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Estudios de Derecho en Cuba hasta 1959



  1. Resumen
  2. Introducción
  3. Universidad de La Habana
  4. Seminarios de San Basilio El Magno y de San
    Carlos y San Ambrosio
  5. Los
    estudios de Derecho durante la República
    Mediatizada
  6. Conclusiones
  7. Bibliografía

Resumen

En Cuba se ha enseñado Derecho a lo largo de su
historia. La Universidad de La Habana abrió sus puertas en
1728, situándose la carrera de Derecho como una de sus
fundadoras; esta institución se secularizó en 1842;
para principios del Siglo XX sus planes de estudio estuvieron
influenciados por el positivismo. Se impartió Derecho
Civil y Canónico en el Seminario de San Basilio (1722)
fundado en Santiago de Cuba. De igual modo en el Seminario de San
Carlos y San Ambrosio se ofrecieron asignaturas de porte
jurídico y se estableció la Cátedra de
Constitución (1820) por Félix Varela.

Padres agustinos procedentes de Estados Unidos crearon
la Universidad Santo Tomás de Villanueva (1946), en las
aulas de este centro educativo se graduaron profesionales del
Derecho. Las universidades de Oriente (1946) y Las Villas (1947)
contribuyeron al ingreso de nuevos estudiantes a la carrera
consolidando así el desarrollo de la enseñanza del
Derecho en el país.

Palabras claves: estudios en Ciencia
Jurídica, Cuba, Derecho, universidad

Abstract: In Cuba it beens taught right along
your history. The La Havana university opened your doors in 1728,
by putting the by right run as one of your founding; this
institution was secularized in 1842 for principles of the century
XX your plains of study were influenced for the positivism.
Imparted civil law and canonical in the seminary of saint Basil
(1722) based one's opinion on Santiago of Cuba. Of similar mode
in the seminary of saint Carlos and saint Ambrose offered courses
of juridical portage and it is established the professorship of
Constitution (1820) by Félix Varela run aground the.
Augustinian reasonable parents of United Stated created the
blessed university Thomas of Villanueva (1946), in the classrooms
of this educational center graduated professional of the right
side. The universities of Orient (1946) and Las Villas (1947)
contributed to the entrance again students at a run consolidating
so the development of the teaching of the right side in the
country.

Key words: Cuba, right, teaching, university,
studies

Introducción

La educación constituye un proceso social
complejo con un profundo matiz histórico y clasista,
gracias al cual tiene lugar la transmisión y la
aprobación del acervo cultural acrisolado por el ser
humano.

Las primeras referencias del desarrollo de la
educación en Cuba durante la etapa colonial
española se encuentran en las leyes reales del siglo XVI
que ubicaron la enseñanza de la lengua española y
la doctrina cristiana a los indios sobrevivientes en el
país y a los esclavos procedentes de África, labor
que encomendaron, en lo fundamental, a los eclesiásticos y
doctrineros.

A partir de la segunda mitad del siglo XVI se fundaron
en Cuba los primeros centros de enseñanza. Las fuentes
informativas disponibles permiten aseverar que hubo una
intervención amplia de franciscanos y dominicos en esas
actividades, y de cierto número de jesuitas. Se estima a
Miguel Velásquez como el primer maestro cubano, pues
conjugó sus funciones de sacerdote con las de
enseñar entre los años 1540-1544.[1]
Puede afirmarse que estas acciones fueron los exiguos
resplandores que recibió la colonia de un ciclo de gran
progreso cultural en España.

En la nación a lo largo de su historia se ha
enseñado Derecho en los distintos centros educacionales de
carácter universitario: Universidad de La Habana (1728),
Seminario de San Basilio El Magno (1722), Seminario de San Carlos
y San Ambrosio (1774), y las Universidades de Villanueva (1946),
de Oriente (1947), de Las Villas (1948).

