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Principios y Normas Contables




Enviado por SERGIO VERA



  1. Introducción
  2. Marco
    Teórico
  3. Descripción de los principios de
    contabilidad generalmente aceptados
  4. Cambio
    en principios contables
  5. Conclusión
  6. Bibliografía

Introducción

La presente Investigación tiene el
propósito de analizar los fundamentos en que se basa los
principios de contabilidad y las normas como verán este
tema es muy interesante a reconocer a la contabilidad como el
idioma de los negocios y como medio para facilitar la
información financiera en las empresas, ya sea
pequeña, mediana o grande, y como consecuencia hubo la
necesidad de establecer normas que aseguran la confiabilidad y la
comparabilidad en la información contables

Planteamiento del Problema

Objetivo General

Analizar los fundamentos en que se basan los principios
de contabilidad generalmente aceptados e identificar las
organizaciones que los impulsan.

Objetivos Específicos

-Reconocer el objetivo básico de la
presentación de los estados contables.

-Identificar y aplicar los principios de la
contabilidad.

-Analizar la clasificación de los principios o
normas contables.

-Explicar las limitaciones que siguen en la
información contable.

Preguntas de Investigación

-Pregunta General

Preguntas Específicas

  • 1- ¿Cuál es el objetivo
    básico de la presentación de los estados
    contables?

  • 2- ¿Qué constituyen los
    principios contables?

  • 3- ¿En que se clasifican los principios
    o normas contables?

  • 4- ¿De qué manera surgen las
    limitaciones en la información contable?

Marco
Teórico

1. PRINCIPIOS CONTABLES

Los Principios Contables constituyen bases o reglas
establecidas con carácter obligatorio, que
permiten que las operaciones registradas y los saldos
de las cuentas presentadas en los Estados Financieros
expresen una imagen fiel del patrimonio, de la
situación financiera y de los resultados de las
empresas.

Estos principios tienen su origen en la experiencia
obtenida de la solución de problemas contables y
en las leyes, debiendo ser aceptados por los contadores como
bases para la práctica contable.

Los Principios Contables son desarrollados en los
distintos países por instituciones que pueden
ser gubernamentales o no, las cuales trabajan en forma
coordinada. Con el desarrollo de las transacciones
económicas, es indudable que la necesidad de ellos ha
traspasado los ámbitos internos, ya que debido a la falta
de comparabilidad, los Estados Financieros se convierten en poco
útiles para analizar las tendencias económicas
mundiales.

Por la importancia de los Principios Contables, en 1982
fue creado en
la ONU el Grupo Intergubernamental
de Trabajo de Expertos en Normas Internacionales de
Contabilidad y Presentación de Informes, el cual
desde su fundación se ha dedicado a la tarea de determinar
qué elementos deben figurar en los Estados Financieros y
cómo deben registrarse las operaciones más
comunes.

2. PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE
ACEPTADOS

Los principios de contabilidad generalmente aceptados
(PCGA), son considerados como guías que dictan las pautas
para el registro, tratamiento y presentación de
transacciones financieras o económicas. Para sustentar la
aplicabilidad de los principios contables, se establecen
supuestos básicos, que son de aceptación general y
de aplicación inicial para
cualquier estado financiero que sea presentado de
acuerdo con principios de contabilidad generalmente
aceptados.

Una de las razones principales por las cuales surgen los
PCGA, está referida al entendimiento básico que
debe tener un usuario sobre las cifras que presenta una
empresa para ser comparadas con otras. Con el fin de cumplir
con esta comparabilidad y que la misma sea completamente valida
los estados financieros deben seguir ciertas reglas en su
preparación y elaboración. Por ejemplo: imaginemos
por un momento que los estados financieros fuesen elaborados de
acuerdo a reglas particulares que establezcan los contadores de
cada empresa, ¿sería posible la comparabilidad
de los mismos?. Naturalmente que no ya que existe una
alta probabilidad de que se establezcan criterios
diferentes entre los contadores de cada empresa. Este es uno de
los principales motivos por los cuales es relevante la existencia
de los PCGA, ya que su propósito fundamental es establecer
normas y reglas de presentación de estados financieros de
manera uniforme.

