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Fiscalización efectiva y reducción de la defraudación tributaria. Sunat. Lima



Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7

  1. Resumen
  2. Introducción
  3. Planteamiento del problema
  4. Marco teórico de la investigación
  5. Método de la investigación
  6. Presentación de resultados
  7. Discusión
  8. Conclusiones
  9. Recomendaciones
  10. Referencias bibliográficas
  11. Anexos

Resumen

La tesis denominada: "LA FISCALIZACIÓN EFECTIVA Y LA REDUCCIÓN DE LA DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA EN LA INTENDENCIA LIMA DE LA SUNAT, ANÁLISIS Y PROPUESTA ACTUAL"; cuyo problema se ha detectado en el incremento de los actos de defraudación tributaria, en ese contexto se ha determinado varios problemas que impiden la reducción de dicho flagelo, que trae como consecuencia perjuicios en la caja fiscal del Estado peruano. Esta problemática se expresa en la siguiente pregunta: ¿En qué grado la fiscalización efectiva podrá facilitar la reducción de la defraudación tributaria e incrementar la recaudación fiscal en la Intendencia Lima de la SUNAT? Ante la problemática, se propone la solución a través de la formulación de la hipótesis: La fiscalización efectiva facilita en alto grado la reducción de la defraudación tributaria y el incremento de la recaudación fiscal en la Intendencia Lima de la SUNAT. Este trabajo se ha orientado al siguiente objetivo: Determinar en qué grado la fiscalización efectiva podrá facilitar la reducción de la defraudación tributaria e incrementar la recaudación fiscal en la Intendencia Lima de la SUNAT. La investigación es básica, explicativa y descriptiva; del nivel descriptivo-explicativo; se utilizó los métodos descriptivo, deductivo e inductivo. El diseño es el no experimental. La población estuvo compuesta por 50,000 personas y la muestra estuvo compuesta por 381personas. El tipo de muestreo aplicado es el muestreo probabilístico. Las técnicas utilizadas para la recopilación de datos fueron las encuestas. El instrumento utilizado fue el cuestionario. Se aplicaron las siguientes técnicas de análisis de información: análisis documental, indagación, conciliación de datos, tabulación, comprensión de gráficos. Se aplicó las siguientes técnicas de procesamiento de datos: ordenamiento y clasificación, registro manual, proceso computarizado con Excel y proceso computarizado con SPSS. El resultado más importante es que el 62 por ciento de los encuestados acepta que la fiscalización efectiva facilita en alto grado la reducción de la defraudación tributaria y el incremento de la recaudación fiscal en la Intendencia Lima de la SUNAT.

Palabras clave: Fiscalización efectiva; reducción de la defraudación tributaria; incremento de la recaudación fiscal; Intendencia Lima de la SUNAT.

OMAR RODOLFO GUERREROS ARCOS

ABSTRACT

The thesis entitled: "THE EFFECTIVE CONTROL AND REDUCTION OF TAX FRAUD IN THE MUNICIPALITY OF LIMA SUNAT, ANALYSIS AND PRESENT PROPOSAL"; whose problem has been detected in increasing acts of tax fraud in this context has identified several issues that prevent reducing this scourge, which results in harm to the national treasury of the Peruvian State. This problem is expressed in the following question: To what extent the effective control may facilitate the eradication of tax evasion and increase tax revenues in the Municipality of Lima SUNAT? Effective control greatly facilitates the elimination of tax fraud and increasing tax revenues in the Administration SUNAT Lima: In the problem, the solution through the formulation of the hypothesis is proposed. This work has focused on the following objective: To determine to what degree the effective control may facilitate the eradication of tax evasion and increase tax revenues in the Municipality of Lima SUNAT. The research is basic, explanatory and descriptive; descriptive-explanatory level; the descriptive, deductive and inductive methods was used. The design is not experimental. The population consisted of 50,000 people and the sample was composed of 381 people. The applied sampling probability sampling. The techniques used for data collection were surveys. The instrument used was the questionnaire. Documentary analysis, inquiry, data reconciliation, tabulation, understanding of graphs: the following information analysis techniques were applied. Sorting and classification, manual record, computerized process with Excel and SPSS computerized process: the following technical data processing was applied. The most important result is that 62 percent of respondents agree that the effective control greatly facilitates the elimination of tax fraud and increasing tax revenues in the Municipality of Lima SUNAT.

Keywords: Effective Control; eradication of tax fraud; increase tax revenues; Quartermaster Lima SUNAT.

