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Certificado digital (página 2)




Enviado por yumiko lecca heredia



Partes: 1, 2

La referida validación se logra en la medida que
la clave pública se encuentra incorporada dentro del
certificado digital, el mismo que deja constancia del
vínculo existente entre dicha clave con el nombre del
firmante.

En nuestro caso la Entidad de Certificación
del RENIEC es la que emite y pone a disposición de todos a
través de Internet el listado de los certificados
existentes y también la relación de aquellos que
han sido dados de baja o revocados.

Los certificados digitales son entonces estructuras
firmadas digitalmente por una entidad de certificación en
donde se almacenan datos como la clave pública, el nombre
del firmante y otros como su correo electrónico o la
dirección WEB en la cual puede verificarse su
validez.

En términos prácticos la firma digital o
la autenticación de la identidad mediante un certificado
digital se lleva a cabo disponiendo de un lector de tarjetas
inteligentes, de la propia tarjeta con chip y con los
certificados digitales y claves grabados en él, de una
computadora y del sistema o software que posibilite ya sea el
acceso a determinados contenidos o la firma digital de formatos o
documentos electrónicos, siendo que todo ello se acciona
al momento que introducimos una contraseña o PIN que debe
ser de nuestro exclusivo conocimiento.

PROCESO.-

Se solicita el PIN al emisor. A partir del documento
original el sistema produce, mediante un algoritmo de hash, un
resumen que lo identifica de manera única. Ese resumen es
cifrado en el chip con la clave privada mediante un algoritmo de
firma, con lo cual se produce la firma digital. El paquete a
remitirse incluye el certificado digital del emisor.

La PKI en el Perú es la denominada
Infraestructura Oficial de Firma Electrónica
(IOFE
), la misma que se encuentra normada en la Ley 27269,
Ley de Firmas y Certificados Digitales, y en su Reglamento dado
en el año 2,008.

La IOFE cuenta con una Autoridad Administrativa
Competente, el INDECOPI. Esta autoridad ve los aspectos
normativos, de acreditación y de supervisión dentro
del esquema, además de asumir un rol operativo en el
mantenimiento de la lista de las Entidades de
Certificación hábiles dentro de la
infraestructura.

La IOFE, en lo que se refiere al Estado Peruano, opera
en base a una jerarquía de confianza, a manera de
árbol, que tiene a la cabeza una entidad de
certificación raíz denominada ECERNEP.

Esta entidad raíz emite certificados digitales
solamente para entidades de certificación de segundo nivel
denominadas ECEP.

Las ECEP son las que emiten los certificados digitales
para las personas, ya sean naturales o jurídicas y llevan
la lista de certificados emitidos y revocados.

Finalmente, las EREP actúan a manera de agentes
de las ECEP brindando el servicio de validación de la
identidad de las personas, luego de lo cual canalizan las
solicitudes de certificados y entregan estos a sus titulares o
suscriptores.

El Reglamento vigente designa al RENIEC para el
cumplimiento de estos roles, el de ECERNEP a
exclusividad.

Los certificados emitidos en el sector público
por ECEPs o en el privado por ECs son de reconocimiento en los
dos ámbitos.

IMPORTANCIA DE LA PKI EN EL PERU.- La importancia
de la implementación de la PKI y la firma digital es
reconocida en documentos como el Plan de Desarrollo de la
Sociedad de la Información en el Perú – La
Agenda Digital Peruana, donde el proyecto es considerado de
necesidad por su carácter de "emblemático" y "de
alto impacto".

Más allá de ello, contribuye de manera
importante al logro de las metas y objetivos definidos en las
políticas y planes de Estado.

Contribuye al Plan Nacional de Simplificación
Administrativa donde se señala que hacia diciembre del
2014, el 10% de los procedimientos y servicios administrativos
podrán ser realizados en línea por la
ciudadanía. Más específicamente, conforme a
sus metas de implementar un sistema de flujo de documentos
electrónicos y la firma digital en los trámites
más importantes, encontrándose la acción
correspondiente bajo corresponsabilidad del RENIEC.

