- Entidades que intervienen en el comercio
exterior en Colombia. - Documentos que exigen para el proceso de
importación y exportación en Colombia y que
entidades lo expiden - Documentación y
trámites - INCOTERMS 2012
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grafía
Entidades que
intervienen en el comercio exterior en
Colombia.
Es un hecho notable que las actividades de comercio
entre las naciones está creciendo a un paso acelerado
debido a fenómenos mundiales como la globalización
, por lo cual Colombia no puede ser ajena a este movimiento en el
cual está inmerso. Con el fin de promocionar la cultura
exportadora y guiar a los empresarios colombianos en su proceso
de internacionalización, se han creado diversas
instituciones y programas tanto de carácter público
como privado.
El Sistema de Comercio Exterior en Colombia está
integrado por:
ENTIDADES DETERMINANTES: Presidencia de la
República, CONPES y el Plan Nacional de
DesarrolloENTIDADES FORMULANTES: De la política
económica y comercial: El Ministerio de Comercio
Industria y Turismo, otros Ministerios que hacen parte del
CSCE, DNP, Consejo Marítimo y Portuario, Consejo
Nacional de Estupefacientes, Consejo Nacional de Normas y
Calidades.ENTIDADES EJECUTANTES: de la política
comercial: DGCE, Bancoldex, Fiducoldex, Proexport, DIAN,
Dependencias de los Ministerios (Ej.: INVIMA, INCODER,
ICA).ENTIDADES DE CARÁCTER MIXTO:
Bancoldex, Fiducoldex, Fedecafé, IFI,ICONTEC,
CORFERIAS, Fondo de Productividad y Competitividad, Red
ColombiaCompite y los Comités Asesores Nacionales y
RegionalesENTIDADES DE CARÁCTER
PRIVADO:
Conformadas por las personas naturales y
jurídicas de carácter empresarial, que en
desarrollo de su actividad realicenoperaciones de comercio
exterior o presten servicios relacionados con el mismo (Gremios,
ALTEX, UAP, SIAS, Depósitos Aduaneros, Sociedades
Portuarias, Empresas de Carga, Empresas de Envíos
Urgentes, entre otras.
ENTIDADES DETERMINATES – | |
Presidencia de la | La Presidencia de la República se proyecta |
CONPES: El Consejo Nacional de | Ésta es la máxima |
Plan nacional de | En la parte general se señalan |
ENTIDADES FORMULANTES – | |
Ministerio de comercio industria | La Misión del Ministerio de |
Consejo nacional de | Direccionar la política |
Dirección general | La Dirección General |
Consejo nacional de normas de | Tiene como objetivos fundamentales |
ENTIDADES EJECUTANTES – | |
BANCOLDEX | Programa de formación, |
Fiducoldex | La Sociedad Fiduciaria Colombiana de Comercio Esta empresa presta servicios fiduciarios |
Proexport | La promoción de las |
Es una entidad gubernamental | |
INVIMA: instituto nacional de | Proteger y promover la salud de la |
ICA: instituto colombiano | Es la entidad que se encarga de |
ENTIDADES DE CARÁCTER MIXTO | |
FEDECAFE: federación | Asegurar el bienestar del cafetero Consolidar el desarrollo productivo y |
INCONTEC: instituto colombiano de | Es el Organismo Nacional de |
CORFERIAS. | Es un recinto ferial ubicado en |
Comité Asesores | Se le considera los Comités |
ENTIDADES DE CARÁCTER | |
Depósitos | Son depósitos que permiten |
Sociedades | Son un medio importante dentro de la |
ALTEX: empresas altamente | El programa de Empresas Altamente |
Documentos que
exigen para el proceso de importación y exportación
en Colombia y que entidades lo expiden
ESCRITURA PÚBLICA: Cualquiera que sea el tipo
de sociedad (anónima. limitada, en comandita simple,
por acciones, unipersonal, etc.) que se escoja, debe
constituirse ante Notario, mediante la suscripción de
una Escritura Pública. (En caso de que sea una
empresa)
REGISTRO ANTE CÁMARA DE COMERCIO: El siguiente
trámite, es registrar la empresa ante la Cámara de
Comercio, como persona natural o jurídica, para lo cual
debe:
1) Diligenciar el formulario de inscripción,
anexando:
2) Si es persona natural:
3) Copia de la cédula de
ciudadanía
Si es persona
jurídica:
1) Copia de la Escritura Pública de
la Asamblea de Socios mediante la cual se nombra al Representante
Legal
2) Copia de la Cédula de
Ciudadanía del Representante Legal
Cancelar el derecho de matrícula
para la modalidad que sea solicitada.