OMAR RODOLFO GUERREROS ARCOS

RESUMO:

A tese intitulada: "O CONTROLE EFETIVO E REDUÇÃO DA FRAUDE FISCAL NO MUNICÍPIO DE LIMA SUNAT, ANÁLISE E PROPOSIÇÃO PRESENTE";cujo problema foi detectado no aumento atos de fraude fiscal, neste contexto, identificouvários problemas que impedem a reduçãodeste flagelo, o que resulta em danos para o Tesouro Nacional do Estado peruano. Esse problema se expressanaseguintepergunta: Emque medida o controle eficaz pode facilitar a erradicação da evasão fiscal e aumentar as receitasfiscais do Município de Lima SUNAT? O controle efetivo facilita muito a eliminação de fraude fiscal e aumentar as receitasfiscaisnaAdministração SUNAT Lima: No problema, propõe a soluçãoatravés da formulação da hipótese. Este trabalhotem incidido sobre o seguinte objetivo: Para determinar até que ponto o controle eficaz pode facilitar a erradicação da evasão fiscal e aumentar as receitasfiscais do Município de Lima SUNAT. A pesquisa é básica, explicativo e descritivo; níveldescritivo-explicativo; Foram utilizados os métodos descritivos, dedutiva e indutiva. O projetonão é experimental. A populaçãofoi composta por 50.000 pessoas e a amostrafoi composta por 381 pessoas. A amostragem probabilística de amostragem aplicado. As técnicas utilizadas para a coleta de dados foraminquéritos. O instrumento utilizado foi o questionário. Análise documental, a investigação, a reconciliação de dados, tabulação, a compreensão de gráficos: foram aplicadas as seguintes técnicas de análise de informação. Seleção e classificação, registro manual, o processo informatizado com Excel e SPSS processo informatizado: o seguinteprocessamento de dados técnica foi aplicada. O resultado mais importante é que 62 por cento dos entrevistados concordam que o controle efetivo facilita muito a eliminação de fraude fiscal e aumentar as receitas fiscais do Município de Lima SUNAT.

Palavras-chave:um controloefectivo; erradicação da fraude fiscal; aumentar as receitas fiscais; Intendente Lima SUNAT.

OMAR RODOLFO GUERREROS ARCOS

Introducción

La investigación titulada: "LA FISCALIZACIÓN EFECTIVA Y LA REDUCCIÓN DE LA DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA EN LA INTENDENCIA LIMA DE LA SUNAT, ANÁLISIS Y PROPUESTA ACTUAL", se ha desarrollado en el marco del nuevo Reglamento de grados de la Escuela Universitaria de Postgrado de la Universidad Nacional Federico Villarreal y el proceso científico generalmente aceptado.

El Capítulo I, se refiere al planteamiento del problema y dentro del mismo se considera los antecedentes, planteamiento del problema, objetivos, justificación, alcances y limitaciones y la definición precisa de las variables.

El Capítulo II, contiene el marco teórico de la investigación. Específicamente se refiere a las teorías generales y específicas sobre el tema. Dentro de las teorías específicas está el tratamiento de las teorías sobre fiscalización efectiva; reducción de la defraudación tributaria; e, Intendencia Lima de la SUNAT. También en este capítulo presenta el marco conceptual de la investigación y la hipótesis.

El Capítulo III, está referido al método y dentro del mismo se trata el tipo de investigación, diseño de investigación, estrategia de la prueba de hipótesis, variables de la investigación, población, muestra, técnicas e instrumentos de recolección de datos; procesamiento; y, análisis de datos.

El Capítulo IV, está referido a la presentación de resultados y dentro de ello se presenta la contrastación de hipótesis y el análisis e interpretación de dichos resultados.

El Capítulo V, presenta la discusión y específicamente se realiza la discusión de los resultados, la presentación de conclusiones, recomendaciones y las referencias bibliográficas.

Finalmente se presenta los anexos correspondientes y dentro del mismo se considera la matriz de consistencia y la encuesta realizada.

OMAR RODOLFO GUERREROS ARCOS

CAPÍTULO I:

Planteamiento del problema

  • ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

  • ANTECEDENTES CONTEXTUALES

Sentencian a 13 años de cárcel a gerente general por defraudación tributaria: Antero Dávila Coronel, gerente general de la empresa Agronegocios EYK E.I.R.L, fue sentenciado a 13 años de pena privativa de la libertad, inhabilitación y al pago de S/. 1"023,554, por concepto de reparación civil en favor del Estado. La Corte Superior de Justicia de Lambayeque lo encontró responsable del delito de defraudación tributaria en agravio de la Sunat, al observar que la empresa declaró montos como crédito fiscal del IGV sin tener sustento en los comprobantes de pago u otro documento que acredite la existencia de sus compras en los meses de noviembre y diciembre del 2008, logrando así disminuir el pago de dicho impuesto. Asimismo, declaró monto cero en el rubro de ventas en octubre del 2008, pese a haber realizado operaciones comerciales. La omisión en dichos periodos generó una deuda que asciende a la suma de S/. 867,564 más los intereses correspondientes, que a la fecha estaría superando el millón de soles. El juzgado colegiado dispuso la ejecución de esta sentencia ordenando se emitan los boletines de ubicación y captura para el sentenciado Antero Dávila Coronel. Cabe recalcar que este fallo judicial afianza la lucha contra la defraudación tributaria, además de tratarse de un caso emblemático de acumulación de las penas tipificadas en la Ley Penal Tributaria (Diario La República, 2013).