Contribuye a la finalidad de la Ley Marco de la
Modernización del Estado en tanto de la
implementación de herramientas y servicios de gobierno
electrónico seguros se obtienen mayores niveles de
eficiencia.

Contribuye con los fines del Plan nacional de Lucha
contra la Corrupción en tanto mediante procesos internos
de gobierno electrónico seguros se mejoran los mecanismos
de rendición de cuentas y se propicia la
simplificación administrativa.

Contribuye con la Política Nacional del Ambiente
en tanto los procesos de gobierno electrónico seguros
fomentan la eficiencia energética, la conservación
de los bosques y la mitigación de gases de efecto
invernadero al sustituir otros menos eficientes y
obsoletos.

Contribuye al Plan Nacional de Competitividad en tanto
las transacciones de gobierno electrónico seguras son
inherentemente de menor costo y más ágiles que las
tradicionales, además de contribuir a su
simplificación y a la transparencia en las decisiones
públicas, reduciéndose consecuentemente los costos
empresariales.

El fijar cifras en torno al impacto del gobierno
electrónico y la firma digital en una mayor eficiencia de
la Administración Pública no resulta fácil,
sin embargo, se puede afirmar con certeza que su efecto es
positivo, tal como se establece en el VIII Congreso Internacional
del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la
Administración Pública:

"…el costo de la corrupción, en
términos de sobreprecio pagado, ha sido catalogado en
diferentes estudios realizados al respecto por el Banco Mundial y
el BID en un 4-5 % del PIB de un país. El de la
ineficiencia en el funcionamiento de la administración
pública en otro 2-3% del PIB."

En consecuencia, en el Perú, se alcanza una cifra
de entre 4,202 y 6,304 millones de nuevos soles en lo que
corresponde al costo de la ineficiencia de la
Administración Pública y de entre 8,405 y 10,507
millones de nuevos soles en lo referido al costo de la
corrupción.

Beneficios del uso de
certificados digitales en el Perú

Los beneficios del uso de certificados digitales se
asocian a los que brindan las transacciones de gobierno
electrónico, con el añadido de la mayor seguridad,
la posibilidad de identificar al interlocutor y la posibilidad de
actuar firmando digitalmente:

  • Contribuir a la instauración de la Identidad
    Digital como pre-requisito para la e-inclusión y el
    gobierno electrónico.

  • Aporta a la modernización del Estado y a la
    simplificación administrativa.

  • Aporta a la competitividad del
    país.

  • Simplificación e innovación de
    procesos (virtualización de servicios).

  • Agilización de la gestión
    administrativa mediante el uso de firmas
    digitales.

  • Acercar los servicios del Estado a zonas remotas y
    poblaciones desatendidas propiciando la
    e-inclusión.

  • Elemento clave para la virtualización de
    servicios que brindan instituciones públicas e
    iniciativas de gobierno electrónico.

  • Herramienta para la votación
    electrónica.

  • Control seguro para el acceso a sistemas y redes
    informáticas

  • Permitirá que los ciudadanos puedan
    identificarse y firmar documentos remotamente, usando redes y
    sistemas de información.

  • Disponibilidad de los servicios del Estado las 24
    horas del día, los 7 días de la semana, desde
    cualquier lugar del mundo.

  • Ahorro de costos y tiempo, considerando que no
    necesitará desplazarse para hacer trámites o
    recibir respuesta.

  • Importantes mejoras en la calidad de atención
    al ciudadano.

  • Aporta al aumento de la "confianza
    electrónica".

  • Aporta a la trazabilidad y control de los servicios
    y programas del Estado.

  • Aporta al desarrollo del gobierno
    electrónico. El Estado tendrá la posibilidad de
    virtualizar la mayoría de los servicios de
    atención al ciudadano.

  • Permitirá dar cumplimiento al D.S.
    Nº056-2008-PCM – Reglamento de la Ley 27269, el cual
    establece el derecho del ciudadano a ser atendido por el
    Estado mediante medios electrónicos, y a su vez la
    obligación del Estado a brindar servicios
    virtuales.

  • Aporta a la seguridad jurídica del
    país al igual que otros servicios del
    RENIEC.

