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Beneficios socio-laborales de los embaladores en la legislación laboral venezolana (página 2)



Partes: 1, 2

En los locales en que se acostumbre cobrar al cliente por el servicio un porcentaje por el consumo, tal recargo se sumara en el salario, en la proporción que corresponda a cada trabajador o trabajadora de acuerdo con lo pautado, la costumbre o no use. Si el trabajador o trabajadora recibiera propina de acuerdo a la costumbre del uso del local, se considerara tomando parte del cual se estimara por convección colectiva o por acuerdo entre las partes. En caso de desacuerdo entre el patrono o la patrona y el trabajador o trabajadora la estimación se hará por decisión judicial.

De acuerdo al precitado artículo, se deduce en primer lugar, que la propina recibida por el trabajador tiene incidencia salarial. Y en segundo término, que las propinas deben considerarse como elementos que indican la prestación de un servicio, es decir, el desempeño de una actividad productiva, en otras palabras implica el desarrollo de una actividad enmarcada en el ámbito laboral.

En este orden de ideas, los embaladores de supermercados reciben propinas se entiende que se trata de actividades conocidas en el marco del derecho laboral, razones por la cual se debe establecer la protección a que hubiere lugar. Ahora bien, el adolescente para poder laborar debe cumplir con los siguientes requisitos.

Edad Mínima. En Venezuela la edad mínima está estipulada para el trabajo es de 14. De allí que el Estado venezolano prevé la inspección como mecanismo para verificar el cumplimiento de las normas relativas a la edad mínima, las autorizaciones para trabajar y la supervisión del trabajo de los adolescentes.

Autorización para el Trabajo. Los adolescentes para trabajar desde los 14 años hasta antes de cumplir los 18 años, deben obtener autorización por escrito otorgada por los padres, a falta de estos los representantes o quienes tienen a cargo la crianza y cuidado del adolescente menor, a falta de todos, el Inspector del Trabajo informará al Juez para la autorización, la cual está dirigida a desempeñar actividades remuneradas de carácter artístico, cultural, recreativo y deportivo.

La autorización establece el número de horas máximas y prescribirán las condiciones en que esa actividad debe llevarse a cabo. En ningún caso debe exceder de las horas establecidas. Cabe destacar también que la autorización para trabajar podrá ser negada o revocada en caso de que no se den las garantías mínimas de salud, seguridad social y educación del adolescente.

Los requisitos que debe consignar el trabajador adolescente, a los efectos de obtener la autorización para trabajar son: (a) fotocopia de la Cédula de Identidad del adolescente, (b) fotocopia de la partida de nacimiento, (c) autorización de los padres, (d) 2 fotos tipo carnet, (e) constancia de estudios, (f) copia del horario escolar, (g) certificado de salud y certificado de capacidad mental, (h) carta de la entidad de trabajo indicando: lugar, horario y cargo, (i) carta de residencia o copia de recibo de algún servicio (luz, agua teléfono).

Registro de Adolescentes. Los adolescentes mayores de 14 años que deseen trabajar deben registrarse a tal efecto ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la jurisdicción donde residen.

Ahora bien, para ello tienen que llenar una planilla contentiva de los siguientes datos, nombre del o de la adolescente, fecha de nacimiento, lugar de habitación, nombre de su padre, madre, representante o responsable, escuela, grado de escolaridad y horario escolar del adolescente, lugar, tipo y horario de trabajo, fecha de ingreso,  indicación del patrono, si es el caso, autorización, fecha de ingreso al trabajo, examen médico. Los datos de este registro son enviados, mensualmente, a la Inspectoría del Trabajo, a los efectos de la inspección y supervisión del trabajo.

  Examen Médico. Los adolescentes deben someterse a un examen médico integral cada año, con el objeto de identificar los posibles efectos del trabajo sobre su salud.

Fundamentación Legal

El Manual para la elaboración, presentación y evaluación del Trabajo Final de Investigación de los Programas de Postgrado (UBA, 2012:58), indica que este aspecto está relacionado con el ordenamiento constitucional, leyes Orgánicas, convenios, reglamentos, resoluciones y normativas que pueden servir para justificar la investigación. No es necesario escribir textualmente los artículos, teniendo en consideración que lo más importante es escribir el producto de una reflexión sobre el mismo que sirva para justificar la investigación.

