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Patentes




Enviado por Angelina Cantú



  1. Introducción
  2. Desarrollo
  3. Proceso para registrar una
    patente
  4. Tarifas
  5. Formatos
  6. Ventajas y desventajas
  7. Conclusión
  8. Bibliografía

Introducción

Con este trabajo se pretende dar el conocimiento a las
diferentes personas que tienen una idea o una nueva
invención y desean mantenerla como suya sin la
preocupación de que alguien pueda robársela y
publicarla como suya.

Además se hablará de los costos los
formatos y cuales son los requisitos para registrar una
invención como nuestras, si se llegase a necesitar una
guía para conocer que es lo que se hará, este
trabajo incluye datos obtenidos de la página oficial del
IMPI, la cual proporciona diferentes, pero específicas
ayudas para la elaboración de nuestras patentes, modelos
de utilidad y marcas.

Aquí se hablará en específico de
las patentes, ¿qué son?, ¿cuáles son
las invenciones patentables?, ¿qué es lo que se
protege?, ¿cuáles son los costos para dar de alta
una patente?, ¿cuáles son los formatos a llenar?,
¿cuáles son los beneficios de dar de alta una
patente?, ¿cuáles son las ventajas y desventajas de
las patente?

Así como también se verán que tipo
de invenciones se pueden patentar, cuales no y las condiciones
para patentar una invención.

Con este trabajo se pretende ayudar a los usuarios a que
si tienen la necesidad de patentar algo lo pueda hacer sin
ningún problema.

Desarrollo

Monografias.com

La patente es el derecho de exclusividad comercial de
fabricación, uso, distribución y venta que se
concede sobre una invención.

INVENCIÓN [6]

La invención es una novedad en el modo de hacer
las cosas. Puede ser un producto o un procedimiento.

INVENCIÓN PATENTABLE [6]

La invención solo podrá patentarse,
generalmente, si puede tener un uso práctico y es
realmente novedosa desde el punto de vista técnico, es
decir, que aporte algún elemento nuevo, un paso inventivo,
sobre el cuerpo de conocimiento medio del ámbito
técnico de la invención. Además debe
ajustarse a derecho en función de cada país en
cuanto a las restricciones locales que existen sobre la
imposibilidad de patentar teorías científicas,
procedimientos matemáticos, vegetales, animales,
tratamientos médicos, sustancias naturales y
métodos comerciales.

PROTECCIÓN [6]

La patente protege a su titular durante un
período, por lo general, de 20 años, durante los
cuales nadie podrá hacer uso de su derecho exclusivo sin
el debido consentimiento. El titular de la patente puede
licenciar a terceros para el uso de su invención por
acuerdo establecido libremente entre las partes. La patente
también puede cambiar de titular por acuerdo de
cesión o compra-venta. En cualquier caso cuando expira la
patente expiran también los derechos exclusivos del
titular sobre la invención que pasa al ámbito de
uso de dominio público.

DERECHO DEL TITULAR [6]

El cumplimiento de los derechos del titular de una
patente se hace respetar en los tribunales de justicia. En caso
de litigio las partes, de común acuerdo, pueden someterse
a la decisión de un arbitraje. La Organización
Mundial de la Protección Intelectual ofrece el Centro de
Arbitraje y Mediación de la OMPI.

UN BIEN COMUN A LARGO PLAZO [6]

Al contrario de lo que alguna gente piensa las patentes
están concebidas para generar avances tecnológicos
y calidad de vida a la humanidad. Su función es la de
animar las invención económicas en
investigación y desarrollo facilitado su viabilidad
económica con el derecho de explotación exclusivo
durante algunos años para que posteriormente pasen a ser
dominio público. Sin el registro de patentes muchas
invenciones serían celosamente guardadas y posiblemente
muchas de ellas se habrían a lo largo de la
historia.

LA CONCESION [6]

Las patentes son concebidas por las oficinas nacionales
o las supranacionales que trabajan para varios países,
como son las de Europa y África. Por el PCT (Tratado de
Cooperación en materia de Patentes) se acordó la
presentación de una única solicitud internacional
de patente por el cual se obtiene el mismo efecto que la
prestación de la patente en cada una de las oficinas
nacionales de los países en lo que se pretenda la
protección. El PCT es administrado por la OMPI
(Organización Mundial de la Protección
Intelectual).