La ética empresarial, administración con valores y juego limpio, configura la realización de actividades en un marco de equidad, estabilidad normativa, realidad económica y apoyo a la recaudación fiscal para que el Estado disponga de los recursos necesarios para el cumplimiento de sus fines. Si bien, la elusión es el arte de interpretar las normas fiscales y aplicarlas con el fin de obtener ahorros en los impuestos, que de otra forma se pagarían sin remedio, en cambio configura un aprovechamiento de un tecnicismo en contra del espíritu de la ley, en provecho propio y afectando a todos los ciudadanos del país, porque los tributos sirven para que el Estado preste servicios para todos. La elusión, de hecho camina por el borde, aprovecha los vacíos de las leyes fiscales sobre situaciones no consideradas por los hacedores de las mismas o bien porque algunas normas producen efectos no previstos. Por tanto, todo trabajo que se formule para evitar la elusión es de veras justificable, porque va en beneficio del Estado y el Estado somos todos los ciudadanos (Santiago, P. 2008).

Para los contribuyentes, si bien la elusión es el arte de ahorrar sin salirse del marco de las mismas leyes, no se trata de violentar leyes ni arriesgar prestigio ni bolsillo; se trata de interpretar y aprovechar la letra (más que el espíritu) de las disposiciones legales, analizándolas en su conjunto y buscando los puntos débiles que se hayan dejado. Es por ello que los asesores, consultores tributarios y planificadores fiscales deben ser eternos estudiantes de las leyes y reglamentos impositivos, pues la elusión exige un nivel importante de seguridad aunque camine por la cuerda floja. Si bien la elusión constituye una ventana para no cumplir lícitamente las obligaciones fiscales, sin embargo el aprovechamiento de los vacíos, de los subterfugios, resquicios y otros puntos débiles de la norma configura una forma de defraudar al Estado y a la sociedad, aunque ciertamente no se configure un delito.

El autor indica, hoy escuchamos a profesores y profesionales incentivar la elusión con frases como "hay que eludir los impuestos, no evadirlos"; "hay que escaparle al fisco, pero legalmente"; "hay que aprovecharse de las debilidades de la ley en nuestro favor"; "hay que gambetear a la SUNAT, pero nunca en contra de lo que dice la ley". En realidad, estas personas están contribuyendo a que se produzcan consecuencias como la caída de los ingresos del fisco, mayores reformas impositivas, mayores inequidades, tanto horizontales como verticales. Eludir es evitar que se produzca el hecho imponible, con lo que ningún impuesto es exigible, por tanto no es un acto totalmente normal.

Respecto al término elusión que ha sido mencionado en los párrafos precedentes, se tiene que mediante el artículo 3° del Decreto Legislativo Nº 1121, publicado el 18 de julio de 2012, se incorporó al Título Preliminar del Código Tributario la Norma XVI: Calificación, Elusión de Normas Tributarias y Simulación, que señala que:

"Para determinar la verdadera naturaleza del hecho imponible, la SUNAT tomará en cuenta los actos, situaciones y relaciones económicas que efectivamente realicen, persigan o establezcan los deudores tributarios.

En caso que se detecten supuestos de elusión de normas tributarias, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT se encuentra facultada para exigir la deuda tributaria o disminuir el importe de los saldos o créditos a favor, pérdidas tributarias, créditos por tributos o eliminar la ventaja tributaria, sin perjuicio de la restitución de los montos que hubieran sido devueltos indebidamente.

Cuando se evite total o parcialmente la realización del hecho imponible o se reduzca la base imponible o la deuda tributaria, o se obtengan saldos o créditos a favor, pérdidas tributarias o créditos por tributos mediante actos respecto de los que se presenten en forma concurrente las siguientes circunstancias, sustentadas por la SUNAT:

a) Que individualmente o de forma conjunta sean artificiosos o impropios para la consecución del resultado obtenido.

b) Que de su utilización resulten efectos jurídicos o económicos, distintos del ahorro o ventaja tributarios, que sean iguales o similares a los que se hubieran obtenido con los actos usuales o propios.

La SUNAT, aplicará la norma que hubiera correspondido a los actos usuales o propios, ejecutando lo señalado en el segundo párrafo, según sea el caso.

Para tal efecto, se entiende por créditos por tributos el saldo a favor del exportador, el reintegro tributario, recuperación anticipada del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal, devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal, restitución de derechos arancelarios y cualquier otro concepto similar establecido en las normas tributarias que no constituyan pagos indebidos o en exceso.

En caso de actos simulados calificados por la SUNAT según lo dispuesto en el primer párrafo de la presente norma, se aplicará la norma tributaria correspondiente, atendiendo a los actos efectivamente realizados".

