Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

El sentido del derecho



  1. Introducción
  2. El saber
    jurídico
  3. La realidad
    jurídica
  4. El derecho y la
    justicia
  5. La lesión
    del derecho

Introducción:

Durante la experiencia de la Docencia Universitaria, al
asistir diferentes asignaturas de Derecho, como Docente
Universitario Contratado por Invitación en la propia
Escuela Académico Profesional de Derecho, aprobada
?aún por ahora por el Consejo Universitario ya como
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas?, pendiente de la
aprobación de los otros estamentos universitarios y
autoridades del quehacer Universitario; he podido concluir que,
que imagino muchos de nuestros colegas arribarán a lo
expuesto. En tal sentido, afirmamos que hay tres términos
claves en el Derecho, peculiarmente muy usados: ius
(derecho), iustum (lo justo), y, iustitia
(justicia), las que mantienen una estrecha relación. Sin
embargo, ha llamado la atención de los especialistas el
hecho de que la palabra latina para designar la nuestra de
derecho es ius, a pesar que no mantienen relaciones
semánticas. En cambio, todas las expresiones derivadas y
relacionadas con lo jurídico no proceden de la voz
derecho sino de ius, a sabe: juez,
jurisdicción, jurídico, justicia, jurisprudencia,
juicio, etc; y llenaríamos unos cuantos y tantos renglones
más para seguir con una lista de expresiones que derivan
de la voz latina ius para indicar o relacionarlo con el
derecho.

Así, jurista viene de ius (derecho), es el
que se dedica al ius, el que sabe apreciar el derecho, el que
dice lo que es el derecho. El jurista por excelencia es el
"juez"?en términos metafóricos y con grandes
sueños de que se haga realidad algún día su
exacta significación gramatical (salvo raras
excepciones)?, el que cultiva la justicia, posee la
sabiduría de lo correcto y lo justo, el que descierne
sobre lo lícito y lo ilícito. En suma, lo justo
(iustum) es cumplido por el nombre justo.

Existen también los juristas académicos o
expertos académicos dedicados a la investigación
teórica del derecho como labor complementaria de la praxis
jurídica que es el mundo del derecho propiamente
hablando.

Por consiguiente, la justicia (iustita) es la
virtud que acompaña al hombre justo, que consiste en
cumplir el derecho, pues la justicia tiene por objeto el
ius o derecho.

El saber
jurídico:

El conocimiento jurídico no es una saber
meramente teorético o especulativo, sino fundamentalmente
práctico. Los saberes especulativos se enfrentan a su
objeto parea captar su esencia y hacerlos inteligibles. Los
saberes prácticos son pragmáticos, buscan el
conocimiento en función de la acción, de la
conducta y de la actividad humana están en la línea
de la vida y sus quehaceres.

No se trata de saberes excluyentes o de dos facultades,
sino de dos maneras de hacerse cargo del objeto con dinamismo
intelectuales distintos, dos modos de examinar lo real
jurídico pero pertenecientes a una misma facultad o
entendimiento humano. El saber práctico es un conocimiento
de obrar y el saber especulativo lo es del fundamento y del
sentido.

La realidad
jurídica:

El mundo del derecho se desarrolla en el ámbito
de las relaciones sociales, es una praxis: realización del
derecho, el mundo del cumplimiento y aplicación de las
leyes. La vida jurídica es la vida del foro*, el mundo del
derecho, la actividad forense y judicial, cuyo espacio central
está ocupado por la actividad del juez, que es el jurista
por eminencia.

La realidad jurídica no es una idea o
abstracción, sino un espacio vital de la realidad humana,
con una variedad de oficios, como el del juez, del abogado, de
los letrados, notarios, etc.

El orden jurídico, es aquel del cumplimiento o
satisfacción del derecho, que en su conjunto aparece como
un universo de relaciones jurídicas regladas por la norma,
en la dimensión de justicia. No es un orden del poder sino
de la justicia.

