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Seguridad ciudadana (página 2)



Partes: 1, 2

En ambos lineamientos no se capta el interés público de asignar una función vinculante con la persona y la comunidad, pues los principales actos de policía lo conforman la protección de la persona y el servicio a la comunidad.

LAS FUNCIONES DE LA PNP- LEY ORGANICA DE LA PNP, DEL 21DIC99,No. 27238

En su TÍTULO II.- CAPÍTULO I.-Artículo 7o.- FUNCIONES.- Establece que son funciones de la Policía Nacional del Perú las siguientes:

  • 1. Mantener la seguridad y tranquilidad públicas para permitir el libre ejercicio de los derechos fundamentales de la persona consagrados en la Constitución Política del Perú.

  • 2. Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos y faltas previstos en el Código Penal y leyes especiales, perseguibles de oficio; así como aplicar las sanciones que señale el Código Administrativo de Contravenciones de Policía.

  • 3. Garantizar la seguridad ciudadana. Capacita en esta materia a las entidades vecinales organizadas.

  • 4. Brindar protección al niño, al adolescente, al anciano y a la mujer que se encuentran en situación de riesgo de su libertad e integridad personal, previniendo las infracciones penales y colaborando en la ejecución de las medidas socio-educativas correspondientes.

  • 5. Investigar la desaparición de personas naturales.

  • 6. Garantizar y controlar la libre circulación vehicular y peatonal en la vía pública y en las carreteras, asegurar el transporte automotor y ferroviario, investigar y denunciar los accidentes de tránsito, así como llevar los registros del parque automotor con fines policiales, en coordinación con la autoridad competente.

  • 7. Intervenir en el transporte aéreo, marítimo, fluvial y lacustre en acciones de su competencia.

  • 8. Vigilar y controlar las fronteras, así como velar por el cumplimiento de las disposiciones legales sobre control migratorio de nacionales y extranjeros.

  • 9. Brindar seguridad al Presidente de la República en ejercicio o electo, a los Jefes de Estado en visita oficial, a los Presidentes de los Poderes Públicos y de los organismos constitucionalmente autónomos, a los Congresistas de la República, Ministros de Estado, así como a diplomáticos, dignatarios y otras personalidades que determine el reglamento de la presente Ley.

  • 10. Cumplir con los mandatos escritos del Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Jurado Nacional de Elecciones, Ministerio Público y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el ejercicio de sus funciones.

  • 11. Participar en la seguridad de los establecimientos penitenciarios, así como en el traslado de los procesados y sentenciados de conformidad con la ley.

  • 12. Participar en el cumplimiento de las disposiciones relativas a la protección y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente, la seguridad del patrimonio arqueológico y cultural de la Nación.

  • 13. Velar por la seguridad de los bienes y servicios públicos, en coordinación con las entidades estatales correspondientes.

  • 14. Participar en la Defensa Nacional, Defensa Civil y en el desarrollo económico y social del país.

  • 15. Ejercer la identificación de las personas con fines policiales.

  • 16. Ejercer las demás funciones que le señalen la Constitución y las leyes.

Función de las Municipalidades

11.1 VISIÓN

Hacer de Lima una Ciudad ordenada donde la seguridad y tranquilidad sean el factor primordial para que las demás actividades se puedan desarrollar con facilidad, armonía, firmeza y respeto a la autoridad.

La Seguridad Ciudadana será sinónimo de prevención y anticipación con calidad, eficiencia y de forma oportuna permitiendo que nuestra ciudad ofrezca la sensación de bienestar y de desarrollo económico.

11.2 MISIÓN

La Municipalidad de Lima ejerce el principio de autoridad, aunado al esfuerzo de la Policía Nacional y a la participación de la vecindad , debiendo ser convocado el poder Judicial para que a través de una alianza estratégica permita garantizar la tranquilidad de los contribuyentes, visitantes y turistas.

Reducir la percepción de inseguridad del vecino desarrollando acciones estratégicas de erradicación, disuasión, control y prevención de los agentes distorsionadores de la tranquilidad vecinal, propiciando además la recuperación de valores y un cambio de conducta urbana.

Coordinar con la Policía Municipal para la acción y respuesta frente a la demanda que exige su ejercicio como ente responsable de la seguridad urbana, para lo cual, se le adiestrara en el conocimiento y uso de nuevas herramientas de gestión.

11.3 ESTRATEGIAS

  • 1. Dotar de instrumentos legales que permitan un accionar efectivo a la Policía Nacional y a Seguridad Ciudadana mediante iniciativas legislativas:

  • a. Facultad para inmovilizar personas en actos delictivos

  • b. Flexibilizar la flagrancia

  • c. Uso de Marrocas para inmovilizar a sospechosos

2. Impulsar la instalación de Juzgados de Paz en las comisarías. Plan Piloto Comisaría Cotabambas .  

3. Compartir tecnología visual y data con la PNP .

4. Impulsar las acciones con la Policía Nacional del Perú mediante el convenio de la Unidad Policial de Apoyo Municipal (UPAM).

6. Conformar un sistema de información que articule . a todos los agentes que participan e interactúen en el registro de datos y hechos ocurridos en la ciudad para establecer los indicadores de la vida urbana.

7. Consolidar una gerencia por resultados con profesionales Inter. disciplinarios que observen y resuelvan el quehacer cotidiano de la ciudad creando mística y compromiso con agentes debidamente seleccionados y preparados para su labor.

11.4 COMPETENCIA FUNCIONAL ENTRE LA PNP Y LAS MUNICIPALIDADES

 POLICIA NACIONAL

MUNICIPALIDAD

ConstituciónArt. 166 La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y ayuda a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio publico y privado, Previene, investiga y combate la delincuencia y vigila las fronteras. Ley Orgánica PNPResponsabilidad Funcional :Prevenir, investigar y denunciar a fiscalía los delitos perseguibles de oficio y otros.

Constitución Art. 197 Las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local.Así mismo brindan servicios de seguridad ciudadana con la cooperación de la PNP, conforme a ley.Ley del Sistema de Seguridad CiudadanaLey de MunicipalidadesResponsabilidad Funcional :Contribuir a la prevención y algunos delitos (contra la vida, el cuerpo y la salud y contra el patrimonio).Denuncia a la PNP.

11.5 PROGRAMAS DE LAS MUNICIPALIDADES

11.5.1 CALLE SEGURA: Fortalecer la cadena de seguridad, creando una fuerza conjunta que permita lograr una mejor calidad de vida entre los distintos ciudadanos de Lima metropolitana.

11.5.2 CADENAS DE SEGURIDAD: Conformar y ampliar un sistema de seguridad integral, mediante la coordinación permanente entre la Municipalidad Metropolitana de Lima, La policía Nacional, empresariado y comerciantes del centro histórico.

11.5.3 INTEGRACIÓN FAMILIAR : Orientado a consolidar el núcleo de la sociedad, creando una familia sólida para así conseguir potenciar a cada uno de sus integrantes.

11.5.4 CENTRO DE COMUNICACIONES (CECOM) : La Dirección de Seguridad Ciudadana, cuenta en la actualidad con un órgano de ejecución responsable del enlace radial y telefónico entre los vecinos y el personal operativo que conforma esta dirección, Una de las funciones principales es la de canalizar las llamadas de los contribuyentes para que estas sean atendidas de manera rápida y oportuna; logrando cumplir con nuestros objetivos principales, lograr que el vecino se sienta satisfecho y hacer de Lima una Ciudad Segura.

Seguridad ciudadana ha implementado una nueva central de emergencias. Llamando al número 318-5050, sus llamadas y emergencias, serán canalizadas de manera rápida y oportuna.

12. LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES

12.1 ARTÍCULO 85º.- SEGURIDAD CIUDADANA

Las municipalidades en seguridad ciudadana ejercen las siguientes funciones:

  • Funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales:

  • Establecer un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional, y normar el establecimiento de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas o similares, de nivel distrital o del de centros poblados en la jurisdicción provincial, de acuerdo a ley.

  • Ejercer la labor de coordinación para las tareas de defensa civil en la provincia, con sujeción a las normas establecidas en lo que respecta a los Comités de Defensa Civil Provinciales.

  • Funciones específicas compartidas de las municipalidades provinciales:

  • Coordinar con las municipalidades distritales que la integran y con la Policía Nacional el servicio interdistrital de serenazgo y seguridad ciudadana.

  • Promover acciones de apoyo a las compañías de bomberos, beneficencias, Cruz Roja y demás instituciones de servicio a la comunidad.

  • Funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales:

  • Organizar un servicio de serenazgo o vigilancia municipal cuando lo crea conveniente, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial respectiva.

  • Coordinar con el Comité de Defensa Civil del distrito las acciones necesarias para la atención de las poblaciones damnificadas por desastres naturales o de otra índole.

  • Establecer el registro y control de las asociaciones de vecinos que recaudan cotizaciones o administran bienes vecinales, para garantizar el cumplimiento de sus fines.