Ahora bien, siendo que la investigación que se reporta pertenece al ámbito jurídico, durante todo el trabajo se hace mención a diferentes leyes y artículos que regulan la temática abordada, por lo que en este aparte sólo se hará mención de los principales que justifican la investigación, a los fines de no que no sea redundante.

Así el artículo 84 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999) establece que "Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El estado garantizara…el pleno ejercicio de este derecho". En concordancia con el artículo 87 ejusdem que señala que "El trabajo es un hecho social y gozara de la protección del estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores…". Es evidente que la forma como fueron redactados ambos artículos por el constituyentista al abarcar la universalidad, incluye el derecho de los adolescentes a trabajar, y más aún la protección del mismo en el desempeño de tal labor.

Por su parte, el artículo 94 de la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescentes (LOPNNA, 2007) establece que "Todos los …adolescentes trabajadores tienen derecho a estar protegidos por el Estado, …contra la explotación económica y el desempeño de cualquier trabajo que pueda entorpecer su educación, sea peligroso o nocivo para su salud o para su desarrollo integral".

Parágrafo Único: "El Estado…dará prioridad a la inspección del cumplimiento de las normas relativas a la edad mínima, las autorizaciones para trabajar y la supervisión del trabajo de los adolescentes". Este artículo desarrolla y ratifica los preceptos constitucionales arriba establecidos, dirigido específicamente a los adolescentes trabajadores, por ser la ley que los regula y protege, y añade el mecanismo de inspección como medio para garantizar tales derechos.

Al respecto, Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y
Medio Ambiente (LOPCYMAT, 2005) contempla en el ordinal 8 del artículo
11 que "La política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
deberá incluir… la protección de los …adolescentes, de manera
que garantice el pleno desarrollo de sus capacidades". Este artículo
deja claramente establecido que las condiciones y medio ambiente de trabajo,
son particularmente importantes de ser observadas en el caso de trabajadores
adolescentes, ya que ellos representan el futuro del país.

CAPÍTULO III

Contexto metodológico

Naturaleza de la Investigación

La investigación se ubicó en la rama del Derecho Laboral por cuanto tuvo como propósito Evaluar los beneficios laborales de los embaladores en el marco del ordenamiento jurídico venezolano. Caso de estudio: Euromercado de Aragua.

Tipo, Modalidad y Nivel de la Investigación

La investigación fue de campo, en la modalidad empírico-jurídica, de nivel evaluativo.

En cuanto a la investigación de campo, según Sánchez (2007:7) "es aquella que se realiza directamente en el medio donde se presenta el fenómeno de estudio". Por su parte, Bautista (2004:28) señala que "en este tipo de estudio el investigador no tiene como objetivo manipular variables como en las investigaciones experimentales".

En este caso se ubicó en la modalidad de campo por cuanto la información se obtendrá directamente de los Embaladores del Euromercado Aragua. Asimismo, la investigación se nutrirá de fuentes documentales que según Hurtado (2000:50), es el proceso mediante el cual un investigador recopila, revisa, analiza, selecciona y extrae información de diversas fuentes

La investigación empírico–jurídica, según Fix–Zamudio (2002:35), tiene como objeto de estudio la realidad empírica y comprende el abordaje de la interrelación que se da entre la realidad social y la realidad normativa.

Métodos

Los métodos de investigación en correspondencia con el modelo seleccionado, fueron el analítico y el sintético. Al respecto, Witker (1999:11), señala que "utilizando el método de análisis es posible descomponer un problema jurídico en sus diversos aspectos, estableciendo relaciones que ofrezcan una imagen de funcionamiento de una norma. En este caso se desglosó la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT, 2012) en los aspectos referidos a los beneficios laborales del trabajo individual subordinado y luego se aplicará al caso de estudio.

De acuerdo a Sánchez (2007:39), el método de síntesis consiste en un proceso de razonamiento que tiende a reconstruir un todo, a partir de los elementos distinguidos por el análisis. Es un procedimiento mental que tiene como meta la comprensión cabal de la esencia de lo que ya se conoce en todas sus partes y particularidades.

De igual forma, Witker (1997:54), como "En síntesis la dogmática jurídica en general se inscribe en el ámbito de pensamiento que ubica al Derecho como una ciencia o técnica formal y por consiguiente, como una variable independiente de la sociedad….". De esta manera, con apoyo en estos criterios la investigación se apoyó en la revisión de fuentes bibliográficas relacionadas con la materia de acuerdo con el modelo de investigación documental, por ser la más idónea para desarrollar la problemática y describir las conclusiones que la autora considere conveniente.

