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Contabilidad: Nómina



  1. Definición de
    nómina
  2. Clasificación de
    nómina
  3. Partes
    de una nómina
  4. Procedimiento para la elaboración de la
    nómina: quincenal-semanal
  5. Diseño un sistema contable que comprenda
    las cuentas relacionadas con la nómina y
    presentación de los estados
    financieros
  6. Normas
    de control interno para la nómina

Definición
de nómina

En una empresa, la nómina es la suma de todos los
registros financieros de los sueldos de un empleado, los
salarios, las bonificaciones y deducciones. En la contabilidad,
la nómina se refiere a la cantidad pagada a los empleados
por los servicios que prestó durante un cierto
período de tiempo. Nómina juega un papel importante
en una sociedad por varias razones. Desde un punto de vista
contable, nómina es crucial porque los impuestos sobre la
nómina y la nómina afectan considerablemente el
ingreso neto de la mayoría de las empresas y están
sujetos a las leyes y reglamentos.

Clasificación de
nómina

Así mismo las nóminas se pueden clasificar
de acuerdo a:

Según su Presentación:

Nómina Manual: Se elabora por cálculos
enteramente manuales, usadas en empresas pequeñas o de
mediana capacidad. Existen en el mercado, formularios
diseñados, por ejemplo: LEC y el sistema Mc-Be. Las cuales
consta de: Formularios de entrada y codificación, Reportes
del sistema, Operación del sistema, Archivos del sistema,
Programas del sistema, Diseños de perforación o
tabulación.

Según la Forma de Pago:

Semanal: Para obreros o personal de nómina
diaria, cuyo lapso de pago está establecido en ese
tiempo.

Quincenal: Para empleados cuyo lapso de pago está
establecido en ese tiempo.

Nómina Computarizada: Se elabora a
través de un computador, el cual permite, generalmente por
medio de codificaciones, calcular automáticamente, tanto
los aportes como los descuentos efectuados en el período a
pagar. Para operar este tipo de nómina se debe crear el
siguiente tipo de información:

Según el Tipo de Personal:

Nómina Ejecutiva o Mayor: Para directivos y alta
gerencia. (nómina confidencial).

Nómina de Empleados: Para el resto del personal
empleado.

Nómina de Obreros: Para personal operativo; a su
vez puede ser dividida, para efectos de costo, en personal de
producción y personal de mantenimiento.

Partes de una
nómina

Por otra parte, una nómina, es una consulta muy
repetitiva por partes de personas que apenas se inician en estos
temas, así que trataremos de desglosar de una forma muy
general, las partes que componen una nómina.

De otra forma, La nómina está conformada
por tres partes a saber. El devengado, las deducciones y las
apropiaciones.

El devengado, es el valor total de ingresos que obtiene
un empleado en el mes o en la quincena. Este valor está
compuesto por el salario básico, horas extras, recargos
diurnos y nocturnos, dominicales, festivos, comisiones, auxilio
de transporte, etc.

Las deducciones son los valores que se le descuenta de
la nómina al trabajador. Entre estos valor se tienen los
aportes a salud y pensión que el corresponden al empleado.
Las libranzas, los embargos judiciales, fondo de solidaridad
pensional cuando fuere el caso, la retención en la fuente
si hubiere lugar a ello, y cualquier otro descuento autorizado
por el empleado.

Las apropiaciones son los valores que la empresa deba
pagar, como es la salud y pensión en el porcentaje que el
corresponde, riesgos profesionales, los aportes parafiscales
(Sena, Cajas de compensación y el Instituto de bienestar
familiar), las prestaciones sociales (Prima de servicios,
cesantías, intereses sobre cesantías,
dotación, vacaciones).

Se llama apropiaciones porque a diferencia del devengado
que debe pagarse al finalizar el mes, las apropiaciones se pagan
en los primeros días del siguiente mes o un año
después dependiendo del concepto, por lo que se deben
apropiar (provisionar) para poder contar con los recursos
suficientes a la hora de tener que pagar esos valores.