12.2 ARTÍCULO 123º.- RELACIONES DE LOS GOBIERNOS LOCALES

Las relaciones que mantienen las municipalidades con el Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los poderes del Estado tienen por finalidad garantizar el ejercicio del derecho de iniciativa legislativa, la coordinación de las acciones de competencia de cada uno, así como el derecho de propuesta o petición de normas reglamentarias de alcance nacional. Estas relaciones implican respeto mutuo y atención a las solicitudes que se formulen recíprocamente.

La Policía Nacional tiene la obligación de prestar el apoyo que requiera la autoridad municipal para hacer cumplir sus disposiciones, conforme a ley.

12.3 ARTÍCULO 157º.- ATRIBUCIONES

Compete al Concejo Metropolitano:

17. Aprobar el Sistema Metropolitano de Seguridad Ciudadana y crear el Serenazgo Municipal Metropolitano, así como reglamentar su funcionamiento;

18. Dictar las normas necesarias para brindar el servicio de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional;

19. Regular la cooperación de la Policía Nacional para el cabal cumplimiento de las competencias, funciones y fines de la Municipalidad Metropolitana de Lima;

  • 20. Regular el funcionamiento de la Policía de Tránsito, de Turismo y de Ecología;

12.4 ARTÍCULO 161º.- COMPETENCIAS Y FUNCIONES

La Municipalidad Metropolitana de Lima tiene las siguientes competencias y funciones metropolitanas especiales:

8. En materia de Seguridad Ciudadana:

8.1. Crear, normar, dirigir y controlar el Sistema Metropolitano de Seguridad Ciudadana, con arreglo a la ley de la materia.

Serenazgo

RESEÑA DE LA POLICIA MUNICIPAL

En el año de 1,565 aproximadamente Treinta años después de la fundación de la Ciudad de Lima, los gobiernos locales estaban custodiados por los alguaciles, quienes para su identificación estaban uniformados, el 04 de Junio de 1,886 el Presidente de la Republica Mariano IGNACIO PRADO, publico en el diario El Peruano; el primer reglamento de la Policía Municipal, siendo el alcalde de Lima el Dr. Pedro MUJICA CARAZZA, quien organizo el cuerpo de la Policía Municipal.

La Policía Municipal, tiene una base sólida disciplinada que le sirve de prestigio y fuerza, ellos velan por el vecino dando prioridad al niño y a la madre, cuidando las áreas recuperadas del comercio informal, es el amigo del vecino.

ANTECEDENTES DEL SERENAZGO

En la década del 90 y específicamente a partir del año 1991, en distrito de San Isidro se organizo y puso en funcionamiento el servicio de Serenazgo y patrocinado por el Dr. Carlos Neuhaus Rizo Patrón, Alcalde del mencionado distrito, con el propósito de combatir la prostitución, el Homosexualismo y la drogadicción, así como apoyar a la Policía Nacional en su función de prevención, orientando su esfuerzo a dar tranquilidad y bienestar al vecino de san Isidro.

Ante tal problemática los legisladores en el año 1993 consideraron de vital importancia consignar en la Carta Magna, dispositivos específicos Sobre la Defensa Nacional, el Orden Interno y la Seguridad Ciudadana.

Por otro lado se tiene el precepto, que el serenazgo se crea en Noviembre de 1.993, con la dacion del edicto Nro. 183 que crea el Tributo Municipal de Serenazgo, funcionando el mismo a partir del 03JUL96, como Servicio Publico de Serenazgo de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Posteriormente se implementa con la ordenanza Nro. 148 del 15MAY98 (Ordenanza Marco del Servicio Publico Local del Servicio de Serenazgo en la Provincia de Lima), que establece las disposiciones normativas generales, actualmente de conformidad al edicto Nro.237 del 21DIC98, constituye un órgano de línea de la Dirección Municipal de Seguridad Ciudadana.

Su Misión es realizar operaciones de patrullaje motorizado y a pie, en el cercado de Lima, con la finalidad de prevenir la comisión de delitos y faltas en apoyo de la PNP, contribuyendo de esta manera al mantenimiento de la Seguridad Ciudadana.

  • ORDENANZA DEL SERENAZGO METROPOLITANO DE LIMA (Nro. 638, del 21JUN04)- funciones.

Articulo 1 : Mediante la presente ordenanza se crea el Serenazgo Metropolitano de Lima, (SEMEL)con la finalidad de contribuir a asegurar la convivencia pacifica, el control de la violencia urbana y la prevención de delitos y faltas en Lima; el SEMEL coordinara con la Policia Nacional y con la Sociedad Civil organizada, desarrollando en forma oportuna, eficiente y efectiva, un sistema de información y acciones conjuntas y coordinadas.

Articulo 2 : El SEMEL está integrado por:

  • Serenazgo de la Municipalidad de Lima

  • Los Serenazgos de las Municipalidades Distritales .

Articulo 3 : El servicio de Serenazgo Municipal Metropolitano, tiene las siguientes características:

  • Servicio Interdistrital

  • Servicio Planificado

  • Servicio Homogéneo

  • Servicio Intercomunicado

  • Servicio tecnológicamente compatible e integrado

  • Servicio informatizado e interconectado

  • Servicio con Información integrada de Seguridad Ciudadana

  • Servicio de seguimiento de las intervenciones

Articulo 4 : La Municipalidad Metropolitana de Lima, a través de la Dirección Municipal de Seguridad Ciudadana, con relación al serenazgo Metropolitano, tiene las siguientes competencias:

  • A. Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar el Serenazgo Metropolitano

  • B. Dictar disposiciones y normas complementarias y especificas para el logro de sus objetivos.

  • C. Coordinar las actividades y acciones con la Policía Nacional, a nivel Metropolitano.

  • D. Promover la Participación vecinal en asuntos de seguridad

  • E. Coordinar el servicio y acciones conjuntas con los responsables del Serenazgo de los distritos de Lima Metropolitana.

  • F. Convocar a reuniones de coordinación con las municipalidades distritales y la PNP

  • G. Diseñar y establecer el sistema de información integrado metropolitano

  • H. Otras que disponga el consejo y la alcaldía Metropolitana

Articulo 5 : Funciones Generales del Servicio de Serenazgo

  • A. Planificar y ejecutar operaciones de patrullaje general y
    selectivo, en coordinación con la Policía Nacional.

  • B. Prestar auxilio y protección a la comunidad

  • C. Supervisar e informar el cumplimiento de las normas de seguridad
    en establecimientos públicos de cualquier naturaleza o índole.

  • D. Propiciar la tranquilidad, orden, seguridad y convivencia
    pacifica de la comunidad.

  • E. Asumir el control del transito vehicular en todos aquellos
    lugares necesarios en que no se encuentren efectivos de la Policía
    Nacional

  • F. Vigilar la preservación de la calidad de vida, limpieza
    y ornato publico

  • G. Colaborar y prestar a poyo a los órganos de su respectivo
    gobierno local cuando lo soliciten para la ejecución de acciones
    de su competencia.

  • H. Implementar y actualizar el sistema de información
    integrado Metropolitano.

  • I. Orientar al ciudadano cuando requiera algún tipo de
    información

  • J. Otras funciones que se le encarguen, los mismos que deberán
    ser establecidos en el reglamento.

  • Articulo 6 : Las Municipalidades Distritales son competentes en

  • A. Crear y organizar el servicio de serenazgo distrital cuando lo crea conveniente, en el marco de las normas emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima y con arreglo a las disposiciones vigentes.

  • B. Dictar normas complementarias para el funcionamiento oportuno, eficiente y eficaz del servicio de serenazgo distrital.

  • C. Planificar, organizar, implementar, ejecutar y evaluar el Serenazgo Distrital.

  • D. Planificar y coordinar las acciones necesarias del Serenazgo distrital con la Policía Nacional de su jurisdicción.

  • E. Otras que se señalen en la presente ordenanza y a las que mediante ordenanza se incorporen.

DISPOSICIONES FINALES:

PRIMERA.- la presente Ordenanza Metropolitana deroga todas las disposiciones que se le opongan.

SEGUNDA.- La Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el Decreto de Alcaldía aprobara el Reglamento de la Presente Ordenanza, en un plazo no mayor de 60 días.

TERCERO.- La Municipalidad Metropolitana de Lima y las Municipalidades Distritales implementaran la presente ordenanza, en noventa (90) dias contados a partir de su aprobación.

Necesidades de la sociedad

La Sociedad Peruana esta constituido por un conjunto poblacional multiétnico, y pluricultural, que ha heredado usos y costumbres que han colisionado durante años en la formación de una identidad nacional única, esto como es natural ha originado problemas de convivencia social, lo que ha generado y desarrollado un mayor problema policial; ajeno a los problemas de las diversas costumbres que generan diversas formas de vida, la normatividad peruana es única y la función policial es monopólica del Estado.

Esta sociedad, requiere para su desarrollo, de una actividad que regule su convivencia social, de forma adecuada y coherente, mediante la institución policial y otras que asumen el rol de administrar el poder del Estado, para garantizar el desarrollo de la comunidad a través de un clima de confianza y tranquilidad necesario para el desarrollo de todo tipo de actividad humana.

