Auditoria integral a la terminal de transportes (página 7)
3.5.2.18. Hallazgo administrativo
El Acta de Recibo Final de Obra es suscrita en un formato que no presenta
el Logo ni un formato estandarizado de la Terminal de Transporte. Igualmente,
además de esta acta de recibo final de obra, se suscriben otras tres
(3) actas de recibo final relativas a los temas 1. Hidrosanitario, Red Contra
incendio y Gas Natural, 2. Eléctrica, y 3. Ventilación Mecánica.
3.5.2.19. Hallazgo administrativo
En los Pliegos de Condiciones ni en el Contrato 80 de 2006, se establecieron
las condiciones y requisitos para la suscripción de las actas tanto
de Terminación como de Recibo Final.
Lo anterior generó, entre otras causas, el que se hubieran suscrito
dos actas de terminación y que hubiesen cuatro (4) actas de recibo
final sobre diferentes temáticas para el mismo contrato.
3.5.2.20. Hallazgo administrativo
Falta de atención y cuidado por parte de la entidad en la elaboración,
revisión y aprobación de los diferentes procesos y procedimientos
observados en el trámite del Memorando Interventoría Código
GCC-415, elaborado el 22 de junio de 2007, cuyo asunto es Supervisor
contrato TT-79-2006, donde el Gerente General de la entidad le comunica
al Director del Proyecto Terminal Satélite del Sur que queda nombrado
como supervisor del contrato entre la Terminal de Transporte S.A. y PAYC S.A.
relacionando como objeto el siguiente: realizar el suministro, instalación
y puesta en marcha de Ascensores y Rampa Eléctrica para la primera
etapa de la Terminal Satélite del Sur en Bogotá D.C., de acuerdo
con la descripción, especificaciones y demás condiciones establecidas
en los numerales 1.22.1 y 1.22.3 de los Pliegos de Condiciones de la Licitación
Pública TT-LP-01-2007.; sin embargo, este objeto contractual corresponde
al del Contrato TT-40-2007 suscrito con la firma Internacional Elevador INC.
Así mismo, el formato anteriormente mencionado, carece de las
firmas que lo debían soportar para su posterior suscripción
por parte del Gerente General, como son la de elaboración, revisión
y aprobación.
3.5.3. HALLAZGOS DONDE SE ACEPTÓ LA RESPUESTA DE LA ENTIDAD
En el siguiente Cuadro, se presenta un resumen de los hallazgos administrativos
de los cuáles el numeral 3.5.1.35 presentaba presunta incidencia fiscal–
(numeración presentada en el Informe Preliminar de Auditoria), los
cuales una vez evaluadas la respuestas dada por la administración con
sus respectivos soportes, fueron aceptadas por el ente de control.
CUADRO No. 21
HALLAZGOS DONDE SE ACEPTÓ LA RESPUESTA DE LA
ENTIDAD
RESUMEN HALLAZGO | CAUSA DE DECAIMIENTO |
3.5.1.10 El Formato de Respuestas a Audiencia de Aclaraciones, | Se acepta la respuesta de la administración por cuanto |
3.5.1.11 La entidad no verificó los antecedentes de responsabilidad | Se acepta la respuesta de la administración:"…la |
3.5.1.12 La Terminal de Transporte S.A. no realizó los | Se acepta la respuesta de la administración: "La |
3.5.1.14 La entidad no confirmó lo dispuesto en el numeral La firma CONCONCRETO S.A. mediante oficio con radicado No.2006ER4213 | Lo presentado en este hallazgo está contemplado como uno |
3.5.1.15 La entidad excluyó, sin que mediara observación La asistencia es obligatoria, y su inobservancia e inasistencia El Adendo No. 2 de la Licitación Pública TT-LP-01-2006 | Se acepta la respuesta de la administración: "Verificadas |
3.5.1.16 Se observa que al momento de la Audiencia Aclaratoria | Se acepta la respuesta de la entidad y lo presentado en el anexo |
3.5.1.18 La entidad injustificadamente excluyó una condición | Se acepta la respuesta de la entidad: "…la Terminal, |
3.5.1.19 La entidad no se inscribió oportunamente al Sistema | Se acepta la respuesta de la entidad. |
3.5.1.20 La entidad incumple del Decreto 3512 de 2003, Artículo | Se acepta la respuesta de la entidad relativa a que la obligatoriedad |
3.5.1.21 En el Formato de Respuesta a Audiencia de Aclaraciones | Se acepta la respuesta de la entidad con su respectivo anexo: |