Retención a cuenta del IRPF. Se aplica un
porcentaje de retención sobre el salario bruto fijado
anualmente por el Estado conforme a las circunstancias personales
de la persona trabajadora.

Otras deducciones: deducciones por cuota sindical, canon
de negociación, formación profesional,
desempleo.

Cotización a la Seguridad Social: la cuota o
importe a pagar es un porcentaje establecido por la normativa que
se aplica a la base de cotización.

De otro modo, las asignaciones consta de los siguientes
aspectos las cuales nombrare: Sueldo o salario, Bono por
asistencia, Horas extraordinarias, Suplencias, Vacaciones,
Comisiones, Retroactivo, Día de descanso, Bono nocturno,
Sobretiempo en feriados, Permiso remunerado, Prima por
matrimonio, Prima por hijos.

BENEFICIOS LABORALES DEL EMPLEADO:

El presente aspecto resume los beneficios laborales que
disfrutan los empleados de la empresa.

Así mismo, de acuerdo a la ley orgánica
del trabajo del año en curso en su articulo 177 determina
lo siguiente: La determinación definitiva de los
beneficios de una empresa se hará atendiendo al concepto
de unidad económica de la misma, aun en los casos en que
ésta aparezca dividida en diferentes explotaciones o con
personerías jurídicas distintas u organizada en
diferentes departamentos, agencias o sucursales, para los cuales
se lleve contabilidad separada.

VACACIONES:

El personal de la empresa disfrutará de 15
días hábiles de vacaciones anuales durante el
primer año, Incrementándose dicha cantidad en un
día por cada año adicional a partir del segundo
año, hasta un tope de 30 días
hábiles.

Así mismo, el salario a pagar en dicho
período de vacaciones será el correspondiente al
salario base diario vigente para el momento del disfrute. Por
otra parte, el empleado disfrutará de un bono vacacional
de 8 días de salario el primer año,
incrementándose dicha cantidad en un día por cada
año a partir del segundo año, hasta un tope de 30
días. El salario a pagar corresponderá al salario
diario promedio del último mes de Nómina
cerrado.

UTILIDADES:

La empresa tiene la obligación de distribuir
entre sus empleados el 15% de sus utilidades anuales. Este monto
nunca será inferior a 15 días de salario promedio
anual.

PRESTACIONES SOCIALES:

El empleado tendrá derecho a los aportes a sus
Prestaciones Sociales en base a la normativa legal vigente: Cinco
días de salario mensual. El sueldo a tomar para el
cálculo será el Salario base del mes incluyendo las
cuota partes de Utilidades y vacaciones. A partir del segundo
año de antigüedad el empleado tiene derecho a dos
días adicionales por cada año de
antigüedad.

Procedimiento
para la elaboración de la nómina:
quincenal-semanal

El proceso de elaboración de la nómina
comienza cada vez que se inicia un período de pago. Estos
períodos están claramente definidos por la Ley
Orgánica del Trabajo en el Artículo 150 donde se
expresa:

"El trabajador y el patrono fijarán el lapso para
el pago del salario que no podrá ser mayor de una
quincena, pero podrá ser hasta de un mes cuando el
trabajador reciba del patrono alimentación y
vivienda".

A los obreros, su salario se les paga semanal, mientras
que tratándose de empleados, el pago se realiza
quincenalmente.

El diseño del formato en el cual se elabora la
nómina varía de acuerdo con la magnitud y otras
características de la empresa, como si su
elaboración se realiza de forma manual o computarizada. En
cuanto al fondo, no existe ninguna diferencia entre una
técnica y otra.

CONTABILIZACION DE LA NOMINA:

Así mismo, la nomina se debe contabilizar cada
uno de los conceptos determinados. En este ejemplo, se supone que
el empleado pertenece a la parte administrativa, por lo que se
utilizara la cuenta 51. Por otra parte, para la
contabilización de la nómina, utilizaremos los
valores determinados en la liquidación de la nómina
que suponemos arroja los datos abajo consignados.