El Derecho y la
Justicia:

En este apartado resumiremos brevemente algunas tesis
del realismo jurídico clásico que en su rico
historial de más de 20 siglos nos ofrece una de las
explicaciones más completas del derecho y de la ciencia
jurídica, pues mientras muchas filosofías
jurídicas y sistema puros del derecho han sido
rápidamente olvidadas, aquellas se mantienen
vigorosas.

La definición más común y sencilla
de justicia consiste en "dar a cada uno lo suyo", su derecho, es
decir, lo justo. Este concepto ha estado presente en la
tradición occidental y en su modestia está su
grandeza, pues cualquier teoría sobre la justicia ?sea
jurídica, política o social?, no se puede dejar de
reconocer como verdadero el hecho de que los hombres ?en mayor o
menor grado?, de manera permanente manifiestan su voluntad de
cada uno lo suyo y a esto se le ha calificado con la palabra
justicia. Esto no es una mera teoría sino un hecho
concreto.

En muchas concepciones modernas sobre el derecho, se ha
ido perdiendo la relación original de la justicia y el
derecho, la justicia ha venido a significar algo confuso,
ilusorio, inalcanzable ?algunas veces?, a tal punto que ilustres
como Hans Kelsen le han eliminado de la noción de derecho.
Para los neopositivistas decir que el derecho busca la justicia
es una frase sin sentido porque el vocablo justicia no es un dato
empírico y observable.

Por lo expuesto, hay que abandonar la perspectiva del
ideal inalcanzable, una visión estelar de la justicia como
meta infinita, pues la justicia no está en las estrellas,
es algo que es de aquí y ahora, está en nuestra
esfera inmediata y hay que decirlo aquí y ahora, que es lo
que compete al derecho.

Concluyendo, los rasgos esenciales de la justicia son:
a) que el ideal de la justicia es el cumplimiento y
satisfacción del derecho, sigue al derecho; b) sin derecho
preexistente, ni no existe el derecho, es imposible que se de el
acto justo; c) el derecho es primero y en razón de
él la justicia; d) la justicia se refiere siempre a
derechos concretos existentes.

En cuanto al derecho hay tres cosas de las que se ha
dicho que son de derecho en sentido estricto, a saber: a) la cosa
debida; b) el derecho subjetivo; y, c) la ley.

La cosa debida es la que debe darse, es una deuda, es la
cosa debida al titular, lo que se debe respetar, entregar; el
derecho subjetivo como facultad moral es la potestad de una
persona en hacer, de omitir o de exigir por el titular del
derecho subjetivo. En cuanto a la ley, el normativismo
jurídico se equivoca cuando la considera como objeto del
derecho. La ley es derecho, es parte de la realidad
jurídica, pero no es el derecho. El error del normativismo
es confundir el orden jurídico (cumplimiento de la
justicia) con el orden político (ordenamiento de la
sociedad mediante leyes). El oficio del jurista o juez no se
agota en la interpretación de la ley, sino sería
ésta una función política pues se interpreta
la ley no en bien del bien político sino en función
de la justicia, para determinar lo justo, sea legal, distributivo
o correctivo–conmutativo.

La lesión
del Derecho:

Una conducta contraria al derecho (lesión o
quebrantamiento) es una acción antijurídica, e
incurre en ella quien infringe el deber jurídico que le
toca asumir o quien por su actuación es sancionado
desfavorablemente por el sistema legal. Lo contrario al derecho
(lo justo), es lo injusto, o negación de la
justicia.

Según Hervada, la fórmula de la
acción injusta consiste en "lesionar el derecho de una
persona". La lesión consiste en una acción u
omisión violatoria de un derecho; para que haya injusticia
es necesario que el derecho esté preconstituido, que
exista un derecho en sentido propio. Y que haya una persona
singular que haya sido objeto de violación de un derecho
suyo.

La acción antijurídica por tanto tiene que
causar una efectiva lesión del derecho ajeno, tiene que
hacer un nexo causal entre el acto y la lesión del derecho
ajeno y por último, el acto lesivo tiene que ser
voluntario y libre, porque si no lo es puede haber hecho
dañoso sin configurarse una lesión del
derecho.