Al respecto, de acuerdo con la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario, se aprecia que en función a ella, contará la SUNAT para calificar, conforme a su criterio, la "verdadera naturaleza" del hecho imponible. Sin embargo, dicha facultad podría resultar peligrosa por el uso abusivo por parte de dicha entidad de una norma antielusiva tan genérica, pues ésta debió señalar cuáles son las situaciones concretas que serían consideradas como actividades "elusivas" con el fin de que, el contribuyente pueda desarrollar y/o planificar sus actividades económicas de una manera segura.

En efecto, como está redactada la indicada Norma XVI, no sólo perjudica el atractivo de nuestro país para atraer inversiones extranjeras y el crecimiento de las operaciones locales, sino que además originaría un costo innecesario para los contribuyentes por las discusiones que se emprenderán con la Administración Tributaria. En ese sentido, la SUNAT deberá sustentar con indicios o pruebas por qué considera que las operaciones realizadas por los contribuyentes se originan en un acto artificial o impropio, a fin de que se garantice el derecho de defensa, toda vez que la facultad discrecional de fiscalización no es sinónimo de arbitrariedad, motivo por el cual por aplicación de la Norma XVI se tendrá que respetar los principios de razonabilidad y proporcionalidad en cuanto a la determinación de la deuda tributaria así como la debida motivación de los actos.

En consecuencia, la SUNAT por aplicación de dicha norma no debe generar inseguridad jurídica para el contribuyente, toda vez que estas nuevas normas tributarias deberían dar mayor certeza y no generar incertidumbre, como finalmente ha ocurrido con la recientemente promulgada Norma XVI.

  • ANTECEDENTES BIBLIOGRÁFICOS

Gran parte de los ingresos de un país son obtenidos por vías tributarias, los cuales son recaudados por Administraciones Tributarias a quien se confiere la potestad de manejar dichos ingresos y de crear las estrategias a utilizar para una mayor obtención de los mismos que disminuya el gasto público y alivie las cargas del estado. Entre las estrategias utilizadas por las Administraciones Tributarias para el cumplimiento de sus objetivos se encuentra el procedimiento de fiscalización para la verificación de los deberes formales, proceso realizado por los funcionarios de dicho organismo y cuya función primordial es evitar el incumplimiento de aquellas obligaciones tributarias que debe cumplir todo contribuyente. Este estudio permite concluir que la facultad de fiscalización ejercida por la SUNAT mediante la Intendencia Lima, comprende un conjunto de tareas que tienen por finalidad instar a los contribuyentes a cumplir su obligación tributaria; cautelando el correcto y oportuno pago de los impuestos (Olivares, J. 2011).

La República Dominicana es un país con un alto grado de evasión fiscal del Impuesto a la Renta y el Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y servicios. Los porcentajes están en un 20% a 40% y en más de 40%, respectivamente. La evasión en dicho país, viene dada como consecuencia de falta de educación, conciencia y conciencia tributaria. La Administración Tributaria Dominicana, durante muchos años viene incrementando la carga impositiva, lo que ha originado una suerte de resistencia en los contribuyentes, la misma que se ha concretado en diversas formas de evasión, como la no declaración, la declaración por importes menores, la utilización de gastos que no corresponden, la doble facturación, etc. En los últimos años se han realizado algunos esfuerzos con la promulgación de leyes sobre amnistía tributaria, que antes de reducir la evasión tributaria, la han incrementado, porque los que antes pagaban, al ver el beneficio que obtenían los que no pagaban, se han transformado en evasores fiscales; lo que demuestra que las amnistías, no necesariamente son favorables para incrementar la recaudación tributaria. Por otro lado la percepción de los contribuyentes y ciudadanos dominicanos en general es que la Administración Tributaria se maneja de una manera poco transparente, lo que es la excusa perfecta para aumentar la evasión. En el trabajo, se exhorta a las autoridades dominicanas, a que, sobre la base del consenso nacional, se aboquen a una verdadera reforma fiscal, estudiando la verdadera capacidad económica del pueblo y aprobando los tributos con justicia y equidad. Este estudio servirá para comparar los niveles de evasión y también para encontrar en la Contabilidad una herramienta que facilite la reducción de este flagelo (Abreu, S. 2010).

Es necesario el fortalecimiento de las funciones ejecutadas por la Dirección General de Impuestos Internos en República Dominicana para promover la conciencia tributaria; analizar la ejecución de los impuestos cobrados; analizar la eficiencia y eficacia de la administración tributaria mediante la utilización de indicadores de gestión. El trabajo, recomienda la transformación gerencial de la Dirección General de Impuestos Internos, en su nivel asesor o de staff y en su nivel técnico especializado. El trabajo hace referencia a la exigencia resultante del proceso mundial del incremento de la competitividad, partiendo de la adecuación de las estructuras organizacionales para hacerlas capaces de llevar a cabo su cometido con eficiencia y eficacia y en un ambiente de mejora continua institucional. El trabajo critica las reformas tributarias dominicanas. Al respecto indica que adolecen de una reflexión crítica de la estrategia en el cobro de los tributos. La hipótesis contrastada fue que para elevar el nivel de desempeño de la Dirección General de Impuestos Internos, es imprescindible la aplicación de modernos y efectivos instrumentos teóricos de gerenciamiento efectivo. Este trabajo facilitará el análisis del gerenciamiento de la Intendencia Lima de la SUNAT, en cuanto a sus políticas, estrategias, tácticas, objetivos y resultados (Ramírez, P. 2011).