De otra forma, En el proceso de contabilización
se utilizaran los siguientes grupos de cuentas.

1105 (Bancos).

2370 (Retenciones y aportes de
nómina).

2610 (Provisiones para obligaciones
laborales).

5105 (Gastos de personal).

Contabilización.

Código

Nombre de la
cuenta

Debito

Crédito

237010

Aportes parafiscales

37005

Aportes E.P.S

106,25

237006

A.R.P

4,437

237010

Aportes parafiscales

76,5

238030

Fondos de pensión

131,751

261005

Cesantías

75,037

261010

Intereses sobre las
cesantías

9,004

261015

Vacaciones

29,19

261020

Prima de servicios

75,037

510506

Sueldos

700

510515

Horas extras

50

510518

Comisiones

100

510520

Auxilio de transporte

63,6

510530

Cesantías

75,037

510533

Intereses sobre las
cesantías

9,004

510536

Prima de servicios

75,037

510539

Vacaciones

29,19

510568

A.R.P

4,437

510569

Aportes E.P.S

72,25

En otro sentido, en el caso que haya lugar a practicarle
retención por salarios a un empleado, el valor de la
retención se deduce del total devengado y se contabiliza
con un crédito a la cuenta 236505.

Por otra parte, No hay que olvidar, que la empresa solo
puede retener o deducir del sueldo del empleado aquellos
conceptos o valores autorizados expresamente por el mismo
empleado u ordenados por una autoridad judicial.

Por otra parte, en este segmento se describen cada uno
de los conceptos definidos para la ejecución de
nóminas: semanal, quincenal y mensual

1. A001 Salario Semanal: Sólo aplica a
trabajadores asociados para la nómina Semanal, calcula
cinco (5) días de salario multiplicado por el salario
diario para obtener el salario semanal. Los cinco (5) días
los obtiene de la función DIAS_TRAB(5) que evalúa
la fecha de ingreso, egreso y vacaciones. Si el trabajador
empezó el día martes y la nómina cierra el
día viernes, el resultado será dos días. El
día sábado es calculado y pagado por el concepto
A004 y el día domingo a través del concepto
A010.

2. A002 Salario Quincenal: Calcula quince (15)
días de salario multiplicado por el salario diario
obteniendo el salario Quincenal.

ASIGNACIONES A LOS TABAJADORES:

Plan de salario: es el más usado. Se basa
en la cantidad de tiempo trabajado y se puede aplicar a obreros y
empleados. La empresa paga un salario por un período de
tiempo que puede ser semanal o quincenal. Este plan no necesita
de cálculos especiales para calcular el monto a pagar,
porque éste aparece en la tabla de salarios de la empresa
o en el contrato colectivo, si lo hay. El salario base es la
cantidad que recibe el trabajador por su servicio durante una
jornada de trabajo.

DEDUCCIONES A LOS EMPLEADOS:

Las deducciones legales se hacen tanto al trabajador
como a la empresa y entre ellas están:

• La deducción legal por concepto de seguro
social al trabajador es de 4% según el
Reglamento

General de la Ley del Seguro Social Obligatorio (art.
67). Para la empresa va del 9% al 11% según el tipo de
riesgo. Este porcentaje se aplica al sueldo mensual del
trabajador según la siguiente fórmula:

SBM x 12 x 4 x NL

52

Donde:

SBM: Salario Básico Mensual

12: Total meses del año

52: Total semanas del año

4%: Porcentaje según el reglamento del Seguro
Social

NL: Número de lunes del mes del periodo
calculado, es decir, sí las deducciones se hacen al del
mes se toma en consideración todos los lunes de ese mes,
pero si estas retenciones se hacen quincenalmente, sólo se
asumirán los lunes correspondientes a esa
quincena.