Universidad de La
Habana

El antiguo catedrático de la Universidad de
Alcalá de Henares, el obispo Jerónimo
Valdés, consiguió la autorización para
fundar la Universidad de la Habana. Fue la bula del Papa
Inocencio XIII[2]del 12 de septiembre de 1721, la
que permitió la existencia del Centro de Altos Estudios en
Cuba.[3]

Nace de esta manera, en el convento de San Juan de
Letrán, el 23 de septiembre de 1728, la Real y Pontificia
Universidad de San Jerónimo de la
Habana[4]convirtiéndose en la décima
universidad de la América Española, bajo la
dirección de los dominicos. Hecho solicitado desde 1670
por fray Diego Romero, prior de la provincia de Santa Cruz de las
Indias. Tuvo como su primer rector a fray Tomás Linares
del Castillo.[5]

La Universidad ofrecía las cátedras
habituales de Teología, Medicina, Derecho Canónico
y otras disciplinas. Por lo se puede situar entre sus primeras
carreras la de la licenciatura en Derecho, con un fuerte
ingrediente de subsistencia del antes llamado Trivium y
Cuatrivium.[6]

Sobre la misma el Dr. Humberto Piñera
Llera[7]planteó que desde su etapa inicial
se: "venía impartiendo una enseñanza de corte
aristotélicotomista, aunque mejor sería decir que
lo segundo más que lo primero. Aferrada a los principios y
al método de la escolástica decadente, daba la
espalda la Universidad a todo lo que pudiera significar, siquiera
del modo más inocente, una adhesión a los
principios de la nueva
scienza."
[8]

La Facultad de Leyes y Jurisprudencia constituyó,
desde sus inicios, una de las más importantes Facultades,
tanto por la calidad de sus maestros como por las de su
estudiantado. Bajo el reinado de Carlos III de
Borbón,[9] en 1788, se adoptó el
segundo plan de estudios de la Facultad que comprendía
asignaturas de Derecho Civil, Mercantil, Criminal y
Canónico. Es meritorio resaltar la labor de Justo
Vélez[10]que desde 1818 allanó el
camino hacia un enfoque más moderno de la enseñanza
del Derecho.

La imprecisión, la inexistencia de
regulación condujeron muchas veces a reducir el
período de tiempo entre el Bachillerato y la Licenciatura,
de lo que podía resultar que el Doctorado se otorgara
pocos meses después del Bachillerato. Los estudios para el
Bachillerato en Leyes se abreviaban y a los candidatos se les
permitía someterse a examen antes de lo que había
llegado a ser el tiempo normal.

Los estudiantes se presentaban ante el Claustro Pleno,
compuesto por gran número de Doctores, en vez de
presentarse ante tres examinadores, con el propósito de
recibir gratificaciones del estudiante por habérsele
permitido acortar al curso. Esta situación se
convirtió casi en práctica general entre los diez y
veinte años anteriores a la secularización de la
Universidad.

Se habían otorgado, en 1830, cinco veces
más Bachilleratos en Civil (35) que el Claustro sencillo
(7). Estos jóvenes eran dotados, por supuesto, de un
conocimiento teórico muy insuficiente. En La Habana de
1842 existían 322 abogados para una población
relativamente pequeña, hecho que demuestra el
interés de ejercer la
profesión.[11]

En 1841 se recibe en el país una Orden Real que
establecía la Primera Ley Escolar de Cuba. Ésta
disponía la fundación de escuelas de primera
enseñanza que fuesen necesarias y la instrucción
gratuita para los niños pobres, así como la
nacionalización de la Universidad de La Habana. Pero esta
legislación tuvo poca aplicación en la
práctica.

La Universidad se secularizó en 1842, pasando a
ser laica, llamándose Universidad Real y Literaria y la
Facultad de Leyes y Jurisprudencia se convirtió en
Facultad de Derecho Civil y Canónico.

Al respecto el Dr. Rigoberto Segreo Ricardo
consideró: "La secularización de la Universidad
se producía como parte de un proyecto colonialista
más amplio, cuyo contenido principal era la
subordinación de las instituciones educativas al Gobierno
y su consiguiente neutralización política, si es
que no era posible su parcializacion al lado del poder
colonial."[12]

En los inicios del siglo XX la Facultad de Derecho tuvo
que aclimatar sus programas, planes de estudios y estructuras al
sistema de justicia norteamericano, si bien siempre
predominó el modo Romano – francés-
germánico en el Derecho cubano, para 1940, se escriben
nuevos estatutos quedando dividida la Facultad de Derecho en dos
facultades: Facultad de Derecho, propiamente dicha y Facultad de
Ciencias Sociales y Derecho Público, quedando establecido
un plan de 5 años de estudios con fuerte influencia del
positivismo italiano y alemán en algunas
disciplinas.

