularlo
I. Deberá comprender:
a) Una síntesis basada en la
descripción, reivindicaciones y dibujos. La
síntesis indicará el sector técnico al que
pertenece la invención y deberá redactarse en tal
forma que permita una comprensión del problema
técnico, de la esencia de la solución de ese
problema mediante la invención y del uso o usos
principales de la misma, y
b) En su caso, la fórmula química
que, entre todas las que figuren en la descripción y en
las reivindicaciones, caracterice mejor la
invención;
II. Deberá ser tan conciso como la
divulgación lo permita, pero su extensión
preferentemente, no deberá ser menor a cien palabras ni
mayor a doscientas;
III. No contendrá declaraciones sobre los
presuntos méritos o el valor de la invención
reivindicada, y
IV. Cada característica técnica
principal mencionada en el resumen e ilustrada mediante un
dibujo, podrá ir acompañada de un signo de
referencia entre paréntesis. El resumen deberá
referirse al dibujo más ilustrativo de la
invención.
5.1.5.- Dibujos
Los dibujos cumplen con el mismo objetivo de la
descripción, tanto para la divulgación de la
invención como para la interpretación de las
reivindicaciones. Un dibujo es la expresión gráfica
que ayuda a describir y comprender mejor una
invención.
5.2.- Como llenar una solicitud
Debe llenarse en idioma español,
preferentemente a máquina. No obstante, podrá
presentarse con letra de molde, siempre que la solicitud sea
legible. La información de la solicitud debe ser
requisitada toda por el mismo medio, sin tachaduras ni
enmendaduras.El formato de solicitud por duplicado,
debidamente requisitado y firmado en todos sus ejemplares,
así como sus documentos anexos, deben presentarse en
la Coordinación Departamental de Recepción y
Control de Documentos de la Dirección Divisional de
Patentes del Instituto Mexicano de la PropiedadIndustrial, con domicilio en Arenal #
550, Pueblo Santa María Tepepan, Delegación
Xochimilco, C.P. 16020, México, D.F., con horario de
atención de 8:45 a 16:00 horas de lunes a viernes o en
la ventanilla de las Oficinas Regionales del IMPI o las
Delegaciones o Subdelegaciones Federales de la
Secretaría de Economía.También podrá remitirse
la solicitud por correo, servicios de mensajería u
otros equivalentes o, en su caso, presentarse por
transmisión telefónica facsimilar, en los
términos previstos en el artículo 5o. del
Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.Los documentos anexos redactados en
idioma distinto al español deberán
acompañarse de la traducción
correspondiente.Los documentos anexos provenientes del
extranjero, cuando proceda, deberán acompañarse
de la legalización o, en su caso, apostilla
correspondiente.En el formato de solicitud marque con
una X en el recuadro la solicitud que desea
presentar.En caso de Registro de Diseño
Industrial señale además si se trata de un
modelo o un dibujo.La denominación o título
debe ser connotativa de la invención.Si la invención fue divulgada
dentro de los doce meses previos a la fecha de
presentación de la solicitud, indique la fecha de
divulgación y anexe la información
comprobatoria que marca el Reglamento de la Ley de la
Propiedad Industrial.En la solicitud de invención que
sea divisional de una solicitud previamente presentada,
deberá proporcionar el número de expediente, la
figura jurídica y la fecha de presentación de
dicha solicitud.El derecho de reclamar la prioridad
sólo tiene lugar si la presente solicitud ha sido
previamente presentada en algún país miembro
del Convenio de París para la Protección de la
Propiedad Industrial. Proporcionar los siguientes
datos:País donde se presentó
por primera vez la solicitud, fecha y número asignado
a la solicitud en dicho país.En el listado de documentos que se anexan mencione
el total de hojas que comprende cada documento y al final el
total de hojas
5.3.- Costos
Solicitud ?$8,714.00, (incluye I.V.A.)
Título de patente ?$3,183.00, (incluye
I.V.A.)
5.4.- ¿Qué documentos se
necesitan?
Formato de la solicitud con firma
autógrafa.Comprobante de pago de la tarifa correspondiente de
$8,714.00, (incluye I.V.A.), – 50% de descuento cuando la
solicitud sea presentada por inventores, personas
físicas, por micro o pequeñas industrias, por
instituciones de educación superior públicas o
privadas o por instituciones de investigación
científica y tecnológica del sector
público.Descripción de la Patente.
Reivindicaciones.
Resumen.
Dibujos, si los hay.
En su caso Poder, Cesión, etc.
5.5.- Procedimiento que lleva la
solicitud
Los procedimientos que lleva la solicitud de una patente
son:
Presentar la solicitud
el IMPI realiza un examen de forma de la
documentacióndespués de un plazo de 18 meses, contados a
partir de la fecha de presentación, o en su caso, de
la fecha de prioridad reivindicada se publica la solicitud de
patente.se procede al examen de fondo
si es otorgada la patente, se procede a la
expedición del títulocubrir el pago de la tarifa correspondiente de
$3,183.00, (incluye I.V.A.)