Ejemplos:

Ahora veamos un ejemplo práctico para un
trabajador con un sueldo quincenal de 474.898.50, según la
deducción correspondiente al mes de noviembre del
año 2005.

949.797 x 12/52= 11.397.564/52= 219.183,92 x 4% =
8.767,36 x 2 (Nº de lunes) = 17.534,71

Diseño un
sistema contable que comprenda las cuentas relacionadas con la
nómina y presentación de los estados
financieros

Dentro de un sistema de información contable, fue
diseñada tomando en consideración la siguiente
metodología de trabajo de tesis elaborada por la autora
hernandez Lisbeth en su diseño de un sistema contable para
la empresa fundición metalúrgica Lemos, C.A.
:

  • 1. Identificación de los departamentos
    productivos y de servicios que va a reconocer el sistema
    departamentalizado de contabilidad de costos. En tal sentido
    los departamentos.

  • 2. Determinación de la estructura
    genérica del Reporte del Estado de Costo de
    Producción y Venta que va a generar el sistema, con la
    finalidad de determinar los grupos de cuentas que va a
    contener el sistema y definir el formato del código
    contable.

  • 3. Elaboración del listado de cuentas
    que van a ser agrupadas por cada elemento de costo, las
    cuales constituyen la unidad básica del sistema
    propuesto.

  • 4. Clasificación de las cuentas
    relativas a los costos de producción, tanto en cuentas
    reales de inventarios (Inventario de Materiales, Inventario
    de Productos en Proceso, Inventario de Productos Terminados),
    como en cuentas nominales a efectos de presentación
    del estado de costo de producción y venta. En este
    sentido y considerando que el catálogo de cuentas se
    ha estructurado de manera tal que incluya tanto de la
    contabilidad de costos como la contabilidad general, a
    continuación se presenta la estructura general del
    código de cuentas.

CÓDIGO GRUPO

1 ACTIVO

2 PASIVO

3 CAPITAL

4 INGRESOS

5 COSTOS

6 GASTOS DE OPERACIÓN.

Así mismo, es preciso mencionar que a los efectos
del presente trabajo de solo se desarrollan los grupos 1 y 5
relativos al grupo de los activos (por contener los inventarios
de producción) y al grupo de costos de producción
respectivamente.

De otra forma, tomaremos como ejemplo el grupo de
cuentas tomados por la tesis antes mencionada para saber la
producción costo de la misma, la cual se especificara de
la siguiente forma.

Grupo de cuentas que permiten determinar la sobre o su
aplicación de la carga fabril de la empresa
metalúrgica Lemos, C.A.

5 1 1. Sobre o Subaplicación de la Carga
Fabril

5 1 1 1. Carga Fabril Real

5 1 1 1 01. Carga Fabril Real por
Departamento

5 1 1 1 01 01 Carga Fabril Real por Elemento
(Material Indirecto)

5 1 1 1 01 02 Carga Fabril Real por Elemento
(Mano de Obra

Indirecta)

113

5 1 1 1 01 03 Carga Fabril Real por Elemento
(Otros Costos

Indirectos)

5 1 1 1 01 01 001 Indica una primera
clasificación de cada uno de los

elementos que contienen las tres cuentas del
nivel

anterior. Por ejemplo Suministros de
Producción

5 1 1 1 01 01 001 001 Indica una
clasificación del nivel anterior. Por ejemplo

dentro de los Suministros de Producción,
representa

los Aglomerantes y Aglutinantes

5 1 1 1 01 01 001 001 001 Representa este nivel
las cuentas de movimiento en el catalogo, es decir la cuenta
cargable. Indica esta cuenta una clasificación del nivel
anterior. Por ejemplo de los Aglomerantes y Aglutinantes
ésta representa las Arenas (Cuenta de
Movimiento)

5 1 1 1 01 04 Indica los Costo Recibidos de los
Departamentos de

Servicios (Cuenta de Movimiento)

5 1 1 1 17 04 Indica los Costo Transferidos a los
Departamentos

Productivos (Cuenta de Movimiento)