LA SOLICITUD [6]

La solicitud de una patente debe comprender generalmente
el título de la invención, una referencia a su
ámbito técnico, los antecedentes sobre otras
patentes y una descripción de la invención objeto
de la patente con un lenguaje claro y suficientemente en detalle
para que alguien con conocimientos medios en su ámbito
técnico pudiera reproducirla y utilizarla. Además
deberá incluir, por lo general, diagramas, planos, dibujos
para una mejor comprensión de la invención.
También debe contener una o varias reivindicaciones para
determinar el alcance de la protección que se pretende
conseguir.

LA CONFIDENCIALIDAD [6]

Es muy importante no divulgar el detalle de una
invención que se pretenda patentar sin haber presentado
antes la solicitud de patente. Por lo general, en muchos
países se considerará que la patente carece de
novedad. En algunos países se otorga un plazo de gracia.
En los casos en los que sea necesaria la búsqueda de un
posible inversor o socio antes de presentar la solicitud, debe
recurrirse a un contrato de confidencialidad entre las
partes.

¿Cómo registrar una
invención?[1]

Con el propósito de orientar al público
usuario, el IMPI ha elaborado una colección de
Guías del Usuario, que tienen como propósito
difundir entre el público los diversos aspectos
relacionados con los trámites administrativos que se deben
efectuar para solicitar la protección de las invenciones a
través de la concesión de patentes, modelos de
utilidad, diseños industriales, etc.

Se puede solicitar la protección de una patente a
toda invención como: productos, procesos o usos de
creación humana que permitan transformar la materia o la
energía que existe en la naturaleza, para su
aprovechamiento por el hombre y que satisfaga sus necesidades
concretas, siempre y cuando cumplan con los siguientes
requisitos:

1.- NOVEDAD: Se considera nuevo, todo aquello que no se
encuentre en el estado de la técnica, es decir, en el
conjunto de conocimientos técnicos que se han hecho
públicos mediante una descripción oral o escrita,
por la explotación o por cualquier otro medio de
difusión o información, en el país o en el
extranjero.

2.- ACTIVIDAD INVENTIVA: Es el proceso creativo cuyos
resultados no se deduzcan del estado de la técnica en
forma evidente para un técnico en la materia.

3.- APLICACIÓN INDUSTRIAL: Es la posibilidad de
ser producido o utilizado en cualquier rama de la actividad
económica.

Proceso para
registrar una patente

Una solicitud de patente consta de una memoria
descriptiva de la invención, de ejemplos de cómo
llevarla a cabo, de dibujos y de un capítulo
reivindicatorio, que consta de las cláusulas que describen
la invención, y que serán las que describen el
objeto de la invención, y donde recae la protección
legal de la misma.

Se presenta en el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial, en su oficina central o en sus oficinas regionales,
llenando el formato de solicitud y presentado la memoria
descriptiva, para obtener una fecha de
presentación.

Toda solicitud de patente o de registro de diseño
industrial o modelo de utilidad debe tramitarse ante el IMPI,
puede ser tramitada por el propio solicitante o a través
de un apoderado legal. La solicitud debe ser sometida a un examen
de forma y a un examen de fondo. En promedio el trámite de
una patente, desde que ingresa la solicitud hasta que es emitido
un dictamen de conclusión, sea una concesión o una
negativa, es de 3 a 5 años. Para un diseño
industrial el tiempo promedio de 1 año y para un modelo de
utilidad de 2 años.

Tarifas

Monografias.com

Tarifas de
patentes
[1]

Es el costo por los servicios que presta el Instituto en
materia de patentes, certificado de invención,
diseños industriales y esquemas de trazado de circuitos
integrados. Los precios que aquí se muestran son en pesos
mexicanos y no incluyen IVA.