3. CLASIFICACION DE LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD O NORMAS
CONTABLES.

La clasificación de las organizaciones que emiten o
normas de de contabilidad y de presentación de informes
puede adoptar diversas formas de acuerdo al criterio que se
quiere analizar. Hemos visto en el epígrafe 2
última parte, las organizaciones profesionales que
surgieron en el transcurso del tiempo, la mayoría de ellas
del sector privado y algunos mixtos: público y
privado.

En nuestra obra de contabilidad Básica, edición
2000,se ha presentado una clasificación más
detallada, que creímos necesario sacar para economizar
espacio.

Así que analizaremos aquellas clasificaciones que son
imprescindibles a los propósitos de esta
edición.

3.1 Teniendo en cuenta los temas regulados

3.1.1. Normas de valuación

Se refieren a las normas contables vinculadas a la
medición del patrimonio y de los cambios operados en el,
que deben incluir definiciones sobre los aspectos siguientes.

a) Capital por mantener para determinar el resultado del
periodo.

b) Criterios de medición contable

c) Unidad de medida por emplear para aplicar los criterios de
medición.

3.1.2. Normas de exposición

Se refieren a las normas contables que establecen en el
contenido y la forma de los estados contables.

Según Fowler Newton, esta clasificación tiene
conceso y arraigo entre los profesionales contables, pero no es
totalmente rigurosa, porque algunas normas contables tienen
relación tanto con la medición del patrimonio como
el contenido y la forma del estado contables. Dice que dichas
observaciones son las referidas:

  • a) El cumplimiento de los requisitos de
    información contables;

  • b)  La unidad de medida por emplear;

  • c) La definición del ente emisor de los
    estados contables(en que casos deben emitirse estados
    consolidados y que estados controlados, incluir en la
    consolidación);

  • d) La aplicación del concepto de
    significación.

Agrega, además, que en la contabilidad histórica
no siempre hay valuación de activos, razón por la
cual es preferible emplear la palabra de medición. Por
ende, sería mejor hablar de:

a) Normas generales

b) Normas de medición;

c) Normas de exposición.

3.2. Teniendo en cuenta el alcance de las normas

3.2.1 Normas contables profesionales (NCP)

Son llamadas también principios de contabilidad
generalmente aceptados (PCGA), y sirven de base o guía a
los contadores públicos en sus trabajos de autoría
y presentación de informes sobre estados contables.

Estas normas son emitidas por los grupos colegiados de
contadores públicos, las cuales se implantan a
través de mecanismos especiales para la lograr la
adhesión a ella de parte de la comunidad económica.
Su cumplimiento se vigila a través del dictamen de los
contadores públicos en su calidad de auditores
externos.

Es conveniente aclarar que NCP o PCGA afectan a los contadores
públicos que efectúan trabajos de auditoría,
por ser reglas que regulan su actividad profesional, pero no es
obligatorio su uso para emisores de los estados contables.

Los auditores deben mencionar en los casos en que se aplican
las NCP en la misión de estados contables, debiendo a
efectuar salvedades o dar opinión adversa en caso
necesario.

En el Paraguay la emisión de NCP esta a cargo del
Colegio de Contadores Del Paraguay, que, como hemos
señalado anteriormente, ha emitido cinco pronunciamientos
sobre normas de contabilidad a partir del año 1983 hasta
1984, sobre diferentes temas del quehacer contable. Luego de un
periodo de estancamiento, a partir del 22 de noviembre de 1989,
el Consejo Directivo resolvió por Acta Nº 2 adoptar
las normas Internacionales de Contabilidad (NIC) como suyas,
hasta tanto se elaboren aprueben normas propias más
adecuadas a la realidad y desarrollo económico del
Paraguay. A la fecha dicha resolución se ha convalidado,
inclusive ampliado adoptando la NIC, las NIIF (Normas
Internacionales de Información Financiera) y las NIA
(Normas Internacionales de Auditoria) de la IASB.