5 1 1 2 Carga Fabril Aplicada

5 1 1 2 01 Carga Fabril Aplicada

5 1 1 2 01 01 Carga Fabril Aplicada

5 1 1 2 01 01 001 Carga Fabril
Aplicada

5 1 1 2 01 01 001 001 Carga Fabril Aplicada por
Departamento

5 1 1 2 01 01 001 001 001 Carga Fabril Aplicada
por Orden de Producción

(Cuenta de Movimiento)

5 1 1 3 Sobre o Subaplicación de la Carga
Fabril

5 1 1 3 01 Sobre o Subaplicación de la
Carga Fabril

5 1 1 3 01 01 Sobre o Subaplicación de la
Carga Fabril

5 1 1 3 01 01 001 Subaplicación de la
Carga Fabril (Cuenta de

Movimiento)

5 1 1 3 01 01 002 Sobreaplicación de la
Carga Fabril (Cuenta de

Movimiento)

Es preciso mencionar que para la mayor compresión
del funcionamiento del sistema se va a partir de la premisa que
la empresa va a iniciar un primer ejercicio económico o en
su defecto no presentará saldos iniciales en ninguna de
las cuentas de inventarios relativas a los costos.

Finalmente es preciso mencionar que en el funcionamiento
del sistema propuesto mediante los asientos no se presenta la
apertura del código de las cuentas distintas al
grupo

5 y a las cuentas reales de inventario, como por ejemplo
las otras cuentas de activos

(Banco) y cuentas de gastos (Sueldos, Contribuciones,
etc.) y de pasivos.

Normas de control
interno para la nómina

Las normas de control interno que se
citarán a continuación, representan la
garantía para la empresa, que los recursos monetarios
destinados a la administración de personal, están
siendo adecuadamente distribuidos.

Deben ser aprobadas por personas
autorizadas:

La contratación de
personal.

El salario a pagar.

Las deducciones que se realizarán en
nómina.

El expediente de cada trabajador debe
permanecer inaccesible para las personas que:

Horas extraordinarias y otros pagos
especiales.

Preparen la nómina.

Aprueban nómina.

Pagan la nómina.

Deben ser utilizados relojes marcadores u
otros medios que permitan controlar el tiempo de
trabajo.

En caso de trabajo a destajo, deben ser
establecidos controles, de forma que la producción del
trabajador pueda ser determinada.

Debe existir separación de
funciones:

Entre el personal que controla el tiempo
trabajado, elabora la nómina y paga la
nómina.

Entre el personal que contrata o despide y
el que elabora la nómina.

Las contrataciones o despidos deben ser
inmediatamente notificados al departamento de
nómina.

El tiempo a pagar a cada trabajador debe
ser aprobado por el jefe del departamento respectivo.

Los cálculos hechos en la
nómina deben ser revisados antes de pagar a los
trabajadores.

El pago de la nómina debe ser
aprobado por un funcionario responsable.

Cuando la nómina sea pagada con
cheque:

Debe existir una cuenta bancaria que se
utilice sólo con ese objetivo.

La cuenta bancaria de nómina debe
ser conciliada mensualmente por una persona diferente de la que
prepara la nómina y de la que paga.

La persona que realiza la
conciliación, debe recibir directamente el estado de
cuenta bancario.

Cuando la nómina se paga en
efectivo:

Debe hacerse un retiro del banco
exactamente por el neto a pagar.

Deben ser tomadas las medidas necesarias
para evitar el robo por parte de empleados o
extraños.

Cada trabajador, al recibir su
remuneración debe firmar un recibo en el que aparezcan
detallados los diferentes conceptos que han intervenido en el
cálculo.

El pago de la nómina debe ser
periódicamente supervisado por un funcionario
independiente del departamento de nómina.

Los sueldos no reclamados, deben ser
custodiados por una persona diferente a la que elabora la
nómina o hecho los pagos, y debe enviar una
relación de los mismos al departamento de
contabilidad.