PATENTES

 

Artículo

Concepto

Tarifa

1

Por los servicios que presta el Instituto en
materia de patentes, se pagarán las siguientes
tarifas:

 

1a

Por la presentación de solicitudes de
patente, así como por los servicios a que se refiere
el artículo 38 de la Ley;

$7,172.92

1 b

Por la entrada a la fase nacional de una solicitud
de patente conforme al Capítulo I del Tratado de
Cooperación en materia de Patentes;

$5,711.14

1 c

Por la entrada a la fase nacional de una solicitud
de patente conforme al Capítulo II del Tratado de
Cooperación en materia de Patentes;

$3,737.75

1 d

Por publicación anticipada de la solicitud
de patente;

$1,084.72

1 e

Por la expedición del título de
patente, y

$2,911.88

1 f

Por el cambio de texto o dibujos de una patente
concedida para corregir errores imputables al solicitante,
así como para limitar la extensión de las
reivindicaciones, por cada vez que se solicite.

$765.77

2

Por cada anualidad de conservación de los
derechos que confiere una patente, se pagarán las
siguientes tarifas:

 

2a

De la primera a la quinta, por cada
una;

$1,055.18

2 b

De la sexta a la décima, por cada una,
y

$1,282.78

2 c

A partir de la décimo primera, por cada
una.

$1,517.47

3

Por el estudio de una solicitud de licencia
obligatoria o de modificación de sus
condiciones.

$2,864.85

4

Por el estudio de la solicitud de
rehabilitación de una patente caduca por falta de
pago oportuno de la anualidad correspondiente.

$2,422.16

5

Por la transformación de una solicitud de
patente a una de registro de modelo de utilidad o de
diseño industrial, o viceversa.

$2,668.71

6

Por la reconsideración interpuesta en
contra de una denegación de patente.

$2,665.54

PCT-EASY[1]

Sistema de Presentación Electrónica para
la Solicitud PCT

Al utilizar este software usted obtiene un descuento de
100 CHF (Francos Suizos) en la tasa internacional.

El Documento oficial sigue siendo el
papel, que corresponde al formulario PCT/RO/101.

Al presentar su CD debe adjuntar:

  • Descripción

  • Reivindicaciones

  • Resumen

  • Dibujos

  • Otros documentos en hoja A4

El programa de instalación lo puede descargar de
la siguiente dirección:

http://www.wipo.int/pct-safe/en/download/download_client.htm

Sistema de Información de la Gaceta de la
Propiedad Industrial (SIGA) [1]

La Gaceta de la Propiedad Industrial es el órgano
de información oficial del Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial mediante el cual se efectúa la
publicación legal de los actos de autoridad y se difunde
la información derivada de las patentes, registros,
declaratorias de notoriedad o fama de marcas, autorizaciones y
publicaciones concedidos y de cualesquiera otras referentes a los
derechos de propiedad industrial que le confiere el Estado
Mexicano en sus artículos 6º fracción X y
8º de la Ley de la Propiedad Industrial.

Proyecto Piloto sobre el Procedimiento Acelerado del
Patentes (PPH) [1]

  • Patente de Fiscalía de Programa
    Vial

  • Procedimiento Acelerado de Patentes entre el IMPI y
    KIPO

  • Procedimiento Acelerado de Patentes

Trámites de solicitudes de
invención

Trámites de solicitud de título de
patente

Para el trámite de solicitud de una patente, el
solicitante debe considerar previamente que para lograr patentar
una invención este debe cumplir con tres requisitos
fundamentales: Novedad, Actividad inventiva y
Aplicación Industrial.

En caso de considerar que su invención es
realmente novedosa e inventiva y desea hacer la solicitud de
patente, la documentación que se debe entregar es la
siguiente:

1.- Solicitud debidamente llenada y
firmada, en cuatro tantos.

2.- Comprobante del pago de la tarifa.
Original y 2 copias.

3.- Descripción de la
invención (por triplicado).

4.- Reivindicaciones (por
triplicado).

5.- Dibujo (s) Técnico (s) (por
triplicado), en su caso.

6.- Resumen de la descripción de la
invención (por triplicado).

VIGENCIA

La protección por patente es de 20 años
improrrogables y es de tipo territorial, es decir, solo es
válida donde se concede. No existe patente mundial o
internacional.