TRÁMITES ANTE LA DIRECCIÓN DE
IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DIAN:
En la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales, DIAN, se debe diligenciar el Registro
Único Tributario RUT y, con este documento, solicitar el
Número de Identificación Tributaria NIT,
además de inscribirse para el pago del Impuesto al Valor
Agregado –IVA– y solicitar autorización de
numeración para facturación.
Para la inscripción en el Registro
Único Tributario – RUT- y la solicitud del
Número de Identificación Tributaria – NIT-,
debe presentar:
Si es Persona Natural:
Fotocopia de la Cédula de
Ciudadanía del solicitanteFormulario RUT diligenciado
Si es Persona
Jurídica:
Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía
del Representante LegalFormulario RUT diligenciado
Escritura de constitución de la
EmpresaCertificado de Existencia y Representación
Legal expedido por la Cámara de Comercio (con vigencia
no mayor a tres (3) meses)
Para la inscripción para el pago del Impuesto
al Valor Agregado – IVA, se requiere:
Si es Persona Natural:
Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía
del solicitanteFormulario para IVA diligenciado
Si es Persona Jurídica:
Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía
del Representante LegalFormulario para IVA diligenciado
Certificado de Existencia y Representación
Legal expedido por la Cámara de Comercio (con vigencia
no mayor a tres (3) meses)
Documentación y
trámites
1. Inscripción en el Ministerio de
Comercio Exterior – Mincomex:
En el Ministerio de Comercio Exterior se realiza la
inscripción en el Registro Nacional de Exportadores de
Bienes y Servicios, así como el Registro de Productor
Nacional, Oferta Exportable y Solicitud de Determinación
de Origen, siguiendo los pasos que se describen a
continuación:
Inscripción en el Registro Nacional de
Exportadores de Bienes y Servicios. El Registro Nacional de
Exportadores de Bienes y Servicios es un instrumento que permite
mantener actualizada la información sobre
composición, perfil y localización de las empresas
exportadoras. La inscripción en el Registro Nacional de
Exportadores de Bienes y Servicios es gratuita, pero obligatoria,
y tiene una vigencia de un año, por lo tanto, debe
renovarse anualmente.
2. Registro de Productor Nacional, Oferta Exportable y
Solicitud de Determinación de Origen
El registro de "Productor Nacional, Oferta Exportable y
Solicitud de Determinación de Origen" es el documento que
le permite al Ministerio de Comercio Exterior determinar el
origen de las mercancías objeto de la exportación y
registrarla como producción nacional. Este documento sirve
al Ministerio de consulta y soporte para la investigación
de prácticas desleales de comercio, tales como dumping o
subvenciones, para las negociaciones internacionales de comercio
exterior, para los procesos de licitación del sector
oficial y para la cuantificación de la producción
nacional para aquellos bienes que se benefician de las
exenciones. Igualmente el registro permite identificar los
productos con capacidad competitiva o con especial sensibilidad
en los mercados internacionales y es objeto de consulta para las
modificaciones arancelarias y los regímenes de
importaciones y exportaciones.
3. Registro en el Instituto Colombiano Agropecuario –
ICA
Para conseguir este certificado, se debe radicar una
carta en el Instituto Colombiano Agropecuario -ICA-
División de Sanidad Vegetal del municipio donde se
encuentre ubicada la zona de producción de las frutas u
hortalizas a exportar, solicitando la inscripción de los
predios y especificando la siguiente
información:
Lugar y fecha de presentación de la
solicitudNombre de la empresa y/o exportador
Número de Identificación Tributaria
–NIT- (Persona Jurídica) y/o Cédula de
Ciudadanía (Persona Natural) del exportadorDirección del solicitante
Extensión en hectáreas de los
prediosEspecies y variedades de frutas producidas con
destino a la exportaciónNombre del asistente técnico
Firma del exportador o representante
legal.