Los sueldos no reclamados, deben ser
depositados en el banco después de un tiempo prudencial,
registrado el correspondiente pasivo por ese concepto.

El pago posterior de sueldos no reclamados,
debe ser aprobado por un funcionario diferente al que prepara la
nómina.

Los funcionarios que pagan la nómina
deben ser rotados periódicamente.

La distribución contable de la
nómina debe ser revisada por una persona que no pertenezca
al departamento de nómina.

DEDUCCIONES LEGALES POR
NOMINA.:

SSO: El objetivo de la seguridad social es la de
ofrecer protección a las personas que están en la
imposibilidad (temporal o permanente) de obtener un ingreso, o
que deben asumir responsabilidades financieras excepcionales,
puedan seguir satisfaciendo sus principales necesidades,
proporcionándoles, A tal efecto: Él término
puede usarse para hacer referencia a, entidad que administra los
fondos y otorga los diferentes beneficios que contempla la
Seguridad Social en función al reconocimiento a
contribuciones hechas a un esquema de seguro. Estos servicios o
beneficios incluyen típica mente la provisión de
pensiones de jubilación, seguro de incapacidad, pensiones
de viudez y orfandad, cuidados médicos y seguro de
desempleo.

Por otra parte, están sujetas al Seguro Social
Obligatorio las personas que prestan sus servicios en virtud de
un contrato o relación de trabajo, cualquiera que sea el
monto de su salario y tiempo de duración. No obstante, los
trabajadores domésticos, los temporeros y quienes ejecuten
trabajos ocasionales extraños a la empresa y actividad del
patrón, no quedarán sometidos al régimen del
Seguro Social Obligatorio, mientras el Ejecutivo Nacional no haya
establecido las medidas y condiciones bajo las cuales
estarán asegurados (ART. 3, ley del S.S.O.).

Calculo del S.S.O: se le descuenta al trabajador
el 4% o el 2% de su salario si es parcial calculado en base al
número de lunes que tiene un mes, hasta un límite
de 5 salarios minimos

Ley del Régimen Prestacional de
Empleo:

La presente Ley desarrolla el Régimen
Prestacional de Empleo establecido en la Ley Orgánica del
Sistema de Seguridad Social y tiene por objeto:

1. Regular la atención integral a las personas
integrantes de la fuerza de trabajo en situación de
desempleo, a través de la Red de Servicios de
Atención Integral a la Persona en Situación de
Desempleo.

2. Asegurar al trabajador y a la trabajadora dependiente
y cotizante al Régimen Prestacional de Empleo
una prestación dineraria, en caso de pérdida
involuntaria del empleo o de finalización del contrato
de

trabajo por tiempo u obra determinado, en los
términos que prevé esta Ley.

3. Asegurar al trabajador y a la trabajadora por cuenta
propia en forma individual o asociativa cotizarte al
Régimen Prestacional de Empleo, una prestación
dineraria en caso de pérdida de la
ocupación

productiva, en los términos que prevé esta
Ley.

4. Establecer la organización y funcionamiento
del Instituto Nacional de Empleo, y los mecanismos de
adopción e implementación de sus
políticas, programas y medidas especiales.

5. Favorecer la empleabilidad de la fuerza de trabajo,
para lograr su acceso a empleos y ocupaciones
productivas de calidad.

6. Contribuir para fomentar el empleo y la
ocupación productiva y promover el desarrollo local
en correspondencia con los planes de desarrollo
nacional.

7. Regular el funcionamiento de la Red de Servicios de
Atención Integral a la Persona en Situación
de Desempleo en torno a lo cual se articulan
órganos y entes de la administración pública
nacional, regional y local y organizaciones de
carácter privado, que participan en la
implementación de políticas y
programas de estímulo al empleo y la
ocupación productiva formulados por el Poder Ejecutivo
Nacional.