La Policía Nacional siempre ha sido reactiva ante los problemas sociales, y aunque esta comprobado que la actividad delictiva no se combate con la represión, pues es un complejo problema social abarca amplios campos de la acción de Gobierno, la sociedad identifica a la policía como la responsable de su incremento. Sin embargo primero se suscitan los hechos y luego la policía actúa, aunque en la actualidad la intención del Comando es convertir la institución en un ente proactivo, que en conjunto con la comunidad busque la solución a sus problemas de seguridad.

La sociedad requiere de seguridad en todos los campos, patrimonial, personal, etc., y no importa de donde provenga esta seguridad lo que si interesa es que sea efectiva y permita desarrollar las actividades en forma normal y continua. De igual forma requiere de diversas actividades para proteger intereses en todos los campos, sean económicos, laborales, de salud, ecológicos, de preservación de la vida de protección de derechos y todos aquellos que permiten el desarrollo personal en la comunidad, es por ello que en el marco normativo la Policía Nacional tiene un cúmulo de funciones destinadas a satisfacer estas necesidades.

Plan Tolerancia Cero

El tema de los modelos policiales ligados a experiencias extranjeras exitosas comienza por Rudolph Giuliani. El edil norteamericano había basado su campaña electoral en tres puntos, siendo el principal reducir la delincuencia. Para tal efecto, Giuliani se asesora por William Bratton, ex Superintendente de Policía de Boston, desarrollando en la megápolis neoyorquina una estrategia antidelincuencia conocida como "Tolerancia Cero" .

Tras conocerse los logros alcanzados en Nueva York se surgieron distintas opiniones, dicotomizándose la visión de los modelos de prevención delictual, especialmente en lo relativo a la forma de desarrollar la función policial. Las opiniones oscilan entre aquellas que privilegian una forma de control policiaco de corte "especializado, profesional o tradicional" -representados principalmente por "Tolerancia Cero"-, por una parte; y las que se inclinan por una intervención de tipo comunitario -identificado fundamentalmente por el desarrollado en la ciudad española de Barcelona y otras de Estados Unidos-, por la otra.

Esta escisión entre ambas estrategias es más nominal que real, debido a que en la práctica no se trata de visiones antagónicas, ni paradigmas que definan por si solos un determinado modelo de prevención. En efecto, así como "Tolerancia Cero" incorpora elementos de acción socio-participativos, así también el modelo de Barcelona no prescinde de la respuesta policial tradicional.

La diferencia entre ambas estrategias radica, por un lado, en el énfasis y el papel asignado tanto a la comunidad como a la policía y, por el otro, sus respectivas modalidades de intervención, además de sus efectos conocidos a corto y mediano plazo.

El éxito de cualquier estrategia policial, tanto para disminuir los índices de criminalidad como para reducir la sensación subjetiva de inseguridad, radica fundamentalmente en el equilibrio entre lo reactivo y lo proactivo, En el caso de "Tolerancia Cero", en la práctica el papel fundamental lo juega la policía. La autoridad y la policía fundan su apuesta exitosa en un enfoque preventivo situacional, así como en la reducción de los índices de criminalidad, en la rapidez de la respuesta policial a través de la aplicación de un control represivo específico y reactivo (entendiéndose esto como indicador de eficacia). No obstante, los efectos positivos de esta estrategia a mediano y largo plazo son inexistentes.

La experiencia de otros países señala que privilegiar excesivamente una estrategia por sobre la otra, aún cuando se "inyecten" o asignen los recursos técnicos y humanos necesarios, no garantiza el éxito esperado en orden a reducir el delito y el sentimiento de inseguridad. De este modo, una estrategia que sólo enfatice un efectivo despliegue reactivo, aleja a la policía de la comunidad, subestima el valor de la prevención, potencia el surgimiento de un "Estado policial" y favorece situaciones de abuso y excesos.

Por otra parte, un modelo basado fundamentalmente en acciones preventivas -estrechamente vinculadas a instancias socio-participativas, como la organización de los ciudadanos, la difusión generalizada de informaciones, entre otras- tiene casi nula respuesta en lo relativo a la contención del delito y sus manifestaciones más complejas, como el crimen organizado, el narcotráfico u otros, que causan igualmente alarma y temor, victimizando determinados grupos y sectores de la sociedad.

La estrategia o modelo de "policía comunitaria", por su parte, surge de la constatación de las falencias del modelo policial profesional tradicional dominante. Este demanda un enfoque organizativo y operativo de la policía, que supone una estrecha colaboración entre ésta y la comunidad en la tarea de controlar la criminalidad y el orden público, como también en el desarrollo de programas de prevención.

Esta "filosofía", como se le ha denominado, se inserta dentro de aquellas iniciativas que enfatizan un acercamiento proactivo al delito, logrando un relativo éxito en variadas experiencias internacionales en los últimos años. Sin embargo, no se puede desconocer que los buenos resultados obtenidos no se deben a la exclusiva aplicación de esta única fórmula, sino dentro de un marco que incluye, además, servicios policiales de carácter tradicional.

No existe pleno consenso respecto de las características propias del modelo. Sin embargo, se han señalado al menos las siguientes:

a. prevención organizada a partir de la comunidad;

b. reorientación del patrullaje policial a acciones proactivas;

c. importancia de la respuesta y la responsabilidad hacia y ante la comunidad; y,

d. descentralización del mando.

Por su parte, también se han señalado las siguientes características:

a. La misión de la policía es fundamentalmente de la paz (trabaja en el respeto de los derechos y de las libertades democráticas);

b. Adopta como estrategia crucial la consulta sistemática a la comunidad;

c. Su actitud es proactiva e interactiva (policía-comunidad);

d. Enfoca su esfuerzo en la solución de problemas vinculados con la criminalidad y el desorden social, en colaboración con los interlocutores de la comunidad, interviniendo también en algunas causas mediante la prevención y represión;

e. En colaboración con otros servicios públicos y privados, contribuye a mejorar la calidad de vida, reduciendo el miedo al crimen y aumentando la percepción y sentimiento de seguridad en la comunidad;

f. Los policías en directa relación con la comunidad son generalistas y su nivel de responsabilidad y autonomía es alto en relación a una institución descentralizada; y, finalmente,

g. Existe la obligación de rendir cuenta de manera periódica y rigurosa a la comunidad y sus representantes.

De las características antes señaladas, tres de ellas ponen en evidencia el cambio o tránsito desde una concepción tradicional del rol de la policía en la generación de la seguridad y el orden público -dar eficacia al derecho y aplicación de la ley penal- a una visión más moderna e integral de la seguridad ciudadana, coincidente con tres premisas básicas que caracterizan el rol de la "policía comunitaria":

· seguridad ciudadana y calidad de vida;

· acción policial proactiva y especializada; y,

· trabajo conjunto con la comunidad.

En efecto, se han señalado cinco elementos prácticos de la "policía comunitaria", a saber:

a) proyectos de prevención comunitaria bajo el liderazgo de la policía y los organismos comunitarios, en colaboración generalmente con otros servicios públicos y privados;

b) mayor presencia policial mediante la apertura de minipuestos o subestaciones según dimensiones demográficas y geográficas;

c) mayor visibilidad y presencia policial a través de patrullaje a pie;

d) establecimiento de comités consultivos de ciudadanos vinculados a la policía a nivel de ciudad y de barrios; y

e) participación de las autoridades locales electas en un consejo local de seguridad pública junto con las autoridades de la policía.

¿Municipalizar la policía? Siete razones para oponerse, por Carlos Basombrio-ex Vice Ministro del Interior

El diario El Comercio venia promoviendo una discusión sobre la necesidad de transferir completamente a los municipios el trabajo de seguridad ciudadana de la Policía Nacional, con el fin de afrentar de manera más exitosa la alta percepción de inseguridad que existe entre la población y la sensación de que las instituciones actualmente a cargo no están a la altura de las circunstancias.

hay que decir al respecto es que se trata de una discusión totalmente legítima y que busca dar una salida a las necesidades de la población en un tema tan sensible y cada vez más importante. Sin embargo, hay que añadir no se trata de una discusión nueva y ya tiene varios años en el Perú. En concreto, se trata de una propuesta que promovió el ex alcalde Alberto Andrade, quien como se sabe tenía un especial interés en los temas de seguridad ciudadana y promovía la municipalización de la Policía. (Es de destacar, sin embargo, que el famoso "Plan Bratton", no recogió esta tesis entre sus propuestas). En el debate municipal el actual alcalde Luis Castañeda Lossio planteó claramente su posición contraria a la municipalización de la policía, señalando que era la Policía Nacional la que debía, en coordinación con los alcaldes, desarrollar esta labor.

PRIMER LUGAR

Acentuaría las diferencias entre los distintas sectores sociales y zonas de las ciudad (más todavía a nivel nacional), según el poder económico de los vecinos. Así, tendríamos policías de primer, segundo, tercer y cuarto nivel, según el nivel económico del distrito y, probablemente, habría distritos en el Perú que no tendrían capacidad alguna de tener policía para la seguridad ciudadana. Esto aumentaría la segregación social y dificultaría la labor de compensación, a través de la redistribución de efectivos y recursos, que de manera aún insuficiente hace la Policía Nacional. El principio de la asignación de recursos no sería el de identificar dónde hay mas problemas de seguridad ciudadana; sino el de la capacidad del distrito o provincia para proveer a sus vecinos de la mejor atención policial. Mejoraríamos nuestra seguridad aún más, los que vivimos en algunos pocos distritos privilegiados, a costa de todos los demás.