Formatos

Monografias.com

Monografias.com
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Consideraciones generales para
su llenado:

– Este formato es de distribución gratuita.
Se autoriza su libre reproducción, siempre y cuando
éste no sea alterado y sea presentado impreso su
anverso (Página 1) y reverso (Página 2) en
una sola hoja de papel blanco y en tamaño
oficio.

– Debe llenarse en idioma español,
preferentemente a máquina. No obstante, podrá
presentarse con letra de molde, siempre que la solicitud
sea legible. La información de la solicitud debe ser
requisitada toda por el mismo medio, sin tachaduras ni
enmendaduras.

– El formato de solicitud por duplicado,
debidamente requisitado y firmado en todos sus ejemplares,
así como sus documentos anexos, deben presentarse en
la Coordinación Departamental de Recepción y
Control de Documentos de la Dirección Divisional de
Patentes del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial,
con domicilio en Arenal # 550, Pueblo Santa María
Tepepan, Delegación Xochimilco, C.P. 16020,
México, D.F., con horario de atención de 8:45
a 16:00 horas de lunes a viernes o en la ventanilla de las
Oficinas Regionales del IMPI o las Delegaciones o
Subdelegaciones Federales de la Secretaría de
Economía.

– También podrá remitirse la
solicitud por correo, servicios de mensajería u
otros equivalentes o, en su caso, presentarse por
transmisión telefónica facsimilar, en los
términos previstos en el artículo 5o. del
Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.

– Los documentos anexos redactados en idioma
distinto al español deberán
acompañarse de la traducción
correspondiente.

– Los documentos anexos provenientes del
extranjero, cuando proceda, deberán
acompañarse de la legalización o, en su caso,
apostilla correspondiente.

– En el formato de solicitud marque con una X en
el recuadro la solicitud que desea presentar.

– En caso de Registro de Diseño Industrial
señale además si se trata de un modelo o un
dibujo.

– La denominación o título debe ser
connotativa de la invención.

– Si la invención fue divulgada dentro de
los doce meses previos a la fecha de presentación de
la solicitud, indique la fecha de divulgación y
anexe la información comprobatoria que marca el
Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.

– En la solicitud de invención que sea
divisional de una solicitud previamente presentada,
deberá proporcionar el número de expediente,
la figura jurídica y la fecha de presentación
de dicha solicitud.

– El derecho de reclamar la prioridad sólo
tiene lugar si la presente solicitud ha sido previamente
presentada en algún país miembro del Convenio
de París para la Protección de la Propiedad
Industrial. Proporcionar los siguientes datos:

– País donde se presentó por primera
vez la solicitud, fecha y número asignado a la
solicitud en dicho país.

– En el listado de documentos que se anexan
mencione el total de hojas que comprende cada documento y
al final el total de hojas

Trámite al que corresponde
la forma:
Solicitud de Patente, Registro de
Diseño Industrial y Registro de Modelo de
Utilidad.

Número de Registro Federal
de Trámites y Servicios:
IMPI-03-001,
IMPI-03-002, IMPI-03-003.

Fecha de autorización de la
forma por parte de la Dirección General Adjunta de
Propiedad Industrial del IMPI:
2-XII-2011.

Fecha de autorización de la
forma por parte de la Comisión Federal de Mejora
Regulatoria:
8-XII-2011.

Fundamento
jurídico-administrativo:

Ley de la Propiedad Industrial. Arts. 38-47, 50,
52, 53 54, 55,-61 (D.O.F. 27-VI-91, reformas D.O.F.
2-VIII-94, 25-X-96, 26-XII-97,17-V-99, 26-I-04, 16-VI-05,
25-I-06, 06-V-09, 06-I-10, 18-VI-10 y 28-VI-10).

Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.
Arts. 5-8, 16, 24-39, 43, 45 y 46 (D.O.F. 23-XI-94,
reformas D.O.F. 10-IX-02, 19-IX-03 y 10-VI-11).

Acuerdo que establece las reglas para la
presentación de solicitudes ante el Instituto
Mexicano de la Propiedad Industrial. Arts. 3-10 y 34
(D.O.F. 14-XII-94, reformas D.O.F. 22-III-99, 14-XII-00,
20-VI-03, 11-VII-03, 18-III-10 y 2-IV-10).