I.S.L.R:

Son aquellas personas naturales: asalariados con ingreso
anual superior a 1.000 UT (Bs. 90.000) y no asalariados con
ingresos brutos mayores a 1.500 UT (Bs. 135.000)

Todas las personas jurídicas

La Ley establece que sea hasta el 31 de marzo, pero como
este año es domingo se extiende hasta el lunes 01 de
abril

Por otra parte, Las personas naturales pueden cancelarlo
hasta en tres partes. La primera debe ser al momento de la
declaración, es decir, hasta el 01 de abril. Las otras dos
serían el 22 de abril y el 10 de mayo. Para cancelarlo en
partes debe indicarlo al sistema al momento de su
declaración.

Para declarar el islr por La vía
electrónica (a través de la página del
Senait) es obligatoria para aquellos cuya declaración no
arroje monto a pagar, funcionarios públicos y
contribuyentes especiales. Las personas naturales tiene la
opción de hacerlo manual o electrónica.

Ley de Regimen de Vivienda y Habitat.

Monografias.com

Inces:

Es un organismo autónomo con personalidad
jurídica y patrimonio propio, adscrito al Ministerio del
Poder Popular para la Economía Comunal, creado por Ley el
22 de Agosto de 1959 y reglamentado por Decreto el 11 de Marzo de
1960 bajo la denominación de Instituto Nacional de
Cooperación Educativa (INCE). En el 2003 de acuerdo con
Decreto publicado en la Gaceta Oficial Nº 37.809 de fecha 03
de Noviembre, se reforma el reglamento de la Ley del INCE, con la
finalidad de reorganizarlo y adecuarlo a los intereses del
país y al proceso de reconversión industrial,
proceso que enmarca posteriormente su concepción y
visión, dentro del ámbito de un socialismo abierto
y participativo.

Algunos objetivos los cuales son:

Incrementar los niveles de efectividad de la
gestión en la asignación y uso de los recursos
institucionales.

Coordinar lineamientos, acciones y recursos, a
través de acuerdos interinstitucionales para el desarrollo
de la formación y capacitación
productiva.

Vincular las acciones de formación y
capacitación integral a través de nuevos
diseños curriculares adaptados al Plan Estratégico
de Desarrollo Económico y Social de la
Nación.

Consolidar alianzas estratégicas nacionales e
internacionales para el intercambio de conocimientos,
experiencias y tecnologías que aseguren la
actualización y perfeccionamiento de los programas de
educación, formación y
capacitación

DEDUCCIONES CONTRAACTUALES:

SINDICATOS

Son asociaciones formadas para la defensa de intereses
económicos y políticos comunes a todos los
asociados. Se aplica esta denominación fundamentalmente a
las asociaciones profesionales, patronales y obreras.

POLIZAS HCM

Es un contrato, entre la persona que se denomina
Asegurado y una Compañía de Seguros, que le permite
al Asegurado disfrutar de cobertura de los gastos en que incurra
por concepto de hospitalización, cirugía,
tratamientos médicos y medicinas producto de accidentes
sufridos, enfermedades o maternidad.

CAJA DE AHORROS

Se entiende por caja de ahorro a las asociaciones
civiles sin fines de lucro, creadas, promovidas, y dirigidas por
sus asociados, destinadas a fomentar el ahorro, quienes reciben,
administran e invierten, los aportes acordados.

En origen, establecimiento, casi siempre
benéfico, destinado a recibir cantidades pequeñas
que vayan formando un capital a sus dueños, devengando
créditos a favor de los mismos. Es un intermediario
Financiero, similar a un Banco, que nace con la premisa de
cumplir una función social en una región
determinada donde tiene influencia física.

 

 

Autor:

José A. Rivas

Republica Bolivariana de Venezuela.

Ministerio para el poder popular para la
Educación.

Instituto Universitario Politécnico
Santiago Mariño

Valencia. Edo Carabobo.

Escuela: 47.

Prof.: Rafael Balza

Valencia, julio de 2013.

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