Posterior al triunfo revolucionario se establece, el 10
de enero 1962, una Facultad de Humanidades y distintas escuelas
bajo su denominación como la Escuela de Derecho, la de
Ciencias Políticas, la de Filosofía. Tras la
fundación del Ministerio de Educación Superior en
1976 las facultades recobran su nombre original y así
inició la Facultad de Derecho sus actividades bajo su
antigua denominación.

Seminarios de San
Basilio El Magno y de San Carlos y San Ambrosio

El Obispo Cabezas[13]creó el
Seminario de San Basilio el Magno en Santiago de Cuba en 1607.
Este se mantuvo inactivo por muchos años hasta que se
instituye formalmente en 1722 en la misma ciudad.
Perseguía una educación que sirviera a los empleos
eclesiásticos. Los estudios del Seminario
comprendían los de Gramática y Canto Llano,
posteriormente se establecieron tres cursos de
Filosofía.

Más tarde, el Obispo Agustín Morell de
Santa Cruz[14]consigue una venia real para crear
una Universidad en este Seminario que no llegó a
materializarse, quedando la obra ajustada a las cátedras
de Teología Moral, Filosofía y Cánones. En
sus aulas se impartieron otras disciplinas como Derecho
Canónico, Derecho Civil, Griego, Latín,
Retórica, Historia, Matemáticas y Ciencias, hecho
que la sitúo como un centro universitario, alcanzando a
tener valor oficial a los efectos de la obtención de
títulos en la Universidad de la Habana.

El evidente provecho concedido a la carrera viene dado
porque "El Derecho Civil y Canónico era de preferencia
de la juventud, pues los padres aspiraban a tener hijos que los
socorrieran en los numerosos litigios que les causaban enormes
estragos económicos…"
La impartición
del Derecho Civil se producía a prima, de ocho a nueve de
la mañana, el Canónico en vísperas, es
decir, de cuatro a las cinco de la tarde.
[15]

San Basilio "Cumplió su razón esencial
de ser: con lo mejor de la enseñanza superior, educar en y
para su tierra al patriciado criollo, además de formar
sacerdotes nativos para su diócesis."

[16]

El Real Colegio Seminario Conciliar de San Carlos y San
Ambrosio[17]fue creado en 1774 para los
jóvenes de la aristocracia. Las ideas más avanzadas
de reforma a la educación superior cubana no se originaron
de la Universidad de La Habana, que se mantenía aferrada
en su escolasticismo, sino de este centro de estudios. Esto se
debió, fundamentalmente, a su claustro quienes
"hacía años (…) habían roto con
los textos clásicos y redactados sus propios textos.
Por eso fue tan fecunda la enseñanza de ese centro  y
contribuyó mucho más que la Universidad  al
adelanto del pensamiento y la ciencia en
Cuba."
[18]

Para su tiempo representó un considerable
eslabón dentro del proceso de formación de
generaciones y abrigó a eminentes figuras de la Isla. De
ahí que "La proyección pedagógica del
Seminario de San Carlos y San Ambrosio fue demasiado
revolucionaria para la época en Cuba, y hasta en
relación con España
(…)"
[19]

Félix Varela[20]renovó en
la Cuba del siglo XIX los métodos pedagógicos y los
criterios de la enseñanza filosófica,
jurídica, científica y teológica.
Armonizó las antiguas concepciones de la
escolástica con las más modernas ideas
filosóficas, llegando a desarrollar su propio sistema de
"filosofía ecléctica". Labor que lo llevó a
plantearse una misión que se refleja cuando
expresó: "Empecé a barrer, dispuesto a no dejar
el más mínimo polvo de escolasticismo ni de
inutilismo como yo pudiera
percibirlo."
[21]

Con la instauración de la Constitución
española de 1812, se creó en San Carlos y San
Ambrosio la Cátedra de Constitución en 1820. A
petición del Obispo Espada[22]Varela, se
presentó a las oposiciones para cubrirla y la ganó.
Respecto a esta Cátedra expresó: "Yo
llamaría a ésta la cátedra de la libertad,
de los derechos del hombre, de las garantías nacionales,
de la regeneración de la ilustre España, la fuente
de las virtudes cívicas…la que por primera vez ha
conciliado las leyes con la filosofía, que es decir, las
ha hecho leyes, la que contiene al fanático  al
déspota (…)"
[23]

Publicó su obra Observaciones sobre la
Constitución Política de la Monarquía
Española,
que se convirtió en el primer texto
de Derecho Constitucional en toda Latinoamérica. Desde esa
posición quebró lanzas contra la marcada influencia
de la perspectiva filosófica y académica del
escolasticismo en los estudios de Derecho.