Acuerdo por el que se da a conocer la tarifa por
los servicios que presta el Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial. Arts. 1 inciso a); 9, inciso a) y
demás aplicables ((D.O.F. 23-VIII-95, reformas
D.O.F. 28-XII-95, 10-XII-96, 2-V-97, 4-V-98, 23-II-99,
11-X-00, 17-X-01, 13-XI-01, 24-XII-01, 27-II-02, 14-III-02,
14-XI-02, 04-II-03, 8-X-03, 27-X-04, 23-III-05, 13-IX-07,
1-VI-09, 10-VIII-09, 24-VIII-09, 1-X-10 y
10-V-11).

Acuerdo por el que se da a conocer la lista de
instituciones reconocidas por el Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial para el depósito de material
genético (D.O.F. 30-V-97).

Acuerdo por el que se establecen reglas y
criterios para la resolución de diversos
trámites ante el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial. Art. 4-18 (D.O.F. 9-VIII-04).

Acuerdo por el que se dan a conocer los horarios
de trabajo del Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial. Art.1. (D.O.F. 31-III-99, reforma D.O.F.
20-I-11).

Documentos anexos:

Solicitud de Patente y Registro de
Modelo de Utilidad

– Comprobante de pago de la tarifa
correspondiente (original y copia)

– Descripción, reivindicación,
resumen y dibujo (duplicado)

Solicitud de Registro de Diseño
Industrial

– Comprobante de pago de la tarifa
(original y copia)

– Descripción,
reivindicación y dibujo o fotografía
(duplicado)

Documentos adicionales que
deberán presentarse en su caso:

– Constancia de depósito de
material biológico

– Acreditación de personalidad
del apoderado, en su caso (original)

– Acreditación del poderdante en el caso de
persona moral, señalando el instrumento donde obran
dichas facultades y acta constitutiva (original)

– Documento donde se acredita el
carácter del causahabiente o de cesión de
derechos (original)

– Documento comprobatorio de
divulgación previa, en su caso (original y
copia)

– Documento de prioridad y su traducción,
en su caso (copia certificada expedida por la oficina
extranjera)

– Escrito solicitando el descuento del 50%, cuando
corresponda (original)

Criterios de resolución del
trámite

-Presentar toda la
documentación requerida y pagos de la tarifa
conforme a la legislación nacional y convenios
internacionales de los que México forma
parte.

-Será suficiente el cumplir
con los requisitos formales al momento de presentar su
solicitud.

Tiempo de
respuesta:

El plazo máximo de primera
respuesta es de 3 meses. No aplica la positiva ni la
negativa ficta.

Número telefónico
para quejas:

Órgano Interno de Control en
el IMPI

5624-04-12 ó 13
(directo)

5624-04-00 (conmutador)

Extensiones: 11028 y
11234.

Fax: 56-24-04-35

Correo electrónico:
quejanet@impi.gob.mx

Para cualquier aclaración, duda y/o
comentario con respecto a este trámite,
sírvase llamar al Sistema de Atención
Telefónica a la Ciudadanía-SACTEL a los
teléfonos: 20002000 en el D.F. y área
metropolitana, del interior de la República sin
costo para el usuario al 01-800-11205-84 o desde Estados
Unidos y Canadá al 1-800-475-23-93.

Número telefónico del responsable del
trámite para consultas: 53 34 07 00 extensiones
10098 y 10026.

Página 2 de 2

IMPI-00-009

Formatos:[2]

¿Qué beneficios tiene el inventor
cuando obtiene una patente?[3]

  • La seguridad que la protección de la patente
    le ofrece al inventor.

  • Motiva la creatividad del inventor, ya que ahora
    tiene la garantía de que su actividad inventiva
    estará protegida durante 20 años y será
    el único en explotarla.

  • Si la patente tiene buen éxito comercial o
    industrial, el inventor se beneficia con la o las licencias
    de explotación que decida otorgar a terceras
    personas.

