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Seguridad ciudadana I



Partes: 1, 2

  1. Presentación
  2. Introducción
  3. Antecedentes históricos
  4. Marco legal
  5. Análisis
  6. Conclusiones
  7. Recomendaciones
  8. Definición de términos

"SI TOMAMOS A LOS

HOMBRES TAL Y COMO SON LOS HAREMOS PEORES
DE LO QUE SON.

PERO SI LOS TRATAMOS COMO SI FUERAN
LO QUE

DEBERÍAN SER, LOS

LLEVAREMOS A DONDE TIENE QUE SER LLEVADOS"

(J. W. Van Goethe)

Presentación

Una nueva responsabilidad nace en el año de 1997, para permanentes urgencias donde la precisión, profesionalismo, equipamiento y adecuada organización responden eficientemente en los diversos escenarios geográficos y de acuerdo a las mayores demandas de la ciudadanía que se organizan mediante la Seguridad Ciudadana.

La población para que apoye a su policía. En el contexto de la reestructuración y modernización policial, se ha organizado a través de las juntas vecinales, porque es una de las formas como la población se va organizar para trabajar por su policía, que no se da abasto con sus efectivos, para hacerle frente a los distintos problemas que existe en la sociedad, que tiene y requiere el apoyo de la población en ciertas funciones preventivas.

En segundo lugar, para que la policía este debidamente informada tiene que contar con el apoyo de la población que mientras esté mas organizada los ciudadanos colaboraran con su policía, va a ser mejor el sistema de recojo y trasmisión de información de la ciudadanía hacia la policía.

En tercer lugar la participación ciudadana a través de las juntas vecinales también permite contar con un sistema de fiscalización ciudadana del trabajo policial, para impedir que la policía abuse de su poder, o mientras de ella incurra en hechos de corrupción y en caso que ello ocurra, la mejor informada es la ciudadanía, así se constituyen en el mecanismo para que el comando policial este informado de cómo esta comportándose su policía en el terreno y que va hacer un freno al abuso que pudiera cometer miembros de la institución y también será una manera de recoger el apoyo que puede haber de la comunidad para la policía en términos de recursos.

Asimismo tenemos la colaboración de los comités cívicos que tienen una gran responsabilidad en la cooperación de personas que a través de estas juntas hacen llegar recursos a la policía que son muy bien recibidos porque los recursos del tesoro publico que da a la policía no se da el abasto para satisfacer las demandas de la población.

Entonces la policía tiene que establecer alianzas estratégicas con la comunidad, con los gobiernos locales, con las empresas privadas y esto se hace a través de las juntas vecinales y los comités cívicos de cooperación.

Introducción

El problema de la seguridad ciudadana en nuestro país, sobre todo sus efectos sociales, que encierran una verdad de in conductas sociales en donde la violencia es el común denominador, nos lleva a movilizar a la sociedad en su conjunto, así como a los distintos sectores que la integran a fin de enfrentar los fenómenos sociales con vocación de servicio, decisión, coraje y preparación en el marco del ordenamiento legal y el respeto a los Derechos.

En tal sentido, es vital que la Policía Nacional del Perú, como Institución tutelar del estado encargada de velar por el Orden Público, asume tal desafío, es decir que su tarea parte por entender los problemas sociales, identificar quienes participan en él, establecer programas para enfrentarlas, ejecutan las acciones en compañía de la comunidad y evalúa los resultados, es decir la comunidad y sus organizaciones son estratégicas para la aplicación de sus programas de corte sociales orientados a reducir, contener y extinguir los problemas sociales que ponen en peligro no solo la seguridad, sino el bienestar de los peruanos, sobre todo de los más desprotegidos que son los mas pobres, jóvenes y niños, este es un aspecto clave que se debe considerar para alcanzar los objetivos que establece "EL MARCO LEGAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA", Para lograr la cooperación activa de la población en seguridad ciudadana, a través de las juntas vecinales.

Las organizadas juntas vecinales dan protección a la Comunidad, son las agrupaciones básicas del Sistema de Participación Ciudadana que viene implementando la Policía Nacional del Perú, en su esfuerzo por mejorar sus niveles de Orden y Seguridad en las jurisdicciones de las Comisarías a Nivel Nacional.

Su consolidación y desarrollo, es como la célula principal de una Organización Vecinal para la seguridad, es fundamental no solo como arma efectiva para luchar,

Contra la criminalidad y violencia urbana sino para internalizar en el vecino la "CONCIENCIA DE SEGURIDAD".

Por lo tanto, corresponde a las personas representativas de la comunidad y al personal policial propender a su crecimiento y difusión; y, esto se hará efectivo en la medida que exista un adecuado conocimiento de sus funciones y de las ventajas que conlleva la Policía Nacional del Perú, para alcanzar los objetivos que establecen su misión debe desarrollar en sus integrantes la capacidad de servicio hasta lograr que estos tenga gran fuerza de carácter y de fe para con su labor, con la seguridad que su mandato es producto de los principios de la justicia y por ello su deber es generar y proteger causas justas, frente al desafió que le plantea los fenómenos sociales en nuestra sociedad.