Población Censal

La población según Arias (2006:16), "es el conjunto de todos los sujetos que concuerdan con una serie de especificaciones". En este caso, siendo la población finita y manejable se tomó la totalidad de la población estudiada, constituyéndose una población censal, correspondientes a 30 embaladores del Euromercado Aragua.

Según Tamayo y Tamayo (2002:90), de que la población se define como "la totalidad de los fenómenos a estudiar de una unidad de población y que poseen una característica en común la cual se estudia y dan origen a los datos de la investigación".

De acuerdo a esta definición se puede decir que la población es la totalidad de las personas a estudiar y tienen características comunes, es por ello, que hay que destacar que para efectos de la presente investigación quedara conformad según lo que se muestra en el siguiente cuadro:

Sistema de Variables

Las variables son los factores en estudio, en este caso: Situación Actual de los Beneficios Laborales de los Embaladores del Automercado Aragua. Las mismas fue necesario operacionalizarlas a los efectos de elaborar el instrumento, tal como se muestra en el cuadro 1 a continuación.

Cuadro 1

Operacionalización de Variables

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Técnicas e Instrumentos de Recolección

Las técnicas que se utilizaron fueron: (a) la encuesta, siendo el instrumento correspondiente un cuestionario que se aplicó a la población censal (30 embaladores); (b) la revisión documental para el análisis de la literatura existente sobre el tema en estudio, así como las normativas y textos legales correspondientes. En este sentido, Bautista (2004:44) expone que:

La encuesta es la recopilación de datos concretos, dentro de un tópico que puede ser de opinión, comportamiento, actuación. Por lo general se hace por medio de cuestionarios que es un instrumento a través del cual se recaba información mediante cédulas con preguntas impresas.

Así el encuestado responde de acuerdo a su criterio y proporciona antecedentes útiles para el investigador.

Validez y Confiabilidad

La validez de contenido implica evaluar el grado en que el instrumento se aproxima, a la variable que pretende medir. El procedimiento más comúnmente empleado para determinar este tipo de validez se conoce con el nombre de juicio de expertos. En este caso se hizo la validez de contenido, al cuestionario, para lo cual se procedió de la siguiente manera:

1. Se seleccionaron tres expertos, a los fines de juzgar, de manera independiente, la bondad de los ítemes del instrumento, en términos de congruencia de los ítemes con el universo del contenido, la claridad en la redacción y la tendenciosidad o sesgo en la formulación de los ítemes.

2. Cada experto recibió suficiente información acerca de: (a) el propósito de la prueba, y (b) la conceptualización del universo de contenido.

3. Igualmente se le hizo entrega de un instrumento de validación en el cual se recogerá la información de cada experto

4. Posteriormente se recogieron y analizaron los instrumentos de validación y se modificaron los ítemes cuando fue necesario.

La confiabilidad según Ruiz (2002) es la exactitud con que un instrumento mide lo que se pretende medir. Esta se refiere al hecho de que los resultados obtenidos con el instrumento en una determinada ocasión, bajo ciertas condiciones deberían ser similares si se volviera a medir el mismo rasgo en condiciones idénticas. En este caso se determinó la confiabilidad del cuestionario, a través del test re-test por tratarse de una población censal, que implica que se tomó la totalidad, es decir, los treinta (30) embaladores del caso de estudio.

En este procedimiento un mismo instrumento de medición (o ítems o indicadores) es aplicado dos o más veces a un mismo grupo de personas, después de un periodo de tiempo. Si la correlación entre los resultados de las diferentes aplicaciones es altamente positiva, el instrumento se considera confiable. Se trata de una especie de diseño panel.

Desde luego, el periodo de tiempo entre las mediciones es un factor a considerar. Si el periodo es largo y la variable susceptible de cambios, ello puede confundir la interpretación del coeficiente de confiabilidad obtenido por este procedimiento. Y si el periodo es corto las personas pueden recordar cómo contestaron en la primera aplicación del instrumento, para aparecer como más consistentes de lo que son en realidad. En este caso el instrumento arrojó (0,89%) que indica alta confiabilidad.