  • Evita el plagio de sus inventos

  • Debido a que la actividad inventiva no se
    guardará o sólo se utiliza para si evitando su
    explotación industrial; el inventor siempre
    dará a conocer, publicitar y explicar los beneficios
    que su invento tiene.

  • Por su parte el Gobierno mexicano a través de
    la patente promueve la creación de invenciones de
    aplicación industrial, fomenta el desarrollo y
    explotación de la industria y el comercio así
    como la transferencia de tecnología.

¿Cuáles son los términos y
condiciones para el registro de patentes? [3]

* En nuestro país la vigencia de una patente es
de 20 años improrrogables contados a partir de la fecha de
presentación de la solicitud de patente, siempre y cuando
el titular cumpla con el pago de las tasas de mantenimiento
anuales.

*Es obligación del titular de una patente
explotar la innovación descrita en la misma, ya sea por
sí mismo o por otros con su consentimiento, dentro del
término de tres años contados a partir de su
concesión o de cuatro años contados a partir de la
presentación de la solicitud de patente
correspondiente.

*La patente sólo podrá hacerse valer en
los países en los que se haya presentado y
concedido.

¿Qué se puede patentar?
[3]

Son patentables las invenciones siguientes:

· Las variedades vegetales.

· Las invenciones relacionadas con
microorganismos, como las que se realicen usándolos; las
que se apliquen a ellos o las que resulten en los
mismos.

· Los procesos biotecnológicos de
obtención de farmoquímicos, medicamentos, bebidas y
alimentos para consumo animal o humano, fertilizantes,
plaguicidas, herbicidas, fungicidas o productos con actividad
biológica.

· La titularidad de las invenciones de los
trabajadores le corresponden a las empresas que los contrataron
para realizar trabajos relacionados con las
invenciones.

· Si la invención no está
relacionada con los trabajos para los que fue contratado el
empleado, la patente le correspondería al trabajador,
quien podría otorgar a la empresa que lo contrató
el derecho del tanto o de preferencia en igualdad de
circunstancias, para la adquisición de su
invento.

· Las invenciones de los trabajadores pertenecen
por ley pertenecen a las empresas que los contrataron, por lo que
en el contrato laboral, agregan una cláusula en la que se
establece que los derechos intelectuales que se deriven de lo que
el trabajador realice en la empresa sean concedidos a la
misma.

¿Qué no se puede patentar?
[3]

· Los principios teóricos o
científicos.

· Los descubrimientos que consistan en dar a
conocer o revelar algo que ya exista en la naturaleza, aun cuando
con anterioridad fuese desconocido para el hombre.

· Los esquemas, planes, reglas y métodos
para realizar actos mentales, juegos o negocios y los
métodos matemáticos.

· Los programas de computación.

· Las formas de presentación de
información.

· Las creaciones estéticas y las obras
artísticas o literarias.

· Los métodos de tratamiento
quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico
aplicables al cuerpo humano y los relativos a
animales.

· La yuxtaposición de invenciones
conocidas o mezclas de productos conocidos, su variación
de forma, dimensiones o materiales.

· No son patentables, por excepción, los
procesos esencialmente biológicos para la obtención
o reproducción de plantas, animales, o sus variedades,
incluyendo los procesos genéticos o relativos a material
capaz de conducir su propia duplicación, por sí
mismo o por cualquier otra manera indirecta, cuando consistan
simplemente en seleccionar o aislar material biológico
disponible y dejarlo que actúe en condiciones
naturales.

· Las especies vegetales, y las especies y razas
animales.

· El material biológico tal como se
encuentra en la naturaleza.

· El material genético.

· Las invenciones referentes a la materia viva
que compone el cuerpo humano.

Ventajas y
desventajas

Ventajas de las patentes [4]

Pero en muchos casos no se tiene en cuenta que
aún siendo la exclusividad la ventaja más notable
que aporta una patente, tras ella existen muchas otras que deben
tenerse en consideración, de las cuales las principales
son las siguientes:

  • Impedir que terceros paralicen tu producto.
    La presentación de una patente evita que otros puedan
    obtener a su vez otra patente posterior sobre una
    solución equivalente, con lo que se impide que en el
    futuro alguien pueda reclamar e impedir al primer inventor el
    uso de su solución, independientemente de que la
    patente se le conceda o no.

