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Gerencia Pública Digerible (página 3)



Partes: 1, 2, 3

Durante la época del Estado Moderno se
presentó una confusión o identidad entre el Estado
y lo público. El hecho de que el organismo era el
único administrador y operador de los bienes y servicios
públicos, hizo que se asimilará el Estado a lo
público y con ello lo público se convirtió
en un sector institucional o sector administrativo,
generalizándose la dicotomía como sector
público y sector privado, siendo el primero lo
correspondiente al Estado y el segundo al que pertenece a los
particulares. Lo público era lo mismo del Estado y lo que
estaba por fuera era privado.

Pero en la nueva fase, en la era postindustrial, bajo la
impronta de la ideología de la postmodernidad y ya en el
imperio del Estado Social de Derecho, lo público es otra
cosa. Ahora lo público es lo de interés general que
nos compete a todos, independientemente de que el operador o
administrador sea una entidad del Estado o un organismo privado.
Es decir lo público es considerado en el objeto y no en el
sujeto, para este caso el Estado.

En esta nueva fase se observa un esfuerzo de muchos
pensadores para realizar una construcción teórica
en torno a lo público que distinga y separe lo que
tradicionalmente se había planteado en relación con
el Estado.

Hurtado Vera en el artículo titulado "La
enseñanza de lo público en la construcción
de sociedad en Colombia"[32], dice que "Lo
público es conceptualizado como un espacio de
aparición que permite que las obras y las palabras sean
mutuamente reconocidas por los actores y que la pluralidad,
constitutiva de la condición humana, se manifieste. Este
sentido aparece cada vez que los hombres se reúnen y se
revelan ante los demás. En un segundo sentido lo
público refiere al mundo en común, que al mismo
tiempo relaciona y separa y que proporciona el contexto
físico, el marco de referencia común y la
continuidad temporal al espacio de apariencias." lo cual citamos
para sustentar nuestra afirmación de que se han realizado
trabajos por construir nuevos conceptos relacionados con lo
público, diferentes a la identidad con el
Estado.

Otros intentos por conceptualizar lo público que
también citamos como ejemplo son:

"Ámbito de interés compartido por la
sociedad, de interés privilegiado, prioritario y
primordial, que por su índole requiere mayor
intervención del Estado sin que este se constituya en el
protagonista excluyente" (A. Neri)

"Conjunto de instancias para la deliberación
colectiva y para la adopción de decisiones que afectan la
colectividad en cuanto tal" (Gómez, 1996)

"Ámbito en el cual, a través de la
participación formalmente igualitaria de todos los
ciudadanos, se dirimen un conjunto de contenidos normativos:
alcances y límites de la acción estatal;
procedimientos, derechos y obligaciones relativos a la
participación de los ciudadanos en la formación de
la voluntad colectiva y de las normas vinculantes (leyes);
derechos y obligaciones respecto del disfrute de la propiedad,
los bienes y la vida privada," (Duhau y Girola, 1990).

"Es la participación política, el
ejercicio político de los ciudadanos, en sus más
diversas formas lo que funda y configura lo público"
(Sánchez-Parga, 1995)

En el texto de la Constitución Política de
Colombia promulgada en 1991, se cuentan aproximadamente 145 veces
la palabra "público", sin incluir los femeninos. El
término aparece en aproximadamente 92 artículos sin
contar los transitorios. El adjetivo "público"
acompaña los sustantivos: poder, servidor, tesoro, cargo,
organismo, servicio, interés, uso, documento, bien,
espacio, patrimonio, seguridad, salubridad, autoridad, tratado,
orden, ataque, establecimiento, ministerio, empleo, concurso,
recursos, crédito, administración, fondos, dineros,
fuerza, ente, asunto y gasto.