Se debe proponer alternativas para mejorar las medidas de control fiscal que permitan disminuir la evasión en las personas naturales; asimismo proponer alternativas para mejorar la eficiencia del personal fiscalizador, garantizando de esta manera la recaudación del impuesto a la renta de tercera categoría. De acuerdo con la investigación denominada "Ineficacia de la Administración Tributaria en la fiscalización de rentas de tercera categoría de personas naturales de Tingo María- año 1993"; realizada por dicha autora, los negocios unipersonales estudiados en Tingo María incurrieron en evasión tributaria por un monto total de S/. 620,814.00, sin considerar intereses moratorios, multas y sus respectivos intereses moratorios, siendo el 16% para el Impuesto General a las Ventas, 72% para el Impuesto a la Renta y el 12% para el Impuesto al Patrimonio empresarial que estuvo vigente en ese periodo. Además, el porcentaje de evasión que detecta la Administración Tributaria a los negocios fiscalizados representa solo un 0.52% del monto total de evasión tributaria. Este trabajo permite demostrar las limitaciones en la metodología de fiscalización y la incompetencia del personal de la Intendencia Lima de la Sunat, que a su vez coadyuva a la evasión del impuesto a la renta de tercera categoría de personas naturales (Vásquez, N. 2011).

En la gestión empresarial moderna de los Establecimientos de Hospedaje, la clave debe ser el tratamiento tributario de las rentas y gastos que se originan como producto del giro de este tipo de empresas, lo cual se logra con el conocimiento, comprensión, aplicación y evaluación correcta de las normas, políticas y procedimientos tributarios, contenidos en la Ley del Impuesto a la Renta y su Reglamento. La autora, indica, es aquí donde se hace necesaria la participación profesional, quien con toda la gama de conocimientos, tecnicismo y normas éticas está preparado para formular y evaluar respectivamente, la aplicación de los reparos en la declaración tributaria de los contribuyentes, para que ésta sea correcta y por ende útil para la planeación, toma de decisiones y control, y no tienda al engaño e incluso al fraude tributario, contra la Administración Tributaria, los clientes, proveedores, inversionistas, acreedores (Guardia, L. 2006).

El tratamiento adecuado del reparo tributario debe responder al crecimiento y diversificación de las operaciones financieras que realizan los establecimientos de hospedaje; asimismo, a la variedad y cuantía de bienes y servicios de todo orden que se manejan, lo que debe ser evaluado mediante la aplicación profesional de los procedimientos tributarios establecidos en la Ley del Impuesto a la Renta. La aplicación correcta del reparo tributario, permite demostrar, la situación financiera y económica a través de los estados contables que muestran los datos valuados y clasificados con criterios tributarios, lo cual incide en la razonabilidad de la información tributaria, los resultados tributarios y la credibilidad de las empresas frente a la Administración tributaria y otros entes privados y públicos. Este trabajo de investigación indirectamente tiende a realizar una crítica totalmente constructiva de la labor del Contador Público y el Auditor Tributario en nuestro país en relación con su grado de conocimiento, comprensión, aplicación, análisis e interpretación que tienen sobre los reparos tributarios; la misma que se vuelve necesaria para definir como estamos haciendo realmente las cosas para nuestros clientes a quienes nos debemos y por quienes tenemos un status profesional y social que tenemos que fortalecerlo.

El desagio tributario ha contribuido a determinar, por un lado el incremento en los niveles de ingreso mediante la recaudación de los tributos acogidos a la norma tributaria que aprueba el desagio tributario y por otro lado el efecto de esta medida tributaria en los contribuyentes como instrumento en la regularización de sus deudas tributarias que se encontraban imposibilitadas de ser pagadas por la considerable suma que resultaba aplicar la actualización de los intereses y multas por el régimen normal. La deuda tributaria insoluta en el período 1996-2001 alcanzó 19 mil millones de Nuevos Soles, la misma que en la mayoría de los casos, al año 2005, todavía no ha prescrito, lo que conllevó a tomar decisiones referidas a la aplicación de las medidas tributarias como la del desagio. Dichas medidas han venido facilitando la recuperación de las deudas tributarias que en algún momento se consideraban incobrables. Según la autora se estima que la implantación del sistema de desagio reducirá en 12 mil millones de Nuevos Soles las deudas tributarias pendientes de cobro. Dicha recuperación incrementará los ingresos que necesita el Tesoro Público para distribuir a los Sectores que son responsabilidad del Estado y facilitar su desarrollo (Poma, P. 2005).