Desde los tiempos de Varela, aprecia el Dr. Armando Hart
Dávalos: "El ejercicio de la docencia ha sido siempre
en Cuba fuente de ideas y enseñanzas para encontrar
caminos, no solo en función de obtener conocimientos sino,
también, de ayudar a la formación ética
ciudadana y a la más elevada creación
intelectual
: la práctica
revolucionaria."
[24]

En sus valoraciones el Dr. Rigoberto Segreo Ricardo
estima que:

El devenir del Colegio Seminario de San Carlos es un
modelo del desmontaje cultural e ideológico que la nueva
política colonial de la burguesía española
venía realizando en Cuba. Esta institución
había desempeñado un protagonismo intelectual de
gran alcance para la cultura cubana durante las tres primeras
décadas del siglo. Veinte años después, el
San Carlos se había convertido en un Seminario Conciliar
destinado en exclusivo a la carrera eclesiástica. Las
cátedras de Economía Política, de
Constitución, de Derecho, de Filosofía, de
Física Experimental de Matemática, que
habían sido la atracción de la juventud cubana, ya
no existían o fueron sensiblemente mutiladas. En 1880,
cuando los padres paúles asumieron su regencia,
hacía mucho tiempo que el San Carlos había perdido
su vigoroso espíritu innovador y…ya no era una
institución controlada por
cubanos.[25]

No sería exagerado afirmar que el ritmo
científico y los avances en los estudios jurídicos
se desplazaron, en importante medida, de la vieja universidad de
San Jerónimo al Seminario de San Carlos.

Los estudios de
Derecho durante
la República Mediatizada

Puede decirse que la educación en Cuba hasta
finales del siglo XVIII estuvo matizada por la carencia de planes
de estudios fundamentados y científicos, una
enseñanza escolástica, intelectualista, formalista
y memorística, acompañada de una disciplina
rígida y exclusivismo en la enseñanza
superior.

Enrique José Varona[26]al
referirse sobre el estado de la educación superior cubana
de fines del siglo XIX planteaba:

La  instrucción superior era por
demás muy deficiente. La Universidad estaba muy
concurrida. Su matrícula  general, en los años
que precedieron a la última guerra, no bajó nunca
de mil alumnos. Pero estos se limitaban  a estudiar
teóricamente derecho, medicina y farmacia. Es decir, que
la Universidad tenía el mismo círculo de
actividades que al finalizar el siglo dieciocho. No
contribuía sino a entretener la misma plétora de
médicos, abogados y farmacéuticos, que llamaba la
atención de los viajeros que por aquellos tiempos
recorrían la isla. La enseñanza práctica y
experimental era virtualmente desconocida en sus aulas.
Difícil sería dar idea de lo que allí se
conocía con el pomposo nombre de museos y
laboratorios.
[27]

Al frustrarse el esfuerzo libertador con la
intervención de los Estados Unidos, primero en nuestra
Guerra de Independencia y, como consecuencia de ello, en los
destinos políticos, económicos y sociales de
nuestro país, la presencia norteamericana se dejó
sentir en la vida académica, pero ciertamente se
limitó a introducir su visión pragmática en
algunas zonas del estudio y la ciencia del Derecho.