CAPITULO I

Antecedentes históricos

El crecimiento explosivo experimentado por la Capital de la República en los últimos 50 año, ha sido 10 veces más, si se compara el censo de 1940 que registró una población de 661,508, y el de 1993 con 6"434,323 habitantes, notándose una mayor incidencia de masificación urbana en los últimos 15 años.

La lucha contra el terrorismo creó un vació en la atención policial en seguridad ciudadana, al debilitarse la protección de los vecinos en las vías públicas, haciéndolos blancos del accionar delincuencial común, cuyo crecimiento progresivo era notorio por su origen pluricausal, ampliando consecuentemente la brecha de cobertura de servicios policiales.

Al no ser suficiente los esfuerzos policiales para hacer frente a la delincuencial , la población acudió a mecanismos de autodefensa y a servicios de seguridad privada en urbanizaciones de status socio económico medio alto, así como a la formación de comités de autodefensa en pueblos jóvenes. En este contexto se desarrollaron igualmente el Lima los servicios de serenazgo, con personal policial de vacaciones, como una respuesta de los Gobiernos Locales para mejorar el sistema de seguridad colectiva de sus distritos y para apoyar los servicios policiales de sus respectivas jurisdicciones.

De los estudios de opinión realizados por empresas encuestadoras y por la Comisión de Seguridad Ciudadana en abril de 1997, se llegó a las siguientes:

  • Existe una sensación de inseguridad por el incremento de la delincuencia y por la insuficiencia de servicios policiales.

  • Deseo de participar en su propia seguridad, preferentemente mediante un esquema integral en el que participen, la Policía, la comunidad en general y las autoridades locales.

La participación de la población en Seguridad Ciudadana, viene a ser por lo tanto, la cooperación activa y organizada de la comunidad para resolver conjuntamente con la Policía Nacional la problemática delincuencial de sus respectivas jurisdicciones.

Mediante Resolución Directoral Nº 2219-97-DGPNP/EMP, el 22 de Agosto de 1997, se crea el Sistema de Participación Ciudadana, para promover la participación de la comunidad Peruana en el campo de la Seguridad Ciudadana; y con Resolución directoral Nº 157-2001-DGPNP/EMG del 5 de Febrero del 2001, se aprobó el Plan de Desarrollo Estratégico Institucional del 2001 al 2005, en la que se señala como misión estratégica el brindar un servicio profesional de calidad a la Sociedad, logrando la participación ciudadana, para lo cual se ha trazado como primer objetivo general "La Optimización de la operatividad policial, promoviendo la participación ciudadana"

CAPITULO II

Marco legal

Nuestra Constitución Política del Perú, señala:

A.- LA CONSTITUCIÓN DEL PERU Art. 1ro. Y 2do.

Expresa que la "Defensa de la Persona Humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la Sociedad y el Estado", tiene Derecho a la Paz, a la Tranquilidad al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.

La Constitución rescata de la dignidad de la persona, supremo valor que exalta el cristianismo, para el cual la persona es criatura de Dios, hecho a su imagen y semejanza.

Tanto la Constitución de 1979 como la de 1993, se erigen en avanzada del respeto a los Derechos Humanos que declaran con minuciosidad y de respeto aun de aquellos Derechos que solo lo declaran en forma implícita.

Deben, con motivo de esto inciso distinguirse los conceptos de Estado y Sociedad. La Sociedad – La Sociedad Civil – es la suma de todas las personas y la NaciónConcepto mucho más complejo – , es la historia misma del País anterior a la noción de Estado. El Estado Peruano, como entidad independiente, nace el 28 de Julio 1821. La Nación Peruana se remonta, probablemente, al nacimiento del Inca Gracilazo de La Vega en el siglo XVI.

Según los Derechos Humanos menciona "El hombre no existe para el Estado si no que el Estado existe exclusivamente para el hombre".

Los Derechos Humanos, son condiciones esenciales del genero humano en todo tiempo y lugar cualquiera sea su raza, religión, sexo edad o su condición en la sociedad ligadas estrechamente a su dignidad personal.

Responde a las necesidades que tiene los seres humanos para poder vivir dignamente desde el simple hecho de mantenerse con vida, alimentarse vestirse o tener una vivienda, hasta educarse y tener asistencia medica en caso de enfermedad. Y también la de expresar sus ideas, organizarse reunirse y moverse de un lugar a otro, tener acceso a la cultura y la participación de las personas a la sociedad.

Se basan en el reconocimiento de que tanto los varones como las mujeres somos personas, los Derechos Humanos son iguales para todos, las necesidades reconocidas de las personas han ido cambiando por ello los derechos humanos no son un conjunto de condiciones logradas definitivamente, si no que van ampliando de acuerdo a las necesidades de los seres humanos.