Avances en materia de
certificado digital en diferentes Instituciones del Estado
peruano, noticias y actividades

El D.S. Nº070-2011-PCM del 27 de julio de 2011
autoriza al RENIEC, dentro de una etapa transitoria,
para

"emitir firmas y certificados digitales en tanto no
esté acreditada ante la Autoridad Administrativa
Competente,… reconociéndose a los documentos
electrónicos soportados en dichos certificados digitales
las presunciones legales establecidas… así como los
efectos jurídicos que corresponde para los fines…
del presente Reglamento".

SOBRE RENIEC .-

Desde este lunes 27 de febrero DEL 2012 , el
Registro de Identificación y Estado Civil (RENIEC)
atenderá las solicitudes de instituciones
públicas y notarías del país que
quieran obtener certificados digitales
, herramienta que
permite realizar trámites vía Internet de
manera segura.El jefe nacional del RENIEC, Jorge Yrivarren,
explicó que el certificado digital constituye una
credencial expresada en un código que identifica a
una entidad o empresa (persona jurídica) cuando
realiza transacciones por Internet.Explicó que se
trata de un mecanismo seguro que simplifica los
trámites administrativos al no ser necesario
dirigirse personalmente hasta la entidad, ahorrando
además valioso tiempo.Recordó que el
RENIEC es el único organismo que puede emitir
certificados digitales en el ámbito de la
administración pública
.El funcionario
dijo que si bien se empezará con entidades
públicas y notarías, luego se ampliará
la cobertura a empresas públicas y privadas para que
puedan realizar operaciones de comercio electrónico
con total seguridad.Igualmente, se atenderá a los
gobiernos regionales y locales para que incorporen esta
tecnología moderna a  fin de mejorar sus
servicios y atención de trámites a la
población.Yrivarren precisó que en esta
primera etapa se entregará certificado digital a
personas jurídicas, mientras que su equivalente para
las personas naturales será el DNI
electrónico, el cual está siendo desarrollado
y será lanzado próximamente al
mercado.Explicó que para obtener un certificado
digital, el representante legal o apoderado de la
institución pública, así como el
notario deberá presentar su documento de identidad,
realizar el pago por derechos administrativos y una copia
simple del documento que acredita la existencia de la
entidad.Del mismo modo, debe presentar la
inscripción del RUC de la entidad ante la SUNAT, el
cual debe consignar el estado "activo" y su domicilio
fiscal debe aparecer como "habido".Finalmente, se debe
consignar el documento que acredite los poderes del
representante legal o apoderado que realiza el
trámite.Al hacer la gestión, el representante
legal o apoderado debe llenar y firmar el formulario de
aceptación del certificado digital, la solicitud de
emisión del certificado para el titular del mismo,
el contrato de prestación de servicio, y la
solicitud de suscriptor.Este trámite se
podrá realizar en la Entidad de Registro Digital del
Estado Peruano (EREP), cuya primera oficina fue inaugurada
hoy y se encuentra en la avenida Javier Prado 990, San
Isidro
. El horario de atención es de lunes a
viernes, 08.30 am a 05:00 pm.El titular del RENIEC dijo que
a fin de promover el uso del certificado digital en el
país, dicha entidad exonerará del pago por
derecho de trámite hasta fin de este año a
las instituciones, notarías y empresas.

DOCUMENTOS QUE SE EMITEN :

Procedimiento mediante el cual se verifica la identidad,
registra y entrega un Certificado Digital, cuya vigencia
tendrá una validez de un (1) año. Se emiten tres
tipos de Certificados Digitales: I) Certificado Digital para uso
de autenticación, II) Certificado para uso de firma y III)
Certificado Digital para uso de autenticación y firma.
Este servicio es otorgado a las Entidades de la
Administración Pública, Junta de Decanos de los
Colegios de Notarios del Perú, Colegios de Notarios del
Perú y Notarías cuyos Colegios hayan suscrito
previamente un Convenio con el RENIEC.

DNI electrónico inicia
difusión este año

abril 9, 2013 

Monografias.com

El Documento Nacional de Identidad (DNI)
electrónico, entrará en circulación a
mediados de este año 2013, e inicialmente su uso no
será obligatorio, sino opcional; según el gerente
de Informática del Registro Nacional de Identidad y Estado
Civil (Reniec), Danilo Chávez Espíritu.