SEGUNDO LUGAR

La municipalización de la policía permitiría a cada municipio del país contar con un cuerpo armado propio; el que si bien concebido para tareas de seguridad ciudadana, una vez constituido y en un país donde no hay precisamente un gran apego a la ley, sería ya difícil impedirle que cumpla funciones "adicionales". Estos cuerpos armados al mando de miles de alcaldes (ojo, los hay excelentes y muy buenos, pero también malos y hasta pésimos) serían un ingrediente adicional muy peligroso en los múltiples conflictos que existen entre jurisdicciones en el país o entre jurisdicciones y el gobierno central. Sólo para graficar el riesgo pongamos el ejemplo de lo complicado que sería el enfrentamiento entre Magdalena y San Isidro por límites (que ya ha llegado a las manos en más de una ocasión); o, mucho más gráfico todavía, el enfrentamiento entre Cañete y Chincha por las mismas razones, si ambos distritos o provincias contaran con cuerpos armados propios. Ni que decir de lo que sucedería en las múltiples veces en que los municipios provinciales o distritales se levantan contra una decisión de la provincia, región o nación, si es que entre las "armas de lucha" se incluyeran cuerpos armados propios. Se trata de una decisión muy riesgosa, en un país en el cual las tendencias a la disgregación y al enfrentamiento son muy fuertes.

TERCER LUGAR

Está el hecho que se acentuaría la competencia y enfrentamiento entre cuerpos policiales. No olvidemos que la existencia misma de la Policía Nacional tiene su origen en los enfrentamientos (incluso armados) que hubo en su momento entre la Guardia Civil, la Policía de Investigaciones del Perú y la Guardia Republicana por competencia entre funciones. Han trascurrido quince años y todavía hay celos y rencillas entre los miembros de las tres instituciones originarias. Además, ni siquiera al interior de la Policía Nacional se ha logrado eliminar del todo la competencia entre unidades policiales. Si esto es así con una sola estructura jerarquizada y unificada, es fácil de imaginar lo que sería la rivalidad y los celos entre policías locales por jurisdicción y méritos en disputa.

CUARTO LUGAR

Y muy relacionado a lo anterior, la municipalización de la Policía acentuaría las dificultades de coordinación y cooperación eficaz entre unidades de carácter especializado como la Dirección de Investigación Criminal, la Dirección contra el Terrorismo o la Dirección contra las Drogas, con las labores de las policías territoriales. Si hoy en día existen importantes celos entre unidades policiales especializadas y unidades policiales básicas, es fácil imaginar las dificultades de coordinación y cooperación que existirían en el caso en que estos sean cuerpos separados y no tuvieran relaciones de subordinación entre si. ¿Quién se hace cargo de un secuestro en Comas? ¿Quién afronta la microcomercialización de drogas en Surquillo? Etc.

QUINTO LUGAR

Está el tamaño de las policías y la pérdida de las ventajas de una economía de escala que tiene la PNP. Miles de distritos pequeños no pueden darse el lujo de tener sistemas de comunicación propios o patrullaje autónomo, cuyo valor aumenta significativamente al adquirirse y usarse de manera individualizada y sin un alcance mayor al de la mera localidad (ello, sin contar con los costos adicionales que significará el que nos sean sistemas compatibles). Pero no sólo los bienes: dado que la seguridad ciudadana no es sólo patrullar las calles a ciegas también, por ejemplo, la labor de inteligencia debería multiplicarse y hacerse ahora desde cada localidad. La existencia de una sola la Policía Nacional en ese sentido, ofrece la posibilidad de un uso racional de los escasos recursos del país, optimizando su uso y accediendo a bienes y servicios a precios mucho más competitivos. Lo mismo se puede decir de las posibilidades ofrecer bienestar al personal policial que, con todas sus limitaciones, es infinitamente superior (justamente por estas razones) al de los serenos.

SEXTO LUGAR

hay que recordar que se perdería la fluidez que hoy existe en la transferencia de recursos destinados de una tarea a otra. Los mismos policías que en el verano hacen salvataje pasan a orden público en invierno; o los mismos policías que cuidan la Copa América tratarán de mantener el orden el 14 de julio. Unidades como la Policía de Carreteras, el Escuadrón de Emergencia, las USE o la DIROES tienen así una gran capacidad de reconvertir su labor en situaciones excepcionales; lo que por supuesto sería inviable con policías fragmentadas y sin mando único.

SÉTIMO LUGAR

afectaría de manera muy severa la institucionalidad de la Policía Nacional, desmembrándola de una de sus tareas fundamentales. La PNP es una institución que con todas las deficiencias que se le puedan achacar funciona bastante bien en muchos campos. Tiene historia, doctrina, experiencia acumulada. En un país con institucionalidad tan feble, mal haríamos en desmembrar a una de las pocas que si la tiene. Mas todavía si con el nuevo Código Procesal Penal gran parte de la Policía pasará a depender funcionalmente del Ministerio Público. Si se le quita también seguridad ciudadana, su única función será la de meter palo a los manifestantes. Absurdo, a mi juicio. Además muy malo para la democracia, ya que una Policía fuerte es también un freno a que los políticos terminen recurriendo ante cada problema a los militares para que les saquen las castañas del fuego; con las consecuencias políticas, sobre las que nuestra historia es pródiga en ejemplos.

Entonces: ¿no hacer nada con respecto a la inseguridad ciudadana o negarle un rol a los gobiernos locales?

Todo lo contrario.

Quienes formamos parte del equipo que impulsó la reforma en la Policía Nacional hemos insistido en algunas ideas fuerza sobre estos asuntos -y hemos avanzado algo ya en llevarlas a la práctica. En primer lugar pensamos que los gobiernos locales tienen una responsabilidad importante en la lucha contra la inseguridad ciudadana, tal cual está previsto en la Constitución, desarrollado en la Ley Orgánica de Municipalidades y en la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. De acuerdo a esta última (cuya aprobación promovimos desde el Ministerio del Interior) el alcalde es nada menos que quien preside un comité distrital o provincial de seguridad ciudadana en el cual participa el comisario, entre otros actores significativos de la comunidad. El alcalde es así, en ese espacio de definición, coordinación e implementación de políticas en materia de seguridad ciudadana, el líder político de la comunidad en relación a la seguridad ciudadana y el comisario el jefe operativo; o sea el profesional de la seguridad a cargo de la implementación de las políticas aprobadas (con su participación) por el Comité Local. Los alcaldes deben a su vez tener una voz (y de hecho en muchos lugares ya la tienen) en relación a quienes son los comisarios y a la evaluación de su desempeño.

RESEÑA HISTÓRICA DE MAGDALENA DEL MAR

La historia de Magdalena se remonta a los tiempos del cacique Taulichusco, por ser parte de su señorío. Mas tarde, en la época virreynal, fue asiento de las haciendas "ZAVALA" Y "OYAGUE".

En 1857, el Presidente don Ramón Castilla, llegó a promulgar un Decreto nombrando Juntas de Notables en los pueblos aislados de Lima, entre los que se encontraba Magdalena, Luego, don Ricardo Rey y Basadre, don Rodolfo de Rutte y don Félix Dibos, emprenden la creación de una nueva ciudad y compran los terrenos donde el 1 de julio de 1872 la fundan con el nombre de "Marbella".

El 10 de mayo de 1920, el Congreso accedió a la petición
de vecinos notables y por Ley No. 4101 crea oficialmente el distrito de Magdalena
del Mar, con capital el pueblo del mismo nombre. Con el Presidente don Manuel
Prado Ugarteche se eleva a la categoría de ciudad.

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LUGARES TURISTICOS

INMACULADO CORAZÓN DE MARIA

El Monumento al Inmaculado Corazón de María fue inaugurado el 05 de Julio de 1996, en homenaje a la profunda fe católica de la comunidad de Magdalena del Mar.

En el lugar, fue colocada la imagen de la Virgen que se encontraba en la iglesia del Inmaculado Corazón de Maria. Mide 6.50 m. de altura y 4 toneladas de peso y fue colocada sobre una sólida columna de cemento de 12 metros de alto y dos vigas que apoyan la columna formando un ángulo de 60º con vista a la Av. Brasil. Estas, representan un rosario y a la Santísima Trinidad

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MONUMENTO A JOSE GABRIEL CONDORCANQUI

(TUPAC AMARU)

El Monumento a Túpac Amaru, precursor de la Independencia Nacional,
esta constituido por una estatua de bronce sostenida en un pedestal inspirado
en la arquitectura de las fortalezas de Sacsahuaman y Machupicchu.En el monumento,
Túpac Amaru esta de pie y sin sombreo, luce un vestido a la usanza colonial.
En el pecho lleva la medalla del Dios Sol. Esta ubicado en la parte central
de la Plaza principal de Magdalena del Mar. Se inauguro en el año 1971.