Adicionalmente se deben anexar los siguientes
documentos:
Concepto técnico del ingeniero
agrónomoCopia del contrato del Ingeniero Agrónomo,
Asistente Técnico o Unidad de Asistencia
Técnica Municipal responsable del cultivoMatrícula profesional del Ingeniero
Agrónomo, Asistente Técnico o Unidad de
Asistencia Técnica responsable del manejo del
cultivoCroquis de la ubicación de los predios y su
jurisdicciónFotocopia autenticada del Número de
Identificación Tributaria –NIT- (Persona
Jurídica) ó Cédula de Ciudadanía
(Persona Natural) del ExportadorOriginal del Certificado de Existencia y
Representación Legal o Registro Mercantil con fecha de
expedición no mayor a tres meses a la fecha en que se
presente la solicitud expedido por la Cámara de
ComercioRecibo de pago expedido por la Tesorería del
ICA. El monto depende del número de hectáreas a
inscribir.
4. Registro de Exportación del ICA
Después de haber inscrito los predios de
producción, el productor y/o comercializador debe
registrarse como exportador ante el ICA, para lo cual debe
solicitar el Registro de Exportación por medio de una
carta dirigida a la División de Sanidad Vegetal del
Instituto Colombiano Agropecuario –ICA- ubicado en el
municipio donde se encuentra la planta de procesamiento,
especificando la siguiente información:
Lugar y fecha de presentación de la
solicitudNombre de la empresa y/o exportador,
Número de Identificación Tributaria
–NIT- (Persona Jurídica) y/o Cédula de
Ciudadanía (Persona Natural) del exportadorDirección y teléfono de la planta de
producciónEspecies de frutas que va a exportar
Nombre de la marca distintiva de la fruta u
hortaliza con la que va a realizar la
exportaciónFirma del solicitante o Representante
LegalAdicionalmente anexar los siguientes
documentos:Original del Certificado de Existencia y
Representación Legal o Registro Mercantil, con fecha
de expedición no mayor a tres meses a la fecha en que
se presente la solicitud, expedido por la Cámara de
ComercioRecibo de pago de Tesorería del
ICA
5 Factura comercial.
Este documento es el resultado final de la factura
proforma. Se exige para el despacho de importación en la
Aduana, a la vez que puede exigirlo el banco o la cámara
de comercio. La factura comercial es expedida por el exportador y
en ella se detallan todas las características de la
mercancía así como las condiciones definitivas de
la venta
La factura comercial debe cumplir con los siguientes
requisitos:
Debe ir de forma impresa la denominación
"Factura de venta"Nombre o razón social, NIT y dirección
del exportador o del embarcadorNumeración consecutiva autorizada por la DIAN
y fecha de elaboraciónNombre o razón social del comprador en el
país de destino, dirección, teléfono,
ciudad y paísNúmero de Identificación Tributaria
–NIT- o el número que le permita identificar
alguna referencia fiscal u otro tipo de información al
compradorDescripción detallada de la mercancía
(nombre con el que se conoce la mercancía, el grado o
la calidad, la marca, los números y los
símbolos que utiliza el fabricante, relacionando cada
renglón con los bultos o la lista de empaque; no debe
contener descripciones numéricas, ambiguas o
confusas)Lugar y fecha de expedición. Si la factura se
compone de dos o más hojas, éstas deben
numerarse consecutivamente.Cantidades, peso bruto, neto y medidas del
embarquePrecio de cada mercancía enviada,
especificando el tipo de moneda ( el valor de la
operación debe expresarse en moneda inmediata
convertibilidad, como dólares estadounidense, euros,
libras, etc., y señalar su equivalente en moneda
nacional, sin incluir IVA)Tipo de moneda (divisa utilizada)
Condiciones de venta (DAF, FAS, FOB, CPT, CIP, CFR,
CIF o DPP), según Incorterm acordado.Monto por concepto de fletes, prima de seguro,
comisiones y costos de embalaje para el transporte: estos
ítems deben desglosarse en caso de que el cliente lo
solicite o según las condiciones de venta. En el
país destino, estos conceptos pueden ser parte d la
base gravable para calcular los impuestos de la
importación.Condiciones de negociación (forma y plazo de
pago)Firma y sello del vendedor o representante
legal.Junto con esta factura se incluirá la lista
de contenido o packing list, en el que se especifica el
contenido de cada bulto de la expedición.