Técnica de Análisis de Datos

Según Castañeda (2002:190) "se inicia con la tabulación de los datos. Este procedimiento consiste en establecer la forma en que se organizan los datos de manera sencilla para luego realizar las operaciones de análisis: descriptiva y dinámica.

Para Chávez (2001:233) "tal análisis depende de la naturaleza del tratamiento estadístico seleccionado, para los casos de investigaciones cuantitativas se expresan en función de los parámetros o criterios seleccionados previamente para la medición de la variable".

La técnica de análisis de datos que se utilizó fue la cuantitativa, específicamente el análisis porcentual, cuyos resultados se presentaron en cuadros y gráficos en función de las variables e indicadores. Posteriormente se confrontaron los resultados obtenidos de la investigación de campo con los planteamientos de la revisión documental.

Para tomar las decisiones en cuanto a emitir un juicio favorable o no en función de los porcentajes obtenidos en cada caso se asumió la Escala Ad Hoc que se presenta en el Cuadro 2 a continuación:

Cuadro 2

Escala Ad Hoc

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Procedimiento

La Investigación se realizó en cuatro fases: documental, diagnóstica, analítica y constructiva.

Fase Documental. Esta fase se orientó a la revisión documental en la cual se identificará y seleccionará la información que permitirá conceptualizar y caracterizar el estudio a través del desarrollo de las bases teóricas, doctrinales y legales, entre otros.

Fase Diagnóstica. Esta fase consistió en la aplicación de los instrumentos para recolectar la información de los actores del proceso, corresponde al trabajo de campo.

Fase Analítica. Consistió en la tabulación, organización e interpretación de la información obtenida en la fase anterior. Para esto se utilizó el análisis porcentual de los datos y la posterior confrontación de los resultados obtenidos con los teóricos del tema estudiado.

Fase Constructiva. Consistió en la reflexión crítica sobre el fenómeno jurídico social estudiado y con base a estas se extraerán las conclusiones y recomendaciones.

CAPÍTULO IV

Contexto crítico

Análisis Reflexivo

A continuación se presentan los resultados del estudio con base a los objetivos planteados.

Fundamentos Doctrinales y legales que sustentan la protección del trabajo de adolescentes en Venezuela

El estudio se propuso como primer objetivo específico Estudiar los fundamentos doctrinales y legales que sustentan la protección del trabajo de adolescentes en Venezuela, los cuales se presentan en el cuadro 3, a continuación.

Cuadro 3

Fundamentos Doctrinales y legales

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La historia del trabajo infantil en Venezuela, ascendió vertiginosamente durante los últimos años, evidenciándose gran número de ellos trabajadores, y con ello la explotación. Sin embargo, aún no se cuenta con una estadística oficial, pero a la vista está la cantidad de adolescentes que trabajan en el sector informal de la economía, en su mayoría en condiciones peligrosas entre ellos, mercados, terminales, calles y avenidas, servicio doméstico, pese a la política de erradicación del trabajo infantil, por el contrario, el número de ellos ha aumentado cada vez más.

El tema de la infancia en general, y particularmente el de la infancia trabajadora, se discute hoy día con mucha insistencia, sin que se tomen medidas ciertas para abolir la situación real que presentan los adolescentes. Es en ese sentido, que el discurso y la realidad de estos trabajadores adolescentes debe ir a la par. En consecuencia el Estado Venezolano a través de las instituciones correspondientes, entre ellas, la Inspectoría del Trabajo, a través de la unidad de supervisión, deben aunar esfuerzos para la promoción y protección de los derechos de los trabajadores adolescentes, para elevar su calidad de vida y sus niveles de participación protagónica en todos los aspectos de la vida social y política, logrando así la conjunción educación, trabajo.

En cuanto al segundo objetivo específico: Estudiar los beneficios socio-laborales de los trabajadores establecidos en la legislación laboral venezolana vigente.

Tanto la investigación documental como el estudio de campo, evidenciaron que Venezuela en general y en el caso de estudio en particular, se vulneran los derechos laborales de los adolescentes embaladores que día a día salen a buscar el sustento de sus hogares, es por ello que se observa la necesidad de una regulación más específica acorde a esta realidad así como una supervisión y una sanción más severa para estos patronos.