3.2.2. Normas Contables Legales O Jurídicas

Son normas contables legales o jurídicas aquellas que
son detalladas en las leyes y disposiciones gubernamentales, las
cuales se imponen en forma obligatoria por los poderes del estado
a los emisores de estados contables.

En algunos casos, las NCL Son la aplicación general
para los emisores de estados contables, en otros casos obligan
solo a determinadas clases de entidades por las
características de las actividades desarrolladas u otros
motivos.

Por lo general el Estado sanciona las NCL para proteger a los
usuarios de la información contable, pero otras veces
persiguen otros fines, como proporcionar a los administradores
gubernamentales informaciones uniformes ciertas actividades de
las empresas, como por ejemplo, aquellas relacionadas con la
percepción de impuestos.

En el Paraguay no existe una ley marco de plan General de
Contabilidad que reglamente en forma general la emisión de
estados contables aplicables en todas las empresas, tal como
ocurre en muchos países de la región. Sin embargo,
existen disposiciones dirigidas a ciertos sectores, que provienen
del sistema contable o por ende en la forma de emisión de
los estados contables de aquellos.

3.2.2.1. Normas contables establecidas para el mercado de
valores:

La Ley Nª 94/91 De mercado de capitales de fecha 20 de
Diciembre de 1991, artículos 40 y 83, que establecen
respectivamente que "las sociedades emisoras deberán
contar con servicio permanente de auditoría externa y
ajustar su contabilidad y balance a los sistemas y forma que
determine la autoridad mediante la disposiciones reglamentarias"
y, por otro lado, que el Consejo de Administración de la
Comisión Nacional de Valores tiene como atribución
"establecer métodos de información sobre estados
económicos – financieros, auditorias, peritajes y
otros requisitos que deben llenar las sociedades emisoras".

.Por su parte, la Res. Nª 5/92 de la Comisión
Nacional de Valores, que establece el régimen contable de
las sociedades emisoras, adopta en general como suyas las Normas
Internacionales de Contabilidad (NIC) emitida por el IASB
(Internacional Accounting Standards Board).

Normas contables legales establecidas para las entidades
bancarias, financieras y de seguros.

*Ley 489 Orgánica del Banco Central del
Paraguay,

En su art.34 que establece las atribuciones de la
Superintendencia de Bancos, estipula en sus incisos:

  • 1) Establecer normas generales sobre sistemas de
    control interno, de contabilidad y de informaciones de
    gestión, adecuadas al volumen y complejidad de las
    actividades que realicen y hacerlas aplicar a los
    administradores de las personas físicas o
    jurídicas sometidas a su supervisión.

  • 2) "Fijar las normas de contabilidad y
    valoración a utilizar, y los requisitos mínimo
    de información a remitir a la Superintendencia de
    Bancos"

  • 3) Establecer normas sobre criterios de planes
    cuentas, registración contable contenido o
    diseño de estados contables y estadísticos que
    las personas sometidas a su supervisión deben
    presentar a la Superintendencia de Bancos para
    evaluación, fiscalización de las operaciones y
    publicación de las informaciones".

Por parte, en el Art.115 de la misma Ley establece:

"El Directorio de Banco Central Del Paraguay adoptara para la
entidad un régimen contable concordante con los principios
de contabilidad generalmente aceptados para el sistema financiero
y acorde a la naturaleza de las operaciones de la Banca Central.
Los libros de balances diarios del Banco Central del Paraguay
serán rubricados por el Contralor General de la
Republica".

*La Ley 861/96 General de Bancos, financieras y Otras
Entidades de Crédito
, en el titulo IX Control de las
entidades del Sistemas Financieros, Capitulo I,
Supervisión, desde el Art. 102 a 109 legisla sobre el
sistema de inspección y vigilancia, el régimen
contables, publicación de balances, auditoría
externa y otros aspectos, que en su conjunto hacen
relación con las normas contables.