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MONUMENTO AL CORONEL LEONCIO PRADOBusto de bronce, monumento en memoria del Coronel Leoncio Prado, para perennizar su heroísmo.

La estatua esta ubicada en el Parque del mismo nombre. Fue inaugurada el 9 de diciembre de 1957, siendo Presidente de la Republica el Dr. Manuel Prado Ugarteche

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ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA COMISARIA DE MAGDALENA

Las Comisarías Tipo A, reciben tal denominación por la amplitud y trascendencia de la zona policial, sujeta a protección, así como, por los indicadores socio-demográficos que caracterizan a su población y por su distribución dentro de una zona geográfica, ello en concordancia con los índices delincuenciales que deben ser combatidos y disminuidos significativamente.

Del mismo modo, dada la magnitud e importancia del trabajo a efectuarse en dicha zona policial, el Comando cree por conveniente hacer recaer la responsabilidad de su Jefatura en un Oficial Superior PNP.

Al respecto, cabe mencionar de las Comisarías que han sido clasificadas como del Tipo "A" : Comisaría de Cotabambas, Petit Thouars, Breña, Monserrat, Jesús María, Pueblo Libre, Magdalena del Mar, Maranga, Alfonso Ugarte, Rimac, Ciudad y Campo, Unidad Vecinal Nro.03 y otras.

A su vez considerando a la Comisaría de Magdalena del Mar, como órgano operativo del comando regional, encargada de ejecutar las diversas actividades relacionadas a la prevención, neutralización y erradicación de delitos y faltas, asi como instruir eficientemente el patrullaje, seguridad ciudadana y medidas tutelares aplicables al menor y a la mujer, defensa civil entre otras acciones preventivas y de seguridad.

ORGANIZACIÓN DE LA COMISARIA DE AGDALENA DEL MAR

1. Órgano de Dirección – Jefatura

a. Secretaría

b. Mesa de Partes – Certificaciones

  • 2. Órgano de Apoyo

Administración

  • Personal

  • Operaciones – Estadística

  • Logística

  • 3. Órgano de Ejecución

DEPREVPOL (Departamento de Prevencion Policial)

  • Servicio de Atecion al publico

  • Servicio de Patrullaje a Pie

  • Servicio de Patrullaje Motorizado

DEINPOL

  • Sección de Investigación de Delitos y Faltas

  • Sección de Investigaciones de Accidentes de Tránsito

  • Sección de Investigaciones de Violencia Familiar

OFICINA DE PARTICIPACION CIUDADANA

  • COLIBRI

  • Club de Menores

  • Juntas Vecinales

FUNCIONES DE LA COMISARIA DE MAGDALENA :

1. Garantizar, mantener y restablecer el orden interno y orden público en su jurisdicción.

2. Prestar protección y ayuda a las personas la comunidad.

3. Garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio publico y privado.

4. Prevenir, investigar y combatir la delincuencia a fin de garantizar la Seguridad Ciudadana, dentro del marco de respeto irrestricto a los Derechos Humanos.

5. Participar en la ejecución de medidas tutelares aplicables al niño y adolescente, de protección a la mujer, a los ancianos, discapacitados y desvalidos.

6. Controlar el cumplimiento de la legislación de transito y transporte terrestre e investigar y denunciar los accidentes de transito.

7. Participar en la ejecución de las medidas tutelares aplicables al niño y al adolescente, de protección a la mujer, a los ancianos, a los discapacitados y desvalidos.

8. Expedir certificados domiciliarios, de supervivencia y mudanza; así como copias certificadas de denuncias.

9. Atender los requerimientos de las autoridades judiciales y del Ministerio Público de acuerdo a su competencia y de conformidad a las disposiciones vigentes.

10. Cumplir las funciones que le asigne el comando institucional.

FORMULACION DEL PROBLEMA EN LA JURISDICCION DE MAGDALENA

La Comisaría PNP de Magdalena, tiene una jurisdicción policial muy compleja, en la cual se presenta una gran problemática , como la micro comercialización de drogas y delincuencia menor, entre otros ilícitos penales, lo que le es imposible afrontar debido al insuficiente número de efectivos policiales y porque el parque automotor con que cuenta dicha comisaría, lo que no le permite realizar un eficiente servicio de patrullaje a pie, como patrullaje motorizado, no llegando a cubrir su extensa jurisdicción.

Por otro lado, tenemos que como consecuencia de la crisis de valores que presenta nuestra sociedad en general, trae como consecuencia desinterés y falta de apoyo a las personas que son víctimas de cualquier hecho delictivo, sumándose a ello el hecho de que la normatividad o marco legal actual favorece al delincuente o al infractor.

En materia de Seguridad Ciudadana, tenemos que el Distrito de Magdalena del Mar, cuenta con un servicio de Serenazgo deficiente e ineficaz que no coordina ni colabora con el personal policial.

LIMITACION DE LA COMISARIA PNP MAGDALENA

NORTE : Jr. Amazonas (ex 08 de Octubre) desde la C-8 a la C-1 (numeración impar) proyectándose una línea por debajo del Puente La Marina, hasta la Av. Pershing (ex Faustino Sánchez Carrión) C-6 (enumeración par), intersecando con la Av. Miroquezada (ex Juan de Aliaga) C-7 (numeración impar).

ESTE : Av. Antonio Miroquezada (ex Juan de Aliaga) desde la C-7 a la C-1, prosiguiendo hasta su unión con la Calle Medalla Milagrosa.

SUR : Conjunto habitacional "MARBELLA", prosiguiendo a través de una línea imaginaria por el Circuito de Playas de la Costa Verde hasta la subida de "MARBELLA", continuando por el Malecón Castagnola hasta unirse con el Jr. Yungay C-1.

OESTE : Jr Yungay (ex Diego de Agüero) C-1 a la C-8 (numeración par), continuando por el Jr. Juan José Salas C-1 (numeración par) hasta su intersección con el Jr. Amazonas (ex 08 de Octubre) C-8.

MISIÓN Y VISION DE LA COMISARIA DE MAGDALENA DEL MAR

MISION

Las comisarías son las células básicas orgánicas de la Policía Nacional del Perú, que ejercen jurisdicción y competencia en un espacio geográfico del territorio nacional, para cumplir la finalidad fundamental de la Policía Nacional consagrada en la Constitución Política del Perú.

VISION

Una Policía con profunda vocación democrática, fiel
cumplidora de la Constitución, la leyes y los reglamentos, respetuosa
de la dignidad de las personas y firme defensora de los derechos humanos.

IDENTIFICACIÓN DE LOS PRINCIPALES PROBLEMAS DE LA COMISARIA DE MAGDALENA DEL MAR

  • 1. POBLACION

El distrito de Magdalena del Mar, cuenta con una población aprox. De 60,000 habitantes de los cuales el 45% son varones y el 55% son mujeres

  • 2. CLASES SOCIALES

Su población pertenece mayoritariamente a la raza mestiza , criolla, distribuidos en un 15% de clase de nivel económico alto, 65% de clase media y un 20% de clase baja, quienes se desenvuelven como profesionales y empleados en la actividad publica y privada, también como empresarios, comerciantes y estudiantes.

  • 3. PROBLEMAS SOCIALES

  • Delincuencia común, en sus diferentes modalidades

  • Pandillas Juveniles (barras bravas, que realizan su accionar con los distritos circundantes)

  • Micro comercialización y consumo de Drogas

  • Violencia Familiar

4. PROBLEMAS IDENTIFICADOS EN RELACION A INFRACCIONES DE LOS DISPOSITIVOS LEGALES.

a. Presencia de basura en la vía pública.- Tipificado en el Código del Medio Ambiente

b. Presencia de sujetos de mal vivir (parroquianos).- Ley Orgánica de Municipalidades.

c. Venta ambulatoria de comida u otros.- Ley Orgánica de Municipalidades.

d. Presencia de huecos en la vía pública (ornato)-pistas en mal estado por abandono.- Falta contra la seguridad pública.

e. Estacionamiento de vehículos en zonas rígidas.- Infracción al Reglamento de Tránsito.

f. Aguas empozadas (como producto de verter líquidos).- Falta contra las medidas de seguridad tipificado en el Código del Medio Ambiente.

g. Existencia de mendigos (problema social)

h. Congestionamiento vehicular.- Problema producido por la gran cantidad de vehículos mototaxis a inmediaciones de los mercados, especialmente en las horas punta (Mañana de : 09.00 a 11.00 Hrs. Y tarde de : 05.30 a 07.00 Hrs.).

i. Contaminación.- Código del Medio Ambiente. (atentado contra la ecología).

j. Venta indiscriminada de bebidas alcohólicas a menores de edad (drogas).- Falta contra las buenas costumbres (Código Penal).

k. Arrojar basura en la vía pública.- Falta contra la seguridad pública

l. Presencia de ruidos molestos.- Falta contra la seguridad pública y tipificado en la Ley Orgánica de Municipalidades.

ll. Presencia de parques y jardines en estado de abandono que permiten o faciliten el acceso de personas de mal vivir para que consuman bebidas alcohólicas y/o drogas; así como servir de refugio de éstos.

m. Personas de mal vivir dedicados a cometer robos y hurtos (carteristas).- Código Penal.

n. Presencia de Micro comercializadores de drogas.- Código penal.