Gracias a la incidencia de Enrique José Varona,
en 1900, se:

(…) logra implantar una significativa reforma
universitaria, que intentaba eliminar parte de la burocracia
universitaria y en particular profesores ineptos y corruptos que
devengaban salarios prácticamente sin trabajar en la
docencia  así como promovía los estudios
técnicos y profesionales a partir del criterio de la
urgencia de formar ingenieros para promover el desarrollo
agroindustrial del país y limitar la formación de
letrados inútiles que no contribuían al impulso de
despegue que necesitaría a naciente
república.
[28]

En los años de la República Mediatizada,
los estudios de Derecho fluctuaron entre su adscripción a
un pensamiento iusnaturalista casi pietista, absolutamente
idealista y políticamente liberal burgués o un
pensamiento positivista, francamente normativista desde la
década de los años cuarenta del siglo XX en que fue
casi literalmente indetenible la influencia de Hans
Kelsen[29]

El artículo 54, la Carta Magna de 1940,
reconocía: "Podrán crearse Universidades
oficiales o privadas y cualesquiera otras instituciones y centros
de altos estudios
."[30] De ahí la
creación de comisiones organizadoras para promover la
fundación de universidades en el país. Los centros
educacionales privados eran dirigidos por un Patronato que
tenía funciones de controlar los fondos económicos
y organizar la impartición de docencia.

Es necesario acotar que la política educacional
gubernamental estuvo dirigida al fomento de Escuelas
Técnicas. La idea no era crear universidades, sino
mantener las ya existente y fundar politécnicos para
adecuar sus graduados a los menesteres de la
época.

La apertura democrática facilitó la
entrada de intelectuales extranjeros que matizaron la
educación superior cubana, fundamentalmente
españoles. Sin embargo "la enseñanza superior
permanecía insertada dentro de las peores tradiciones de
la nación semifeudalizada, estancada y dependiente, sujeta
en todos los terrenos a los intereses más reaccionarios
dentro del país y al dominio extranjero, en especial del
imperialismo norteamericano
."[31]

La Universidad Católica de Santo Tomás de
Villanueva[32]fue creada el 15 de agosto de 1946 y
debe su fundación a los padres agustinos de los Estados
Unidos, quienes reprodujeron el esquema y los planes de estudio
de las universidades de ese país. En la década del
50 contaba con varios departamentos entre ellos los de Derecho
Civil, Derecho Diplomático y Filosofía y
Letras.

Para ingresar a esta no existían impedimentos por
motivos relacionados con el origen y/o posición social de
los estudiantes. A pesar de ser una Universidad Católica
admitía a estudiantes no católicos, siempre y
cuando observaran determinadas normas morales y
disciplinarias.

La "Universidad Santo Tomás de Villanueva,
profundamente elitista, conservadora y excluyente, lo que no
demerita las excelentes condiciones que ofrecía para el
estudio y la formación científica y
tecnológica
"[33] cerró sus
puertas en mayo de 1961 mediante la Ley de Nacionalización
de la Enseñanza.

Por otro lado, el 10 de octubre de 1947, con la
presencia de la campana de La Demajagua, se inauguró
oficialmente en Santiago de Cuba, la Universidad de Oriente. Su
Consejo Directivo aprobó inicialmente la creación
de tres facultades: Escuela de Ingeniería, Escuela de
Derecho y Ciencias Comerciales y Escuela de Filosofía y
Educación. El primer Decano de esta escuela fue el Dr.
Francisco Martínez Anaya y en la fecha fundacional
solamente estaban en el aula matriculados 10 alumnos en la
Carrera.

La fundación de la Universidad Central de Las
Villas data del 10 de octubre de 1948. Fue oficializada mediante
la Ley 16 del 22 de noviembre de 1949 y se estableció el
inicio de sus actividades docentes en 1952. Se convirtió
en la tercera universidad creada en el país durante el
período pre-revolucionario.

La entrega del título de Doctor Honoris Causa en
Derecho, en 1956, a Don Fernando Ortiz
Fernández[34]evidencia el reconocimiento a
una figura trascendental del panorama cubano del siglo XX. En
septiembre de 1976 se crea el Departamento de Derecho y la
carrera se independizó como Facultad el 9 de octubre del
2002. Cuenta en estos momentos con alrededor de 2000 estudiantes
optando por la Licenciatura.

A raíz de la suspensión de clases en la
Universidad de la Habana, en noviembre de
1956,[35] se crea la Universidad Nacional
Masónica "José Martí".[36]
Con anterioridad en 1953 aprovechando la ley de creación
de las nuevas universidades oficiales había sido creada en
Pinar del Río la Universidad del Occidente "Rafael Morales
González" y la Universidad del Norte de
Oriente[37]en Holguín. Otros intentos
también de creación de universidades  privadas
se produjeron en otras ciudades como Cienfuegos.