Frente a estos derechos, El Estado tiene él deber de respetarlos garantizarlos protegerlos y organizar su accionar para satisfacer su realización plena. Ningún Estado puede ni debe dar leyes en contra o decidir si están o no vigentes. Una persona tampoco no debe renunciar a sus derechos, ya que estos dependen de su propia humanidad, no se pierde por el transcurso del tiempo, aunque un grupo o persona determinada se haya visto materialmente impedida de su ejercicio. El origen el reconocimiento y vigencia de los Derechos Humanos es producto de un proceso histórico que origina a comienzos de la humanidad, pero que se formaliza a mediados del siglo XX luego de la segunda guerra mundial.

A partir del siglo XX los primeros derechos humanos que se formularon fueron los relacionados a algunas garantías procésales, el derecho a la propiedad y la libertad de locomoción (Inglaterra), también la libertad de conciencia y religión, la libertad de expresión y de imprenta (Francia) y los derechos de participación política.

Algunos autores sostienen que los derechos en mención solo fueron privilegios y prerrogativas otorgados por el Rey a ciertos sectores sociales (Nobleza y Burguesía), ello se debió a la delimitación de la arbitrariedad del ejercicio del poder de la monarquía.

Un hito histórico importante fue la Declaración de la Independencia Americana de 1776 y de la Declaración Francesa de 1789, las que dieron origen a las Declaración de los Derechos del hombre y del ciudadano.

Estas Declaraciones marcaron un precedente importante en el proceso de reconocimiento de los Derechos Civiles y Políticos: EL RESPETO A LA PERSONA, A SU LIBERTAD E INTEGRIDAD PERSONAL, EL DERECHO A LA LIBRE EXPRESIÓN, A LA LIBERTAD DE PENSAMIENTO, LA SEPARACIÓN DE PODERES, GARANTIAS JURÍDICAS Y `PROCESALES PARA LOS DETENIDOS ETC.

Luego fue necesario entonces las luchas por el reconocimiento de otros derechos denominados los económicos, sociales y culturales. La Constitución Mexicana de 1917 y la Alemana de 1919, reconocen por primera vez estos derechos.

El Movimiento Obrero cumplió un papel importante para reclamar los derechos de huelga, jornada de ocho horas, salario justo condiciones dignas de trabajo, vivienda salud y educación. Es decir todas aquellas condiciones materiales básicas para una vida digna de la persona.

Es así como se tiene reconocimiento de los derechos de los pueblos también llamados derechos de solidaridad: LA PAZ, EL DESARME EL DESARRROLLLO, EL MEDIO AMBIENTE SANO y que responde a nuevos requerimientos de los habitantes de los países del mundo siendo estos Derechos:

UNIVERSALES

Los Derechos Humanos son universales porque toda persona sin ningún tipo de diferencias deben gozar de sus derechos, por lo que no importa la raza, el sexo, la cultura o religión que tengamos; tampoco importa la nacionalidad o el lugar de domicilio.

Así, los derechos humanos son universales ya que corresponde a todas las personas, lo que se corrobora con lo del texto artículo 1 de la Declaración de los Derechos Humanos:

"Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros

INHERENTES E INALIENABLES

Porque pertenecen a la persona desde la concepción hasta la muerte.

ESENCIALES O NECESARIOS

Constituyen necesidades básicas o esenciales para el desarrollo integral de la persona: es decir para su desarrollo físico, psíquico, cultural y social.

INTEGRALES Y RELACIONADOSA ENTRE SÍ

No es suficiente si tenemos sólo unos derechos y no otros Ej. : La libertad sin bienestar social y económico, sin acceso a la educación y la salud no se puede disfrutar.

HISTORICOS

Podemos referir que cada sociedad y cada época en la historia de la humanidad ha contribuido en su evolución, son conquistas que las personas han realizado por una vida mejor, más justa y más libre.

LIMITADOS EN SU EJERCICIO

Por los derechos de los demás y los limites que se establezcan las leyes: La libertad de manifestaciones por su ejercicio pacifico y el orden público.

Por otro lado, debemos tener en cuenta que los derechos van acompañados de deberes frente a otras personas y la comunidad o sociedad en general, es mas la existencia de los deberes asegura la convivencia respetuosa y solidaria.

SIENDO LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS

Los siguientes:

  • Derecho a la dignidad humana

  • Derecho a la vida

  • Derecho a la libertad personal

  • Derecho a la integridad

  • Derecho a la satisfacción de las necesidades básicas (alimentación, educación, al descanso, al disfrute del tiempo libre, etc.)

Estas 5 categorías operan como un sistema entre sí ya que cada una de ellas se encuentra implícitamente con otros derechos, por lo que se consideran que los derechos son indivisibles, interdependientes y complementados ya que están relacionados entre sí, es decir no podemos hacer ninguna separación ni pensar que uno son más importantes que los otros.