Estará fabricado en policarbonato, tendrá
el formato de una tarjeta de crédito y poseerá un
chip que almacenará la información del titular, lo
que permitirá más adelante que lo pobladores
realicen el voto electrónico en cualquier computadora que
cuente con una lectora del mencionado chip.

"Ya no será necesario poner el sticker de
votación como se hace actualmente con los DNI.
Además, el nuevo documento de identidad permitirá,
a quien lo porte, identificarse cuando realice trámites y
transacciones por internet", refirió el
funcionario.

Este nuevo documento virtual estará destinado
únicamente a las personas mayores de 18 años y se
podrá renovar una vez que caduque, su validez será
de 8 años.

El ciudadano que cuente con un certificado digital
podrá insertar su firma digital en un documento virtual al
realizar trámites y transacciones por internet, y
así éste adquiere la misma validez de un documento
impreso con rúbrica manuscrita.

Así por ejemplo, el DNI electrónico
facilitará en tiempo récord, la obtención de
certificados de antecedentes policiales, renovación de
pasaportes, acceso a servicios de salud, monedero
electrónico e incluso hacer transacciones relacionadas al
comercio exterior.

"Es como si fuera tu cuenta de usuario y password de tu
correo electrónico, sólo que con valor legal",
enfatizó el gerente de Informática del RENIEC,
Danilo Chávez Espíritu.

La tecnología también evitará
adulteraciones, como sucede con el DNI actual, porque la foto del
documento electrónico viene con una serie de
incrustaciones numéricas irrepetibles y otros dispositivos
de seguridad que lo harán, prácticamente,
infalsificables.

El nuevo Documento de Identidad (DNI)
electrónico servirá para que las personas se
identifiquen en internet, 
así lo indicó el
jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado
Civil (Reniec), Jorge Luis Yribarren, quien destacó que
"es el tránsito al mundo digital".

"Ya no más "pepito01" o
"pablito12345". Tenemos que tener una identidad si
queremos hacer transacciones de los ciudadanos con el Estado, las
empresas privadas con el Estado y el Estado con el Estado
",
indicó.

Asimismo, explicó que el plan para
implementar este documento comprende una primera etapa para las
instituciones. 
El Estado deberá manejarse
internamente con firma digital donde la gran mayoría de
transacciones se realizarán a través de
internet.

Precisó que en el 2000 se generó
la Ley de Certificados y Firmas Digitales que dispone que
el DNI contenga el certificado de firma digital. 
"El
documento incluye fotos, firma, huella y demás datos que
podrán incluirse", acotó.

Cabe indicar que el DNI electrónico
peruano se trata de una tarjeta con el aspecto de una tarjeta de
crédito que contiene un chip de almacenamiento de
datos. 
El dispositivo también funciona como
procesador de otros datos, como por ejemplo el código de
historia clínica.

En España se está utilizando está
tecnología desde 2006, y ya hay unos 30 Millones
entregados. Los ciudadanos españoles los usan para
identificarse en sus trámites con la administración
y en el banco, y para firma electrónica de
documentos.

Firma digital en Perú, nuevo
paso

octubre 22, 2012 

El Poder Ejecutivo ha establecido disposiciones que
permitan facilitar el despliegue de la firma digital.  La
finalidad del uso de la firma digital, es impulsar la
interoperabilidad entre las instituciones del Estado y ofrecer
más y mejores servicios a los ciudadanos.

La firma digital se basa en técnicas de
criptografía asimétrica, basadas en el uso de
claves. La clave es que se le otorga la misma validez y eficacia
jurídica que el uso de una firma manuscrita u otra
análoga que conlleve manifestación de
voluntad.

Mediante Decreto Supremo N° 105-2012-PCM,
publicado en el diario oficial El Peruano
, se realizan
diversas modificaciones de la normativa que regula el uso de la
firma digital, sin afectar la validez y eficacia jurídica
de las firmas digitales generadas bajo la Infraestructura Oficial
de Firma Electrónica.