Con la publicación de la Ley No.11 de
1959,[38] dictada por el Gobierno revolucionario,
en su artículo 2 se declaraban extinguidas todas las
universidades "oficiales y oficializadas" creadas por la
dictadura batistiana y se ratificaban las Universidades de La
Habana, de Las Villas y de Oriente, como las únicas
oficiales en el país. Al respecto Dr. Armando Hart
Dávalos, en aquel entonces Ministro de Educación,
expresó que:

El Ministerio considera que ha habido una
proliferación  de centros de estudios superiores
durante los últimos años, lo cual lejos de elevar
el nivel intelectual y cultural de la Universidad, lo que hace es
rebajarlo porque es imposible sostener, como se debe, a tantas
Universidades. Preferimos concentrar todas nuestras fuerzas en
atender las tres Universidades autónomas, las de La
Habana, Las Villas y Oriente, para hacerlo de manera
diferente.
[39]

La Ley No. 350, vino a modificar a la Ley No. 11/1959,
al sustituir la inhabilitación por la suspensión,
durante dos años, del derecho a ejercer a aquellos que
poseían títulos en virtud de exámenes
realizados con anterioridad al 30 de noviembre de
1956.

Conclusiones

Mediante la presente investigación se ha
pretendido irrumpirse en la historia de la enseñanza del
Derecho en Cuba. El empleo de disímiles fuentes
bibliográficas fue vital para el desarrollo de este
artículo: aportando indicios, estableciendo puntos
comunes, análisis objetivos; de ahí que
consideremos acertado plantear las siguientes
conclusiones:

La enseñanza del Derecho en Cuba estuvo
influenciada, en sus inicios, por la metrópoli
española que trajo al país sus instituciones
académicas y jurídicas, estas últimas
heredadas de un complejo proceso de absorción; el
establecimiento de la Universidad de La Habana, así como
de los Seminarios de San Basilio y de San Carlos y San Ambrosio,
contribuyeron a la gestación de un sistema de
enseñanza del Derecho con características
peculiares.

Durante el período de República
mediatizada, la fundación de nuevas facultades de Derecho
en las universidades de Villanueva, Oriente y Las Villas,
permitió que la enseñanza del Derecho se nutriera
de las corrientes de la época. Lo expresado anteriormente
vino a sustentar el Sistema Romano-Francés de Derecho
imperante en la nación.

Bibliografía

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2006.

 

 

Autor:

Lic. Orlando William Naranjo Saavedra

Departamento de Asesoría Jurídica de la
Dirección Provincial de Planificación
Física

M.Sc. Ricardo Silva Zaldívar

Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de
Holguín

 

[1] Trujillo Lemes, Maximiliano Francisco, El
pensamiento social católico en Cuba en la década
de los 60, Editorial Oriente, Santiago de Cuba, 2011, p 30.

[2] Papa nº 244 de la Iglesia
Católica entre 1721 y 1724.

[3] Bianchi Ross, Ciro, Paseo en la Colina,
Diario Juventud Rebelde Dominical, Año 47, No. 32, La
Habana, 2011, p11.

[4] “La universidad cubana, establecida
en 1728, nació en una era de general decadencia
intelectual en que las universidades de otras partes del mundo
se hallaban en su más bajo nivel (…)”.Vid.
Simpson, Renates, La Educación Superior en Cuba bajo
colonialismo español, Editorial de Ciencias Sociales, La
Habana, 1984, p 3

[5] La Universidad de La Habana cumple 284
años, Publicación católica dominical: Vida
cristiana, No. 2459, La Habana, 2012, p 3.

[6] La actividad académica medieval se
dividía en el elemental trivium y el más avanzado
cuatrivium o quadrivium. El trivium comprendía
Gramática, Retórica (que también
cubría el estudio del Derecho) y Lógica o
dialéctica. Completar el trivium daba al estudiante el
grado de Diplomado. El quadrivium comprendía
Aritmética, Geometría (que englobaba
Geografía e Historia Natural), Astronomía (a la
que se solía añadir Astrología) y
Música, principalmente la referida a la
eclesiástica. Una vez terminado el quadrivium, el
estudiante era recompensado con el título de
Licenciado.