Análisis

El propósito de este trabajo es examinar tanto conceptual como desde una perspectiva descriptiva y constructiva, la forma como se vienen desarrollando las acciones de seguridad ciudadana en el distrito de Magdalena del Mar; resaltando en todo momento las coordinaciones existentes, así como los modelos, fundamentos e iniciativas abordadas por las diversas instituciones y autoridades, que integran la Seguridad Ciudadana, poniendo especial énfasis al enfrentamiento de las mismas frente a la delincuencia común, que trae consigo la inseguridad de la comunidad entre sus principales problemas.

Así mismo, los integrantes del presente grupo han visto por conveniente, hacer referencia brevemente de manera de ilustración, que el modelo que se sigue en el Perú, en relación a Seguridad Ciudadana, representaría a la copia o en su defecto, los extractos de lo que representa la Policía Comunitaria, que no es otra cosa que la participación conjunta de las autoridades del gobierno (Policía) y todas los entes representativos de la sociedad , ya sean personas naturales o jurídicas , es decir efectuar un cambio en el paradigma preventivo, en el que solo se pensaba que la seguridad ciudadana, era tarea exclusiva de la Policía y no se entendía que los integrantes de la comunidad también deben desempeñar un rol relevante.

Pero estos cambios previstos, así como su celeridad, están subordinados a procesos que acontecen en el ámbito social y cultural, en la dimensión subjetiva o subyacente del individuo y del colectivo, pues son de naturaleza compleja y latentes. El desafío es tanto para la policía como para la comunidad o sociedad organizada, y demanda adecuación y aprendizaje en conjunto.

Pudiendose indicar que los elementos que caracterizan la estrategia del modelo a seguir en la "policía comunitaria", es el siguiente:

  • a. Seguridad ciudadana y calidad de vida.

Los integrantes del grupo, planteamos que el objetivo principal de la acciones de seguridad ciudadana, son las encaminadas a disminuir el delito, lo que va a llevar a reducir gradualmente la sensación de inseguridad en la comunidad.

Hay que tener presente que la falta de seguridad, afecta igualmente la calidad de vida de la población. Esto implica abordar necesariamente en toda su extensión los efectos de la conducta antisocial, incorporando dentro de la misma prioridad, ambas dimensiones de la seguridad ya sean de manera objetivas o subjetivas.

En este sentido, el modelo comunitario posee el valor de introducir y asignar verdadera importancia a la dimensión subjetiva de la seguridad en su correcta medida, mejorando el sentimiento colectivo de vivir en un ambiente seguro o menos expuesto a situaciones de violencia delictiva, como también asignando igual importancia a la calidad del servicio policial.

  • b. Acción policial preventiva y especializada.

La estrategia de la "policía comunitaria" es eminentemente anticipatoria, es decir preventiva, a través de mejorar las acciones de coordinacion entre las autoridades, vecinos, efectivos policiales, efectivos del serenazgo y otros que la conforman.

Adelantarse a situaciones delictivas implica una multiplicidad de aspectos que van más allá de acciones netamente policiales, involucrando un trabajo integral sobre aspectos estructurales, sociales y hasta psicológicos. De este modo, la labor comunitaria de la policía se extiende en el reconocimiento de factores como grupos de riesgo, infraestructura urbana, y otros aspectos relacionados con formas domésticas de violencia y resolución de conflictos, entre otros. Como por ejemplo la Violencia Familiar. En este sentido, mucho se contribuye a generar condiciones de convivencia pacífica, si la policía estrecha el distanciamiento tradicional con la comunidad y no logra identificar focos cotidianos de conflictos que, por menores que sean, pueden, si no son debidamente abordados, derivar en situaciones más extremas que finalmente pasan de simples faltas o tensiones puntuales a delitos concretos, entonces lamentablemente pierde ese acercamiento con los ciudadanos comunes y corrientes, quienes muchas veces se sienten desamparados y no tienen donde recurrir, para la solución de sus problemas.

La orientación preventiva del modelo "policía comunitaria" permite, además, promover los mecanismos de control social a nivel local y ante el desarrollo de una concepción cada vez más amplia de los derechos ciudadanos, que reconocen en la propia comunidad un rol más preponderante en la evaluación del desempeño preventivo.

  • c. El Trabajo conjunto con la comunidad, implica diagnósticos y acciones compartidas.

El acercamiento de la policía a la comunidad permite reconocer de primera mano, los factores que están generando inseguridad en la población, ya que es ésta quien la vivencia cotidianamente. Así como la ciudadanía es el mejor testigo de la realidad local, también puede ser uno de los mejores agentes en reconocer e identificar las posibles soluciones frente a la delincuencia, principalmente cuando la actividad criminal se sectoriza espacialmente.

El valor del modelo comunitario radica en el hecho de privilegiar al ciudadano como centro de su acción, y reconoce en él un aliado en la confección de estrategias que permitan identificar tanto las causas y características del delito, como las formas de enfrentarlo.

Tal proceso requiere de una participación activa de la comunidad, pero sobre todo, por parte de la policía, gestándose de este modo un proceso de auto evaluación permanente, por parte de los ciudadanos, quienes brindan la información para solucionar sus problemas, de ahí dependerá el éxito para estas acciones, ya que se ganara claramente la confianza de los ciudadanos.

Como se Puede apreciar lo expuesto anteriormente requiere todo un proceso de transformaciones que requiere no sólo de recursos, sino que muy especialmente promover cambios en la dimensión subjetiva, a nivel sociocultural, pero este es mutuo (policía y sociedad) y consiste en asumir que la comunidad no debe ser sólo objeto de la acción preventiva, sino también sujeto de esa acción, siendo una iniciativa perfectible que requiere de un involucramiento planificado, como ente articulador de iniciativas locales en materia de seguridad ciudadana en materia de prevención.

En este caso especifico, y como materia de análisis, los integrantes del grupo nos hacemos la pregunta "se vienen cumpliendo estos requisitos en las acciones de Seguridad Ciudadana, en el distrito de Magdalena del Mar", pues creemos que no, toda vez, que las autoridades policiales y los efectivos del serenazgo del distrito de magdalena, coordinan medianamente diversas acciones en lo que compete a la Seguridad Ciudadana, específicamente en lo concerniente a la prevención de la Delincuencia Común, incidiendo los segundos nombrados en tratar de ganar cierta notoriedad a fin de tratar de justificar los aportes que efectúan los vecinos para el cumplimiento de su misión, es ese uno de los problemas especiales, pues dicha institución (serenazgo), de una u otra forma quiere efectuar netamente acciones policiales, cuando su campo de acción como lo indica la ley, es en el apoyo a los vecinos en otros aspectos.

Por otro lado, y como resultado de las apreciaciones conceptuales y prácticas aquí expuestas, es necesario recalcar que un modelo de acercamiento policía-comunidad coherente debe contener y potenciar determinados principios y valores esenciales relativos a la función y labor policial arriba reseñada, para esto se debe poner énfasis a las oficinas de Seguridad Ciudadana, que son o deberían ser las receptoras del acercamiento de la población, lo cual en la realidad no es bien aceptado por las comisarías, ya que por lo general son en estas secciones, que laboran el personal policial menos eficiente por así llamarlo, ya que en diversos casos, pasan a ser secciones de castigos para el personal, en conclusión no se le da la debida importancia que merece esta sección, en el caso de la Comisaría de Magdalena, todas las veces que los integrantes del grupo asistió, a la comisaría, se pudo percatar que ningún efectivo policial, se encontraba en sus instalaciones, que por cierto se encontraba en el segundo piso y de por si no presentaba las condiciones necesarias de recibir gratamente a los ciudadanos, y todo aunque parezca mentira es por la falta de convicción y conocimiento del personal policial.

A lo anterior se debe sumar que actualmente se internaliza con demasiada facilidad pautas de comportamiento individualistas que privilegian el bienestar personal, por sobre principios y valores fundamentales para resguardar la convivencia ciudadana; Por esta razón, es preciso trabajar en la perspectiva de construir comunidad, esto es, asumir que también la sociedad debe revitalizar su actuar a la luz de valores y principios tales como: solidaridad, participación, complementariedad y compromiso.

La consecución y reconocimiento de estos principios de asociatividad conllevan no sólo a desarrollar estrategias más eficientes y participativas en materia de seguridad ciudadana, sino que, además, incorporan un componente transversal de la política del Gobierno, cual es la deslegitimación de la violencia, como mensaje pedagógico y dogma social, lo que incide directamente en el perfeccionamiento y consolidación de un Estado Democrático y de Derecho.