En consecuencia, todos los derechos tienen igual de importancia.

DERECHO A LA DIGNIDAD HUMANA

El derecho a la dignidad del hombre, tiene como principal fundamento el hecho que el hombre es el valor supremo de la Sociedad y el Estado así el respeto a la dignidad del hombre abarca también para las personas que han cometido un ilícito penal donde la respuesta por parte de la sociedad no peden ser la venganza ni el oprobio a la condición humana, sino solamente la sanción aplicable a través de un proceso judicial donde esté presente las debidas garantías y se le respete los demás derechos fundamentales.

Podemos decir que el derecho a la dignidad humana intrínsicamente conlleva el ejercicio de otros derechos como el respeto a la vida, integridad, libertad al derecho de la intimidad a la protección del honor, al desenvolvimiento de la personalidad, a la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia.

DERECHO A LA VIDA

Es la condición esencial e indispensable para todo ser humano se desenvuelva en la sociedad, al privarse de ella a alguien se le impide el ejercicio de todos los demás derechos y libertades.

DERECHO A LA LIBERTAD PERSONAL

Al referirnos a la libertad individual que prohíbe toda detención arbitraria deben conjugarse dos intereses vigentes, por un lado, una demanda de seguridad frente a la delincuencia por parte de la ciudadanía hacia el Estado y el consiguiente deber estatal de proporcionar, y por otro, la vigencia de los derechos de las personas acusadas de la comisión de delitos.

DERECHO A LA INTEGRIDAD

El derecho a la integridad personal consiste en que ninguna persona por su propia condición no puede ser objeto de tortura, tratos crueles e inhumanos o degradantes o uso desproporcionado de la fuerza, derecho que se encuentra amparado en nuestra constitución, en las respectivas normas internacionales y en nuestra legislación.

DERECHOS A LA SATISFACCIÓN DE LAS NECESIDADES BASICAS

Según el Art. 2 inc. 22, de la Constitución Política del Perú de 1993, "Toda Persona tiene derecho a la paz, la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como ha gozar de un ambiente: equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida".

El derecho a la satisfacción de necesidades básicas o derecho a prestaciones básicas (alimentación, educación, atención a la salud), ha servido de base para la obligación del Estado en observar necesidades.

Los derechos básicos de la personalidad individual han sido también denominados por la doctrina derechos personales o personalísimos, es decir que no dependen del reconocimiento del estado, sino que surgen del propio hecho de haber nacido en todo tiempo y lugar.

El absoluto respeto a los Derechos Humanos es inherente a la función policial. Por dicha razón, los policías deberán ser formados con especial énfasis en el conocimiento de la filosofía que sustenta la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Los Derechos Humanos, constituyen la base sobre la que gira el Estado de Derecho en las naciones democráticas. En dicho contexto, la policía como garante de los derechos y protectora de las libertades deberá hacer adecuado uso de sus facultades coercitivas, para procurar el justo equilibrio social que facilite la convivencia. No podemos obviar, que es justamente la policía investida de autoridad y de las facultades inherentes a la misma, la institución que se encuentra en permanente riesgo de violar los Derechos Humanos de las personas.

Es por ello que se deberá estructurar en los policías una actitud de permanente respeto a la dignidad de las personas, a actuar con absoluta neutralidad, a proscribir el abuso, la arbitrariedad y la discriminación, de manera tal que se constituyan en condición esencial en el mantenimiento del orden público, en las investigaciones de los delitos y, en todas las demás actuaciones policiales.

Dentro de la concepción o planteada, la Policía Nacional no sólo debe limitarse a respetar los Derechos humanos, sino convertirse en un instrumento para la defensa y protección activa de estos derechos.

Este concepto resulta angular dentro de la Reforma planteada toda vez que el funcionario policial pasa a tener un rol proactivo y promotor de los Derechos Humanos.

B.- Art. 166. de la Constitución Política del Perú, le confiere al Policía Nacional del Perú, la finalidad fundamental de garantizar, mantener y restablecer el Orden Interno; y responsabilidades de Orden Público y de Seguridad Ciudadana, cuando se refiere a garantizar el cumplimiento de las Leyes y la seguridad del patrimonio público y privado; prevenir, investigar y combatir la delincuencia; y prestar protección y ayuda a las personas y a la comunidad.

Estos antecedentes han delineado a la cultura organizacional de la policía misma que se ha visto influenciada por la presencia de diversos factores culturales interno derivados especialmente del ya citado proceso de integración policial que no solo unifico las funciones sino el sistema de creencias, usos y costumbres, actitudes, conductas, valores, pautas de comportamiento etc.