[7] Humberto Piñera Llera (1911-1986)
fue profesor de la Cátedra de Filosofía de la
Universidad de La Habana.

[8] Varela y Morales, Félix, Cartas a
Elpidio, sobre la impiedad, la superstición y el
fanatismo en sus relaciones con la sociedad, Tomo I, Editorial
de la Universidad de la Habana, La Habana, 1944, p XIV.

[9] Carlos III (1716- 1788) monarca
español desde 1759 hasta el término de su vida.
Cedió a Gran Bretaña la Florida y los territorios
del Golfo de México a cambio de La Habana y Manila.

[10] Presbítero, catedrático,
impartió cursos de leyes. Fue junto con Félix
Varela y José Agustín Caballero de los que
introdujeron las reformas dentro del Colegio Seminario de San
Carlos y San Ambrosio que fueron apoyadas por el Obispo Espada.
Escribió junto a Varela “Máximas morales y
sociales” con el claro propósito de influir en la
vida social de la nación; esta obra es considerada como
la primera formulación de una moral práctica en
la sociedad cubana. Vid.
http://www.ecured.cu/index.php/Felipe_Poey y
http://www.ecured.cu/index.php/Félix_Varela

[11] Simpson, Renates, op. cit., pp. 136 y
137.

[12] Segreo Ricardo, Rigoberto, Iglesia y
nación en Cuba, Editorial Oriente, Santiago de Cuba,
2010, p 39.

[13] Juan de las Cabezas Altamirano,
perteneció a la Orden de Santo Domingo o dominicos,
Obispo de Cuba durante el período de 1602 a 1610. Vid.
http://www.ecured.cu/index.php/Juan_de_las_Cabezas

[14] Pedro Agustín Morell de Santa
Cruz (1694- 1768), Obispo de Cuba. Promovió el
mejoramiento de la educación, contribuyendo a fundar y a
dotar escuelas en Santiago de Cuba. Vid.
http://www.ecured.cu/index.php/Pedro_Agustín_Morell_de_Santa_Cruz_y_de_Lora

[15] Portuondo Zúñiga, Olga y
Rovira, Yoan, El Colegio Seminario San Basilio Magno, Editorial
Oriente, Santiago de Cuba, 2000, p 58.

[16] Portuondo Zúñiga, Olga y
Rovira, Yoan, op. cit., p 51.

[17] Inmueble situado en la calle San Ignacio
No. 5, entre las calles Empedrado y Chacón, Municipio
Habana Vieja.

[18] Pichardo, Hortensia, La actitud
estudiantil en Cuba durante el siglo XIX, Editorial Ciencias
Sociales, La Habana, 1983, p 40.

[19] Trujillo Lemes, Maximiliano Francisco,
op. cit., p 30.

[20] Félix Varela y Morales
(1788-1853), fue ordenado sacerdote con 23 años.
Publicó Apuntes Filosóficos (1818) y
Miscelánea Filosófica (1819). Ha sido llamado
“el Sócrates hispanoamericano” y “el
regenerador del pensamiento cubano”. Estuvo entre los
Diputados de Cuba a las Cortes Españolas en 1821. En
1829 es nombrado Vicario General de la Diócesis de Nueva
York. Vid.
http://www.ecured.cu/index.php/Félix_Varela

[21] Pérez, Emma, Historia de la
pedagogía en Cuba desde los orígenes hasta la
guerra de Independencia, Editorial Cultural S. A, La Habana,
1945, p 81.

[22] Juan José Díaz de Espada y
Fernández de Landa (1756-1832), Obispo de La Habana
durante el período de 1800 a 1832. Vid.
http://www.ecured.cu/index.php/Juan_José_Díaz_de_Espada_y_Fernández_de_Landa

[23] El Observador Habanero, No.11, La
Habana, 15 de noviembre de 1820, extraído de
Pérez, Emma, ob. cit.

[24] Hart Dávalos, Armando, Homenaje
al 10 de Octubre, Diario Juventud Rebelde, Año 47, No.
302, 2012, p 4.

[25] Segreo Ricardo, Rigoberto, op. cit., p
49.