3.5.1.24 La entidad y el interventor actuaron con negligencia Lo anterior se evidenció cuando se toma la decisión | Se acepta la respuesta de la entidad con sus respectivos anexos: |
3.5.1.31 La exigencia del módulo de excretas y su planta De otra parte, el Contrato TT-80 de 2006 estipuló el requerimiento | Se acepta la respuesta de la entidad: "La Terminal Satélite Marco jurídico: El Decreto 2028 de 2006, " Por el cual se adiciona el |
3.5.1.33 La entidad aprueba cambiar a una Obra no presupuestada | Se acepta la respuesta de la entidad: "Al respecto la "… como alternativa en reemplazo del suministro e instalación |
3.5.1.34 La entidad aprueba cambiar a unas Obras no presupuestadas | Se acepta la respuesta de la entidad: "Con respecto Se decide mantener el diseño arquitectónico |
3.5.1.35 Se evidenció el pagó de la actividad de | Revisada la respuesta de la entidad y los precios unitarios presentados |
Elaboró: Equipo Auditor.
3.5.4 DIFERENCIA CONTRACTUAL ENTRE LA TERMINAL DE TRANSPORTE Y LA FIRMA
CONCONCRETO S.A.
El Equipo Auditor evidenció que la entidad abrió la Licitación
Pública TT-LP-01-2006 para la construcción por el sistema de
precios unitarios con fórmula de reajuste de la Primera Etapa de la
Terminal Satélite del Sur en Bogotá D.C., cuando no se tenía
el conocimiento preciso respecto a las especificaciones reales, cantidades
de obra, identificación comercial de sus precios unitarios y, en consecuencia,
del valor total de las obras de esta Primera Etapa.
Lo anterior trajo como consecuencia la confección de unos pliegos
de condiciones inconclusos, imprecisos, erráticos que ocasionaron por
parte de la entidad la necesidad de tener que cambiar y explicar numerosas
temáticas y aspectos, que para el caso de las obras se plasmaron en
la expedición del Adendo No. 1 y posteriormente los Adendos 4 y 5.
Concurrente con lo mencionado, se advierte que, además, el objeto
de la licitación se tuvo que explicar en el Adendo No. 1 cuando se
le agrega este párrafo: "Queda entendido que el diseño
que sirve de base para la presente licitación, realizado por ACI PROYECTOS
comprende la totalidad del proyecto. Por lo mismo, para todos los proponentes
se precisa que la presente licitación solo comprende la ejecución
de la primera etapa."
Se concluyó, según las modificaciones presentadas en
el Adendo No. 1 de la Licitación Pública TT-LP-01-2006, que
a pesar de la modificación y complementación de los contenidos
de los pliegos de condiciones definitivos, específicamente lo referente
al Formato No. 2, donde se incluyó la Nota 6: "Los precios
unitarios deberán cubrir los costos de materiales, mano de obra en
trabajos diurnos y nocturnos o en días feriados, prestaciones sociales,
herramientas, maquinaria y todos los demás gastos inherentes al cumplimiento
satisfactorio del contrato, inclusive los imprevistos, gastos de administración,
impuestos y contribuciones y utilidades del Contratista. Además deben
cubrir los costos por concepto de señalización mínima
exigida por el Terminal de Transporte S.A., al igual que todo lo que tiene
que ver con el impacto visual. Los análisis de precios unitarios APU´s
deberán ser presentados como sustento al FORMATO No. 2 dentro de la
respectiva propuesta, so pena de rechazo de la propuesta", que la
entidad no examinó con responsabilidad y atención debida todas
las propuestas tal como lo disponía claramente la Nota 6 del Formato
2, la propuesta presentada por CONCONCRETO S.A. específicamente en
las actividades de Excavación de Pilotes de diámetro 60 y 70
cm y Acero Estructural, originando con ello que la Terminal no hubiese objetado
en su momento, de una parte, y se hubiesen previstos acciones conducentes
a mitigar los efectos del inminente riesgo de presentación mayores
cantidades de obra en estos ítems para así evitar pagar con
los exorbitante precios unitarios propuestos por la firma CONCONCRETO, de
otra parte.