Este concepto de cultura organizacional atraviesa a toda la policía nacional y tiene traducción en el que hacer cotidiano es decir, en las relaciones que establecen los ciudadanos y el policía, y los policías entre sí; teniendo bajos niveles de participación con la ciudadanía y que no son bien vistas por la población.

Los nuevos tiempos, el país, y la propia institución, reclaman contar con un funcionario policial que sea proactivo, de elevada capacidad creadora, de alta calidad física, intelectual y moral y con una profunda vocación de servicio; que subordine sus actitudes y conducta a principios y valores, que tenga iniciativa y sea responsable; que no sea producto de las condiciones, ni de las circunstancias ni del reflejo social, ni lo que dicen ni opinan los demás; que no culpe a los a otros de su situación y que este dispuesto a cambiar y que viva para servir y no para que sea servido.

LA LEY ORGANICA DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU – LEY Nº 27238.

Menciona en:

Art. 7 inciso 3ro., Garantizar la Seguridad Ciudadana. Capacita en esta materia a las entidades vecinales organizadas.

REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU – LEY Nº 27238.

III – De la Organización – Capitulo 1 Art. 13 Estructura Orgánica, inciso 5 Órganos de Apoyo., menciona la Dirección de participación Ciudadana.

V – De los Comités Cívicos de Apoyo – Capítulo Único, Art. 68º – Comités Cívicos de Apoyo.

  • Los Comités Cívicos de Apoyo a la Policía Nacional, son personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, que se constituyen dentro del ámbito nacional en asociaciones civiles de conformidad con el Código Civil; se rigen a demás por las normas estatuarias y reglamentos correspondientes. Integran el Sistema Nacional de Cooperación "Asociación Civil Amigos de la Policía Nacional".

  • Los Comités Cívicos de Apoyo tienen por finalidad fortalecer los vínculos de amistad y cooperación entre las dependencias policiales y la comunidad. Sus tareas especificas están referidas al mejoramiento de la imanten de la policía, desarrollo de actividades de bienestar del personal, así como el de apoyar con recursos lógicos y tecnológicos que coadyuven al mejor cumplimiento de la función policial. Pueden participar en tareas de seguridad ciudadana a través de la Dirección de Participación Ciudadana de la Policía Nacional.

C.- ORDEN PÚBLICO

Es la situación caracterizada por el normal desenvolvimiento de las actividades de la población, exteriorizada por la tranquilidad y la paz social, el respeto y el cumplimiento de las leyes, así como a la protección de la vida, integridad, dignidad y patrimonio de las personas; procurando la convivencia armónica y la prosperidad general.

El Orden Público, es una situación de paz y tranquilidad social regulada por el Derecho y garantizado por el Estado, para asegurar el normal desarrollo de las actividades de la población dentro del territorio nacional.

El Orden Público tiene una connotación fundamentalmente jurídico-social, pues resulta de la observancia de un conjunto de normas jurídicas, cuyo cumplimiento es indispensable para preservar el mínimo de condiciones necesarias para la convivencia de las personas dentro de una colectividad organizada, además tiene una acepción policial de garantía y seguridad pública, previniendo y combatiendo la comisión de delitos y faltas. Situación de equilibrio social condicionada por el respeto al Orden Jurídico y respaldo por la voluntad formal de una comunidad en función a sus costumbres, convicciones y tradiciones y sentimientos.

INTERPRETACIÓN DE LA ESTRUCTURA DEL ORDEN DE SITUACIÓN.-

a.- SITUACIÓN.- Porque es una actitud, postura, condición o circunstancias que se dá como hecho indubitable.

b.- EQUILIBRIO SOCIAL.- Porque explica armonía, sensatez, estabilidad y proposición en el contexto social en el que se desenvuelve, con sus presiones, resistencias, estimas financiabilidad en la clase categóricas sociales.

c.- RESPETO AL ORDEN JURÍDICO.- Por cuanto se sujeta o condiciona el ordenamiento jurídico de la ley, de conformidad a las ciencias jurídicas y su organización.

d.- VOLUNTAD FORMAL.- Expresa el acuerdo implícito de todos para aceptar, respetar lo que beneficie o conviene a la comunidad.

e.- UNA COMUNIDAD.- Expresión genérica de un conjunto organizado de personas de menos o mayor magnitud identificado por manifestaciones comunes, en cuanto a costumbres, convicciones, tradiciones, sentimientos y otros.

D.- LA SEGURIDAD CIUDADANA

La Seguridad Ciudadana, es un concepto que engloba dos fenómenos: el fenómeno de la criminalidad y el fenómeno de la inseguridad ciudadana.

La criminalidad, esta constituida por el conjunto de hechos de naturaleza criminal, infracciones al ordenamiento jurídico, la violencia familiar y social, así como los hechos que sin estar considerados en la normatividad penal, constituye violaciones a las normas sociales de convivencia pacífica.

En cuanto al sentimiento de inseguridad ciudadana, debemos señalar que es producto de la sensación, de la percepción que tiene el ciudadano promedio, de cual es el ambiente de seguridad en la comunidad.

Existen una desproporción entre el sentimiento de inseguridad ciudadana y los verdaderos índices de criminalidad, pero esta apreciación obedece a diversos factores, tales como la desconfianza en la actuación del policía, presencia de elementos sociales que acrecientan los temores (barras bravas, pandilleros, ebrios en la vía pública, prostitución, etc.).

La Seguridad Ciudadana, en un sentido amplio es la situación de tranquilidad y seguridad en una comunidad, producto del respeto de las normas de convivencia social y del control de la criminalidad, que permite el desarrollo de las actividades ciudadanas en forma normal.

Corresponde al Estado garantizar la Seguridad Ciudadana y la protección de los derechos y de las libertades fundamentales de los ciudadanos. El adecuado equilibrio de estos conceptos facilitara la convivencia comunitaria.

En los tiempos actuales se va imponiendo el criterio que la Seguridad Ciudadana también deberá ser producto del trabajo en conjunto de la sociedad organizada.

Se caracteriza por ser una situación de tranquilidad y de orden, donde las personas de una colectividad pueden desenvolverse libres de riesgos y de amenazas; es decir es brindar a la comunidad un servicio policial de calidad, que constituye una de las principales preocupaciones de todos los policías del mundo, a fin de enfrentar de la mejor manera la constante amenaza de la delincuencia en sus más variadas modalidades, para lo cual es imprescindible actuar con el apoyo invalorable de la población, hacía quién está orientado el cumplimiento de la misión institucional.

La Seguridad Ciudadana entendida como una situación de tranquilidad y orden que requiere el ciudadano para desarrollar sus actividades libre de riesgos y amenazas, no es responsabilidad exclusiva de ninguna institución, es más bien un compromiso que involucra a todas las fuerzas vivas de la comunidad. Al igual que el crimen organizado y la delincuencia común que no descansa y desarrollan nuevas modalidades para neutralizar a la policía, la comunidad también debe aprender diversas formas de autoprotección y defensa ante la agresión delictiva, lo que solo podrá lograr, si actúa en forma organizada y coordinada con la policía nacional de su jurisdicción. Con este contexto, los sectores organizados de la comunidad tienen un rol fundamental que cumplir y que debe traducirse en una participación activa, permanente y solidaria para mejorar en corto plazo los niveles de seguridad frente al incremento de la delincuencia común y organizada, particularmente en Lima Metropolitana y Callao.

Su consolidación y desarrollo, es la célula principal de la organización vecinal para lograr la seguridad fundamental, no sólo como arma efectiva para luchar con la criminalidad y violencia urbana, sino para internalizar en la persona la "conciencia de seguridad".

E.- El Estado mantiene garantiza el ORDEN PUBLICO Y SEGURIDAD CIUDADANA, fundamentalmente por la Policía Nacional; sin embargo, los esfuerzos de la Institución policial para preservarla, serán siempre restringidas si no existe una adecuada participación de la población en apoyo de la función policial de orden de seguridad.

Para conceptuar las materias de Orden Público y Seguridad Ciudadana es menester primero, conceptuar el Orden Jurídico, puesto que, tanto el Orden Público como la Seguridad Ciudadana, son expresiones particulares del orden jurídico en un Estado de Derecho.

El Orden Jurídico es el conjunto de normas positivas vigentes relacionadas entre sí y jerárquicamente escalonadas que rigen la vida de las personas naturales y jurídicas dentro de una nación. Esta constituido por todo Derecho positivo de un país y está conformado no solo por la Constitución y las Leyes, sino también por los reglamentos, las disposiciones de las autoridades administrativas, por las costumbres, las sentencias judiciales e incluso por los contratos que son ley entre parte.

El ordenamiento del Orden Jurídico es pleno; todos los casos que pueda presentarse se encuentran previstos en él. Para ello debe tenerse presente que el ordenamiento jurídico no consiste solamente en normas generales, sino también en normas particulares.

El fundamento del principio de la plenitud, es virtud de la llamada norma de libertad, es decir del principio de que "todo lo que no está prohibido, está jurídicamente permitido".

El Orden Público se define como aquella situación en la cual el Estado garantiza el normal desenvolvimiento de las actividades de la población reguladas por el Derecho Privado y libre de toda presión interna y externa; lo que permite la tranquilidad y la paz social dentro del territorio patrio.

La seguridad Ciudadana, es un elemento del Orden Público caracterizado por la ausencia de peligros que debe existir en la vida, la libertad y el Derecho de las personas.

La seguridad en si es un sistema de prevención racional y adecuada, exento de daño pudiendo ser personal o colectiva.

La seguridad personal es garantía que el Poder Publico ofrece a la ciudadanía en general y a todo cuanto residen en el territorio de un país a fin de que no sufran agresiones o ataques impunes, que puedan transitar sin preocupaciones por el territorio nacional y que sus reclamaciones legales sean amparadas.

La seguridad colectiva se refiere a la seguridad internacional y está Regida por el Derecho Internacional Público; su garantía es el objeto principal de las Naciones Unidas.

La Seguridad Ciudadana comprende las acciones de prevenir y garantizar tanto la integridad de las personas, como las propiedades dentro del proceso de cambio el comando de la Policía Nacional del Perú, viene impulsando desde años atrás la participación de la población en seguridad, y a creado la Dirección Nacional de Participación ciudadana de la PNP, implementando las oficinas de Participación Ciudadana en las Comisarías, asumiendo de esta manera el liderazgo en una importante tarea orientada a cimentar una comunicación más fluida con la colectividad para contribuir activamente a su propia seguridad.

Existe en el país una inseguridad alarmante generada por la violencia que rebasa la capacidad de control de las instituciones tutelares del Estado y que está afectando gravemente la calidad de vida de la comunidad nacional, creando vacíos que ha propiciado la formación de nuevos cuerpos de seguridad como los municipales y la proliferación de organizaciones de vigilancia privada, esta últimas desconectadas de la autoridad legal por su improvisación e informalidad que en muchos casos han causado aún más daño a la sociedad.

Que con la dación de las normas del Sistema Nacional de Participación Ciudadana, como nuevo instrumento rescatable que tiene por misión promover la participación activa y organizada de la comunidad para apoyar a la Institución Policial en su esfuerzo por mejorar los niveles de orden y Seguridad Ciudadana, para lo cual organiza y capacita a la comunidad, así como generar en el personal policial cambios de comportamientos y actitudes favorables que permitan fortalecer la relación ciudadano-policía. Asimismo Asesorar a los integrantes del Sistema Nacional de Cooperación "Amigos de la Policía Nacional"- SINACOOP en aspectos relacionados a la participación de la comunidad en Seguridad Ciudadana y al bienestar del personal policial. Efectúa permanentes coordinaciones con las Regiones y Frentes Policiales, DINFO, División de Policía del Niño y Adolescente, División de Policía de Mujeres, Policía Ecológica, Policía de Turismo, Jefaturas Especializadas y otros órganos de la PNP, SINACOOP, organismos e instituciones públicos y privados comprometidos con la Seguridad Ciudadana.

F.- LA DIRECCION DE PARTICIPACION CIUDADANA fue creada con resolución Ministerial Nro. 2219 del 22 Agosto de 1997 como Órgano Sistémico de carácter técnico normativo y ejecutivo dependiente de la DIRGEN-PNP. Encargado de orientar y conducir las políticas del Comando Institucional en materia de participación de la población para la Seguridad Ciudadana.

La Dirección Nacional de Participación Ciudadana es un órgano de apoyo de la Policía Nacional y tiene por misión promover la participación activa y organizada de la comunidad para apoyar a la Institución Policial en su esfuerzo por mejorar los niveles de orden y seguridad ciudadana, para lo cual deberá organizar y capacitar a la comunidad, así como generar en el personal policial cambios de comportamientos y actitudes favorables que permitan fortalecer la relación ciudadano-policía.

Ejecuta directamente o por intermedio de las Oficinas de Participación Ciudadana de las Regiones y Frentes Policiales, acciones de motivación y acercamiento a la población para lograr su apoyo a la labor policial de seguridad ciudadana.

Dirige el Sistema de Participación Ciudadana de la PNP, manteniendo para el efecto una relación de coordinación con las Regiones y Frentes Policiales, para establecer las funciones y responsabilidades de los órganos componentes de la Dirección de Participación Ciudadana, a fin de unificar los procedimientos de trabajo que debe realizar el personal y órganos competentes, para el adecuado cumplimiento de la misión.

TENIENDO COMO PRINCIPIOS DOCTRINARIOS
La Seguridad Ciudadana es una responsabilidad de la Policía Nacional contemplada en el Art. 166 de la Constitución Política del Estado y en la Ley N° 27238 Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú.

La Educación es un instrumento vital para la prevención, en tal sentido es importante la utilización de este medio para disminuir o por lo menos contener el aumento de la violencia juvenil, el consumo, uso y abuso de drogas, además de otros problemas que vienen afectando a los menores y jóvenes.

La figura del Policía Escolar, se constituye en un rol atractivo para los jóvenes, ya que se presenta como una opción que permite voluntariamente a los escolares hacer uso racional del tiempo, alcanzar un buen desarrollo personal de habilidades sociales a través del fortalecimiento de liderazgo, autoestima, confianza en sí mismo, motivación, tolerancia, responsabilidad, solidaridad y recreación.

La Auto Protección Escolar, se fundamenta en la conformación de una red de participación solidaria, sobre la base de la coordinación multisectorial, para prevenir o neutralizar los efectos que los fenómenos sociales adversos puedan provocar en los menores y adolescentes en edad escolar.