[26] Enrique José Varona (1849- 1933)
En 1900 tomó posesión de la cátedra de
Lógica, Psicología, Ética y
Sociología en la Universidad de La Habana, donde la
martiana ciencia del espíritu, como parte del llamado
Plan Varona (vigente desde 1900 hasta 1939), se impartía
en las facultades de Educación, Filosofía y
Letras y Derecho, así como en las Escuelas Normales para
Maestros y en los institutos de segunda enseñanza del
país. Vid.
http://www.ecured.cu/index.php/Enrique_José_Varona

[27] Varona, Enrique José, La
instrucción pública en Cuba. Su pasado. Su
presente, Imprenta de Rambla y Bouza, La Habana, 1901, p
12.

[28] Guadarrama González, Pablo,
Etapas principales de la educación superior en Cuba,
Revistas de Historia de la Educación Latinoamericana,
No. 3, Tunja, 2005, pp. 49-72. Disponible en
http://www.biblioteca.filosofia.cu/php/export.php?format=htm&id=2485&view=1

[29] Hans Kelsen (1881-1973), jurista
austriaco nacionalizado estadounidense. Obtuvo una
cátedra de Derecho en Viena y colaboró en la
redacción de la Constitución austriaca que
sería adoptada en 1920. Kelsen aplicó las
doctrinas de la filosofía clásica a la
jurisprudencia de forma más rigurosa que ningún
otro filósofo del Derecho. Su proyecto puede resumirse
en el título de una de sus principales obras,
Teoría pura del Derecho (1935). Vid.
http://www.biografiasyvidas.com/biografia/k/kelsen.htm

[30] Constitución de la
República, Editorial Minerva, La Habana, 1947.

[31] Hart Dávalos, Armando, A los 50
años de la Reforma Universitaria, Universidad y
Sociedad, Diario Granma, Año 48, No. 6, La Habana, 2012,
p 3.

[32] Se encontraba ubicada en la Avenida de
Las Américas, hoy 5ta. Avenida, esquina a 17, Reparto
Siboney, Municipio Playa.

[33] Trujillo Lemes, Maximiliano Francisco,
op. cit., p 41.

[34] Don Fernando Ortiz (1881-1969), es
considerado como una de las figuras científicas de mayor
trascendencia de Cuba y de América Latina. Fue
historiador, etnólogo, sociólogo, lingüista,
musicólogo, jurista y crítico. Su aporte a la
cultura cubana e iberoamericana constituyó un
imperecedero legado para el patrimonio de nuestro continente.
Es catalogado como Tercer Descubridor de Cuba. Vid.
http://www.ecured.cu/index.php/Fernando_Ortiz

[35] Esta fecha está en duda
según la prensa de la época. Aunque el
prestigioso investigador Pablo Guadarrama aporta este dato, en
el Diario Norte, Año 4, No. 177, Holguín, 1955, p
6, se lee que el Centro Universitario de Holguín se
funda bajo el auspicio de esta Universidad, por lo cual no pudo
haberse fundado en 1956.

[36] Funcionó en el inmueble
perteneciente a la Gran Logia de la Isla de Cuba, situada en la
Avenida Carlos III (hoy Salvador Allende) y Belascoaín.
Es considerada como una de las primeras universidades privadas
creadas en el país.

[37] Vega Infante, Lianne, El proyecto de la
Universidad del Norte de Oriente 1955-1959, Universidad de
Holguín, Departamento de Historia, 2010, passím
Naranjo Saavedra, Orlando William y Silva Zaldivar, Ricardo,
Evolución histórica de los estudios de Derecho en
Holguín, disponible en
/trabajos94/evolucion-historica-estudios-derecho-holguin

[38] Gaceta Oficial de la República de
Cuba, 14 de enero de 1959, p 34. El cuerpo legal constaba de 10
artículos, establecía las razones de utilidad
social que motivaban la puesta en vigor de la Ley, esgrimiendo
la idea de romper con las diferencias entre aquellos que
podían sufragar los gastos de los estudios y los que no
podían graduarse por estar las universidades cerradas,
carecer de recursos económicos o estar involucrados en
la lucha revolucionaria.

[39] Hart Dávalos, Armando,
Política educacional en Humanismo, La Habana,
Enero-Abril de 1959, p 361.

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