La anterior actuación produjo la presentación una controversia
contractual respecto a las grandes diferencias de precios para los ítems
Excavación para pilotaje D= 0.60 m de diámetro, Excavación
para pilotaje D= 0.60 m de diámetro y Suministro, donde el precio unitario
tuvo un incremento del 749,3% y 697,8% respectivamente.
De otra parte, una vez suscrito el Contrato TT-80 de 2006 el 15 de
diciembre de 2006, se decidió, dos (2) meses y doce (12) días
después, es decir, el 27 de febrero de 2007 mediante Acta de Reunión
suscrita por ACI firma de la Consultoría de Estudios y Diseños,
PAIC firma Interventora y la Terminal de Transporte S.A., un balance de las
cantidades de obra no presupuestadas, nueva cantidad por cambio de especificaciones,
cuantificada a los precios de la consultoría con el "fin de
cuantificar de alguna manera los dineros que se requerían para alcanzar
la construcción del proyectos como fue definido durante el proceso
licitatorio."
En esta reunión, se decidió la modificación de
las siguientes cantidades de obra: diseño Eléctrico, Hidrosanitario,
Módulo de Excretas, definición Arquitectónica, cambio
del Cuarto de Control, rediseño de redes, Cubierta General, Pérgola
de los Buses, Estructura zona descensos, Movimiento de Redes, Excavación
de Pilotes, Acero Estructural, Placa de Contrapiso, Excavaciones
Mediante oficio TT-07-043 con radicado 2007ER551 de 13 de febrero de
2007, CONCONCRETO precisa a la Interventoría lo siguiente: Para
el análisis del ítem Excavación del pilote de diámetro
0.80 ml le informo que los componentes del precio unitario, remitido a ustedes
para aprobación son consecuentes con los valores del contrato, y con
los cuales se ganó la licitación y hacen parte de la oferta.
Posteriormente, se originó una diferencia contractual relacionada
con el precio de pago de las mayores cantidades de obra de las actividades
denominadas Excavación de Pilotes de Diámetros de 60 y 70 cm,
por una parte, y por la otra de la actividad Acero estructural. La firma Conconcreto
manifestó que de variarse los precios por ésta propuestos, se
afectaría su equilibrio económico respecto del contrato TT-80
de 2006. Las partes decidieron apoyarse en el mecanismo de solución
de controversias previsto en la Cláusula Vigésima del contrato.
El 1° de marzo de 2007 se suscribió el Acta de Acuerdo contractual
entre el Gerente de la Terminal de Transporte y el representante legal de
Conconcreto S.A., acordándose lo siguiente:
El Contratista de obra, CONCONCRETO, se comprometió a proseguir
con el desarrollo y ejecución del contrato en los términos
establecidos inicialmente.Se decidió que las partes acudirán a la conciliación
ante el Procurador Delegado ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca
o a un Tribunal de Arbitramento.Las actividades relativas a controversia se pagarán así:
La Terminal, temporalmente le pagará a través de actas separadas
al contratista Conconcreto S.A. las mayores cantidades de obra a los precios
de la propuesta presentada por Conconcreto S.A., es decir 1.760 ml para
Excavaciones de pilotes de 60, 1.100 ml para Excavaciones de pilotes de
70 cm. de diámetro y 241.000 Kg para Acero Estructural.Una vez el Tribunal de Arbitramento defina la controversia, se
ratificarán o ajustarán los precios y se harán los
reconocimientos, o, se efectuarán los descuentos y/o pagos que
correspondan.Los gastos del Tribunal de Arbitramento se pagarán por partes
iguales.