5.5.- Pagos de tarifas
Presentar el Formato Electrónico para Pago de
Servicios (FEPS) y línea de captura, los cuales se
podrán generar siguiendo las instrucciones que se indican
en el portal "PASE", que se encuentra en la
Página web del IMPI
www.impi.gob.mx:
Solicitud inicial. Pagará la tarifa por
concepto de presentación de la solicitud inicial y la
prioridad, en caso de reclamarla.Reposición de Documentos. En caso de que se
le pida cumplir con algún requisito o de que presente
enmienda voluntaria, deberá pagar la tarifa
correspondiente.Prórroga de 1 o 2 meses. Pagará la
tarifa que corresponda sólo si utiliza el plazo
adicional a los dos meses iníciales.Expedición de título, de patente o de
registro. Al recibir por escrito el oficio de procedencia de
otorgamiento de derechos (CITA A PAGO), el solicitante
deberá cumplir con los requisitos de pago por
expedición de título, anualidades y, en su
caso, presentación de figuras dentro de los plazos
inicial y adicional previstos en los Arts. 57 y 58 de la Ley
de la Propiedad Industrial. En caso de incumplimiento se
considerará el abandono de la solicitud.Pago de Anualidades. Conforme a lo establecido en la
tarifa, con el pago que ampare la expedición del
título, se considerarán cubiertas las
anualidades a partir de la fecha de presentación
hasta, e inclusive, el año calendario inmediato
anterior la fecha en que se conceda la patente o
registro.Al momento de efectuar el pago correspondiente a la
expedición del título se deberán enterar
también las anualidades correspondientes a ese
año calendario (considerando de mes a mes) y las de
los cuatro siguientes.Los inventores independientes, micro y
pequeñas empresas podrán optar por el pago
anual.Los pagos por concepto de anualidades se
efectuarán por quinquenios anticipados y por
año calendario completo, independientemente de la
fecha de presentación de las solicitudes, de
expedición del título respectivo, de la
caducidad o de la vigencia del derecho.Se podrán pagar dos o más quinquenios
en forma anticipada. Las anualidades deberán enterarse
dentro del mes que corresponda al aniversario de la fecha de
presentación de la solicitud. Los inventores, micro y
pequeñas empresas y centros e institutos de
investigación y universidades podrán optar por
pagar solo una anualidad.Caducidad y Rehabilitación. El
artículo 80 de la Ley de la Propiedad Industrial
establece que las patentes y los registros CADUCAN, es decir,
los derechos que amparan caen en el dominio público
por no cubrir el pago (anualidades) a que están
sujetos en el tiempo que fije la referida tarifa. Dicho
artículo en su fracción II, otorga un
período de gracia de 6 meses adicionales para dicho
pago y el artículo 81 establece la
rehabilitación dentro de los 6 meses siguientes al
período de gracia, haciendo la solicitud por escrito y
pagando las tarifas por la anualidad y su
actualización, la rehabilitación y los recargos
correspondientes. Transcurrido este plazo, es decir, 12 meses
adicionales al plazo para pagar la anualidad, caduca la
patente o registro, pasando al dominio
público.Otros pagos. También se pagarán las
tarifas para:Expedición de copias simples y certificadas y
compulsa de documentos.Publicación anticipada de la solicitud de
patente.Inscripción de transmisión de
derechos, licencia de explotación, cambio de nombre,
denominación o razón social del solicitante, o
titular de una patente.Transformación de una solicitud de patente a
una de registro de modelo de utilidad o de diseño
industrial y viceversa.Presentación de solicitud de patente
divisional. Al dividir una solicitud de patente deberá
pagarse por cada una de ellas así como las prioridades
reclamadas.Búsquedas bibliográficas o de
información técnica de patentes nacionales y/o
extranjeras.Cambio de domicilio del titular.
Acreditamiento de nuevo apoderado o
mandatario.
Conclusión
Como aprendimos al durante el desarrollo de este
material, es importante conocer que el tramite es sencillo y
cualquier persona lo puede realizar, actualmente las leyes
están a nuestro favor para que podamos realizar cualquier
trámite poniendo a disposición de la sociedad los
tramites y sus respectivas guías de cómo llenarlo y
cuando aplicarlas, lo que dice la ley respecto a ese
trámite, sus respectivos costos incluso la manera correcta
del llenado de los formatos, la manera en que están
expresados es tan sencilla como cumplir una serie de pasos ya
establecidos.
En conclusión nosotros también podemos
hacer cualquier trámite que necesitemos sin la necesidad
de personas intermediarias que se pueden aprovechar de nuestra
buena voluntad y confianza para hacer algo indebido o
algún trámite que este incorrecto.
Anexos
Para mayor información puede acceder
a la siguiente liga
http://www.impi.gob.mx/wb/IMPI/coleccion_guias_de_usuarios_2
Bibliografía
Instituto Mexicano De Propiedad
Intelectual (IMPI)
Tríptico de patentes
Guía de usuario de patentes y
modelos de utilidad
Montemayor H.M (2006) Guía
para la investigación documental [2da ed]
México
Autor:
Erik Villegas