Con la aplicación del desagio tributario ganan las empresas porque han fraccionado y/o aplazado sus deudas sin los intereses y multas del Régimen General o normal y también ha ganado la sociedad, porque ha recibido los beneficios de los mayores niveles de ingresos captados, los que han sido aplicados en los programas que son de cargo del Estado; de este modo la investigación ha tenido un impacto en el empresariado, en el Estado y en la Sociedad, porque contribuyó a conocer la importancia de la aplicación de este instrumento tributario, como estrategia para el cumplimiento de las metas, objetivos y misión contenida en los planes y programas del Estado.

Un problema detectado en las fiscalizaciones tributarias se encuentra en la falta de resarcimiento económico de los costos incurridos por una fiscalización extensa y compleja de la Administración Tributaria, por lo que a partir de teorías sobre fiscalización tributaria y resarcimiento económico en un marco de justicia social, el trabajo concluye en que se debe resarcir económicamente a los contribuyentes por los costos incurridos en una fiscalización extensa y compleja (Prado, R. 2010).

Se debe destacar la relevancia de los principios tributarios como la base para ejercer presión tributaria y obtener altos niveles de recaudación. Un 60% de la población admite comprender la trascendencia de los principios tributarios; un 30% estima que los principios tributarios inciden en la recaudación tributaria, un 50% estima que la conciencia tributaria contribuye a la comprensión de los principios tributarios y por ende en la mejora de la recaudación fiscal. Un 70% responde que la tendencia es a incrementar la comprensión de los principios tributarios y facilitar mejores niveles de recaudación (Rodríguez, S. 2012).

A menudo se identifica que existen deficiencias en los procedimientos de fiscalización
de la Administración Tributaria; por lo que es necesario mejorar dichos
procedimientos para que se pueda realizar un tratamiento efectivo a la elusión
y al delito tributario. Los contribuyentes cuando no valoran en forma real y
efectiva sus tributos, están originando infracciones y también
delitos que pueden afectar la estabilidad de la empresa. El hecho de valorar
los tributos como corresponde, afecta los costos empresariales, pero da seguridad
tributaria (Victorio, R. 2009).

Se debe evaluar el proceso de planificación tributaria en materia del Impuesto sobre la Renta y Activos empresariales; así como a evaluar si emplearon un plan de acción dirigido hacia el cumplimiento de objetivos específicos:- Analizar el ambiente tributario empresarial respecto al Impuesto Sobre la Renta y Activos Empresariales;- Establecer las características idóneas relativas al proceso de planificación;-Analizar la incidencia de los eventos del negocio sobre la determinación de la base imponible; y – Determinar el riesgo en el proceso de la planificación tributaria y por último establecer si existe o no el proceso de planificación tributaria previo a la ocurrencia del hecho imponible (Ramos, A. 2013).

La metodología utilizada por la investigadora fue de campo-descriptiva, recabando la información a través de la aplicación de un cuestionario estructurado con 26 preguntas en forma cerrada, validado por tres (3) expertos en materia tributaria. El cuestionario fue aplicado al personal involucrado en el área tributaria, conformado por una muestra censal de 5 personas. Tras haber aplicado el cuestionario se procedió a analizar los resultados en forma gráfica, determinándose en líneas generales que la organización no tiene una visión clara de los objetivos y metas que deben alcanzar en el área tributaria para implementar un proceso de planificación tributaria, por lo cual los objetivos planteados en la presente tesis fueron logrados, ya que, al evaluar el proceso de planificación tributaria, el mismo no cumple con los elementos necesarios para una adecuada planificación, por ende, se determinó que el objetivo específico relacionado a: establecer si existe o no el proceso de planificación tributaria previo a la ocurrencia del hecho imponible en materia de impuesto sobre la renta y activos empresariales, es necesario para la organización en cuestión.

La ciencia contable al facilitar abundante información para que la Administración
Tributaria haga frente al delito de evasión tributaria, contribuye en
la valoración de los tributos, los registra en libros y los presenta
en los estados financieros. El profesional contable no sólo aplica de
la mejor manera los principios de la ciencia contable; sino que paralelamente
aplica los principios, normas, procesos y procedimientos tributarios (Peña,
G. 2009).

  • DELIMITACIÓN DE LA INVESTIGACION

DELIMITACIÓN ESPACIAL:

Este trabajo se desarrolló en la Intendencia Lima de la SUNAT

DELIMITACIÓN TEMPORAL:

Esta investigación ha cubierto el período del año 2010 hasta la actualidad.

DELIMITACIÓN SOCIAL:

La investigación permitió establecer relaciones sociales con los contribuyentes, funcionarios de la SUNAT, funcionarios del Tribunal Fiscal, auditores tributarios y congresistas de las siguientes Comisiones Ordinarias: Fiscalización y Contraloría así como Presupuesto y Cuenta General de la República.