El presupuesto para actividades de Excavación de pilotes de
diámetro 60 cm, 70 cm y Acero estructural de la Terminal del Sur fue
elaborado y aportados por la firma Consultora ACI Proyectos S.A. en desarrollo
del contrato TT-008/2005. Los precios para estas actividades fueron los siguientes:
Excavación pilote diámetro 60 cm $ 52.400.oo m.l. costo
directo
Excavación pilote diámetro 70 cm $ 71.323.oo m.l. costo
directo
Acero Estructural $ 4.291.oo kg costo directo
Previo al Contrato TT-080/06 celebrado con la firma Conconcreto S.A.,
en su oferta al momento de la licitación de las obras de construcción
formuló los siguientes precios:
Excavación pilote diámetro 60 cm $ 445.020.oo m.l. costo
directo
Excavación pilote diámetro 70 cm $ 569.040.oo m.l. costo
directo
Acero Estructural $ 3.580.oo kg costo directo
A continuación se presenta un cuadro resumen de la propuesta
de CONCONCRETO S.A. respecto a los ítems que entraron en litigio con
la entidad:
CUADRO 22
ÍTEMS DEL LITIGIO: PROPUESTA DE CONCONCRETO
ITEM | DESCRIPCION | UND | Cantidad | Vr. Unitario | Total | |||||||||
2.2 | Excavación para Pilotaje D=0.60 m | Ml | 1.716 | 445.020 | 763.654.320,00 | |||||||||
2.3 | Excavación para Pilotaje D=0.70 m | ml | 352 | 569.040 | 200.302.080,00 | |||||||||
16.2 | Suministro y colocación acero estructural. | Kg | 665.000 | 3.580 | 2.380.700.000,00 | |||||||||
TOTAL | 3.344.656.400,00 |
Elaboró: Equipo Auditor.
El 30 de marzo de 2007 se suscribe el Contrato Adicional No.1 al Contrato
TT-80 de 2006, presentando en su cláusula Primero: Se adiciona
el valor del contrato en la suma de DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES
NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS ($2.872.962.473)
incluido AIU.
En este Contrato Adicional, en la consideración número
8) se hace referencia al Acta No.1 de Acuerdo de Precios sobre mayores cantidades
y obras no presupuestadas del 9 de marzo de 2007 donde se acuerda modificar
las cantidades de obra de los siguientes ítems: 2.2 Excavación
para pilotaje D= 0.60 m en 1.760 ml adicionales, 2.3 Excavación para
pilotaje D= 0.70 m en 1.100 ml adicionales y el Item 16.2 Suministro y colocación
Acero Estructural (incluye pernos, soldadura, etc) en 241.000 kg adicionales.
Con fundamento en el Contrato Adicional No. 2 de abril 23 de 2007 donde
se modifica la Cláusula Vigésima del Contrato 80 de 2006, el
8 de agosto de 2007, la Terminal de Transporte S.A., mediante apoderado judicial
designado para el efecto, pidió la convocatoria del tribunal de arbitraje
pactado a efecto de que se hiciese la siguiente declaración: "Se
determine el precio que la Terminal de Transporte S.A. debe cancelarle a la
sociedad Conconcreto S.A. respecto de las actividades denominadas excavación
de pilotes de diámetro de 60 y 70 cms, por una parte y por la otra
la actividad acero estructural previstas dentro del contrato TT-80/2006."
Por conducto de su apoderado especial, el Contratista, CONCONCRETO
S.A., en diciembre 11 de 2007, respondió la demanda principal y se
pronunció sobre los hechos de la demanda.