En otros países, ya existen reformas de la norma jurídica laboral donde incluyen a este tipo de trabajador como un trabajador formal, el cual goza de todos los beneficios laborales establecidos por sus normas jurídicas; es decir no son vulnerados sus derechos como ciudadanos en su país. He allí que se observa la gran diferencia de igualdad de ciudadanía en lo que concierne al derecho laboral, donde la única intención del Estado es mantener una población de trabajadores amparado por la Ley y gozando o disfrutando de los beneficios laborales establecidos en el derecho laboral.

Cabe destacar que se debe tomar en cuenta que si no se educa a la sociedad a mantener una equidad en todo su ámbito en general y en especial en cuanto a la relación patrono- trabajador acorde a las leyes patrias y de acuerdo a las necesidades de garantizar el bienestar social y laboral dentro de la norma jurídica.

Presentación de Resultados

En cuanto al tercer objetivo específico: Diagnosticar la situación actual de los beneficios laborales de los embaladores del Euromercado de Aragua.

Cuadro 4

Dimensión Jurídica

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Gráfico 1. Dimensión Jurídica

El cuadro 4 y el gráfico 1 muestran que el promedio favorable (0%) para la dimensión jurídica, de acuerdo a la escala ad hoc es muy deficiente. Lo que evidencia el incumplimiento de la ley y la ausencia de supervisión por parte de los entes competentes. Al respecto, González (2012:2) asevera que:

si nosotros recibimos una denuncia  de una persona cercana a un menor que se vea afectado por la acción laboral que está ejerciendo, un consejero se traslada hacia el lugar para verificar la situación, si se demuestra que corre peligro por descuido de los padres, entonces el caso pasa a ser competencia del Ministerio Público.

Al parecer, esta afirmación del Consejo de Protección, no incluye a los supermercados pues durante la aplicación de la encuesta, los embaladores manifestaron que ningún ente con competencia en la materia (Inspectoría, Inpsasel, y Consejo de Protección) ha realizado supervisión a la supermercado caso de estudio, y menos en relación al cumplimiento de los beneficios socio laborales de los embaladores.

Cuadro 5

Dimensión Social

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Gráfico 2. Dimensión Social

El cuadro 5 y el gráfico 2 muestran que el promedio favorable (8,4%) para la dimensión social, de acuerdo a la escala ad hoc es muy deficiente, siendo la única fortaleza el permiso para estudiar.

Cuadro 6

Variable Situación Actual

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Gráfico 3. Variable Situación Actual

El cuadro 6 y el gráfico 3 muestran que ambas dimensiones de acuerdo
a la escala ad hoc son muy deficientes, siendo la más débil la
dimensión jurídica (0%), seguida de la dimensión social
(8,4) deficiente. Lo cual es bastante preocupante, puesto que de poco sirve
que la ley prevea beneficios socio laborales y protecciones especiales para
los adolescentes trabajadores y el patrono la incumpla y los entes encargados
ni supervisen, ni tampoco sancionen. Al respecto, la Organización Internacional
del Trabajo (OIT, 2011:10) señala que:

Si bien una de las principales funciones de la Inspectoría del Trabajo
es la supervisión en la práctica es de difícil cumplimiento,
pues no pueden visitar todos los centros de trabajo donde se emplee adolescentes,
ya que por lo general suele haber escasez de personal y de recursos para realizar
estas visitas, así como falta de información precisa que oriente
a los funcionarios sobre la ubicación de esos centros de trabajo. Por
ello, en muchas ocasiones, la inspección solo actúa cuando existe
una denuncia.

En cuanto al tercer objetivo específico: Contrastar el Deber Ser y la Realidad de los beneficios laborales de los embaladores del Euromercado de Aragua, se presenta en el cuadro 7, a continuación.

Cuadro 7

Contraste entre el Deber Ser y la Realidad de los beneficios laborales de los embaladores del Euromercado de Aragua

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La ley consagra competencias a diferentes órganos para la tutela de los derechos de los trabajadores y de manera especial a los trabajadores adolescentes. No obstante, en la realidad se observa, que esto con frecuencia lejos de ser una garantía de mejor tutela, se convierte en un obstáculo, por cuanto, a la hora de accionar frente alguno de estos entes competentes, comienzan a referir y a derivar al otro ente encargado según la ley. Así se tiene que el Parágrafo Segundo del artículo 94 de la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA, 2007) establece que:

El Estado a través del Ministerio del Poder Popular con Competencia en Materia de Protección de…Adolescentes, dará prioridad a la inspección del cumplimiento de las normas relativas a la edad mínima, autorizaciones para trabajar y la supervisión del trabajo de los adolescentes.