6 Documento de Exportación- DEX
El documento de exportación o
Declaración de Exportación, DEX, lo expende la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
–DIAN- en sus oficinas de las distintas ciudades, en
algunas ciudades, también son vendidos por los
almacenes de cadena.El DEX consta de un original y cinco (5) copias y la
DIAN ofrece la posibilidad de que el Documento de
Exportación –DEX- sea utilizado de dos (2)
formas, como Autorización de Embarque y como
Declaración Definitiva.
(La DIAN envía una copia del DEX al Mincomex con
el objeto de registrar de manera definitiva la
exportación)
7 CERTIFICADO DE ORIGEN.
Es el documento que permite que nuestro cliente se
beneficie de las preferencias arancelarias otorgadas a los
productos colombianos por determinados países. Para que un
producto pueda acogerse a las ventajas de un determinado esquema
o acuerdo comercial, deberá estar acompañado, en el
momento de la importación, de un Certificado de Origen
emitido en Colombia, donde se indiquen las normas o criterios de
origen, debidamente firmado y sellado por el funcionario
habilitado por el Ministerio de Comercio Exterior en Colombia
para el efecto.
8. Factura consular
La factura consular informa del precio y
origen de la mercancía y la emite el consulado del
país del comprador en el país vendedor.
9. Documentos de embarque.
Una vez entregada la mercancía, la
compañía transportadora emite un documento, llamado
"Documento de Embarque", en el que la compañía se
compromete a transportar la mercancía desde un puerto o
aeropuerto de origen a uno de destino. Este servicio es pagado
según los términos de negociación o INCOTERM
Aplica para CFR, CIF, CPT, CIP, DAF (se paga por partes iguales
entre el comprador y el vendedor), DES, DEQ, DDU, DDP. El
documento de embarque dependerá del modo de transporte a
utilizar: Bill of Lading (B/L) para transporte marítimo;
guía aérea o Air Way bill (AWB) para transporte
aéreo o Carta de Porte terrestre. En el caso de transporte
multimodal, el operador OTM emitirá un DTM, o Documento de
transporte multimodal; para contratos charter o de fletamento
aéreo o marítimo, el documento a expedir se
denomina póliza de fletamento.
10. Lista de empaque
Con la lista de empaque el exportador le garantiza al
importador y a la Aduana que durante el tránsito de sus
mercancías se dispondrá de un documento claro que
identifique el embarque completo ya que, en caso de percance,
podrá hacerse, sin mayores dificultades, los reclamos
correspondientes a la compañía de
seguros.
En la lista se indica la cantidad exacta de
artículos que contiene cada caja, bulto, envase, y
embalaje general. En cada uno se debe anotar en forma clara y
legible, los números y las marcas que lo identifiquen, los
mismos que deben relacionarse en la factura, escribiéndose
al lado de la descripción de cada una de las
mercancías que contienen. Se debe procurar empacar junta
la mercancía del mismo tipo, ya que esto simplifica la
revisión de la Aduana y se evita que esta sea más
profunda.
11. Póliza de seguro.
Este documento recoge las condiciones en que se aseguran
las mercancías. La póliza de seguros cubre al
asegurado importador por las pérdidas, averías a
los daños materiales que sufran las mercancías en
el tránsito del transporte nacional e internacional por
cualquier medio o combinación de medios. Cuando se vende
CIP, CIF, DES, DAF, DDU, DDP dicha póliza la contrata el
exportador durante el transporte al destino final.
Durante el tránsito de la carga se cubren los
riesgos por pérdida total o parcial y por daños
materiales sufridos a causa de siniestros como incendio,
explosión, hundimiento, colisión, caída de
aviones, volcaduras y descarrilamiento. En caso de querer cubrir
riesgos especiales, las empresas aseguradoras realizan un
análisis previo y lo efectúan por convenio expreso.