La referida norma presenta las siguientes
disposiciones:

  • Las entidades de la administración
    pública deberán elaborar y presentar a la
    Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e
    Informática (ONGEI), el plan de implementación
    de los procedimientos y trámites administrativos por
    medios electrónicos seguros.

  • También requerirá que las entidades
    públicas con voluntad de hacer uso de la firma digital
    inicien el procedimiento de acreditación de software
    de firma digital, ante la Autoridad Administrativa
    competente. Deberán dirigirse al Instituto
    Nacional de Defensa de la Competencia y de la
    Protección de la Propiedad Intelectual
    (INDECOPI).

El decreto supremo es refrendado por el presidente
Ollanta Humala Tasso, así como el jefe de Gabinete, Juan
Jiménez, y del ministro de Economía, Luis Miguel
Castilla.

SUNAT y RENIEC suscribieron convenio para
la entrega de certificados digitales

abril 30, 2012 

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria (SUNAT) utilizará
certificados digitales emitidos por el Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil (RENIEC)durante los procesos
de cobranza electrónica de deudas. Ambas entidades
suscribieron un convenio de cooperación interinstitucional
según el cual el RENIEC  -a través de la
Entidad de Registro Digital del Estado Peruano (EREP)-
entregará certificados digitales gratuitamente a la SUNAT
a partir de la fecha, como nuevo proveedor de los referidos
certificados.Un certificado digital identifica a una persona en
medios virtuales, permitiéndole firmar documentos durante
la realización de trámites y transacciones por
Internet. Según la legislación peruana, una firma
digital tiene la misma validez y eficacia que una firma
manuscrita.El Superintendente Nacional Adjunto de Tributos
Internos de la SUNAT, Enrique Vejarano, informó que la
firma digital garantiza que la medida electrónica
–en este caso, la cobranza coactiva-  ha sido
efectuada por un ejecutor de la SUNAT, quien está
notificando vía Internet al contribuyente.El RENIEC tiene
a su cargo la identificación presencial y no presencial de
los ciudadanos, y es la única Entidad de
Certificación Nacional para el Estado Peruano. Como su
propósito es impulsar el uso de firmas digitales en
los procedimientos administrativos y en los servicios ofrecidos
por medios electrónicos, está entregando, sin costo
alguno, certificados digitales a las instituciones
públicas con las que suscribe convenios.La
suscripción del convenio con SUNAT se llevó a cabo
en la Entidad de Registro Digital del Estado Peruano (EREP),
recientemente inaugurada en San Isidro, luego de que el RENIEC
pusiera en funcionamiento una Planta de Certificación
Digital.Además de SUNAT, el RENIEC ha suscrito convenios
de colaboración interinstitucional para entregar
certificados digitales a las municipalidades de Miraflores y
Los Olivos, la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), la
Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento
(SUNASS) y la Superintendencia de Transporte Terrestre de
Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN).

Facturación electrónica
prevista para el 2013

marzo 20, 2012

Según la Sunat se espera que a inicios del 2013
se implemente el uso de la Facturación Electrónica.
Las empresas interesadas en participar en el piloto pueden
inscribirse hasta la próxima semana.

El Perú es el único país de la
región que no usa la "factura electrónica" y el
proceso para su despliegue es lento. Según la
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
(Sunat) tan solo unas 40 empresas a nivel nacional se han
inscrito en el plan piloto que comenzaría el mayo
próximo.

"Hasta el viernes pasado hemos ido recibiendo los
comentarios por parte de los contribuyentes e interesados. De
acuerdo a esto haremos algunos ajustes orientados a flexibilizar
y hacer la implantación más viable para las
empresas, por tanto a fines de este mes o inicios de abril se
estaría publicando la norma en el Diario Oficial El
Peruano", afirmó la jefa del Proyecto de Factura
Electrónica de la Sunat, Gisella Cuentas.

Asimismo indicó que el Piloto de Uso de la
Factura Electrónica debería empezar en mayo y
terminar en agosto, ´sin embargo en caso de que las
empresas no se inscriban en la fecha podría extenderse
hasta fines del presente año.