3.2.2.3 Normas Contables legales establecidas para las
entidades de seguro.

*La Ley Nª 827/96 de seguros y sus reglamentos,
incluye varias disposiciones referente al régimen de
contabilidad, sistema de fiscalización, normas de
contabilidad y valoración por utilizar y los requisitos
mínimos de información financiera. Solo a modo de
referencia se extractan algunos aspectos fundamentales:

-Régimen Contable. Del Art. 29 al 35 se legisla
sobre el sistema contable que será implementado por las
empresas aseguradoras. Así, en el Art. 29 dispone:"
Sistema de contabilidad e informaciones. La autoridad del Control
dispondrá la adopción de un sistema claro y
uniforme de Contabilidad e informaciones y fijaras normas para la
Evaluación y Amortización de los Bienes de
Aseguradoras, de modo que el activo y el pasivo reflejen los
valores verdaderos y que la cuenta" perdida y ganancia" evidencie
los resultados exactos de la explotación…"

Obligaciones y atribuciones del Superintendente de
seguros.
El art. 61 establece en los siguientes incisos:

1) "Fiscalizar las empresas de seguro, hacer arqueos,
pedir la ejecución y presentación de balances y
otros Estados Financieros e informe en la fechas que estime
conviviente, Revisar sus libros y sus carteras en General,
solicitar todos los Datos y Antecedentes que le permitan
interiorizarse de su estado, desarrollo y solvencia y de la forma
en que cumplen las prescripciones de esta y de las demás
Leyes vigentes"

2) "Fijar nomas de contabilidad y valorización a
utilizar y los Requisitos mínimos de información
financiera a terceros por parte de los administradores de las
Entidades sometida a su Supervisión los Requerimientos de
información a remitir periódica o
esporádicamente a la Autoridad de Control".

  • Normas Legales, establecidas en la ley Nª
    125/91 que establece el nuevo Régimen Tributario y Ley
    de Nª 2421/04 de Adecuación Fiscal y sus
    reglamentos.

El Régimen tributario establecido por la ley
Nº2421/04 y sus reglamentos regulan en varios aspectos el
sistema contable de las empresas, imponiendo normas que deben
observar en los registros contables y en las formas de
presentación de las declaraciones juradas. Esta Ley ha
hecho avance en el sentido de estimular la aplicación de
los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA).
Seguidamente se sintetizan algunos puntos sobre salientes sobre
el particular."

-Principio de lo devengado

Art. 6ª. Nacimiento de la obligación tributaria se
configurara al cierre del ejercicio fiscal, el que
coincidirá con el año civil.

La administración Tributaria queda facultada para
admitir o establecer, en caso de que se lleve contabilidad de
acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados
y a las disposiciones legales vigentes, que el ejercicio fiscal
coincida con el ejercicio económico".

"El método de imputación de las rentas y de
los gastos, será el de lo devengado en el ejercicio
fiscal"

Esta disposición está reglamentada por el
Decreto Nª6359/05 (Ley Nª242/04) y el Decreto Nª
14002/92(Ley Nª125/91).

La base de acumulación (o devengo) es una de las
hipótesis fundamentales de las normas internacionales de
Contabilidad /Normas Internacionales de Información
Financiera (NIC/NIF). Según esta base, "los efectos de las
transacciones y demás sucesos se reconocen cuando
ocurren(y no cuando se recibe o paga dinero u otro equivalente al
efectivo),asimismo se registran en los libros contables y se
informa sobre ellos en los estados financieros con los cuales se
relacionan". Este postulado es de fundamental importancia, porque
afecta directamente a los resultados, que es uno de los
componentes principales de la información financiera.