Se ha dicho que el camino de la justicia es angosto pero
no hay otra vía para el derecho que transitar por ese
angosto camino, pues todo el saber jurídico del mundo y
nuestros mejores esfuerzos racionales serán poca cosa si
perdemos fe en el Derecho y en la Justicia. Si sus cultores no
son capaces de de comprender su vinculación
ontológica con la existencia y coexistencia
humanas.

…A mis dos grandes amigos y maestros, Drs.
Pedro Cerdán Urbina y Pedro Donaires Sánchez
,
de quienes aprendí que el derecho no sólo es una
profesión para ser usada en los pasillos de una Corte de
Justicia; sino, también en otros quehaceres de la vida
diaria, entre tantas, que una de ellas cultivamos la asistencia
social a través de "FUNDEBIF", LA DOCENCIA
UNIVERSITARIA
; y a través de ellos, a la familia
jurídica de la U.N.C. Gracias amigos, por todo el apoyo
incondicional que me brindaron; que Dios los
bendiga!…

 

 

Autor:

Dr. Luis Alberto Navarrete
Obando

Abogado; Doctor en "Filosofía y
Humanidades", por la Universidad "La Salle",
Barcelona-España; Doctor "Investigación
Universitaria", por la Universidad de La Habana-Cuba; Doctor en
"Ciencias de la Educación Superior y Universitaria", por
la Universidad de Sao Paulo – Brasil; Escritor, Escritor,
Ensayista, y Poeta; Miembro Numerario de la "Sociedad
Latinoamericana Iusfilosófica"; Miembro Numerario de la
"Sociedad de Leyes del Perú"; incorporado como "Honorarium
Member" por la Federal Association of Lawyers of Los Angeles
(EE.UU.); Catedrático Principal en la Escuela de Post
Grado de la Universidad Nacional de Cajamarca; Colaborador en el
Área de Investigaciones de la Universidad Nacional de
Cajamarca; Catedrático invitado de la Escuela de Post
Grado de la Universidad Nacional de Trujillo; Condecorado como
"Doctor Honoris Causa" por la Universidad Nacional de Trujillo
(La Libertad-Perú); Condecorado como "Doctor Honoris
Causa" por la Universidad Nacional Autónoma de
México – UNAM – D.F. México; Ex –
Catedrático de la Facultad de Derecho y Ciencias
Políticas de la Universidad Privada "Antonio Guillermo
Urrelo" (Cajamarca-Perú); Ex – Catedrático de la
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad
Privada "San Pedro" (Cajamarca-Perú); el autor del
presente trabajo de investigación se desempeña en
el dictado de las materias académicas de
"Epistemología de las Ciencias Jurídicas" [el autor
del presente trabajo es creador de esta materia jurídica,
reconocido por la "Scuola della destra dell'università di
Milano" (Milán-Italia)], "Filosofía del Derecho",
"Sociología Jurídica", "Antropología
Jurídica", "Deontología Jurídica y
Práctica Forense", "Investigación
Científica", e "Investigación Jurídica" en
las Universidades antes mencionadas; colaborador de las Revistas
Virtuales http://www.rie[arroba]oei.uh.cu, https://www.monografias.com,
http://www.derechoycambiosocial.com,
http://www.derechoypolítica[arroba]groups.msn.com; y otras;
colaborador en la elaboración del "Diccionario
Histórico Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación de México" y en el "Anuario de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación" de dicho país;
colaborador en el "Anuario" (Revista anual) de la Universidad
Nacional Autónoma de México D.F.
(UNAM-México); colaborador en la Revista Anual de la
Universidad de Milán (Italia); colaborador en la Revista
de edición mensual de la Universidad de Barcelona
(España); colaborador en la Revista de edición
mensual de la Universidad de Madrid (España); colaborador
en diferentes Diarios y Revistas especializadas en su país
(Perú); Director de la "FUNDACIÓN PARA EL
DESARROLLO Y BIENESTAR FAMILIAR" – FUNDEBIF,
http://www.fundebif.org.com.pe; Gerente General del ESTUDIO
JURÍDICO CONTABLE: NAVARRETE & OBANDO –
ASESORES, CONSULTORES & ANALISTAS

Monografias.com

Monografias.com

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter