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Demanda de adopción (Estudio de caso – Perú)




    Demanda de adopciónMonografias.com

    Demanda de
    adopción

    Expediente :

    Secretario :

    Cuaderno : Principal

    Escrito : 01

    Sumilla : Demanda de
    Adopción

    SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE FAMILIA DE
    LIMA.

    CARLOS CABANILLAS QUIÑONES, con DNI N°
    25595041, con domicilio real en Jr. Gregorio Montes N° 575,
    Dpto. 303, Conjunto Habitacional Torres Limatambo, Distrito de
    San Borja, con domicilio procesal en Jr. Rímac N° 732
    Dpto. 101, Distrito de Comas, a usted respetuosamente
    digo:

    PETITORIO:

    Que en vía de PROCESO UNICO, recurro a su
    despacho para solicitar la ADOPCION de la menor RAUL
    CUEVAS GARCIA de (05) cinco años de edad,
    dirigiendo
    la demanda contra sus progenitores el señor RAUL CUEVAS
    MINA,
    con domicilio real en Av.Carabayllo N° 865 San
    Martin de Porras, a quien su despacho deberá emplazar y a
    la señora LUISA ENCARNACION GARCIA RIVAS, con
    domicilio real en Jr. Gregorio Montes , N° 575, Dpto. 303,
    Conjunto Habitacional Torres Limatambo, Distrito de San Borja ,
    con domicilio procesal en Jr. Rímac N° 732 Dpto. 101,
    Distrito de Comas , que interviene en la presente demanda para
    prestar su consentimiento y aceptación, a quien su
    despacho deberá emplazar.

    FUNDAMENTOS DE HECHO:

    • 1. Que con fecha 07 de Julio del 2008, producto
      de la relación sentimental entre la señora
      LUISA ENCARNACION GARCIA RIVAS y el señor
      RAUL CUEVAS MINA, procrearon a la menor RAUL CUEVAS
      GARCIA de (05) cinco años de edad
      .

    • 2. Que con fecha Julio del 2010 contraje
      matrimonio con la madre del menor señora LUISA
      ENCARNACION GARCIA RIVAS
      , con la intención
      recíproca y voluntaria de formalizar nuestra
      unión de hecho la cual venía dándose
      desde el año 2009, de cuya unión hemos pro
      creado a nuestro hija CARMEN ROSA CABANILLAS
      GARCIA.

    • 3. Que la menor RAUL CUEVAS GARCIA, es
      hija de mi esposa, y desde su nacimiento ha estado viviendo
      únicamente con su madre LUISA ENCARNACION GARCIA
      RIVAS
      y a partir de los dos años de edad, con el
      recurrente, como consecuencia en una relación
      sentimental y de convivencia con su madre, conformando de
      esta manera una familia; habiéndole brindado siempre
      el amor, cariño y protección que todo
      niño merece, sentimientos que afloraron naturalmente
      desde que la conocí y la tuve en mis
      brazos.

    • 4. Asimismo hago de conocimiento del juzgado
      que desde que el menor RAUL CUEVAS GARCIA tiene cinco
      de edad es el recurrente quien siempre ha corrido con los
      gastos de alimentación, educación, vestido,
      salud y cualquier otro que sea necesario afrontar y a pesar
      de ser su padre político siempre la he considerado
      como una hija y le he brindado el mismo cariño y
      protección que a mi otro hijo CARMEN ROSA
      CABANILLAS GARCIA
      de 02 años de edad, que hemos
      procreado en el matrimonio con su madre.

    • 5. Que hago conocimiento del Juzgado que el
      padre de la menor nunca ha mostrado interés por ella,
      desde su nacimiento y mucho menos se ha preocupado por
      cumplir con sus obligaciones de padre responsable; es
      así, que jamás ha recibido del padre, el apoyo
      económico que todo niño necesita para su
      subsistencia y tampoco el amor, cariño y
      protección que todo niño requiere para darle
      soporte emocional a su vida y un adecuado equilibrio
      psicológico, habiendo suplido con todo gusto estas
      necesidades el recurrente con todo el amor del
      mundo.

    • 6. Que la menor se siente plenamente
      identificada con el recurrente en la relación padre
      – hija inclusive, se hace llamar en el colegio con el
      apellido del suscrito; es así, que en sus
      exámenes escritos coloca como su nombre completo mi
      apellido ("CARLOS CABANILLAS QUIÑONES ")
      documento que adjunto como medio probatorio.

    • 7. Del mismo modo la menor constantemente pide
      a su madre y al suscrito que la ayudemos para no tener que
      llevar el apellido de su padre, ya que en el colegio ha
      tenido algunos incidentes por hacerse llamar con el apellido
      del recurrente, despertando la atención de sus
      profesores, quienes han visto9 la necesidad que la menor
      lleve una terapia psicológica, debido a que muestra
      una marcada tendencia de rechazo a su padre en la vida de la
      menor, a pesar de los constantes intentos de nuestra parte en
      buscar su acercamiento.

    • 8. Por las razones antes expuestas he decidido
      adoptarla, decisión con la que están plenamente
      de acuerdo el menor RAUL, además de contar con
      la aprobación de mi esposa y a la vez madre de la
      menor CARMEN ROSA CABANILLAS GARCIA, a quién
      también se deberá emplazar en la presente
      demanda.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO:

    Código del Niño y
    Adolescente.

    Artículo 128.- Excepciones.-En vía
    de excepción, podrán iniciar acción judicial
    de adopción ante el Juez especializado, inclusive sin que
    medie declaración de estado de abandono del niño o
    del adolescente, los peticionarios siguientes:

    • 1. El que posea vínculo matrimonial con
      el padre del niño o el adolescente por adoptar. En
      este caso el niño o adolescente mantienen los
      vínculos de filiación con el padre o madre
      biológicos.

    Código Civil

    Art. 378°.- Para la adopción se
    requiere:

    • Que el adoptante goce de solvencia moral.

    • Que la edad del adoptante sea por lo menos igual a
      la suma de la mayoridad y la del hijo por adoptar.

    • Que cuando el adoptante sea casado concurra con el
      asentamiento de su cónyuge.

    • Que el adoptado preste su asentamiento si es mayor
      de diez años.

    • Que asientan los padres del adoptado si están
      bajo su patria potestad o bajo su curatela.

    • Que se oiga al tutor o al curador del adoptado y a
      la consejo de familia si el adoptado es incapaz.

    • Que sea aprobado por el Juez.

    • Que si el adoptante es extranjero y el adoptado
      menor de edad, aquel ratifique personalmente ante el Juez su
      voluntad de adoptar. Se exceptúa de este requisito, si
      el menor se encuentra en el extranjero por motivo de
      salud.

    Art. 379°.- La adopción se tramita con
    arreglo a lo dispuesto en el Código Procesal Civil,
    Código del Niño y el Adolescente, la ley 26981, ley
    de procedimiento administrativos de menores de edad declarados
    judicialmente en abandono; ley 26662 de competencia
    notarial.

    Terminado el procedimiento el juez o funcionario
    competente de la Oficina de Adopciones oficiará al
    Registro del Estado Civil donde se inscribió el
    nacimiento, para que se extienda una nueva partida en
    sustitución de la original, en cuyo margen se
    anotará la adopción. En la nueva partida se
    consignará como declarantes a los padres adoptantes,
    quienes firmarán la partida. Queda prohibida toda
    mención respecto a la adopción bajo responsabilidad
    del registrador. La partida original conserva vigencia solo para
    efecto de los impedimentos matrimoniales.

    Art. 380°.- Irrevocabilidad de la
    Adopción.

    La adopción es irrevocable.

    Art. 381°.- La adopción como Acto
    Jurídico.

    La adopción no puede hacerse bajo modalidad
    alguna.

    Código Procesal Civil.

    Art. 424°.- Requisitos de la
    Demanda

    Inciso 4.- El nombre y dirección domiciliaria del
    demandado. Si se ignora esta última, se expresará
    esta circunstancia bajo juramento que se extenderá
    prestado con la presentación de la demanda.

    Y todas las normas concordantes y complementarias a las
    normas citadas.

    VIA PROCEDIMENTAL.

    La vía procedimental que le corresponde a la
    presente solicitud es la del PROCESO UNICO.

    MEDIOS PROBATORIOS:

    • 1. Copia legalizada del DNI del
      recurrente.

    • 2. Copia del DNI de la cónyuge del
      demandante.

    • 3. Partida de nacimiento de la menor
      Raúl Cuevas García.

    • 4. Partida de nacimiento del menor hijo del
      recurrente y la madre de la menor.

    • 5. Partida de matrimonio del recurrente con la
      madre de la menor.

    • 6. Certificado de Antecedentes
      Penales.

    • 7. Certificado de Antecedentes
      Policiales.

    • 8. Certificado de Antecedentes
      Judiciales.

    • 9. Certificado de Trabajo.

    • 10. Boletas de pago de los tres últimos
      meses.

    • 11. Exámenes escritos de la menor en al
      que escribe sus nombres y apellido, consignando el apellido
      del padre político.

    • 12. Documento informativo del colegio donde la
      menor identifica como padre al recurrente.

    • 13. Extracto de la agenda del menor donde
      consigna como padre al recurrente.

    • 14. Copia del carnet de la academia de
      natación de la menor, en la que se identifica con el
      apellido del recurrente.

