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Aspectos tributarios y laborales que afectan a las actividades económicas de una empresa




    Aspectos tributarios y laborales que afectan a las
    actividades económicas de una empresa
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    Aspectos tributarios y laborales que
    afectan a las actividades económicas de una
    empresa

    Cuando iniciamos un proyecto debemos evaluar los riesgos
    y para ello hemos de hacer una buena inversión en asesores
    o consultores: abogados, contadores, administradores,
    economistas, ingenieros, entre otros. Todo dependerá del
    tipo de negocio.

    Una de las preguntas, más comunes que se hace
    todo emprendedor es bajo que figura va operar: ¿persona
    natural o persona jurídica?

    A este respecto, las personas naturales las conformamos
    los seres humanos (Libro I, Sección Primera del
    Código Civil) y las personas jurídicas: las
    sociedades de personas, como las compañías
    anónimas, fundaciones, cooperativas, asociaciones (Libro
    I, Sección Segunda del Código Civil). La
    decisión que se tome con relación al tipo persona a
    constituir definirá las obligaciones tributarias o
    laborales que asumirá la persona natural o jurídica
    y la cantidad de impuesto que pagará o no. En tal sentido,
    si optamos por constituir una sociedad anónima, el primer
    paso será contactar un abogado a fin de que redacte el
    documento de constitución y presentarlo ante el registro
    mercantil. Necesitaremos los servicios de un contador
    público colegiado para que nos elabore el balance de
    constitución.

    La sociedad anónima hará gastos
    inicialmente, el que estará sujeto al pago de impuestos de
    ley, dependiendo del enriquecimiento neto gravable. El
    enriquecimiento neto gravable es la utilidad, ganancia o
    pérdida fiscal que resulta de la siguiente
    operación aritmética:

    El segundo paso es inscribir la persona natural o
    jurídica en el Servicio de Administración
    Tributaria (SUNAT).

    A este respecto el Reglamento de la Ley de Impuesto
    Sobre la Renta, señala los plazos para inscripción
    una vez constituida la sociedad.

    • Personas Naturales, durante el primer semestre del
      año civil o ejercicio gravable.

    • Personas Jurídicas, comunidades, entidades o
      agrupaciones sin personería jurídica, es decir,
      sociedades en general durante el primer mes emitidos a partir
      de la fecha de inicio de actividades de su primer ejercicio
      gravable.

    En el RIF, se precisa que ha de actualizarse los datos
    de toda personal natural o jurídica, cada vez que se
    cambie el domicilio fiscal.

    El Código Tributario reseña que los
    sujetos pasivos (las personas jurídicas o naturales que
    pagan impuestos) tienen la obligación de informar a la
    Administración Tributaria, los siguientes
    hechos:

    • Cambio de directores, administradores razón o
      denominación social de la entrada.

    • Cambio del domicilio fiscal.

    • Cambio de la actividad principal.

    • Cesación, suspensión o
      paralización de la actividad económica habitual
      del contribuyente.

    Según el Reglamento de la Ley de Impuesto a la
    Renta, los contribuyentes están obligados a dejar
    constancia en los libros de contabilidad, en las marcas,
    etiquetas, empaques, avisos de publicidad, recibos, grúas,
    facturas, así como contratos que suscriban o
    exhiben.

    Una vez constituida la sociedad y la autorización
    correspondiente de la SUNAT deberá adquirir los libros de
    contabilidad (comerciales), los libros fiscales y los libros
    laborales.

    Sobre las obligaciones laborales, es importante
    señalar que la empresa que considere contratar por lo
    menos un trabajador debe inscribirse en el Ministerio de
    Trabajo.

    Previo a este paso deberá inscribir la empresa en
    el Seguro Social (IVSS) o al Tesoro de Seguridad Social de Salud
    (EsSALUD), a cada uno los trabajadores al comienzo de la
    relación laboral. Este es un derecho adquirido por el
    trabajador correspondiente a la seguridad social dependiendo del
    tipo de riesgo hará un aporte patronal (como
    empresa).

    Desde el año 1990 hasta el 2006 el sistema
    tributario del Perú ha ido evolucionando en distintos
    aspectos, relacionados con su estructura, y con la presión
    tributaria, se han ido creando nuevos impuestos para dar
    solución a los problemas que iban contra la formalidad.
    Dentro de los ingresos tributarios, las principales fuentes de
    recaudación de los países en desarrollo son los
    impuestos sobre bienes y servicios domésticos (5% del PBI
    y 30% de los ingresos tributarios), los impuestos al comercio
    exterior, básicamente sobre las importaciones (5% del
    PBI),y los impuestos a la renta, principalmente sobre empresas
    (6% del PBI).Por otra parte, en los países desarrollados,
    las principales fuentes son los impuestos a la renta,
    fundamentalmente sobre personas (11% del PBI y 36% de los
    ingresos tributarios), impuestos sobre bienes y servicios
    domésticos (9% del PBI), y las contribuciones para
    seguridad social (9% del PBI).Es importante destacar que los
    incrementos más bruscos experimentados por los ingresos
    tributarios se produjeron durante el segundo semestre de 1990 y
    el primer semestre de 1994 (22% y 19%respectivamente).

    En el primer caso, el resultado se sustentó
    fundamentalmente en el crecimiento de la recaudación del
    impuesto selectivo a los combustibles debido al exorbitante
    aumento en las tasas impositivas de los diversos combustibles,
    con lo que su participación en los ingresos tributarios
    pasó de 0.2% a 25%.De aquí la necesidad de que
    tanto estudiantes como las demás personas en general sepan
    de qué manera la administración tributaria del
    Perú ha ido cambiando. Y que tan importante es para el
    país la recaudación de los impuestos y que muchos
    empresarios tratan de evadir no sabiendo que están
    haciendo un daño al país, y por el contrario deben
    aportar, así como negocios informales deben de
    formalizarse y pagar los tributos correspondientes,
    consecuentemente el gobierno debe de dar facilidades de
    formalización para las personas que tienen negocios y de
    eso modo hacer mas accesible la formalización de muchos
    empresarios pequeños que laboran de manera
    informal.

    Trabajos diversos han encontrado que la economía
    peruana tiene niveles de informalidad que van de 61% a 68%, ello
    afecta la marcha económica del país y reduce el
    impacto del crecimiento observado en los últimos 5
    años. Los resultados obtenidos indican un nivel de
    informalidad absoluta de64% de la PEA. En el caso de diferencias
    de ingresos, el grado de informalidad es de 48% en promedio
    nacional, midiendo por ciudades encontramos que la informalidad
    laboral va de 50% en Arequipa a 86%en Cajamarca, con diversas
    ciudades arriba de 80%. En el caso de la diferencia entre
    ingresos y gastos por Región Natural obtenemos niveles de
    informalidad de 76% para Lima y de 79% en la costa norte y sierra
    sur, la selva con 52% tiene el menor índice de
    informalidad relativa.

    Estudios efectuados por SUNAT (Superintendencia Nacional
    de Administración Tributaria) sobre evasión
    potencial en el Perú, encuentran que se recauda
    sólo el 48% del Impuesto General a las ventas, los
    sectores con mayor nivel de evasión son servicios a
    empresas, el sector comercio, el sector construcción y
    hoteles. Este mismo trabajo revela que el grado de incumplimiento
    tributario es del 56% de las actividades económicas, esto
    se estima partiendo del PBI sectorial, estimando la base
    imponible potencial del IGV, es decir el valor agregado generado
    en cada sector por el 6 IGV, este IGV potencial se compara con el
    IGV recaudado y con ello se obtiene la brecha de cumplimiento
    (Peñaranda 2001) En cuanto al mercado laboral informal,
    Saavedra encuentra que un 60% de este es informal. Para ello mide
    el volumen de masa laboral que no reporta seguridad social, una
    típica modalidad de reducción de costos por parte
    de las empresas, que sin embargo afecta la economía legal.
    Con esta investigación se pretende conocer la
    opinión de tiene la gente, el ciudadano de a pie, con
    encuestas aplicadas a la población sobre un tema tan
    importante como lo es el sistema tributario peruano, en el que
    todos las personas contribúyenos, además de dar a
    conocer el régimen tributario que rige en la
    actualidad.

    Es de mucha importancia tener conocimiento de
    cómo ha ido evolucionando la presión tributaria en
    el Perú, como han ido cambiado los tributos o impuestos
    que cada persona tiene que pagar como deber, y porque motivos han
    tenido que cambiar, y también saber como afecto a diversas
    empresas estos cambios y como afectarían cambios futuros
    en el sistema tributario del Perú. Ay que tener en claro
    la importancia que son los impuestos o tributos, por que son el
    medio por el que el Estado se financia para realizar obras
    públicas (carreteras, colegios, postas médicas,
    etc.) y para mantener el aparato estatal (pago de los profesores,
    policías, médicos, enfermeras entre otros). Su
    importancia radica en que las obras y servicios realizados por el
    Estado permiten mejorar las condiciones de vida de la
    población, sobretodo de aquellos que no pueden acceder por
    cuenta propia a estos servicios.

    Es importante recalcar que el estado realiza obras para
    la población en su conjunto, sin distinguir quienes
    pagaron más o menos impuestos.

    Ahora bien, en cuanto a lo laboral, diremos que, en los
    momentos actuales las organizaciones están obligadas a
    enfrentar nuevos retos enfocados a la satisfacción de sus
    trabajadores o clientes internos, quienes más que sus
    subordinados o empleados constituyen el eslabón
    fundamental en la cadena de la eficiencia y la sostenibilidad del
    mercado actual de competencia, tan cambiante y exigente; mientras
    más o cuanto más sepa apreciar el directivo la
    importancia de sus recursos humanos, mejores serán los
    resultados en la productividad del trabajo y/o en la
    prestación de los servicios.

    La gestión de la satisfacción laboral es
    una gestión de complemento que tiene lugar en la
    organización y está dada por la fusión entre
    las políticas, planes, acciones, y programas encaminados a
    tocar de cerca los puntos neurálgicos de cada trabajador
    como célula básica para la reproducción
    empresarial definiendo así los niveles de exigencias, con
    el objetivo de conocer el grado de satisfacción de su
    personal. Una vez que se logre su satisfacción, este
    multiplicará con creces sus esfuerzos y pondrá
    más empeño y dedicación en la labor que
    realiza.

    Existen muchos agentes generadores de la
    satisfacción o insatisfacción laboral que pueden
    clasificarse en dos grandes grupos: Los agentes internos y los
    externos, los primeros están fundamentado sobre la base de
    las necesidades más importantes del individuo,
    relacionados con el interés por el trabajo, la
    estimulación moral, las oportunidades de escalar
    jerárquicamente, las condiciones de trabajo, la
    comunicación, el horario, entre otros; y los segundos son
    aquellos factores que condicionan las empresas entre sí,
    es decir las oportunidades que les brindan a sus trabajadores, en
    materia laboral y salarial, que motiva a que se muevan de un
    lugar a otro como mismo lo hacen los clientes externos al cambiar
    de proveedor en el mercado, cuando surge otro que ofrece
    productos con mejores usos, precio y/o calidad, todo esto se
    traduce en perspectivas empresariales de éxito.

    Si a los supra citados costos laborales le
    añadimos las prestaciones sociales.

    Todo trabajador según Ley tiene derecho a
    vacaciones, y a días feriados y descanso remunerados mas
    un día adicional por cada año de
    servicio.

    El empresario deberá cumplir con deberes formales
    en materia laboral además de la tributaria. Todo ello, sin
    perjuicio de cualquier otra declaración que las
    autoridades administrativas exijan en esta materia".

    Cajamarca, 05 de octubre del
    2013.

    _____________________

    Por Dr. Luis Alberto Navarrete Obando; Abogado;
    Doctor en "Filosofía y Humanidades", por la Universidad
    "La Salle", Barcelona-España; Doctor "Investigación
    Universitaria", por la Universidad de La Habana-Cuba; Doctor en
    "Ciencias de la Educación Superior y Universitaria", por
    la Universidad de Sao Paulo – Brasil; Escritor, Escritor,
    Ensayista, y Poeta; Miembro Numerario de la "Sociedad
    Latinoamericana Iusfilosófica"; Miembro Numerario de la
    "Sociedad de Leyes del Perú"; incorporado como "Honorarium
    Member" por la Federal Association of Lawyers of Los Angeles
    (EE.UU.); Catedrático Principal en la Escuela de Post
    Grado de la Universidad Nacional de Cajamarca; Colaborador en el
    Área de Investigaciones de la Universidad Nacional de
    Cajamarca; Catedrático invitado de la Escuela de Post
    Grado de la Universidad Nacional de Trujillo; Condecorado como
    "Doctor Honoris Causa" por la Universidad Nacional de Trujillo
    (La Libertad-Perú); Condecorado como "Doctor Honoris
    Causa" por la Universidad Nacional Autónoma de
    MéxicoUNAM – D.F. México; Ex –
    Catedrático de la Facultad de Derecho y Ciencias
    Políticas de la Universidad Privada "Antonio Guillermo
    Urrelo" (Cajamarca-Perú); Ex – Catedrático de la
    Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad
    Privada "San Pedro" (Cajamarca-Perú); el autor del
    presente trabajo de investigación se desempeña en
    el dictado de las materias académicas de
    "Epistemología de las Ciencias Jurídicas" [el autor
    del presente trabajo es creador de esta materia jurídica,
    reconocido por la "Scuola della destra dell'università di
    Milano" (Milán-Italia)], "Filosofía del Derecho",
    "Sociología Jurídica", "Antropología
    Jurídica", "Deontología Jurídica y
    Práctica Forense", "Investigación
    Científica", e "Investigación Jurídica" en
    las Universidades antes mencionadas; colaborador de las Revistas
    Virtuales http://www.rie@oei.uh.cu, http://www.monografias.com,
    http://www.derechoycambiosocial.com,
    http://www.derechoypolítica@groups.msn.com; y otras;
    colaborador en la elaboración del "Diccionario
    Histórico Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la
    Nación de México" y en el "Anuario de la Suprema
    Corte de Justicia de la Nación" de dicho país;
    colaborador en el "Anuario" (Revista anual) de la Universidad
    Nacional Autónoma de México D.F.
    (UNAM-México); colaborador en la Revista Anual de la
    Universidad de Milán (Italia); colaborador en la Revista
    de edición mensual de la Universidad de Barcelona
    (España); colaborador en la Revista de edición
    mensual de la Universidad de Madrid (España); colaborador
    en diferentes Diarios y Revistas especializadas en su país
    (Perú); Director de la "FUNDACIÓN PARA EL
    DESARROLLO Y BIENESTAR FAMILIAR" – FUNDEBIF,
    http://www.fundebif.org.com.pe; Gerente General del ESTUDIO
    JURÍDICO CONTABLE: NAVARRETE & OBANDO –
    ASESORES, CONSULTORES & ANALISTAS,
    http://www.navarreteabogados.org.com.pe,
    navarrete_abog@hotmail.com, navarrete_abog@yahoo.com.

    Nota.- El autor del presente trabajo es
    Columnista periodístico: "Derecho y Sociedad", de
    los Diarios "La República", http://www.larepublica.com.pe;
    "El Comercio", http://www.elcomercio.com.pe; Diario Oficial "El
    Peruano", http://www.elperuano.com.pe; Diario Oficial de
    Cajamarca, "Panorama Cajamarquino", de circulación
    Regional (Cajamarca),
    http://www.panoramacaj@hotmail.com.

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    Autor:

    Dr. Luis Alberto Navarrete
    Obando

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    ABOGADO – ESCRITOR

     

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