También la Ley 125/91 y la Ley Nª242/04 y sus
reglamentos regulan muchas cuestiones que tienen relación
con las normas contables, tales como:

*Activos Fijos

El Art. 12 de la Ley 125/91, el Decreto 14002/92 y el Decreto
Nª6359/05 que reglamenta la Nª 2421/04, y otras
disposiciones reglamentan aspectos referentes al costo,
método de revaluó, valor fiscal y todo cuanto hace
relación a los activos fijos desde el punto de vista
tributario.

*Valuación de inventarios de
mercaderías

La ley 125/91 en su Art. 13, el Dcto.14002/92 y otras normas
regulan las existencias de mercaderías a los fines
fiscales, enmarcados en general dentro de los parámetros
recomendados por los PCGA.

Este tema se ampliara en un capítulo especial.

*Valuación de Títulos- Valores

El Art.13 de la Ley 125/91 también establece que "los
títulos, acciones, cedulas, obligaciones, letras o bonos,
se computaran por el valor de cotización que tenga en la
bolsa de los valores al cierre del ejercicio que corresponda,
como consecuencia del ajuste del inventario al cierre del
mismo".

*Registro Contable

La ley 125/91 en su art. 93 legisla sobre normas referentes a
los Registros Contables estableciendo:"La Administración
podrá exigir a los contribuyentes la utilización de
los libros o registros especiales o formas de
contabilización apropiadas a este impuesto, conforme a la
categoría del contribuyente". La Res.33/92 dispone que
"los contribuyentes deberán llevar la anotaciones
contables de conformidad con las disposiciones legales que rigen
la materia; además deberán llevar libros de ventas
y de compras en los que se anotaran las transacciones
realizadas"

Las nuevas disposiciones legales y reglamentarias de
tributación exigen el uso obligatorio del Libro Mayor
auxiliares por el Registro Público de Comercio.

También las leyes tributarias y reglamentarias imponen
el uso de ciertas cuentas como por ejemplo "Impuesto Al Valor
Agregado" en las que se registrara el movimiento de debito y
crédito de dicho tributo. De acuerdo a la
Resolución Nª173/04 se ha instituido el formato de
presentación del Balance impositivo.

2.2.2.5Normas contables legales establecidas por la ley
Nª1034/83 del Comerciante.

Esta ley es una de las principales disposiciones que regulan
las actividades de los comerciantes, y, por lo tanto, en diversas
partes del texto legal establece normas que refieren al
régimen contable. El contenido de esta ley será
tratado en los capítulos específicos en las partes
relacionados con el sistema contable.

*El código de Organización Judicial (Ley
879/81), por su parte, prevé en el organigrama del Poder
Judicial una dependencia importante denominada Dirección
General de Registro9 Publico, del cual depende el Registro
Público de Comercio
, repartición esta en donde
de acuerdo al inciso "b" del art.11 de la ley del comerciante se
establece entre las obligaciones del comerciante inscribir en
ella su matrícula y los documentos que la ley exige.

2.2.2.6Normas contables legales establecidas por la ley
Nª438/94 de Cooperativas.

Esta ley, en su Capítulo IV, al referirse al
Régimen Patrimonial, establece varias normas que tienen
relación con el sistema contable que ha de implementarse
en esta clase de entidad.

*Régimen Contable

El art. 49 dispone: "El ejercicio económico será
anual y cerrara en la fecha que fije al estatuto social conforme
a sus respectivas actividades. La contabilidad será
llevada con arreglo a las normas de contabilidad universalmente
aceptadas. L a Autoridad de Aplicación debe elaborar
planes de cuentas con la nomenclatura cooperativa.

  • Revaluó del Activo Fijo

El art. 50 establece: "El revaluó del activo fijo se
efectuara conforme a las disposiciones legales que establece el
Ministerio de Hacienda, al cierre de cada ejercicio. Por
decisión de la Asamblea el incremento por revaluó
puede destinarse a una cuenta" Reserva de Revaluó" o
capitalización, en cuyo caso se entregaran a los socios
certificados de aportación"

En síntesis, se puede concluir que el nacimiento y
efectos de NCP y NCL son emitidas por Organismos Gubernamentales
con facultades legales por efecto.