Los Clubes de Menores, basan su accionar en diversas estrategias participativas o conjunto de ejercicios psicosociales que promueven la interacción de las cualidades personales, posibilitando la expresión libre de sentimientos e ideas, enriqueciendo la reflexión, auto gestión, sensibilización e información y toma de conciencia a través de la interacción grupal de niñas, niños y adolescentes.

La recreación de menores y jóvenes, juega un papel importante en la superación como ser humano, constituyéndose en una necesidad imperiosa del mismo, para mantener la salud física, el equilibrio psicológico y sobre todo conveniente para la integración de grupos humanos.

La Comunidad es una agrupación de personas relacionadas entre sí que cuentan con recursos físicos, personales, de conocimiento, de voluntad, de instituciones, de tradiciones, etc., constituyéndose en un sistema que crece continuamente por vida interna, donde sus miembros tienen participación en su crecimiento y desempeñan un papel responsable en su desarrollo.

Dentro de la Dirección Nacional de Participación Ciudadana, encontramos:

LINEAMIENTOS BASICOS PARA LA PARTICIPACION CIUDADANA MEDIANTE EL PROGRAMA "VECINO VIGILANTE"

  • El Programa "Vecino Vigilante" es un esfuerzo de la vecindad organizada a través de sus Juntas Vecinales, por cuadras, sectores, barrios, conjuntos cerrados, edificios, localidades, AA.HH. y PP.JJ., debidamente canalizado por las Oficinas de Participación Ciudadana de las Comisarías, para prevenir y/o contrarrestar actos delictivos y problemas de inseguridad, lo que implica colaborar con la Policía a fin de crear un ambiente de seguridad en la colectividad.

  • La unión y solidaridad entre los vecinos, reducirá los problemas de inseguridad de la ciudadanía; al contribuir en los aspectos de prevención del delito y en la aprehensión de delincuentes.

  • Los "Vecinos vigilantes" y en general los ciudadanos de una determinada localidad no deben enfrentar a un sospechoso, pues esa no es su función, ni están preparados para ello; pero si pueden efectuar algunas acciones, como utilizar silbatos en forma sincronizada, luces, señales, alarmas u otros procedimientos que se establezcan en coordinación con la Comisaría de su Jurisdicción.

  • La "Cadena telefónica de seguridad", sirve de igual manera para comunicarse entre vecinos con el propósito de mantenerse enlazados y ayudarse mutuamente cuando el caso lo amerite.

  • Con el programa "Vecino Vigilante" la Policía Nacional procura:

  • Identificar los problemas de inseguridad en su cuadra, sector, barrios, urbanizaciones, conjuntos cerrados, edificios, localidades, AA.HH. o PP.JJ.

  • Motivar a las Juntas Vecinales para que se organicen para su propia seguridad.

  • Crear la unión entre las personas para combatir el miedo, la apatía, la indiferencia y la falta de solidaridad frente a las acciones delincuenciales.

  • Concienciar y comprometer a la comunidad con su propia seguridad y propender a la integración entre los vecinos, las autoridades y la Policía, a fin de alcanzar el orden y la seguridad ciudadana.

LA CARTILLA PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE PROTECCION A LA ACOMUNIDAD

LAS JUNTAS VECINALES

Las Juntas Vecinales da Protección a la comunidad, son agrupaciones vecinales que se conforman por razones de seguridad y están integradas por personas que residen o laboran en un mismo barrio, sector, urbanización o distrito. Constituyen la cédula básica de organización para la seguridad ciudadana que viene impulsando la Policía Nacional.

BAJO QUE FINALIDAD SE DEBEN ORGANIZAR LAS JUNTAS VECINALES

Se deben organizar para:

  • a. Lograr la participación activa de la población en estrecha colaboración con la Policía Nacional, en actividades preventivas y contribuir con la protección a la comunidad.

  • b. Establecer una comunicación y coordinación permanentes entre los vecinos y la Policía de su jurisdicción, con el propósito de mantener una alerta efectiva frente a las amenazas que genere la delincuencia.

  • c. Organizar a la comunidad para una reacción oportuna ante posibles riesgos y vulnerabilidades de seguridad, actuando solo previamente, evitando tener contacto con delincuentes o personas infractores del orden.

  • d. Promover el sentido de cooperación entre vecinos e internalizar la "cultura de seguridad".

  • e. Fomentar la participación social mediante el desarrollo de programas cívico-patrióticos, culturales, deportivos, ecológicos, educativos y de salud, entre otros.

LA PARTICIPACION DE LOS VECINOS

Los vecinos participan colaborando con su comunidad en aspectos de prevención policial, con el apoyo y asesoramiento de la Comisaría de su jurisdicción; para el efecto deberán realizar las siguientes acciones:

Partes: 1, 2

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