Tales riesgos son: huelga y protestas populares, guerra, robo con
violencia o asalto a mano armada, desviación o cambio de
ruta, trasbordo y otra variación en la ruta, así
como almacenaje en exceso durante su tránsito.
Los seguros tienen vigencia desde el momento en que los
bienes quedan a cargo del porteador para su transporte;
continúa durante el curso normal de su viaje y termina con
la descarga de los bienes en su destino final, en cuyo caso la
protección es por el viaje completo. Cuando se solicita
sólo por el recorrido desde el puerto marítimo o
aduana terrestre de entrada en el país hasta el punto de
su destino final, se considera como seguro intermedio o
parcial.
12 CERTIFICADOS:
a. De análisis: Documento que certifica que la
naturaleza, composición, grado, etc., de la
mercancía corresponden a la calidad contratada.
b. De depósito: Se exige en los casos en que la
existencia de depósito previo obligue a realizarlo antes
de despachar la mercancía.
c. De inspección: Indica que las
mercancías han sido examinadas y encontradas conformes con
la mencionada en un contrato o una proforma. Lo realizan
compañías especializada como SGS, Bureau Veritas,
Lloysd"s, etc. Generalmente se inspecciona el 10% del total dela
mercancía.
d. De origen: Documento que identifica las
mercancías expedidas y declara expresamente dónde
se fabricó la mercancía.
e. De origen del SPG (Sistema de Preferencias
Generalizadas): Documento de importación que muestra el
trato preferencial otorgado a los países en
desarrollo.
f. De peso: Este documento hace constar el peso de la
mercancía (neto y bruto), bulto por bulto.
g. Certificado fitosanitario: El Instituto Colombiano
Agropecuario, ICA, otorga un visto bueno para la
exportación de animales y plantas vivas y productos de
origen animal o vegetal sin procesar.
Para la expedición del certificado fitosanitario
de exportación se debe presentar una solicitud en papel
común o con membrete de la firma exportadora.
INCOTERMS
2012
INCOTERMS se refiere a un grupo de términos
comerciales estandarizados de 3 letras utilizado
comúnmente en contratos internacionales de venta de
bienes. Se usan para dividir los costes de las transacciones
comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades
entre el comprador y el vendedor, y reflejan la práctica
actual en el transporte internacional de
mercancías.
Es esencial el conocimiento de estos términos
antes de importar o exportar cualquier
artículo.
Estos son los INCOTERMS actualizados por la
Cámara Internacional de Comercio (ICC por sus siglas en
inglés) a la fecha:
EXWEl vendedor pone la mercancía a
disposición del comprador en sus instalaciones:
fábrica, almacén, etc. Todos los gastos a partir de
ese momento son por cuenta del comprador.El INCOTERM EXW se puede
utilizar con cualquier tipo de transporte o con una
combinación de ellos (conocido como transporte
multimodal).
FAS: El vendedor entrega la mercancía en
el muelle pactado del puerto de carga convenido; esto es, al lado
del barco. El INCOTERM FAS es propio de mercancías de
carga a granel o de carga voluminosa porque se depositan en
terminales del puerto especializadas, que están situadas
en el muelle. El vendedor es responsable de las gestiones y
costes de la aduana de exportación (en las versiones
anteriores a INCOTERMS 2000, el comprador organizaba el despacho
aduanero de exportación). El INCOTERM FAS sólo se
utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o
fluvial.
FOB
El vendedor entrega la mercancía sobre el buque.
El vendedor contrata el transporte a través de un
transitorio o un consignatario, pero el coste del transporte lo
asume el comprador. El INCOTERM FOB es uno de los más
usados en el comercio internacional. Se debe utilizar para carga
general (bidones, bobinas, contenedores, etc.) de
mercancías, no utilizable para granel. El INCOTERM FOB se
utiliza exclusivamente para transporte en barco, ya sea
marítimo o fluvial.
FCA
El vendedor se compromete a entregar la mercancía
en un punto acordado dentro del país de origen, que pueden
ser los locales de un transitorio, una estación
ferroviaria… (Este lugar convenido para entregar la
mercancía suele estar relacionado con los espacios del
transportista). Se hace cargo de los costes hasta que la
mercancía está situada en ese punto convenido;
entre otros, la aduana en el país de origen.