    • 15. Certificado médico del terapeuta de
      la menor que acredita tener un marcado rechazo por su
      progenitor a consecuencia del desinterés de
      este.

    • 16. Carnet de padre de familia del colegio del
      menor en la que consta que el recurrente la representa como
      padre de los años 2008, 2009, 2010.

    • 17. Original del Boucher de pensión del
      colegio que asume el recurrente.

    • 18. Original de la boleta de pago de los
      talleres a los que asiste el menor que son asumidos por el
      recurrente.

    • 19. Copia de la boleta de pago de academia del
      menor, asumidos por el recurrente.

    • 20. Copia de la póliza de seguro de
      renta estudiantil de la menor, que es asumida por el
      recurrente.

    • 21. Original de tarjeta plástica de
      beneficiaria de seguro estudiantil del menor.

    • 22. Fotos familiares del recurrente, el menor,
      madre y hermana del menor, que muestran como el menor RAUL ha
      venido desarrollándose y creciendo desde los dos
      años de edad al lado del recurrente quien en todos los
      momentos trascendentales de la niña ha hecho las veces
      del progenitor de la menor, evidenciándose a todas
      luces tener una familia bien constituida y feliz, donde todos
      especialmente la menor se encuentra plenamente identificada
      con su padre político.

    • 23. Certificado Médico de Salud
      Mental.

    • 24. Certificado Médico de Salud
      Física.

    • 25. Declaración Jurada de Honorabilidad
      y solvencia moral.

    • 26. Pliego interrogatorio en sobre cerrado de
      declaración de parte.

    • 27. Pliego interrogatorio en sobre cerrado de
      declaración Testimonial.

    ANEXOS:

    1. a. Copia legalizada del DNI del
    recurrente.

    1. b. Copia del DNI de la cónyuge del
    demandante.

    1. c. Partida de nacimiento del menor
    Raúl.

    1. d. Partida de nacimiento de la menor hija del
    recurrente y la madre del menor.

    1. e. Partida de matrimonio del recurrente con la madre
    de la menor.

    1. f. Certificado de Antecedentes Penales.

    1. g. Certificado de Antecedentes Policiales.

    1. h. Certificado de Antecedentes Judiciales.

    1. i. Certificado de Trabajo.

    1. j Boletas de pago de los tres últimos
    meses.

    1. k. Exámenes escritos del menor en al que
    escribe sus nombres y apellido, consignando el apellido del padre
    político.

    1. l. Documento informativo del colegio donde el menor
    identifica como padre al recurrente.

    1. ll. Extracto de la agenda del menor donde consigna
    como padre al recurrente.

    1. m. Copia del carnet de la academia de natación
    del menor, en la que se identifica con el apellido del
    recurrente.

    1. o. Certificado médico del terapeuta de la
    menor que acredita tener un marcado rechazo por su progenitor a
    consecuencia del desinterés de este.

    1. p. Carnet de padre de familia del colegio del menor
    en la que consta que el recurrente la representa como padre de
    los años 2010, 2011, 2012.

    1. q. Original del Boucher de pensión del colegio
    que asume el recurrente.

    1. r. Original de la boleta de pago de los talleres a
    los que asiste la menor que son a sumidos por el
    recurrente.

    1. s. Copia de la boleta de pago de academia del menor,
    asumidos por el recurrente.

    1. t. Copia de la póliza de seguro de renta
    estudiantil del menor, que es asumida por el
    recurrente.

    1. u. Original de tarjeta plástica de
    beneficiaria de seguro estudiantil del menor.

    1. v. Fotos familiares del recurrente, el menor, madre y
    hermana del menor, que muestran como el menor RAUL ha venido
    desarrollándose y creciendo desde los dos años de
    edad al lado del recurrente quien en todos los momentos
    trascendentales del niño ha hecho las veces del progenitor
    del menor, evidenciándose a todas luces tener una familia
    bien constituida y feliz, donde todos especialmente la menor se
    encuentra plenamente identificado con su padre
    político.

    1. z. Certificado Médico de Salud
    Mental.

    2. a. Certificado Médico de Salud
    Física.

    2. b. Declaración Jurada de Honorabilidad y
    solvencia moral.

    2. c. Pliego interrogatorio en sobre cerrado de
    declaración de parte.

    2. d. Pliego interrogatorio en sobre cerrado de
    declaración Testimonial.

    2. e. Pliego interrogatorio en sobre cerrado de
    declaración Testimonial.

    POR LO TANTO:

    Señor Juez, solicito a usted acceder a mi
    solicitud por ser conforme a ley.

    Lima 30 de Marzo del 2012

    Carlos Cabanillas Quiñones – – – Luisa
    Encarnación García Rivas

     

     

    Autor:

    Carlos Manuel Cabanillas
    Quiñones

     

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