Las NCP no son obligatorias para los emisores de los Estados
Contables, pero si uso es obligatorio para los contadores
Públicos que ejercen la función de Auditor; en
cambio, las NCL son de uso obligatorio para todos los sectores a
que van dirigidos.

3.2.3 Normas Contables Propias De Cada Ente.

Las normas contables propias son las que cada ente establece
para el funcionamiento del sistema contable. Según Fowler,
la definición de las NC propias implica la
selección de:

  • a) Reglas entre las alternativas consideradas
    aceptable por las NCL y la NCP aplicable s al caso;

  • b) Método concreto para aplicar dichas
    reglas.

Con un ejemplo ilustraremos el caso. Si las NCP y las NCL
admitiesen que las existencias de mercaderías de reventa
se cuantifiquen a su costo histórico o a su costo de
reposición, la NC propia podría establecer el uso
de costos de reposición.

Descripción de
los principios de contabilidad generalmente
aceptados

4.1 PRINCIPIO DE EQUIDAD

Está vinculada con el objetivo final de los
estados contables. Los interesados en los estados financieros son
muchos y muy variados y en ocasiones sus intereses son
encontrados. La información debe ser lo más justa
posible y los intereses de todas las partes debe tomarse en
cuenta en el apropiado equilibrio. Por consiguiente, los estados
financieros deben estar libres de influencia o sesgo indebido y
no deben prepararse para satisfacer a persona o grupo
determinado con detrimento de otros. Este principio en el fondo
es el postulado básico o principio fundamental al que
está subordinado el

4.2 PRINCIPIO DE PERTINENCIA

Este principio exige que la información contable
tenga que referirse o estar útilmente asociada a las
decisiones que tiene como propósito facilitar o a los
resultados que desea producir. En consecuencia, es necesario
concretar el tipo específico de información
requeridos en los procesos de toma de decisiones por
parte de los usuarios de los estados financieros,
en función a los intereses específicos de
dichos usuarios y a la actividad económica de la entidad
(comercial, industrial, de servicios, financieras,
aseguradora, sin fines de lucro, etc.).

4.3 PRINCIPIO DE ENTIDAD

Este principio define que todo estado financiero debe
hacer referencia a una entidad económica específica
en la cual los propietarios o accionistas se consideran como
terceros, por tal motivo se deben separar el
patrimonio personal del propietario o del dueño,
del patrimonio de la entidad.

La actividad económica es realizada por entidades
identificables las que constituyen combinaciones
de recursos humanos, recursos
naturales y capital, coordinados por
una autoridad que toma decisiones encaminadas a la
consecución de los fines de la entidad.

A la contabilidad, le interesa identificar la entidad
que persigue fines económicos particulares y que es
independiente de otras entidades. Se utilizan para identificar
una entidad dos criterios:

– Conjunto de recursos destinados a satisfacer alguna
necesidad social con las estructuras y operaciones
propios.

– Centro de decisiones independientes con respecto al
logro de fines específicos, es decir, a la
satisfacción de una necesidad social.

Por tanto, la personalidad de un negocio es
independiente de las de sus accionistas o propietarios y en sus
estados financieros sólo deben incluirse los
bienes, valores, derechos y obligaciones de
este ente económico independiente. La entidad puede ser
una persona física o una
persona moral o una combinación de varias
de

4.4 PRINCIPIO DE ENFASIS EN EL ASPECTO
ECONOMICO:

La contabilidad es una ciencia cuantitativa y
por esta razón, el énfasis debe estar dirigido
principalmente a la evaluación de las cifras y
no a la forma en la cual se realizan las transacciones. El
aspecto económico debe estar por encima de cualquier
circunstancia o situación, por lo cual la contabilidad
mide necesariamente los valores financieros que son
generados por las transacciones de carácter
económico.