  • Herramienta de marketing. El tener una
    patente prestigia el producto, a su comercializador, a su
    fabricante y a los inventores. Leyendas como "Patent pending"
    "producto patentado", etc… son reconocidas por los
    consumidores como señal de calidad y
    exclusividad.

  • Efecto disuasorio. Anunciar que un producto
    está patentado genera en la competencia una
    reacción de precaución. Muchos competidores al
    ver que está patentado descartarán esa
    línea de producto. Otros indagarán para
    localizar la patente y a la vista de la misma
    analizarán las posibilidades de buscar una
    alternativa.Hay que tener en cuenta que la duración
    mínima del trámite de una patente es dos
    años, y se puede alargar hasta los 4 ó 5 en el
    caso de la Patente Europea por lo que durante este tiempo
    nadie tendrá la seguridad de si la patente se va a
    conceder y si, por lo tanto, puede copiar esa solución
    o no, siendo generalmente tiempo suficiente para introducir
    un producto en el mercado y crear una marca que lo posicione
    preferentemente respecto al resto de competidores, aunque la
    patente finalmente no se conceda.

  • Otorgar licencias. La patente como activo que
    es, se puede licenciar a terceros y es la vía para
    conseguir que un producto llegue allá donde nuestra
    empresa no es capaz de llevarlo. La patente es una
    herramienta básica para transmitir un conocimiento y
    regularlo, ya que en ella se condensa bien desarrollado lo
    principal de una solución dejando claro qué
    pertenece a ella y qué no. 

Desventaja de las patentes[4]

En su contra la patente presenta una desventaja aparte
de la propia implícita de que la misma se vaya a publicar.
Esta desventaja es que implica una inversión,
y aunque a nivel nacional es controlada, si la pretensión
es de una extensión internacional los costes son elevados.
No obstante cada vez más la Administración dispone
de subvenciones para ayudar a los empresarios en la
extensión de sus patentes, entendiendo esta actividad
fundamental para el desarrollo de la economía de un
país.

Conclusión

Ya conocemos ahora lo que son las patentes y todas sus
utilidades, y como podemos usarlas a nuestro favor y beneficio,
pero también sabemos que hacer en caso de compartir
nuestra patente con terceros.

Como ya se vio estos son los pasos, requisitos,
documentos, formatos, costos, beneficios, ventajas y desventajas
para dar de alta una patente. Y como nos puede servir a nosotros
si en algún caso quisiéramos hablar o dar consejo
sobre las patentes

Este documento puede servir de aliciente en caso de que
una persona decida dar de alta su invención como una
patente, siempre y cuando está no este registrada
ya.

Cabe destacar que para el llenado de formatos (si es que
existe algún problema) en la página Oficial del
IMPI se da una ayuda para llenar dichos formatos. [5]

Bibliografía

Página Oficial del IMPI

[5] http://www.impi.gob.mx/

Tema: Patentes Página: 4-5

[6] http://www.patentes.com

Tema: Tarifas Página: 7 -9

[1] http://www.impi.gob.mx/wb/IMPI/patentes

Tema: Formatos Página: 11 – 15

[2]
http://www.impi.gob.mx/work/sites/IMPI/resources/LocalContent/3366/6/IMPI_00_009.pdf

Tema: Beneficios Página: 16 – 17

[3]
http://www.trabajo.com.mx/el_registro_de_una_patente.htm

Tema: Ventajas y Desventajas Página: 17 –
18

[4]
http://www.navactiva.com/es/documentacion/patentes-ventajas-y-desventajas_56137

 

 

Autor:

Angelina Cantú
Cantú

LIC. NICACIA MATA ARANDA

DERECHO INFORMATICO

M3

UNIVERSIDAD AUTONOMA

DE NUEVO LEON

FACULTAD DE INGENIERIA MECANICA Y
ELECTRICA

F.I.M.E.

SAN NICOLAS DE LOS GARZA NUEVO LEON A 22 DE
NOVIEMBRE DE 2012

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