Posteriormente, el 28 de marzo de 2008, se notificó el auto
de pruebas, donde el Tribunal decretó las pruebas del proceso.
Terminado el periodo probatorio y realizadas todas las pruebas solicitadas
por las partes y decretadas por el Tribunal, se efectuó la audiencia
el 16 de diciembre de 2008 donde las partes presentaron sus alegaciones. En
esta actuación, el Tribunal decide prorrogar el término por
tres (3) meses.
El 16 de febrero de 2009 la providencia queda notificada en audiencia,
donde el Tribunal de Arbitraje resuelve en su Artículo Primero: "Declara
que los precios unitarios que TERMINAL DE TRANSPORTE S.A. debe cancelarle
a CONCONCRETO S.A. por concepto de las actividades denominadas "excavación
de pilotes de 60 y 70 centímetros" y por "la actividad acero
estructural", previstas dentro del contrato TT-80/2006 son aquellos contenidos
en la oferta presentada por CONCONCRETO S.A. y en el referido contrato, de
conformidad con los términos consignados en la parte expositiva de
esta providencia, los cuales se precisan a continuación:
Excavación pilotes de 0.60 m, precio del contrato: CUATROCIENTOS
CUARENTA Y CINCO MIL VEINTE PESOS ($445.020) por metro lineal.Excavación pilotes de 0.70 m. precio del contrato: QUINIENTOS
SESENTA Y NUEVE MIL CUARENTA PESOS ($569.040) por metro lineal.Suministro de acero estructural, precio del contrato: TRES
MIL QUINIENTOS OCHENTA PESOS ($3.580) por kilogramo."
Dada la trascendental importancia de la presente temática y
más aún cuando la pretensión de la entidad es contraria
respecto a lo resuelto por el Tribunal de Arbitraje son, este tema quedará
pendiente de valoración para la próxima auditoría.
3.5.5 CONTRATOS DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN
Se evaluaron contratos de Sistemas, suscritos por la Terminal de Transportes
S.A. vigencia 2008 utilizando para ello recursos de inversión por valor
de $400.0 millones, de los cuales ejecutó $361.4 millones, en la adquisición
de equipos, licencias y renovación, módulos para la gestión
operativa de la Terminal, software de seguridad Informática, y software
de registro e información, a continuación se describen los resultados
obtenidos en la verificación.
Compra de equipos (Equipos de cómputo de escritorio, impresoras
y portátiles) Contratos TT-43-; TT-30; TT-73; TT-183 y TT-145 de 2008.
Como resultado de la evaluación se constató, que los equipos
se encuentran en funcionamiento y prestando el servicio para el cual fueron
adquiridos, garantizando así la optimización de la prestación
del servicio.
Software:
Contrato TT-220-2008: Adquisición de un sistema de control perimetral
de seguridad informática, se estableció, que este firewall de
software y hardware garantiza la seguridad informática y el buen funcionamiento
de los equipos de cómputo que se encuentren conectados a la red de
la Terminal de Transporte.
Contratos TT-52 y TT- 64 – 2008 para la Adquisición de licencias;
en visita realizada al Departamento de Sistemas, se constató que los
software que funcionan en los equipos de la empresa, cuentan con las respectivas
licencias, de funcionamiento en cumplimiento a la Ley 603 de 2000.
Contrato TT-112 de 2008: Adquisición de módulo
de contratación, Se verificó que este módulo, es de gran
utilidad para los usuarios tanto internos como externos (interesados en contratar
con la empresa).
Contrato TT-116 de 2008 adquisición de un sistema integral Hardware
y Software de captura a través de la huella dactilar. Este contrato
se realizó para la marcación en el sistema de horario de ingreso
y salida de los funcionarios de la Terminal.
Contrato TT-170-2008, para la Adquisición y puesta en funcionamiento
de un sistema de información visual (Pantallas de Información);
presentó una prórroga en tiempo, de (45) cuarenta y cinco días.
