Sintesis Sobre Los Requisitos Formales (Encabezamiento, Contenido, Tamaño Del Papel, Tamaño Y Color De La Letra, Medida De Los Margenes, Etc.) Que DeBE Tener Un Escrito Judicial En Su Provincia Según Normas Y La Costumbre.)

1343 palabras 6 páginas
ACTIVIDAD PRACTICA N° II: ELABORAR UNA SINTESIS SOBRE LOS REQUISITOS FORMALES (ENCABEZAMIENTO, CONTENIDO, TAMAÑO DEL PAPEL, TAMAÑO Y COLOR DE LA LETRA, MEDIDA DE LOS MARGENES, ETC.) QUE DEBE TENER UN ESCRITO JUDICIAL EN SU PROVINCIA SEGÚN NORMAS Y LA COSTUMBRE.) INDICAR CUALES SON LAS NORMAS QUE RIGEN EL TEMA EN CADA CASO (NO AGREGAR LEYES).-

INTRODUCCION:
En la provincia de Entre Ríos, el 24 de Julio de 2007 es publicado en el Boletín Oficial el Nuevo Texto Reformado del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia, Ley 9.776, vigente a partir de los 180 días de su publicación.- A raíz, de ello el Superior Tribunal de Justicia, en virtud de lo dispuesto en el art. 819 del nuevo Código de dictar dentro de los sesenta días de
…ver más…

Individualización de las partes:
a) En los juicios contenciosos se debe consignar, en primer término, el apellido de la parte actora, seguido de su nombre. A continuación el apellido y nombre de la demandada.
b) Cuando actúe más de una persona por alguna o ambas partes, figurará en la carátula la primera designada en el escrito de inicio, con el agregado "... y otro" o "...y otros".
c) Cuando sea parte una mujer casada y en el escrito promocional se consigne el apellido del marido, la carátula se individualizará con el apellido de soltera seguido del apellido del esposo precedido de la preposición "de" y luego el nombre.
d) Si las partes del juicio fueren incapaces se asentarán sus nombres, prescindiendo del de sus representantes necesarios. A los fines de garantizar la reserva establecida en el artículo 3.9 del Reglamento, deberán eliminarse los nombres de los incapaces de las diligencias que se ordenen y de las copias que se den a publicidad. (Supuesto de consulta de expedientes se exceptúa a cualquier abogado, escribano o procurador, aunque no intervenga en el juicio, siempre que justifique su calidad de tal cuando no fuese conocida y a los periodistas con motivo del fallo definitivo de la causa, siempre que se refiera a cuestiones de familia o por reserva expresa)
e) En los trámites sucesorios y voluntarios se observarán, en lo aplicable, las reglas precedentes. En caso de acumulación de juicios sucesorios de varios causantes, deberá consignarse en la

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