Se destacan los siguientes textos: en el Artículo
3, La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del
cual emana el poder público. En el Artículo 58,
cuando de la aplicación de una ley expedida por motivo de
utilidad pública o interés social, resultaren en
conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por
ella reconocida, el interés privado deberá ceder al
interés público o social y en el Artículo
123, los servidores públicos están al servicio del
Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la
forma prevista por la Constitución, la ley y el
reglamento, e igualmente que la ley determinará el
régimen aplicable a los particulares que temporalmente
desempeñen funciones públicas y regulará su
ejercicio. De dichas normas se deduce fácilmente que lo
público no es lo del Estado sino que emana del pueblo, que
corresponde al interés social y que los particulares
también podrán ejercer funciones
públicas.

Realmente no se encuentra con facilidad a autores que de
una manera directa hayan abordado la conceptualización
general de lo público. El término se utiliza
indistintamente sin que se precise un concepto unificado. En la
bibliografía se encuentra enfoques diferentes de modo que
sólo podríamos reiterar, que en esta fase de la
historia de la humanidad, lo público es lo de
interés general que nos compete a todos.

3.5. GENESIS DE LO PÚBLICO

Como se puede ver, la palabra público tiene
varias aplicaciones y en una mirada desprevenida, hasta se
produce confusión porque al escucharla no se sabe a
ciencia cierta de qué se está hablando. En todos
los casos la referencia es de tipo empírico, descriptivo,
superficial, aparente o externo, pero queda el interrogante sobre
¿qué hay detrás de ese objeto que se percibe
o se ve por fuera?

Las preguntas que surgen son entonces:
¿qué característica o especificidad tiene un
objeto, tangible o intangible, para que se le pueda catalogar
como público? Sabemos cuáles son los objetos
públicos, pero, ¿por qué son
públicos? Qué es lo que hace que algo sea
público? Cuál es la esencia de lo público?
Qué atributos tiene un fenómeno o un objeto que le
permite cumplir los requisitos para que se le llame
público? En resumen, cuál es la génesis de
lo público?

Para aproximarnos a la génesis del concepto de lo
público, conviene volver a mirar la época del
comunismo primitivo, cuando la especie humana era nómada,
subsistía recolectando frutos de los árboles, se
cubría el cuerpo con pieles de animales que cazaba y
residía transitoriamente en cavernas. El razonamiento
estaba aún en fases rudimentarias por lo que el instinto
derivado de la ley natural, era el factor determinante de la
conducta humana.

Por mandato de la ley de la naturaleza, todos los seres
vivos crean y mantienen los instrumentos que garantizan la
conservación de la especie sobre la tierra, de modo que la
especie del homo sapiens, siguiendo la misma norma,
también motivada por los impulsos innatos creó y
desarrolló los mecanismos para que se conservara,
razón por la cual todavía existe. Entre estos
mecanismos están la reproducción biológica,
el instinto de conservación, el sistema económico y
la conformación de grupos de individuos de la misma
especie como las manadas o las jaurías y las
hordas.

Los individuos de las especies vivas, por mandato del
instinto, tienden a agruparse entre iguales para que, juntos, les
quede más fácil protegerse y defenderse de otros
individuos o fenómenos que les pueden afectar. Estando
agrupados, surgen necesidades comunes que pueden atender de
manera conjunta utilizando los mismos medios para todos. Por lo
tanto, para comprender el nacimiento de lo público es
necesario tener en cuenta la ley de la naturaleza, el instituto y
la imposibilidad de mantener viva una especie animal si los
individuos viven aislados. Fue la necesidad de
conservación de la especie y las ventajas de la
unión entre semejantes para este fin, lo que dio origen a
los bienes y servicios compartidos por la utilidad común y
el beneficio colectivo.

LAS IDEAS DE LOS CLASICOS

En la segunda mitad del siglo XVIII y la primera del
siglo XIX encontramos la importancia nuevamente de la ley natural
en aspectos sociales, económicos y políticos. Smith
y Ricardo y posteriormente Marx, señalan temas de
reflexión que le dieron solidez al concepto moderno de lo
público, pero sobre todo mostraron el camino para entender
el origen del concepto, como también lo hicieron varios
filósofos de la época, sin adentrarse en los temas
económicos. El pensamiento de aquella época
había roto radicalmente con las ideas escolásticas
y canonistas e igualmente con las teorías mercantilistas,
pero habían profundizado las creencias sobre el papel de
la naturaleza y le habían asignado importante rol a la ley
natural.