No dio lugar a adición al valor del contrato. El motivo de la prórroga,
obedece a "Que se hace necesario realizar modificaciones estructurales
en los accesos servicios de baños y en él. Ingreso y salida
del parqueadero público, los cuales están a cargo de la Terminal
de Transporte". Agrega que sin la adecuación de estos sitios no
se puede continuar con la ejecución del presente contrato.
Se verificaron los registros de ingreso y salida de almacén
con el objeto de efectuar la verificación de los registros contables
así como los registros de los pagos de los anticipos a que hubo lugar.
3.6. EVALUACIÓN A LA GESTIÓN AMBIENTAL.
El Equipo Auditor evaluó la gestión ambiental realizada
por la entidad, de las vigencias 2007 y 2008, basándose en los resultados
obtenidos, y en la información institucional reportada a nivel interno.
Se realizaron visitas de campo, requerimientos específicos sobre
el Plan Institucional de Gestión Ambiental-PIGA, se verifico el diligenciamiento
de los Formatos CB-0501 sobre la Evaluación de la Gestión Ambiental
Institucional Nivel Interno en cumplimiento de la Resolución No. 020
de 2006, y se valoraron los soportes para la evaluación de la gestión
ambiental institucional nivel interno.
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto 061 de
2003, la Terminal de Transporte, continúo la ejecución del Plan
Institucional de Gestión Ambiental "PIGA" de acuerdo a los
lineamientos impartidos por la Secretaria Distrital de Ambiente. Para la vigencia
2007, la Terminal capacito a 6 trabajadores como auditores de gestión
Ambiental, Norma ISO 14001, iniciando su proceso para lograr la certificación
de la entidad en el año 2008.
Una vez revisado por la Oficina Asesora del Planeación del DAMA,
el documento Plan Institucional de Gestión Ambiental-PIGA de la Terminal
de Transporte S.A., se constato que se incluyeron los ajustes y observaciones
propuestos al documento preliminar; El documento final responde a los lineamientos
establecidos para la formulación del PIGA, por lo tanto se procedió
a firmar el acta el 27 de julio de 2006, en la cual el DAMA oficializa la
concertación del Plan.
Dentro de los resultados relevantes del PIGA se destaca:
Alrededor de 87 toneladas de residuos sólidos al año
se dejaron de enviar al Relleno Sanitario Doña Juana.Durante el año 2007, el consumo de energía se redujo
en 80.719 Kw/mes para un ahorro mensual promedio de $2.2 millones y anual
de $25 millones.Con la reducción del consumo de energía se dejo de
emitir a la atmósfera 774 toneladas de CO2.Se redujo el consumo anual de agua en el año 2007 en 7.408
m3, logrando un ahorro de $35 millones.
La forma de reporte al DAMA se lleva a cabo cada seis meses a partir
del inicio de la ejecución del PIGA por parte de la entidad. Las dependencias
para realizar el seguimiento del plan, son la Gerencia Operativa y la Oficina
Asesora de Planeación del DAMA.
CUADRO 23
INFORMACION ANUAL CONSUMOS DE ENERGÍA
Fuente. Terminal de Transporte – Oficina de Gestión Ambiental
De acuerdo a lo analizado la reducción del consumo de energía,
se pudo evidenciar de acuerdo al recorrido realizado en las instalaciones
de la Terminal de Transporte se debió a cambio de iluminarías
en oficinas de la zona operativa; también se realizo campaña
de sensibilización para el ahorro de energía.
Existió disminución en el ahorro de energía en
cuanto se cambiaron en gran parte los bombillos de las oficinas, puestos de
trabajo y zona operativa de T12 a T8 T6 según contrato TT-151-2008
Durante el año 2007 el consumo de energía se redujo
en 80.719 Kw/mes para un ahorro mensual promedio de $2.2 millones y anual
de $25 millones.
Con la reducción del consumo de energía se
dejo de emitir a la atmósfera 774 toneladas de CO2.
CUADRO 24
INFORMACION ANUAL CONSUMOS DE AGUA
Fuente Terminal de Transporte Gestión Ambiental
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