Lo cual debería favorecer al adolescente, a través de un doble control de su Empleador, tanto por parte de la Inspectoría del Trabajo, como de los Consejos de Protección al Niño, Niña y Adolescentes. No obstante, los resultados del trabajo de campo y de la investigación documental realizada dan cuenta de otra realidad, el Consejo de Protección al Niño, Niña y Adolescente no realiza la inspección, probablemente descansando en la inspección que por ley deben de realizar la Unidad de Supervisión de la Inspectoría del Trabajo, los cuales probablemente tampoco la lleven a cabo de manera frecuente y regular, por idénticas razones de insuficiencia de personal y recursos materiales, quedando el adolescente trabajador en minusvalía, teniendo que accionar por vía de denuncia, en aquellos casos en que este considere que así lo amerita.

Lamentablemente, las consecuencias las sufren los embaladores ante el incumplimiento de sus beneficios laborales. Al respecto, INPSASEL (2013) publicó un informe sobre los embaladores en los siguientes términos:

Los resultados del censo, encontró que del universo encuestado tan sólo 0,89% recibe salario mínimo, mientras que sólo otro 3,13% recibe algún tipo de bonificación por parte de la empresa, a la vez que en 3,55% de los casos llegan a recibir bono de alimentación, lo que significa que el ingreso de unos 2394 (92%) adolescentes trabajadores depende únicamente de las propinas que brindan los usuarios. Igualmente se encontró que un 16,68% de ellos no estudia y un 4,52% interrumpe su horario de estudio por el de trabajo, a la vez que un 59,15% labora una jornada diaria de más de seis horas, máximo permitido por la LOPNNA, y sólo un 27% disfruta de una hora de descanso…

Conclusiones

Con base al trabajo de campo realizado así como de la revisión
bibliográfica y en función a los objetivos específicos
planteados se presentan las siguientes conclusiones:

En cuanto al primer objetivo específico Estudiar los fundamentos doctrinales
y legales que sustentan la protección del trabajo de adolescentes en
Venezuela, se concluye que doctrinalmente se sustenta en los libros sobre derecho
laboral y de familia, específicamente protección de la adolescencia,
en cuanto a los fundamentos legales estos se encuentran en un conjunto de leyes,
siendo las principales: La Constitución (1999), la Ley Orgánica
del Trabajo, Trabajadoras y Trabajadores (2012) y su reglamento (2006) y la
Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente
(2007).

En cuanto al primer objetivo específico: Estudiar los beneficios
socio-laborales de los trabajadores establecidos en la legislación laboral
venezolana vigente, se concluye que:

-A los adolescentes embaladores del caso de estudio, el Euromercado les
exige de manera obligatoria el cumplimiento de una serie de reglas internas,
tales como el uso de uniforme, el cumplimiento de un horario, la asignación
de un puesto especifico en una caja, una ruta de despacho, el no uso de aparatos
electrónicos, de música, celulares, entre otros, durante el horario
de trabajo, evidenciándose así una relación de subordinación
y dependencia, cumpliendo con la prestación de un servicio, y sin embargo,
el precitado supermercado, no cumple con los beneficios socio- laborales contemplados
en la legislación laboral vigente, evidenciándose una desprotección
absoluta de estos.

En cuanto al segundo objetivo específico: Diagnosticar la situación
actual de los beneficios laborales de los embaladores del Euromercado de Aragua,
se concluye que:

En cuanto al tercer objetivo específico: Contrastar el Deber
Ser y la Realidad de los beneficios laborales de los embaladores del Euromercado
de Aragua, se concluye que:

– Existe incongruencia entre lo que plantea la norma y lo que ocurre en la
realidad, en tanto que la primera privilegia la protección de los derechos
de los trabajadores adolecentes, la segunda, los deja desprotegido, al no darse
cumplimiento a las normas laborales. Tal situación se debe principalmente
a la falta de supervisión y sanción por parte de los organismos
con competencia en la materia como lo son la Inspectoría del Trabajo,
el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral así
como del Consejo de Protección al Niño, Niña y Adolescente.

-Desconocimiento de sus derechos laborales, por parte, de los adolescentes embaladores del caso de estudio.