Si lo que mueve a la especie humana, como a todas las
especies vivientes, es su propia subsistencia o
conservación, es aquí, en las leyes de la
naturaleza, donde se encuentran los soportes para identificar los
factores que definen el "interés general". Son los
factores inherentes a la especie, creados por la ley de la
naturaleza, los que demarcan la igualdad o crean la homogeneidad
que hacen semejantes a todos los individuos de la especie. No
importan las diferencias de etnia, ni de género, ni de
estrato social, ni de riqueza, ni de cultura; independientemente
de todas estas diferencias, están los factores que hacen
que todos los individuos de la especie tengan "sangre roja" y
estos factores, son los que determinan lo que es de
interés general.

De estas deducciones derivadas del pensamiento
clásico se extrae la respuesta a uno de los interrogantes
más importantes sobre lo público: Descriptivamente
o empíricamente ya sabemos qué es lo
público. Ya sabemos que lo público es lo de
interés general; ya sabemos que es el antagonista de lo
privado o lo que se puede publicar y que está a la vista
de todos. Pero no sabíamos el porqué de esos
atributos. Por qué ese objeto tangible o intangible tiene
esa característica? Por qué, precisamente, lo que
llamamos público, es público?

Del pensamiento clásico pero sobre todo del
método marxista, se desprende fácilmente que lo de
interés general, lo que compete a todos los individuos de
la especie sin distingo alguno, es decir, lo que es
público, es todo aquello que se desprende de la ley
natural. Así mismo, que lo publicable o publicitable y que
está a luz de todos, es lo que tiene parentesco con la ley
natural. Es decir, los acercamientos con la naturaleza y sus
leyes dan la clave para entender la esencia o el génesis
de lo público.

Por supuesto, la anterior consideración deja
otros interrogantes sobre asuntos u objetos que hoy no son
catalogados como públicos, siendo que tienen
relación directa con la ley natural; y viceversa, objetos
que aparentemente no tienen relación con la ley natural y
sin embargo son públicos. Por ejemplo, la educación
y el transporte son asuntos públicos; pero, cuál es
su relación con la ley natural? De la misma manera, la
alimentación tiene estrecha relación con la ley
natural, en tanto el hambre que se produce así la persona
no lo quiera, es resultado del instinto; no obstante, la
alimentación no se cataloga como asunto público y
en el mercado, la producción, distribución y
consumo se maneja con el paradigma privado, aunque la seguridad
alimentaria es objeto de política
pública.

Cuando se habla de la ley natural, inmediatamente se
invoca las necesidades humanas, entendidas estas como los
requerimientos que el ser biológico presenta para
conservar viva la especie; y la economía se concibe como
el mecanismo que el conjunto de la especie ha establecido para
generar los medios de satisfacer dichas necesidades. De este
modo, lo público tiene relación con las necesidades
naturales de la humanidad.

Si lo público tiene relación con las
necesidades humanas, la vinculación entre la ley natural y
lo público puede también ser diversa, según
la clase de necesidad y según el grado de
vinculación ya sea directo o indirecto. Por eso a simple
vista y de manera desprevenida, en ocasiones no se percibe la
relación entre lo público y la naturaleza. Por
ejemplo, la alimentación es un bien que satisface una
necesidad de origen natural, que hace funcionar los
órganos por lo tanto atiende necesidades
fisiológicas y atiende las mínimas necesidades
subsistencia humana. Mientras que la educación es de
origen cultural, armoniza con las necesidades psicológicas
y permite la dignificación humana si el nivel es
más alto; pero dadas las condiciones del sistema
capitalista, la educación se convierte en un recurso
indispensable para la mínima subsistencia humana y sin
ella satisfacer las necesidades naturales y fisiológicas
es mucho más difícil. Si bien la
alimentación es privada, la Seguridad Alimentaria de la
comunidad es objeto de las políticas públicas y de
programas gubernamentales como es el caso de los restaurantes
escolares.

En esa línea podemos afirmar entonces que hoy
existen temas o asuntos que deberían estar dentro del
paradigma público pero que se encuentran total o
parcialmente dentro del paradigma privado, como la
satisfacción de las necesidades de alimentación,
vestuario, vivienda, recreación, comunicación, que
sólo parcialmente se incluyen dentro de las
políticas públicas.

Lo único que puede ser igual para todos y que
puede ser de interés general, es lo que todos tienen en
común. Lo que todos tienen en común son las
especificidades inherentes a la especie biológica
determinadas por la ley de la naturaleza, ya sea que tengan
relación directa o que la relación sea indirecta.
El aire, el agua, el paisaje son públicos; el espacio
urbano y la movilidad tienen relación con la necesidad
natural de buscar los medios de subsistencia y de integrarse
entre los individuos de la misma especie, lo mismo que la
comunicación. La salud está estrechamente
relacionada con la ley natural y la protección en general,
tanto la que se logra con la seguridad social como la que se
logra con la seguridad pública, son bienes que satisfacen
requerimientos establecidos por la ley de la
naturaleza.

La pregunta obligada es entonces: por qué lo del
Estado es público? Qué tiene que ver el Estado con
la ley de la naturaleza?

Recordemos que el Estado Moderno nace en la segunda
mitad del Siglo XVII, cuando se aceptó el fundamento que
el poder viene del pueblo, para sustituir el fundamento que el
poder viene de Dios. Recordemos también que en el Estado
Feudal, donde el poder viene de Dios, era el monarca,
príncipe o rey, quien se encargaba de sostener a la clase
social menos favorecida, o los pobres, que no eran libres porque
pertenecían, como los árboles, a la tierra o feudo
donde estaban ubicados. Su sostenimiento por lo tanto estaba a
cargo del propietario de esa tierra donde estaban
ubicados.

Pero cuando las relaciones sociales de producción
cambiaron y la clase pobre pasó a ser libre de la
servidumbre y ya no pertenecía a la tierra, quién
la iba a sostener? O quién se va a encargar de manejar los
bienes libres de la naturaleza, si ya el poder no viene de Dios?
El Estado Moderno entra a suplir un vacío que se genera
con las nuevas condiciones de la propiedad, la producción
y la libertad de los siervos que se convierten en trabajadores
asalariados.

Los alemanes a finales del siglo XIX y comienzos del
siglo XX nos muestran con precisión el papel del Estado
frente a lo social cuando proponen para la humanidad el Estado
Social.

 

 

Autor:

Miguel Ángel Cerón
Hurtado

Entidad: ESAP Territorial Valle

 

[1] John Maynard Keynes y Frederick Von
Hayek. El primero, economista inglés cuya obra principal
es “Teoría General del Empleo, el Interés y
el Dinero” a quien le considera el creador de la
macroeconomía y a su teoría la Doctrina
Keynesiana. El segundo, economista austriaco considerado el
padre del neoliberalismo, exponente de la Escuela Austriaca que
retoma los principios clásicos del libre mercado y
formula proposiciones actualizadas a la realidad de los
años treinta.

[2] Adam Smith y David Ricardo. El primero,
autos de la obra “La Riqueza de las Naciones” es
uno de los pensadores clásicos de la economía. El
segundo, también de los economistas clásicos,
hizo grandes contribuciones a la teoría del valor y al
análisis de la renta de la tierra.

[3] VASQUEZ, Edgar. La Economía
Clásica. Ediciones Prensa Colombiana. Cali, 1992

[4] HAMMER, Michael & CHAMPY, James.-
Reingeniería.- Editorial Norma. Bogotá, 1994.
Pag. 1

[5] CERON, Miguel.- La Gerencia Social
Municipal. Publicaciones ESAP. Popayán, 2001. Pag.
12.

[6] BARAN, Paul.- La Economía
Política del Crecimiento. Fondo de Cultura
Económica. México, 1975. Pag. 73.

[7] Dice esta teoría
sociológica que los avances tecnológicos son
pasos adelante que dan las fuerzas productivas, las cuales
arrastran cambios en las instancias económica,
ideológica y política de la formación
social.

[8] Historia de los Fondos Mutuos de
Inversión. www.Wikipedia.org

[9] MENDEZ Beltran, Thanya Patricia.
Análisis estructural de la Teoría del Estado.
www.monografias.com

[10] ALTHUSSER, Louis. Ideología y
aparatos ideológicos del estado. Oveja Negra Editores.
Bogotá, 1970

[11] MENDEZ. Ibidem

[12] www.wikipedia.com

[13] SAMUELSON, Paul. Curso de
Economía Moderna. Ediciones Aguilar. Madrid, 1969

[14] www.correntroig.org. Corriente Roja es
un movimiento político con sede en Cataluña
España.

[15] www.wikipedia.com

[16] LIPPMAN, Walter. Periodista
norteamericano. The Good Society.www.wikipedia.com

[17] DAVALOS, Pablo. El proyecto
político de la Sociedad del Monte Peregrino.
www.desdeabajo.info.com

[18] Tomado de BONEAU, Denis. Friedrich von
Hayek, el padre del neoliberalismo. Artículo publicado
en www.voltairenet.org

[19] El Contexto Internacional de la
Constitución Política de Colombia. Melina
Cerón Ramírez. Universidad Libre Seccional de
Cali. Facultad de Derecho. Cali, octubre de 2009

[20] TOWNSON, Duncan. “Breve Historia
de Inglaterra”. Alianza Editorial. Madrid, 2004.

[21] William Gladstone: Durante el reinado de
Victoria este político liberal ocupó el cargo de
Primer Ministro entre 1868 y 1874. Benjamin Disraelí:
Este Ministro fue el favorito de la reina Victoria, quien le
concedió el título de Conde. Aunque Gladstone y
Disrelí pertenecían a partidos opuestos y
compitieron por el cargo de Ministro, ambos impulsaron la
política expansionista británica.

[22] www.memo.com.co/historia. Vía
Internet

[23] TIRADO Mejía, Álvaro.
“Introducción a la Historia Económica de
Colombia”. Universidad Nacional. Bogotá, 1971

[24] Biblioteca Luis Angel Arango. Biblioteca
Virtual. Anuario Colombiano de Historia

[25] ROLL, Eric. Historia de las doctrinas
económicas. Fondo de Cultura Económica.
México, 1994

[26] TRELLEZ, Gustavo. Burocracia-Max Weber.
www.Monografias.com

[27] VILLAR Borda, Luis. Estado de Derecho y
Estado Social de Derecho. Revista Derecho del Estado N° 20.
Diciembre de 2007. Universidad Externado de Colombia.

[28] www.wikipedia.com

[29] SAAVEDRA, Modesto. Revista Derechos y
Libertades Nº 5. Universidad de Granada.
España.

[30] MARX, Carlos y HOBSBAWN, Eric.
Formaciones económicas precapitalistas. Siglo XXI
Editores. Bogotá, 2004.

[31] La filosofía de Kant y la
teoría política kantiana. www.webdianoia.com.
VIQUEZ, Daniel. Kant. www.monografias.com

[32] GUIDO GERMAN HURTADO VERA, "La
enseñanza de lo público en la construcción
de sociedad colombiana" Revista Cibionte ISSN: 1794-7316 ed:
Universidad Autónoma de Occidente. Cali, 2005.

Partes: 1, 2, 3
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