Como se puede apreciar en el presente trabajo, nos podemos dar cuenta que en el distrito de Magdalena del Mar, no existe ningún plan actual en relación a la Seguridad Ciudadana, si bien es cierto que tanto las autoridades municipales, como las autoridades policiales, conocen de la ley de Seguridad Ciudadana, pero estos no los llevan a cabo, claro esta en perjuicio de los vecinos, pero para dar mayor luz a lo que estamos indicando vamos a ver por separado el problema, indicando una vez que el presente análisis se realiza de manera constructiva y no critica, puesto que la única intención del presente grupo es tratar de subsanar, los problemas y deficiencias encontradas:

POR PARTE DE LA MUNICIPALIDAD-SERENAZGO:

  • 1. El distrito de Magdalena, ha sido divido en 4 cuadrantes, que han sido confeccionados, por los mismos, sin tener el conocimiento de la incidencia delictiva respectiva, que podría haberles brindado la policía del sector, habiendo tomado solo en consideración, los apoyos que los mismos efectuaron a los ciudadanos, cuando sufrieron algún tipo de ilícito, contando con su propia estadistica, los cuales difieren con los que son llevados por la Comisaria de Magdalena.

  • 2. Cuentan con Cinco (05) vehículos móviles, en los cuales su personal efectúa servicios de 12 horas, y son acompañados por un efectivo de la Policía Nacional, quien cumple un servicio individualizado, siendo movilizados por su propia central de emergencia, que se encuentra instalada en la base de serenazgo (Cdra. 32 de la Av. Brasil), no teniendo estas unidades algún tipo de comunicación, con las unidades policiales, para el apoyo respectivo si el caso lo ameritara.

  • 3. El Jefe de Seguridad Ciudadana, efectúa diversas coordinaciones preventivas, con otras unidades policiales como por ejemplo Transito, el Escuadrón Verde, etc. Dejando de lado al Comisario del sector, quien muchas veces o por lo general se encuentra desinformado de estas acciones, pese a que las personas o vehículos intervenidos, son puestos a disposición de la comisaría posteriormente, a fin de llevarse a cabo las investigaciones respectivas.

  • 4. Personal de serenazgo, en ocasiones al erradicar a los ambulantes, cometen atropellos y abusos con los mismos, muchas veces a vista de los efectivos policiales que prestan servicios individualizados en el serenazgo, quienes por el temor a ser despedidos en cierta forma del servicio que cumplen, apañan en cierta forma estos ilicitos.

  • 5. Tratan de convertirse en los titulares de la prevención del delito y muchas veces entorpecen la labor policial, habiéndose visto en diversas ocasiones que por ganar cierto figuretismo, ante la prensa denigran a las personas intervenidas y lo peor del caso, que al desconocer los procedimientos policiales, obvian todo tipo de pruebas que le son encontradas a las personas intervenidas, perjudicando la investigación posterior a seguir.

  • 6. A consecuencia de los problemas de demarcación limítrofe, con el distrito de San Isidro, los efectivos del serenazgo se enfrentan con los otros efectivos del distrito antes indicado, ferecuentemente.

  • 7. Cuentan con sus propias juntas vecinales, las cuales representan la parte contraria, de las juntas vecinales de las comisarías, las cuales son utilizadas para fines políticos del alcalde y no en apoyo de la población.

  • 8. En cuanto al personal de Serenazgo, este no se encuentra preparado adecuadamente, en especial al momento de intervenciones de índole de prevención de delitos y faltas, ya que no cuentan con el conocimiento debido, que es necesario para las intervenciones de esta naturaleza.

POR PARTE DE LA COMISARIA DE MAGDALENA:

  • 1. Si bien es cierto, que los pilares del que hacer policial son la prevención y la investigación, no hay que dejar de lado, que el soporte de estas dos columnas por así llamarlo, es la aprobación de los ciudadanos, de ahí que podemos indicar que se le debería dar mayor importancia a la Oficina de Participación Ciudadana, ya que en esta oficina se debería recibir lo que desean los ciudadanos comunes, es decir a nuestro entender una especie de buzón de sugerencias, reclamos y quejas de los ciudadanos, con el propósito de que sean escuchados y por ende de que le solucionen sus problemas.

  • 2. El personal policial no se encentra inmerso en lo que representa la Seguridad Ciudadana, lastimosamente muchos de ellos desconocen lo vertido en la Ley de Seguridad Ciudadana, y los alcances de la misma.

  • 3. Lastimosamente la comisaría de Magdalena, no cuenta con un Plan Local de Seguridad Ciudadana, no habiéndose podido precisar de manera justificatoria, del porque no se cuenta con el mismo.

  • 4. La central de comunicación de la Comisaría, por lo general no coordina con la central del serenazgo, motivo por el cual ante una eventualidad sugerida por un vecino, se denota que asisten al lugar dos unidades policiales y dos unidades del serenazgo; doblegándose el esfuerzo que en muchas ocasiones, no es necesario.

  • 5. Que, cuenta con un eficiente sistema de consolidación de estadística, que es llenado en forma diaria, por un efectivo policial, tanto el accionar policial, como el índice delictivo, analizándose los resultados de los mismos, para tener conocimiento pleno de los puntos críticos de la jurisdicción.

  • 6. Pese a tener un potencial en lo referido al manejo de la estadística, su apreciación de inteligencia, así como su manual de organización y funciones, no se encuentra actualizado, no brindándoseles la importancia, que estos documentos requieren para el cumplimiento de la labor policial.

  • 7. El personal policial, que presta servicios en la Oficina de Participación Ciudadana, no efectúa acciones de acercamiento con la población a través de sus juntas vecinales o del comité cívico, hallándose un poco retrasada por así decirlo ese binomio fundamental de Ciudadano-Policía.

ANALISIS GENERAL DEL GRUPO

Como se podrá apreciar en el presente trabajo, en el distrito de Magdalena, no se viene ejecutando una acción conjunta de lo que es la Seguridad Ciudadana, en beneficio de los ciudadanos, ya que tanto la Policía Nacional (Comisaría de Magdalena) así como la Municipalidad, no han entrelazado acciones en relación a la Seguridad Ciudadana, pese a ambos tienen conocimiento de Seguridad Ciudadana.

Por su parte los efectivos Policiales, que todavía se resisten en efectuar el cambio hacia un modelo de policía comunitaria, en donde todas las entidades y ciudadanos jueguen un rol principal en lo que seguridad se refiere y por otro lado los representantes del municipio, que quieren ganar cierta notoriedad a través del serenazgo, tratando de justificar este servicio, que como bien sabemos es pagado a través de tributos por los ciudadanos del sector, pero lastimosamente no se encuentran preparados por los diversos motivos expuestos en el presente trabajo.

Es por ese el motivo principal que este trabajo a analizado, en forma separada las acciones que vienen desarrollando los organismos antes indicados, pero cual es la problemática principal que se presenta en el distrito de Magdalena, es la Micro comercialización de Droga, en diversos sectores ya enmarcados, así como robos menores en especial de celulares y auto partes de vehículos, y a los cuales la comisaría del sector a efectuado diversos operativos con resultados positivos, pero lastimosamente luego de ser intervenidas estas personas y llevadas a la comisaría, para ser puestas a disposición de la autoridad judicial respectivas, salen a las 24 horas siguientes, toda vez que estos ilícitos representan delitos menores, logrando con esto cierto malestar incluso en la moral de los efectivos policiales y por ende mal entendimiento de los ciudadanos, quienes sin el conocimiento debido de las leyes, piensan que se cometen irregularidades en las investigaciones.

Por otro lado el accionar de la Comisaría del sector, pese a tener limitaciones de personal y medios logísticos, ya que solo cuentan cuatro (04) vehículos, para una extensa jurisdicción, se desarrolla por así decirlo de manera eficiente, logrando diversos resultados favorables en cuanto a la prevención de delitos y faltas, toda vez que si bien es cierto se cometen diversos ilícitos penales en esta jurisdicción, tampoco podemos hablar de un desborde delincuencial, pese a existir zonas neurálgicas del distrito, en donde ingresan frecuentemente a patrullar las unidades y el personal policial, manteniéndose el respeto a la ley, como que no es apreciada en otros distritos.

Pero si bien es cierto que en tanto el accionar policial de la Comisaría de Magdalena, se encuentra bien, falta quizás mayor acercamiento con la comunidad, a través de sus juntas vecinales o del comité cívico, toda vez que no existe una estrecha relación con los vecinos, ciento este uno de los factores principales del porque se alimentan la delincuencia por así decirlo.

Por ultimo cabe mencionar, que el día Lunes 08 de Noviembre se firmara un convenio con la Municipalidad de Magdalena, en la cual todas las unidades móviles del serenazgo de dicho distrito (05 vehículos móviles y cuatro motocicletas), pasaran por así decirlos, a disposición de las ordenes de la comisaría, para efectuar el patrullaje del distrito, no debiendo desaprovechar esta oportunidad que se presenta, para lo cual los integrantes del grupo, sugerimos respetuosamente al comisario, pueda entablar conversaciones con otros comisarios, en donde se han venido produciendo estos convenios, para rescatar con dichas experiencias los resultados positivos y porque no decirlo, conocer también las deficiencias que puede traer consigo, ya que es necesario mencionar que a diferencia de las autoridades municipales que por lo general persiguen fines políticos, la policía es una entidad jerarquizada y profesional, que es estatal , lo que permite mirar y analizar los diversos problemas que puedan presentarse, desde un punto de vista mas salomónico, en beneficio solo exclusivamente de los ciudadanos del distrito.