"Este proceso podría darse de diferente manera,
pues esta norma es bastante flexible. Algunos emisores
están en el piloto que van a salir 90 por ciento
electrónico y 10 por ciento físico y otros que son
más conservadores que van a salir con 10 por ciento
electrónico y 90 físico.  Probablemente
primero lo implementen en Lima y luego en provincias",
dijo.

En tanto comentó que las empresas emisoras
inscritas en el piloto son empresas de los sectores de retail,
supermercados y mineras.

La factura electrónica es un sistema digital que
beneficiará a las empresas con la reducción de sus
costos de impresión, adquisición de papel,
envío y almacenaje de las facturas, así como una
reducción en gastos administrativos y la mejora de la
competitividad.

"Según los estándares internacionales, en
un panorama conservador las empresas ahorrarían hasta un
30 por ciento por esos conceptos y desde el punto de vista
tributario, se agilizará el envío de
información a la Sunat. Las devoluciones tienen cierto
tiempo de demora en la atención que tarda un tiempo
máximo de 6 meses, tiempo que podría reducirse, de
igual manera que mejorarán las auditorías y
revisiones", agregó.

La factura electrónica está dirigida a las
empresas emisoras que se encuentran en el Régimen Especial
de Renta (RER) o Régimen General (RG) y que tienen un
ingreso anual igual o menor a 1,700 Unidades Impositivas
Tributarias (UIT), es decir con ganancias superiores a los 6
millones de soles.

Las Universidades de Perú
implantarán la firma digital para agilizar las
transacciones

junio 1, 2012

35 universidades públicas del país
podrán utilizar la firma digital para realizar gestiones y
transacciones rápidas y seguras, gracias a un convenio
suscrito entre la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) y
Reniec.

El documento fue firmado por el presidente de la ANR,
Orlando Velásquez Benites; y el sub gerente de Registro
Digital del Reniec, Javier Alvarado Carvajal.

El representante de la Reniec indicó que el
acuerdo regirá inicialmente para la Presidencia de la ANR
y los principales funcionarios de ese organismo, quienes
obtendrán el código que los identifique cuando
realicen transacciones por Internet.

Después, cada universidad pública
deberá suscribir un convenio con el Reniec para acceder a
esta herramienta, que reúne todas las garantías de
seguridad existentes actualmente en materia informática,
dado que los datos son trasmitidos de manera encriptada,
anotó.

Subrayó que al incluir a las universidades en el
uso de la firma y el certificado digital, el Reniec sigue dando
pasos importantes en el afianzamiento y fortalecimiento del
gobierno electrónico en el país.

A dicho propósito se suma el hecho que, al
utilizar los medios electrónicos, se deja de lado el papel
en los trámites documentarios. Con ello se contribuye a
reducir la tala de árboles utilizados para elaborar papel
y se mitiga el efecto invernadero en el medioambiente.

Señaló que, además de la firma
digital, las autoridades universitarias y sus colaboradores
podrán utilizar el sistema de trámite documentario,
que es una aplicación que ofrece el Reniec a sus clientes
para realizar trámites con total seguridad.

El sub gerente de Registro Digital del Reniec
recordó que el trámite para la obtención de
la firma y certificado digital es gratuito durante todo este
año.

INDECOPI acreditó al RENIEC como
entidad de certificación digital del Estado
Peruano

2013/01/23

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y
de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI)
acreditó al Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil (RENIEC)  como entidad de certificación
digital del Estado Peruano, luego de que esta institución
concluyera favorablemente la evaluación de su
infraestructura,  programas y sistemas
informáticos.