4.5 PRINCIPIO DE CUANTIFICACION

Este principio ratifica las definiciones de la
contabilidad como una ciencia que expresa en términos
de dinero hechos económicos que afectan una
entidad. Sin la determinación de las cifras todas las
decisiones gerenciales carecerían de un soporte
mínimo. Cuando existe información que no puede
cuantificarse, el Contador Público podría emitir
una opinión con salvedad por limitación en el
alcance.

4.6PRINCIPIO DE VALOR HISTORICO

La definición de valor histórico establece
que la cuantía que debe ser tomada a los efectos de
asignar un valor monetario a las transacciones que se
contabilizan en los libros debe ser registrada a su
valor de origen, es decir, a su valor
histórico.

El término valor es mucho más amplio que
el de costo y como toda definición doctrinaria,
debe abarcar el universo aplicable de casos, en este
sentido, el término valor abarca al menos los siguientes
conceptos:

En este caso se utiliza valor que es más amplio
que costo, el cual en sentido económico también es
amplio, sin embargo es más fácil asociarlo con
precio. Valor sirve también para un documento o
préstamo bancario, allí solo se transa efectivo,
tiene valor pero no costo.

El valor histórico original se nombra como una
base para la cuantificación y medición de
las transacciones y operaciones y eventos económicos, el
cual pierde su vigencia en economías con alta
inflación y por lo tanto se deben modificar las cifras por
algunos de los métodos que
específicamente establece el DPC-10. Aun cuando el valor
histórico original es en principio la primera manera de
cuantificar y registrar las operaciones, esta unidad de medida se
ve afectada por la pérdida del poder adquisitivo de la
moneda.

4.7 PRINCIPIO DE DUALIDAD
ECONÓMICA

Es conocido también como partida doble, este
supuesto establece que los hechos económicos llevados a
cabo por una entidad deben ser expresados por medio
de sistemas de contabilidad que den a conocer los dos
aspectos que envuelve a toda operación
económica.

4.8 PRINCIPIO DE NEGOCIO EN MARCHA O
CONTINUIDAD

Este supuesto establece que a menos que se exprese lo
contrario, se asume que una empresa que emita estados financieros
se encuentra en la capacidad de continuar con sus operaciones por
un periodo racional de tiempo en el cual los estados financieros
deben presentar las cifras que reflejen los
registros contables.

Este postulado de continuidad puede verse afectado por
condiciones internas o externas. Las condiciones internas, son
las relacionadas con la administración del
negocio, y las externas, con las condiciones económicas,
las cuales pueden determinar que una empresa no sea rentable
hasta el punto de verse en la obligación de cerrar o
descontinuar sus operaciones.

4.9 PRINCIPIO DE REALIZACION CONTABLE

Este principio establece que una transacción
económica debe ser registrada en los libros solo cuando se
haya perfeccionado la operación que la origina. Este
principio básico es uno de los más importantes,
sobre todo porque determina el momento en el cual debe
registrarse una operación. Aún cuando pudiera
parecer fácil la aplicación de este principio, en
la práctica puede dar lugar a interesantes discusiones
acerca de si se debe o no registrar una
transacción.

4.10 PRINCIPIO DE PERIODO CONTABLE

Este principio establece que la contabilidad debe
presentar información referida a ciertos periodos de
tiempo, por lo cual los costos y gastos deben asociarse con
los ingresos que se generan, sin tomar en cuenta el
momento en el cual se cobren o paguen.

4.11 PRINCIPIO DE OBJETIVIDAD

En relación a este principio, puede interpretarse
que la objetividad contable debe reflejar fielmente las
operaciones realizadas para garantizar la información
suministrada por los estados financieros. Por lo tanto, se
establece que toda transacción debe ser registrada al
valor de costo y poseer todos
los documentos probatorios que la respalden.

La contabilidad es objetiva cuando cuantifica, describe
y registra la realidad del hecho contable.