DELIMITACIÓN TEÓRICA:

En esta investigación tratará las siguientes teorías:

  • Fiscalización efectiva

  • Reducción de la defraudación tributaria

  • PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

  • DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), administra los tributos internos y aduaneros en el Perú. Entre los tributos internos se tiene: impuesto general a las ventas, impuesto de promoción municipal, impuesto selectivo al consumo, impuesto a la renta, impuesto a las transacciones financieras, régimen único simplificado, seguro social de salud, sistema nacional de pensiones y otros. Entre los tributos aduaneros se tiene los derechos aduaneros, impuesto general a las ventas e impuesto selectivo al consumo. La SUNAT, tiene como función administrar de la mejor manera los tributos internos y aduaneros; para tal efecto realiza todos los esfuerzos para conseguirlo, sin embargo, pese al esfuerzo de la entidad, se ha detectado actos de defraudación tributaria y se ha determinado varios problemas que impiden la reducción de dicho flagelo, que trae como consecuencia perjuicios en la caja fiscal.

En detalle se han identificado las siguientes limitaciones:

  • a) Falta de eficiencia en la reducción de la defraudación tributaria; por cuanto no se ha llevado a cabo una racionalización de los recursos ni se ha aprovechado convenientemente dichos recursos en las actividades institucionales de la SUNAT.

  • b) Falta de efectividad en el logro de las metas y objetivos de reducción de la defraudación tributaria. En el año 2012, según información de la SUNAT, la defraudación tributaria aumentó en 10% en relación al año anterior y para el año 2013 solo se tiene previsto reducir el 1%.

  • c) Falta de mejora continua en la reducción de la defraudación tributaria, al respecto no se han mejorado los procesos y procedimientos tendentes a reducir este flagelo.

  • d) Deficiente programación y ejecución de las acciones de fiscalización de los contribuyentes.

  • e) Demoras en la aprobación de los valores, notificaciones y comunicaciones de su competencia.

  • f) Aplicación de diferentes criterios para la ejecución de las acciones coercitivas y la aplicación de medidas cautelares.

  • g) Demoras en la emisión y firma de las resoluciones de cierre temporal de locales y comisos.

  • h) Falta de decisiones oportunas y contundentes para investigar casos donde se presume la comisión de delitos tributarios.

  • i) Demoras innecesarias en la resolución de los recursos de reclamación admitidos a trámite.

  • j) Demoras en la suscripción de los contratos de garantía prendaria, hipotecaria y otros documentos otorgados por los contribuyentes a su cargo para garantizar la deuda sujeta a aplazamiento y/o fraccionamiento.

  • k) Deficiente supervisión del cumplimiento de las metas establecidas sobre reducción de la defraudación tributaria.

  • l) Demoras en la remisión al Tribunal Fiscal de los expedientes de apelación, queja y otros referidos a la impugnación de tributos, así como los casos de cierre, comiso e internamiento temporal de vehículos de los contribuyentes de su jurisdicción.

  • m) En este mismo contexto se tiene los problemas que originan los contribuyentes que no incluyen en las declaraciones juradas, ingresos y/o remuneraciones y/o retribuciones y/o rentas y/o patrimonio y/o actos gravados y/o tributos retenidos o percibidos, y/o aplican tasas o porcentajes o coeficientes distintos a los que les corresponde en la determinación de los pagos a cuenta o anticipos, o declaran cifras o datos falsos u omiten circunstancias en las declaraciones, que influyen en la determinación de la obligación tributaria; y/o generan aumentos indebidos de saldos o pérdidas tributarias o créditos a favor del deudor tributario y/o generan la obtención indebida de Notas de Crédito Negociables u otros valores similares; todo lo cual recarga la labor de la Intendencia y afecta la mejora continua.

  • n) En el marco de la Ley Penal Tributaria, se ha determinado que los contribuyentes y no contribuyentes: i) Ocultan, total o parcialmente, bienes, ingresos rentas, o consignan pasivos total o parcialmente falsos para anular o reducir el tributo a pagar; ii) No entregan al acreedor tributario el monto de las retenciones o percepciones de tributos que se hubieren efectuado, dentro del plazo fijado por las leyes y reglamentos pertinentes. Asimismo, se ha encontrado casos de contribuyentes que dejan de pagar los tributos a su cargo. Todos estos aspectos recargan al máximo nivel la carga funcional de la Intendencia y no permite lograr su mejora.

Cabe precisar que los hechos antes descritos se sustentan en los siguientes cuadros y explicaciones estadísticas:

  • En el documento denominado Sistema de Fiscalización – Manual de Usuario para Auditoría, se aprecia desde la selección del contribuyente sujeto a fiscalización, el trabajo de campo efectuado por el auditor hasta la emisión de los valores. Al respecto, es conocido que el accionar del agente fiscalizador siempre genera observaciones, debido a la aplicación de la discrecionalidad al momento de determinar la deuda tributaria, que por lo general se realiza vulnerando el debido procedimiento de fiscalización (Intendencia Nacional de Sistemas de Información de la Sunat, 2005).