El proceso de acreditación se realizó a
través de la Comisión de Normalización y de
Fiscalización de Barreras Comerciales no Arancelarias del
INDECOPI, en cumplimiento de la Ley 27269 (Ley de Firmas y
Certificados Digitales) y su Reglamento, que establecen que un
documento electrónico firmado digitalmente y vinculado a
un certificado digital acreditado por el INDECOPI tiene
exactamente el mismo efecto legal que un documento manuscrito
firmado de puño y letra.Como se sabe, la
certificación digital es el procedimiento
electrónico usado en el mundo entero para asegurar la
autenticidad, la integridad y la privacidad de los documentos de
soporte exclusivamente electrónico. En ese sentido,
cualquier persona natural o jurídica y cualquier autoridad
administrativa o judicial están obligadas a reconocer en
dicho documento, de soporte exclusivamente electrónico, el
mismo efecto legal que tendría si hubiese sido redactado
en papel y firmado de puño y letra. Con esta
acreditación, el RENIEC podrá iniciar la
producción del DNI electrónico o e-DNI, que
consistirá en una tarjeta con un microchip que
contendrá un certificado digital. El certificado digital
permitirá al ciudadano titular del e-DNI firmar
(autenticar) digitalmente cualquier documento electrónico
en toda clase de trámite administrativo. Para ello, las
instituciones públicas deberán actualizar sus
procedimientos y trámites documentarios para que quienes
lo deseen puedan realizar sus gestiones exclusivamente a
través de medios informáticos. El INDECOPI
refirió que actualmente el RENIEC sigue un procedimiento
administrativo para la evaluación de sus políticas
y sistemas internos vinculados a la generación de 
e-DNI. El gobierno electrónico  ofrece al ciudadano
trámites administrativos más ágiles y
considerable ahorro de tiempo y de costos; contribuye a su
bienestar. La certificación digital es la llave de la
seguridad, la veracidad y la privacidad.

Instituto Nacional de Salud del Niño (INSN) de
San Borja

El Personal médico del Instituto Nacional de
Salud del Niño (INSN) de San Borja,  va a utilizar la
historia clínica digitalizada para acceder de manera
ágil, confidencial y segura a la información de los
pacientes.

Este innovador sistema permitirá compartir
información entre los establecimientos de salud
públicos y también con el Sistema Metropolitano de
la Solidaridad (SISOL). Entre otras cosas,  se pondrá
en marcha la identidad digital de los médicos, quienes
dotados de certificado digital, incluirán su firma digital
para refrendar la información que ingresen.

"La firma digital tendrá la misma validez y
eficacia jurídica que una firma manuscrita, identifica a
la persona, dota de integridad a los documentos
electrónicos que se empleen y evita que estos puedan ser
negados o desconocidos por su autor",  informaron directivos
del Instituto del Niño.

Bibliografía

  • DECRETO SUPREMO N 081-2013-PCM , POLÍTICA
    NACIONAL DE GOBIERNO ELECTRÓNICO 2013-2017

  • LEY Nº 27269, LEY DE FIRMAS Y CERTIFICADOS
    DIGITALES

  • DECRETO SUPREMO Nº 052-2008-PCM , REGLAMENTO DE
    LA LEY DE FIRMAS Y CERTIFICADOS DIGITALES

  • LEGISLACIÓN DE RENIEC

  • NORMAS LEGALES DIARIO EL PERUANO

  • COMPENDIO SOBRE NORMATIVIDAD DEL USO DE TECNOLOGIAS
    .-ONGEI , AÑO 2011.

  • derechoinformaticoamilcarmendoza.blogspot.com/…/firma-digit…?,
    por AMILCAR ADOLFO , MENDOZA

X.- ANEXOS .-

  • LEY 27269

  • DECRETO SUPREMO Nº 081-2013-PCM ,
    POLÍTICA NACIONAL DE GOBIERNO ELECTRÓNICO
    2013-2017

  • DECRETO SUPREMO Nº 052-2008-PCM , REGLAMENTO DE
    LA LEY DE FIRMAS Y CERTIFICADOS DIGITALES

 

 

Autor:

Abog. Yumiko Elvira Lecca Heredia

Abog. Bernita Vergara Soria

1) UNIVERSIDAD : INCA GARCILAZO DE LA
VEGA

2) NOMBRE DEL

CURSO : NUEVAS TECNOLOGÍAS
EN

CERTIFICACIÓN DE
DOCUMENTOS

  • 3) NOMBRE DEL

PROFESOR : DR. JUAN ABREGU
LÓPEZ

4)NOMBRE DE

INTEGRANTES : ABOG. YUMIKO ELVIRA
LECCA HEREDIA

ABOG. BERNITA VERGARA SORIA

5)MAESTRÍA : DERECHO NOTARIAL Y
REGISTRAL

IV CICLO

AÑO 2013

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