4.12 PRINCIPIO DE IMPORTANCIA RELATIVA

Este principio establece que una cifra en los estados
financieros es de importancia relativa, cuando una
variación en la misma pudiera afectar la decisión
de un usuario de los estados financieros. Se puede afirmar que la
importancia relativa, es otro principio por el cual se presentan
discusiones y posiciones y criterios, principalmente debido a que
no existe una regla o parámetro cuantitativo fijo y
rígido que especifique a partir de cuál monto, una
partida puede considerarse como de importancia
relativa.

4.13 PRINCIPIO DE COMPARABILIDAD

La decisiones económicas basadas en la
información financiera requieren en la mayoría de
los casos, la posibilidad de comparar la situación
financiera y su resultado en operación de una entidad en
periodos diferentes de su vida y con otras entidades, por
consiguiente, es necesario que
la política contable sean aplicadas consistente
y uniformemente. Este principio hace referencia concretamente a
que la información financiera de las entidades
estén presentados de manera tan uniforme que puedan ser
comparados entre sí.

4.14 PRINCIPIO DE REVELACIÓN
SUFICIENTE

Este principio establece que todo estado financiero debe
tener la información necesaria y presentada en forma
comprensible de tal manera que se pueda conocer claramente la
situación financiera y los resultados de sus
operaciones.

Por esta razón la revelación puede darse a
través de las cifras de los estados financieros o en las
notas correspondientes.

Cambio en principios
contables

La NIC 8 revisada (IASC, 1993), establece que
deberá procederse a cambiar una política contable
sólo cuando sea obligatorio por norma legal o cuando el
cambio produzca una presentación más adecuada de
los hechos y transacciones en los estados financieros de la
empresa. En consecuencia, únicamente en circunstancias
excepcionales se permite un cambio en una política
contable.

Se da un cambio en un principio contable, o cambio
contable, cuando se adopta un principio contable, dentro de los
aceptados, diferente al utilizado en el ejercicio anterior para
ese hecho o transacción, que era también
aceptado.

6) Alcance de los Vocablos Principios y
Normas

6.1. Concepto contable de principios y
normas

A los efectos de tener una idea sobre el concepto de
principios y normas de contabilidad sustentados por
organizaciones especializadas en contabilidad o por tratadistas
contables, se describen algunos de ellos.

6.1.1. Una definición común del
término principio difundida por publicaciones
especializadas en los Estados Unidos dice: "Es una ley o regla
general, muy amplia, adoptada o profesada como una guía
para la acción; una base de conducta o practica
convenida"

6.1.2. Otra acepción común de principio
expresa:"Conjunto de reglas dirigidas a guiar la practica
contable, emitidas normalmente por instituciones
profesionales".

Conclusión

Al termino de este trabajo hemos concluido de
cuán importante es el estudio de la contabilidad, que a
través de la investigación ampliamos nuestros
conocimientos acerca los principios y normas
contables.

Remarcando ya lo expresado los principios de la
contabilidad se construyen sobre el fundamento de unos cuantos
conceptos básicos que son fundamentales que la
mayoría de los contadores no los ponen en duda,
prácticamente se los considera evidente por sí
mismos.

En síntesis es necesario que las empresas de
distintas naturalezas usen principios, substancialmente uniformes
para informar de acontecimientos similares a fin de que se puedan
realizar análisis comparativos por los usuarios de la
información contable.

Bibliografía

-Paulino Aguayo Caballero

Contabilidad Básica Segunda
Edición

Impreso en AGR Servicios Gráficos, agosto
2009

-Álvarez López, José.
Introducción a la contabilidad

Teoría de la contabilidad, pág. 67 sextas
Edición

Editorial Donostarra, San Sebastián.

 

 

Autor:

Leidy Andrea Avalos
Garcete

Cynthia Lorena Báez
Rojas

Sergio David Vera

Tutor: Lic. Fulvio Rojas

1º Curso Ciencias Contables

UNIVERSIDAD PRIVADA DEL ESTE

Sub Sede Hernandarias

Facultad de Ciencias Administrativas y
Contables

Monografias.com

Hernandarias-Paraguay

Octubre-2012

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