Recomendaciones

Al Ministerio del Poder Popular para la Participación y Protección Social

A que con base a los resultados del estudio que se reporta, y otras investigaciones realizadas en la academia, por organizaciones no gubernamentales y por entes del Estado, se analice y sincere la situación de los adolescentes embaladores implementándose así efectivas políticas públicas que respondan a la realidad y satisfagan las necesidades de estos trabajadores.

Al Consejo de Protección al Niño, Niña y Adolescente

A que exista conforme un verdadero y productivo equipo de trabajo con la Inspectoría en el área común: trabajo de adolescentes, a los fines de garantizar el respeto de sus derechos socio laborales.

A las Inspectorías del Trabajo

A que sean prestos a verificar las denuncias presentadas por infracciones por parte de los Empleadores de Adolescentes, a los fines de subsanar la situación y salvaguardar al futuro del país, y ser garante de los beneficios socio-laborales de los adolescentes trabajadores en cuanto a la debida fiscalización a los establecimientos y patronos haciendo cumplir la norma jurídica venezolana y sean sancionados por dicho incumplimiento socio- laboral.

Al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales

A que supervise y vele por la seguridad e integridad de los adolescentes embaladores orientando a estos y a los patronos en relación a las condiciones y medio ambiente de trabajo y todo lo relacionado con el área de la salud y seguridad laboral.

A los Estudiantes de Pre y Postgrado y Abogados Laboralistas

A realizar investigaciones, charlas, foros y talleres sobre la temática del derecho laboral de los adolescentes, a los fines de sensibilizar y dar a conocer los aspectos más resaltantes de esta temática y su problemática.

A los Dueños y Empleadores de Supermercados

Que sean fieles cumplidores de la ley y que respeten y cumplan con los beneficios socio laborales de los embaladores, que como trabajadores tienen por ley, y que tengan especial consideración a su condición de adolescentes, que son el futuro de la patria.

A los Embaladores

A que se instruyan para conocer y reclamar sus derechos y beneficios socio-laborales.

Referencias

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Castañeda, J. y Colab (2002). Metodología de la Investigación. México: Mc Graw Hill

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Convenio 182 (1999). Sobre las peores formas del trabajo infantil. Ginebra: OIT

Convenio 138 (1973). Sobre la edad mínima de admisión al empleo. Ginebra: OIT

Convenio 129 (1969). Sobre la inspección del trabajo de agricultura. Ginebra: OIT

Convenio 81 (1947). Sobre la inspección del trabajo. Ginebra: OIT

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Fix – Zamudio, H. (2002). Metodología, Docencia e Investigación Jurídica. Editorial Porrúa

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Witker, J. (1999). Metodología de la Investigación Jurídica. México: Mc Graw Hill

Anexos

ANEXO A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD BICENTENARIA DEARAGUA

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

ESCUELA DE DERECHO

CUESTIONARIO SOBRE BENEFICIOS SOCIO-LABORALES DE LOS EMBALADORES EN LA LEGISLACIÓN LABORAL VENEZOLANA VIGENTE. CASO DE ESTUDIO: EUROMERCADO DE ARAGUA

Instrucciones

El presente cuestionario fue elaborado para recoger información sobre el Beneficios Socio-Laborales de los Embaladores en la Legislación Laboral Venezolana Vigente. Caso de Estudio: Euromercado de Aragua

En tal sentido recurrimos a usted en función de su experiencia en la institución caso de estudio, la información será utilizada sólo con fines de investigación, por lo que agradezco la mayor sinceridad al responderlo.

Muy Agradecido

La Investigadora

Parte I.

Caracterización Sociodemográfica de la Muestra

1. Genero

Masculino __

Femenino __ . Se encuentra embarazada ( ) Si ( ) No

2. Edad

( ) De 14 a 17 años

( ) De 18 a 25 años

( ) Más de 25 años.

Parte II.

Instrucciones

Marque con una equis (X) la respuesta que mejor se adapte a su opinión

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III. Parte

Instrucciones. Responda ampliamente

15. ¿A su juicio que se requiere para garantizar los beneficios socio laborales de los embaladores?

