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Accidentes deportivos



  1. Accidentes deportivos comunes: las
    hernias
  2. Anamnesis

Accidentes deportivos
comunes: las hernias

La hernia discal es una de las lesiones
deportivas más frecuentes. Se suele presentar
principalmente en esquiadores, futbolistas,
tenistas y culturistas, al ser
las disciplinas que más influyen en la salud de nuestra
espalda. Los motivos principales de su
aparición son la mala preparación física del
deportista, así como una sobre exigencia.

La hernia discal genera un fuerte dolor en
la región lumbar de la espalda,
pudiéndose expandir hasta los glúteos, piernas y
pies. Si se trata adecuadamente con
analgésicos y
rehabilitación, es poco probable que el
paciente requiera de cirugía.

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La patotología del Sistema Locomotor
tiene importancia en el acto de la conducción o en el uso
de armas puesto que de él depende el manejo del arma o de
los distintos dispositivos, palancas, volante, etc. que se
precisa para la conducción. En el Sistema Locomotor se
debe considerar:

  • LA MOVILIDAD del sistema locomotor, y
    estará siempre orientada a analizar si existe
    algún déficit motor y una vez detectado
    determinar si este interfiere con la conducción o el
    uso de armas o si el déficit puede subsanarse mediante
    adaptaciones de mandos o dispositivos.

  • BUSCAR EL ORIGEN de los déficits
    del aparato locomotor, que pueden estar, a nivel del: 
      – Sistema osteoarticular,  –
    Neurológico  o Vascular.

  • CARÁCTER EVOLUTIVO EN EL TIEMPO:
    Por lo que precisaremos de información complementaria,
    por parte de su médico o especialista, relacionado con
    el proceso

                    
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Los procesos que pueden dar lugar a un
déficit motor pueden ser por:  

– Malformaciones congénitas,
  

– Traumatismos de la columna vertebral o
de las extremidades,   

– Artrosis, artritis,
  

– Amputaciones,
  

Accidentes vasculares cerebrales
(ictus),   

– Traumatismos craneales,
  

Parkinson, esclerosis múltiple,
  

– Miastenia gravis, distrofia muscular,
poliomielitis, esclerodermia, etc..

Anamnesis

Deberemos interrogar sobre accidentes,
traumatismos o intervenciones del aparato locomotor, si le han
amputado algún miembro, si tiene dolor a la
movilización de las
articulaciones, rigidez,
hinchazón, deformidades o dificultad de
movimientos.ExploraciónInspección: Debemos observar
y tener en cuenta la actitud que tiene al caminar, al sentarse,
cuando esta sentado, al levantarse de la silla, al vestirse o
desvestirse, al firmar o coger los objetos, etc.. También
deberemos observar la presencia de temblores, espasmos u otros
movimientos involuntarios, problemas de coordinación ,
etc.   

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Hay que valorar si existe la movilidad, la
fuerza y la coordinación suficiente que se precisan para
la conducción o el uso de armas y que no existan
movimientos anómalos involuntarios (temblores, sacudidas,
etc.) que lo impidan.

  • Movilidad:Se deberá valorar la
    movilidad pasiva y la activa o voluntaria, la amplitud de los
    movimiento y si el aspirante presenta alguna
    limitación de la movilidad de la cabeza, cuello,
    tronco y extremidades, descartando deformaciones, rigidez,
    hinchazón o dificultades de movimientos. Debemos
    valorar la movilidad de las articulaciones del hombro, codo,
    muñeca, efecto pinza de la mano, cadera, rodilla y pie
    (el pie derecho debe tener conservada la flexión y
    extensión del pie). Debemos también explorar si
    existen prótesis y si estas pueden suplir las
    funciones del miembro en la conducción o en el uso de
    armas.

  • Fuerza.Se debe valorar si existe
    afectación de la fuerza muscular (ausencia o
    disminución). Se debe valorar siempre la fuerza de
    aprensión de las manos con el dinamómetro, de
    este modo detectaremos las enfermedades musculares y
    neurológicas que cursen con debilidad muscular,
    etc.

  • Coordinación: Se debe valorar si
    existe algún problema de coordinación en los
    movimientos que interfiera en la conducción o en el
    uso de armas.

LO DIFICIL ES DETERMINAR, a veces, si el
déficit motor que presenta esa persona precisa o no de
adaptaciones en el vehículo, en el arma o en la persona.
No hay que olvidar que solo deberá establecerse
adaptaciones o restricciones cuando sea indispensable para la
conducción o para el uso de armas ya que esto puede
suponer unos gastos importantes para el aspirante.

LA PÉRDIDA ANATÓMICA O
FUNCIONAL TOTAL DE LAS EXTREMIDADES no entraña por lo
general ningún problema en establecer las adaptaciones a
imponer, pero no ocurre lo mismo cuando se trata de trastornos
funcionales parciales donde se debería valorar la
movilidad, fuerza y habilidades en el vehículo o con el
arma, escapando todo esto de la valoración en los Centros,
por lo que en estos casos dudosos los Centros deberán
solicitar una valoración técnica y deberán
ser los técnicos de tráfico o los de la Guardia
Civil los encargados de la valoración funcional y de
establecer las adaptaciones oportunas y valorarlas después
en la prueba práctica si fuera necesario.

SEGÚN LA NORMATIVA DE CRC ESTOS
PUEDEN SUGERIR LAS ADAPTACIONES PERO NO IMPONERLAS, es
Tráfico o la Guardia Civil quien a tenor de las
deficiencias especificadas en los informes dictaminen las
adaptaciones y/o restricciones a imponer tras haber efectuado una
valoración técnica y/o una prueba practica, para
objetivar si estas alteraciones funcionales locomotoras o la
talla impiden el manejo normal y seguro de los distintos
dispositivos que se emplean en la conducción o en el uso
de armas, así como imponer las adaptaciones precisas para
suplir las deficiencias observadas, individualizando de este modo
cada caso.

              
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EN LOS RESPECTIVOS REALES DECRETOS, EXISTEN
CUADROS DE ADAPTACIONES, pero en general precisaran de
ellas:

  • Cuando existan una afectación
    que se extienda desde el hombro o desde la
    cadera, 

  • cuando sea desde el codo o desde la
    rodilla, 

  •  cuando no exista efecto pinza en
    las manos

  • cuando no exista la función de
    flexión y extensión del pie
    derecho 

  •  En los casos de amputaciones por
    debajo de la rodilla se pueden aceptar las prótesis si
    estas son funcionales y suple el movimiento perdido, en estos
    casos deberá constar en el informe, se solicitara la
    valoración técnica y Tráfico
    deberá efectuarla. 

  •  En el caso de precisar
    prótesis para el uso de armas esta deberá
    constar en el informe, se solicitara la valoración
    técnica y la Guardia Civil deberá
    efectuarla

Etiquetas: deportistas, hernia, lesiones, región
lumbar

 

 

Autor:

Delia Alicia Linares Curiñaupa

 

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