El INCOTERM FCA se puede utilizar con cualquier tipo de
transporte: transporte aéreo, ferroviario, por carretera y
en contenedores/transporte multimodal. Sin embargo, es un
INCOTERM poco usado.
CFR
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido
el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al
puerto de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al
comprador en el momento que la mercancía se encuentra
cargada en el buque, en el país de origen. Se debe
utilizar para carga general, que no se transporta en
contenedores; tampoco es apropiado para los
gráneles.
El INCOTERM CFR sólo se utiliza para transporte
en barco, ya sea marítimo o fluvial.
CIF
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos
el transporte principal y el seguro, hasta que la
mercancía llegue al puerto de destino. Aunque el seguro lo
ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el
comprador.
Como en el INCOTERM anterior, CFR, el riesgo se
transfiere al comprador en el momento que la mercancía se
encuentra cargada en el buque, en el país de origen. El
INCOTERM CIF es uno de los más usados en el comercio
internacional porque las condiciones de un precio CIF son las que
marcan el valor en aduana de un producto que se importa.2 Se debe
utilizar para carga general o convencional, pero no se debe
utilizar cuando se transporta en contenedores.
El INCOTERM CIF se utiliza para cualquier transporte,
pero sobretodo barco, ya sea marítimo o
fluvial.
CPT
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido
el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al
punto convenido en el país de destino. Sin embargo, el
riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de
la mercancía al transportista dentro del país de
origen. El INCOTERM CPT se puede utilizar con cualquier modo de
transporte incluido el transporte multimodal (combinación
de diferentes tipos de transporte para llegar a
destino).
CIP
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos
el transporte principal y el seguro, hasta que la
mercancía llegue al punto convenido en el país de
destino. El riesgo se transfiere al comprador en el momento de la
entrega de la mercancía al transportista dentro del
país de origen. Aunque el seguro lo ha contratado el
vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.
El INCOTERM CIP se puede utilizar con cualquier modo de
transporte o con una combinación de ellos (transporte
multimodal)
DAT
El INCOTERM DAT se utiliza para todos los tipos de
transporte. Es uno de los dos nuevos INCOTERMS 2010 con DAP.
Reemplaza el INCOTERM DEQ.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos
el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio),
hasta que la mercancía se coloca en a la terminal
definida. También asume los riesgos hasta ese
momento.
El INCOTERM DEQ se utilizaba notamente en el comercio
internacional de gráneles porque el punto de entrega
coincide con las terminales de gráneles de los puertos.
(En las versiones anteriores a INCOTERMS 2000, con el INCOTERM
DEQ, el pago de la aduana de importación era a cargo del
vendedor; en la versión actual, es por cuenta del
comprador.
DAP
El INCOTERM DAP se utiliza para todos los tipos de
transporte. Es uno de los dos nuevos INCOTERMS 2010 con DAT.
Reemplaza los INCOTERMS DAF, DDU y DES.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos
el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio) pero
no de los costes asociados a la importación, hasta que la
mercancía se ponga a disposición del comprador en
un vehículo listo para ser descargado. También
asume los riesgos hasta ese momento.
DDP
El vendedor paga todos los gastos hasta dejar la
mercancía en el punto convenido en el país de
destino. El comprador no realiza ningún tipo de
trámite. Los gastos de aduana de importación son
asumidos por el vendedor.
Web
grafía
http://www.rh-shipping.com/inicio/index.php?option=com_content&view=article&id=296:incoterms-2012&catid=19:leyes-y-regulaciones-internacionales&Itemid=26
http://www.dian.gov.co/
https://www.mincomercio.gov.co/index.php
http://www.cci.org.co/cci/cci_x/Sim/Manuales/LOGISTICA_EXPORTADORA/logisticaexp10.htm
Autor:
Arrieta Gomez Cindy
Barraza Herrera Maria
Espeleta Sarmiento Leidy
Gomez Zuleta Lya Nne
Presentado a:
MARIANO BERENECHE
Programa:
LOGÍSTICA Y COMERCIO INTERNACIONAL
III
Materia:
LEGISLACIÓN ADUANERA.
Entidad educativa
CORPORACIÓN BOLIVARIANA DEL
NORTE
Santa marta – Colombia.
2013