Conclusiones

  • A. Que, se debe tener en cuenta que La Seguridad Ciudadana, es el conjunto de medidas y previsiones que adopta el Estado, a través de sus instituciones y de la comunidad organizada, dentro del marco de la ley y los derechos humanos, con la finalidad que las personas puedan desarrollar sus actividades libres de riesgos y amenazas que genera la criminalidad y delincuencia.

  • B. La Seguridad Ciudadana no es una situación o condición, ni tampoco un campo de acción exclusivo o de competencia de alguna Institución, la seguridad ciudadana es la participación conjunta de diferentes organismos estatales, comunales y de la Policía Nacional, para poder desarrollar labores policiales, en favor de las comunidades con el fin de alcanzar la paz y tranquilidad necesarios para que las personas puedan desarrollar sus actividades.

  • C. Que, ante las dos conclusiones anteriormente indicadas se podría decir que el distrito de Magdalena, efectivamente no se han estado llevando a cabo las diversas acciones de Seguridad Ciudadana, por parte de la Comisaría del sector y de autoridad edil, los cuales obraban en forma separada, pese a tener ambos conocimiento de lo estipulado en la Ley de Seguridad Ciudadana, facilitando de esta manera el crecimiento de la delincuencia en dicho distrito.

  • D. Que, en razón de las diversas coordinaciones efectuadas por el Comisario y el Sr. Alcalde del distrito, se van a efectuar las siguientes acciones:

  • El día Lunes 08 de Noviembre del 2,004, firmar un convenio entre ambas instituciones, mediante el cual el Sr. Comisario del distrito de Magdalena, se hará cargo de toda la conducción y el comando de las operaciones de patrullaje en el distrito, para lo cual coordinara mancomunadamente con el Sr. Angel VILLAR BROWN, poniéndose a disposición para tal efecto Cinco (05) Unidades móviles y Cuatro (04) motocicletas del Serenazgo, para la labor de prevención, tal cual lo disponga el comisario.

  • Consolidar las juntas vecinales del distrito, para lo cual se efectuaran una votación para pode escoger al presidente respectivo, quien coordinara directamente con el alcalde y el comisario del distrito.

  • En todas las unidades móviles del serenazgo, se les asignara una frecuencia radial directa, con la central de la comisaría a fin de estar en estrecha coordinación.

  • Personal policial de la Comisaría, que apoye al patrullaje motorizado en las unidades de serenazgo, estando de servicio, se les apoyara de manera de estimulación con diez (10.oo) nuevos soles, habiéndose establecido que este servicio se efectuara en el relevo de 06 horas.

  • Tanto el Comisario como el alcalde, estarán comunicados frecuentemente, por lo cual la Municipalidad de Magdalena, le afectara un celular personal al comisario.

  • E. Por otro lado, personal del grupo ha podido observar lo siguiente:

  • En el distrito de Magdalena del Mar, no existe un Plan Local de Seguridad Ciudadana.

  • Se debería variar las zonificaciones del distrito (cuadrantes), teniéndose en consideración que con la firma del convenio antes citado, se contara con mayor unidades móviles.

  • Personal policial, que presta servicios en la Comisaria de Magdalena, no conoce lo indicado en la Ley de Seguridad Ciudadana.

  • Se debería de cambiar la ubicación de la Oficina de Participación Ciudadana, ya que esta se encuentra en la 2da. Planta de la Comisaria, debiendo de estar ubicada en un lugar mas accesible a los ciudadanos.

  • Que, pese a que la Comisaria de Magdalena , es una de Tipo "A", Existe un déficit de efectivos policiales, tanto de Oficiales, Sub Oficiales como de Especialistas, que no permiten el cabal cumplimiento de la función policial.

  • La Comisaría de Magdalena, tiene igualmente carencia de recursos materiales y logísticos que le permitan brindar un eficiente y eficaz labor en su jurisdicción.

  • Que, en la Comisaría de Magdalena, emplea un sistema de Estadística de accionar policial e incidencia delictiva, que es llenado a diario por un efectivo policial, lo cual es analizado posteriormente, teniendo claramente delimitadas las zonas críticas de mayor incidencia delictiva en la jurisdicción así como una clasificación de los mayores riesgos ciudadanos, convirtiéndose dicha acción en una fortaleza a ser utilizada al máximo.

Recomendaciones

  • A. Asegurar que las fortalezas de la Comisaría de Magdalena, no disminuyan ni se vean afectadas; consolidando para ello los diversos factores que fortalecen a la PNP en labores de Seguridad Ciudadana para continuar como titulares de las facultades básicas de aplicación de la Ley, y establecer políticas para aprovechar las oportunidades de las Municipalidades y cumplan con sus labores de apoyo a la actividad policial y no traten de irrogarse facultades de policía, que son exclusivas de la Institución policial.

  • B. Entender claramente el concepto de Seguridad Ciudadana, y no dejar que crezca una conceptualización errónea sobre que es una parte del orden publico o es algo paralelo a éste, la seguridad ciudadana como expresión debe ser utilizado de acuerdo a lo que significa, el trabajo mancomunado de Instituciones Estatales, Comunales y la Policía Nacional, para atender los diversos problemas de seguridad pública de la población.

  • C. Fomentar diversas charlas al personal policial de la Comisaría de Magdalena relacionadas a Seguridad Ciudadana, a fin de que tengan en cuenta que solo con la participación de estos, lograremos el cambio de nuestra imagen institucional y por ende mejorando la aceptabilidad social.

  • D. Que, ante la firma del convenio antes citado , se debería reponteciar la Oficina de Participación Ciudadana, con personal policial capacitado para esta labor, debiéndose de comprometer para tal efecto al Jefe de Investigación de Delitos y Faltas de la Comisaría, a fin de que auné esfuerzos para la solución de los problemas que los vecinos presenten, pudiendo a su vez aprovechar esta coyuntura, para recabar información especifica por parte de los ciudadanos, claro esta sin comprometerlos, en relación al conocimiento de hechos delictuosos, que se estén presentando, en su lugar de residencia.

  • E. Reorganizar el patrullaje policial en la jurisdicción de Magdalena, en vista del convenio a firmar, actualizándose por otro lado todos los documentos referentes al funcionamiento de la Comisaría.

  • F. Coordinar con la Central de Comunicaciones del Serenazgo, para que existan vehículos de la municipalidad, a parte de los ya asignados a la comisaria, que puedan ser desplazados por la comisaría, para la atención de requerimientos de los ciudadanos, que sean de competencia exclusiva de la Municipalidad, a fin de que el vecino pueda observar y verificar que su pedido es atendido.

  • G. Tratar de efectuar campañas de acercamiento con la población, unificándose necesariamente las juntas vecinales de la comisaría y del Municipio, pero bajo el criterio de colaboración con la Seguridad Ciudadana.

  • H. En cuanto a la labor policial, comprometer al Jefe del Departamento de Investigación de Delitos y Faltas de la Comisaría, a fin de que asista a las reuniones de las juntas vecinales y explique los logros alcanzados por la comisaría, así mismo escuche y se informe de las preocupaciones mas latentes de los ciudadanos.

  • I. Por otro lado se tiene conocimiento, que en este caso especifico solo el Jefe de Seguridad Ciudadana del distrito, podrá coordinar con el comisario del distrito, en relación al patrullaje preventivo en la jurisdicción, dejándose de lado a los supervisores de la municipalidad, quienes por lo general, cometían excesos en el cumplimiento de su labor, lo cual era un problema latente, en especial para el trabajo conjunto del policía y el sereno, toda vez que de una u otra forma querían subordinar al efectivo policial que cumplía este servicio.

  • J. Tratar de estimular al personal policial interviniente, creando premios como el policía del mes, coordinándose con el Alcalde del distrito, para premiarlo ante los demás colegas de la Comisaría, con el reconocimiento del caso y con canastas de víveres o algún otro premio, de igual forma hacer extensivo dicha premiación, para que los efectivos del serenazgo del distrito, imiten dicho accionar.

Bibliografía

  • Constitución Política del Perú Art. 166, 165(5) y 197.

  • Ley 27972 Orgánica de las Municipalidades Art.85

  • Ley 27238 Ley Orgánica de la Policía Nacional Art.70

  • Ley 27933 Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana

  • DS. Nro.105-2002-PCM del 17 de Oct 2002 que Institucionaliza al Foro del Acuerdo Nacional.

  • RS. Nro.0120-2002-IN del 17MAR2003 que designa a los Miembros del Consejo de Seguridad Ciudadana

  • Seguridad ciudadana y "policía comunitaria": un desafío pendiente, Seminario "DIÁLOGOS SOBRE CONVIVENCIA CIUDADANA", Mesa redonda "Policía Comunitaria y Policía Especializada", Patricio Tudela Pobrete

  • La sociedad civil y la evolución del debate sobre el orden público, Por Rachel Neild.

  • COPS: ASOCIACIONES CON LAS COMUNIDADES, Por Joseph E. Brann, Director de la Oficina de Servicios de Vigilancia Comunitaria (COPS), Departamento de Justicia de Estados Unidos.

 

 

Autor:

Santiago Ramon Salazar Navarro

 

Partes: 1, 2
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