ANEXO B

TABLA DE VALIDACIÓN DE INSTRUMENTOJUICIO DE EXPERTOS

Instrucciones: Marque con una x en el renglón cualitativo que usted considere, para cada uno de los aspectos señalados

Monografias.com

Leyenda:

B Bueno

R Regular

D Deficiente

Nombre y Apellido del Experto: ___________________________________

Cedula: ___________________________________

Nivel Académico: ___________________________________

Fecha: ___________________________________

Firma: ___________________________________

ANEXO C

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA

VICERRECTORADO ACADÉMICO

DECANATO DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS

ESCUELA DE DERECHO

SAN JOAQUÍN DE TURMERO – ESTADO ARAGUA

CONSTANCIA DE VALIDACIÓN

Nosotros, MSc. Carolina Vivas, Sara Cernadas e Irely Hidalgo, hacemos constar mediante la presente que hemos revisado y aprobado el instrumento de recolección de información, desde el punto de vista de contenido, diseñado por Kisbel Díaz, que será aplicados a la población censal seleccionada en el Trabajo Final de Investigación que lleva por título: CUESTIONARIO SOBRE BENEFICIOS OCIO-LABORALES DE LOS EMBALADORES EN LA LEGISLACIÓN LABORAL VENEZOLANA VIGENTE. CASO DE ESTUDIO: EUROMERCADO DE ARAGUA,

Constancia que se expide a los 02 días del mes de Abril de 2013.

Abog. Carolina Vivas

Abog. Sara Cernadas

Prof. Irely Hidalgo

V- 10.355.945

V-6.509.880

V-12.339.706

Derecho Laboral

Derecho Laboral

Metodología

TRABAJO FINAL DE INVESTIGACIÓN PARA OPTAR AL TÍTULO DE ABOGADO

DEDICATORIA

A Jehová Dios, que es el único que sabe porque suceden las cosas, siendo el ser supremo perfecto, le dedico este trabajo especial de grado, por ser quien me ha iluminado dándome dicha, salud, amor, paciencia, creatividad e inteligencia en cada paso que he dado durante este recorrido, acompañándome y llenándome de fortaleza para no decaer día a día.

A mis padres, por darme la vida y apoyarme en todos los pasos que he dado en esta tierra, mostrando su confianza en mí y enseñándome a superar y vencer todos los obstáculos que en el transcurso del tiempo se fueron presentando y a luchar por lo que se quiere. Gracias les doy por la entereza y decisiones tomadas cuando yo he pasado por tantas vicisitudes y que por ello no dejaron que desmayaran mis ganas de seguir adelante.

A mis hermanos, por acompañarme durante toda esta experiencia y sobre todo por la paciencia que han tenido conmigo.

A mis sobrinos, que han llenado de ilusión mi vida, gracias por todo el amor que me han dado y sobre todo la fuerza de la que me llenan con su alegría cada vez que me siento agobiada por el estrés y la rutina, impulsándome a seguir avanzando con optimismo en mi camino por la vida.

AGRADECIMIENTO

  A Jehová Dios sobre todas las cosas, por la inteligencia que me ha dado, por ser mi guía y mi protección.

A quienes me han heredado el tesoro más valioso que puede dársele a una hija: Amor. A quienes han sacrificado gran parte de su vida para formarme y educarme. A quienes la ilusión de su vida ha sido convertirme en persona de provecho. A quienes nunca podré pagar todos sus desvelos ni aún con las riquezas más grandes del mundo. Por esto y más… Gracias mamá y papá.

En la universidad encontré muchos tesoros, conocimiento, experiencias y amigos y juntos superamos todos los obstáculos de la carrera, lloramos y reímos de las cosas de la vida, …Gracias a todos mis amigos y ahora colegas por estar conmigo hasta el final.

A todos mis profesores, y entre ellos mi tutora, porque gracias a su apoyo, consejo, y dedicación he llegado a realizar la más grande de mis metas, no sólo en el ámbito académico, sino personal y profesional me han guiado y conducido, a la meta de ese camino que inicié hace unos años atrás, y que cada uno de ustedes con toda la responsabilidad sumaron un granito de arena, en todo lo que representa el término de mi carrera profesional… Gracias a todos mis profesores y en especial a mi tutora Alicia Ramírez de Castillo y a mi Asesora Metodológica Nohelia Alfonzo.

 

 

 

Autor:

Kisbel Díaz

TUTORA: Alicia R. de Castillo

Enviado por:

ASESORA METODOLÓGICA:

Nohelia Alfonzo

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA

VICERRECTORADO ACADEMICO

FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS

ESCUELA DE DERECHO

SAN JOAQUIN DE TURMERO – ESTADO ARAGUA

San Joaquín de Turmero, Junio 2013

Partes: 1, 2
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