Monografias.com

  • De acuerdo con la Estadística del porcentaje de recuperación de deuda detallado en la Colección de Ensayos Tributarios y Aduaneros N° 1, se observa que del monto acotado por la SUNAT en las fiscalizaciones realizadas a los contribuyentes, el porcentaje de recuperación es insignificante (26% en el 2009, 14% en el 2010, 13% en el 2011 y 11% a julio de 2012), lo cual implica que en las fiscalizaciones solo se detecta deuda tributaria pero muy poco se hace respecto a la recuperación y generación del cobro de dicha deuda, que a su vez genera perjuicios a la caja fiscal (Yacolca, D. 2012).

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  • Asimismo, se aprecia en la Estadística del porcentaje de recuperación de las resoluciones de determinación y multa que se consigna en la Colección de Ensayos Tributarios y Aduaneros N° 1, que el nivel de cobranza total es muy bajo respecto a las resoluciones de determinación efectuadas por aplicación del procedimiento de fiscalización, pues en el 2009 llega a 1.17% y en el 2011 a 4.89%, lo cual origina que tanto la fiscalización como la recaudación tributaria efectuada por la SUNAT no es óptima, pues solo está generando más papeles mediante la emisión de valores que cobros de deuda tributaria, situación que dificulta inclusive la generación del riesgo en los contribuyentes.

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  • El modelo actual de fiscalización no favorece la detección de casos de delito tributario, pues tal como se indica en la referida Colección de Ensayos Tributarios y Aduaneros N° 1, a raíz de las fiscalizaciones efectuadas no se aprecia muchos casos que hayan originado informes de delito tributario (49 en el 2009, 74 en el 2010 y 63 a julio 2012), no obstante, es conocido las múltiples modalidades de evasión e incumplimiento tributario en el sector comercial, industrial y de servicios, lo cual origina deficiencias en el ejercicio de las facultades de fiscalización, recaudación, determinación y sancionadora aplicada por la SUNAT.

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  • El tiempo que toma elaborar un caso de delito tributario en la SUNAT, desde que el contribuyente es notificado para una fiscalización por lo general es superior a un año, tal como se indica en la Colección de Ensayos Tributarios y Aduaneros N° 1,este hecho, implica que afrontar un caso de delito requiere del concurso de profesionales de varias disciplinas, con perfil apropiado, que desde un inicio formulen las estrategias y ejecuten las acciones tendientes a acreditar el delito. Es por esta razón que el perfil que se requiere para la detección y fiscalización de un caso de delito tributario es el de un investigador-pesquisidor distinto al perfil del auditor habituado a realizar verificaciones y/o comprobaciones contables de las actividades empresariales de los contribuyentes.

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  • Es una característica la falta de retroalimentación entre quienes detectan el delito tributario, quienes evalúan los informes de delito tributario y quienes realizan la defensa de los intereses institucionales en instancias del Ministerio Público y el Poder Judicial. Al no existir especialización y caer un caso de delito aleatoriamente entre los auditores la probabilidad de cometer errores es mayor. Existen dependencias donde se aprecia errores en los que incurren los auditores al momento de elaborar los informes de delito tributario, incluso, existen dependencias con tasas de 100% de devolución de informes con observaciones, como se muestra en la siguiente tabla de la Colección de Ensayos Tributarios y Aduaneros N° 1.

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  • Si bien el número de casos de delito tributario comunicados al Ministerio Público aumentó considerablemente en los años 2007 y 2008 (144 y 157 casos de delito tributario comunicados, respectivamente), esto fue coyuntural, pues obedeció a los cambios introducidos por el Nuevo Código Procesal Penal y a las disposiciones internas que obligaron a comunicar inmediatamente los indicios de delito tributario. Como podrá observarse, acabado el efecto coyuntural, se ha retomado los niveles de inicios de la década del 2000 con tendencia a la baja, tal como se indica en la Colección de Ensayos Tributarios y Aduaneros N° 1.

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  • Un elemento importante a tomar en consideración es la relación costo beneficio de hacer un caso de delito tributario. La siguiente tabla de la Colección de Ensayos Tributarios y Aduaneros N° 1, muestra la importancia relativa de un caso de delito tributario medida en términos del perjuicio fiscal, la que también muestra un comportamiento decreciente

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Evaluados estos efectos negativos y a la luz de los resultados obtenidos en las últimas décadas consideramos que el contar con modelos de investigación diferenciados dependiendo de los objetivos que se persiguen, ayudaría a superar casi todos los problemas detectados.

  • ESTRUCTURACIÓN DEL PROBLEMA

  • PROBLEMA PRINCIPAL

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7

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